Ley Orgánica 7/2021 Protección de Datos Personales PDF

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This document is Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales. It's a comprehensive legal text outlining data protection regulations in Spain. The document covers a wide range of topics on data protection.

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# Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales. ## Índice - Preámbulo. 6 - **CAPÍTULO I. Disposiciones generales** - Artículo 1. Obj...

# Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales. ## Índice - Preámbulo. 6 - **CAPÍTULO I. Disposiciones generales** - Artículo 1. Objeto. 12 - Artículo 2. Ámbito de aplicación. 12 - Artículo 3. Datos de personas fallecidas. 12 - Artículo 4. Autoridades competentes. 13 - Artículo 5. Definiciones. 14 - **CAPÍTULO II. Principios, licitud del tratamiento y videovigilancia.** - Sección 1.ª Principios y licitud del tratamiento - Artículo 6. Principios relativos al tratamiento de datos personales. 15 - Artículo 7. Deber de colaboración. 16 - Artículo 8. Plazos de conservación y revisión. 16 - Artículo 9. Distinción entre categorías de interesados. 16 - Artículo 10. Verificación de la calidad de los datos personales. 17 - Artículo 11. Licitud del tratamiento. 17 - Artículo 12. Condiciones específicas de tratamiento. 17 - Artículo 13. Tratamiento de categorías especiales de datos personales. 17 - Artículo 14. Mecanismo de decisión individual automatizado. 18 - Sección 2.ª Tratamiento de datos personales en el ámbito de la videovigilancia por Fuerzas y Cuerpos de Seguridad - Artículo 15. Sistemas de grabación de imágenes y sonido por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. 18 - Artículo 16. Instalación de sistemas fijos. 19 - Artículo 17. Dispositivos móviles. 19 - Artículo 18. Tratamiento y conservación de las imágenes. 19 - Artículo 19. Régimen disciplinario. 20 - **CAPÍTULO III. Derechos de las personas** - Sección 1.ª Régimen general - Artículo 20. Condiciones generales de ejercicio de los derechos de los interesados. 20 - Artículo 21. Información que debe ponerse a disposición del interesado. 21 - Artículo 22. Derecho de acceso del interesado a sus datos personales. 21 - Artículo 23. Derechos de rectificación, supresión de datos personales y limitación de su tratamiento. 22 - Artículo 24. Restricciones a los derechos de información, acceso, rectificación, supresión de datos personales y a la limitación de su tratamiento. 22 - Artículo 25. Ejercicio de los derechos del interesado a través de la autoridad de protección de datos. 23 - Sección 2.ª Régimen especial - Artículo 26. Derechos de los interesados como consecuencia de investigaciones y procesos penales. 23 - **CAPÍTULO IV. Responsable y encargado de tratamiento.** - Sección 1.ª Obligaciones generales - Artículo 27. Obligaciones del responsable del tratamiento. 23 - Artículo 28. Protección de datos desde el diseño y por defecto. 24 - Artículo 29. Supuestos de corresponsabilidad en el tratamiento. 24 - Artículo 30. Encargado del tratamiento. 24 - Artículo 31. Tratamiento bajo la autoridad del responsable o del encargado del tratamiento. 25 - Artículo 32. Registros de las actividades de tratamiento. 25 - Artículo 33. Registro de operaciones. 26 - Artículo 34. Cooperación con las autoridades de protección de datos. 26 - Artículo 35. Evaluación de impacto relativa a la protección de datos. 26 - Artículo 36. Consulta previa a la autoridad de protección de datos. 26 - Sección 2.ª Seguridad de los datos personales - Artículo 37. Seguridad del tratamiento. 27 - Artículo 38. Notificación a la autoridad de protección de datos de una violación de la seguridad de los datos personales. 28 - Artículo 39. Comunicación de una violación de la seguridad de los datos personales al interesado. 29 - Sección 3.ª Delegado de protección de datos - Artículo 40. Designación del delegado de protección de datos. 29 - Artículo 41. Posición del delegado de protección de datos. 29 - Artículo 42. Funciones del delegado de protección de datos. 30 - **CAPÍTULO V. Transferencias de datos personales a terceros países que no sean miembros de la Unión Europea o a organizaciones internacionales** - Artículo 43. Principios generales de las transferencias de datos personales. 30 - Artículo 44. Transferencias basadas en una decisión de adecuación. 31 - Artículo 45. Transferencias mediante garantías apropiadas. 31 - Artículo 46. Excepciones para situaciones específicas. 32 - Artículo 47. Transferencias directas de datos personales a destinatarios, que no sean autoridades competentes, establecidos en Estados no pertenecientes a la Unión Europea. 32 - **CAPÍTULO VI. Autoridades de Protección de Datos Independientes.** - Artículo 48. Autoridades de protección de datos. 33 - Artículo 49. Funciones. 33 - Artículo 50. Potestades. 34 - Artículo 51. Asistencia entre autoridades de protección de datos de los Estados miembros de la Unión Europea. 34 - **CAPÍTULO VII. Reclamaciones** - Artículo 52. Régimen aplicable a los procedimientos tramitados ante las autoridades de protección de datos. 35 - Artículo 53. Derecho a indemnización por entes del sector público. 35 - Artículo 54. Derecho a indemnización por encargados del tratamiento del sector privado. 35 - Artículo 55. Tutela judicial efectiva. 36 - **CAPÍTULO VIII. Régimen sancionador** - Artículo 56. Sujetos responsables. 36 - Artículo 57. Concurso de normas. 36 - Artículo 58. Infracciones muy graves. 36 - Artículo 59. Infracciones graves. 37 - Artículo 60. Infracciones leves. 38 - Artículo 61. Régimen jurídico. 39 - Artículo 62. Sanciones. 39 - Artículo 63. Prescripción de las infracciones y sanciones. 39 - Artículo 64. Caducidad del procedimiento. 40 - Artículo 65. Carácter subsidiario del procedimiento administrativo sancionador respecto del penal. 40 ## Disposiciones adicionales - Disposición adicional primera. Regímenes específicos. 40 - Disposición adicional segunda. Intercambio de datos dentro de la Unión Europea. 41 - Disposición adicional tercera. Acuerdos internacionales en el ámbito de la cooperación judicial en materia penal y de la cooperación policial. 41 - Disposición adicional cuarta. Ficheros y Registro de Población de las Administraciones Públicas. 41 - Disposición adicional quinta. Referencias normativas. 41 ## Disposiciones transitorias - Disposición transitoria única. Duración del mandato inicial de la persona titular de la Dirección de Supervisión y Control de Protección de datos del Consejo General del Poder Judicial. 41 ## Disposiciones derogatorias - Disposición derogatoria única. Derogación normativa. 41 ## Disposiciones finales - Disposición final primera. Modificación de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria. 41 - Disposición final segunda. Modificación de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, reguladora del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. 42 - Disposición final tercera. Modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. 43 - Disposición final cuarta. Modificación de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 48 - Disposición final quinta. Modificación de la Ley Orgánica 1/2020, de 16 de septiembre, sobre la utilización de los datos del registro de nombres de pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos de terrorismo y delitos graves. 49 - Disposición final sexta. Modificación de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. 49 - Disposición final séptima. Modificación de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada. 49 - Disposición final octava. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre. 50 - Disposición final novena. Naturaleza de la ley. 51 - Disposición final décima. Título competencial. 51 - Disposición final undécima. Incorporación del Derecho de la Unión Europea. 51 - Disposición final duodécima. Entrada en vigor. 51

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