Pasos Sobre Inscripciones D.B y B. (PDF)

Summary

This document provides step-by-step instructions for the processes of inscription in Guatemala's registry of values and goods. It details the procedures for registering risk assessors and stockbrokers, emphasizing the required forms, approvals, and payments. The steps are presented in a clear and organized manner.

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**LUIS MIGUEL GUEVARA FARFÁN** **CARNÉ: 4550-20-19826** **TAREA: PASOS SOBRE PROCESOS DE INSCRIPCIÓN QUE SE REALIZAN EN EL REGISTRO DE VALORES Y MERCANCÍAS.** **INSCRIPCIÓN DE CALIFICACION DE RIESGO:** 1. Ingresar al Portal Web del Registro del Mercado de Valores y Mercancías [[rmvm.gob.gt]...

**LUIS MIGUEL GUEVARA FARFÁN** **CARNÉ: 4550-20-19826** **TAREA: PASOS SOBRE PROCESOS DE INSCRIPCIÓN QUE SE REALIZAN EN EL REGISTRO DE VALORES Y MERCANCÍAS.** **INSCRIPCIÓN DE CALIFICACION DE RIESGO:** 1. Ingresar al Portal Web del Registro del Mercado de Valores y Mercancías [[rmvm.gob.gt]](https://www.rmvm.gob.gt/), ingresar al apartado de "Formularios" y elegir la opción "Inscripción de Calificadora de Riesgo". 2. Llenar la información que se solicitará en el formulario y enviarlo a la dirección de correo electrónico del Registro: [[rmvm\@mineco.gob.gt]](mailto:[email protected]) 3. El Registro verificará la información general brindada y con ello, emitirá un usuario y contraseña que enviará al correo electrónico de la futura calificadora de riesgo, a efecto que ésta pueda ingresar su Solicitud de Inscripción de Calificadora de Riesgo por medio de la "Oficina Virtual". 4. Pagar en las cajas del Banco de Guatemala el arancel correspondiente a la solicitud de inscripción de Calificadora de Riesgo. 5. Ingresar al Portal Web del Registro del Mercado de Valores y Mercancías [[rmvm.gob.gt]](https://www.rmvm.gob.gt/) y dar un click en el botón de "Oficina Virtual". 6. Una vez haya ingresado a la Oficina Virtual con su usuario y contraseña, deberá seleccionar en la parte superior izquierda de su pantalla el botón "Iniciar Proceso". 7. Seguidamente deberá seleccionar el proceso "Inscripción Registral". 8. Deberá llenar los campos solicitados y cargar los documentos del listado de requisitos en formato ".pdf" y una vez completada toda la información podrá generar la "Solicitud Registral" la cual deberá descargar y pasar a firma del Representante Legal designado de la entidad. 9. La firma de la "Solicitud Registral" debe ser autógrafa o bien, firma electrónica avanzada prestada por una entidad autorizada por el Registro de Prestadores de Servicios de Certificación en Guatemala. 10. Firmada correctamente la "Solicitud Registral" deberá cargarla en la Oficina Virtual y dar un click en "Enviar Solicitud". 11. El sistema le emitirá un aviso de creación del Expediente, al cual asignará un número. 12. De igual manera el sistema le enviará un correo de confirmación de recepción del Expediente. 13. El Registro a través de sus asesores revisará el expediente y si se encuentra apegado a derecho\* emitirá la Resolución de inscripción de la entidad Calificadora de Riesgo, el Certificado de Inscripción, las Tomas de Razón de inscripción de personeros, así como la Publicación. 14. La Publicación deberá realizarse a costa del interesado, por una sola vez en el Diario Oficial, Diario de Centroamérica, así como en un medio de difusión masiva electrónico, en un plazo que no exceda de veinte (20) días a partir de la fecha en que fue dictada la resolución. 15. Efectuada la publicación, deberá ser remitida al Registro por medio de la Oficina Virtual. 16. El Registro emitirá una Resolución final de cumplimiento de la publicación. 17. \*Si la solicitud presentada y la documentación adjunta no se encuentra apegada a derecho, el Registrador podrá solicitar los informes o aclaraciones adicionales que correspondan. 1. Previo a efectuar la solicitud de inscripción de un Agente de Bolsa ante el Registro, se debe llevar a cabo el proceso de inscripción de la entidad ante la Bolsa de Comercio que corresponda. 2. La entidad solicitante o la Bolsa de Comercio, según acuerdo entre las partes, deberán solicitar al Registro del Mercado de Valores y Mercancías la asignación de un usuario y contraseña para realizar la Solicitud de Inscripción del "Agente de Bolsa" ante el Registro por medio de la "Oficina Virtual". 3. Pagar el arancel correspondiente en las cajas del Banco de Guatemala o mediante transferencia bancaria realizada por el sistema LBTR. 4. Ingresar al Portal Web del Registro del Mercado de Valores y Mercancías [[rmvm.gob.gt]](https://www.rmvm.gob.gt/) y dar un click en el botón de "Oficina Virtual". 5. Una vez haya ingresado a la Oficina Virtual con su usuario y contraseña, deberá seleccionar en la parte superior izquierda de su pantalla el botón "Iniciar Proceso". 6. Seguidamente deberá seleccionar el proceso "Inscripción Registral". 7. Deberá llenar los campos solicitados y cargar los documentos del listado de requisitos en formato ".pdf" y una vez completada toda la información podrá generar la "Solicitud Registral" la cual deberá descargar y pasar a firma del Representante Legal designado de la entidad. 8. La firma de la "Solicitud Registral" debe ser autógrafa o bien, firma electrónica avanzada prestada por una entidad autorizada por el Registro de Prestadores de Servicios de Certificación en Guatemala. 9. Firmada correctamente la "Solicitud Registral" deberá cargarla en la Oficina Virtual y dar un click en "Enviar Solicitud". 10. El sistema le emitirá un aviso de creación del Expediente, al cual asignará un número. 11. De igual manera el sistema le enviará un correo de confirmación de recepción del Expediente. 12. El Registro a través de sus asesores revisará el expediente y si se encuentra apegado a derecho emitirá la resolución de inscripción del Agente de Bolsa, el Certificado de Inscripción, las Tomas de Razón de inscripción de personeros y operadores, así como la Publicación. 13. La Publicación deberá realizarse a costa del interesado, por una sola vez en el Diario Oficial, Diario de Centroamérica, así como en un medio de difusión masiva electrónico, en un plazo que no exceda de veinte (20) días a partir de la fecha en que fue dictada la resolución. 14. Efectuada la publicación, deberá ser remitida al Registro por medio de la Oficina Virtual. 15. El Registro emitirá una resolución final de cumplimiento de la publicación. 16. Si la solicitud presentada y la documentación adjunta no se encuentra apegada a derecho, el Registro emitirá un previo para que se corrija, complemente o modifique lo que corresponda. **ANÁLISIS:** Los agentes de bolsa son intermediarios financieros que facilitan la compra y venta de valores en el mercado de capitales. Su inscripción y regulación son esenciales para garantizar la transparencia, la confianza y la eficiencia en el sistema financiero. La inscripción permite que los agentes de bolsa operen bajo un marco regulatorio claro, lo que ayuda a prevenir fraudes y prácticas desleales. Esto es fundamental para proteger a los inversores y fomentar un ambiente de inversión seguro.

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