QUIZ 22 PDF
Document Details
Uploaded by EnviableByzantineArt
Centro de Estudios Trabasse
Tags
Summary
This document outlines the services of home assistance provided in Spain. It details service offerings, user profiles, and requirements for access to aid. It also includes information on the roles and responsibilities of social service assistants.
Full Transcript
Organiza y respeta tus descansos: son imprescindibles para aumentar la memoria a largo plazo. Más tips para potenciar tu memoria en tu Curso +-----------------------------------------------------------------------+ | TEMA 22 | |...
Organiza y respeta tus descansos: son imprescindibles para aumentar la memoria a largo plazo. Más tips para potenciar tu memoria en tu Curso +-----------------------------------------------------------------------+ | TEMA 22 | | | | Los Servicios de Ayuda a Domicilio: perfil de usuarios, servicios, | | prestaciones y el papel del Auxiliar de Servicios Sociales | +-----------------------------------------------------------------------+ índice ====== Untitled 1 2. Papel del auxiliar de servicios sociales 1 de 16 1, Los Servicios de Ayuda a Domicilio: perfil de usuarios, servicios y prestaciones ----------------------------------------------------------------------------------- ### 1.1. Perfil de usuarios. Requisitos de acceso al Servicio de Ayuda a Domicilio a. Las personas que, no siendo titulares de derechos conforme a lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, se encuentren en una situación de necesidad o vulnerabilidad social, de deterioro físico o psíquico o de violencia de género, b. Las personas que tengan reconocida una situación de dependencia al amparo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, hasta tanto les corresponda la efectividad de las prestaciones o servicios establecidos en el Programa Individual de Atención (PIA), si existe un riesgo grave e inminente de deterioro en su situación personal. Esta circunstancia se valorará y justificará a través de un informe técnico de los servicios sociales municipales, concediéndose la prestación por un período de seis meses, revisable por períodos de igual plazo, si persisten las circunstancias que motivaron su autorización. a. Tener nacionalidad española, o ser nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de un país extranjero no comunitario, con residencia legal en España. b. Estar empadronada en el municipio de Madrid en la fecha de la presentación de la solicitud. Cuando se trate de personas mayores que residan con familiares hasta seis meses al año o, en su caso, de menores en régimen de acogimiento, será requisito suficiente que los familiares o la familia acogedora estén empadronadas en el municipio de Madrid. 2 de 16 c. No encontrarse afectadas por el régimen de incompatibilidades previsto en el artículo 23. d. Haber obtenido, por aplicación de los baremos de valoración, la puntuación mínima exigida para acceder a la prestación solicitada, a excepción del acceso a los centros municipales de Atención Integral Neurocognitiva. e. Haber solicitado el reconocimiento de la situación de dependencia al amparo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, en el supuesto contemplado en el artículo 28.3. f. Acreditar el cumplimiento de los requisitos específicos que, para ser persona beneficiaria de las diferentes prestaciones, se recogen en los artículos 6, 7, 8, 9 y 10, según el tipo de servicio. #### 1.2. Prestaciones y servicios 483 - Compromiso 1. Atendemos de forma adecuada, amable y respetuosa a las personas usuarias. El objetivo es que el 90% valore el trato recibido con una puntuación igual o superior a 7, en una escala de Oa 10. - Compromiso 2. Realizamos visitas de seguimiento a las personas usuarias del servicio. El objetivo es que al menos el 97% de ellas reciba una al año. En ningún caso transcurrirán más de 18 meses entre las visitas. - Compromiso 4. Informamos por escrito a todas las personas usuarias, al ser dadas de alta, sobre las características generales del servicio y los detalles particulares de la prestación, en cuanto a horarios, número de horas asignadas, tareas que se incluyen, personal auxiliar y coordinador de referencia y teléfonos de contacto. - Compromiso 6. Realizamos actuaciones para la prevención y detección del maltrato en los Servicios de Ayuda a Domicilio, disponiendo todas las entidades colaboradoras de un protocolo de detección del maltrato. El objetivo es que el 90% de los profesionales auxiliares domiciliarios, que lleven más de 6 meses en la empresa, estén formados en esta materia. - Compromiso 7. Realizamos actuaciones para la detección situaciones de soledad en los Servicios de Ayuda a Domicilio, disponiendo todas las entidades colaboradoras de la Ayuda a Domicilio de un protocolo de detección de situaciones de soledad. El objetivo es que el 90% de los profesionales auxiliares domiciliarios, que lleven más de un año en la empresa, estén formados en esta materia. Además, el 90% de las personas usuarias, de nueva alta, son valoradas con las escalas correspondientes. - Compromiso 8. Prestamos un servicio de calidad de forma que las personas usuarias estén satisfechas con el mismo. El objetivo es que el 85% valore el servicio con una puntuación igual o superior a 7, en una escala de 0 a 10 y que al menos el 95% lo considere recomendable para otras personas. - Compromiso 9. Contestamos el 70% de las sugerencias, reclamaciones y felicitaciones como máximo en 30 días naturales y en ningún caso en un plazo superior a 2 meses. a. Baremo para la valoración de la situación física, psíquica o ambas: permite identificar las situaciones de necesidad o las carencias de la persona solicitante, en función de su capacidad, para la realización de las actividades básicas de la vida diaria o la necesidad de otros apoyos para su autonomía personal en el caso de personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental. Este baremo será el que se aplique para la valoración de la dependencia, conforme a lo establecido en el Real Decreto 174/2011, de 1 1 de febrero, por el que se aprueba el baremo de la situación de dependencia establecida por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. b. Baremo para la valoración de la situación social. Permite valorar la atención que recibe la persona solicitante en función de la cobertura de sus necesidades, su situación convivencial, relaciones sociales y condiciones de la vivienda. Este cuestionario tiene por finalidad: - Permitir el acceso a las prestaciones previstas en la ordenanza a aquellas personas que tienen reconocida dependencia conforme a lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, en tanto, le corresponda la efectividad de las prestaciones o servicios establecidos, si existe un riesgo grave e inminente en su situación. - Determinar el acceso a las prestaciones previstas en la ordenanza a aquellas personas que no tienen reconocida dependencia conforme a lo establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, en tanto le corresponda la efectividad de las prestaciones o servicios establecidos, si existe un riesgo grave e inminente en su situación. 1. 2. 3. 4. 5. 6. ### 1.3. Derechos y obligaciones de los usuarios - Ser tratadas/os con respeto y deferencia. Unti e 8 de 16 - Ser objeto de una atención directa y personalizada. - Elegir el canal presencial, telefónico o electrónico a través del cual relacionarse con el Ayuntamiento (salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos). - Exigir responsabilidades a su Administración y personal cuando así corresponda legalmente. - Tener asignado un trabajador/a social del Centro de Servicios Sociales que les corresponda, como profesional de referencia que asegure la coherencia y globalidad del proceso de atención. - Ver revisadas las condiciones de la asistencia que reciben, cuando sus circunstancias personales o familiares hayan sufrido modificaciones, y en todo caso, una vez al año. - Recibir una atención correcta y respetuosa, sin discriminación por razón de sexo, raza, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, y que preserve su intimidad. - Conocer el coste del servicio y su aportación económica al mismo, así como las modificaciones que se puedan producir. - Ser avisadas/os, con antelación suficiente, de todos aquellos cambios que se produzcan en el servicio, especialmente en el personal asignado y en el horario previsto. - Que se mantenga la confidencialidad y protección de los datos personales conocidos con motivo de la prestación del servicio. - Hacer uso del sistema de sugerencias y reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid concernientes al funcionamiento o mejora del servicio, así como a recibir respuesta sobre las mismas. - Facilitar la información que les sea requerida y resulte necesaria para mantener el derecho al servicio y una buena calidad del mismo. - Facilitar a las/os auxiliares de Ayuda a Domicilio el acceso a la vivienda en las condiciones adecuadas para la prestación del servicio. - Proporcionar los medios necesarios para la adecuada realización, por parte de las/ os auxiliares, de las tareas tanto domésticas como de atención personal. - Mantener una actitud correcta y de respeto hacia la dignidad del personal que acude a sus domicilios, colaborando en todo aquello que les sea posible. - Permanecer en el domicilio mientras se presta el servicio. - Informar con antelación suficiente la intención de recibir nuevamente el servicio después de una suspensión temporal del mismo. - Facilitar cuantas comprobaciones o visitas a su residencia habitual sean necesarias para verificar el cumplimiento de los requisitos y circunstancias exigidas para ser personas beneficiarias del servicio. - Comunicar, en su caso, de forma inmediata al Ayuntamiento de Madrid, la resolución de reconocimiento de la situación de dependencia y del establecimiento del programa individual de atención al amparo de la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, y cualquier otra variación de su situación con respecto a aquélla sobre la cual se concedió el servicio. - Plantear sus sugerencias y reclamaciones con un contenido concreto y proporcionando los datos mínimos necesarios para su tramitación. a. b. c. d. e. f. g. #### 1.4. Régimen de compatibilidad e incompatibilidad de los servicios El servicio de apartamentos para personas mayores podrá compatibilizarse con el servicio de ayuda a domicilio. En aquellos supuestos en los que las condiciones objetivamente demostradas así lo aconsejen, a propuesta de los Servicios Sociales, se podrá autorizar por un periodo de seis meses, revisable por períodos de igual plazo, la compatibilidad del disfrute de los servicios previstos en la ordenanza y los servicios o prestaciones determinados en el PIA. a. Fallecimiento de la persona beneficiaria. b. Renuncia expresa de la persona beneficiaria. c. Traslado de la persona beneficiaria a otra entidad local. d. Ausencia continuada en los servicios, superior al plazo establecido. e. Incumplimiento de las obligaciones. f. Hallarse incursa la persona beneficiaria en alguna de las incompatibilidades. g. La renuncia a las prestaciones económicas o a los servicios delimitados en el PIA. h. Situación sanitaria con deterioro incompatible con la actividad del centro de día y del centro municipal de Atención Integral Neurocognitiva, debidamente acreditada mediante informe médico. ##### 1.5. Procedimiento de reconocimiento del Servicio de Ayuda a Domicilio - - - - Untitled 1 16 2. Papel del auxiliar de servicios sociales ------------------------------------------- Untitled 1 Como en el resto de los servicios sociales, en el Servicio de Ayuda a Domicilio también se conjugan al mismo tiempo servicios como técnicas de intervención, y tal y como señala Casado (1991) no se trata solo de proveer determinadas prestaciones o servicios que vienen a aliviar insuficiencias o carencias, sino que también es necesario utilizar técnicas de intervención adecuadas para lograr reinstaurar o mitigar la dependencia que se haya detectado. Por tanto, cada intervención que se realice debe ser programada, supervisada y evaluada periódicamente por profesionales adecuados. Además, los auxiliares que realizan las tareas programadas deben haber tenido una fase de formación para desempeñar este trabajo porque el mismo constituye una profesión y que por su realización se obtiene la remuneración correspondiente. Estos profesionales llevan a cabo los siguientes servicios y técnicas de intervención, las cuales consisten en: Bibliografía ------------