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Mirada general a los derechos humanos lectura obligatoria.pdf

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Derechos humanos : historia y conceptos básicos Titulo Fundación Juan Vives Suriá - Compilador/a o Editor/a; Autor(es) Caracas...

Derechos humanos : historia y conceptos básicos Titulo Fundación Juan Vives Suriá - Compilador/a o Editor/a; Autor(es) Caracas Lugar Fundación Editorial El perro y la rana Editorial/Editor Fundación Juan Vives Suriá Defensoría del Pueblo 2010 Fecha Serie Derechos Humanos no. 1 Colección Estado de derecho; Historia; Derechos humanos; Derecho internacional; América Temas Latina; Libro Tipo de documento "http://biblioteca.clacso.edu.ar/Venezuela/fundavives/20170102055815/pdf_132.pdf" URL Reconocimiento-No Comercial-Sin Derivadas CC BY-NC-ND Licencia http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.0/deed.es Segui buscando en la Red de Bibliotecas Virtuales de CLACSO http://biblioteca.clacso.edu.ar Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO) Conselho Latino-americano de Ciências Sociais (CLACSO) Latin American Council of Social Sciences (CLACSO) www.clacso.edu.ar Serie Derechos Humanos. Derechos Humanos. Í Nº1 Derechos Humanos Historia y conceptos básicos © Defensoría del Pueblo, 2010 Depósito legal If7832010300684 © Fundación Juan Vives Suriá, 2010 ISBN 978-980-14-1256-4 Av. Urdaneta, Centro Financiero Latino, piso 27, Caracas-Venezuela, 1010. Textos preparados por el equipo docente y de Teléfonos: (0212) 5053162 / 5053080 investigación de la Fundación Juan Vives Suriá. Correo electrónico: [email protected] Presidenta Página web: Gabriela del Mar Ramírez Pérez, www.defensoria.gob.ve Defensora del Pueblo Wendy Carolina Torres Roa Directora General (E) © Fundación Editorial El perro Responsables y la rana, 2010 Enrique González Centro Simón Bolívar.Torre Norte, piso 21, Manuel Gándara El Silencio, Caracas - Venezuela, 1010. Coordinadora académica Teléfonos: (0212) 7688300 / 7688399. Lilian Montero Correos electrónicos: Investigadores y docentes [email protected] Enrique González [email protected] Erick Gutiérrez Páginas web: Maryluz Guillén www.elperroylarana.gob.ve Luisana Gómez Rosado www.ministeriodelacultura.gob.ve Cristóbal Cornieles Gioconda Mota Las citas de autoras y autores son incluidas con el único propósito de apoyar Corrección de estilo la lectura del texto. La fundación asume la Silvia Orozco Pabón responsabilidad por la veracidad Diseño gráfico y diagramación en la atribución de las citas y fuentes. Ángela Rodríguez Torres Para consultar las fuentes Fotografía de portada completas ponerse en contacto con: Francisco Elías Prada fundacionjuanvivessuriá@defensoria.gob.ve Serie Maestra Vida, El conocimiento es patrimonio barrio José Félix Ribas, Caracas, 2010 de todas y todos. [email protected] Si esta publicación deja de serte útil, franciscoeliasprada.photoshelter.com/ no la botes. Compártela Nota editorial Fundación Editorial El perro y la rana El reconocimiento de los derechos humanos en leyes nacionales e internacionales ha significado un importante cambio de paradigma en las relaciones de poder entre actores sociales y Estado y entre los pueblos de la región y del mundo. Su conquista es el producto de luchas sociales que se reiteran a través del tiempo, y significa una garantía legal para asegurar la plena inclusión social, política y cultural de todos los hombres y mujeres a la dinámica cotidiana de una sociedad. No obstante, la historia reciente de violaciones a derechos por el Estado y también por particulares así como el reto de asegurar la plena justicia social e igualdad entre todas las personas evidencian que el logro de sociedades respetuosas de los derechos humanos es una exigencia vigente para los Estados y para el conjunto de nuestros pueblos. En el contexto de ese desafío, la Fundación Juan Vives Suriá de la Defensoría del Pueblo ha desarrollado una serie de títulos de educación en derechos humanos, que edita en conjunto con la Fundación Editorial El perro y la rana. El propósito de esta colección es facilitar el manejo de los conceptos básicos de los derechos humanos en general, así como los derechos de sectores específicos como niños, niñas y adolescentes y mujeres. Con estas publicaciones, ambas instituciones aspiran aportar a sus lectoras y lectores herramientas de formación para la construcción de una cultura crítica en derechos humanos. Fundación Juan Vives Suriá Creación La Fundación Juan Vives Suriá fue constituida en el año 2008, mediante Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.945, con el fin de fomentar, impulsar y promover la educación en derechos humanos y la investigación académica, además de fortalecer las políticas de la Defensoría del Pueblo en el ámbito educativo. Lleva el nombre del Padre Juan Vives Suriá en homenaje a quien fuera un ejemplo a seguir en la lucha contra las violaciones a los derechos humanos y en pro de la justicia y la paz, principalmente de las personas en situación de vulnerabilidad, exclusión y discriminación. La Fundación propone aportar herramientas de formación y educación crítica en derechos humanos, en consonancia con los postulados ideológicos de los nuevos procesos constituyentes desarrollados en Latinoamérica. Visión Contribuir con la construcción de una cultura crítica y liberadora de derechos humanos para fortalecer los procesos de cambio social protagonizados por los pueblos de Venezuela, América Latina y el Caribe, dirigidos a la transformación de los valores, las relaciones y los modos de vida, tanto en el ámbito público como privado, para el logro de sociedades justas, plurales, a favor de la paz y realmente democráticas. Misión Desarrollar estrategias de educación, investigación y divulgación desde un enfoque crítico de los derechos humanos, dirigidas a todas las personas, comunidades, organizaciones, movimientos sociales e instituciones del Estado, con el fin de contribuir con la transformación social fundamentada en los valores de justicia social, equidad, igualdad, libertad, cooperación, solidaridad, honestidad y corresponsabilidad desde la construcción de expresiones significativas. Estructura Presidenta Gabriela del Mar Ramírez Pérez Defensora del Pueblo Consejo Académico Juan Rafael Perdomo Magistrado. Vicepresidente de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia Levis Ignacio Zerpa Magistrado. Integrante de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia Pablo Fernández Coordinador de la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz Cristóbal Cornieles Asesor de la Defensoría del Pueblo y corredactor de diferentes proyectos de ley y publicaciones Carlos Molina Director General de Promoción y Divulgación de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo Alba Carosio Directora del Centro de Estudios de la Mujer de la Universidad Central de Venezuela. Investigadora y docente Dirección General Wendy Carolina Torres Roa (E) 1 ÍNDICE 1 La historia de los derechos humanos 11 Introducción 13 La “historia” de los derechos humanos 15 La narrativa de la historia oficial 16 Derechos humanos “universales” 17 La visión liberal de los derechos humanos 18 2 Una narrativa crítica de la historia oficial 21 La insuficiencia de los “derechos del hombre” 24 Consolidación del Estado liberal 26 Las luchas obreras 28 Un nuevo paradigma de derechos 29 3 Límites del Estado de derecho y del derecho internacional 33 Límites del régimen de responsabilidad en derechos 35 humanos Límites de la democracia representativa 37 Límites del reconocimiento legal de los derechos 39 humanos El Estado social de derecho 41 Insuficiencias del derecho internacional 42 La democratización de la esfera internacional 44 4 LA Historia de los pueblos de América Latina 47 América Latina precolombina 49 América Latina colonial y republicana 50 De la dictadura militar a la democracia neoliberal 53 Iniciativas y procesos de organización y resistencia de 55 los pueblos Retos contemporáneos 61 Nuevos paradigmas constitucionales en construcción 62 5 Hacia una visión crítica de los derechos 65 humanos Los derechos humanos son productos sociohistóricos 68 La condición humana 69 Los derechos humanos son una construcción cultural 70 Descolonizar los derechos humanos 71 Un ejemplo: el concepto indígena del buen vivir 72 Una propuesta de quienes necesitan cambiar la historia 73 Los derechos humanos son exigencias de poder 75 Los derechos humanos no se originan en las leyes 76 La dimensión legal de los derechos humanos 76 Los derechos humanos son políticos 77 El derecho originario a la rebelión 79 Derechos humanos y democracia 80 Democracia y participación 82 6 Revisión crítica de los “principios” de derechos 85 humanos Alcances y desafíos del Estado de Derecho y el derecho 87 internacional Responsabilidades y derechos 88 Principios de los derechos humanos 90 Glosario de autoras y autores 99 1 La historia de los derechos humanos Introducción D esde la proclamación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, no han cesado los debates y desarrollos sobre la naturaleza de estos derechos y los medios para favorecer sociedades más justas, donde puedan comenzar a ser una realidad para todas las personas, colectivos y pueblos. Este debate enfrenta distintos paradigmas. La doctrina hegemónica liberal de derechos humanos, la más difundida y consolidada, parte de una visión estática y legalista de los derechos. No obstante, las luchas de poder que se expresan en derechos humanos implican procesos bastante más complejos que la mera acumulación de conquistas jurídicas. Esta doctrina se pretende además imponer como verdad universal aplicable a todos los pueblos, a pesar de que se legitima a partir de un relato eurocentrista de la historia que excluye las visiones y realidades de los pueblos del Sur. Las realidades que enfrentan las mayorías empobrecidas del mundo y los abusos de poder que cruzan la historia de los pueblos, evidencian la insuficiencia de un discurso de derechos humanos que no parta de un análisis de las relaciones de poder. Por ello, asumir el potencial de liberación presente en el discurso de derechos humanos requiere optar por una perspectiva crítica, de manera tal que podamos trascender el significado de su consagración formal y las limitaciones de una visión unidimensional de la historia de los pueblos de la humanidad. Sólo así es posible enfrentar y superar la instrumentación de los derechos humanos como herramientas para mantener las inequidades e injusticias existentes. Todavía estamos lejos de la construcción de una cultura crítica de derechos humanos que favorezca su apropiación popular. Las visiones hegemónicas todavía subyacen en el imaginario de Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 13 buena parte de la población que participa en la búsqueda de nuevas formas de organización social, política y económica en diversos países. La Fundación Juan Vives Suría de la Defensoría del Pueblo busca contribuir a ese desafío con herramientas de formación y debate a partir de las realidades de los pueblos de América Latina y del Sur, así como de las mayorías empobrecidas del planeta – sujetos prioritarios de toda lucha a favor de los derechos humanos. Con ese fin, surge esta nueva serie de folletos divulgativos, cuya primera entrega presenta una revisión crítica de la historia de los derechos humanos más frecuentemente citada; así como una aproximación a una visión crítica de los mismos para promover un diálogo creativo y participativo. Rigoberta Menchú: La Historia no puede volver atrás pero sí puede escribirse de otra manera. Ranahit Guha: Si las voces bajas de la historia han de ser escuchadas… ello sólo se logrará interrumpiendo el hilo de la versión dominante, rompiendo su argumento y enmarañando su trama. Simón Rodríguez: Los Conocimientos son PROPIEDAD PÚBLICA, puede renunciarla una generación pero no privar de ella a las siguientes. 14 Derechos humanos La “historia” de los derechos humanos E n nuestra era contemporánea, los derechos humanos están presentes de manera predominante en el discurso político, social y cultural. Surgen en conflictos y procesos a escala local, nacional y global en defensa de modelos o intereses a menudo contrapuestos. Conflictos sociales: se presentan en las reivindicaciones y demandas de sectores vulnerables y de movimientos sociales, así como en la defensa de privilegios por parte de sectores de poder. Conflictos políticos: se usan para defender intereses de poder –sean éstos públicos o privados– y también para legitimar los abusos que se cometen contra la dignidad de terceros. Conflictos internacionales: surgen en la evaluación de naciones y gobiernos, a veces en función de comportamientos atroces, y otras, con el fin de defender intereses ajenos a los derechos humanos y para justificar intervenciones externas. Esta aplicación diversa del discurso de derechos humanos en luchas que enfrentan intereses encontrados evidencia que no se trata de conceptos neutrales, acabados y estáticos que puedan ser objeto de una interpretación uniforme. Si bien el concepto de derechos se originó en Europa y su difusión fue parte de la expansión del Estado de derecho liberal y el capitalismo occidental, su desarrollo incluye aportes de la diversidad de pueblos y culturas que constituyen la humanidad y que luchan y se articulan para concretar sus demandas de dignidad y autonomía. Por ello, no existe una doctrina o pensamiento homogéneo que pueda dar cuenta de una forma uniforme de su origen y naturaleza, ni que pueda abarcar el significado que tienen actualmente para el conjunto de individuos y colectivos humanos. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 15 Nicolás Buenaventura: La ciencia de los derechos humanos no puede ser asumida hoy a partir de un solo mito de creación. Antes de que los derechos humanos tuvieran carta de ciudadanía, es decir, quedaran consagrados en pactos por medio de “cartas”, fueron siempre “gente”, por así decirlo, o sea que estaban vivos, pugnando por la convivencia y la solidaridad humanas, por hacer confiable y amable esta vida. Paulin Hountondji: Ciertamente Europa no inventó los derechos humanos, como tampoco inventó la idea de dignidad humana. Simplemente fue capaz de realizar sobre este tema –y eso fue su mérito– una investigación sistemática que adquirió la forma de una discusión progresiva abierta. De esta manera produjo no la cosa, sino el discurso sobre la cosa. La narrativa de la historia oficial La versión oficial de los derechos humanos más frecuentemente citada en textos y discursos identifica sus antecedentes en los primeros acuerdos europeos que establecieron regulaciones de la autoridad, entre los que se suelen destacar la Carta Magna inglesa (1215) y la Carta de Derechos británica (1688) –que limitaban el poder del monarca, para repartirlo con la nobleza. A su vez, el Acta de Habeas Corpus (1679), también acordado en Inglaterra, obligó a las autoridades a dar cuenta de las personas privadas de libertad. Entre los siglos XVII y XVIII se consolidaron las diversas corrientes del pensamiento liberal que promueven los derechos naturales del “hombre” y el gobierno de las leyes como resultado del acuerdo o contrato entre “ciudadanos”. A finales del siglo XVIII, las burguesías emergentes de Francia y las colonias británicas en América se alzaron contra el poder absoluto de los monarcas, dando lugar a las primeras declaraciones de “derechos del hombre”: 16 Derechos humanos La Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América del Norte (1776) afirma que “todos los hombres han sido creados iguales” y que son provistos por Dios “de ciertos derechos inalienables”. La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciu- dadano (1789) francesa establece en su primer artículo que los hombres “nacen y permanecen libres e iguales en derechos”. Estos acuerdos marcaron una ruptura radical con el orden previo al poner fin a la “soberanía” del monarca sobre sus súbditos y al establecer la igualdad de derechos considerados consustanciales a la naturaleza del “hombre”. Tanto Francia como EEUU se constituyen en repúblicas y acuerdan las primeras Constituciones modernas, que establecen el modelo de democracia parlamentaria representativa, el gobierno de las leyes, la alternancia en el poder y la administración de justicia en base a principios establecidos legalmente en el parlamento. Se inició así una nueva era de la civilización occidental que tendría profundas implicaciones para el mundo entero. Derechos humanos “universales” El derecho internacional de los derechos humanos se inauguró con la Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamada en 1948 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), tres años después de concluida la barbarie de la Segunda Guerra Mundial. Ese histórico documento, inspirado en las declaraciones de derechos del siglo XVIII, reconoce que todos los seres humanos somos iguales en derechos, que los derechos son inherentes a nuestra condición humana y que nos pertenecen a todos y todas, sin limitaciones de fronteras. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 17 La Declaración recoge un amplio catálogo de derechos civiles (derechos a la vida, a la libertad, a la integridad de la persona, a un juicio justo, entre otros) y políticos (derecho a participar en los asuntos públicos y a elegir a representantes en el gobierno), y algunos derechos sociales, como el derecho a la educación, a la salud y a la seguridad social. Este documento no conlleva obligaciones jurídicas, pero se le atribuye fuerza moral para guiar la acción de los Estados. Representa, de igual forma, la base del derecho internacional de los derechos humanos, orientado a promover compromisos estatales en relación con las personas bajo su jurisdicción. Desde su proclamación, se han acordado en la ONU numerosos pactos y tratados que reconocen y amplían los derechos de la declaración y establecen obligaciones estatales, así como mecanismos orientados a supervisar su cumplimiento. La visión liberal de los derechos humanos El concepto liberal de los derechos humanos, que prevalece con distintos matices en la mayoría de países occidentales y en gran medida en el desarrollo e interpretación del derecho internacional, puede sintetizarse en algunos aspectos centrales: Derechos naturales e inmanentes: los derechos humanos se desprenden de la esencia del ser humano en cuanto tal, y no dependen de las condiciones en que pueden ejercerse en la realidad. Libertad individual: la perspectiva liberal otorga primacía a la libertad y autonomía individuales por encima de los valores de igualdad social y de convivencia colectiva. El contrato social: la organización de la sociedad por acuerdo de sus miembros da lugar al Estado, en el cual delegan el desarrollo y aplicación de las leyes. 18 Derechos humanos Estado de Derecho: el orden jurídico político para la vigencia de los derechos humanos se corresponde con el Estado de Derecho, como conjunto de normas e instituciones que regulan y limitan la acción de los poderes públicos. Derechos positivos: una de las funciones primordiales del Estado es acordar los derechos naturales mediante leyes que se convierten en contratos vinculantes para los poderes públicos. El imperio de la ley: mientras la autoridad cumpla con las leyes establecidas en el marco del Estado de Derecho, no debe haber otras vías para la demanda de derechos humanos que las legales. Responsabilidad pública: los responsables de reconocer, respetar y garantizar los derechos humanos son los poderes públicos. Las personas deben contar con plena libertad de actuación, con el único límite de respetar el marco legal convenido. Progreso humano: la codificación jurídica de los derechos humanos responde a un proceso histórico en la conquista de mejores condiciones para el ejercicio de la libertad y la dignidad en asociación con los adelantos tecnológicos y científicos. Universalidad: la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) recoge aspiraciones comunes de dignidad de todos los pueblos y colectivos del mundo, a partir de la supuesta existencia de un sustrato común a todas las culturas que ese documento sintetiza. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 19 Una narrativa crítica de la historia oficial 2 L as distintas narrativas de la historia están marcadas por las visiones e intereses de quienes las construyen y difunden. Son discursos que expresan la experiencia histórica y aspiraciones de orden social de los pueblos o sectores que los enuncian, y por ello responden a sus ideologías y sistemas o aspiraciones. La historia de los derechos humanos, citada brevemente, responde a narrativas construidas por los sectores que han dado forma a las instituciones vigentes en la mayoría de las sociedades occidentales, y que han dominado el ritmo de los acontecimientos de la etapa actual de la humanidad. Esa versión de la historia destaca como importantes ciertos hitos, pero silencia otros –las acciones contrarias a los derechos humanos derivadas de las relaciones de dominación capitalistas, las luchas de liberación de los pueblos colonizados, la lucha por la tierra de los pueblos del Sur, entre otras. Joaquín Herrera Flores: Al presentarse como postulados generalizables a toda la humanidad, los derechos humanos han sido el campo de batalla donde los intereses de poder se han enfrentado unos a otros para lograr institucionalizar universalmente sus puntos de vista sobre los medios y los fines a conseguir. Por ello, toda clase social en ascenso formula sus pretensiones en nombre de la humanidad; toda ideología hegemónica pretende justificar los intereses que le subyacen bajo la forma de lo universal; y toda cultura dominante exige la aceptación general de sus presupuestos básicos. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 23 Guillermo Bonfil Batalla: Frente a la idea de que la historia universal y única es la historia de Occidente, innumerables pueblos afirman que su historia es tan válida como cualquier otra, que la historia de Occidente expansionista y poderosa los influye pero no los determina inexorablemente, que se puede convivir con Occidente y con los demás pero que coexistir es eso: existir juntos, nunca existir a condición de renunciar a ser, a existir. La insuficiencia de los “derechos del hombre” Las declaraciones de derechos adoptadas en EEUU y en Francia en el siglo XVIII representan grandes conquistas para su época, asentando las bases para una concepción de derechos humanos centrada en la dignidad igualitaria de todas las personas. No obstante, las propias normas y el desarrollo posterior del modelo republicano limitaron el alcance de las declaraciones de igualdad, al basarse en la primacía de la libertad individual y en la defensa del derecho de propiedad. La Declaración de Derechos del Hombre francesa legitima la desigualdad al fundamentar la legitimidad de las “distinciones sociales” en la “utilidad común”. La Constitución de EEUU (1789) no reconoció derechos a las personas bajo servidumbre y a los esclavos, contabilizándolos como 3/5 partes de una persona para el censo político y económico, junto a los indígenas que no pagaran impuestos. La Carta de Derechos de 1791 incorpora a la Constitución de EEUU (1789) diversos derechos civiles y políticos, pero no desafía la esclavitud ni reconoce derechos sociales. Ninguna de estas declaraciones reconoce derechos de la mujer. En 1791 la Asamblea Nacional francesa rechazó la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana, propuesta por la pionera del feminismo Olympe de Gouges. 24 Derechos humanos Luigi Ferrajoli: Los revolucionarios de 1789, cuando hablaban de “hombres”, pensaban evidentemente en los “ciudadanos” franceses y proclamaban los derechos fundamentales como “derechos del hombre” y no como “derechos del ciudadano” para atribuirles, al menos externamente, mayor universalidad. Nancy Fraser: Las mujeres de todas las clases y etnicidades fueron excluidas de una participación política oficial en base a su género, mientras que los hombres plebeyos fueron excluidos formalmente por los requerimientos de propiedad. Además, en muchos casos mujeres y hombres de todas las clases de etnicidad distinta fueron excluidos por razones raciales. A pesar del reconocimiento formal de la igualdad de derechos, la historia republicana en estos y otros países europeos y americanos limitó la participación en las instituciones representativas a los hombres de la burguesía emergente, que los promueve y acuerda, y a los sectores dominantes desplazados luego de las revoluciones liberales: Con distintos matices, el disfrute de los derechos reconocidos dependerá de las cuotas de poder y la propiedad de los nuevos “ciudadanos”. En EEUU se abolió la esclavitud casi un siglo después de acordada la Constitución y no se reconocieron derechos civiles y políticos a la población afroamericana hasta la década de 1960. La conquista progresiva e inconclusa de los derechos políticos y civiles y de igualdad bajo la ley de las mujeres cosechó sus primeras victorias a comienzos del siglo XX. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 25 Por ello, las nuevas declaraciones fundamentan un nuevo régimen formalmente igualitario, pero que legitima las desigualdades y las relaciones de abuso de poder. Se reproduce así, a una nueva escala, la exclusión para las mujeres, la clase trabajadora, los sirvientes y personas sometidas a la esclavitud, y para los pueblos de otras tierras. Erich Fromm: En las largas y virtualmente incesantes batallas por la libertad, las clases que en una determinada etapa habían combatido contra la opresión, se alineaban junto a los enemigos de la libertad cuando ésta había sido ganada y les era preciso defender los privilegios recién adquiridos. Franz J. Hinkelammert: La iluminación del siglo XVIII desembocó en la reproducción del poder despótico y dogmático en contra del cual se había levantado e hizo sus revoluciones. La sociedad burguesa creó este poder despótico dogmático [que] se legitima por los derechos humanos del siglo XVIII. Estos derechos son los que lo han promovido. En nombre de la libertad se sojuzgó la libertad y en nombre de los derechos humanos se los ha anulado. Consolidación del Estado liberal A lo largo del siglo XIX se consolidó en todo el hemisferio occidental el Estado de derecho liberal. La exclusión de sectores mayoritarios de los espacios de toma de decisiones garantizó que los nuevos Estados orientaran su acción a la defensa de las nuevas relaciones de poder y según los intereses del sistema económico capitalista en expansión. El concepto de “interés general” de la sociedad, como principio guía de la acción pública, se identificó con los 26 Derechos humanos intereses del poder económico y la estabilidad del sistema político que los garantizaba. El Estado de derecho se convirtió en un mecanismo para la defensa de la propiedad y la libre competencia en la sociedad, y para el control de las demandas de los sectores sociales en lucha por sus derechos y por la transformación de los desequilibrios de poder. Hasta entrado el siglo XX, las “democracias representativas” utilizaron leyes y censos económicos para limitar formalmente el voto y el derecho a participar en los asuntos públicos de los sectores que no tenían títulos de propiedad y que dependían del trabajo por cuenta ajena. Leyes acordadas bajo el Estado de derecho, y en muchos casos constituciones, establecían restricciones explícitas de los derechos reconocidos para trabajadores y sirvientes. Las potencias coloniales europeas consolidaron un proceso de expansión colonial caracterizado por el atropello a pueblos y naciones de todo el planeta, sistemáticamente validado bajo las leyes del “Estado de derecho” y los pactos internacionales entre las potencias. Lorena Fries y Verónica Matus: La constitución de los Estados- nación de la época moderna requirió para su consolidación de procesos políticos y jurídicos sobre la base de esta distinción entre lo público y lo privado… Amparado en el principio de universalidad de la ley y reforzado desde esta distinción, este proceso significó la institucionalización de la exclusión política de las mujeres y su confinamiento al ámbito de la reproducción social y biológica. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 27 Bartolomé Clavero: Desde las metrópolis o en las colonias mismas suelen sucederse ordenanzas generando un derecho penal del potencial enemigo que entonces resulta cualquier individuo natural de las colonias… Bajo dicha cobertura normativa y sin figura de juicio, puede procederse a razias, registros, detenciones, internamientos masivos, flagelaciones y otros crueles castigos corporales con grilletes, cadenas, cepos y jaulas, mutilaciones, incendios, aprisionamientos selectivos, deportaciones, desapariciones… Jean Paul Sartre: Las tropas coloniales mantuvieron su autoridad mediante el terror – mediante la masacre permanente. Estas masacres tenían carácter genocida: estaban orientadas a la destrucción de “una parte de un grupo étnico, nacional o religioso”, con el fin de aterrorizar al resto y de desgarrar a la sociedad indígena. Las luchas obreras La Revolución Industrial y el desarrollo vertiginoso del capitalismo en Europa y en EEUU dieron lugar a la expansión de sociedades urbanas e industriales, creando nuevas dinámicas de concentración de poder y el agravamiento de condiciones de vida y empleo de la clase trabajadora. En ese contexto, se desarrollaron ideologías sociales basadas en la emancipación de las grandes mayorías frente a la explotación laboral, económica y política de los sectores burgueses. Las luchas obreras y campesinas se orientaron a desafiar unas relaciones laborales caracterizadas por el abuso de poder de patronos y dueños de empresa, y su permanente asociación de intereses con gobiernos y fuerzas policiales y militares. El Estado de Derecho y sus instituciones –incluidas las leyes de derechos– fueron utilizados para combatir las luchas y demandas por la justicia social de las mayorías. 28 Derechos humanos La organización en sindicatos y las huelgas fueron perseguidas implacablemente por sus intenciones “subversivas”, tanto por el Estado como por organizaciones paramilitares privadas al servicio de las empresas y corporaciones. Las movilizaciones obreras derivaron en múltiples ensayos revolucionarios que fueron aplacados por el Estado y por alianzas internacionales entre gobierno y sectores capitalistas. A pesar de la oposición de sectores de poder, estas luchas acumularon conquistas en las condiciones acordadas de empleo y seguridad laboral, incluyendo la limitación de la jornada laboral, el reconocimiento legal de la libertad sindical y el derecho de huelga. Asimismo, permitieron la conquista del sufragio universal, al cuestionar las limitaciones legales al derecho al voto y la participación política en base al censo económico. No obstante, estos logros, adquiridos mediante grandes sacrificios, se han visto permanentemente amenazados, limitados e incluso eliminados por nuevos pactos de poder –a pesar de su reconocimiento formal bajo los Estados de Derecho. Un nuevo paradigma de derechos Las ideologías socialistas se centran en la preeminencia de los derechos sociales y en la apuesta por una organización de la sociedad y del Estado orientada a transformar las estructuras de poder. Propuestas y métodos que van desde la social democracia hasta el comunismo revolucionario llaman a la toma del gobierno –en unos casos por medio de la insurrección armada y en otros por la vía parlamentaria– con el fin de favorecer las transformaciones sociales necesarias para garantizar relaciones de poder más equilibradas y como requisito para construir sociedades efectivamente democráticas. La Constitución mexicana de 1917, derivada de la revolución campesina, estableció los derechos al trabajo y a la tierra Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 29 como la base de la nueva sociedad, y consagró los derechos a la salud y a la educación como derechos fundamentales. La Constitución alemana de 1919, acordada luego de la derrota de la revolución socialista “espartaquista”, incluyó los derechos a la salud, al trabajo y a la seguridad social, entre otros. La Constitución española de 1931, acordada tras el fin de la monarquía y la instauración de la república, reconocía derechos sociales extensivos, incluido el derecho a la tierra y la reforma agraria, y establecía la igualdad plena de la mujer. Tras la revolución de 1917, la URSS se constituyó en república socialista, rompiendo con el paradigma liberal del Estado de derecho. La Declaración de Derechos del Pueblo Trabajador y Explotado (Rusia, 1919) consagró los derechos sociales desde una orientación marxista. Desde entonces, en todas las regiones del planeta se han producido ensayos de poner en práctica doctrinas socialistas bajo distintos modelos y circunstancias. En muchos casos, el fracaso del ensayo derivó en el establecimiento de regímenes que no produjeron la transformación democrática propugnada, generando en diversos escenarios la conculcación masiva de derechos humanos. No obstante, estos avances consolidaron en el derecho positivo las doctrinas de derechos como garantía de condiciones de vida y de desarrollo, así como de acceso a bienes materiales y culturales en términos acordes con las necesidades y la dignidad humana de las mayorías empobrecidas. Gregorio Peces-Barba: A partir del siglo XIX, con la crítica socialista a la concepción liberal pura de los derechos fundamentales, se incorpora un componente igualitario que matiza y completa esa idea de los derechos fundamentales como derechos de libertad sin hacerla imposible y sin desvirtuarla, como pretenden los liberales doctrinarios. 30 Derechos humanos Samir Amin: La ulterior extensión de los derechos democráticos a otros más allá de los ciudadanos empresarios, no fue el resultado espontáneo del desarrollo capitalista o la expresión de un requisito de tal desarrollo. Muy por el contrario, esos derechos fueron ganados gradualmente por las víctimas del sistema –la clase obrera, y más adelante, las mujeres. Fue el resultado de luchas contra el sistema, y aún si el sistema se las arreglaba para adaptarse a ellas, para “recuperar” sus beneficios… Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 31 Límites del estado de derecho y del derecho internacional 3 L a doctrina hegemónica liberal propugna que el Estado, al ser garante de la libertad, no puede intervenir en las relaciones entre actores privados y defiende la igualdad de derechos en la ley como máxima aspiración legítima de demanda de igualdad. Ambos factores la convierten en una herramienta para la defensa de la estructura de poder existente, al cuestionar la intervención estatal en la realización de derechos sociales de las mayorías empobrecidas, como prerrequisito para transformar las relaciones de poder y garantizar así un ejercicio más equilibrado de la democracia. Los principios liberales de defensa de la propiedad privada y la doctrina de no intervención de los poderes públicos han significado en la práctica la permanente instrumentación del Estado para la defensa de los intereses de poder. Asimismo, la identificación de los derechos humanos con los sistemas políticos y económicos derivados de las revoluciones liberales –el Estado de derecho liberal, por un lado, y el capitalismo de mercado, por el otro– ha fundamentado el rechazo a las propuestas de transformación de las estructuras de poder que niegan derechos. Todos los ensayos de desafiar las convenciones del Estado liberal de derecho sin contenido social han enfrentado la oposición del aparato estatal y de sectores de poder nacional y transnacional, dando lugar a la legitimación liberal de las dictaduras y a la guerra abierta o encubierta contra los liderazgos que promovieron transformaciones radicales basadas en el combate a la inequidad. Límites del régimen de responsabilidad en derechos humanos La teoría y el derecho constitucional del Estado de derecho se basan en la constitución de poderes públicos independientes Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 35 sobre los que recaen las funciones de legislar (Poder Legislativo), gobernar (Poder Ejecutivo) y administrar la justicia para la garantía de los derechos reconocidos (Poder Judicial). Las Constituciones del Estado de derecho establecen contrapesos formales entre los distintos poderes como medio para prevenir la concentración y el ejercicio autoritario del poder. A su vez, desarrollan un régimen de responsabilidad pública, orientado a garantizar la adhesión de los organismos públicos a los principios constitucionales. La restricción legal de la actuación de los poderes del Estado responde a una necesidad efectiva de establecer un régimen amplio de control de los órganos encargados de la administración de los recursos públicos y del sistema de justicia, así como del monopolio en el empleo de la fuerza. No obstante, este importante desarrollo ha derivado en el establecimiento de responsabilidades estatales exclusivas en el respeto y garantía de los derechos humanos, lo que ha favorecido la continuidad de las relaciones de poder entre actores privados y la impunidad de éstos en relación con los delitos asociados a violaciones de derechos humanos. En base a los principios de libertad de las personas, por un lado, y de responsabilidad estatal, por el otro, se han desarrollado doctrinas que pretenden defender que las personas y las instituciones y corporaciones privadas no son responsables por violaciones a los derechos humanos, lo cual es un contrasentido ético absoluto. Defender que los actores privados no tienen obligaciones de respetar los derechos humanos en las actividades que desarrollan es contradictorio con el proyecto de lograr el respeto a la dignidad de las personas y los procesos sociales en que se desenvuelven; así como con la constatación del impacto que sus actividades tienen sobre personas y poblaciones enteras. 36 Derechos humanos Franz J. Hinkelammert: La emancipación frustrada de la iluminación independizó la actividad privada de los controles públicos. Desembocó en la sociedad burguesa y la imposición mundial del capitalismo... La actividad privada de individuos se transformó en la constitución del poder absoluto de las burocracias privadas, que se apoderaron de los derechos humanos para legitimarse como poderes despóticos por encima de todos los otros poderes. Luiggi Ferrajoli: La tradición liberal siempre ha confundido [los poderes privados] con las libertades cuando son cosas diferentes. Por ejemplo, se confunde lo que es la propiedad de los medios y lo que es la libertad de prensa. O también el poder del mercado, que es un poder al que se pone por encima de los derechos civiles... Esto permite que los poderes privados, sin derecho, puedan desarrollarse en forma salvaje e ilimitada. Límites de la democracia representativa La igualdad en las leyes y el modelo de “contrato social” bajo el Estado de Derecho se afirman como salvaguarda de los derechos humanos. Su desarrollo ha permitido el cuestionamiento formal de las relaciones verticales de poder y la conquista del ejercicio periódico del voto. No obstante, las limitaciones de la fórmula de la democracia representativa y los factores derivados de la incidencia de las relaciones de poder impiden la efectividad de sociedades verdaderamente democráticas. Al respecto: La participación ciudadana se limita a la escogencia periódica en elecciones de representantes de organizaciones políticas profesionales sobre los que se delega el ejercicio del poder. La lejanía de las instituciones de toma de decisiones y el carácter pasivo de la participación electoral fortalece las mediaciones de poder. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 37 La capacidad de los distintos sectores sociales de defender sus demandas está condicionada por su capacidad para influir en la sociedad y en las instituciones, y no por la igualdad de derechos que reconoce la ley. La predominancia de la lógica capitalista del mercado y el poder de incidencia de los factores que la promueven han derivado en la identificación de los intereses de la sociedad democrática con los intereses del sistema económico. Esta dinámica ha derivado en la consolidación de una práctica de derechos humanos que los identifica con los intereses de un sector minoritario y privilegiado de la población, y con las instituciones del poder económico, por encima del conjunto de las personas. Bajo un discurso institucional centrado formalmente en la relación entre derechos humanos, democracia y Estado de derecho, se ha validado la exclusión social y política de vastos sectores de población y la represión de luchas sociales y demandas de participación. Argumentos como la defensa de la propiedad y los principios del Estado de Derecho han sido utilizados para justificar el ejercicio autoritario del poder bajo regímenes de democracia formal. En numerosos escenarios, la instauración de regímenes dictatoriales ha sido considerada como un “mal necesario” para la preservación del Estado de Derecho, a pesar de la supresión generalizada de derechos y la eliminación del sistema electoral democrático. Como resultado, se ha producido el debilitamiento de la legitimidad de los regímenes democráticos existentes. 38 Derechos humanos Emilio García Méndez: Históricamente considerada, la tradición jurídica latinoamericana descansa en una dicotomía flagrante entre discurso y práctica. Un derecho liberal y formalmente garantista, desvirtuado y distorsionado en la práctica por las mediaciones de los factores reales de poder. Guy Hermet: Esa dinámica liberal [que] constituye el principio del parlamentarismo y de la legitimación electoral, es también la de los obstáculos opuestos durante un siglo y medio al sufragio universal, tanto por el artificio censitario como bajo la forma menos disfrazada de las dictaduras liberales de Europa y de la América Latina. Paulo Sergio Pinheiro: La democracia que promociona más fácilmente los derechos humanos, tanto en las democracias consolidadas como en las más jóvenes, no es necesariamente una garantía contra la violación a los derechos humanos. En el sur, la transición política de las dictaduras a la democracia en gran medida ha preservado el statu quo en lugar de garantizar un cambio real. Las democracias en Sudamérica… son en general un disfraz para la opresión de los pobres, la corrupción y colusión de políticos y agentes estatales con el crimen organizado. Límites del reconocimiento legal de los derechos humanos El reconocimiento jurídico de los derechos humanos convierte a sus titulares en sujetos de derechos y los habilita formalmente a ejercer los derechos reconocidos, gracias al poder que les otorga la ley. A su vez, el Estado de Derecho desarrolla mecanismos e instituciones para la protección y defensa de derechos y para la participación democrática. No obstante, los sectores en situaciones de poder distintas no tienen las mismas posibilidades reales para ejercer los derechos que les reconoce la ley. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 39 La capacidad de influir en el diseño de las leyes está condicionada por la capacidad de incidir en la agenda pública y de condicionar la actuación de actores parlamentarios y de gobierno. El acceso a las instituciones y medidas que se orientan a garantizar los derechos humanos está condicionada por la desigualdad social, política y económica y las asimetrías de poder. Como resultado, los Estados han sido históricamente instrumentados para favorecer los intereses de los actores de mayor poder económico, excluyendo o limitando la participación de los sectores explotados y su acceso a las instituciones garantes de derechos. La herramienta fundamental de éstos para hacer valer sus demandas ha sido la movilización y la protesta, lo que ha significado la instrumentación del poder represivo del Estado para aplacar demandas legítimas. Angelo Papacchini: El reconocimiento de la igualdad formal marca un progreso notable en relación con la influencia directa de las desigualdades de poder y riqueza en la esfera jurídica y política. Sin embargo, las experiencias y luchas se encargan pronto de poner de manifiesto los límites de esta forma de concebir la igualdad y la insuficiencia de los derechos de ciudadanía. Helio Gallardo: Los derechos humanos modernos tienen un carácter burgués. Esto quiere decir inicialmente, que los derechos modernos expresan y buscan proteger en su nivel, que es principalmente jurídico, las características sociales del burgués y la lógica del imperio social que lo constituye. Para ello se proclaman estas características (igualdad, libertad, e independencia empresariales, propiedad y acumulación capitalistas, goce y seguridad, beneficio) como derechos naturales propios de los seres humanos. Ser humano consiste en ser burgués, y ello debe resguardarse jurídicamente y éticamente. 40 Derechos humanos El Estado social de derecho Diversas corrientes de pensamiento liberal niegan a los derechos sociales su condición de derechos humanos, y denuncian el presunto carácter antidemocrático de los modelos que promueven la intervención del Estado en la redistribución social de los recursos. Sin embargo, las luchas obreras y campesinas y la accidentada conquista de derechos sociales han evidenciado la insuficiencia del paradigma liberal de derechos humanos, al tiempo que han permitido avanzar hacia una concepción unitaria de la dignidad humana, que incluye las reivindicaciones por la justicia social y una demanda de igualdad efectiva más allá de la ley. Una de las consecuencias de estos desarrollos es la aparición del modelo de Estado social de derecho o Estado de bienestar, que si bien no desafía los principios liberales básicos, impone obligaciones en materia social al Estado para garantizar derechos sociales y servicios básicos asociados. Este modelo, inspirado en las constituciones española y alemana citadas, y basado en el cobro de impuestos progresivos de acuerdo al ingreso, se implementó fundamentalmente en Europa en la segunda mitad del siglo XX y se reprodujo en distintas etapas de la historia republicana en América Latina. No obstante, su efectividad y continuidad se han visto perma- nentemente desafiadas por la presión de los sectores de poder que defienden las tesis liberales y su capacidad de incidencia so- bre la acción estatal y los programas de los sectores de gobier- no y de las agencias internacionales que promueven programas de desarrollo y de organización económica y financiera. Desde la década de los 80, se ha venido forzando a escala planetaria la implementación del neoliberalismo, cuya agenda de desregula- ción de la actividad privada y limitación de la función social del Estado ha derivado en el aumento de las desigualdades sociales y la pobreza y en el agravamiento de las violaciones estructu- rales de los derechos humanos derivadas de las estructuras y abusos de poder. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 41 Insuficiencias del derecho internacional El desarrollo del sistema internacional de derechos humanos también ha estado condicionado por las relaciones de poder entre las potencias industriales y sectores transnacionales de poder privado y las naciones del Sur, y por la falta de voluntad, obstaculización o incapacidad de los actores nacionales de impulsar políticas y medidas para la realización de los derechos reconocidos. De acuerdo a su preámbulo, la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) parte de la voluntad expresa de los pueblos de eliminar la amenaza de la guerra. En la fecha de su aprobación, la mayoría de la población mundial estaba sometida al gobierno colonial de las potencias industriales que la impulsaron (África entera y una parte sustancial de Asia). Tan sólo 61 países independientes estaban representados en la ONU, cuando en la actualidad el organismo congrega a 192 Estados. En las décadas siguientes, las potencias coloniales orientaron sus esfuerzos a mantener el orden colonial y a manipular el sistema internacional de acuerdo a esos intereses. Las luchas por la autodeterminación y la independencia de los pueblos del Sur fueron respondidas con guerras y terrorismo, o con el apoyo abierto a las élites que defendían sus intereses. En nombre del socialismo se cometieron abusos en distintas partes del mundo, incluyendo el establecimiento de regíme- nes bajo el control de la Unión Soviética que limitaban las libertades civiles básicas y orientaban la acción del Estado a la supresión de la disidencia. Posteriormente, se ha impuesto a escala planetaria el modelo económico neoliberal que se orienta a asegurar la acumulación de riqueza y la extracción de recursos para mantener el ritmo de desarrollo de las naciones del 42 Derechos humanos Norte, a costa de los derechos humanos de las mayorías empobrecidas de los pueblos del Sur. La crisis de la deuda externa ha derivado en la imposición de ajustes estructurales implementados por mandato de organismos multilaterales como el Fondo Monetario Inter- nacional y el Banco Mundial, afectando las posibilidades de desarrollo autónomo de la mayoría de naciones del Sur y generando nuevas desigualdades y conflictos sociales. Josefa Dolores Ruiz Resa: Como ocurriera en los sistemas jurídicos nacionales de los siglos XIX y XX, el formalismo de los derechos humanos, presente en los textos jurídicos internacionales, también falsea sus condiciones reales de ejercicio en el contexto internacional —prácticamente inexistentes—, y encubre situaciones reales de injusticia, falta de libertad y desigualdad entre los Estados, o entre los ciudadanos de un determinado Estado. Boaventura de Souza Santos: Si miramos a la historia de los derechos humanos a partir de la Segunda Guerra Mundial, no es difícil concluir que las políticas de derechos humanos han estado en gran parte al servicio de los intereses económicos y geopolíticos de los Estados capitalistas hegemónicos. El generoso y seductor discurso acerca de los derechos humanos ha consentido atrocidades indecibles, evaluando y enfrentando dichas atrocidades con repugnantes dobles raseros. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 43 Antônio Cançado Trindade: En un mundo “globalizado”, se abren las fronteras a los capitales, inversiones, bienes y servicios, pero no necesariamente a los seres humanos. Se concentran las riquezas cada vez más en manos de pocos, al mismo tiempo en que lamentablemente aumentan, de forma creciente, los marginados y excluidos. Las lecciones del pasado parecen olvidadas, los sufrimientos de generaciones anteriores parecen haber sido en vano. Juan Vives Suriá: En las dos últimas décadas del siglo XX… se acabó la era de los bloques, y se impuso la globalización neoliberal, elitesca y excluyente, que vino a agravar la situación de pobreza en todo el mundo… Aumentó, alarmante, la pobreza, la contaminación y la violencia. Pero los números dicen mucho y no dicen nada. Hay que ver la realidad de cerca en los países pobres y en las bolsas de miseria en los países ricos. La democratización de la esfera internacional El conjunto de organismos de la ONU están sometidos a las relaciones de poder a nivel internacional, lo que deriva en su instrumentación e incide notablemente sobre las prioridades. Los mecanismos creados en el seno de la organización para velar por los derechos humanos contienen flagrantes contradicciones. EEUU, Gran Bretaña, Francia, Rusia y China tienen el derecho a vetar cualquier decisión en el Consejo de Seguridad, que es el órgano de gobierno de la organización, lo que les permite bloquear cualquier decisión que no convenga a sus intereses. Los organismos de los tratados de derechos humanos se limitan a realizar recomendaciones sobre las políticas de los Estados; si bien algunos de ellos pueden recibir denuncias de casos de violaciones a estos derechos, su influencia sobre la realidad es muy reducida. 44 Derechos humanos A pesar de estas limitaciones, la descolonización ha obligado a una progresiva democratización del debate en el seno del organismo, donde se ha mantenido un pulso permanente entre las agendas políticas e ideológicas de las potencias occidentales y de otras naciones que han defendido perspectivas sociales y anticoloniales. La defensa de perspectivas socialistas ha impulsado debates críticos sobre el modelo dominante del capitalismo global y las amenazas que representa para la autodeterminación y desarrollo social de los pueblos. Durante la época poscolonial, las agendas de las nuevas naciones han permitido ensanchar las normas en relación con las agendas de los pueblos del Sur. Movimientos y organizaciones sociales han ganado espacios en los mecanismos internacionales, lo que permite elevar con mayor contundencia las denuncias y demandas por unas relaciones internacionales y nacionales más respetuosas de los derechos humanos. Los movimientos de mujeres han logrado importantes avances en el campo internacional. En muchos casos se organizan localmente en torno a estas conquistas para impulsar transformaciones sociales, culturales, jurídicas y políticas que permiten enfrentar la discriminación de género. En los escenarios nacionales, los movimientos sociales cons- truyen discursos y protestas de desafío a las relaciones de poder y sus consecuencias en base a demandas de derechos humanos, lo que contribuye a fortalecer la efectividad del derecho internacional como herramienta de movilización y cambio social. Al cuestionamiento de la desigualdad, las relaciones interna- cionales asimétricas y el desafío a la locura armamentista, se suma crecientemente la voz de alerta contra el suicidio del planeta al que nos condena la continuidad del modelo de desarrollo capitalista. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 45 Como producto de la dinámica de codificación de los derechos humanos en el derecho internacional, se ha desarrollado un amplísimo cuerpo de normas que establecen obligaciones, orientaciones y directrices cuyo efectivo cumplimiento derivaría en el logro de sociedades democráticas y respetuosas de los derechos humanos de las mayorías y las minorías vulnerables. Este desarrollo convierte al derecho internacional de los derechos humanos en una poderosa herramienta para fundamentar las luchas sociales y para avanzar en una agenda de demanda de transformación de las relaciones de poder y las realidades que niegan condiciones básicas de dignidad a la mayoría de la población mundial. Boaventura de Souza Santos: A lo largo y ancho del mundo, millones de personas y cientos de ONGs han estado luchando a favor de los derechos humanos, a menudo con riesgo incluso para sus vidas, en defensa de las clases y grupos sociales oprimidos que se han convertido en víctimas de Estados capitalistas autoritarios. Las agendas políticas de tales luchas son normalmente anticapitalistas, bien de forma explícita o de forma implícita. Gregorio J. Pérez Almeida: Esta historia es progresista, porque demuestra que la voluntad inconforme de los individuos y los poderes creadores de los pueblos han derrumbado progresivamente las barreras que levanta la sociedad de clases en el camino hacia la libertad y la igualdad de hombres y mujeres, pero basta con reconocer que el capitalismo es un sistema mundial de explotación del ser humano y depredador irracional de los recursos naturales en beneficio de unas élites para que percibamos la gran contradicción de dicho sistema con las ideas esenciales de los derechos humanos. 46 Derechos humanos La historia de los pueblos de América Latina 4 L a historia de América Latina comienza con la llegada de los europeos a un vasto continente poblado por numerosos pueblos, en distintos estadios de desarrollo social e interrelación. Es una historia cruzada por procesos de abuso de poder y de luchas de resistencia y liberación, cuya lectura crítica puede realizarse desde la perspectiva de derechos humanos, en paralelo a las luchas contra la dominación de unos sectores por otros. América Latina precolombina Con anterioridad a la época colonial, entre la Patagonia y Alaska convivían sociedades bajo distintas formas de adaptación al medio y organización social. La era previa a la llegada de los europeos, que se extiende por decenas de miles de años, incluye dinámicas de control externo de unos pueblos sobre otros. Los más característicos y conocidos son: Los pueblos mesoamericanos (Centroamérica). Se desarro- llaron bajo la influencia de la civilización maya, que se extien- de durante casi tres mil años, hasta el siglo XVII. Los pueblos de la meseta mexicana vivieron bajo la civilización azteca entre los siglos XIII y XVI. En los siglos XIV y XVI, la organización de la vasta civilización liderada por el pueblo quechua abarcó todos los pueblos andinos. Si bien éstas y otras civilizaciones abarcaban, y en muchos casos sometían a su gobierno a distintos pueblos, la mayoría de naciones y pueblos indígenas de toda América no establecían grandes distinciones a lo interno de sus sociedades, excepto en la existencia de liderazgos derivados del chamanismo o sabiduría sobre la naturaleza. La propia sociedad inca, aunque basaba su vasta extensión en una casta de poder absoluto y un modelo de Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 49 acumulación central del poder, se caracterizaba por una red de solidaridad intercomunitaria. Muchos de los pueblos existentes fueron absorbidos bajo el proceso de mestizaje y sometimiento cultural que implicó la dominación colonial y otros fueron exterminados. No obstante, muchos han resistido hasta el día de hoy, preservando en distintos grados su identidad y cohesión como pueblos. Aunque sufren en distinta medida los efectos del “progreso” y el “desarrollo” occidental, mantienen las mismas formas de organización, caracterizadas por el reparto y complementariedad de funciones sociales y la organización asamblearia en torno a un esquema de jerarquía vinculado con la edad de las personas. América Latina colonial y republicana Con la llegada de colonizadores españoles, portugueses y de otras naciones europeas al Caribe y el Norte, se dio inicio al sometimiento y en muchos casos exterminio de pueblos indígenas, así como al tráfico de esclavos desde el África negra. Por ello, una historia de los derechos humanos del hemisferio debe recoger, entre otros relatos: Las resistencias indígenas en todo el territorio contra la colonización, así como las resistencias y rebeliones de los afroamericanos. El recuento de las primeras rebeliones libertarias contra el imperio español de intención sistemática, protagonizadas a finales del siglo XVIII por naciones indígenas andinas bajo el liderazgo de Tupak Amaru y Tupak Katari. La historia de la primera revolución por la independencia en triunfar, liderada por un ejército de esclavos de Haití, que en 1804 derrota sucesivamente al ejército francés y al español. La nación caribeña es, de hecho, la primera en liberarse del yugo colonial a nivel mundial. 50 Derechos humanos Didier Gondola: La revolución haitiana es el único momento de la historia en el que los esclavos consiguieron su propia liberación y llegaron a ser totalmente independientes de sus amos... es una de las mayores revoluciones de la historia. Una revolución tan importante como la revolución francesa o la americana, y sin embargo desconocida. ¿Por qué no se habla de ella?... Porque presenta la historia de Francia desde una perspectiva nada gloriosa. Derrotada no sólo por negros, para más escarnio, esclavos negros... A partir de la segunda década del siglo XIX, se generalizaron los procesos revolucionarios de independencia del imperio español que aún hoy movilizan a los pueblos del continente. Estas rebeliones, inspiradas en las doctrinas y revoluciones liberales, dan como resultado el logro progresivo de la soberanía nacional de las nuevas repúblicas latinoamericanas. Varios de los ensayos constitucionales propusieron im- por tantes apuestas de derechos, incluyendo en algunos casos el reconocimiento de derechos de los pueblos indígenas. En todo el continente sudamericano la independencia vino acompañada del fin de la esclavitud, incluyendo Brasil, que se independizó de Portugal ya entrada la segunda mitad del siglo. Simón Bolívar y otros líderes preconizaron la unidad de las naciones latinoamericanas para construir un modelo de federación continental basado en la fraternidad de los pueblos, proyecto que contó con varios ensayos fallidos a lo largo del siglo. A pesar de todas las luchas de emancipación y sus conquistas, las esperanzas de establecer naciones de ciudadanos libres e iguales se han disipado en sucesivas ocasiones. Esto se debe en parte a la conformación de pactos de poder por parte de Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 51 los sectores dominantes y en parte a la injerencia de potencias extranjeras, que establecieron acuerdos con sectores nacionales para la defensa de sus intereses, y protagonizaron innumerables actos de agresión y desestabilización para resguardarlos. Eduardo Galeano: A carga de lanza o golpes de machete, habían sido los desposeídos quienes realmente pelearon, cuando despuntaba el siglo XIX, contra el poder español en los campos de América. La independencia no los recompensó: traicionó las esperanzas de los que habían derramado su sangre. Cuando la paz llegó… los dueños de la tierra y los grandes mercaderes aumentaron sus fortunas, mientras se extendía la pobreza de las masas populares. Bartolomé Clavero: Quienes formaban Estados no se liberaban de un yugo colonial que nunca habían sufrido y del que se venían beneficiando. Bien al contrario, fortalecían el colonialismo a través, entre otros medios, de Constituciones estableciendo poderes oportunos al efecto de dicho continuismo de fondo. Así procedía la minoría europea o de cultura procedente de Europa. La mayoría indígena de América permanece bajo el yugo colonial o es entonces cuando va a conocerlo pues en buena parte se había mantenido ya independiente, ya distante del colonialismo europeo. Es algo que no ocurre a pesar de las Constituciones, sino por medio de ellas. 52 Derechos humanos Giancarlo Rolla: Las cartas constitucionales, con base en las ideas de Simón Bolivar, aspiraban delinear un sistema constitucional capaz de conjugar estabilidad y libertad. Sin embargo, tal intención no logró concretizarse… los ordenamientos republicanos se calificaron como representativos –con base en el sufragio restringido… Los principios del pluralismo, del laicisismo y de la solidaridad social no fueron acogidos en las Constituciones, mientras los cambios relativos a los órdenes institucionales no estuvieron acompañados de una transformación coherente de las relaciones económicas y sociales, ni de una substancial penetración al interno de la sociedad, de los valores y principios del constitucionalismo. De la dictadura militar a la democracia neoliberal Durante gran parte de la segunda mitad del siglo XX, en los países del Sur del continente y de Centroamérica se instalaron gobiernos dictatoriales que operaron bajo la doctrina de la Seguridad Nacional, que legitimaba legalmente la suspensión de derechos y garantías. Apoyados por potencias occidentales y sectores de poder nacional, estos regímenes de excepción aplicaron políticas represivas, protagonizando violaciones masivas a los derechos humanos ejemplificadas en los desaparecidos del Sur y en las masacres genocidas de América Central. La presunta defensa del Estado de Derecho y de los derechos humanos, bajo la excusa de combatir la denominada “amenaza comunista”, fueron utilizados como argumentos para aplicar políticas sistemáticas de persecución e incluso de aniquilamiento de la disidencia, en un fenómeno que ha sido denominado la “inversión” de los derechos humanos. En la última etapa del siglo XX la mayoría de países se constitu- yeron en democracias representativas, abriendo nuevos canales para la participación electoral periódica en regímenes formal- mente garantes de los derechos humanos. No obstante, en casi todos los casos se aplicaron o profundizaron los programas de Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 53 ajuste neoliberal, orientados a la eliminación de los avances en materia social, la privatización de los servicios públicos y la libre actuación de capitales extranjeros. La aplicación de estos programas neoliberales, impuestos por las agencias financieras multilaterales como condición para acceder a créditos en el exterior, significó para muchos pueblos el au- mento de las desigualdades y la precariedad social. En muchos casos, se produjeron protestas masivas, que fueron respondidas con acciones represivas del Estado democrático. Casos emble- máticos son el estallido social del 27 de febrero de 1989 en Ve- nezuela, las luchas del agua y el gas en Bolivia entre 1999 y 2005, y la rebelión argentina de 2001-2002. En ese contexto, para im- portantes sectores de población latinoamericana la democracia no ha derivado en una mejora significativa de las condiciones mínimas para ejercer sus derechos humanos. En la última década, en diversos países de la región, las mayorías han favorecido electoralmente propuestas alternativas de go- bierno, caracterizadas por un fuerte componente social y por la apuesta de promover la democracia participativa como modelo para trascender las limitaciones de la democracia representativa. Se ha abierto así una nueva etapa en el ciclo histórico conti- nental, caracterizada por el desafío a la fórmula tradicional del Estado de derecho liberal. Helio Gallardo: Para Latinoamérica, las independencias anticolonia- les, no nacionales, del siglo XIX, debieron haber generado un Estado de derecho que respetase la humanidad inherente a los individuos de los pueblos originarios (indígenas de América Latina), mujeres, proletariado emergente, campesinos pobres, mendigos, opositores políticos y disidentes culturales en el proceso de un emprendimien- to común. Salta a la vista que esta pretensión no guarda relación positiva alguna con la historia social, militar, política ni cultural de América Latina... 54 Derechos humanos Eugenio Raúl Zaffaroni: El neocolonialismo, practicado una vez consumada la independencia política, se destacó por cruentas luchas que terminaron por imponer el poder de minorías locales proconsulares de los intereses de las potencias industriales. Noam Chomsky: La ayuda [a gobiernos en América Latina] controlada por los EEUU ha tenido relación directamente proporcional con la creación de un ambiente adecuado para la inversión, y una relación inversamente proporcional con el mantenimiento de un orden democrático y los derechos humanos. Iniciativas y procesos de organización y resistencia de los pueblos Aunque en las historias oficiales suelen ser minimizados, adver- sados, criminalizados o convertidos en folclore, los procesos de rebeldía y resistencia cultural de los pueblos latinoamericanos cruzan toda la historia del continente, hasta el día de hoy. Sus protagonistas y sus rasgos principales forman parte sustancial de la identidad popular latinoamericana. La resistencia indígena Los pueblos originarios resistieron la dominación extranjera en sus territorios desde el momento que los invasores europeos llegaron a las tierras de Abya-yala (como llamaban los indígenas kuna de Panamá al continente americano) o Tawantisuyu (como se denominaba la vasta extensión de la civilización quechua en Sudamérica). Además de protagonizar gestas históricas en casi todos los territorios, la mayoría de pueblos que sobrevivieron al exterminio o la desaparición como entidades diferenciadas han mantenido al día de hoy su cohesión cultural, gracias a formas de resistencia y adaptación que hicieron perdurar sus creencias y organización bajo el modelo impuesto por la evangelización cristiana y la supremacía de los valores europeos. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 55 En la era contemporánea, los pueblos indígenas han prota- gonizado varias de las rebeliones más significativas contra el orden neoliberal formalmente democrático –el alzamiento zapatista de 1994 y las luchas de las mayorías indígenas boli- vianas y los pueblos indígenas ecuatorianos–, que dan lugar a los respectivos procesos constituyentes actuales. Los pueblos y naciones indígenas de todo el continente han venido protagonizando un proceso de ar ticulación de movimientos y organizaciones que trascienden las fronteras de las repúblicas, lo que permite elevar con fuerza creciente sus demandas de derechos y autonomía como pueblos, de unidad indígena identitataria y de cambio del modelo de desarrollo. La resistencia afroamericana Los afroamericanos traficados al continente como esclavos enfrentaron la erradicación de sus tierras por parte de castas africanas y comerciantes europeos, viéndose sometidos por varios siglos a una dinámica brutal de explotación y privación absoluta de libertad. Desarrollaron múltiples formas de resistencia, comúnmente denominadas como “cimarronaje” –que incluyeron el esta- blecimiento de cumbes, palenques o quilombos, donde los esclavos liberados vivían en comunidades libres, en muchos casos bajo relaciones de ayuda mutua y cooperación al mar- gen de la sociedad esclavista. El quilombo Dos Palmares, en el nordeste de Brasil, se mantuvo en rebeldía durante casi cien años, y llegó a contar con escuelas, sistemas de defensa y de producción agrícola y pecuaria. En Venezuela, destacan el cumbe liderado por el negro Andresote en Yaracuy; el Ocoyta, en Barlovento, liderado por el negro Miguel; y el de Cata, en la costa de Aragua. A comienzos del siglo XIX y tras más de una década de luchas, Haití proclama la independencia, una gesta en la que 56 Derechos humanos los propios esclavos protagonizan el fin de la esclavitud y proclaman una república de ciudadanos libres. Veinte años después, Francia reconocerá su independencia, luego de haber impuesto una indemnización millonaria por sus “propiedades”. A pesar de que en muchos casos presentan graves índices de exclusión y pobreza, la resistencia de los afroamericanos a lo largo de los siglos ha derivado en una impronta y un protagonismo decisivos en la realidad social, cultural y política de la mayoría de países americanos. Los movimientos sociales Desde el siglo XIX los pueblos latinoamericanos se han organizado bajo múltiples fórmulas y en distinta medida e intensidad para la defensa de sus intereses, frente a regímenes republicanos represivos y a factores de poder asociados para la defensa de privilegios. Sindicatos, movimientos obreros, campesinos, mineros, estu- diantes y trabajadores informales, entre otros, así como pue- blos indígenas organizados, han jugado un papel relevante en la construcción de agendas de lucha y resistencia frente a las dictaduras y las políticas de exclusión social y política de regímenes formalmente democráticos –convirtiéndose en actores fundamentales de cambio y de protesta. Otros sectores como trabajadores de la prensa, intelectua- les y madres de víctimas de la represión han activado or- ganizaciones y frentes de defensa de demandas sectoriales, sociales, políticas y de otra índole ante los poderes esta- blecidos y los poderes privados. Esta dinámica múltiple de participación da lugar a la historia de movimientos sociales de mayor intensidad y dinamismo que ha dado la era con- temporánea. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 57 Los movimientos por los derechos humanos Durante las décadas de 1970 y 1980 se generalizaron en América Latina los regímenes dictatoriales que suspendieron las garantías de los derechos humanos y llevaron a cabo operaciones masivas de persecución y represión de protestas y movimientos populares. La gravedad y sistematicidad de los abusos llevó a la apa- rición de numerosas organizaciones en todo el continen- te, asumiendo la defensa de los derechos humanos como bandera, apelando a los compromisos internacionales de los Estados para denunciar los atropellos, asesinatos y desapari- ciones y exigir justicia. Este movimiento generó una legitimación de los derechos humanos como herramientas para luchar contra los abusos de poder público y privado. Las Madres de Plaza de Mayo en Argentina y la Federación de Familiares de Desaparecidos (Fedefam) a escala continental son dos de los más conocidos. Tras la instauración de regímenes democráticos, muchos movimientos y organizaciones de derechos humanos han mantenido la vigencia de su trabajo, luchando por el derecho a la verdad y contra la impunidad, denunciando las agendas represivas de autoridades democráticas y fortaleciendo las plataformas de denuncia de las desigualdades y de defensa y promoción de los derechos sociales y por la construcción de sociedades verdaderamente democráticas. 58 Derechos humanos Pablo Salvat: La relevancia actual de los derechos humanos se encuentra en la mayor parte de América Latina, en la década de los años setenta y se relaciona histórico-políticamente con la instalación de un conjunto de regímenes autoritarios que violan los derechos humanos de manera sistemática... Frente a esta situación, surge con fuerza la reivindicación de los derechos humanos, convertidos ahora en referente simbólico-político de la lucha por la recuperación de la democracia y una vida digna para todo el continente y Centroamérica. Lorena Fries: Las mujeres son uno de los actores principales de la lucha por el respeto a los derechos humanos en América Latina y el Caribe. Ante las realidades imperantes en los años 70, en el continente, salen desde sus diferentes espacios y ámbitos sociales y se comprometen en forma concreta con la defensa de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. El cristianismo liberador Desde el comienzo de la invasión española y sus esfuerzos de sometimiento cultural y religioso sobre los indígenas y africanos, surgieron voces disidentes en el seno de la propia Iglesia, que criticaron las barbaries cometidas en nombre de la religión, y enfrentaron y denunciaron la participación de la jerarquía eclesiástica en defensa de sociedades basadas en el abuso de poder. El siglo pasado, se forjó una corriente disidente que dio pie al auge de la Teología de la Liberación –movimiento crítico de la Iglesia popular latinoamericana–, que promueve la lectura crítica y liberadora de la vida de Jesús y aboga por el compromiso con los pobres y con los valores de solidaridad. Desde la década de 1970, organizaciones vinculadas con la Iglesia de base han promovido la defensa de los derechos Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 59 humanos de sectores desposeídos y explotados, y han de- nunciando las atrocidades de los regímenes dictatoriales y la exclusión y represión de las democracias autoritarias. Al- gunas de las organizaciones pioneras de derechos humanos del continente fueron fundadas por sectores católicos pro- gresistas –como los Servicios de Justicia Y Paz a lo largo y ancho del continente, y las Vicarías de derechos humanos en muchos casos. Figuras prominentes como el monseñor Oscar Arnulfo Romero, asesinado por paramilitares asociados al gobierno de ultraderecha salvadoreña en 1981, tienen su contraparte en miles de mujeres y hombres de la Iglesia de base, que realizan un trabajo anónimo de apoyo a las causas de los sectores humildes y las víctimas de derechos humanos. Las alternativas socialistas Entre las décadas de 1960 y los 1980 se multiplicaron en el continente las iniciativas insurgentes en nombre del socialismo. La Revolución cubana, que en 1959 tomó el poder por las armas, inspiró numerosos movimientos insurgentes, orientados por un proyecto de promover la justicia social a través de la aplicación de un programa socialista. En diversos países, alternativas electorales con perspectiva socialista derivaron en la conformación de gobiernos progresistas. Casos emblemáticos son el gobierno de Jacobo Arbenz en Guatemala (1951-54), el de Juan Bosch en República Dominicana (1962) y el de Salvador Allende en Chile (1970-73), derrocados por medio de golpes militares que contaron con el apoyo de EEUU y que dieron lugar a dictaduras represivas. Una excepción a la regla es el modelo ensayado en Cuba luego de la Revolución de 1959. La constitución de un régimen socialista desafió los intereses de los sectores de poder nacional e internacional, así como las convenciones del Estado de Derecho liberal. La soberanía cubana y la 60 Derechos humanos continuidad de la apuesta han sido agresivamente desafiadas desde el exterior, a partir de argumentos que pretenden invalidar el ensayo de justicia social promovido por el gobierno cubano y las mayorías populares articuladas en el sistema constitucional. Pedro Casaldaliga (enero, 1979): Todos nosotros somos latinoamericanos. América Latina es nuestra Patria Grande. Debemos sentir como nuestros todos los problemas, luchas y victorias del pueblo de América Latina que es nuestro pueblo… Los derechos del pueblo no son respetados. La mayor parte de la tierra y del dinero de América Latina está en las manos de las grandes compañías nacionales y extranjeras. América Latina es un continente lleno de desnutridos, de analfabetos, de menores abandonados, de labradores sin tierra y de obreros sin trabajo seguro y con salario de miseria. Pero América Latina es también el continente de la esperanza, su pueblo está despertando y se libertará. Retos contemporáneos Una herencia colonial y neocolonial de dependencia, una cultura democrática autoritaria y las cifras más elevadas de desigualdad social evidencian los retos fabulosos que enfrentan los pueblos de América Latina en la senda de la construcción de sistemas políticos verdaderamente democráticos y participativos hacia el logro de sociedades de derechos humanos. De ahí el valor y oportunidad de los ensayos de transformar los órdenes cons- titucionales actualmente en curso en el hemisferio, orientados a superar las limitaciones de los regímenes de la democracia representativa, promoviendo mecanismos y condiciones de par- ticipación para favorecer la transformación participativa de la sociedad y sus profundas inequidades en base a agendas de profundo contenido social. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 61 Alessandro Baratta: El desarrollo del pacto social moderno en la constitución formal y material de los países de América Latina y Europa, está marcado por las luchas de los excluidos y de aquellos que han tomado partido por ellos, para la integración de éstos en la ciudadanía y en la democracia. La historia y el futuro de la democracia tiene su norte en el pasaje de la exclusión a la inclusión, en la transformación del poder de un movimiento que va de arriba hacia abajo en un movimiento que va de abajo hacia arriba, es decir, en la extensión de la base social del ejercicio y de la legitimación de las decisiones tomadas en nombre colectivo. Nuevos paradigmas constitucionales en construcción Desde finales del siglo XX los pueblos de un número importante de países de la región han venido manifestando su preferencia electoral por propuestas de gobierno progresistas, signadas por la defensa de la justicia social y de la soberanía nacional sobre los procesos políticos y las políticas económicas. En ese contexto, se han producido procesos constituyentes democráticos y participativos en tres países andinos que han incluido la consulta electoral universal para la aprobación y entrada en vigencia de sus respectivas nuevas Constituciones: Venezuela (1999), Ecuador (2008) y Bolivia (2009). Si bien cada una de las cartas tiene una naturaleza claramente diferenciada, la confluencia de factores comunes ha dado lugar a la emergencia de un nuevo paradigma constitucional en el continente: Las tres conjugan de forma amplia y diversa las virtudes de las doctrinas liberales y las doctrinas sociales en relación con el ordenamiento estatal y el régimen de derechos humanos. Contienen cartas de derechos sociales, económicos, cultu- rales, civiles y políticos de avanzada, con amplias garantías y mecanismos de control y responsabilidad. 62 Derechos humanos Comparten la profundización de los derechos de igualdad efectiva de la mujer, incluyendo la redacción de sus textos respectivos con perspectiva de género. Proponen trascender las limitaciones de la democracia re- presentativa mediante el desarrollo de mecanismos orien- tados a la construcción de una democracia participativa y corresponsable. Favorecen modelos de desarrollo basados en la economía social y centrados en el papel regulador del Estado y el fortalecimiento de las formas de economía social. Contienen una clara orientación de defensa de la soberanía y de promoción de la integración latinoamericana como modelo alternativo de cooperación. Reconocen ampliamente los derechos constitucionales de los pueblos indígenas por primera vez en su historia. Contienen garantías para promover modelos de desarrollo sustentable y de protección del ambiente. La República Bolivariana de Venezuela se constituye en Estado de Derecho y de Justicia democrático y social, adoptando así un paradigma que busca trascender la formalidad del Estado de Derecho clásico –entendido como “imperio de la ley”– y la justicia formal, para supeditar la interpretación y aplicación de la ley, adecuándola a los principios de la justicia social. Bolivia se constituye en Estado plurinacional, y vertebra su nueva forma de organización en torno a las culturas organizativas y a la autonomía y territorios de los pueblos indígenas mayoritarios. Ecuador también reconoce la autonomía indígena y propugna el buen vivir quechua como paradigma de interpretación de las aspiraciones comunes de la nación. Los tres ensayos de construcción de sistemas nacionales bajo estos nuevos paradigmas de democracia social participativa han Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 63 sido contestados con la activación de dinámicas de confrontación de intensidad variable, protagonizadas preferentemente por sectores de poder tradicional y que han contado con el apoyo de factores externos a sus respectivas fronteras. En los tres casos, la confirmación en las urnas de la voluntad de las mayorías de continuar con el ensayo de transformar los respectivos órdenes jurídicos, políticos y sociales, contribuye a fortalecer la visión de que se ha abierto una etapa nueva en las luchas colectivas por los derechos humanos de los pue- blos latinoamericanos. Si bien la voluntad de los pueblos pue- de variar en el futuro, el momento es propicio para fortale- cer las condiciones para la construcción de una cultura crítica de derechos humanos, capaz de contribuir a la participación activa y vigilante en la defensa de las conquistas y en el des- pliegue de la actividad orientada a profundizarlas en la realidad. Juan Vives Suriá: El pueblo votó por el cambio y se inició un proceso de transformación pacífica con la participación protagónica del pueblo. En pleno ejercicio democrático, se ha dado una Constitución y Leyes humanistas para la construcción del nuevo proyecto político. Es un camino inédito, de mucha participación popular, no excluyente, ni colectivista ni neoliberal que, con aciertos y errores, procura la justicia social, el respeto a los derechos humanos, a las culturas, a la tierra... Centra su atención en los más débiles en un mundo multipolar, solidario, inspirado en el pensamiento integracionista de Bolívar y la visión humanista y cristiana del pueblo venezolano. 64 Derechos humanos Hacia una visión crítica de los derechos humanos 5 L uego de la revisión sintética de la historia del desarrollo de los derechos humanos como principio orientador de nuestras sociedades, del Estado de derecho moderno como mecanismo formalmente orientado a garantizarlos y del reconocimiento internacional de los mismos, se proponen algunos elementos para la construcción de una visión crítica que permita fortalecer su poder emancipador en el marco de las luchas sociales por una vida digna. Franz J. Hinkelammert: La constatación de la frustración del proyecto de la iluminación del siglo XVIII no implica necesariamente la renuncia a la emancipación humana. Pero hace ver la necesidad de un replanteo a fondo... Necesitamos una respuesta que, sin embargo, no será posible sino desde los derechos humanos mismos. Boaventura de Souza Santos: No hay derechos humanos, si no podemos discutir sus conceptos básicos. Ello implica discutirlos de manera a que el Sur pueda participar del diseño y de la conceptualización. Necesitamos de una perspectiva a partir del Sur, para complementar y articularse con la perspectiva del Norte, que ha dominado hasta ahora. Helio Gallardo: Si se recuerda que estos movimientos populares, como el campesino, el obrero, el de mujeres o el ciudadano, se constituyen… “desde abajo y adentro”, resulta pertinente imaginar políticamente y construir un movimiento popular de derechos humanos. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 67 Los derechos humanos son productos sociohistóricos Los derechos humanos son productos sociohistóricos fraguados a partir de las distintas luchas populares emprendidas a favor de condiciones de vida digna. Su formación surge de la toma de conciencia en cada momento histórico de los valores sociales fundamentales y de las condiciones que los niegan, además de la necesidad de organizarse para luchar por su concreción en la realidad. Se corresponden, por tanto, con la búsqueda de cada pueblo para conquistar un orden social libre de las fuentes de opresión, orientado a lograr la satisfacción de sus necesidades principales como grupo humano. De ahí que no se pueden afirmar como naturales, ni eternos, ni absolutos, ni derivados de ciertas realidades metafísicas o separados de los vaivenes de la historia, sino que son la esencia de los procesos sociales que expresan e intentan concretar lo que la conciencia ética de los pueblos reconoce como necesario para vivir con dignidad. Una visión de los derechos humanos como proyecto a ser con- cretado en la práctica política y cultural de los pueblos, reivindi- ca el carácter fundamental que las luchas sociales tienen en su construcción, así como destaca la influencia de las condiciones históricas en que surgen y se desarrollan. Reconocer el carácter utópico de los derechos humanos previene de las falsas seguri- dades derivadas de las concepciones que los asumen como algo dado, al margen de la realidad cotidiana de la gente. Joaquín Herrera Flores: Los derechos humanos no son categorías normativas que existen en un mundo ideal que espera ser puesto en práctica por la acción social. Los derechos se van creando y recreando a medida que vamos actuando en el proceso de construcción social de la realidad. 68 Derechos humanos Angelo Papacchini: Las reivindicaciones de derechos se legitiman a partir de su articulación con el horizonte cultural de una época y con el ethos [forma de ser] propio de naciones y pueblos, en los que se materializan y especifican las aspiraciones y demandas del ser humano en general. Ernesto Buylgin: La fundamentación de los derechos humanos en el derecho natural o en una moral absoluta no sólo es teóricamente poco convincente, sino políticamente sospechosa, pues una funda- mentación de este tipo tiende a crear una falsa sensación de segu- ridad: si los derechos humanos tienen una base tan firme, no hace falta preocuparse mayormente por su suerte, ya que ellos no pueden ser aniquilados por el hombre. La condición humana Los derechos humanos tienen como fundamento las necesidades de la persona humana y de los colectivos sociales en los que se asocia históricamente, a sus aspiraciones individuales y colectivas de vivir en dignidad. Esto significa que no derivan de una obra de origen divino o de la razón, ni tampoco del reconocimiento de un Estado o del derecho internacional, sino que están vinculados con la existencia física y social, con las condiciones concretas que requieren las personas, colectivos humanos y pueblos en su vida cotidiana para vivir adecuadamente. Por lo tanto, se vinculan con la realidad de los contextos en los que habitan y con la protección de su autonomía, libertad y bienestar. Angelo Papacchini: En el caso de los derechos humanos los reclamos y reivindicaciones apuntan hacia bienes considerados de vital importancia para individuos y grupos, más que hacia bienes contingentes y suntuarios, es decir a aquella clase de bienes a los que no estarían dispuestos a renunciar, puesto que esa renuncia significaría lo mismo que un abandono de su condición de humanos. Derechos humanos. Historia y conceptos básicos 69 Los derechos humanos son una construcción cultural Aunque no se expresen en derechos, distintas

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