Código Procesal Penal PDF
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This document details legal regulations, particularly regarding constitutional rights and procedures. It covers topics such as the competence of judges, types of legal procedures, and the various rights protected. The document focuses on legal principles and processes from a procedural and constitutional perspective.
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10 NORMAS LEGALES actualizadas o afectación del derecho o donde se encuentre políticas, raciales, culturales, étnicas o por cualquier físicamente el agraviado si se trata de procesos otra índole. de detenciones arbitrarias o de desapariciones...
10 NORMAS LEGALES actualizadas o afectación del derecho o donde se encuentre políticas, raciales, culturales, étnicas o por cualquier físicamente el agraviado si se trata de procesos otra índole. de detenciones arbitrarias o de desapariciones 5) El derecho a no ser separado del lugar de forzadas. residencia o expulsado del país sino por mandato judicial o por aplicación de la ley correspondiente. Artículo 30. Competencia del juez de paz 6) El derecho del extranjero, a quien se ha Cuando la afectación de la libertad individual se concedido asilo político, de no ser expulsado al realice en lugar distinto y lejano o de difícil acceso país cuyo gobierno lo persigue, o en ningún caso de aquel en que tiene su sede el juzgado donde se si peligrase su libertad o seguridad por el hecho de interpuso la demanda este dictará orden perentoria ser expulsado. e inmediata para que el juez de paz del distrito en 7) El derecho de los nacionales o de los el que se encuentra el detenido cumpla en el día, extranjeros residentes a ingresar, transitar o salir bajo responsabilidad, con hacer las verificaciones del territorio nacional, salvo mandato judicial o y ordenar las medidas inmediatas para hacer cesar aplicación de la ley correspondiente. la afectación. 8) El derecho a no ser detenido sino por mandato escrito y motivado del juez, o por las autoridades Artículo 31. Legitimación policiales en caso de flagrante delito; o si ha sido La demanda puede ser interpuesta por la detenido, a ser puesto dentro de las 48 horas más persona perjudicada o por cualquier otra en su favor, el término de la distancia, a disposición del juzgado sin necesidad de tener su representación. Tampoco que corresponda, de acuerdo con el acápite f) del requerirá firma del letrado ni otra formalidad. También inciso 24) del artículo 2 de la Constitución, sin puede interponerla la Defensoría del Pueblo. perjuicio de las excepciones que en él se consignan. En ningún caso debe interpretarse que las 48 Artículo 32. Características procesales horas a las que se refiere el párrafo precedente especiales del habeas corpus o el que corresponda según las excepciones El proceso de habeas corpus se rige también constitucionales es un tope indispensable, sino el por los siguientes principios: máximo a considerarse a nivel policial. 9) El derecho a decidir voluntariamente prestar 1) Informalidad: No se requiere de ningún requisito el servicio militar, conforme a la ley de la materia. para presentar la demanda, sin más obligación que 10) El derecho a no ser detenido por deudas, detallar una relación sucinta de los hechos. salvo en el caso del delito de omisión de asistencia 2) No simultaneidad: No existe otro proceso familiar. para salvaguardar los derechos constitucionales 11) El derecho a no ser privado del documento que protege. No existen vías paralelas. nacional de identidad, así como de obtener el 3) Actividad vicaria: La demanda puede ser pasaporte o su renovación dentro o fuera de la presentada por el agraviado o cualquier otra República. persona en su favor, sin necesidad de contar con 12) El derecho a no ser incomunicado sino en representación procesal. los casos establecidos por el literal g) del inciso 24) 4) Unilateralidad: No es necesario escuchar a la del artículo 2 de la Constitución. otra parte para resolver la situación del agraviado. 13) El derecho a no ser sometido a esclavitud, 5) Imprescriptibilidad: El plazo para interponer la servidumbre, explotación infantil o trata en demanda no prescribe. cualquiera de sus modalidades. 14) El derecho a ser asistido por un abogado CAPÍTULO II defensor libremente elegido desde que se es citado o detenido por la autoridad policial u otra, sin DERECHOS PROTEGIDOS excepción. 15) El derecho a retirar la vigilancia del domicilio Artículo 33. Derechos protegidos y a suspender el seguimiento policial, cuando Procede el habeas corpus ante la acción u resulten arbitrarios o injustificados. omisión que amenace o vulnere los siguientes 16) El derecho a la excarcelación de un derechos que, enunciativamente, conforman la procesado o condenado, cuya libertad haya sido libertad individual: declarada por el juez. 17) El derecho a que se observe el trámite 1) La integridad personal y el derecho a no ser correspondiente cuando se trate del procedimiento sometido a tortura o tratos inhumanos o humillantes, o detención de las personas, a que se refiere el ni violentado para obtener declaraciones. artículo 99 de la Constitución. 2) El derecho a no ser obligado a prestar 18) El derecho a no ser objeto de ejecución juramento ni forzado u obligado a declarar o extrajudicial y/o desaparición forzada. reconocer culpabilidad contra sí mismo, contra 19) El derecho a la verdad, de conformidad con su cónyuge o conviviente, o sus parientes dentro su reconocimiento jurisprudencial. del cuarto grado de consanguinidad o segundo de 20) El derecho del detenido o recluso a no ser afinidad. objeto de un tratamiento carente de razonabilidad y 3) El derecho a no ser exiliado sino por sentencia proporcionalidad, respecto de la forma y condiciones firme. en que cumple el mandato de detención o la pena. 4) El derecho a no ser desterrado, expatriado o 21) El derecho a la protección de la familia frente confinado por autoridad administrativa por razones a actos de violencia doméstica. Inicio NORMAS LEGALES actualizadas 11 22) El derecho a la defensa de los derechos bajo expresa responsabilidad en la declaración que constitucionales conexos con la libertad individual. pueda formularse. CAPÍTULO III Artículo 37. Normas especiales de procedimiento Este proceso se somete además a las siguientes PROCEDIMIENTO reglas: Artículo 34. Trámite en caso de detención 1) No cabe recusación, salvo por el afectado o arbitraria quien actúe en su nombre. Tratándose de cualquiera de las formas de 2) No caben excusas de los jueces ni de los detención arbitraria y de afectación de la integridad secretarios. personal, el juez resolverá de inmediato. Para 3) Los jueces deberán habilitar día y hora para la ello podrá constituirse en el lugar de los hechos, realización de las actuaciones procesales. y verificada la detención indebida ordenará en el 4) No interviene el Ministerio Público. mismo lugar la libertad del agraviado, dejando 5) Se pueden presentar documentos cuyo mérito constancia en el acta correspondiente y sin que sea apreciará el juez en cualquier estado del proceso. necesario notificar previamente al responsable de 6) El juez o la sala designará un defensor de la agresión para que cumpla la resolución judicial. oficio al demandante, si lo pidiera. 7) Las actuaciones procesales son improrrogables. Artículo 35. Trámite en casos distintos 8) No hay vista de la causa, salvo que lo pida el Cuando no se trate de una detención arbitraria demandante o el favorecido. ni de una vulneración de la integridad personal, el juez podrá constituirse en el lugar de los Artículo 38. Contenido de sentencia fundada hechos, o, de ser el caso, citar a quien o quienes La resolución que declara fundada la demanda ejecutaron la violación, requiriéndoles expliquen de habeas corpus dispondrá alguna de las la razón que motivó la agresión, y resolverá siguientes medidas: de plano en el término de un día natural, bajo responsabilidad. 1) La puesta en libertad de la persona privada Si las circunstancias lo requieren, el juez dentro arbitrariamente de este derecho; o de 72 horas de admitida la demanda fija fecha 2) que continúe la situación de privación de para la realización de audiencia única. Después de libertad de acuerdo con las disposiciones legales escuchar las alegaciones de las partes, el juez, si aplicables al caso, pero si el juez lo considerase se ha formado juicio, pronuncia sentencia en el acto necesario, ordenará cambiar las condiciones de la o, en caso contrario, lo hará en el plazo indefectible detención, sea en el mismo establecimiento o en de tres días calendario. otro, o bajo la custodia de personas distintas de las Las partes pueden solicitar copia de los audios y que hasta entonces la ejercían; o videos de la audiencia pública. 3) que la persona privada de libertad sea puesta La resolución podrá notificarse al agraviado, inmediatamente a disposición del juez competente, así se encontrare privado de su libertad. También si la agresión se produjo por haber transcurrido el puede notificarse indistintamente a la persona que plazo legalmente establecido para su detención; o interpuso la demanda, así como a su abogado, si 4) que cese el agravio producido, disponiendo lo hubiere. las medidas necesarias para evitar que el acto vuelva a repetirse. Artículo 36. Trámite en caso de desaparición forzada TÍTULO III Sin perjuicio del trámite previsto en los artículos anteriores, cuando se trate de la desaparición PROCESO DE AMPARO forzada de una persona, si la autoridad, funcionario o persona demandada no proporcionan elementos CAPÍTULO I de juicio satisfactorios sobre su paradero o destino, el juez deberá adoptar todas las medidas necesarias DISPOSICIONES GENERALES que conduzcan a su hallazgo, pudiendo incluso comisionar a jueces del distrito judicial donde se Artículo 39. Legitimación presuma que la persona pueda estar detenida para El afectado es la persona legitimada para que las practiquen. Asimismo, el juez dará aviso interponer el proceso de amparo. de la demanda de habeas corpus al Ministerio Público para que realice las investigaciones Artículo 40. Representación procesal correspondientes. EI afectado puede comparecer por medio Si la agresión se imputa a algún miembro de de representante procesal. No es necesaria la la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas, el inscripción de la representación otorgada. juez solicitará, además, a la autoridad superior Tratándose de personas no residentes en el del presunto agresor de la zona en la cual la país, la demanda será formulada por representante desaparición ha ocurrido, que informe dentro del acreditado. Para este efecto, será suficiente el plazo de veinticuatro horas si es cierta o no la poder fuera de registro otorgado ante el cónsul del vulneración de la libertad y proporcione el nombre Perú en la ciudad extranjera que corresponda y la de la autoridad que la hubiere ordenado o ejecutado, apostilla de la firma del cónsul ante el Ministerio Inicio 12 NORMAS LEGALES actualizadas de Relaciones Exteriores, no siendo necesaria la 1) De igualdad y de no ser discriminado por inscripción en los Registros Públicos. razón de origen, sexo, raza, características La Defensoria ́ del Pueblo puede interponer genéticas, orientación sexual, religión, opinión, demanda de amparo en ejercicio de sus condición económica, social, idioma, o de cualquier competencias constitucionales. otra índole. 2) Al libre desenvolvimiento de la personalidad. Artículo 41. Procuración oficiosa 3) Del ejercicio público de cualquier confesión Cualquier persona puede comparecer en nombre religiosa. de quien no tiene representación procesal, cuando 4) A la libertad de conciencia y el derecho a esta se encuentre imposibilitada para interponer la objetar. demanda por sí misma, sea por atentado concurrente 5) De información, opinión y expresión. contra la libertad individual, por razones de fundado 6) A la libre contratación. temor o amenaza, por una situación de inminente peligro o por cualquier otra causa análoga. Una vez 7) A la creación artística, intelectual y científica. que el afectado se halle en posibilidad de hacerlo, 8) De la inviolabilidad y secreto de los deberá ratificar la demanda y la actividad procesal documentos privados y de las comunicaciones. realizada por el procurador oficioso. 9) De reunión. 10) Del honor, intimidad, voz, imagen y rectificación “Artículo 42. Juez competente de informaciones inexactas o agraviantes. Son competentes para conocer del proceso 11) De asociación. de amparo, a elección del demandante, el juez 12) Al trabajo. constitucional del lugar donde se afectó el derecho, 13) De sindicación, negociación colectiva y o donde tiene su domicilio el afectado, o donde huelga. domicilia el autor de la infracción. 14) De propiedad y herencia. Es competente la sala constitucional o, si no lo 15) De petición ante la autoridad competente. hubiere, la sala civil de turno de la corte superior de 16) De participación individual o colectiva en la justicia respectiva y la Sala Constitucional y Social vida política del país. de la Corte Suprema es competente para resolver 17) A la nacionalidad. en segundo grado, si la afectación de derechos se 18) De tutela procesal efectiva. origina en: 19) A la educación, así como el derecho de los padres de escoger el centro de educación y a) Una resolución judicial o laudo arbitral. participar en el proceso educativo de sus hijos. b) Un procedimiento de selección de obra 20) De impartir educación dentro de los pública o ejecución de esta. principios constitucionales. c) Una decisión de los órganos del Congreso, 21) A la seguridad social. dentro de un proceso parlamentario. 22) De la remuneración y pensión. En el proceso de amparo, no se admitirá 23) De la libertad de cátedra. la prórroga de la competencia territorial, bajo 24) De acceso a los medios de comunicación social sanción de nulidad de todo lo actuado.” (*) Artículo en los términos del artículo 35 de la Constitución. modificado por el artículo único de la Ley N° 31583, 25) De gozar de un ambiente equilibrado y publicada el 5 de octubre de 2022. adecuado al desarrollo de la vida. 26) Al agua potable. Artículo 43. Agotamiento de las vías previas 27) A la salud. El amparo solo procede cuando se hayan 28) Los demás que la Constitución reconoce. agotado las vías previas. En caso de duda sobre el agotamiento de la vía previa se preferirá dar trámite CAPÍTULO III a la demanda de amparo. No será exigible el agotamiento de las vías PROCEDIMIENTO previas si: Artículo 45. Plazo de interposición de la 1) Una resolución, que no sea la última en la vía demanda administrativa, es ejecutada antes de vencerse el El plazo para interponer la demanda de amparo plazo para que quede consentida; prescribe a los sesenta días hábiles de producida la 2) por el agotamiento de la vía previa la agresión afectación, siempre que el afectado hubiese tenido pudiera convertirse en irreparable; conocimiento del acto lesivo y se hubiese hallado 3) la vía previa no se encuentra expresamente en posibilidad de interponer la demanda. Si esto no regulada o ha sido iniciada innecesariamente por el hubiese sido posible, el plazo se computará desde afectado; o 4) no se resuelve la vía previa en los plazos el momento de la remoción del impedimento. fijados para su resolución. “Tratándose del proceso de amparo iniciado contra resolución judicial o laudo arbitral, el plazo CAPÍTULO II para interponer la demanda es de 30 días hábiles y se inicia con la notificación de la resolución o laudo DERECHOS PROTEGIDOS arbitral que tiene la condición de firme.” (*) Párrafo modificado por el artículo único de la Ley N° 31583, Artículo 44. Derechos protegidos publicada el 5 de octubre de 2022. El amparo procede en defensa de los siguientes Para el cómputo del plazo se observarán las derechos: siguientes reglas: Inicio NORMAS LEGALES actualizadas 13 1) El plazo se computa desde el momento en Artículo 51. Impedimentos que se produce la afectación, aun cuando la orden El juez deberá abstenerse cuando concurran las respectiva haya sido dictada con anterioridad. causales de impedimento previstas en el Código 2) Si la afectación y la orden que la ampara son Procesal Civil. En ningún caso será procedente la ejecutadas simultáneamente, el cómputo del plazo recusación. se inicia en dicho momento. El juez que intencionalmente no se abstiene 3) Si los actos que constituyen la afectación son cuando concurre una causal de impedimento, o lo continuados, el plazo se computa desde la fecha en hace cuando no concurre una de ellas, incurre en que haya cesado totalmente su ejecución. responsabilidad de naturaleza disciplinaria y penal. 4) La amenaza de ejecución de un acto lesivo no da inicio al cómputo del plazo. Solo si la Artículo 52. Sentencia afectación se produce se deberá empezar a contar La sentencia que resuelve los procesos a que el plazo. se refiere el presente título, contiene, según sea el 5) Si el agravio consiste en una omisión, el plazo caso: no transcurrirá mientras ella subsista. 6) El plazo comenzará a contarse una vez 1) La identificación del demandante. agotada la vía previa, cuando ella proceda. 2) La identificación de la autoridad, funcionario 7) Si se trata de normas autoaplicativas el plazo o persona autora de la violación o amenaza de un no prescribe, salvo que la norma sea derogada o derecho constitucional; o de aquél que es renuente declarada inconstitucional. a acatar una norma legal o un acto administrativo. 3) La determinación precisa del derecho Artículo 46. Acumulación subjetiva de oficio constitucional vulnerado o amenazado, o las Cuando de la demanda apareciera la necesidad consideraciones por las cuales no ha sido infringido de comprender a terceros que no han sido o amenazado; o de ser el caso, la determinación de emplazados, el juez podrá integrar la relación la obligación incumplida. procesal emplazando a otras personas, si de la 4) La fundamentación que conduce a la decisión demanda o de la contestación aparece evidente adoptada. que la decisión a recaer en el proceso los va a 5) La decisión adoptada señalando, en su afectar. caso, bajo responsabilidad, el mandato concreto El plazo del tercero para absolver el dispuesto. emplazamiento es de diez días hábiles. TÍTULO IV Artículo 47. Acumulación de procesos Cuando un mismo acto, hecho, omisión o PROCESO DE HABEAS DATA amenaza afecte el interés de varias personas que han ejercido separadamente su derecho de acción, CAPÍTULO I el juez que hubiese prevenido, a pedido de parte o de oficio, podrá ordenar la acumulación de los DISPOSICIONES GENERALES procesos de amparo. La resolución que concede o deniega la Artículo 53. Definición del banco de datos acumulación es inimpugnable. Se entiende por archivo, registro, base o banco de datos a todo conjunto de datos organizado Artículo 48. Intervención litisconsorcial de información personal y que sean objeto de Quien tuviese interés jurídicamente relevante tratamiento o procesamiento físico, electrónico en el resultado de un proceso, puede apersonarse o computarizado, ya sea público o privado, y solicitando ser declarado litisconsorte facultativo. cualquiera que fuere la modalidad de su formación, Si el juez admite su incorporación, ordenará se almacenamiento, organización o acceso. le notifique la demanda. Si el proceso estuviera en segundo grado, la solicitud será dirigida al Artículo 54. Juez competente juez superior. El litisconsorte facultativo ingresa al Es competente para conocer los procesos de proceso en el estado en que este se encuentre. La habeas data, el juez constitucional del lugar donde resolución que concede o deniega la intervención se encuentre la información, el dato o donde tiene litisconsorcial es inimpugnable. su domicilio principal el afectado, a elección del demandante. Artículo 49. Inadmisibilidad En el proceso de habeas data, no se admitirá la Si el juez declara inadmisible la demanda, prórroga de la competencia territorial, bajo sanción concederá al demandante tres días para que de nulidad de todo lo actuado. subsane la omisión o defecto, bajo apercibimiento de archivar el expediente. Esta resolución es Artículo 55. Legitimación activa apelable. La demanda de habeas data solo puede ser ejercida por el afectado, sus tutores o curadores o Artículo 50. Reconvención, abandono y por sus herederos. desistimiento Cuando la demanda es interpuesta por persona En el amparo no procede la reconvención jurídica de derecho privado, esta se interpone por ni el abandono del proceso. Es procedente el su representante legal o por el apoderado que desistimiento. designe para tal efecto. Inicio 14 NORMAS LEGALES actualizadas Artículo 56. Legitimación pasiva 5) A esclarecer los motivos que han llevado a la Con la demanda se emplaza al titular o creación de la base de datos. responsable y a los usuarios de bancos de datos, 6) A conocer el lugar donde se almacena el dato, públicos o privados, destinados o no a proveer con la finalidad de que la persona pueda ejercer su información. derecho. 7) A modificar la información contenida en el Artículo 57. Requisitos especiales de la banco de datos, si se trata de información falsa, demanda de habeas data desactualizada o imprecisa. Además de los requisitos establecidos en el 8) A incorporar en el banco de datos información artículo 2, la demanda de habeas data contiene: que tengan como finalidad adicionar una información cierta pero que por el transcurso del 1. El nombre y domicilio del archivo, registro tiempo ha sufrido modificaciones. o banco de datos y, en su caso, el nombre del 9) A incorporar información que tiene como responsable o usuario. En caso de los archivos, objeto aclarar la certeza de un dato que ha sido mal registros o bancos públicos, se procurará establecer interpretado. el organismo estatal del cual dependen. 10) A incorporar al banco de datos una 2. Las razones por las cuales se entiende que en información omitida que perjudica a la persona. el archivo, registro o banco de datos individualizado 11) A eliminar de los bancos de datos información obra información referida al agraviado; los motivos sensible que afectan la intimidad personal, familiar por los cuales considera que la información que o cualquier otro derecho fundamental de la persona. le atañe resulta discriminatoria, falsa, inexacta o 12) A impedir que las personas no autorizadas violatoria de la intimidad personal o familiar. accedan a una información que ha sido calificada como reservada. Artículo 58. Medidas cautelares 13) A que el dato se guarde bajo un código que Sin perjuicio de las medidas cautelares solo pueda ser descifrado por quien está autorizado establecidas en los artículos 18, 19 y 20 del para hacerlo. presente código, el juez, de oficio o a solicitud de 14) A impedir la manipulación o publicación del parte, puede: dato en el marco de un proceso, con la finalidad de asegurar la eficacia del derecho a protegerse. 1. Que mientras dure el proceso, se inscriba 15) A solicitar el control técnico con la finalidad de en el registro o banco de datos que la información determinar si el sistema informativo, computarizado cuestionada está sometida a un proceso o no, garantiza la confidencialidad y las condiciones constitucional. mínimas de seguridad de los datos y su utilización 2. Disponer el bloqueo o la suspensión de acuerdo con la finalidad para la cual han sido provisional de la difusión del dato o de la información almacenados. sometida al proceso, cuando sea manifiesto 16) A impugnar las valoraciones o conclusiones su carácter discriminatorio, falso, inexacto o si a las que llega el que analiza la información contiene información sensible o privada cuya personal almacenada. difusión pudiese causar un daño irreparable. 3. La colocación de sellos de seguridad en los CAPÍTULO III ambientes de las entidades, la incautación por parte del juez y la verificación o reproducción de PROCEDIMIENTO la información, cuando el juez aprecie riesgo de su ocultación, desaparición o destrucción. Artículo 60. Etapa precontenciosa Para la procedencia del habeas data el CAPÍTULO II demandante previamente debe: DERECHOS PROTEGIDOS “a) Tratándose del derecho reconocido en el artículo 2, inciso 5), de la Constitución, haber Artículo 59. Derechos protegidos presentado la solicitud de información ante la El habeas data procede en defensa del derecho autoridad administrativa y esta, de modo tácito o de acceso a la información pública reconocido en el expreso, negado parcial o totalmente la información, inciso 5) del artículo 2 de la Constitución. incluso si la entregare incompleta o alterada.” También procede en defensa del derecho a la (*) Inciso modificado por el artículo único de la Ley autodeterminación informativa, enunciativamente, N° 31583, publicada el 5 de octubre de 2022. bajo las siguientes modalidades: b) Tratándose del derecho reconocido por el artículo 2, inciso 6), de la Constitución, haber 1) Reparar agresiones contra la manipulación reclamado por documento de fecha cierta y que el de datos personalísimos almacenados en bancos demandado no haya contestado dentro de los diez de información computarizados o no. días útiles siguientes o lo haya hecho de forma 2) A conocer y supervisar la forma en que la incompleta o de forma denegatoria o defectuosa. información personal viene siendo utilizada. Cuando el demandante opte por acudir al Tribunal 3) A conocer el contenido de la información de Transparencia y Acceso a la Información Pública, personal que se almacena en el banco de datos. debe agotar esta vía previa mediante resolución 4) A conocer el nombre de la persona que expresa o darla por agotada en el supuesto de no proporcionó el dato. obtener resolución dentro del plazo legal. Inicio NORMAS LEGALES actualizadas 15 Si la entidad pública o el titular del dato o la o pago de devengados ni de obligaciones que información desestima el pedido, el agraviado deben determinarse en órgano jurisdiccional puede interponer su demanda de habeas data en el especializado o estación probatoria distinta a los plazo de sesenta días hábiles. juzgados especializados en lo constitucional. El agraviado puede prescindir de la etapa precontenciosa si considera que existe peligro Artículo 66. Reglas aplicables para resolver de daño irreparable en el goce y ejercicio de sus la demanda derechos fundamentales. 1) Cuando el mandato sea genérico o poco Artículo 61. Acumulación claro, el juez, previa interpretación de la norma Tratándose de la protección de datos personales legal o del acto administrativo firme, entra a podrán acumularse las pretensiones de acceder y resolver el fondo del asunto, debiendo observar conocer informaciones de una persona, con las de las siguientes reglas: actualizar, rectificar, incluir, suprimir o impedir que se suministren datos o informaciones. 1.1) Para la interpretación de la norma legal, el juez utiliza los métodos clásicos de interpretación Artículo 62. Carga de la prueba jurídica; debiendo su resultado respetar lo que La carga de la prueba de la información solicitada establecen las leyes de la materia y la propia que pueda ocasionar daño sustancial al interés Constitución. público o derecho protegido por alguna reserva 1.2) La interpretación del acto administrativo legal, recae en la autoridad pública demandada. firme debe respetar los principios generales del Derecho Administrativo; la jurisprudencia de los Artículo 63. Participación de terceros órganos administrativos correspondientes, así En caso de demandas por denegación del como la del Tribunal Constitucional. acceso a la información fundada en motivos derivados de derechos de terceros, estos tienen 2) Cuando el mandato esté sujeto a controversia legitimación para participar en el proceso debiendo compleja o a interpretaciones dispares, el juez, ser emplazados con la demanda por el juez de la previo esclarecimiento de la controversia, entra causa. a resolver el fondo del asunto. Para ello, deberá observar las siguientes reglas: Artículo 64. Requerimiento judicial Admitida la demanda, el juez de oficio o a pedido 2.1) El juez aplica una mínima actividad de parte, puede requerir al demandado que posee, interpretativa para superar la controversia, administra o maneja el archivo, registro o banco de atendiendo a los métodos clásicos de interpretación datos, la remisión de la información concerniente jurídica, y aplicando los criterios de especialidad, al reclamante; así como solicitar informes sobre el cronológico y jerárquico. soporte técnico de datos, documentación de base 2.2) Asimismo, y de ser necesario, el juez relativa a la recolección y cualquier otro aspecto aplica una mínima actividad probatoria que, sin que resulte conducente a la resolución de la causa comprometer la finalidad urgente y perentoria del que estime conveniente. proceso de cumplimiento, permita confirmar la El demandado está en la obligación de cumplir veracidad del mandato. con el requerimiento al momento de contestar la demanda. Puede oponerse al requerimiento 3) Cuando, para determinar la obligatoriedad o judicial si considera que la información no puede incuestionabilidad del mandato contenido en una divulgarse por impedimento de ley. El juez resuelve norma legal o acto administrativo firme resulte en la audiencia única dando al demandado un plazo necesario entrar al fondo del asunto, el juez de tres días para cumplir con el requerimiento si admite a trámite la demanda, y esclarecerá la considera que lo solicitado es imprescindible para controversia. sentenciar. Esta decisión es inimpugnable. 4) Cuando el mandato, no obstante ser imperativo, sea contrario a la ley o a la Constitución, TÍTULO V el juez debe así declararlo, y en consecuencia, desestimar la demanda. PROCESO DE CUMPLIMIENTO Artículo 67. Legitimación y representación Artículo 65. Objeto Cualquier persona podrá iniciar el proceso de Es objeto del proceso de cumplimiento ordenar cumplimiento frente a normas con rango de ley y que el funcionario o autoridad pública renuente: reglamentos. Si el proceso tiene por objeto hacer efectivo el cumplimiento de un acto administrativo, 1) Dé cumplimiento a una norma legal o ejecute solo podrá ser interpuesto por la persona a cuyo un acto administrativo firme; o favor se expidió el acto o quien invoque interés para 2) se pronuncie expresamente cuando las el cumplimiento del deber omitido. normas legales le ordenan emitir una resolución Tratándose de la defensa de derechos con administrativa o dictar un reglamento. intereses difusos o colectivos, la legitimación corresponderá a cualquier persona. Asimismo, la No es objeto del proceso de cumplimiento el Defensoría del Pueblo puede iniciar procesos de acto administrativo que contenga el reconocimiento cumplimiento. Inicio