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DCM SESIÓN 1 - DERECHO INTRODUCCIÓN.pdf

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FACULTAD DE DERECHO PROGRAMA ACADÉMICO DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS, CONTABILIDAD Y AUDITORÍA DERECHO CIVIL Y MERCANTIL Tema Introducción – El Derecho DOCENTE: MGTR. FRANCISCO EDUARDO VITE TALLEDO. INICIO Logro de la ses...

FACULTAD DE DERECHO PROGRAMA ACADÉMICO DE ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS, CONTABILIDAD Y AUDITORÍA DERECHO CIVIL Y MERCANTIL Tema Introducción – El Derecho DOCENTE: MGTR. FRANCISCO EDUARDO VITE TALLEDO. INICIO Logro de la sesión: Al término de la sesión, los alumnos reconocen los aspectos primordiales que comprende el Derecho y conocen su origen y principales caracteres. UTILIDAD El estudio del Derecho es importante para que el estudiante aplique los principios básicos del Derecho y las instituciones jurídicas del sistema legal peruano utilizando las herramientas que le permitan interpretar la norma jurídica. Contenido 1.-El ser humano 2.-Sociedad 3.-Normas de Conducta Humana 4.-Evolución del Derecho 5.-Etimología del Derecho 6.-Concepto de Derecho 7.-Caracteres del Derecho 8.-Teoria tridimensional del Derecho 9.- Derecho objetivo y subjetivo 10.- Preguntas y conclusiones 1.- Ser Humano Es el animal racional. El ser humano que comprende dentro de este concepto genérico, a hombres y mujeres, todos llamados Homo Sapiens (hombre que piensa). Es su capacidad de razonar o pensar, que lo ha conducido a modificar la naturaleza en su propio beneficio, a tal punto, que ha provocado su contaminación y deterioro ambiental, lo que en definitiva conlleva a su propia destrucción. Legalmente, es todo aquel que presente rasgos propios de un hombre o de una mujer; de una persona, que es quien es afectado por las normas jurídicas. 2.-Sociedad ❖ El concepto amplio de sociedad, en contraposición al concepto tradicional, entiende que esa puesta en común de bienes. ❖ Es un conjunto de personas organizadas políticamente que coexisten bajo normas comunes emitidas por una autoridad competente. ❖ Es la estructura creada entre dos o más personas, puede ser con fines de lucro y sin fines de lucro. 3.-Normas de conducta ✓ Son reglas que conducen el comportamiento de los hombres para que puedan aprender a vivir pacíficamente en sociedad. ✓ Estas se encargan de crear y desarrollar todo el tiempo, diversos tipos de relaciones para con los otros. ✓ Son necesarias para convivir pacificamente entre grupos de personas. Yo conozco mis derechos y deberes 4.-Origen del Derecho – Una visión rápida. 4.1.-Etapa Primitiva Un primer período viene constituido por el conocimiento de los derechos primitivos, es decir, anteriores a la romanización jurídica, sobre los cuales no es posible sentar conclusiones ni numerosas ni definitivas. El origen del Derecho se basa en la necesidad impuesta por la condición social del ser humano. La palabra Derecho se originó en el vocablo latino “derectum” que significa recto, referido al fiel de la balanza, que mantiene en equilibrio a ambos platillos, tratando de lograr un equilibrio entre los derechos contrapuestos El Código de Hammurabi: Los pueblos de Mesopotamia han dejado el primer gran testimonio de derecho escrito Hammurabi, fundo hace unos 4,000 años, el primer reino de Babilonio, impuso a todas las ciudadas , no importa cual fuera su origen. El codigo de Hammurabi, esta grabado en un enorme bloque de piedra negra muy dura. El codigo de Hammurabi reglamentaba por medio de leyes minuciosos y severas todo lo que concierne a la familia, la propiedad, la vida rural , a los culpables se le aplica la ley del talion. -Las XII Tablas: ❖ Por su contenido se dice que pertenece mas al derecho privado que al publico. ❖ Fue el primer codigo de la antiguedad que contuvo reglamentacion sobre cesura.( pena de muerte por poemas satiricos). ❖ La ley se publicó al principio en doce tablas de madera y, posteriormente, en doce planchas de bronce que se expusieron en el foro. ❖ Debido a que no queda indicio alguno de su existencia, algún autor ha llegado a sugerir que no existieron. 4.2.- Época romanizadora Un segundo período (desde el siglo III a.C. hasta el V d.C.) lo constituye la época romanizadora, fase transcendental cuyos efectos, salvo momentos de oscuridad jurídica, se proyectan de manera más o menos sensible hasta nuestros días. Constituye el puente hacia el mundo jurídico moderno, a lo largo de los siglos comprendidos entre el auge y el declive del Imperio romano. El derecho romano, en los días de la república romana y del Empire, era fuertemente procesal y no existía una clase jurídica profesional. Los precedentes no se comunicaban, por lo que la jurisprudencia que se desarrollaba quedaba enmascarada y casi no se reconocía. Durante el siglo vi d. C., en el Imperio Romano de Oriente, el emperador Justiniano codificó y consolidó las leyes que habían existido en Roma, esto se conoció como el Corpus Juris Civilis'. Como escribió un historiador del derecho, "Justiniano miró conscientemente hacia atrás, a la edad de oro del derecho romano, y se propuso restaurarlo a la cima que había alcanzado tres siglos antes 4.2.- Constitucionalismo y codificación Por el ultimo, el siglo XIX se inicia con un proceso revolucionario, en virtud del cual se comienzan a instaurar distintos cuerpos normativos. El código que de manera sobresaliente recogió los requisitos que, a partir de la Ilustración, fueron estableciéndose sobre la forma de un cuerpo legislativo moderno, fue el Code Civil que promulgó Napoleón en 1804. Este resultó ser el modelo que, por imitación o imposición, se expandió por los países europeos y americanos. 4.2.- Constitucionalismo y codificación Existieron tres factores fundamentales que determinaron el desarrollo de la codificación francesa. El primero fue la necesidad de ordenar la legislación, ya que la diversidad no favorecía la autoridad de un poder central. Las provincias al norte de París se atenían a las costumbres germánicas, mientras que en las del sur reinaba el Derecho romano a través de la glosa del Corpus Iuris Civilis. En segundo lugar el impulso de la Revolución francesa, deseoso de arrasar con la legislación anterior. En tercer lugar, la filosofía enciclopedista y el pensamiento jurídico racionalista, que concebía el Derecho como un producto de la razón humana, que se concretaba en la ley. De esta forma, se creía que el surgimiento de un código remediaría para siempre el desorden que existía en el Derecho. 5.- ETIMOLOGÍA DEL DERECHO Derecho deriva del latín directum, que significa «directo» o «dirigido». Pero otros sostienen que deriva del término dirigere, que significaría «enderezar» u «ordenar». Según la clásica concepción que se desprende de la disciplina que nos compete, el derecho sería el conjunto de normas generales que se dictan para solucionar cualquier conflicto de relevancia jurídica, con el fin de regular la convivencia entre los miembros de esa sociedad y de estos con el Estado. 6.- DERECHO El Derecho es una realidad social que nos involucra a todos. El Diccionario de la Real Academia Española «conjunto de normas, principios, costumbres y concepciones jurisprudenciales y de la comunidad jurídica, de los que se derivan las normas de organización de la sociedad y de los poderes públicos, así como los derechos de los individuos y sus relaciones con aquellos». 6.-DEFINICION DE DERECHO Es un conjunto o sistema de normas jurídicas, de carácter general, que se dictan para regir sobre toda la sociedad o sectores preestablecidos por las necesidades de la regulación social, que se imponen de forma obligatoria a los destinatarios y cuyo incumplimiento debe acarrear una sanción coactiva o la respuesta del Estado a tales acciones. (Marcone,1995,p.779) Otras Definiciones 6.1.-Para Ihering, el derecho es la garantia de las condiciones de vida de la sociedad en la forma de coacción. 6.2.-Para Kelsen, "el derecho es en esencia, un orden para promover la paz. Tiene por objeto que un grupo de individuos pueda convivir en tal forma que los conflictos que se susciten entre ellos puedan solucionarse de una manera pacifica, esto es , sin recurrir a la fuerza y de conformidad con un orden de validez general. (Marcone,1995,p.773) 6.3.-Para Kant, "remarcan y se orientan hacia un sentido individualista del derecho:" complejo de las condiciones por las cuales, el arbitro de cada uno puede coexistir con el criterio de todos los demas, segun una ley universal de libertad". (Marcone,1995,p.774) 6.4.-Para Duguit en cambio, representan el criterio sociologico en la interpretacion del derecho: "es un regla de conducta impuesta a los individuos que viven en sociedad , regla cuyo respeto se considera , por una sociedad y en un momento dado , como la garantia de interes común". (Marcone,1995,p.774) 7.- CARACTERES DEL DERECHO a) Es esencialmente humano. b) Tiene una finalidad social. c) Es coactivo y sancionatorio. d) Busca soluciones y dirime problemas. e) Toma como premisa importante la legitimación del poder. f) Protege al ciudadano de dicho poder y ofrece garantías. g) Normatividad.- el derecho se encuentra inmerso dentro de la realidad social y está constituido por normas. h) Noción de inviolabilidad en la impera el criterio de sanción. 8.-Teoria Tridimensional del Derecho: La teoría tridimensional del derecho, sostenida por diversos juristas y autores entre los que destacan Miguel Reale, Carlos Fernández Sessarego y Luis Recasens. Miguel Reale señala "el Derecho es una integración de hechos según valores" (Reale,1997, p.13) entendiendo tres dimensiones, las cuales son: fáctica, normativa y axiológica. Sobre la teoría tridimensional del derecho, Miguel Reale recuerda que una de las caracteristica que distingue al hombre es la actividad creadora o lo que es lo mismo la capacidad de dar valor o lo naturalmente dado, surgiendo el mundo de la cultura siendo el hombre un ser axiológico, siendo el derecho parte de sus invenciones.( Reale,1997) 8.1.-Dimensión Fáctica: ❖ Manifestada como un hecho social, esta dimensión observa al derecho como un acontecer que se presenta de manera cotidiana en la vida de las personas, a este fenómeno se le conoce como “La Omnipresencia del Derecho”. ❖ Desde la dimensión fáctica, el derecho como objeto de estudio puede ser definido desde dentro o desde fuera de lo jurídico. ❖ Desde fuera de lo jurídico el derecho es estudiado por diversas ciencias sociales, tales como la sociología, economía, historia, antropología, psicología, entre otras. ❖ Abordarlo desde dentro significa que el derecho se estudia mediante dos disciplinas jurídicas auxiliares: la sociología jurídica y la historia del derecho. 8.2.-Dimensión Normativa: ✓ En esta dimensión, se reconoce al fenómeno jurídico en su presencia estrictamente jurídica. ✓ Así, el derecho se caracteriza entonces por establecer las conductas sociales que los individuos deben asumir dentro de la vida en comunidad ✓ Dicha norma social permite a las personas saber qué conducta debe o no realizarse. ✓ La dimensión normativa materializa las necesidades de una sociedad en un conjunto de normas jurídicas que permiten, prohíben, obligan o facultan tanto al Estado como al pueblo, con la amenaza de recibir un castigo si no son observadas. 8.3.-Dimension axiológica ❑ Esta dimensión es la que concibe al derecho como valor, portador y garantizador de otros valores superiores. Detrás de la existencia de las normas jurídicas, y como razón de su obligatoriedad, se encuentran los valores que necesariamente son perseguidos por todo derecho. ❑ En términos generales, un valor es una cualidad a la que debe aspirarse y que se confiere a las cosas, hechos, acontecimientos, sujetos y normas. ❑ Esto nos permite diferenciar entre lo bueno y lo malo, entre lo positivo y lo negativo; el objetivo es regular la conducta del hombre en sociedad para facilitar la convivencia social. 9.- DERECHO OBJETIVO Y DERECHO SUBJETIVO El derecho objetivo es el conjunto de normas jurídicas (leyes, reglamentos, entre otras) de carácter obligatorio, y que son creadas por el Estado para conservar el orden social. Siempre teniendo en cuenta la validez, es decir, si se ha llevado a cabo el procedimiento adecuado para su creación, independientemente de su eficacia y de su ideal axiológico (si busca concretar un valor como la justicia, la armonía, el bien común, etcétera). El derecho subjetivo es la facultad que ha otorgado el ordenamiento jurídico a un sujeto (por ejemplo, derecho a la nacionalidad, derecho a la salud, derecho a demandar, derecho a manifestarse libre y pacíficamente, derecho a la libre expresión, derecho al sindicalismo, etc.) ESQUEMA MENTAL DEL DERECHO DERECHO NORMAS COACTIVAS REALIDAD PERSONA SOCIAL DERECHOS PODER JUSTICIA Y FUNDAMEN PÚBLICO ORDEN TALES HACIA UNA NOCIÓN DE JUSTICIA La justicia es un punto de partida, no una meta; es lo mínimo que a todos obliga en las relaciones humanas. El derecho que la justicia tiende a realizar, es igual para todos. Pero esta igualdad del derecho no significa que haya que dar a todos lo mismo. La igualdad del derecho es la que se contiene en la fórmula de la justicia: lo suyo de cada uno; ni más, ni menos. La igualdad del derecho tiene dos aspectos: la no discriminación y la proporcionalidad. Álvaro Zegarra Mulanovich – Descubrir el Derecho. Las nociones elementales del Derecho Privado y del Derecho Público explicadas en forma sistemática. CONCLUSIONES 1. El ser humano es una realidad ontológica compleja, es un ser social y como tal no puede existir de modo aislado, sino que se encuentra inmerso dentro de la idea de sociedad, siendo que como consecuencia de ello pueden sobrevenir distintos conflictos y controversias. 2. El Derecho puede ser definido como un conjunto organizado de normas o como un sistema normativo que rige una sociedad para garantizar una convivencia social pacífica en el que se legitime el ejercicio del poder público y se garanticen los derechos fundamentales de la persona. 3. El Derecho se encuentra al servicio de la persona, en cuya aplicación importan criterios de justicia y orden social. 4. La justicia es dar a cada uno lo suyo. ESPACIO PRÁCTICO Ejercicio de autoevaluación 1. ¿Cuál es la importancia de la persona? 2. ¿Cuál es la vinculación entre persona y Derecho? 3. ¿Qué es el Derecho? 4. ¿Por qué es importante el Derecho en la sociedad?

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