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Bachillerato de Veracruz

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accounting history of accounting financial records business management

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Bachillerato de Veracruz La contabilidad se inicio con el pueblo fenicio por los años 2300 a. C., estaba relacionado con el comercio. Los egipcios llevaban las cuentas de los faraones registrando tierras y bienes conquistados, así como los gastos e ingresos del soberano ordenadamente. Los griegos e...

Bachillerato de Veracruz La contabilidad se inicio con el pueblo fenicio por los años 2300 a. C., estaba relacionado con el comercio. Los egipcios llevaban las cuentas de los faraones registrando tierras y bienes conquistados, así como los gastos e ingresos del soberano ordenadamente. Los griegos ejercían la administración y el control de servicios públicos. Con los incas alrededor del siglo XIII surgió el trueque. Finalmente los romanos llevaban dos libros: el “Adversia”, y el “Codex Tabulae”. El hombre desde la antigüedad ha necesitado registrar cada aspecto mental o documentalmente debido a su frágil memoria y gracias a la invención de la escritura y los números, así como la aceptación general de una unidad de valor, el papel y la tinta. Todo lo anterior permitió el nacimiento de la Contabilidad. https://youtu.be/0qMcX5ETnac https://youtu.be/ifRHD7qNT2E https://youtu.be/E2rUUHgT_XQ INVENTO/HERRAMIENTA ¿CÓMO CONTRIBUYÓ EN LA CONTABILIDAD? Tablilla de barro Hacían dibujos o símbolos que representaban cantidades. Adversia Borrador de los registros. Codex Tabulae Registro “en limpio” de los ingresos y egresos con un orden establecido. Solidus Moneda que permitió el intercambio y la registración contable. Bennedetto Creación del “Cuaderno” (mayor), “Giornale” (diario), y “Memoriale” (borrador). Partida Doble Luca Paccioli determina que ha todo gasto corresponde un abono. Dispositivo utilizado para realizar cálculos aritméticos con mayor velocidad, Calculadora precisión y sin margen de error. Creación y uso de paquetería contable digital. Además de procesos manuales de Computadora escritura, codificación, y captura. https://www.youtube.com/watch?v=E2rUUHgT_XQ https://www.youtube.com/watch?v=6rCvQRYccWA https://www.youtube.com/watch?v=Z9X4tofq-90 Contabilidad: Es una técnica que se utiliza para producir sistemáticamente y estructuralmente información cuantitativa expresada en unidades monetarias delas transacciones que realiza una entidad económica y de ciertos eventos económicos identificables y cuantificables que la afectan. Definición de IMCP (Instituto Mexicano de Contadores Públicos) Tarea: Investiga minimo 3 definiciones de Contabilidad adicionales a la del IMCP, analízalas detalladamente, identifica sus elementos y prepara una matriz para marcar qué elementos concurren en cada una de las definiciones investigadas. Auxiliar. Técnica. Estructurada. Disciplina. Periódica. Arte. Secuencial. Cuantitativa. Resultados contables. Metódica. Registra. Sistemática. Para emitir información financiera base para la Cronológica. toma de decisiones. Analítica. Transacciones Transformaciones Otros eventos identificables y cuantificables Unidad Monetaria INTERNOS Son aquellas personas físicas y morales que laboran dentro de una empresa, las cuales deben o les importa conocer la situación de la entidad económica, para determinar su permanencia en el mercado. Socios/Propietarios. Situación de la empresa. Trabajadores. Estabilidad laboral, aguinaldo y prima vacacional. Dirección/Administración/Gerencia. Resultados. EXTERNOS Son aquellas personas físicas o morales que, sin pertenecer a la entidad económica, les interesa conocer el futuro económico de la empresa, para ver si es conveniente invertir en ella. Clientes. Capacidad de respuesta. Bancos. Servicios bancarios/Sujeto de crédito. Competidores. Comparación. Accionistas sin toma de decisiones. Ganancias/Resultado a su inversión. Acreedores/Proveedores. Certidumbre para el cobro. Autoridades. Obligación de cualquier empresa. SAT, IMSS, INFONAVIT, FONACOT. Según la actividad económica. SCT, Aduanas, API, SEGARPA, COFEPRIS. 1. Financiera. Emisión de información financiera. 2. Fiscal. Tributario/Fiscos (pagos), calcula y declara impuestos y atiende requerimientos de autoridades. 3. Costos. Calcula el costo de absolutamente todo; artículos, empleados, hora/día de la planta. 4. Administrativa. Maneja el negocio, y tarifas. Incluye areas de Ventas, compras, cuentas por pagar, tesoreria y administración de recursos humanos. 5. Gubernamental. Especial para empresas del Estado, administra y reparte los recursos que le da el Estado. 6. Auditoria. Revisan el cumplimiento de los manuales de organización. 6.a) INTERNA Administrativa Operativa 6.b) EXTERNA Financiera. Balanza Cumplen “Razonablemente” EF básicos Opinión los Principios y Revisa la contabilidad Pólizas/Soporte No Cumplen Normas contables. Balanza Cumplimiento Fiscal. Contribuciones: Pólizas satisfactorio Revisión de la ISR, IVA, IEPS, Impuestos Pagos determinación del pago IMSS, ISN , Declaraciones Informe de INFONAVIT. Avisos diferencia Opinión Cobro de contribuciones omitidas Existen distintos disposiciones que establecen que es obligatorio contar con Contabilidad tales como: Código de Comercio. Ley de Sociedades Mercantiles Código Fiscal de la Federación. Reglamento del Código Fiscal. Normas de Información Financiera La contabilidad en el Código de Comercio De acuerdo al Código de Comercio, tanto las personas físicas como las personas morales pueden ejercer actos de comercio siempre que se apeguen a las leyes mercantiles, o en su caso, al Código Civil; y siendo comerciantes, en el artículo 16 del mismo código se establece la obligación de mantener un sistema de Contabilidad. Y derivado de la obligación anterior, en el artículo 33 dice que: El comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado. Este sistema podrá llevarse mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor se acomoden a las características particulares del negocio, pero en todo caso deberá satisfacer los siguientes requisitos mínimos: Permitirá identificar las operaciones individuales y sus características, así como conectar dichas operaciones individuales con los documentos comprobatorios originales de las mismas. Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las acumulaciones que den como resultado las cifras finales de las cuentas y viceversa Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la información financiera del negocio Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios para impedir la omisión del registro de operaciones, para asegurar la corrección del registro contable y para asegurar la corrección de las cifras resultantes La contabilidad en la Ley de Sociedades Mercantiles Ahora bien, para el caso de las personas morales, las cuales se rigen en la LGSM también se hace hincapié a la información que habrá de generarse derivada de los registros contables, misma que debe presentarse cumpliendo con al menos, con lo siguiente Informe sobre la marcha de la sociedad en el ejercicio Informe y explicación sobre las políticas y criterios contables seguidos en la preparación de la información financiera Estado que muestre la situación financiera de la sociedad al cierre del ejercicio. Estado que muestre, debidamente explicados y clasificados, los resultados de la sociedad durante el ejercicio Estado que muestre los cambios en la situación financiera durante el ejercicio. Estado que muestre los cambios en las partidas que integran el patrimonio social Notas que sean necesarias para completar o aclarar la información que suministren los estados anteriores Para el caso del ámbito fiscal, la obligación de llevar registros contables se encuentra en el Código Fiscal de la Federación en el artículo 28, pero con más exactitud, la obligación de generar los estados financieros, se encuentra en el reglamento de este Código: Artículo 33.- Para los efectos del artículo 28, fracciones I y II del Código, se estará a lo siguiente: … VI. Formular los estados de posición financiera, de resultados, de variaciones en el capital contable, de origen y aplicación de recursos, así como las balanzas de comprobación, incluyendo las cuentas de orden y las notas a dichos estados; II. Los registros o asientos contables a que se refiere la fracción anterior deberán cumplir con los requisitos que establezca el Reglamento de este Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria. III. Los registros o asientos que integran la contabilidad se llevarán en medios electrónicos conforme lo establezcan el Reglamento de este Código y las disposiciones de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria. La documentación comprobatoria de dichos registros o asientos deberá estar disponible en el domicilio fiscal del contribuyente. IV. Ingresarán de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, de conformidad con reglas de carácter general que se emitan para tal efecto. Código fiscal de la Federación Artículo 28. Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, estarán a lo siguiente: I. Para efectos fiscales, la contabilidad se integra por: A. Los libros, sistemas y registros contables, papeles de trabajo, estados de cuenta, cuentas especiales, libros y registros sociales, control de inventarios y método de valuación, discos y cintas o cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos, los equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal y sus respectivos registros, además de la documentación comprobatoria de los asientos respectivos, así como toda la documentación e información relacionada con el cumplimiento de las disposiciones fiscales, la que acredite sus ingresos y deducciones, y la que obliguen otras leyes; en el Reglamento de este Código se establecerá la documentación e información con la que se deberá dar cumplimiento a esta fracción, y los elementos adicionales que integran la contabilidad. B. Tratándose de personas que fabriquen, produzcan, procesen, transporten, almacenen, incluyendo almacenamiento para usos propios, distribuyan o enajenen cualquier tipo de hidrocarburo o petrolífero, además de lo señalado en el apartado anterior, deberán contar con los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos, así como con dictámenes emitidos por un laboratorio de prueba o ensayo, que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate, y el octanaje en el caso de gasolina. Se entiende por controles volumétricos de los productos a que se refiere este párrafo, los registros de volumen, objeto de sus operaciones, incluyendo sus existencias, mismos que formarán parte de la contabilidad del contribuyente. Los equipos y programas informáticos para llevar los controles volumétricos serán aquéllos que autorice para tal efecto el Servicio de Administración Tributaria, los cuales deberán mantenerse en operación en todo momento. Los contribuyentes a que se refiere este apartado están obligados a asegurarse de que los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos operen correctamente en todo momento. Para tal efecto, deberán adquirir dichos equipos y programas, obtener los certificados que acrediten su correcta operación y funcionamiento, así como obtener los dictámenes de laboratorio señalados en el primer párrafo de este apartado, con las personas que para tales efectos autorice el Servicio de Administración Tributaria. Los proveedores de equipos y programas para llevar controles volumétricos o para la prestación de los servicios de verificación de la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas informáticos, así como los laboratorios de prueba o ensayo para prestar los servicios de emisión de dictámenes de las mercancías especificadas en el primer párrafo de este apartado, deberán contar con la autorización del Servicio de Administración Tributaria, de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto éste emita. El Servicio de Administración Tributaria revocará las autorizaciones a que se refieren los párrafos anteriores, cuando en los supuestos previstos en las reglas señaladas en el párrafo anterior, se incumpla con alguna de las obligaciones establecidas en la autorización respectiva o en este Código. Las características técnicas de los controles volumétricos y los dictámenes de laboratorio a que se refiere este apartado, deberán emitirse de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria, tomando en consideración las Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con hidrocarburos y petrolíferos expedidas por la Comisión Reguladora de Energía. Con base al artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, se hacen saber los requisitos para llevar a cabo un buen registro contable ante la ley, los cuales generalmente son: Sistemas y registros contables. Libros de registro y registro social. Control de inventario. Papel de trabajo. Estado de cuenta. Cuentas especiales. Métodos de evaluación. Métodos procesales de almacenamiento de datos. Equipos y sistemas electrónicos de registro fiscal y sus registros. Equipo volumétrico (registro/venta/adquisición). PARA COMBUSTIBLE Registros y asientos contables. Ingresar de manera periódica la información contable. Documentación e información relacionada con el cumplimiento de sus disposiciones, acreditaciones de ingresos y deducciones, así como lo que obliguen otras leyes. Algunos otros son de manera específica, tales como: Asiento y catalogo de cuentas. Avisos y solicitudes de inscripción. Las declaraciones anuales, informativas y pagos provisionales. Estados de cuenta bancarios y conciliaciones. Acciones y partes sociales. Expediente de los contratos de empleados. Importaciones y exportaciones. Soporte de cada asiento (comprobantes). Declaraciones distintas al las anuales e informativas. IDENTIFICAN Y DELIMITAN AL ENTE ENTIDAD. La entidad económica es aquélla unidad identificable que realiza actividades económicas, constituida por combinaciones de recursos humanos, materiales y financieros, conducidos y administrados por un único centro de control que toma decisiones. Encaminadas al cumplimiento de los fines específicos para los que fue creada, la personalidad de la entidad económica es independiente de la de sus accionistas, propietarios o patrocinadores. REALIZACIÓN CONTABLE/ DEVENGACIÓN CONTABLE. Los efectos derivados de las transacciones que lleva a cabo la entidad económica con otras entidades, de las transformaciones internas y de otros eventos, que la han afectado económicamente, deben reconocerse contablemente en su totalidad, en el momento en el que ocurren. PERIODO CONTABLE. La necesidad de conocer los resultados de operación y la situación financiera de la entidad, que tiene una existencia continua, obliga a dividir su vida en períodos convencionales. Las operaciones y eventos así como sus efectos derivados, susceptibles de ser cuantificados, se identifican con el período en que ocurren, por tanto cualquier información contable debe indicar claramente el período a que se refiere. En términos generales, los costos y gastos deben identificarse con el ingreso que originaron, independientemente de la fecha en que se paguen. INGRESOS. Toda operación realizada, desde que sabemos que se presta el servicio o entrega el bien. GASTOS. Todo lo que se eroga o gasta desde que se sospecha a realizar. DAN LAS BASES PARA EL REGISTRO NEGOCIO EN MARCHA. La entidad económica se presume en existencia permanente, dentro de un horizonte de tiempo ilimitado, salvo prueba en contrario, por lo que las cifras en el sistema de información contable, representan valores sistemáticamente obtenidos. VALOR HISTÓRICO. : Las transacciones y eventos económicos que la contabilidad cuantifica se registran según las cantidades de efectivo que se afecten o su equivalente o la estimación razonable que de ellos se haga al momento en que se consideren realizados contablemente. Estas cifras deberán ser modificadas en el caso de que ocurran eventos posteriores que les hagan perder su significado, aplicando métodos de ajuste en forma sistemática que preserven la imparcialidad y objetividad de la información contable. Si se ajustan las cifras por cambios en el nivel general de precios y se aplican a todos los conceptos susceptibles de ser modificados que integran los estados financieros, se considerará que no ha habido violación de este principio, sin embargo, esta situación debe quedar debidamente aclarada en la información que se produzca. DUALIDAD ECONÓMICA. Se constituye de : Los recursos de los que dispone la entidad para realización de sus fines y, las fuentes de dichos recursos, que a su vez, son la especificación de los derechos que sobre los mismos existen, considerados en sus conjuntos. PROPORCIONAN BASES PARA LA PREPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA IMPORTANCIA RELATIVA Y REVELACIÓN SUFICIENTE. La información que aparece en los estados financieros debe mostrar los aspectos importantes de la entidad susceptibles de ser cuantificados en términos monetarios. Tanto para efectos de los datos que entran al sistema de información contable como para la información resultante de su operación, se debe equilibrar el detalle y multiplicidad de los datos con los requisitos de utilidad y finalidad de la información CONSISTENCIA / COMPARABILIDAD Los usos de la información contable requieren que se sigan procedimientos de cuantificación que permanezcan en el tiempo. Comparar los resultados (anteriores y actuales) para ver la variación existente. DAN LAS BASES PARA EL REGISTRO NEGOCIO EN MARCHA. La entidad económica se presume en existencia permanente, dentro de un horizonte de tiempo ilimitado, salvo prueba en contrario, por lo que las cifras en el sistema de información contable, representan valores sistemáticamente obtenidos. VALOR HISTÓRICO. : Las transacciones y eventos económicos que la contabilidad cuantifica se registran según las cantidades de efectivo que se afecten o su equivalente o la estimación razonable que de ellos se haga al momento en que se consideren realizados contablemente. Estas cifras deberán ser modificadas en el caso de que ocurran eventos posteriores que les hagan perder su significado, aplicando métodos de ajuste en forma sistemática que preserven la imparcialidad y objetividad de la información contable. Si se ajustan las cifras por cambios en el nivel general de precios y se aplican a todos los conceptos susceptibles de ser modificados que integran los estados financieros, se considerará que no ha habido violación de este principio, sin embargo, esta situación debe quedar debidamente aclarada en la información que se produzca. DUALIDAD ECONÓMICA. Se constituye de : Los recursos de los que dispone la entidad para realización de sus fines y, las fuentes de dichos recursos, que a su vez, son la especificación de los derechos que sobre los mismos existen, considerados en sus conjuntos. PROPORCIONAN BASES PARA LA PREPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA IMPORTANCIA RELATIVA Y REVELACIÓN SUFICIENTE. La información que aparece en los estados financieros debe mostrar los aspectos importantes de la entidad susceptibles de ser cuantificados en términos monetarios. Tanto para efectos de los datos que entran al sistema de información contable como para la información resultante de su operación, se debe equilibrar el detalle y multiplicidad de los datos con los requisitos de utilidad y finalidad de la información CONSISTENCIA / COMPARABILIDAD Los usos de la información contable requieren que se sigan procedimientos de cuantificación que permanezcan en el tiempo. Comparar los resultados (anteriores y actuales) para ver la variación existente. NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIF) Durante más de 30 años, la Comisión de Principios de Contabilidad (CPC) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos A. C. (IMCP) fue la encargada de emitir la normatividad contable en nuestro país, en boletines y circulares de Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. En este conjunto de boletines se establecieron los fundamentos de la contabilidad financiera en los que se basó no sólo el desarrollo de normas particulares, sino también la respuesta a controversias o problemáticas derivadas de la emisión de estados financieros de las entidades económicas. Indiscutiblemente, la CPC desempeñó esta función con un alto grado de dedicación, responsabilidad y profesionalismo. A partir del 1º de junio de 2004, es el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera, A. C. (CINIF) el organismo independiente que, en congruencia con la tendencia mundial, asume la función y la responsabilidad de la emisión de la normatividad contable en México. El CINIF es un organismo independiente en su patrimonio y operación, constituido en el año 2002 por entidades líderes de los sectores público y privado, con objeto de desarrollar las “Normas de Información Financiera” (NIF) con un alto grado de transparencia, objetividad y confiabilidad, que sean de utilidad tanto para emisores como para usuarios de la información financiera. El CINIF es el encargado directo de desarrollar dicha normatividad; para lograrlo, lleva a cabo procesos de investigación y auscultación entre la comunidad financiera y de negocios, y otros sectores interesados, dando como resultado, la emisión de documentos llamados “Normas de Información Financiera (NIF)” o, en su caso, “Interpretaciones a las Normas de Información Financiera (INIF)” y “Orientaciones a las Normas de Información Financiera (ONIF)”, siendo las dos últimas, aclaraciones y guías de implementación de las NIF. La filosofía de las NIF es lograr, por una parte, la armonización de las normas locales utilizadas por los diversos sectores de nuestra economía; y, por otro lado, converger en el mayor grado posible, con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad. Cuando se haga referencia genérica a las NIF, deberá entenderse que éstas comprenden tanto a las normas emitidas por el CINIF como a los boletines emitidos por la CPC que le fueron transferidos al CINIF el 31 de mayo de 2004. Sin embargo, cuando se haga referencia específica a alguno de los documentos que integran las NIF, éstos se llamarán por su nombre original, esto es, Norma de Información Financiera o Boletín, según sea el caso. Derivado de lo anterior, la estructura de las NIF es la siguiente: a) las NIF y las INIF emitidas por el CINIF; b) los Boletines emitidos por la CPC, que no hayan sido modificados, sustituidos o derogados por las nuevas NIF; y c) las NIIF aplicables de manera supletoria. Las NIF han sido clasificadas en: Para facilitar el estudio y aplicación de las diferentes NIF, éstas se clasifican en las siguientes series: Serie NIF A Marco Conceptual. Serie NIF B Normas aplicables a los estados financieros en su conjunto. Serie NIF C Normas aplicables a conceptos específicos de los estados financieros. Serie NIF D Normas aplicables a problemas de determinación de resultados. Serie NIF E Normas aplicables a las actividades especializadas de distintos sectores ¿QUÉ ES UNA CUENTA? CUENTA Registro debajo del cual se anotan transacciones, transformaciones y/o eventos relativos a una misma naturaleza. Es el nombre genérico que agrupa valores o bienes de características similares. Elemento básico de toda Contabilidad. Precisamos de un grupo de cuentas para registrar adecuadamente las transacciones. PARTES DE LA CUENTA: Cada cuenta se puede representar con una T (Esquema de Mayor). La parte izquierda de la T es DEBE o DÉBITO. La parte derecha de la T es HABER o CRÉDITO. En la parte superior de la T va el nombre de la respectiva cuenta. NOMBRE DE LA CUENTA DÉBITOS CRÉDITOS (Debe, Cargos) (Haber, Abonos) Activos Pasivos Gastos Patrimonio Costos Ingresos MOVIMIENTO DEUDOR MOVIMIENTO ACREEDOR (MD) (MA) SALDO DÉBITOS SALDO CRÉDITOS A. DE BALANCE Activo. Bienes o derechos que posee o que tiene derecho a poseer. Pasivo. Obligaciones o compromisos con terceros. Capital. Obligaciones o compromisos con socios. ACTIVO Circulante. Efectivo o convertible en efectivo en menos de un año. Ejemplo: Documentos por cobrar, Mercancía. Fijo. Convertibilidad en efectivo mayor a un año. Ejemplo: Bienes adquiridos para el uso de la entidad para el logro de sus objetivos, tiene un propósito a largo plazo. Diferido. Distinto al circulante y al fijo, son bienes con un propósito distinto al de ser utilizados para las actividades de la entidad. Ejemplo: Papelería y útiles, Propaganda y publicidad PASIVO A corto plazo. Deudas y obligaciones a cargo de la entidad con vencimiento menor a un año. Ejemplo: Proveedores, Documentos por pagar. A largo plazo. Deudas y obligaciones a cargo de la entidad con vencimiento mayor a un año. Ejemplo: Documentos por pagar. CAPITAL Capital social. Aportaciones Utilidades retenidas/Pérdida sin aplicaciones. Utilidad/Pérdida del ejercicio B. DE RESULTADOS Ingresos. Recursos generados por la actividad de la entidad Ejemplo: Venta, Devoluciones y rebajas sobre ventas; los Otros ingresos. Costos. Erogaciones que se llevan a cabo para que la entidad genere el objeto de su actividad. Sin costos jamás habrá ingresos. Ejemplo: Compra, Gastos de compra, Costo de ventas. Gastos. Erogaciones que auxilian al logro de objetivos. No son indispensables. Ejemplo: Papelería, Salarios, Energía eléctrica, Limpieza, Reparto, Publicidad. C. DE ORDEN Sirven para registrar las cuentas de anotación complementaria. Valores ajenos. Depósitos en prenda. Mercancías en consignación. Registros que se pueden convertir en derechos o en obligaciones Se registran en pares, una cuenta deudora y otra acreedora, con el mismo nombre D. COMPLEMENTARIAS Completa el saldo de otra cuenta. Son del mismo tipo de la cuenta a la que complementan y pueden ser de la misma naturaleza o contraria. Reservas de cuentas incobrables. Depreciación acumulada y las amortizaciones acumuladas QUE DEBEMOS ENTENDER POR NATURALEZA Las cuentas son de naturaleza deudora o acreedora. Las cuentas de naturaleza deudora representan a un activo o a un gasto. Las cuentas de naturaleza acreedora representan a un pasivo o un ingreso. EJEMPLO: Cuenta: Caja. Pertenece a: Activo circulante. Naturaleza: Deudora. Recibe valores en el: Debe. Entrega valores en el: Haber. Prevalece un valor mayor en el: Debe. SALDOS Al final de un período contable las cuentas producen un saldo que determina si una cuenta es deudora o acreedora. El saldo es la diferencia entre la suma de los valores del DEBE y la suma de los valores del HABER. Suma de los valores DEBE>Suma de los valores HABER=Saldo Deudor. Suma de los valores DEBE

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