Normas Éticas en la Aplicación de Test Psicológicos (Clase semana 4)
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Universidad Autónoma de Chile
Mg. Fabiola Rodríguez Salgado
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Esta clase presenta las normas éticas y procedimentales en la aplicación de test psicológicos. Los principios generales de la ética en la psicologia son analizados, incluyendo la formación de profesionales de la psicología, los valores éticos y su importancia.
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Normas éticas y procedimentales en la aplicación de los test psicológicos Evaluación Psicométrica Primavera 2024 Mg. Fabiola Rodríguez Salgado La ética juega un papel fundamental para señalar las normas de conductas deseables...
Normas éticas y procedimentales en la aplicación de los test psicológicos Evaluación Psicométrica Primavera 2024 Mg. Fabiola Rodríguez Salgado La ética juega un papel fundamental para señalar las normas de conductas deseables aplicadas a un mismo grupo, bajo ello, la ética rige las relaciones entre las personas y de manera específica las acciones profesionales, que en el caso particular de la psicología deben estar en coherencia con estándares éticos enmarcados en la normatividad para el ejercicio profesional. En el 2008 se elaboró la Declaración Universal de Principios Éticos para Psicólogas y Psicólogos, la cual ha tenido efectos tanto en el ámbito profesional como en el de formación. A partir de esta declaración, se presentaron cuatro principios generales junto a los valores éticos asociados: Principio I: respeto por la dignidad de las personas y los pueblos Principio II: cuidado competente del bienestar de los otros Principio III: integridad Principio IV: responsabilidades profesionales y científicas con la sociedad. En ese sentido, los dilemas y decisiones éticas en Estos principios han psicología implican tener De este modo, la formación permitido construir y en cuenta, además de los de profesionales en actualizar la normatividad principios, unas normas y psicología involucra una profesional situada, una moral personal en el preparación para asistir acorde a su comunidad y profesional, entendidos sujetos, familias, grupos, cultura, denotando el como los criterios comunidades o logro y mantenimiento de fundamentales para la instituciones, lo cual estándares éticos a nivel toma de decisiones, y por conlleva a poner en juego el científico, así como de lo tanto, deben ser conocimiento científico, aplicación, custodiando el considerados en las técnicas y destrezas para bienestar de los sujetos, los discusiones de las dar respuesta a las grupos y las comunidades. situaciones que se problemáticas que emergen enfrentan en el actuar profesional. Lo anterior implica que en los diversos campos de la psicología se maneje información privada, que debe ser usada de forma adecuada y cuidadosa en beneficio de los usuarios, lo que ha permitido la creación de manuales, normativas y códigos éticos que contemplan el actuar del psicólogo en diferentes situaciones. Respecto a los adelantos en ética en la formación de profesionales de la psicología, se puede evidenciar: La conformación de comités de ética para investigación y para promover conciencia y actitud ética. La formación curricular que incluye la importancia de la ética y deontología para la formación íntegra y competente del profesional Las prácticas profesionales durante el pregrado son un proceso clave para la formación ética del psicólogo. Aún son tema de interés y discusión las competencias éticas en los estudiantes de psicología, razón por la cual, en diferentes países se han realizado investigaciones y propuestas. Es fundamental que los profesionales de la salud mental cuenten con sólidos principios éticos que orienten su práctica hacia el bienestar de las personas. Como psicólogos, formamos parte de una comunidad que necesita de ciertos principios y fundamentos éticos esenciales para coexistir. Estos principios tienen como objetivo guiar nuestra labor hacia la promoción del bienestar y la dignidad tanto de nosotros mismos como de nuestros clientes o consultantes. La intuición personal, el sentir o el juicio propio no son suficientes para tomar decisiones acertadas y beneficiosas. Nuestro rol implica no solo acompañar, ayudar y orientar, sino también dirigir nuestras acciones y decisiones de una manera ética que nos permita asumir responsabilidades y protegernos. De acuerdo con la APA (2003), organización científica y profesional de psicólogos en E.E.U.U, los principios éticos generales de un psicólogo son: Principio de respeto Principio de Principio de Principio de Principio de por los derechos y beneficencia y no fidelidad y integridad: justicia: la dignidad de las maleficencia: responsabilidad: personas: Los psicólogos establecen Los psicólogos relaciones de Los psicólogos se respetan la confianza con Los psicólogos esfuerzan por Los psicólogos dignidad y el valor aquellos con reconocen que la hacer el bien a buscan promover de todas las quienes trabajan. imparcialidad y la aquellos con la exactitud, personas y el Son conscientes justicia permiten quienes honestidad y derecho a la de sus que todas las interactúan veracidad en la privacidad, a la responsabilidades personas accedan profesionalmente ciencia, docencia confidencialidad y profesionales y y se beneficien de y asumen la y práctica de la a la científicas hacia los aportes de la responsabilidad psicología. autodeterminació la sociedad y las psicología. de no hacer daño. n de los comunidades individuos. específicas donde interactúan. Código de ética en Chile (1999) El Código de Ética Profesional es el instrumento diseñado para facilitar el cumplimiento y la puesta en práctica del mandato de los Estatutos del Colegio de Psicólogo/as, en el que se enfatiza la ética como valor central de la profesión y su ejercicio. Su objetivo general es regular el quehacer profesional con acento en la propuesta de criterios de acción y conducta. Estos dos aspectos constituyen una totalidad claramente integrada al momento de asumir que el ejercicio de la práctica profesional es un quehacer destinado a favorecer el desarrollo humano individual y colectivo. En ninguna circunstancia se puede descuidar u omitir actuar en tal sentido. Aunque es de propia responsabilidad del psicólogo/a la actualización de conocimientos y el acrecentar su capacidad para evaluar moralmente sus acciones y las condiciones en que se desempeña, constituye un valioso aporte para sí mismo y la comunidad profesional el vincularse y asociarse con sus pares a fin de optimizar su desempeño en dichos aspectos; también lo es procurar trascender con tales intereses en todos los ámbitos en que se desempeña. Objetivos específicos Facilitar la resolución de Dilucidar y resolver dudas y dilemas éticos en las Analizar y clarificar conflictos de tipo ético diferentes especialidades opciones de acción. profesional. de la profesión. Proteger y/o defender a los psicólogo/as frente a Configurar, evaluar y juzgar acusaciones o acciones las eventuales infracciones que afecten injustamente a las propias normas. su prestigio y ejercicio profesional. Estructura La estructura del Código de Ética está constituida por: "Normas Éticas Específicas" (Capítulo "Principios Éticos Generales" "Normas Éticas Generales" (Capítulo Tercero, Artículos 11 al 17) que están (Capítulo Primero, Artículo 1 al 6) que Segundo, Artículo 7 al 10) que informan sistematizadas en 7 categorías que constituyen el marco teórico-ético que de los límites de acción del Código; pretenden abarcar de manera precisa y lo sustenta, por lo tanto, no tienen un respeto por los otros, prestación de específica los aspectos relativos: carácter normativo. servicios y competencia. Al cliente. Son normas de carácter normativo A la relación con los colegas y otros general. profesionales. A la relación de los psicólogos/as con el Colegio de la Orden. A los instrumentos y/o procedimientos técnicos de diagnóstico y tratamiento. A la investigación en psicología. A la comunidad o sociedad. A los Derechos Humanos. Artículo 1º: Respeto por los Derechos y la Dignidad de las Personas El psicólogo/a se compromete a respetar y adherir a los principios establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos. En particular, respetar la dignidad y el valor de todas las personas y el derecho a la privacidad, confidencialidad, autodeterminación, diversidad y autonomía. Así mismo, respetar las diferencias individuales, culturales, de género, etnia, religión, ideología, orientación sexual, condición socioeconómica, u otras. Artículo 2º: Competencia Es responsabilidad del psicólogo/a tener un nivel de competencia idóneo, proveyendo sólo aquellos servicios y técnicas para las que está capacitado por su formación profesional, al igual que reconocer las fronteras de su disciplina. Es también su responsabilidad la actualización permanente de sus conocimientos e información científica y profesional relevante a los servicios que brinda. Asimismo, tener presente que las competencias que se requieren en la asistencia, enseñanza y/o estudio de personas o grupos humanos, varían según las características diversas de éstos. Artículo 3º: Compromiso Profesional y Científico Artículo 4º: Integridad El psicólogo/a se guiará por principios de probidad, honestidad, justicia y respeto por los otros en su ejercicio profesional. En este contexto, el psicólogo/a tendrá en cuenta sus propios sistemas de creencias, valores, necesidades y límites y del efecto que éstos tienen en su trabajo. Del mismo modo, el psicólogo/a evitará comportamientos en su vida privada que puedan generar dudas públicas sobre su honestidad o conformación ética que afecten la imagen de la profesión. Artículo 5º: Independencia El psicólogo/a, en el ejercicio de su profesión, evitará influencias o presiones personales y/o institucionales que atenten contra su conformación ética, el respeto por las personas objeto de su ejercicio profesional y el cumplimiento del código ético de la profesión. Este principio obliga a explicitar, a quien corresponda, las situaciones en que exigencias externas entren en conflicto con este Código de Ética. El psicólogo/a tendrá presente su responsabilidad profesional y científica hacia la comunidad y la sociedad en que trabaja y Artículo 6º: vive. Asimismo su compromiso social implicará aportar al conocimiento, estudio y transformación de su sociedad, y la Responsabilidad promoción y desarrollo de leyes y políticas sociales que Social apunten, desde su especificidad profesional, a crear condiciones que contribuyan al bienestar y desarrollo de la comunidad. Artículo 11º: Aspectos Relativos al Cliente 1. Bienestar del Cliente 2. Atención al cliente El psicólogo/a debe atender a su cliente mientras El psicólogo/a debe relacionarse con su cliente en sea necesario, o de acuerdo al convenio un estricto marco profesional, proporcionándole previamente establecido. Si ello no es posible, una atención oportuna y eficiente. tomará las precauciones pertinentes para que éste El psicólogo/a debe generar las condiciones de cuente con la atención que requiera. infraestructura, ambiente físico y psicológico, que Debe evitar cualquier situación y/o acción que, sin contribuyan a que su paciente o cliente esté en la una razón plenamente justificada, pueda situación más propicia para recibir el servicio y inmiscuirse en el tiempo y atención a que su cliente expresar sus potencialidades. tiene derecho o que pueda distraerle de un buen desempeño. El psicólogo/a sólo tomará aquellos casos que pueda atender personalmente, no delegando en terceras personas la responsabilidad que tiene por su cliente. Cuando el psicólogo/a asigna ciertas tareas a sus colaboradores, debe preocuparse que estén debidamente calificados para ello, y supervisarlos cuidadosamente, manteniendo la responsabilidad del proceso. 4. Honestidad y sinceridad 3. Objetividad hacia los clientes El psicólogo/a deberá respetar el derecho del usuario a ser informado plenamente El psicólogo/a debe atender con igual en todo lo relativo a la prestación: dedicación a todas aquellas personas que características de la misma, apreciación requieran de sus servicios, no permitiendo inicial, alcances y limitaciones, resultados o que intereses o prejuicios externos afecten consecuencias posibles. sus decisiones profesionales. Por este motivo El psicólogo/a deberá tener presente no atenderá profesionalmente para sí mismo y ante el usuario el amistades, familiares y/o personas con alcance de sus capacidades, recursos y las cuales está involucrado en otros limitaciones profesionales en relación con la roles (por ejemplo, jefe-subalterno, prestación solicitada. También informará a su profesor-alumno). cliente -cuando sea el caso- las implicaciones de una atención institucional en términos Constituyen inconductas éticas las relaciones del manejo o exposición de la duales como involucramiento sexual o información, como asimismo el uso de la sentimental, el acoso sexual y toda misma para fines de investigación o estudio. superposición de roles, especialmente Requerirá la aprobación del cliente cuando cuando el psicólogo/a está claramente en corresponda. una posición de poder y autoridad respecto a sus clientes o pacientes. 5. Secreto profesional 5.1. El secreto profesional constituye un deber del psicólogo/a que perdura en forma indefinida y que alcanza incluso el nombre del paciente o cliente. El secreto profesional es un derecho del paciente o cliente establecido en su beneficio. 5.2. El psicólogo/a no podrá, en caso alguno, revelar directa, ni indirectamente los hechos, datos o informaciones que haya conocido o le hayan sido revelados en el ejercicio de su profesión, salvo orden judicial expresa, o autorización por escrito del cliente o paciente mayor de edad, que obre con discernimiento e informadamente. 5.3. El psicólogo/a estará eximido del secreto sólo y exclusivamente cuando sea requerido por Orden Judicial expresa. Aún así, el psicólogo/a debe procurar mantener en la más estricta reserva aquellos antecedentes no relacionados directamente en el asunto judicial. Asimismo, el psicólogo/a estará liberado del secreto profesional cuando su paciente o cliente por escrito lo releve expresamente del mismo; siempre cuando tenga pleno discernimiento y haya sido debidamente informado por el profesional. 5.4. En el caso de disputa judicial del psicólogo/a con su paciente o cliente, el profesional podrá revelar lo indispensable en su legítima defensa, procurando no abusar jamás de su información privilegiada sobre el paciente o cliente. 5.5. La violación al secreto profesional por parte del psicólogo/a se estimará como una grave infracción ética. 6. Confidencialidad 6.1. La confidencialidad de los antecedentes del paciente constituye un deber para el psicólogo/a en cuanto deberá preocuparse de manejarlos mediante procedimientos y métodos que los resguarden del conocimiento de personas no autorizadas. 6.2. Los antecedentes del paciente institucional o que por hacer uso de beneficios previsionales o subsidiados a derechos de salud deban ser manejados o conocidos por personas autorizadas, tendrán siempre de parte del psicólogo/a que atiende profesionalmente una especial preocupación de confidencialidad. 6.3. El psicólogo/a procurará que los antecedentes del paciente sean confeccionados de una forma tal que se restrinja al máximo el conocimiento por terceros, de datos o información, que por su naturaleza, le pueda procurar un desmedro personal. 8. Respeto por la autonomía 7. Respeto a la libre elección del cliente El cliente es libre de elegir al psicólogo/a El psicólogo/a debe permitir que el cliente o tratante o consultante, así como es usuario tome sus propias decisiones. deber de éste respetar el deseo de su Orientará al cliente para que éste pueda cliente de cambiar de profesional. En este ejercer su propio juicio e iniciativa caso, el psicólogo/a entregará la información cuando sea factible. Le entregará las necesaria para la continuación de la atención pautas que permitan tomar una decisión profesional con base en su opinión técnica, informada y realista, aclarándole las informes elaborados y exámenes realizados, diversas opciones de que dispone, como si así lo solicitare el profesional actualmente asimismo las consecuencias que pudieran ser a cargo. anticipadas. Por otra parte, el psicólogo/a puede Cuando esté en duda la capacidad de aceptar o rechazar a los clientes con discernir del cliente, el psicólogo/a -si lo entera libertad. En las atenciones que estima necesario- deberá hacer las realice en las instituciones de las que sea consultas, interconsultas y/o solicitar la funcionario, deberá tener en cuenta las supervisión para enfrentar la situación disposiciones estipuladas en el. adecuadamente. Asimismo dará los pasos necesarios para que la familia o responsables legales del cliente se hagan cargo de lo que les compete. En cualquier caso se tratará de proteger la relación con el cliente o paciente y en lo posible mantener la confidencialidad de los contenidos. 9. Interconsultas, derivaciones y trabajo en equipo 10. Interrupción de los Servicios En el caso que para una gestión o atención Cuando los servicios psicológicos se ven profesional integral el psicólogo/a estime interrumpidos por parte del profesional o beneficioso para el individuo o grupo la cliente por factores tales como intervención de otros profesionales o enfermedad, traslado u otras limitaciones, especialistas, deberá hacer las el psicólogo/a debe hacer esfuerzos interconsultas, asesorías o trabajo en razonables para planificar la equipo aconsejables por el tiempo que continuación de los servicios, la acción profesional lo haga poniendo la mayor consideración en el necesario. Así mismo hará las bienestar del cliente. derivaciones pertinentes cuando se En el caso de incumplimiento por el cliente determine que el trabajo profesional al convenio de honorarios, el psicólogo/a corresponde en su totalidad a otro podrá poner término a los servicios especialista. profesionales. Sin perjuicio de lo anterior, el psicólogo/a deberá informar al cliente los posibles efectos de la interrupción del tratamiento. 11. Término de la Relación Profesional El psicólogo/a pondrá término a una relación profesional cuando considere, desde su rol, que se han cumplido los objetivos. Asimismo, cualquiera de las partes puede poner término a la relación profesional al estimarse innecesario el servicio, o que la prolongación no beneficia al cliente, o que éste quiere hacer uso de su derecho a cambiar de profesional. Ante esta situación, el psicólogo/a proporcionará información acerca de servicios alternativos y dará los pasos necesarios para facilitar la transferencia de responsabilidad a otro profesional cuando corresponda. En resumen, los principios éticos proporcionan una estructura que sostiene la integridad profesional, la responsabilidad y el compromiso y que sirven como el fundamento sobre el cual se construyen todas las acciones y decisiones del psicólogo. Son los cimientos sobre los cuales se apoya la práctica y la generación de conocimiento en relación con uno mismo, los demás y la sociedad.