🎧 New: AI-Generated Podcasts Turn your study notes into engaging audio conversations. Learn more

S16_HD_Derecho Peruano.pdf

Loading...
Loading...
Loading...
Loading...
Loading...
Loading...
Loading...

Full Transcript

Historia del Derecho UNIDAD IV: Historia del Derecho de las Indias, la administración de las colonias y la evolución del derecho Peruano. SESIÓN 16 “La transformación del Derecho peruano a inicios del s. XIX: Constituciones y códigos” Dialoguemos: Veamos el sigu...

Historia del Derecho UNIDAD IV: Historia del Derecho de las Indias, la administración de las colonias y la evolución del derecho Peruano. SESIÓN 16 “La transformación del Derecho peruano a inicios del s. XIX: Constituciones y códigos” Dialoguemos: Veamos el siguiente video: ¿Qué es el Derecho Indiano? AMAG. El Derecho Indiano - Parte 1 - Cápsula Educativa N° 195 5minutos https://www.youtube.com/watch?v=Mq9_EKa8HGs ¿Tienes dudas de la clase anterior? Logro de sesión: Al final de la sesión ustedes, los estudiantes, podrán explicar la gran transformación que se produce en el derecho peruano a partir del siglo XIX, así como identificar los principales rasgos de las constituciones y códigos promulgados en nuestro país.. Aprenderemos sobre: La cultura jurídica de la codificación La codificación en el Perú Las constituciones en el Perú ¿Cuál es la utilidad de los temas de hoy? Transformación El contexto de la época La Revolución Las campañas de Las independencias La revolución francesa Napoleón americanas industrial Transformación La codificación: una nueva cultura jurídica El jurista del siglo XIX ya no entendía bien el orden jurídico antiguo, lo consideraba poco ajustado a la sociedad de la época y sentía la necesidad de cambiarlo. “No se trataba sólo de una renovación de la técnica legislativa sino que en torno de aquella giraba una nueva concepción del Derecho, que sigue gravitando vigorosamente en el orden jurídico de nuestro tiempo” (Tau 2008, p. 29) Transformación ¿Cómo se entendía antes la ley? En la tradición filosófica escolástica se entendía que Los cuerpos existían tres legales órdenes de leyes (recopilaciones) (eterna, natural y no pretendían Había mucho humana) por lo reunir todo el apego a la que un conjunto Derecho, solo de normas tradición querían escritas no podía incorporar las ser considerado normas como la expresión suprema y existentes. exclusiva del derecho Transformación Codificación y iusnaturalismo moderno 1 El Iusnaturalismo moderno es una La codificación corriente filosófico- Entre sus rasgos es la madurez y jurídica que entiende propios que el derecho Entre sus culminación de encontramos la Pretendían crear natural se puede representantes un movimiento secularización y un derecho deducir mediante la encontramos a intelectual: el razón pura de la autonomía de nuevo Pufendorf, Derecho Natural principios a priori sin la razón humana absolutamente Heinecio, Kant, Racionalista o necesidad de recurrir (en contra de la racional. etc. Iusnaturalismo a la experiencia, tradición y la moderno como lo hacían los autoridad) antiguos y los escolásticos. Transformación Codificación y iusnaturalismo moderno 2 Nueva imagen El mayo Se sustituye la Se exaltó a la del Estado, apego al texto continuidad ley como este tendía a legal no tradicional por fuente la unidad y concordaba una Pufendorf principal y buscaba el con la ordenación exclusiva del poder subsistencia racional que derecho en supremo de cuerpos obedece a la desmedro de mediante el legales que voluntad del la costumbre y uso de la ley venían de la legislador Heinecio la opinión de fundado en la antigüedad y (Sánchez los juristas razón la Edad Media Agesta) Transformación El código: el instrumento para un nuevo derecho El código se convirtió en la “encarnación suprema del ideal jurídico de la época” (Tau 2008, p. 31) De esta manera se llegó a creer (y en buena medida es una creencia que ha llegado a nuestros días) que todo el derecho está recogido dentro de los códigos y fuera de los códigos no es posible encontrar orden jurídico. Empezaron a crearse códigos en todos los países. Cinco fueron los básicos: civil, mercantil, penal, de procedimientos civiles y de procedimientos penales Transformación ¿Cómo miraban los partidarios de la codificación a la ley? Creían que antes erab Ahora tenían que ser múltiples, inciertas, genéricas, claras, embrolladas, inequívocas, definidas, que contradictorias, oscuras, formasen un conjunto confusas, algunas integral, sin vacíos ni olvidades, redundantes y contradicciones, accesibles superfluas a todos Transformación Diferencia entre el código y las recopilaciones antiguas El código no quería recopilar el derecho existente, ni continuarlo o mejorarlo sino Esto obedece a la nueva que tendía a planear una actitud racional del nueva sociedad mediante jurista ordenaciones creadoras y sistemáticas. También ayudó el La justicias se trasladó nacionalismo y las de la conciencia del juez Técnica legislativa independencias. Cada a la razón y las pautas basada en un sistema país tiene que tener un ético-morales de la lógico y cerrado. cuerpo de leyes técnica particular Transformación Antecedentes históricos de la codificación Como la hemos descrito la codificación tiene su más antiguo antecedente en la codificación de Baviera (1751, 1753 y 1756) También tenemos El código prusiano (1794) El código general austríaco (1811) El más Fue influyente por su calidad Se creía que importante de rompía con el todos es el y por su Sensibilidad origen (el pasado e Code Civil iniciaba un contraria a la (1804) movimiento tradición innovador y nuevo tiempo promulgado por Napoleón revolucionario de Francia) Transformación Codificación y positivismo La codificación se mostraba El positivismo jurídico plantea como “un sistema pleno, El movimiento codificador que que no existe un derecho organizado e independiente empezó con el iusnaturalismo natural y que solo es derecho de la realidad social, política o moderno se consolidó con el el que es promulgado por el económica que regulaba. Era positivismo jurídico. Estado un derecho de juristas y para juristas” (Tau 2008, p. 38) Transformación La codificación civil en el Perú Luego de la En la Durante la Independencia Constitución de Confederación del Perú las 1834 se Perú-Boliviana El proyecto (1836-39) se Estos relaciones ordena la privadas preparación de de Vidaurre, adoptó el Código códigos civil boliviano siguieron un Código civil. muy (1831), llamado eran casi regulándose La Corte anticlerical, Código civil de una copia por el derecho Suprema forma no fue Santa-Cruz del estado Nor- del Code vigente hasta una comisión reconocido entonces, el encabezada Peruano (1836) y Civil promulgado Código civil de Manuel Lorenzo de Vidaurre derecho por Manuel Santa-Cruz del francés indiano y Lorenzo de estado Sud- castellano Vidaurre Peruano (1837) Transformación El código de 1852 Echenique nombró a una En 1845, Ramón Castilla comisión, presidida por el nombró una comisión arequipeño Andrés para redactar un Código Martínez, para revisar el Civil código. En 1850 se promulgó El Código Civil fue pero no entró en vigencia promulgado en 1852 y porque el nuevo estuvo vigente hasta presidente, Echenique, 1936 solicitó suspender su promulgación Transformación El código civil de 1852 Es considerado el primer código civil de América latina, ya que los anteriores (haitiano y boliviano) se consideran copias del código napoleónico Influencias: Código Estructura Napoleónico Compuesto por 2301 Derecho español artículos y un Título Tiene tres libros Preliminar Derecho canónico Libro II: De las Libro I: De cosas, del modo Libro III: De las personas de adquirirlas y de las y de sus los derechos que obligaciones Tradición las personas derechos tienen sobre ellas y contratos local Transformación El código civil de 1852: algunas disposiciones importantes El matrimonio era el religioso regido por el derecho canónico Prohíbe el divorcio y la investigación de la paternidad extramatrimonial Distingue a los hijos en base a su legitimidad matrimonial Trata la propiedad y el dominio y sus modos de adquisición (originario y derivado) Se preocupa de la propiedad y su disposición No reguló los registros públicos, ni el registro de la hipoteca En materia sucesoria es conservador, trata la sucesión legal y la testamentaria Transformación La codificación penal Al igual que en el ámbito civil, luego de la independencia la legislación hasta entonces vigente se mantuvo. Los abogados y jueces seguían usando fuentes como la Ley de las XII tablas de seiscientos años atrás. En octubre de 1831 el Poder Ejecutivo En 1853, el Los proyectos designó una Congreso nombró fueron presentados comisión para una comisión de 3 al Congreso en redactar un proyecto senadores y 5 1861. La Corte e código penal. No diputados. Solo Suprema dispuso produjo ningún presentaron el que se sometieran a resultado práctico código sustantivo. una nueva revisión Durante la En 1856, la Fueron promulgados Confederación Perú- Convención en enero de 1863 Boliviana, Santa nacional nombró Cruz ordenó que se una nueva comisión aplicara el código para que revisara el boliviano. proyecto y formulara un código adjetivo. Transformación El código penal de 1863 El código de El código penal enjuiciamiento estaba dividido en penal también se 3 libros dividía en 3 libros 1° De los delincuentes y de las penas en general. 1°Jurisdicción de los Da reglas sobre la jueces y demás personas responsabilidad penal, la que intervenían en los importancia de las penas juicios y el modo de aplicarlas 2° Clasifica los delitos y 2° Diligencias del juicio designa las penas con las criminal que se deben castigar 3° Substanciación de los 3° Se ocupa de las faltas juicios, instancias, y sus penas recurso extraordinario de nulidad y juicio verbal Transformación Las constituciones del siglo XIX Tanto la codificación como el constitucionalismo pueden ser considerados como elementos del movimiento de cambio radical en la cultura jurídica del siglo XIX Mediante las Constituciones se trató de establecer una regla general y abstracta que guiara el funcionamiento del estado y los aspectos fundamentales de la sociedad. En el Perú, la primera constitución fue la de Cádiz, cuando Perú formaba todavía parte del Imperio español. Transformación Las constituciones del siglo XIX: la Constitución de Cádiz En la Constitución de Cádiz se estableció la soberanía del pueblo y tuvo un importante carácter liberal y antiabsolutista Se redactó cuando luego de la invasión napoleónica de España, el rey estaba preso por Napoleón y las personas que detentaban el poder en el antiguo régimen estaban apartadas. Al regreso del rey Fernando VII a España (1814) fue abolida Luego de la revolución de Riego en 1820 volvió a cobrar vigencia hasta 1823 cuando se reinstauró el absolutismo Transformación Las constituciones del siglo XIX: la constitución de 1823 Elaborada y aprobada por el No rigió porque su vigencia De tendencia liberal: exaltaba primero Congreso fue suspendida para las libertades individuales y Constituyente, presidido por entregarle todo el poder a ponía al Legislativo sobre un el arequipeño Francisco Bolívar que debía terminar Ejecutivo débil Javier de Luna Pizarro con la independencia Existía un organismo llamado Senado Conservador que se componía por tres senadores de El Jefe de Estado era elegido cada departamento y que debía El Legislativo era unicameral velar por el cumplimiento de la por el Congreso Constitución además de tener facultades que normalmente tiene el ejecutivo Fco. Xavier de Luna Pizarro La Constitución declaró Fue promulgada por el vigentes las leyes españolas presidente Bernardo de Torre que no se opusieran a la Tagle, quien a su vez fue independencia en tanto se elegido por el Congreso promulgaran los Códigos Constituyente correspondientes Transformación Las constituciones del siglo XIX: la constitución de 1826 Llamada la Constitución Vitalicia, aunque duro solo cuarenta y nueve días Es una constitución que Bolívar redactó para Bolivia y que luego trasplantó para el Perú Establecía una república federativa con un presidente vitalicio Importaba más la voluntad del gobernante que la del pueblo. Era una constitución autoritaria Simón Bolívar Se creó un parlamento tricameral (tribunos, senadores y censores) Transformación Las constituciones del siglo XIX: la constitución de 1828 El malestar contra Bolívar se acrecienta en el Perú Bolívar tiene que regresar a la Gran Colombia y nombra a Santa Cruz como jefe del Consejo de Gobierno Santa Cruz desconoce la Constitución Vitalicia y convoca el segundo Congreso “No estuvo inspirada en la Constituyente de nuestra historia, el que nombra como presidente del Perú a José de La de tipo convencional de la Mar Republica francesa, como la de 1823, ni en el régimen Siendo del Consulado napoleónico, liberal, no Puede ser como la de 1826, sino en el cayó en los considerada Fue una como “la modelo norteamericano” Señalaba Creo un excesos de Constitución que se legislativo la de 1823, madre de (Chanamé 2021, p. 190) de origen nuestras reformaría con 2 teniendo Constituciones” popular, no en 5 años cámaras una (Manuel impuesta distribución Vicente equitativa de Villarán) los poderes Transformación Las constituciones del siglo XIX: la constitución de 1834 La Constitución de 1828 establecía que luego de cinco años debía llamarse a una Convención que la modificase en todo o en parte. En 1833, el presidente Gamarra convocó la Convención que revisaría y modificaría la Constitución. Esta Convención fue presidida por Francisco de Paula Gonzales Vigil, pero la verdadera alma de la Convención fue Luna Pizarro La Constitución se elaboró y se discutió en el marco de la guerra civil entre Orbegoso y Gamarra La Constitución de 1834 es una versión actualizada Luis José de Orbegoso de la del 28. Los artículos modificados son alrededor de 20. A diferencia de la de 1828, esta Constitución permitía la federación con otro país Transformación Las constituciones del siglo XIX: la constitución de 1839 En 1839, una invasión Mientras el Perú aún permanecía ocupado por los El Congreso depuso a chilena, apoyada por todos los Jefes que no chilenos, Gamarra convocó Gamarra y otros peruanos, acabó con el proyecto de un Congreso Constituyente habían secundado a que se reunión en Huancayo Gamarra y agradeció a la Confederación Peruano- y estuvo formado por sus Boliviana adeptos Chile por la invasión Se le otorgó facultades La edad mínima para excesivas al Ejecutivo, ser ciudadano o para que incluso le daba Agustín Gamarra ostentar cargos se injerencia sobre el aumentó Poder Judicial Transformación Las constituciones del siglo XIX: las constituciones de 1856 y 1867 En 1855, Ramón Castilla, aliado a los liberales, derroca al gobierno de Echenique y convoca una En 1865 llegó al poder Manuel Ignacio Prado Convención constituyente La Convención tuvo una abrumadora mayoría liberal- Con el también lo hizo un grupo de radical destacados liberales que promovieron la elaboración de una nueva Constitución que reemplazara la vigente de 1860 La Constitución de 1856 tuvo un fuerte carácter liberal y anticlerical Castilla La Constitución de 1867, al igual que la de 1856, tuvo un marcado tinte liberal y Ante ella se levantó el pueblo de anticlerical Arequipa, la mando de Manuel Ignacio de Vivanco Ante esta Constitución también se levantó el La rebelión fue sofocada luego de dos pueblo de Arequipa que, luego de vencer a las años de cruenta guerra, pero la causa tropas del gobierno en su ciudad, las vencieron no se perdió ya que la Constitución fue también en Lima, con lo que se abolió la abolida por el Mariscal Castilla Prado constitución de 1867 y quedó vigente la de 1860 Transformación Las constituciones del siglo XIX: la constitución de 1860 En 1860 se reunión un Jorge Basadre llamó a Congreso presidido por Este Congreso redactó esta constitución “Carta la Constitución de 1860, transaccional” porque Bartolomé Herrera, la la Carta que más satisfizo exigencias de mente más brillante del los conservadores pero tiempo ha regido en el conservadurismo en el también filtro aportes Perú: 60 años Perú del siglo XIX liberales Fue una de las El legislativo tenía dos El Presidente era constituciones menos cámaras: senadores y elegido por el pueblo y extensas y tuvo un diputados su cargo duraba 4 años carácter pragmático Bartolomé Herrera Aplicando lo aprendido Realizar un cuadro comparativo de: 1. La historia de las constituciones del Perú. 2. De la historia del Código Civil en nuestro país. Para esta actividad: 1. Esta actividad puede ser realizada de manera individual o grupal, comunica tu decisión antes de iniciar la actividad. 2. Revisa la bibliografía básica de la unidad, para argumentar tu respuesta. 3. Al terminar, sube la actividad en formato Word, a la plataforma virtual de aprendizaje, con el nombre de “Actividad_Semana10_ApellidoNombre” Resolvemos la actividad en 25minutos

Use Quizgecko on...
Browser
Browser