Registro de Aspirantes - Operador/a Terapéutico/a en Adicciones - U.E. 028

Summary

Convocatoria para aspirantes a un puesto de Operador/a Terapéutico/a en Adicciones en el Centro Departamental de Salto en Uruguay. El periodo de inscripción es del 15 al 30 de mayo de 2023. La documentación debe ser enviada en formato PDF al correo electrónico indicado.

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ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO U.E. 028 – CENTRO DEPARTAMENTAL DE SALTO “REGISTRO DE ASPIRANTES” Se convoca a aspirantes para desempeñar la función de OPERADOR/A TERAPÉUTICO/A en ADICCIONES en el régimen dispuesto por el Artículo 256 de...

ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO U.E. 028 – CENTRO DEPARTAMENTAL DE SALTO “REGISTRO DE ASPIRANTES” Se convoca a aspirantes para desempeñar la función de OPERADOR/A TERAPÉUTICO/A en ADICCIONES en el régimen dispuesto por el Artículo 256 de la Ley Nº 18.834 del 04 de noviembre de 2011. La selección y ordenamiento se realizará mediante el procedimiento de Méritos y Antecedentes. Período de Inscripción: 15 de mayo hasta el 30 de mayo del 2023 inclusive. Requisitos específicos (excluyentes): Ser ciudadano natural ó legal. Título de Operador Terapéutico en Adicciones. No tener antecedentes funcionales negativos provenientes de cualquier Entidad Pública y que revistan gravedad (al momento de la contratación) Inscripción: 1) Postularse a través del portal de Uruguay Concursa 2) Enviar única y exclusivamente en formato PDF al correo electrónico [email protected] antes de finalizado el período de inscripción: -Certificado de postulación. -Cédula de Identidad y Credencial Cívica. --Título de Operador Terapéutico en Adicciones -Currículum Vitae y documentación probatoria de méritos, antecedentes y requisitos excluyentes. Se Valorará: Escolaridad, Capacitación Complementaria, Antigüedad en la función y Desempeño Acreditado. La integración y actuación del Tribunal: Se realizará atento a lo establecido en los Art. 7º y 9º del Decreto Nº 197/006 de fecha 22 de junio de 2006. El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria. Los Médicos que ingresen deberán utilizar obligatoriamente los sistemas informáticos de ASSE, en el desempeño de su función. Importante: Los postulantes deberán enviar la documentación única y exclusivamente en formato PDF, siendo 5 MB el tamaño máximo de cada mail individual. Si el tamaño excede los 5 MB, se deberá enviar la información fragmentada en dos o más correos, identificando cada mail (cantidad) consecutivamente. Salto, mayo de 2023. BASES DEL LLAMADO ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO U.E. 028 – CENTRO DEPARTAMENTAL DE SALTO “REGISTRO DE ASPIRANTES” MODALIDAD DEL LLAMADO: MÉRITOS Y ANTECEDENTES FUNCIÓN QUE SE CONVOCA: OPERADOR/A TERAPÉUTICO/A en ADICCIONES PRINCIPALES ACTIVIDADES:  Trabajar en la promoción, prevención y tratamiento de las adicciones.  Participar de las diferentes instancias del equipo de trabajo y las actividades que la institución considere de interés.  Participar de las actividades grupales con usuarios junto a otros técnicos.  Orientar a los usuarios a generar habilidades sociales y de comunicación, y en las actividades diarias.  Promocionar herramientas para que los usuarios continúen en abstinencia de sustancias y a su vez para prevención de recaídas.  Utilizar obligatoriamente los sistemas informáticos de ASSE en el desempeño de la función * Y todas aquellas actividades que se consideren dentro de la función a proveer. CONSIDERACIONES IMPORTANTES A SABER A. El correo electrónico desde el cual el postulante remita la documentación se tendrá como domicilio constituido a todos los efectos relacionados a este procedimiento. Las notificaciones y/o comunicaciones se tendrán por efectuadas a partir del día hábil siguiente al acuse de recibo por parte del postulante o a partir del tercer día hábil a contar del siguiente día de remitido el correo electrónico. B. El postulante podrá proponer un representante para integrar el Tribunal del Concurso en calidad de observador, indicando (en el mail en el que envía la documentación para la inscripción) nombre, teléfono y dirección de correo electrónico de la persona seleccionada (no pudiendo auto postularse). C. La información suministrada tiene carácter de declaración jurada y está sujeta a las penalidades de la Ley (Art. 239 del Código Penal). “El que, por motivos del otorgamiento o formalización de un documento público, ante un funcionario público, prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado, o cualquiera otra circunstancia de hecho, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión”. D. Será responsabilidad del Postulante la veracidad de los datos aportados, la inexactitud de la información será causal de eliminación del proceso. E. Será responsabilidad del Postulante consultar la casilla de correo declarada. F. Una vez finalizado el período de inscripción, y dentro de los cinco días hábiles posteriores, el Postulante recibirá por parte de la UE un correo electrónico al mail declarado (al momento de la inscripción), donde se le notificará si cumple, o no, con los Requisitos Excluyentes Generales. Vencido el plazo mencionado, si el Postulante no recibiera el correo electrónico referido, tendrá un plazo de 48 horas hábiles para verificar su inscripción, vencido este plazo no se aceptarán reclamaciones. G. Quienes tuvieran formación/experiencia en el exterior de la República y pretendan que sea considerada en un concurso, la documentación deberá estar debidamente legalizada, o en su caso certificada mediante “Apostilla”, si el país extranjero está adherido al convenio aprobado por Ley Nº 18.836 del 15 de noviembre de 2011, así como traducida, si correspondiere, y revalidada por el Organismo Nacional competente. H. Sólo se valorarán los cursos de más de 12 horas y donde se especifique la carga horaria VINCULO: al amparo del Art.256- Ley 18834 de 04/11/2011 “Los ingresos a la Administración de los Servicios de Salud del Estado (A.S.S.E) se realizarán mediante contrataciones provisorias por el término de dieciocho meses, las que se financiarán con los créditos habilitados para las vacantes correspondientes, pudiendo ser rescindidas en cualquier momento por resolución fundada de la autoridad competente. Transcurrido el plazo del inciso anterior y previa evaluación favorable, el contratado será incorporado en un cargo presupuestado. La no aprobación de la evaluación determinará la rescisión automática del provisoriato. La Administración de los Servicios de Salud del Estado reglamentará el mecanismo de selección de los recursos humanos aspirantes a ser contratados en el presente régimen de provisoriato”. Norma Aplicable: -Decreto 197/2006 de 22/06/2006 -Resolución Directorio Nº 4385/2011 de 30/12/2011 - Reglamentación de ASSE, referida a la aplicación del Decreto 197/2006 - “Registros de Aspirantes” -, para el ingreso mediante el régimen de contrataciones provisoria MODALIDAD: Méritos y Antecedentes (100 puntos) “Méritos” El factor “méritos” valorará el perfil educativo del postulante con un máximo de 50 puntos, discriminados de la siguiente forma: - hasta 35 puntos por la escolaridad. - hasta 15 puntos por la realización de actividades de capacitación complementarias, siempre que las mismas hayan sido objeto de aprobación. “Antecedentes” El factor “antecedentes” valorará, con un máximo de 50 puntos, la experiencia en el puesto para el que se postula, computados a razón de hasta 3 puntos por año, no computándose a esos efectos los períodos inferiores a 6 meses y tomándose los de seis meses o más como un año. Atendiendo a las características de la función a proveer los puntos asignados al factor “antecedentes” se podrán discriminar de la siguiente forma: - hasta 30 puntos por la evaluación del desempeño acreditada fehacientemente. - hasta 20 puntos por la antigüedad computados a razón de hasta 3 puntos por año (Art.7). TRIBUNAL DE CONCURSO: Integración (Art.9°- Decreto Nº 197/2006): Un representante designado por A.S.S.E Un representante de la Unidad Ejecutora Un representante de los funcionarios Los postulantes tendrán derecho a designar un representante a fin de que participe en las reuniones del Tribunal en calidad de observador. El tribunal valorará a los postulantes y emitirá los fallos, quedando conformado un “Registro de Aspirantes”, que tendrá una vigencia de tres años a partir de la homologación por parte de la Dirección de la Unidad Ejecutora. El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria. DE LA CONTRATACIÓN (Art.256- Ley 18834) La inscripción en el “Registro de Aspirantes” no le confiere a los interesados otro derecho más que los de participar en un proceso de selección, que precederá a la contratación, de acuerdo con las pautas fijadas en el Decreto 197/2006 de 22/06/2006, resolución y en las bases del llamado. El ordenamiento resultante de los procedimientos en que haya habido evaluación de méritos y antecedentes o prueba tendrá una vigencia de tres años. Homologado el llamado a concurso, se dará inicio al proceso de contratación, cuando la Unidad Ejecutora cuente con el cargo vacante a proveer.

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