VF.DELITO DE ROBO - DERECHO PENAL III ABR2024 PDF
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Prof. Mag. RONAL HANCCO LLOCLLE
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This document is an academic legal document on the topic of robbery. It defines robbery and discusses its various aspects, including subjects, offenses, elements, and aggravation. It is structured as an outline for a lecture or legal study. It is useful for understanding the legal definitions and processes surrounding robbery.
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UNMSM Facultad de Derecho y Ciencia Política DERECHO PENAL III Parte Especial II UNIDAD I - TEMA 2 DELITO DE ROBO Prof. Mag. RONAL HANCCO LLOCLLE TIPIFICACIÓN DEL DELITO DE ROBO 1. Descripción legal: Artículo 188.- Robo El que se apodera ileg...
UNMSM Facultad de Derecho y Ciencia Política DERECHO PENAL III Parte Especial II UNIDAD I - TEMA 2 DELITO DE ROBO Prof. Mag. RONAL HANCCO LLOCLLE TIPIFICACIÓN DEL DELITO DE ROBO 1. Descripción legal: Artículo 188.- Robo El que se apodera ilegítimamente de un bien mueble total o parcialmente ajeno, para aprovecharse de él, sustrayéndolo del lugar en que se encuentra, empleando violencia contra la persona o amenazándola con un peligro inminente para su vida o integridad física será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de ocho años. DELITO PLURIOFENSIVO Prof. Mag. RONAL HANCCO DELITO DE ROBO SUJETO PASIVO SUJETO ACTIVO VIOLENCIA Apoderarse ilegítimamente de un bien mueble total o parcialmente ajeno, empleando violencia contra la persona o amenazándola con un peligro inminente para su vida o integridad física. TIPICIDAD OBJETIVA A. SUJETOS: 1. SUJETO ACTIVO Cualquiera persona puede serlo, a excepción del propietario exclusivo del bien, ya que el requisito es que el bien sea total o parcialmente ajeno. Sin embargo, el sujeto infractor puede también ser el copropietario del bien mueble. 2. SUJETO PASIVO Sujeto pasivo del delito: La acción típica la sufrirá el titular del bien afectado. Sujeto pasivo de la acción típica: Será la persona sobre quien va a recaer los actos físicos de violencia o los actos de amenaza. Prof. Mag. RONAL HANCCO TIPICIDAD OBJETIVA B. ELEMENTOS TÍPICOS APODERAMIENTO ILEGÍTIMO AJENIDAD Cuando el sujeto activo se apodera El bien sustraído debe ser ajeno al del bien mueble sin consentimiento sujeto activo de la victima. SUSTRACCIÓN BIEN MUEBLE Es todo acto realizado por el sujeto Todo objeto mueble ya sea corpóreo o activo con el fin de sacar el bien incorpóreo, tales como energía mueble de la esfera de custodia de la eléctrica, servicio de agua, etc. victima. Prof. Mag. RONAL HANCCO C. PRESENCIA DE VIOLENCIA O AMENAZA PARA EL APODERAMIENTO: Artículo 188.- Robo LA El que se apodera ilegítimamente de un bien mueble CARACTERÍSTICA total o parcialmente ajeno, para aprovecharse de él, DEL DELITO DE sustrayéndolo del lugar en que se encuentra, ROBO ES LA empleando violencia contra la persona o amenazándola SUSTRACCIÓN DE con un peligro inminente para su vida o integridad física LA COSA MUEBLE será reprimido con pena privativa de libertad no menor CON VIOLENCIA O AMENAZA de tres ni mayor de ocho años. VIOLENCIA Toda forma de agresión contra AMENAZA terceros dirigida a vencer o Es el anuncio de un mal futuro, neutralizar la resistencia que inminente y grave que el agente puede oponerse a la acción de la formula contra una persona y que sustracción y apoderamiento de está en su capacidad poder los bienes objeto del delito. materializar. TIPICIDAD SUBJETIVA Haciendo uso de la DESPOJO DEL violencia física y PATRIMONIO amenaza de peligro DOLO La conducta que inminente para su despliega el sujeto vida e integridad VOLUNTAD DE LA activo hacia su víctima, física lograr extraer ACCIÓN TIPICA será el desapoderarla de su esfera de su patrimonio con patrimonial el bien conocimiento mueble de la víctima. CONSUMACIÓN Y TENTATIVA ILLATIO ABLATIO El bien mueble no solo es CONTRECTATIO La cosa es trasladada trasladado materialmente de un El autor del delito entra en físicamente de un lugar a otro lugar a otro, sino que además es contacto físico con el bien. donde el sustractor tiene ocultado para evitar su posibilidad de disponerlo en su recuperación por parte de la provecho. víctima. Teoría adoptada por nuestro ordenamiento jurídico (Sentencia Plenaria 1-2005) CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES 1. En inmueble habitado. 1. Descripción legal (Art. 189): 2. Durante la noche o en lugar desolado. 3. A mano armada. 4. Concurso de 2 o más personas. PENA PRIVATIVA DE DELITO DE ROBO LIBERTAD NO MENOR 5. En cualquier medio de transporte público o privado, AGRAVADO DE 12 NI MAYOR DE 20 terminal, lugares donde acuden turistas, bienes inmuebles AÑOS integrantes del patrimonio cultural de la Nación y museos. 6. Fingiendo ser autoridad o servidor público o trabajado del sector privado o mostrando mandamiento falso de autoridad. 7. En agravio de menores de edad, personas con discapacidad, mujeres en estado de gravidez o adulto mayor. 8. Sobre vehículo automotor, autopartes y accesorios. 9. Sobre equipo terminal móvil, teléfono celular, equipo o aparato de telecomunicaciones, red o sistemas de telecomunicaciones u otro bien de naturaleza similar. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES 1. Descripción legal (Art. 189): 1. Se cause lesiones a la integridad física o mental de la víctima. 2. Abuso de incapacidad de la víctima o empleo de sustancias. PENA PRIVATIVA DE DELITO DE ROBO LIBERTAD NO MENOR 3. Colocando a la víctima o a su familia en grave AGRAVADO DE 20 NI MAYOR DE 30 situación económica. AÑOS 4. Sobre bienes de valor científico o que integren el patrimonio cultural de la Nación. 5. Si la agravante descrita en el numeral 9 del primer párrafo se realiza mediante el empleo de material o artefacto explosivo. 6. Si la agravante descrita en el numeral 9 del primer párrafo se realiza mediante el uso de vehículos motorizados. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES 1. Descripción legal (Art. 189): Integrante de una organización delictiva o DELITO DE ROBO CADENA PERPETUA banda, o si se produce la muerte de la AGRAVADO víctima o se le causa lesiones graves. RECOMENDACIONES 1. Sentencia Plenaria 1-2005/DJ-301-A: Momento de consumación en el delito de robo agravado. 2. Recurso de Nulidad 1915-2017, Lima Sur: La «amenaza» en el robo agravado y la diferencia entre el hurto y el robo agravado. 3. Recurso de Nulidad 1201-2018, Lima Norte: Teoría de la ‘ablatio’: consumación del delito de robo. 4. Recurso de Nulidad 3466-2014, Callao: Determinación de la pena en el delito de robo agravado. 5. Casación 496-2017, Lambayeque: Los insultos como «amenaza inminente» en el delito de robo. 6. Recurso de Nulidad N° 1177-2021 Lima: El elemento amenaza en el delito de robo con agravantes. 7. Acuerdo Plenario N° 5-2015/CIJ-116: El concepto de arma como agravante de robo. Prof. Mag. RONAL HANCCO REFERENCIAS Burga Zamora, O. M. (s.f.). La consumación del delito de robo agravado y la correlación entre acusación y sentencia. Nuñez, R. C., & Reinaldi, V. F. (2008). Manual de derecho penal: parte especial. Lerner. Prado Saldarriaga, V. R. (2017). Derecho penal: parte especial. Sánchez-Moreno, J. C. U. (2009). Comentario a la Sentencia Plenaria 1-2005/DJ-301-AI del 30 de septiembre de 2005, relativa al momento de la consumación del delito de robo agravado. IUS ET VERITAS, (38), 312-316. Prof. Mag. RONAL HANCCO