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Responsabilidad Social Tributaria y Cumplimiento Cooperativo Programa de Formación Inicial para Fiscalizadores Tributarios 2023 Propiedad Intelectual del Estado Prohibida su reproducción y copia digital D.F.L. N° 7 de 1980, Art. 50°. Objetivos • Conocer los lineamientos internacionales sobre mora...

Responsabilidad Social Tributaria y Cumplimiento Cooperativo Programa de Formación Inicial para Fiscalizadores Tributarios 2023 Propiedad Intelectual del Estado Prohibida su reproducción y copia digital D.F.L. N° 7 de 1980, Art. 50°. Objetivos • Conocer los lineamientos internacionales sobre moral y sostenibilidad tributaria, y las iniciativas institucionales sobre responsabilidad social tributaria. • Comprender el enfoque de cumplimiento cooperativo que aplica el SII, para garantizar el cumplimiento tributario de los grupos empresariales. • Conocer el proceso general de gestión y ejecución de acuerdos de cooperación para el cumplimiento tributario (ACCT) de grupos empresariales. • Conocer otros mecanismos de cumplimiento cooperativo aplicables a los grupos. Estructura de la presentación. • Introducción. • Responsabilidad social tributaria. • Gestión del cumplimiento cooperativo. MÓDULO I INTRODUCCIÓN Estructura Capítulo I. • Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo y empresas multinacionales. • Definición. • Principios. • Características. • Asuntos Clave. • Moral tributaria. Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo Definición Cumplimiento Cooperativo El cumplimiento cooperativo es un programa abierto a las grandes empresas que voluntariamente deseen adherirse, en el cual las autoridades tributarias ofrecen servicios de la mayor calidad y oportunidad, que dan a los contribuyentes la seguridad jurídica que demandan los inversores internacionales y que reducen la litigiosidad. “Los contribuyentes, por su parte, garantizan a la administración tributaria (AT) que cumplirán voluntariamente sus obligaciones fiscales y pagarán el importe correcto de impuestos en el momento oportuno. “La base del programa es la confianza mutua, que en el caso de la administración tributaria suele requerir una verificación previa del Marco de Control Fiscal (MCF) del contribuyente para lograr lo que se denomina confianza justificada”. (BID - Owens & Leigh-Pemberton, 2023). El informe OCDE 2013 adopta el término “Cumplimiento Cooperativo”, el cual deja claro que el enfoque se basa en la cooperación con el propósito de garantizar el cumplimiento, es decir que el contribuyente pague los impuestos correspondientes en su debido momento. 6 Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo Definición Cumplimiento Cooperativo El informe OCDE 2013 De la Relación Cooperativa al Cumplimiento Cooperativo adopta el término “Cumplimiento Cooperativo”, el cual deja claro que el enfoque se basa en la cooperación con el propósito de garantizar el cumplimiento, es decir que el contribuyente pague los impuestos correspondientes en su debido momento. Objetivo primario: Garantizar el pago de impuestos Rendimientos por acciones de tratamientos tradicionales 7 Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo Cumplimiento Cooperativo Informe “De la relación cooperativa al cumplimiento cooperativo” Comprensión del mundo empresarial Imparcialidad Proporcionalidad • Entender el contexto de la actividad. • Adopción de diferentes enfoques (Sectores, desarrollo de competencia y habilidades). • Resolución de conflictos de manera consecuente y objetiva. • Resolución de conflictos sin necesidad de llegar a tribunales. • Administración de riesgos es imprescindible para las Administraciones Tributarias a fin de garantizar un buen uso de recursos. • Materialidad o relevancia. 8 Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo Cumplimiento Cooperativo OCDE 2013 “De la relación cooperativa al cumplimiento cooperativo” Transparencia Administración Tributaria Reactividad Transparencia Contribuyentes • Cero sorpresas. • Discutir libremente materias tributarias con el contribuyente. • Resolución de problemas fiscales. • Se busca certeza temprana. • Programas de cumplimiento cooperativo. • Instaurar mecanismos de control y auditoría, a fin de preparar y presentar declaraciones fiscales aceptables. • Voluntad de operar en relación abierta y transparente. 9 Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo Cumplimiento Cooperativo OCDE 2013 “De la relación cooperativa al cumplimiento cooperativo” Asuntos clave - Cumplimiento cooperativo y estrategia de cumplimiento general ¿Existirá algún conflicto con el principio de igualdad ante la ley de todos los contribuyentes? ¿Existe discriminación para las empresas que no están bajo una relación cooperativa? NO El principio de igualdad ante la ley significa que ciudadanos (contribuyentes) en la misma situación, deberán ser tratados de la misma manera, y cualquier diferencia de trato, debe ser el resultado racional de diferencias objetivas. 10 Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo Cumplimiento Cooperativo OCDE 2013 “De la relación cooperativa al cumplimiento cooperativo” Asuntos clave - Cumplimiento cooperativo y estrategia de cumplimiento general No todos los contribuyentes serán tratados de la misma manera. La revisión obedece a un proceso objetivo y racional, no aleatorio, que permite identificar a cada contribuyente y su forma de ser tratado. ¿Cómo aplica esto para una administración tributaria? Una relación cooperativa no busca un resultado favorable para el contribuyente o grupo empresarial; más bien busca ser un mecanismo efectivo para lograr el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Asegurar el pago de impuesto debido. ¿Cómo se justifica el aplicar una relación cooperativa con algunos y no con otros? 11 Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo Cumplimiento Cooperativo “De la relación cooperativa al cumplimiento cooperativo” Asuntos clave - Gestión de conflictos dentro del cumplimiento cooperativo El cumplimiento cooperativo en general, busca una resolución más expedita de los conflictos y recaudación inmediata. Aspectos fundamentales: comunicación y transparencia Diferenciar Conflictos: antes y después de relación cooperativa No hay acuerdos especiales. Todos por igual 12 Voluntad entre las partes Chile: Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia Art. 41 E LIR– Consultas 26 bis CT Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo Cumplimiento Cooperativo OCDE 2013 “De la relación cooperativa al cumplimiento cooperativo” Marco de Control Fiscal (MCF) Directrices para Multinacionales de la OCDE Fiscalidad: las Directrices señalan que las empresas deben cumplir con la letra y el espíritu de las leyes tributarias. Corresponde a un conjunto de normas que buscan crear una economía mas fuerte, limpia y equitativa. Estas son de carácter “Voluntario” dirigidos para estimular una conducta corporativa responsable. Estrategia de gestión de riesgos, estructuras y políticas internas: reflejo del compromiso empresarial para un trabajo cooperativo. 13 Una correcta estrategia de gestión de riesgos debe permitir un buen comportamiento ciudadano y manejo de riesgos de manera efectiva. Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo Cumplimiento Cooperativo OCDE 2013 “De la relación cooperativa al cumplimiento cooperativo” Gobierno interno – Programa de cumplimiento cooperativo Un mecanismo de gobierno interno es vital para las Adm. Tributarias a fin de aplicar un programa de Cumplimiento Cooperativo. Consideraciones Funcionarios Relación abierta con el contribuyente Imparciales y profesionales Con actitud crítica Confianza – Evitar asimetrías de información 14 • Evitar abuso de relación cooperativa. • No flexibilizar políticas. • Atentos al riesgo moral. Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo Moral Tributaria II: Construir la confianza entre administraciones tributarias y grandes empresas Concepto Moral Tributaria II Estudio del concepto mediante encuestas realizadas a Empresas Multinacionales y Administraciones Tributarias. ¿Qué es Moral Tributaria? 15 Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo Moral Tributaria II: Construir la confianza entre administraciones tributarias y grandes empresas Concepto ¿Qué es Moral Tributaria? “La motivación intrínseca para pagar impuestos es un elemento crucial de los sistemas fiscales, ya que todos ellos se basan en el cumplimiento voluntario por parte de la mayoría de los contribuyentes” 16 Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo Moral Tributaria II: Construir la confianza entre administraciones tributarias y grandes empresas Aspectos claves del concepto Cultura Cumplimiento Tributario Conocimiento negocios Moral Tributaria Educación Confianza 17 Lineamientos de la OCDE sobre cumplimiento cooperativo Moral Tributaria II: Construir la confianza entre administraciones tributarias y grandes empresas Mejores prácticas para interactuar con Autoridades Fiscales (BIAC) El BIAC representa a más de 7 millones de empresas de todos los tamaños con una misión en común que es defender los mercados abiertos y el crecimiento liderado por el sector privado, es socio de confianza de la OCDE y otras instituciones internacionales. Durante el año 2013 se elaboró una “Declaración de mejores prácticas fiscales para colaborar con las autoridades fiscales en los países en desarrollo”, que en su versión actualizada a 08/2020 se destaca lo siguiente: Las empresas deben ser abiertas y transparentes con las autoridades. Cuando las autoridades fiscales hagan preguntas razonables, específicas y legítimas, las empresas deben comprometerse a responder esas preguntas de manera directa y transparente. Las empresas deben trabajar en colaboración con las autoridades. Las empresas pueden utilizar incentivos fiscales que sean transparentes, publicados y respaldados públicamente por la legislación del país anfitrión. Las empresas deben considerar cuál es la mejor manera de explicar más detalladamente al público su contribución e impuestos. 18 Actividad N°1 19 19 MÓDULO II RESPONSABILIDAD SOCIAL TRIBUTARIA 20 Estructura Capítulo II. • Responsabilidad social tributaria. • Gobierno Corporativo. • Marco de Control Fiscal. Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Gobierno corporativo El gobierno corporativo puede ser definido como el conjunto de instancias y prácticas institucionales que influyen en el proceso de toma de decisiones de una empresa, contribuyendo a la creación sustentable de valor en un marco de transparencia y responsabilidad empresarial. Establece las relaciones entre la junta directiva, el consejo de administración, los accionistas y el resto de partes interesadas, y define las reglas por las que se rige el proceso de toma de decisiones sobre la empresa para la generación de valor. Junta de Accionistas Comités • Finanzas • Evaluación • Auditoría • Planificación Estratégica Gobierno Corporativo Dirección General/Alta Gerencia En los últimos años, la comunidad internacional ha comprendido la importancia que tiene que las empresas que cotizan en bolsa sean gestionadas de manera adecuada y transparente. 22 Consejo de Administración /Junta Directiva Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Responsabilidades de los gobiernos corporativos • La toma de decisiones que tienen que ver con la dirección estratégica general de la empresa y sus políticas corporativas: inversiones, fusiones y adquisiciones, nombramiento de ejecutivos, planes de sucesión. • Los mecanismos de control sobre el correcto desempeño de la dirección ejecutiva y la implementación del plan estratégico aprobado. • El cumplimiento normativo o compliance: el establecimiento de las políticas y procedimientos adecuados para garantizar que tanto la empresa, como sus directivos, empleados y terceros cumplen con el marco normativo aplicable. • Las relaciones entre los principales órganos de gobiernos de la compañía, así como los derechos y deberes de cada uno de ellos: consejo de administración, junta directiva y accionistas. 23 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Los principios de gobierno corporativo de la OCDE y G20 Los principios de gobierno corporativo de la OCDE y G20 son un estándar internacional que tiene el objetivo de ayudar a los responsables políticos de los países miembros y no miembros a evaluar y perfeccionar los marcos legal, institucional y reglamentario aplicables al gobierno corporativo en sus respectivos países, y la de ofrecer orientación y sugerencias a las bolsas de valores, los inversores, las sociedades y demás partes que intervienen en el proceso de desarrollo de un modelo de buen gobierno corporativo, y así apoyar la eficiencia económica, el crecimiento sostenible y la estabilidad financiera. Cabe destacar, que los esfuerzos de la OCDE también contribuirán al desarrollo de una cultura de valores en el ámbito del comportamiento profesional y ético, del cual dependen los mercados que funcionan correctamente. Publicados por primera vez en 1999, revisados en 2004, 2014 y 2015. Próximo a publicación de una nueva revisión. 24 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Gobiernos corporativos en Chile Desde una perspectiva local, el contar con buenos estándares de gobierno corporativo constituye una ventaja competitiva que hace más atractivo al mercado nacional y permite atraer más inversionistas. A diferencia de otros países donde han sido las propias bolsas de comercio de distintas partes del mundo las que han tomado las iniciativas de elevar los estándares de las prácticas de gobierno corporativo de las sociedades listadas, en Chile fue la SVS (actual CMF) quien desarrolló la iniciativa. En 2015 la CMF emitió la Norma de Carácter General (NCG) N°385 sobre gobiernos corporativos. 25 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Gobiernos corporativos en Chile Principales elementos de la NCG 385 • Fomentar la adopción de políticas en materia de responsabilidad social y desarrollo sostenible, referido en particular a la diversidad en la composición del directorio y en la designación de ejecutivos principales de la sociedad. • Fomentar la difusión de información a los accionistas y público en general respecto de las políticas, prácticas y efectividad de las mismas, en materia de responsabilidad social y desarrollo sostenible. • Fomentar la adopción de políticas en materia de responsabilidad social y desarrollo sostenible, referido en particular a la diversidad en la composición del directorio y en la designación de ejecutivos principales de la sociedad. • Fomentar la difusión de información a los accionistas y público en general respecto de las políticas, prácticas y efectividad de las mismas, en materia de responsabilidad social y desarrollo sostenible. 26 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Gobiernos corporativos en Chile Principales elementos de la NCG 385 • Mejorar la calidad y confiabilidad de la información contenida en la autoevaluación de los directorios mediante la evaluación de un tercero ajeno a la sociedad. • Promover la adopción de principios, directrices y recomendaciones nacionales e internacionales como, por ejemplo, los desarrollados por The Committee of Sponsoring Organizations (COSO, por sus siglas en inglés) o los contenidos en el Control Objectives for Information and Related Technology (COBIT, por sus siglas en inglés) creados por ISACA o la ISO 31000:2009 e ISO 31004:2013. • Explicitar el tratamiento de los conflictos de interés y los procedimientos de actualización del Código de Conducta del directorio. 27 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Gobiernos Corporativos en Chile Ej. NCG 385 28 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Gobiernos Corporativos en Chile Ej. NCG 385 29 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Directrices de la OCDE para empresas multinacionales sobre conducta empresarial responsable © OCDE 2023 • Expresan los valores compartidos por los gobiernos de países que dan origen a una gran parte de la inversión extranjera directa y que son sede de muchas de las empresas multinacionales de mayor envergadura. • Su objetivo es promover la contribución positiva de las empresas al progreso económico, medioambiental y social en todo el mundo. • Principios y normas no vinculantes para una conducta empresarial responsable. Código de conducta empresarial responsable, exhaustivo y acordado multilateralmente, que los gobiernos se han comprometido a promover. • En Chile, el Decreto 137 del Ministerio de Relaciones Exteriores, promulga las Líneas Directrices de la OCDE para empresas multinacionales revisión 2011 (15-09-2015). 30 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Líneas Directrices de la OCDE para empresas multinacionales sobre conducta empresarial responsable (2023). Buenas prácticas de RSE Capítulo XI Fiscalidad • Es importante que las empresas contribuyan a las finanzas públicas de los países anfitriones cumpliendo puntualmente con sus obligaciones tributarias. • Cumplir con la letra y con el espíritu de las leyes y regulaciones tributarias. • No significa pagar un impuesto superior al importe previsto por la ley. • Las empresas deberían tratar la gobernanza fiscal y el cumplimiento tributario como elementos importantes de su supervisión y sistemas más amplios de gestión de riesgos. • Los consejos de administración deberán adoptar estrategias de gestión del riesgo tributario. • Ciudadanía corporativa (“Corporate citizenship”). • Proporcionar información por aplicación de las Acciones BEPS. • Directrices de precios de transferencia. 31 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Responsabilidad social tributaria (RST) - Concepto Se ha propuesto como definición de responsabilidad social tributaria “al modelo de conducta que poseen determinados contribuyentes respecto al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con un enfoque en la contribución al bien mancomunado del país, con arreglo a la naturaleza jurídica de los hechos, actos o negocios realizados, en tiempo y forma, basado en principios de transparencia, colaboración y buena fe.” (Proyecto de reforma tributaria 2022) “Una conducta responsable en materia tributaria implica que las empresas deben cumplir tanto con la letra como con el espíritu de las leyes y regulaciones impositivas de los países en los que operan, cooperar con las autoridades y facilitarles la información que sea pertinente o exigida por la ley.” (OCDE 2013, Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales) 32 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Relación entre responsabilidad social empresarial y RST La responsabilidad social tributaria está vinculada a la responsabilidad social empresarial (RSE) o corporativa, teniendo esta última un alcance mayor a todos los ámbitos del entorno en que la organización empresarial está inserta. La RSE podría influir potencialmente en la agresividad fiscal en términos de cómo una corporación contabiliza y dirige sus sistemas y procesos con respecto al bienestar de la sociedad en su conjunto. Desde una perspectiva social se puede señalar que el pago de impuestos corporativos asegura la financiación de bienes públicos, por lo tanto, las políticas fiscales agresivas de una empresa pueden tener un efecto negativo en la sociedad. Si una empresa es agresiva desde el punto de vista fiscal, generalmente no se considera que esté pagando su "parte justa" de impuestos al estado para garantizar el financiamiento de bienes públicos. Este déficit en los ingresos por impuestos produce una pérdida significativa y potencialmente irrecuperable para la sociedad en su conjunto. En consecuencia, la agresividad fiscal corporativa puede considerarse socialmente irresponsable. 33 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Relación entre responsabilidad social empresarial y RST. Acuerdos de Cooperación con Grupos Empresariales Responsabilidad Social Tributaria Cumplimiento Cooperativo Moral Tributaria Responsabilidad Social Empresarial 34 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Marco de control fiscal (TCF, por su sigla en inglés). Definición Marco de Control Fiscal (Tax Compliance Framework) • Una de las conclusiones del informe OCDE 2013 sobre cumplimiento cooperativo fue que el marco de control fiscal juega un rol central en el enfoque de cumplimiento cooperativo. • El TCF aporta rigor al concepto de cumplimiento cooperativo. • Un marco de control fiscal es la parte del sistema de control interno que asegura la precisión y completitud de las declaraciones de impuestos y las revelaciones de información a la administración tributaria por parte de una organización empresarial. 35 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Principios del marco de control fiscal 1) Estrategia tributaria establecida: El TCF debe estar claramente documentado y reconocido por la alta administración de la empresa, por ejemplo, por el Consejo de Administración. 2) Aplicado integralmente: Todas las transacciones que realiza la empresa pueden afectar su situación tributaria en un sentido o en otro, lo que significa que el TCF necesita ser capaz de abarcar todo el espectro de las actividades de la empresa e idealmente debería estar incorporado en la administración diaria de las operaciones. 3) Responsabilidades asignadas: La alta administración de la empresa es responsable del diseño, implementación y efectividad del TCF. El rol del departamento tributario de la empresa y su responsabilidad por la implementación del TCF debería estar claramente establecida y contar con los recursos adecuados. 36 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Principios del marco de control fiscal 4) Gobernanza documentada: Es necesario establecer un sistema de reglas e información que asegure que las transacciones y eventos se ajusten a las normas que les sean aplicables y que se identifiquen y gestionen los potenciales riesgos de incumplimiento. Este proceso de gobernanza debe ser explícitamente documentado y deben desplegarse los recursos suficientes para la implementación del marco de control fiscal y la revisión periódica de su efectividad. 5) Realización de testeos: El cumplimiento de las políticas y los procesos incorporados en el marco de control fiscal debe estar regularmente sujeto a monitoreo, revisión y análisis frecuente. 6) Proporcionar seguridad: el marco de control fiscal debe ser capaz de proveer seguridad a los grupos de interés internos y externos, incluyendo a la administración tributaria, en cuanto a que los riesgos tributarios están sujetos a un debido control y que los productos de salida del sistema de información de la empresa, como por ejemplo, las declaraciones de impuesto, son fiables. Esto se consigue estableciendo el nivel de riesgo de la entidad y asegurándose de que su marco de gestión de riesgos sea capaz de identificar las desviaciones y aplicar mecanismos para mitigar o eliminar el riesgo adicional. 37 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Materialidad • Materialidad o importancia relativa: es la cifra o cifras determinadas por el auditor que señalan las posibles incorrecciones o errores materiales en los estados financieros en su conjunto y en determinados tipos de transacciones, saldos contables o información a revelar. • El concepto de materialidad en el contexto de TCF es complejo, por lo que se considera: - La materialidad puede ser aplicada como un monto fijo nominal. - Algunas omisiones o errores pueden ser materiales por su naturaleza, como un fraude, independientemente de su magnitud en términos monetarios. 38 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Marco de control fiscal (TCF, por su sigla en inglés). Objetivos en la evaluación y testeo del TCF por parte de la administración tributaria Evaluación TCF Testeo TCF • Apego a principios • Utilización práctica 39 Probar la efectividad del TCF Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Marco de control fiscal (TCF, por su sigla en inglés). Enfoques de evaluación del TCF 1) Interrogar a la administración de la empresa acerca de la forma en que opera el TCF: • Preguntar sobre los controles que existen o deberían existir, la forma en que esos controles son chequeados y revisar toda la documentación relevante. El TCF debería estar alineado con la operación de la empresa. • Preguntar acerca de lo que hace la gerencia; preguntar por reportes de excepciones y los detalles de las acciones tomadas como consecuencia. ¿Quién cierra las transacciones?; ¿Cómo es el sistema de comunicaciones entre los encargados de impuestos y el resto de la empresa?; ¿Cuáles son las consecuencias de que alguien no adhiera al TCF en la empresa?. • Preguntar acerca del proceso de toma de decisiones en caso de conflicto interno y la forma en que se toman las decisiones tributarias, por ejemplo, si se escalan hasta el CEO. 40 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Marco de control fiscal (TCF, por su sigla en inglés). Enfoques de evaluación del TCF 2) Examinar los cambios efectuados como resultado de nuevas legislaciones o de reestructuración de negocios para verificar la forma en que el marco de control fiscal está operando y establecer si este marco es capaz de identificar errores por fallas en los procesos. Un buen marco de control fiscal debería ser capaz de detectar cuando ha ocurrido un error, otorgando la confianza que los errores no son el resultado de negligencia sistémica. 3) Otros mecanismos para evaluar el control interno fiscal incluyen realizar chequeos en terreno, auditar las declaraciones de impuesto, revisar los informes periódicos, así como también examinar la capacidad del equipo tributario, su nivel de entrenamiento en materias tributarias, conocimiento de negocio e inquirir acerca de las herramientas implementadas para evaluar la efectividad del marco de control interno tributario. Además, observar los indicadores que proporcionan información sobre la gestión y garantía de que los controles están funcionando y con qué evidencia cuenta la empresa respecto de la evaluación independiente de su marco de control interno tributario podría ser útil para el proceso de evaluación. 41 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Marco de control fiscal (TCF, por su sigla en inglés). Testeo del TCF 1) Los controles deben existir: como en cualquier auditoría chequear que los controles existen desde dentro y fuera de la empresa, tales como los controles de los auditores externos y de otras autoridades (reguladores). El enfoque de la administración tributaria debería basarse en los controles pre - existentes, por ejemplo, examinando la forma en que la empresa ha testeado por sí misma que los controles son efectivos y las evidencias de auditoría y documentación generada como resultado. 2) Gestión del riesgo de ejecución: los riesgos tributarios significativos pueden surgir del proceso de ejecución, por ejemplo, en el caso que se realizan cambios en la estructura de una transacción en el último momento y ésta está en proceso de implementación. Las implicancias tributarias de estos cambios necesitan ser controladas, pero existe el riesgo de que no se realice dicho control. El TCF debe detectar e identificar los riesgos de ejecución. Examinar la forma en que el TCF es aplicado para gestionar los riesgos de ejecución en la práctica es una parte importante del testeo por parte de la administración tributaria. Comparar la forma en que las distintas empresas realizan esto puede ser de ayuda (benchmarking). 42 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Marco de control fiscal (TCF, por su sigla en inglés). Testeo del TCF 3) Observar los cambios claves que han tenido lugar en el entorno operacional de la empresa y la forma en que éstos han sido efectivamente considerados (por ejemplo, detectados, documentados e informados) en detalle en el TCF. Cambios relevantes podrían consistir en cambios en la legislación tributaria o reestructuración de negocios. 4) Las publicaciones de la OCDE referidas a los sistemas de contabilidad tributaria y a los software para empresas, entregan información adicional que puede considerarse en el testeo de TCF. - Nota de orientación describe en términos generales los estándares que deben aplicarse en el desarrollo de software de contabilidad tributaria y los controles clave que se esperan desde una perspectiva tributaria. Guidance and Specifications for Tax Compliance of Business and Accounting Software https://www.oecd.org/ctp/administration/45045404.pdf 43 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Marco de control fiscal (TCF, por su sigla en inglés). Testeo del TCF - Nota de orientación contiene un inventario detallado de cumplimiento y pruebas sustantivas realizadas por auditores fiscales que también podrían realizar las empresas para verificar el funcionamiento de sus controles internos. Guidance on Test Procedures for Tax Audit Assurance https://www.oecd.org/ctp/administration/45045414.pdf - Nota informativa analiza los marcos de control interno para los impuestos y cómo la adopción de las Notas de Orientación del TLC de la OCDE sobre especificaciones de software empresarial y contable puede ser un elemento importante de dichos marcos.Tax Compliance and Tax Accounting Systems https://www.oecd.org/ctp/administration/45045662.pdf 44 Capítulo II: Responsabilidad Social Tributaria. Marco de control fiscal (TCF, por su sigla en inglés). Testeo del TCF - Nota informativa aborda el tema de gobierno corporativo y gestión de riesgos fiscales. Comparte y se basa en las experiencias y lecciones de tres países, Australia, Canadá y Chile, en fomentar el buen gobierno corporativo y continuar desarrollando enfoques para una sólida gestión del riesgo fiscal. A pesar de los diversos entornos regulatorios y experiencias de estos países, sugieren una serie de beneficios, desafíos y consideraciones de mejores prácticas comunes. General Administrative Principles: Corporate governance and tax risk management https://www.oecd.org/tax/administration/43239887.pdf 45 Actividad N°2 46 MÓDULO III GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO COOPERATIVO Estructura Capítulo III. • Cumplimiento cooperativo de los grupos empresariales en el marco del MIGCT. • Principios, gestión y ejecución de acuerdos de cooperación para el cumplimiento tributario de grupos empresariales. Capítulo III: Estrategias para el Cumplimiento Tributario de GE. Estrategias institucionales para GE Problemas observados Baja contribución impositiva de los GE. Utilización de esquemas tributarios para disminuir el pago de impuestos. Aplicación de distintos criterios a un mismo tipo de partida respecto de entidades pertenecientes a un mismo GE. Criterios focalizados de revisión que no permiten abarcar transacciones relevantes no incluidas en el programa. Compensaciones entre empresas relacionadas. Estrategia de GE Migrar del RUT a RUT a un enfoque de GE. Objetivo: “Asegurar el correcto cumplimiento tributario de los grupos empresariales bajo el principio de Responsabilidad Social Tributaria, aumentando su contribución impositiva y desincentivando el uso de reorganizaciones y planificaciones como herramientas elusivas o evasivas” (PGCT 2023). 49 Capítulo II: Proceso de Análisis de GE. Estrategias institucionales para GE Durante los años 2020 y 2021, se dio inicio a la aplicación de esta una nueva metodología de trabajo, enfocada principalmente en grupos empresariales cuyas empresas más representativas formaban parte de la nómina de la Dirección de Grandes Contribuyentes. Medidas estructurales y nuevas capacidades PGCT 2023 Bajo este nuevo enfoque de la relación con el contribuyente, se refuerza la perspectiva cooperativa en que priman los principios de transparencia, cooperación y certeza. Es así que en los primeros periodos de aplicación del enfoque de grupos empresariales se han desarrollado acercamientos e instaurado instancias de diálogo y trabajo conjunto, cuyo objetivo final es mejorar el comportamiento de los GE respecto al cumplimiento de sus obligaciones tributarias. 50 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Enfoques de cooperación y de control. No cumplen • Planificaciones tributarias agresivas. • Derivación con intermediarios tributarios. • Reactivo. Cumplen • Dispuestos a conversar. • Gobiernos Corporativos. • Espacio para la prevención. Coercitivo / Enfoque de Control (vertical) Regulación horizontal asistida - posible cumplimiento cooperativo Elevado nivel de cumplimiento • Dispuestos a cooperar. • Control Interno Tributario Robusto. • Proactivos. 51 Meta-regulación a través de cumplimiento cooperativo – posible ACCT Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Enfoques de cooperación y de control. Definir el enfoque: • Basado en riesgos tributarios • Conducta de cumplimiento exhibida • Adecuación regulatoria Análisis y Conocimiento Enfoque cooperativo Plan de Trabajo cooperativo Enfoque de control Plan de Trabajo correctivo Definición 52 Acciones con énfasis preventivo Posible acuerdo de cooperación ACGE Acciones con énfasis correctivo Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Enfoque cooperativo Comunicación periódica con el directorio, comité de directores o alta administración del grupo empresarial. Evitar dilación en revisiones y trámites ante el SII. Generación de compromisos entre las partes (SII – contribuyentes). Evaluación periódica de las operaciones relevantes realizadas por la empresa. Ambiente cooperativo entre el SII y los contribuyentes. Enfoque cooperativo grupos empresariales Monitoreo de los aspectos tributarios de los GE. Identificación y evaluación de riesgos relevantes. Evaluación del marco de control interno tributario. 53 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Enfoque cooperativo Lo que esperan los Contribuyentes Conocimiento de la empresa Lo que espera el SII Certeza Jurídica Proporcionalidad • • • • Voluntaria Oportuna Confiable Pertinente Diálogo y revisiones en tiempo real Transparencia • Relación individual • Relación institucional • Canales de comunicación ágiles Comunicación antes de implementar nuevas reglas Beneficios Certeza anticipada y reducción de costos de cumplimiento a largo plazo. Resolución temprana de controversias. Información Beneficios 54 Mejora de gestión de riesgos y eficiente asignación de recursos. Resolución temprana de controversias. Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Enfoque cooperativo Instrumentos del Enfoque Cooperativo Acompañamiento Mesas de Trabajo Acciones Preventivas Monitoreo Revisión del Control Interno Tributario Acuerdos de Cooperación Acciones de Control Focalizadas 55 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Enfoque cooperativo - instrumentos. • Acompañamiento: se asiste cooperativamente al GE en diversos aspectos de cumplimiento tributario, por ejemplo, en la correcta presentación de nuevas declaraciones juradas mediante charlas a las empresas que conforman el grupo empresarial; en forma previa a la entrada en vigencia de nuevas instrucciones, se entrega información al GE para garantizar que tome las medidas necesarias para el debido cumplimiento. • Mesas de Trabajo: acción formal consistente en trabajos planificados de ayuda mutua para el correcto cumplimiento tributario, en este sentido el GE puede plantear problemas prácticos para la aplicación de instrucciones, conformándose una mesa de trabajo para analizar la situación y buscar soluciones sobre la base del conocimiento del negocio que aporta el GE y que garanticen el correcto cumplimiento de la obligación. Las mesas de trabajo pueden ser conjuntas con otros actores de una industria y, según el tema, podrían incluir o coordinarse con funcionarios de la SDF. 56 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Enfoque cooperativo - instrumentos. • Acciones Preventivas: la iniciativa para emprender acciones preventivas puede provenir de cualquiera de las partes, por ejemplo, el contribuyente entrega voluntariamente información sobre riesgos relevantes para análisis del SII en tiempo real; el SII plantea al GE las observaciones y errores más frecuentes en las declaraciones (F22, F29, DJ u otros) presentadas por las empresas del grupo, se analizan las causas y se acuerdan acciones para evitar tales observaciones y errores en los nuevos envíos de declaraciones; se dan a conocer las brechas de las entidades del GE y se definen acciones para mitigarlas o eliminarlas; etc. • Monitoreo: se refiere a acciones preventivas sobre operaciones con riesgo tributario, realizados de forma cooperativa. Por ejemplo, el análisis y seguimiento de contratos relevantes respecto de las posiciones fiscales que asume el grupo empresarial en caso de ventas de activos significativos del GE, contratos de endeudamiento, reorganizaciones empresariales, etc. 57 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Enfoque cooperativo - instrumentos. • Evaluación del marco de control interno tributario del GE: se puede abordar considerando dos etapas: la primera de ellas consiste en la evaluación del control interno tributario con el objeto de validar que el sistema de control interno tributario en su conjunto cumple con apegarse a ciertos principios de eficiencia y robustez en su diseño e implementación y comprobar la utilización práctica del mismo; y la segunda etapa que consiste en el testeo del marco de control interno con el propósito de verificar su efectividad. • Acuerdos de Cooperación con Grupos Empresariales (ACGE): se refiere a acuerdos formales para el trabajo colaborativo con el grupo empresarial en pos de garantizar su cumplimiento tributario. Se describen más adelante. • Acciones de Control Focalizadas: si los riesgos específicos involucrados lo ameritan, no existe impedimento para que se ejecuten acciones de control al GE bajo enfoque cooperativo, no obstante, este no debería ser el énfasis. 58 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Enfoque cooperativo – plan de trabajo Plan de trabajo cooperativo 59 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Enfoque cooperativo – plan de trabajo cooperativo. Contenidos: • Objetivo: El plan de trabajo cooperativo de un determinado GE tiene por objeto trabajar en cooperación con el GE sus riesgos tributarios bajo un marco de confianza recíproca, transparencia mutua y buena fe, con énfasis preventivo, todo ello con el propósito de garantizar el correcto y oportuno cumplimiento tributario de todas las entidades que conforman el GE. Se hace presente que la planificación debe tener un cierto grado de flexibilidad para hacer frente a situaciones emergentes no previsibles. • Malla del GE : Se debe identificar a las entidades que forman parte del grupo empresarial, aspecto que se ha debido trabajar en la etapa previa de elaboración del informe estandarizado de la DR/DGC. A este respecto, se deben tener consideraciones prácticas como el dinamismo que puedan tener los GE en el tiempo. 60 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Enfoque cooperativo – plan de trabajo cooperativo. • Riesgos a abordar: Se definen los riesgos específicos que serán abordados en el plan, priorizando en función de su materialidad y efectos tributarios reales o potenciales. Al realizar esta definición se deberá tener presente la priorización de riesgos que arrojan los procesos internos automatizados del SII contrastando contra el conocimiento del grupo empresarial y sus negocios desarrollado por los funcionarios en la etapa de análisis previo y acercamiento al GE. • Instrumentos y compromisos: En atención a los riesgos específicos definidos para el plan, se establece la aplicación de los instrumentos más apropiados para abordarlos teniendo presente el nivel de riesgo global del grupo empresarial, la evaluación de su marco de control interno tributario, la CRG de las entidades pertenecientes al GE que se vean afectadas por dichos riesgos específicos y el conocimiento obtenido por los funcionarios en base al análisis, monitoreo y experiencias con las entidades que conforman el grupo empresarial. Asimismo, se establece un marco de compromiso con el GE respecto a la cooperación, particularmente, la transparencia que es necesario que demuestre durante la ejecución del plan para que el enfoque cooperativo sea viable. 61 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Enfoque cooperativo – plan de trabajo cooperativo. • Control interno tributario: Debido a la importancia que el marco de control interno tributario tiene en la confianza justificada que constituye un principio básico para el cumplimiento cooperativo, es recomendable tener presente este aspecto en la planificación, si bien cuando las etapas en que se desarrolla la revisión del marco de control interno tributario ya han sido desarrolladas con anterioridad, en los planes siguientes podría considerarse revisiones menos profundas que abarquen temas que hayan quedado pendientes de la ejecución de un plan anterior. • Medios de verificación: Para efectos de evaluar y constatar la ejecución de las acciones descritas en el plan, particularmente de las acciones preventivas, se deberá dejar establecido los medios de verificación o evidencia de las acciones realizadas, por ejemplo, minutas (breves) de las reuniones, nóminas de asistentes a charlas, minutas de entendimiento, PPT de presentaciones efectuadas, hojas de trabajo, informes, etc. Respecto de actuaciones formales reguladas en la ley, la evidencia estará constituida por ejemplo, por notificaciones, citaciones, resoluciones, liquidaciones, etc. 62 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Enfoque cooperativo – plan de trabajo cooperativo. • Carta Gantt: Confeccionar una carta Gantt para la planificación del trabajo, definiendo plazos, acciones, recursos y responsables. • Presentación del plan de trabajo: Presentar el plan de trabajo cooperativo al nivel corporativo del GE, y recibir y analizar su retroalimentación, procurando llegar a un documento consensuado en beneficio del cumplimiento tributario del GE. 63 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Decálogo de buenas prácticas tributarias para grupos empresariales. • • Conjunto de buenas prácticas recomendadas para los grupos empresariales. Están amparadas en el concepto de Responsabilidad Social Tributaria. 64 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Decálogo de buenas prácticas tributarias para grupos empresariales. 65 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Decálogo de buenas prácticas tributarias para grupos empresariales. 66 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Decálogo de buenas prácticas tributarias para grupos empresariales. 67 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Acuerdos de cooperación con grupos empresariales (ACGE) Objetivo general El objetivo general de los ACGE es promover el cumplimiento tributario a través del correcto pago de los impuestos y el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias de los contribuyentes que conforman el grupo empresarial, fomentando la oportunidad en la entrega de información, las buenas prácticas tributarias y la colaboración basada en los principios de transparencia y confianza mutua con el objetivo de prevenir y reducir las contingencias tributarias. Oficio Circular N° 16 de 2023. • Correcto pago de los impuestos del GE. Objetivo general • Cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias. 68 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Acuerdos de cooperación con grupos empresariales (ACGE) Ventajas del ACGE para el GE • Un ACGE, permitirá a las partes promover el cumplimiento tributario en un marco de colaboración, confianza y cooperación. • Específicamente, para los GE, dentro de las principales ventajas está el obtener una solución oportuna y eficaz a las situaciones de riesgo o controversias tributarias, obtener mayor certeza jurídica y mejora de su imagen corporativa. 69 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Acuerdos de cooperación con grupos empresariales (ACGE) Reconocimiento de diferencias de interpretación Las partes aceptan expresamente, que pueden tener legítimas diferencias de interpretación de la Ley con relación al tratamiento tributario de uno o más temas determinados, y que recurrir a las instancias que correspondan, tanto administrativas como judiciales, para hacer valer esas diferencias, no significa en ningún caso desconocer los principios rectores del presente ACGE. (N° 5 del QUINTO) 70 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Acuerdos de cooperación con grupos empresariales (ACGE) Compromisos del SII 5 Proponer un Plan de Cumplimiento Tributario para el GE. 6 Agilizar procesos de tramitación interna, basados en la información proporcionada oportunamente por el GE. Constatar la aplicación de buenas prácticas 2 de gobierno corporativo de índole tributaria. 7 Entrenamiento sobre el Plan de Cumplimiento al equipo operativo del SII. 3 Establecer canales de comunicación ágiles y adecuados. 8 Llevar a efecto, dar facilitación y monitorear cada Plan de Cumplimiento Tributario. 4 Evaluar y asistir al cumplimiento de las 4 obligaciones tributarias. 9 Evaluar resultados semestralmente, junto al GE. 1 Aplicar acciones de tratamiento proporcionales, estrategias diferenciadas, focalizando en prioridades. 71 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Acuerdos de cooperación con grupos empresariales (ACGE) Compromisos del GE 3 Proporcionar en forma oportuna la información pertinente y relevante al SII, de acuerdo a los ítems previamente acordados. 1 Aplicar y desarrollar buenas prácticas de gobierno corporativo de índole tributaria. 4 Mitigar las brechas que se determinen. 2 Diseñar, implementar y aplicar un marco de control fiscal y normas internas. 5 Llevar a efecto cada Plan de Cumplimiento Tributario acordado. 72 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Acuerdos de cooperación con grupos empresariales (ACGE) Etapas en la generación de un ACGE Primera Etapa • Análisis previo de grupos empresariales . Tercera Etapa Quinta Etapa • Reunión protocolar e invitación al GE. Segunda Etapa • Coordinación con la SDF. • Suscripción. Cuarta Etapa • Reunión ejecutiva. 73 Implementación • Plan de Cumplimiento. • Anotaciones 95 y 96. Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Acuerdos de cooperación con grupos empresariales (ACGE) Ejecución del ACGE suscrito Acuerdo Suscrito Una vez suscrito el ACGE, la DR o DGC, deberá: • Comenzar el desarrollo de las actividades de definición de propuesta y consenso del Plan de Cumplimiento y su implementación operativa. • Ingresar las anotaciones 95 y 96, conforme a lo señalado en el Oficio Circular N° 9, de 2019. - Anotación 95 Empresa Nexo de GE con ACCT. - Anotación 96 Empresa Integrante de GE con ACCT. 74 Propuesta Plan de Cumplimiento Anotaciones 95 y 96 (OC 9 de 2019) Consensuar con el GE Programar Implementar acciones Evaluación periódica – Mejoramiento continuo Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Acuerdos de cooperación con grupos empresariales (ACGE) Contenidos del Plan de Cumplimiento • Objetivos. • Identificación del ACGE en el cual se enmarca. • Identificación de delegados por parte del SII y del GE (que suscriben). • Transparencia relevantes. de operaciones y riesgos • Conocimiento del negocio y revisión del control interno tributario del GE. • Agilización de procesos internos. • Evaluación del ambas partes). resultado (semestralmente, 75 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Acuerdos de cooperación con grupos empresariales (ACGE) • Fijar un plan de trabajo y procedimientos. Objetivos • Agilización. • Reuniones Aclaratorias. Agilización; Brechas y Riesgos • Operaciones relevantes, entrega de información; Protocolo Anexo 2. Transparencia Riesgos Relevantes • Reuniones de Conocimiento, Anexo 3. • Constatación del Marco de Control Fiscal. Conocimiento y Buenas Prácticas • Reuniones de Evaluación semestrales. • Delegados deben suscribir. • Encuesta Anexo 5. • Implica negociación y consenso. Evaluación de Resultados 76 Suscripción del Plan Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Acuerdos de cooperación con grupos empresariales (ACGE) Transparencia de Operaciones/Riesgos Relevantes (Anexo 2 del Plan de Cumplimiento). GE Pertinencia • Aportar los antecedentes de aquellas operaciones relevantes de acuerdo al alcance que se ha definido en el ACGE y en el Plan de Cumplimiento asociado. Completitud • Aportar antecedentes válidos y necesarios de las operaciones relevantes, que sean suficientes para formarse una idea concreta de la operación de que se trate y del tratamiento tributario. Oportunidad • Proporcionar los antecedentes antes de que las operaciones realizadas por el GE tengan efectos tributarios, considerando la antelación necesaria para que el Servicio pueda retroalimentar. 77 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Acuerdos de cooperación con grupos empresariales (ACGE) Transparencia de operaciones / Riesgos relevantes (Anexo 2 del Plan de Cumplimiento). SII Confidencialidad • Estricto resguardo de los antecedentes aportados por el GE, estableciendo canales seguros de traspaso y almacenamiento de la información y asegurando el cumplimiento del deber de reserva establecido en el inciso segundo del artículo 35 del Código Tributario. Análisis • El Servicio analizará los antecedentes proporcionados por el GE en la medida que estén relacionados con operaciones de relevancia. Agilidad 78 • Retroalimentar al GE en forma oportuna. 78 Capítulo III: Cumplimiento Cooperativo. Acuerdos de cooperación con grupos empresariales (ACGE) Transparencia de operaciones / Riesgos relevantes (Anexo 2 del Plan de Cumplimiento). Espontaneidad y también a pedido No reemplaza a obligaciones generales de entrega de información. Confidencialidad de la información. Uso expediente electrónico u otros mecanismos alternativos. Minuta de retroalimentación de operaciones relevantes. Aplicación mecanismo de consulta previa del artículo 27 bis CT. GE podrá aclarar, subsanar o mantener su posición. 79 Actividad N°3 80 Principios y génesis de la colaboración tributaria Bibliografía 1. https://sede.agenciatributaria.gob.es/static_files/Sede/Tema/Empresas/ForoGrandesEmpresas/Do cumentacion/OCDE__Ciudad_del_Cabo_2008_es_es.pdf 2. https://www.oecd.org/tax/administration/39882938.pdf 3. https://read.oecd-ilibrary.org/taxation/la-relacion-cooperativa-un-marco-dereferencia_9789264207547-es#page1 4. https://www.oecd-ilibrary.org/sites/cb5637e7es/index.html?itemId=/content/publication/cb5637e7-es 5. https://taxation-customs.ec.europa.eu/system/files/2017-06/platform_tax_best_practices_biac.pdf 6. https://www.iras.gov.sg/taxes/corporate-income-tax/corporate-income-tax-compliance/enhancedtaxpayer-relationship-(etr)-programme 7. https://www.ato.gov.au/Business/Large-business/Compliance-and-governance/Annualcompliance-arrangement/ 8. https://taxation-customs.ec.europa.eu/system/files/2017-06/platform_tax_best_practices_biac.pdf 81 Actividad N°4 ¡Gracias! 83

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