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Questions and Answers

¿Cómo el principio de norma más favorable impacta la aplicación de múltiples convenios colectivos en una empresa, y qué criterio prevalece?

El principio de norma más favorable implica que, si una empresa está sujeta a varios convenios colectivos, se aplicará aquel que ofrezca las condiciones más beneficiosas para el trabajador, independientemente de su rango. Prevalece aquel que mejore las condiciones laborales.

Describe una situación en la que el principio de irrenunciabilidad de derechos protege al trabajador, e indica cómo este principio se relaciona con la autonomía de la voluntad en el contrato de trabajo.

Un trabajador no puede renunciar a su derecho a vacaciones pagadas, aunque lo acuerde con el empleador. Este principio limita la autonomía de la voluntad en el contrato para asegurar que los derechos laborales mínimos sean respetados.

Explica cómo un Real Decreto Ley puede afectar las condiciones laborales existentes y bajo qué circunstancias el Gobierno puede recurrir a esta herramienta legislativa.

Un Real Decreto Ley puede modificar inmediatamente las condiciones laborales si existe una situación de extraordinaria y urgente necesidad. El Gobierno puede utilizarlo para legislar rápidamente, aunque debe ser convalidado posteriormente por el Congreso.

¿En qué se diferencia una relación laboral de una relación no laboral y qué implicaciones tiene esta distinción en términos de derechos y obligaciones?

<p>Una relación laboral se basa en la dependencia y ajenidad, mientras que una relación no laboral implica autonomía. En la relación laboral, el trabajador tiene derechos laborales como vacaciones pagadas y seguridad social, ausentes en la relación no laboral.</p> Signup and view all the answers

¿De qué manera el principio in dubio pro operario influye en la interpretación de un contrato de trabajo ambiguo y cómo los tribunales laborales aplican este principio?

<p>El principio <em>in dubio pro operario</em> significa que, ante dudas en la interpretación de un contrato, los tribunales deben favorecer la interpretación más beneficiosa para el trabajador. Se aplica cuando el texto es poco claro.</p> Signup and view all the answers

Explica cómo el principio de jerarquía normativa se aplica en el contexto del derecho laboral español y proporciona un ejemplo de cómo una norma de rango superior prevalece sobre una de rango inferior.

<p>El principio de jerarquía normativa establece que las normas laborales de rango superior prevalecen sobre las de rango inferior, las cuales no pueden contradecir a las superiores. Por ejemplo, la Constitución Española prevalece sobre el Estatuto de los Trabajadores.</p> Signup and view all the answers

Describe tres diferencias clave entre una relación laboral especial y una relación laboral no laboral, proporcionando ejemplos específicos de cada una.

<p>Las relaciones laborales especiales están reguladas por el TRLET en lo no previsto por su norma específica (ej: deportistas profesionales), mientras que las no laborales están excluidas del derecho laboral (ej: trabajos de amistad). Además, en las especiales existe una relación de dependencia y ajenidad, ausente en las no laborales.</p> Signup and view all the answers

¿Cómo influyen los convenios colectivos y los contratos de trabajo en la regulación de las condiciones laborales, y qué límites establece la jerarquía normativa para su aplicación?

<p>Los convenios colectivos y los contratos de trabajo adaptan y especifican las condiciones laborales, siempre respetando la jerarquía normativa. No pueden establecer condiciones peores para el trabajador que las fijadas en normas de rango superior como la ley.</p> Signup and view all the answers

Dentro de las fuentes del Derecho Laboral, ¿qué papel juegan los Tratados Internacionales y la normativa de la Unión Europea, y cómo se integran en el ordenamiento jurídico español?

<p>Los Tratados Internacionales y la normativa de la Unión Europea son fuentes importantes del Derecho Laboral. Los Tratados, una vez ratificados, se integran en el ordenamiento interno. Los reglamentos de la UE son directamente aplicables y las directivas requieren transposición.</p> Signup and view all the answers

Un reglamento de la UE establece que los trabajadores tienen un período de descanso mínimo de 12 horas entre jornadas. Un convenio colectivo permite un descanso de solo 10 horas en un sector específico. ¿Cuál norma prevalece y por qué?

<p>Prevalece el reglamento de la UE. Los reglamentos son de directa aplicación y obligan a todos los Estados miembros. El convenio colectivo no puede contradecir una norma de rango superior, como es un reglamento de la UE.</p> Signup and view all the answers

Flashcards

Relaciones Laborales Especiales

Relaciones laborales con regulación específica, donde el TRLET se aplica solo cuando su norma específica no cubre algo.

Relaciones No Laborales

Trabajos excluidos de la legislación laboral, como trabajos de amistad o consejeros de empresas.

Derecho del Trabajo

Conjunto de normas de diversas fuentes (internacionales, nacionales, colectivas, individuales) que regulan el trabajo.

Jerarquía Normativa

Principio legal que establece que una norma superior prevalece sobre una inferior, sin poder ser contradicha por ésta.

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Reglamentos (UE)

Normas de la UE directamente aplicables y obligatorias en los estados miembros tras su publicación en el DOUE.

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OIT (Organización Internacional del Trabajo)

Organismo que promueve acciones para mejorar las condiciones de trabajo y el nivel de vida de los trabajadores.

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Leyes con rango de ley (España)

Normas que provienen de las Cortes (Congreso y Senado). Pueden ser orgánicas (derechos fundamentales, mayoría absoluta) u ordinarias (resto de materias, mayoría simple).

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Convenio Colectivo

Acuerdo escrito negociado entre los representantes de los trabajadores y de las empresas.

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Principio de norma mínima

Las normas superiores establecen el contenido mínimo para las inferiores; estas últimas no pueden empeorar las condiciones, pero sí mejorarlas.

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Principio 'in dubio pro operario'

Si hay duda sobre la aplicación de una norma, se interpretará de la forma más beneficiosa para el trabajador.

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Study Notes

Derecho del Trabajo

  • El Derecho del Trabajo regula las relaciones laborales entre trabajadores y empresarios.
  • Ha experimentado modificaciones desde finales del siglo XVIII para adaptarse a la sociedad.
  • En España, la Ley del Estatuto de los Trabajadores (1980) regula las relaciones laborales básicas.
  • Un nuevo texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores fue aprobado en 2015, integrando todos los cambios a la norma.

¿Qué Es una Relación Laboral?

  • Surge entre quien realiza un trabajo y para quién lo realiza, pero no toda relación de trabajo se considera laboral.
  • Tipos de relaciones que genera el trabajo: laboral, laboral especial y no laboral.
  • Las relaciones laborales se regulan por el Derecho Laboral y las especiales por su propia normativa.

Requisitos para que haya relación laboral

  • Personal: el trabajo debe ser realizado personalmente por el trabajador.
  • Voluntaria: el trabajo debe ser desarrollado de manera voluntaria.
  • Por cuenta ajena: los resultados del trabajo pertenecen al empresario, quien asume el coste del trabajo.
  • Retribuida: el trabajador recibe una compensación económica, el salario, a cambio de sus servicios laborales.
  • Dependiente: el trabajador se somete a la dirección del empresario y trabaja con los medios facilitados por la empresa.

Relaciones Laborales Especiales

  • Cumplen los requisitos de las relaciones laborales, pero se regulan por normas específicas.
  • El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (TRLET) se aplica solo si su norma específica no las recoge.
  • Ejemplos: Directivos; servicio del hogar; personas con discapacidad en centros de empleo; menores cumpliendo medidas de internamiento; penados o presos; deportistas profesionales; residentes para formación sanitaria especializada; abogados en despachos; artistas; operaciones mercantiles por cuenta de otro.

Relaciones No Laborales o Excluidas

  • No se les aplica el Derecho Laboral (ET) por no cumplir requisitos o regularse por su propia normativa.
  • Ejemplos: Prestaciones personales obligatorias; consejeros de sociedades; trabajos por amistad; trabajos familiares; representantes de comercio que asumen riesgos; transportistas; autónomos; funcionarios públicos.

Regulación de las Relaciones Laborales

  • El derecho del trabajo está formado por normas de diferentes orígenes.
  • Fuentes de las normas: Organismos internacionales (tratados, la OIT, derecho de la UE); organismos nacionales (la constitución española, leyes, reglamentos); autonomía colectiva (convenios colectivos, costumbre laboral); autonomía individual (contrato de trabajo).

Jerarquía de las Normas Laborales

  • La legislación laboral se compone pluralidad de normas jerarquizadas según el órgano emisor y la materia.
  • Principio de jerarquía normativa: Las normas superiores prevalecen sobre las inferiores, sin contradecir a las superiores.

Orden Jerárquico de las Normas

  • Normas de la Unión Europea
  • Reglamentos: directamente aplicables y obligatorios en todos los estados miembros tras su publicación en el DOUE.
  • Directivas: establecen objetivos para los países, necesitando transposición al derecho nacional.
  • Decisiones: obligatorias, pero de alcance particular.
  • Constitución Española: norma suprema, establece derechos fundamentales y la organización del Estado.
  • Normas de la OIT: promueven la mejora de las condiciones laborales y el nivel de vida.
  • Normas con Rango de Ley (del Congreso y Senado)
  • Leyes orgánicas: regulan derechos fundamentales y requieren mayoría absoluta para su aprobación.
  • Leyes ordinarias: regulan otras materias y se aprueban por mayoría simple.
  • Normas con Rango de Ley (del Gobierno)
  • Real Decreto Ley: para casos de urgencia extraordinaria.
  • Decreto Legislativo: para desarrollar una ley de las Cortes Generales.
  • Reglamentos: desarrollan las leyes del Gobierno.
  • Convenios Colectivos: acuerdos escritos negociados por representantes de trabajadores y empresas.
  • Contrato de trabajo: acuerdo entre trabajador y empresa.
  • Costumbres locales y profesionales: conductas repetidas obligatorias en una comunidad.

Principios para Aplicar las Normas Laborales

  • Norma mínima: las normas superiores definen el mínimo de las inferiores, que pueden mejorar, pero nunca empeorar las condiciones establecidas.
  • Norma más favorable: elige la norma más beneficiosa para el trabajador entre varias aplicables.
  • Irrenunciabilidad de derechos: los trabajadores no pueden renunciar a los derechos reconocidos por leyes y convenios.
  • Condición más beneficiosa: se conservan los beneficios otorgados con voluntad clara y continuidad, salvo acuerdo o compensación por norma posterior más favorable.
  • In dubio pro operario: los tribunales interpretan las normas de forma que resulte más beneficiosa para el trabajador en caso de duda.

Derechos y Obligaciones de los Trabajadores

  • Reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores, son los siguientes:
  • Derechos básicos: al trabajo, a la libre sindicación, a la negociación colectiva, a la huelga, a la reunión, a la información y consulta
  • Derivados de la relación laboral: a la ocupación efectiva, a la promoción y formación, a no ser discriminado, a la integridad física y seguridad, al respeto a la intimidad, a la puntual remuneración, al ejercicio individual de acciones derivadas del contrato.
  • Deberes básicos: cumplir con las obligaciones del puesto, observar las medidas de seguridad, cumplir las órdenes del empresario (salvo ilegales, atentatorias contra la dignidad o que supongan riesgo), no competir con la empresa, contribuir a la mejora de la productividad.
  • Los convenios colectivos regulan los derechos y obligaciones laborales, según la Constitución Española y el Estatuto de los Trabajadores.

La Jornada Laboral

  • Es el tiempo diario dedicado al trabajo, pactado en convenio o contrato, sin superar las 40 horas semanales de promedio anual.
  • Jornada continuada: trabajo sin interrupción.
  • Jornada partida: trabajo dividido en fracciones con una interrupción para el almuerzo.
  • La jornada se distribuye regularmente (mismo número de horas semanales, máximo de 40) o irregularmente:
  • Máximo de 9 horas diarias.
  • Descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
  • Descanso semanal de 1,5 días, acumulable en periodos de 14 días.
  • Descanso mínimo de 15 minutos dentro de una jornada de 6 horas.

Horario de Trabajo

  • Son las horas concretas en las que se realiza el trabajo, pudiendo ser a turnos o nocturno.
  • Las empresas deben llevar un registro diario de la jornada.
  • Trabajo a turnos: servicios prestados en los mismos puestos en diferentes horarios y periodos.
  • Trabajo nocturno: entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana, con al menos 3 horas diarias de noche, las horas extras no pueden realizarse.

Reducción de la Jornada Laboral

  • La ley contempla reducciones para conciliar vida personal, laboral y familiar.
  • Guarda legal y cuidado de familiares: para el cuidado de menores de 12 años, discapacitados o familiares hasta segundo grado por accidente o enfermedad grave.
  • Cuidado del lactante: ambos progenitores pueden reducir la jornada hasta que el niño tenga 9 meses y con 15 días de antelación.
  • Nacimiento de prematuros y hospitalización: los progenitores pueden ausentarse una hora diaria o reducir la jornada dos horas.
  • Víctimas de violencia de género o terrorismo.
  • Expediente de regulación temporal de empleo (ERTE): el trabajador cobra el desempleo, la duración es temporal y requiere una solicitud de prórrogas, siempre que esté justificado el ERTE.

Horas Extraordinarias

  • Se realizan voluntariamente, excepto por fuerza mayor o si se pactan en convenio.
  • Se retribuyen con cantidad igual o superior a la hora ordinaria, o se compensan con tiempo equivalente de descanso retribuido.
  • Las horas extra se compensan dentro de los 4 meses siguientes.
  • El trabajador solo puede realizar 80 horas extras al año a tiempo completo.
  • No pueden realizar horas extra: menores de 18 años, trabajadores nocturnos, a tiempo parcial, o con contrato formativo, trabajadores en ERTE

Calendario Laboral

  • El empresario establece anualmente el calendario laboral con el horario y la distribución de días laborables y festivos. Debe estar visible en el centro de trabajo.
  • Hay 14 fiestas al año, de las cuales 2 son locales y otras 2 de la CCAA.

Vacaciones

  • El Estatuto de los Trabajadores (art. 38) garantiza el derecho a 30 días naturales de vacaciones retribuidas al año, o la parte proporcional si no se trabaja todo el año.
  • El período debe fijarse de mutuo acuerdo, dentro del año natural, y el trabajador debe conocer la fecha con al menos 2 meses de antelación.
  • Si las vacaciones coinciden con una IT por embarazo, parto o lactancia, se podrán disfrutar al acabar la suspensión.

Poderes y Facultades de la Empresa

  • La empresa organiza el trabajo y decide cómo, cuándo y dónde realizarlo, ejerciendo una serie de poderes.

Poder de Dirección

  • Facultad de la empresa para organizar el trabajo y exigir el cumplimiento de las órdenes, salvo justificación por derecho de resistencia:
  • Tareas peligrosas que supongan un riesgo para la vida
  • Actividades que supongan un atentado contra la dignidad.
  • Órdenes ilegales o irregulares.
  • Órdenes que afecten a la vida privada.

Poder Disciplinario

  • Facultad de la empresa para sancionar conductas consideradas faltas laborales, según los convenios colectivos.
  • Tipos de faltas: leves, graves y muy graves, con plazos para sancionar de 10, 20 y 60 días desde el conocimiento del hecho. Las faltas prescriben a los seis meses. Las faltas leves se comunican verbalmente, las graves y muy graves por escrito.

Poder de Vigilancia y Derecho a la Intimidad

  • La empresa puede adoptar medidas para vigilar el cumplimiento de las obligaciones, respetando la dignidad e intimidad.
  • Videovigilancia: instalación de cámaras para control del personal sin requerir consentimiento expreso, solo informar. No permitida en vestuarios, servicios, comedores, ni con sistemas de audio.
  • Registros: la empresa puede realizar registros sobre la persona trabajadora, sus taquillas o sus efectos particulares cuando sean precisos.
  • Herramientas informáticas: monitorizar debe advertirse y establecer reglas de uso.

Organismos Que Protegen a la Persona Trabajadora

  • Inspección de Trabajo: organismo estatal que vigila y controla el cumplimiento de la legislación laboral, con libre acceso a los centros de trabajo.
  • Tribunales Laborales: resuelven conflictos laborales y de Seguridad Social, requiriendo conciliación previa.
  • Tribunal Supremo: resuelve recursos de casación contra sentencias de tribunales superiores.
  • Audiencia Nacional: resuelve procesos en materia sindical y colectiva que exceden el ámbito de una comunidad autónoma.
  • Tribunales Superiores de Justicia de las CCAA: resuelven recursos de suplicación contra resoluciones de juzgados de lo social.
  • Juzgados de lo Social: resuelven conflictos individuales y colectivos dentro de la provincia.
  • Tribunal Constitucional: protege los derechos fundamentales tras agotar la vía judicial ordinaria.

Nuevos Entornos Organizativos

  • Los entornos laborales actuales son novedosos y han revolucionado la organización empresarial.
  • El teletrabajo se ha extendido, pero plantea problemas de conciliación laboral y familiar.

Regulación del Teletrabajo

  • La Ley 10/2021 regula los derechos y deberes de empleados y empresarios en el teletrabajo.
  • Trabajo a distancia: realizado en el domicilio del trabajador o lugar elegido, durante toda o parte de la jornada.
  • Teletrabajo: se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o prevalente de medios informáticos y telemáticos.
  • Para ser considerado teletrabajo al menos un 30% de la jornada debe realizarse en esta modalidad, en un periodo de referencia de 3 meses o su equivalente.

¿Puede la Empresa Obligar a Teletrabajar?

  • El teletrabajo debe pactarse con el trabajador y la empresa.
  • La decisión de pasar a teletrabajo desde una modalidad presencial es reversible.

Acceso y Gastos del Teletrabajo

  • Los trabajadores tienen derecho a que se les faciliten los medios y la atención ante dificultades técnicas.
  • La empresa debe sufragar los gastos del teletrabajo.

Acceso Prioritario al Teletrabajo

  • Tienen prioridad las personas con necesidades de conciliar vida profesional y familiar o que necesiten ejercer el derecho a la lactancia o que sean víctimas de violencia de género o terrorismo.
  • Estas personas pueden revertir esta modalidad al acabar las circunstancias.

Derechos de los Trabajadores a Distancia

  • Derecho a la formación: la empresa debe garantizar la formación necesaria para la actividad.
  • Derecho a la promoción profesional: la empresa informará por escrito de las posibilidades de ascenso.
  • Derecho a recibir los medios suficientes: la empresa dotará y mantendrá los medios, equipos y herramientas esenciales.
  • Derecho a la compensación de gastos.
  • Derecho a un horario flexible.
  • Adicionalmente, derechos a: registro horario, a la prevención de riesgos laborales, a la intimidad y protección de datos, a la desconexión digital, y derechos colectivos.

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