Unidad 5: Disciplinas Jurídicas Especiales PDF

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Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca

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law legal studies jurisprudence social sciences

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Este documento presenta una introducción a las disciplinas jurídicas especiales. Se analizan las diferentes ramas del derecho público y privado, incluyendo explicaciones de derecho constitucional, administrativo, procesal, fiscal, internacional, civil, mercantil, agrario y seguridad social. Contiene una breve descripción de las disciplinas auxiliares como la sociología, la historia y economía política.

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# UNIDAD 5. DISCIPLINAS JURÍDICAS ESPECIALES ## 5.1 Derecho público El Derecho público *ius publicum*, es el conjunto de normas que regula las relaciones y funciones del Estado, y las relaciones de éste con los particulares. Este derecho se clasifica de la siguiente forma: - **Derecho Constituci...

# UNIDAD 5. DISCIPLINAS JURÍDICAS ESPECIALES ## 5.1 Derecho público El Derecho público *ius publicum*, es el conjunto de normas que regula las relaciones y funciones del Estado, y las relaciones de éste con los particulares. Este derecho se clasifica de la siguiente forma: - **Derecho Constitucional**: Es el conjunto de normas jurídicas que regulan la estructura del Estado, las formas de gobierno, las funciones de sus órganos, las relaciones de los mismos entre sí y con los particulares. - **Derecho Administrativo**: Es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de la administración pública con los particulares, la organización y funcionamiento del Poder Ejecutivo, de los servicios públicos y, en general, del ejercicio de la tarea administrativa del Estado. - **Derecho Procesal**: Es el conjunto de reglas que regulan la aplicación de los procedimientos que deben seguir las partes ante un juzgado o tribunal, con el fin de esclarecer una situación jurídica que se suscite. - **Derecho Fiscal**: es un conjunto de normas que estudia los derechos, impuestos y contribución que deben aportar las personas físicas y morales integrantes de un Estado para la satisfacción de las necesidades del propio Estado y sus ciudadanos. - **Derecho Internacional Público**: es el conjunto de normas jurídicas cuya función es el de regular las relaciones entre los Estados como miembros de una comunidad internacional, así como el funcionamiento de los organismos internacionales. ## 5.2 Derecho privado El Derecho privado es el *ius singulorum*, es el conjunto de normas que regula las relaciones entre los particulares, se clasifica en: - **Derecho Civil**: Es el conjunto de normas jurídicas y disposiciones que regulan las relaciones de los particulares en lo referente a su persona, cosas, sucesiones, obligaciones y contratos. - **Derecho Mercantil**: Es el conjunto de normas jurídicas que regula las relaciones de los particulares cuando éstos ejecutan un acto de comercio. - **Derecho Internacional Privado**: Es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre particulares de diversos países o de sus bienes cuando estos siendo nacionales de un Estado se encuentren en territorio de otro País, así como la condición jurídica de los extranjeros y el derecho de nacionalidad. ## 5.3 Derecho social Es el conjunto de normas jurídicas resultado de una nueva concepción del ser humano con respecto del Derecho; pretende regular equitativa y equilibradamente las relaciones que se dan entre el Estado y los particulares, principalmente los más débiles y desprotegidos, proponiéndose evitar la discriminación de ciertas clases sociales y buscando alcanzar la paz social. El Derecho social se divide en: - Derecho Laboral - Derecho Social - Derecho Agrario - Derecho de la Seguridad Social - Derecho Económico - **Derecho Agrario**: es el conjunto de normas que rigen la solución de los problemas derivados del reparto e inafectabilidad de tierras y aguas, y de la dotación de tierras a los núcleos de población. - **Derecho de la Seguridad Social**: es el conjunto de normas, principios e instituciones jurídicas que se proponen la protección del ser humano frente a cualquier riesgo que ponga en peligro su estabilidad psicológica y económica. - **Derecho Económico**: es el conjunto de normas jurídicas que rigen la cooperación humana en las actividades de creación, distribución y consumo de la riqueza generada por un sistema económico. ## 5.4 DISCIPLINAS JURÍDICAS AUXILIARES Estas ayudaron a la creación del Derecho, son normas jurídicas auxiliares que sirvieron a los juristas como antecedentes para estudiar las normas del Derecho, y dentro de éstas se encuentran las siguientes: la Sociología del Derecho, la Historia del Derecho, el Derecho Comparado y la Economía Política. Disciplinas que se explican a continuación. ### 5.4.1 Sociologia del derecho Es la disciplina que tiene por objeto la explicación de los fenómenos jurídicos y sociales, considerados como hecho social. La Sociología jurídica no es una disciplina normativa, sino una ciencia explicativa; no le interesa lo que según los Códigos deba hacerse en tales o cuales circunstancias, sino más bien le importa el contenido real de las relaciones jurídicas entre los hombres. Así pues, la Sociología jurídica se desentiende del aspecto normativo de las leyes y hace el estudio de cómo manifiesta su conducta el hombre en sociedad. ### 5.4.2 Historia del Derecho Es una rama o capítulo de la historia en general, suele ser definida como la narración de los sucesos ocurridos en el pasado. La historia del Derecho es una disciplina cuyo objeto consiste en el conocimiento de los sistemas jurídicos del pasado. Al referirse a los derechos de épocas pretéritas, el historiador solo podría, si quiere hacer historia, considerar a éstos en su unicidad e individualidad características, es decir, como productos culturales que han existido una vez y no habría de repetirse nunca. La sociologia jurídica puede también referirse a los ordenamientos jurídicos del pasado, pero, cuando lo hace, aplica al estudio de los mismos un método completamente distinto, y no dirige su interés a lo que esos sistemas tienen de individual, si no a las causas y factores determinados de su aparición o de sus cambios. ### 5.4.3 Derecho comparado El Derecho comparado es la comparación de los diferentes sistemas legales del mundo. Este Derecho debe resolver los accidentales y divisivas diferencias en los sistemas jurídicos de los pueblos que se encontraran en etapas de desarrollo cultural y económico similares, así como reducir la cantidad de divergencias en materia legal que podría atribuirse no tanto a las características políticas, morales o sociales de los diferentes países, cuanto al accidente histórico o a circunstancias temporales o contingentes. El derecho comparado se puede utilizar en casi todas las áreas del derecho, ya sea para identificar legislación extranjera o para encontrar soluciones a problemas nacionales. Por ejemplo, el derecho comparado puede ayudar a interpretar y armonizar los ordenamientos jurídicos con las necesidades sociales. El derecho comparado se basa en la comparación de las distintas soluciones que ofrecen los diversos ordenamientos jurídicos para los mismos casos planteados. Las fuentes del derecho comparado incluyen la ley, la jurisprudencia, la doctrina y los tratados. La comparación se inicia a través de la psicología jurídica. ### 5.4.4 Economía política Es una de las ciencias particulares que forman la economía, proporciona a los gobernantes los medios o instrumentos con los que puede alcanzar determinados fines para elevar lo más posible los niveles del producto nacional y de distribución, un ejemplo es el desarrollo de programas para incrementar el empleo, tener una mayor estabilidad y evitar el desempleo. La política económica es la ciencia de los fines y de los medios, dicho en otras palabras, son los procesos mediante los cuales el gobierno intenta regular o incrementar su economía y los fines para alcanzarlos, así como satisfacer las necesidades de los miembros de la población. En la práctica, la economía política es el resultado de un proceso político mediante el cual los grupos interesados, como los sindicatos, cámara de comercio e industria y, partidos políticos, etc., maniobran para alcanzar sus objetivos. La economía política puede estudiar: - La intervención del Estado en la economía, mediante sus regulaciones y la política económica - Las leyes que rigen la producción y el intercambio de los bienes materiales en la sociedad humana - Cómo la economía incide en la política, como las tendencias macroeconómicas que pueden fortalecer o frustrar las oportunidades de un gobernante

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