Temas Derecho Mercantil PDF
Document Details
Uploaded by UnaffectedRoentgenium3628
Universidad de Oviedo
Tags
Summary
Este documento presenta una visión general del derecho mercantil, incluyendo su concepto, contenido y caracteres. Se centra en la regulación de la actividad empresarial, las sociedades, el derecho concursal y la contratación mercantil. Analiza las fuentes del Derecho Mercantil y los tipos de empresarios (individuales, sociales y mercantil-civiles).
Full Transcript
L1.ELSISTEMADELDERECHOMERCANTIL 1.CONCEPTO,CONTENIDOYCARACTERES. oncepto C ElDerechoMercantilesunconjuntodedisposiciones,enuniónalosusosdecomercioobservadosencada plaza,queconformanelDerechoMercantil,unaramadelOrden...
L1.ELSISTEMADELDERECHOMERCANTIL 1.CONCEPTO,CONTENIDOYCARACTERES. oncepto C ElDerechoMercantilesunconjuntodedisposiciones,enuniónalosusosdecomercioobservadosencada plaza,queconformanelDerechoMercantil,unaramadelOrdenamientojurídicodefinidacomoelsectordel Derecho patrimonial privado que regula el estatuto profesional de los empresarios mercantiles, el tráfico realizadoporéstosparacolocarenelmercadolosbienesyserviciosproducidosensuactividad. Comprende 3 materias: las sociedades (creación de empresas), el derecho concursal (concurso de acreedores),ylacontrataciónmercantil. EIDerechoMercantiltiene2criteriosderegulación: 1. Concepción objetiva donde se regulan los actos de comercio con independencia de quién los ejecuta.Imposibledefinicióngeneral. 2. Concepciónsubjetiva quesonactosdecomerciolosdesarrolladosporcomerciantesenelejercicio desuactividad.Problema:definiralcomercianteporsuactividad. ontenido C ElDerechoMercantilcomosistemaesunfenómenorecienteenlahistoriadelDerecho. Nace en la Edad Media para dar respuesta a la exigencia de regular adecuadamente la economía de mercado,estableciendonormasparalaactividadcomercial,peronounsistemanormativo. Con el nacimiento de los Estados, se encargaba de controlar la economía, seguía siendo un derecho profesionalquefijabanormas. Caracteres 1) Internacionalidadyuniformidad 2) Ductilidad(sepuedeamoldaracualquiersituación) 3) Rechazoalformalismo 4) Rigorfrentealincumplimiento 5) Mayorcontrol 6) Incrementodelaresponsabilidadanteelconsumidor Códigodecomerciode1885(CCo) - RecogeensuExposicióndemotivos:“consideraalDerechomercantilbajounafazcompletamente nueva...”“pretenderegirtodoslosactosyoperacionesmercantiles,cualquieraqueseaelestadoo profesióndelaspersonasquelocelebren”. - Art. 2: “Los actos de comercio, sean o no comerciantes los que los ejecuten, y estén o no especificadosenesteCódigo,seregiránporlasdisposicionescontenidasenél… - ¿Cuálesson?:“SeránreputadosactosdecomercioloscomprendidosenesteCódigoy .CONSTITUCIÓNECONÓMICAYDERECHOMERCANTIL 2 La constitución económica eslafijacióndeunrégimeneconómicoconcretoenlasnormasfundamentales deunpaís. Derechodelempresarioysuactividad. Matices: - Giro hacia el consumidor. Se han creado normas imperativas de protección, pero dentro de la actividadmercantil. - Generalización del DM. Se han derogado o sustituido sus artículos por leyes especiales (Mercantilización). 1 .FUENTESDELDERECHOMERCANTIL 3 Son:laley,lacostumbreylosprincipiosgeneralesdelderecho. L eyMercantil:es todanormaestatalescrita(cualquieraqueseasurangoformalqueregule).La competenciasobrelalegislaciónmercantilcorrespondeexclusivamentealEstado. ○ Las comunidades en el marco espacial de cada una sobre determinadas materias (Ej.: comerciointerior,banca…). U sos de Comercio: La fuerza vinculante del uso deriva de la reiteración en la practica deun comportamiento que se considera debido,oloqueeslomismo,laconcurrenciadelossiguientes factores: ○ 1º.Generalizacióndeunaconducta ○ 2º.Creenciadequeresultaobligada(opinioiuris). Elusoadiferenciadelaley,(principioiuranovitcuria)debeserprobadoencasodealegación. P rincipios generales del derecho: ideas fundamentales de la organizaciónjurídicadelanación (De Castro), es decir, las que dan sentido a las normas jurídicas legales o consuetudinarias (costumbres) existentes en la comunidad, los enunciados generales a los que se subordina un conjuntodesolucionesparticulares. L2.ELEMPRESARIOYSUSCOLABORADORES .CONCEPTO,CONTENIDOYCARACTERES 1 Terminología:comerciante=empresario ➔ Concepto:personafísicaojurídicaqueejercitaunaactividadconstitutivadeempresa,entendiendo portalunaactividadeconómicadirigidabienalaproducción,bienalaintermediación,debieneso serviciosenelmercado. mpresarioIndividual E Artículo 1 CCo:Soncomerciantes para los efectos de este código:Losqueteniendocapacidadlegalpara ejercerelcomerciosededicanaélhabitualmente. - Faltaundato:ennombrepropio Ley de emprendedores(14/2013):toda persona,física o jurídica,que desarrolleuna actividad económica empresarialoprofesional.Nosuponeningunanovedad. ➔ Capacidaddelempresarioindividual(Requisitosparapoderserempresario) - losmayoresdeedad - losmenoresdeedademancipados - losmenoresdeedadnoemancipadosconasistenciadesurepresentantelegal-progenitores, tutor,defensorjudicial. - laspersonascondiscapacidadconelapoyoqueprecisenconformealasmedidasdeapoyo adoptadasjudicialmenteparaelejerciciodesucapacidadjurídica. ➔ Incompatibilidadesqueimpidenserempresario - magistrados, jueces y fiscales, jefes gubernativos, empleados en la recaudación y administracióndefondosdelEstado… - Paraelejerciciodealgunasactividadespuedeserprecisaunaautorizaciónadministrativa. - Prohibiciónlegal:penadosyconcursadosculpablesporSentenciafirme. 2 ➔ P érdidadelacondicióndeempresario¿cómosepierde? PordejardeconcurriralgunodelosrequisitosSubjetivos: 1) Fallecimiento. 2) Incapacitación(aunquepodríacontinuaratravésdesurepresentantelegal). 3) Inhabilitación(13,2CCo). Objetivos: 1. Cese en el ejercicio de una actividad mercantil en nombrepropio(Los actos de liquidaciónsiguensiendomercantiles).(Seacabalaactividad) 2. Pérdidadelcaráctermercantildelaactividad. mpresarioSocial E Es cualquierenteasociativoquetengapersonalidadjurídica(sociedadesmercantilesoindustriales)yquese dediqueaejercerelcomerciohabitualmenteydeformaprofesional. Es lapersonajurídicaqueejercitaennombrepropiounaactividadempresarialyparaellotendráqueactuar medianteórganosformadosporpersonasfísicas. Dentrodelosempresariossociales: - Sociedadesdepersonas - Sociedadesdecapital Existen sociedades que son mercantilesporsuobjetoynoporlaforma?Sí. Sociedadesirregulares(v.gr. ¿ Formacivilyobjetomercantil).Selesaplicannormassociedadcolectiva. mpresarioMercantil-Civil E Estánsujetosalestatutodelempresario. Sonempresarioscivileslosque,noconstituyéndosecomosociedadesmercantilesporsuforma,sedediquen aactividadeseconómicasnomercantiles:agrícolas,artesanos,pesca,ganadería,Profesionalesliberales. EmpresaPública/EmpresarioPrivado - Empresa pública: Ejercida o controlada por la Administración Pública. A veces adoptanformas mercantilesSAySL- - Empresaprivada:formasjurídico-privadastradicionalesocapitalistasylosempresariosdeeconomía social(cooperativas,mutuas,etc.). .ELEJERCICIODELAACTIVIDADMERCANTIL.ELREGISTROMERCANTIL. 2 ElEjercicioDebeSer: - Habitual - Ennombrepropio - Sepresumeporactosexternos(quepuedenhacer):desdequelapersonaquesepropongaejercerlo, anunciareporcirculares,periódicos,carteles,rótulosexpuestosalpúblicoodeotromodocualquiera, (que)unestablecimientoquetengaporobjetoalgunaoperaciónmercantil. ComposiciónYNaturaleza - Composición variable: local (o locales), derechos, muebles, mercaderías, marcas y propiedad industrial,clientela… - “universitasrerum”unidasporqueestándestinadasaldesarrollodelaactividad egocios N Laempresapuedeserobjetodetráficoenvirtuddedistintosnegociosjurídicos. Es preciso conjugar las normas civiles y mercantiles aplicables con la finalidad perseguida por los contratantes,queeslatransmisióndelaempresacomountododecarácterunitario,contodosloselementos quelaintegranysinmermadesuunidadjurídicayeconómica. 3 ompraventaDeEmpresa(TotaloParcial) C Hadeaplicarseacadatipodebienlasnormasquerigensutransmisión: - Inmuebles. - Mueblesmediantesuentregamaterialopuestaadisposición. - Patentes...DerechosdePI. - Régimenespecialdesucesióndeempresaaefectoslaboralesyfiscales. - Derechos,créditos,documentacióncontable,etc. rrendamiento A Habitual.AntesexcluidodelaLAU(LeydeArrendamientosUrbanos).Seregiráporlopactadoentrelaspartes yporlalegislaciónarrendaticiacomún. ➔ Definición: contratoporelquesecedelaexplotacióndeunaempresaapersonadistintadesutitular porprecioytiempodeterminado. Arrendatario:estáobligadoaexplotarloporsímismocomounbuenempresario. Ejerciciodelcomercioporpersonacasada - Los empresarios (como cualquier otra persona)respondende sus deudascon todos sus bienes presentesyfuturos. - Losempresariosenrégimendegananciales,sincapitulacionesinscritasenelRM. Trescategoríasdebienes 1. Privativos del empresario y gananciales derivados de la actividad empresarial: responden siempre.(Siemprelosprivativosdelempresariorespondenfrentealaactividadytambiénlosdemi parejasalvo…) 2. Restodecomunes,también,salvoqueelcónyugesehubieraopuestoexpresamenteasuejercicio (einscripciónenRM). 3. Privativosdelcónyuge:no,salvoconsentimientoexpreso. ElRegistroMercantil - Es un instrumento de publicidad legal creado para dar seguridad al ejercicio de actividades económicas. - Es una institución jurídicaypúblicaquedependedelMinisteriodeJusticia atravésdelaDirección GeneraldeRegistrosyNotariado(DGRN). - Es elinstrumentodepublicidadjurídicadelosempresarios,delaspersonasyentidades,delosactos ycontratosydelasresolucionesjudicialesyadministrativasquesoninscribibles. - Es un registro público, esto es, cualquier interesadopuede tenerconocimientode su contenido solicitandounanotasimpleocertificado(publicidadformal). a regulacióndel RMse establecefundamentalmenteen el Códigode Comercio,modificadoporlaLeydel L ReglamentodelRegistroMercantil.SonsupletoriamenteaplicableslaLeyyReglamentoHipotecarios. apublicidadregistralseinstrumentaatravésdelosregistrosmercantilesterritorialesyelRegistroMercantil L Centralque,bajo la dependenciadel MinisteriodeJusticia, tienenasignadasporlaleyfuncionesdiferentes aunquecomplementarias. os RMse encuentranestablecidosentodaslascapitalesdeprovincia,ademásdeenlasciudadesCeuta, L Melilla,Eivissa, Mahón,Arrecife,PuertodelRosario,SantaCruzdelaPalma,SanSebastiándelaGomera, Valverdey Santiagode Compostela.La circunscripciónde cada unode ellos se extiendealterritoriodela provinciaalaquecorresponda. 4 ➔ Organizaciónyfunciones RegistrosTerritoriales: - Inscripciónactosempresarios - Depósitodecuentas - Legalizaciones - Nombramientoexpertosyauditores - COMPETENCIA:domicilio(art.17RRM)(domicilio= se constituyó en Gijónpero municipioenleón—>esenleón) RegistroMercantilCentral: - Denominaciones - BORME(publicidadmaterialpositiva) a)Sucompetencia(delosrequisitos)principalyexclusivaconsisteen: - lainscripcióndelossujetosinscribibles - asícomodelosactosycontratosqueaquéllosrealicen Estaactividadserealizaenloslibrosdelregistro,atravésdelosdiferentesasientos, enlahojapersonaldecadasujeto. b)Además,(deestarinscrita)losregistroscumplenestasotrasfunciones: - lalegalizacióndeloslibrosdelosempresarios - elnombramientodeexpertosyauditoresdecuentas - eldepósitodelascuentasanuales - laconciliaciónregistral. ainscripciónenelRMesobligatoria,salvoenloscasosenqueexpresamentesedigalocontrario. L La inscripción en el RM es voluntaria, para el empresario mercantil individual (salvo navieros y el emprendedorderesponsabilidad limitada“ERL”). .LAOBLIGACIÓNDECONTABILIDADDELEMPRESARIO. 3 Introducción Todoempresarioestáobligadoa: Llevarlibroscontables:contabilidadformal. Formularcuentasanuales:contabilidadmaterial. ontabilidadFormal C Librosobligatorios: Librodeinventariosycuentasanuales. ibrodiario L Paralassociedades: Librodeactas(art.26CCo). Librosocios,accionesnominativas,segúneltiposocial. ➔ L egalización(art.27CCo) LarealizaelRegistroMercantil. - Deloslibrosobligatorios - Tambiénsepuedenlegalizarlosvoluntarios - Consisteendiligenciaenelprimerfolioconelnúmerodehojasquetiene,yelsellodelRM encadauna.Hoyendíaesporvalidacióninformáticadellibroyacumplimentadoensoporte electrónico. ➔ Mododellevanzayconservación - Llevanza: con claridad, por orden de fechas, sin espacios en blanco, interpolaciones, tachadurasniraspaduras.Sesalvaránloserroresencuantoseadviertan. - Conservación:6añosdesdelafechadelúltimoasiento. 5 ➔ Examencontabilidad Lacontabilidadessecreta,salvoloquedisponganlasLeyes.Sólocabe: - Reconocimientogeneralenloscasosdelart.32,2CCo - Reconocimientoparticular,deasientosconcretosrelativosaunasunto,cuandoloacuerdeel juezdeoficiooainstanciadeparte.Seharáeneldomiciliodelempresarioyensupresencia. ContabilidadMaterial—>ImportanteEstáParte ➔ Objetivo Todoempresariodebeformularcuentasanualesalcierredelejercicio. - Balance - Cuentadepérdidasyganancias - Estadodepatrimonioneto - Estadodeflujosdeefectivo - Memoria. Finalidadde las cuentasanuales:mostrarla imagenfiel del patrimonio,de la situación financieray delos resultadosdelaempresa. Debenredactarsecon claridady mostrar la imagenfiel del patrimonio,de la situación financieray de los resultadosdelaempresa. Cuando la aplicación de la Ley no sea suficiente para mostrar la imagen fiel, se suministrarán las informacionescomplementariasenlamemoria. ➔ Documentosdelascuentas - Balance:activo,pasivoypatrimonioneto - Cuentadepérdidasyganancias:resultadodelejercicio,ingresosygastos. - Memoria:ampliaráycompletará. - Informedegestión:lassociedadesquenoformulenbalanceabreviado:exposiciónfielsobre la evolución de los negocios y la situación de la sociedad, junto a la descripciónde los riesgoseincertidumbresalosqueseenfrenta. ➔ Auditoríadecuentas - Revisiónporexpertoindependiente,paradeterminarsimuestranlaimagenfiel. - ReguladaporLey22/2015,de20dejulio,deAuditoríadeCuentas(envigorenjunio2016) - Seplasmaenuninforme. - Puedeserde: - cuentasanuales yconsistiráenverificardichascuentasaefectosdedictaminarsi expresanlaimagenfieldelpatrimonio,delasituaciónfinancieraydelosresultados delaentidadauditada,deacuerdoconelmarconormativodeinformaciónfinanciera queresultedeaplicación. - estadosfinancieros(4,2) - NecesariamenteporauditoresinscritosenROAC. ➔ Nombramiento - Reglageneral:porlajuntageneral“JG”. - Encasodeauditoríavoluntaria,porJGoporlosadministradores(enesteúltimocasonose inscribe). - Registradormercantil: - Siterminóelejercicioynosenombró,ainstanciadecualquiersocio,administradoro elcomisariodelsindicatodeobligacionistas. - Apeticióndesociosquerepresentenun5%. - Poreljuez,siconcurrejustacausa 6 ➔ D epósitodecuentas Dentrodelmessiguienteasuaprobación,sedepositanenRM: - Cuentasanuales,informedegestiónydeauditoría. Calificación:sisonlosdocumentoslegalesycuentanconlasfirmasprecisas. Publicidaddel depósito:cualquier personapodráobtenerinformacióndelRegistroMercantil detodoslosdocumentosdepositados. .LOSCOLABORADORES 4 Debido a la complejidad, la intensidad y la masificación del moderno tráfico económico, se obliga al empresario mercantil (individualo social) a solicitarcolaboracióndeungrannº.depersonas,quedirectao indirectamente,leauxilieenlaexplotacióndelaEª.yensuactividad. Con el empresario colaboran, empleados, técnicos, factores y gerentes, asesores jurídicos, financieros, aseguradores.Unosayudanaproducirlosbienesoserviciosyotrosconlasrelacionesenelmercado. Porlotantoexistelacolaboracióninternaylaexterna,yuntriplecriteriodeclasificación: . C 1 riteriodepermanenciaoesporádico. 2. Criteriomercantil:representantesgeneralesosingularesyagentes(nolosonlosempleados,técnicos yasesores). 3. Criteriointerno/externo: según se preste la colaboraciónpor personas sometidas por régimen de dependenciaysubordinaciónjerárquica,ono. stos criteriosenconjunto,nosllevanadibujar2grandesgruposdeauxiliaresocolaboradores:permanentes E y/odependientesquesonlosverdaderosauxiliares(factoresogerentes,apoderadossingularesomancebos). Esporádicosquemuchasvecessontambiénasuvezempresarios(corredores,agentes)independientemente ysinsubordinación. ➔ ColaboradoresDependientes - Normalmentelasrelaciones estánregidasbajoelderecholaboral. - Los auxiliarescuandodesarrollanlaboresde representación,precisande unapoderamiento expreso, si bien sus facultades representativasse presumenen defensade la apariencia jurídicacuandoactúanconnotoriedadysinoposicióndelempresario. - Podemosdistinguirdiversos tipos deauxiliares:elfactor,losdependientes,losmancebosy losviajantesdecomercio. A. E lfactorogerente/directorgeneral/apoderadogeneral Está habitualmente al frente de factoría o establecimiento, administrando,dirigiendo, contratando los negocios. Es una apoderado general con facultades de representación generales,salvolimitaciónexpresa. NormalmentelospoderesestáninscritosenRM. Puedenexistir varios factores. No cabe que haga competencia. Puede actuaren nombre propio(nohabitual)odelempresario,debiendomencionarlo. Factornotorio:eslapersonaalfrentedeunestablecimiento,sininscripciónalguna.Actúa conlaaparienciaypresunciónderepresentación. No debe confundirsea los factores con los administradoresde la sociedad,ya que estos tienenloquesedenominacomo representaciónorgánicadelasociedad,porquesonpartede lamisma,ynoserigenporrelaciónlaboraldedependencia. B. D ependientes/mancebos ExpresiónanacrónicadelaépocadelCCO,autorizadosparavenderalpormenorenalmacén público,oalpormayor,enelmismo,asícomoderecibirmercancíasenalmacén,sibienen generalescasasolimitadasfacultades. Estánincluidosporelámbitodesuspoderescomoapoderadossingulares(facultadospara realizar alguna/s gestiones propias del tráfico, ej.: jefe de ventas, vender detrás del mostrador) 7 C. A gentes/Viajantesorepresentantesdecomercio Auxiliares estables que desarrollanfuera del establecimiento laboresde promocióny, en ocasiones, de estipulaciónde contratosen nombredel empresario,si bien con facultades limitadas. Normalmentenombramientoportiempoindefinido. - Agentescomerciales: verdaderosempresarios independientes,que suelenprestar susserviciosavariosempresarios. - iajanteso representantesde comercio: auxiliarescon relaciónlaboralespecial. V Su función es la de visitar clientes, fomentarofertasde contrato,recogerpedidos paraelempresario,yavecespuedeconcertarcontratosdepocaenvergaduraocon posterioraprobacióndelosmismos,porelempresario. Suelen ser retribuidos por comisión, y si son despedidos tienen derecho a indemnizaciónporclientela. L3.DERECHODELACOMPETENCIA.PROPIEDADINDUSTRIAL .LADEFENSADELALIBRECOMPETENCIA.CONDUCTASPROHIBIDAS 1 Laactividaddelosempresariosenelmercadohaderespetarunconjuntodereglasque conformanelmarconormativodeltráfico. Entre ellas destacan las normas integrantesdel derecho de la competencia (Derechode la competencia deslealyDerechoaladefensadelalibrecompetencia). rigendelaNormativadeLibrecompetencia.Sistemalibremercado O Sebasaenquecualquierapuedeoperarenelmercado,biencomoproductoroprestadordeservicios,bien comodistribuidoromediadordelosmismos(empresario). Consecuencias: - Libreaccesodenuevasempresas:nopuedehaberbarrerasartificiales. - Paraelempresario:lacompetenciasuponemejorarcontinuamentesusofertas. - Empresasnocompetitivas:desaparecen. acimientoLegal N AfinalesdelsigloXIXelliberalismoeconómicoimponeelderechoacompetir. Silosempresarios,paramantenerseenelmercado,handeestarmejorandoeinnovandocontinuamente,es fácilqueellosmismostratendeeliminarlacompetencia:nacenlasprácticascolusorias. Marcolegal.LegislaciónNacional - Art.38ConstituciónEspañolaCE:Sereconocelalibertaddeempresaenelmarcodelaeconomíade libremercado.Lospoderespúblicosgarantizanyprotegensuejercicio… - Art.53CE:Libertaddeempresa(yrestoderechoscap.II)vinculaatodoslospoderespúblicosysólo puedeserreguladaporLey,quehabrádegarantizarsucontenidomínimo. - Art.128.2CE:reconoceiniciativapúblicaenlaactividadeconómica:sometidaalibrecompetencia. erechodelaUniónEuropea D Derecho directamenteaplicable en España en virtud de la adhesióna UE. Formapartedel ordenamiento español. TratadodeRomade1957: - Crearunmercadocomún“CEE”sometidoalibrecompetencia. - OtorgaUEcompetenciaparaelestablecimientodelasnormassobrecompetencianecesariasparael funcionamientodelmercadointerior 8 plicación Directa A Reglamento(CE)n°1/2003delConsejo,de16dediciembrede2002,relativoalaaplicacióndelasnormas sobrecompetencia. - AplicacióndirectanormascomunitariasdeDerechodelacompetencia,cualquieraqueseasurango. - Atribuye poderesa las autoridadesy jueces nacionalespara aplicarel Derecho comunitariode la competencia. - España no puede aprobarni aplicar normas o medidasque impidan,dificulten o condicionenesa aplicacióndirecta. - LaComisiónEuropeaestáfacultadaparasolicitarinformaciónaempresasespañolaseinvestigarlas. erechoNacionalyUE D DerechoespañolbasadoenelTratadoRoma,hoyTratadodeFuncionamientodelaUniónEuropea(TFUE). - Prácticascolusorias. - Abusodeposicióndominante. - Concentraciones. - Ayudaspúblicas. 1.1.CONDUCTASPROHIBIDAS.PRÁCTICASCOLUSORIAS - Acuerdooentendimientosqueafectenalaactividaddedosomásempresas. - Produzcaopuedaproducirelefectodeimpedir,falsearorestringirlacompetencia. Acuerdoes... - Acuerdo. - Decisión. - Prácticaconcertada. - Afectaamásdedosempresas:nointragrupo. - ¿Empresasnecesariamente?Nosiempre:asociacionesprofesionales,organismospúblicos... EfectoDeImpedir;FalsearoRestringirLaCompetencia - Produzcaopuedaproducir:noesnecesarioquelollegueahacer. - Cualquieralteracióndelfuncionamientonormaldelmercadoseveafectadalaautonomíadedecisión delasempresas. - Tipos: - Horizontal:competidores. - Vertical:endistintoseslabonesdelacadenaproductivaodistributiva. SupuestosMásImportantes a) Art.101.1yart.1.1Leydedefensadelacompetencia“LDC”. b) Fijacióndepreciosycondiciones. c) Limitacióndeproducción. d) Repartodelmercado. e) Aplicacióncondicionesdesiguales. f) Subordinaciónaprestacionessuplementarias. .2.CONDUCTASPROHIBIDAS. ABUSODEPOSICIÓNDEDOMINIO 1 Requisitos: - Existencia posición dominante de una o varias empresas (puede haber simultáneamente pacto colusorio). - Queseexploteabusivamente. - (UE)queafectealcomercioentrelosEstadosmiembros. 9 Mercado Relevante - Lofundamentalpara determinarla posicióndominanteesfijarelmercadorelevante,paraloquese consideranalavez3criterios: 1. Geográfico 2. Temporal 3. Objetivo:(puntoscomunesdelosbienes) 1.3.CONDUCTASPROHIBIDAS.AYUDASPÚBLICAS - UE.Art.107.Prohibitivo - Salvo que los Tratados disponganotra cosa, serán incompatibles con el mercado interior, en la medidaenqueafectenalosintercambioscomercialesentreEstadosmiembros,lasayudasotorgadas porlosEstadosomediantefondosestatales,bajocualquierforma,quefalseenoamenacenfalsearla competencia,favoreciendoadeterminadasempresasoproducciones. .COMPETENCIA DESLEAL 2 Sonlasprácticasoactosqueinfringenlalealcompetenciaafectannegativamentealconjuntodelosintereses decuantossujetosconfluyenenelmercado:losempresarios,losconsumidoresyelpropioEstado. La regulación de la competencia desleal se halla contenida, fundamentalmente, en la L 3/1991 de CompetenciaDesleal(LCD)yenlaL7/1996deOrdenacióndelComercioMinorista(LOCM). Finalidad - LaLCDtieneporobjetolaproteccióndelacompetenciaeninterésdetodoslosqueparticipanenel mercado, y a tal fin establecela prohibición de los actosde competenciadesleal,incluida la publicidadilícitaenlostérminosdelaLeyGeneraldePublicidad(LGPu). - Actuaciónenelmercadodebeajustarseaciertasreglas:fairplay. ÁmbitodeAplicación - ElámbitodeaplicacióndelaLCDcomprendecualesquieraactosdecompetenciadesleal,realizados antes, duranteo despuésde una operacióncomercialo contrato,independientementede queéste llegueacelebrarseono. - Aellaquedansujetalosempresarios,profesionalesycualesquieraotraspersonasfísicas ojurídicas queparticipenenelmercado. - Los sujetos del acto no necesitan ser empresarios;tambiénpuedenser artesanos,agricultoreso profesionales.Noesnecesarioquehayaunarelacióndecompetenciaentreellos. ActosDeCompetenciaDesleal - Cláusulageneral(art.4): - Sereputadeslealtodocomportamientoqueresulteobjetivamentecontrarioalasexigenciasde labuenafe. - Frenteaconsumidores:contrarioadiligenciaprofesionalyprácticashonestasdemercado. ActosFrenteConsumidores - Actosdeengaño(art.5). - Actosdeconfusión(art.6). - Omisionesengañosas(art.7). - Prácticasagresivas(art.8):acoso. - Prácticascomercialesdesleales. 10 ActosFrenteALosCompetidores - Actosdedenigración(art.9). - Actosdecomparación(art.10). - Actosdeimitación(art.11). - Explotacióndelareputaciónajena(art.12). - Violacióndesecretos(art.13). - Inducciónalainfraccióncontractual(art.14). ActosFrenteAlMercado - Violacióndenormas(art.15). - Discriminaciónydependenciaeconómica(art.16). - Ventaapérdida(art.17). - Publicidadilícita(art.18). OtrasPrácticasComercialesDesleales - Artículo19.Prácticascomercialesdeslealesconlosconsumidores. - Artículo20.Prácticasengañosasporconfusiónparalosconsumidores. - Artículo21.Prácticasengañosassobrecódigosdeconductauotrosdistintivosdecalidad. - Artículo22.Prácticasseñueloyprácticaspromocionalesengañosas. - Artículo 23. Prácticas engañosassobre la naturalezay propiedadesde los bienes o servicios, su disponibilidadylosserviciosposventa. - Artículo24.Prácticasdeventapiramidal. - Artículo25.Prácticasengañosasporconfusión. - Artículo26.Prácticascomercialesencubiertas. - Artículo27.Otrasprácticasengañosas. - Artículo28.Prácticasagresivasporcoacción. - Artículo29.Prácticasagresivasporacoso. - Artículo30.Prácticasagresivasenrelaciónconlosmenores. - Artículo31.Otrasprácticasagresivas. ontra los actos de competencia desleal, incluida la publicidad ilícita, podránejercitarse las siguientes C acciones(art.32): - Accióndeclarativadedeslealtad. - Accióndecesacióndelaconductadeslealodeprohibicióndesureiteraciónfutura.Asimismo,podrá ejercerselaaccióndeprohibición,silaconductatodavíanosehapuestoenpráctica. - Acciónderemocióndelosefectosproducidosporlaconductadesleal. - Acciónderectificacióndelasinformacionesengañosas,incorrectasofalsas. - Acción de resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados por la conducta desleal, si ha intervenidodolooculpadelagente. - Acción de enriquecimientoinjusto, que sólo procederácuando la conducta desleal lesione una posiciónjurídicaamparadaporunderechodeexclusivauotradeanálogocontenidoeconómico. Prescripción - Las acciones de competencia desleal prescribenen un año desde que se conoció el acto y la personaresponsable,oentresañosdesdeelfindelaconducta. - Accionesendefensadeinteresesdifusosdeconsumidores,imprescriptibles. 11 - PUBLICIDADILÍCITA Régimen Lostiposdepublicidaddeslealhanpasado,comootroactomásdecompetenciadesleal. PublicidadIlícita.Definición(art.3) Esilícita: Lapublicidadqueatentecontraladignidaddelapersonaovulnerelosvaloresyderechosreconocidosenla Constitución,especialmentealosqueserefierensusartículos14,18y20,apartado4. - Se incluirán en la normativa los anuncios que presenten a las mujeres de manera vejatoria o discriminatoria,yaseautilizandosucuerpocomoobjetooasociándolasaestereotiposquefomenten laviolenciadegénero. - Además, la publicidad dirigida a menores que los incite a comprar debe evitar explotar su inexperienciay no debe presentara los niñosen situacionespeligrosasniinduciraerrorsobrelas característicasyseguridaddelosproductos. LaPublicidadIlícitaPuedeSer: - La publicidad subliminal: la que mediantetécnicas de producciónde estímulos de intensidades fronterizasconlosumbralesdelossentidosoanálogas,puedaactuarsobreelpúblicodestinatariosin serconscientementepercibida. - La que infrinja lo dispuestoen la normativaqueregulelapublicidaddedeterminadosproductos, bienes,actividadesoservicios. - La publicidad engañosa, la publicidaddeslealy la publicidadagresiva,quetendránelcarácterde actosdecompetenciadeslealenlostérminoscontempladosenlaLeydeCompetenciaDesleal. .PROPIEDADINDUSTRIAL 3 Los bienes inmateriales,que incluyenlapropiedadindustrial,sonunacategoríahíbridaqueabarcamarcas, patentes,derechosdeautor,modelosindustrialesyotrostítulosespecíficos.Tambiénestánsurgiendonuevas figurascomolosderechosdeimagenydatospersonalesautomatizados. D efinición: lapropiedadindustrialeselconjuntodenormasrelativasalossignosdistintivosy alascreacionesintelectuales,técnicasyestéticasaplicadasalaindustria. l sistema normativose asientasobre la consideraciónde que dispensaruna protecciónespecífica a los E bienes inmaterialesesalgonecesarioparagarantizarelprogresotécnicoylaconfiguracióndeunadecuado marcodecompetencialibreyleal. l Derecho de la propiedadindustrial abarca esencialmente2 tipos de derechosprotegidos:los signos E distintivosylascreacionestécnicas: 1. L ossignosdistintivosprotegenlosinstrumentosidentificativosdelosproductosyservicios(marca), de la actividad (nombre comercial) o del establecimiento de los empresarios (rótulo de establecimiento). - Suprotecciónexigeelregistro(salvoenelcasodelnombrecomercial),peroéstepuedeser renovadoindefinidamente. - Dentrode lossignosdistintivos ensentidoamplio,seencuentranfigurascomolosnombres dedominio,marcascolectivas,indicacionesgeográficasensentidoamplio. 2. L as creaciones técnicascomprendendiversostítulos otorgadoscomorecompensaporlasolución de un problematécnico, siendo las principaleslas relativas a las invencionestécnicas(patentesy modelosdeutilidad)ylasrelativasalascreacionesestéticas(modelosydibujosindustriales). 12 - Patentes,ModelosyDiseños Nohaydesarrollosininvestigacióneinnovación.LaPropiedadIndustrialpretendeprotegerelresultadodela actividadinventiva,paraquesuautorpuedarecuperarlosfrutosdesuinversión. Lasinvencionespuedenser: a) Técnicas: (productos,procedimientos,utensilios,aparatos). b) Forma Externa: (del aspectoúnicamenteornamentalo diseñode productosexistentes), recibiendo unasyotrasdistintotratamientoyprotección. -Definiciones P atente: (principalmediodeproteccióndepropiedadindustrial).Concesiónotorgadaporlospoderes públicosa un inventorporlaqueésteadquiereelderechocivil duranteuntiempolimitado(20años inaplazable)deexplotarenexclusivalainvenciónpatentada,impidiendoaotrossufabricación,venta outilizaciónsinsuconsentimiento. M odelodeUtilidad:Protegeinvencionesconmenorrangoinventivoquelasprotegidasporpatentes, consistentes endaraunobjetounaconfiguraciónoestructuradelaquesederivealgunautilidado ventaja práctica. El dispositivo, instrumento o herramientaprotegiblepor el Modelode Utilidadse caracterizaporsu"utilidad"y"practicidad"ynoporsu"estética"comoocurreeneldiseñoindustrial. D iseñodeIndustria:Seentiendepordiseñoindustriallaaparienciadelatotalidadodeunapartede unproducto,quesederivedelaslíneas,contornos,colores,forma,texturaomaterialesdelproducto ensíodesuornamentación. -ContenidodeDerechodePatente: 1. Explotarenexclusivalainvenciónsóloenelterritorionacional(fabricación,introducciónyuso enelcomercio,importación...). 2. Impedirquecualquiertercerouseocomercialicelainvenciónsinsuconsentimiento. 3. Venderolicenciarlapatente. 4. Duranteunperiodode20añosimprorrogablesdesdelafechadesolicitud,si biensólosurte efectosdesdelaconcesión. 5. Fundamental:la deexplotarlainvención,bienporsí, bienporpersonasautorizadasporél, en España o en un país miembro de la OMC, en cuantía suficiente para satisfacer la demandadelmercadonacional. 6. Debehacerse en el plazode 4 añosdesdela solicitud o tres desdela concesión(loque expiremástarde). 7. Pagodetasas. -LaPatenteComoObjetoDelDerechoDePropiedad - La patente y la solicitud son transmisibles (inter vivos o mortis causa): compraventa, donación...ypuedenserobjetodegarantías(hipotecamobiliaria). - Paralosactosintervivos esnecesarioqueconstenporescritoparaqueseanválidos,yhan deinscribirseenelRegistrodePatentesparaqueseanoponiblesatercerosdebuenafe. - Formatípicadecederlosderechos:Licencia. 13 -ContenidodeDerechodeDiseñoIndustrial: 1) Derechoexclusivoautilizarlo(seentiendeporutilizaciónlafabricación,laoferta,lacomercialización, la importación y exportación o el uso de un producto que incorpore el diseño, así como el almacenamientodedichoproductoparaalgunodelosfinesmencionados). 2) Derechoaprohibirsuutilizaciónportercerossinsuconsentimiento. 3) Produccióndeefectos:Elderechoconferidoporeldiseñoregistradoproduceefectosdesdelafecha desupublicación. 4) Duraciónde la protección:El registrodel diseñose otorgapor 5 añoscontadosdesdelafechade presentacióndelasolicitudderegistro. 5) Renovación:porunoomásperíodossucesivosde5añoshastaunmáximode25años.: CARACTERÍSTICA DERECHODEPATENTE DERECHODEDISEÑOINDUSTRIAL Contenido xplotaciónexclusivadelainvenciónen E erechoexclusivoautilizareldiseño(fabricación, D elterritorionacional(fabricación, oferta,comercialización,importación,exportación). introducción,uso,importación). rohibicióna P Impedirquetercerosuseno rohibirlautilizacióndeldiseñoportercerossin P terceros comercialicenlainvenciónsin consentimiento consentimiento. Licenciamiento Puedevenderolicenciarlapatente. Duración 0añosimprorrogablesdesdelafecha 2 añosdesdelapresentacióndelasolicitud, 5 desolicitud,surteefectosdesdela renovablehastaunmáximode25años. concesión. Efectos Efectosdesdelaconcesión Efectosdesdelafechadepublicación. Explotación ebeexplotarseenelplazode4años D desdelasolicitudo3desdela concesión. Pagodetasas Requierepagodetasas. Tambiénrequierepagodetasas. -LosSignos.Marcas - Marcas:todosignosusceptiblederepresentacióngráficaquesirvaparadistinguirenelmercadolos productososerviciosdeunaempresadelosdeotras.(Muyimportante) - Nombrecomercial:todosignosusceptiblederepresentacióngráficaqueidentificaaunaempresaen el tráfico mercantil yquesirveparadistinguirladelasdemásempresasquedesarrollanactividades idénticasosimilares. - óteseque la reformade la Ley de Marcasoperadapor elRDL23/2018suprimeelrequisitodela N “representacióngráfica”,conloquesonadmisiblesrepresentacionesnográficasdelamarcacomo archivosdesonidoodevídeo.Searmoniza,portanto,lalegislaciónnacionalconlalegislacióndela marcadelaUniónEuropea. - Dichorequisitolegalde larepresentacióngráficadelamarcaobedecíaalhechodequelasmarcas nacenparaservistas, perosuponíaunobstáculoalregistrodelossignossonoros,olfativos,táctiles ogustativos(sibienesciertoquebajoelrégimenanterioralRDL23/2018nohabíaproblemasparael registrodelossignossonoros). - Conlasupresióndelrequisitodelarepresentacióngráficaseadmitenlossignoscuyarepresentación seproduceporunarchivodeaudio,fonograma,vídeo,etc.,siemprequelarepresentaciónpermitaa lasautoridadescompetentesyalpúblicoengeneraldeterminarconclaridadyprecisiónelobjetodela protección. 14 ambién se admiten nuevas figuras como las marcas de patrón(elementosque se repitenen el T productode formaregular,como lasbufandasdeBurberry,oelentrelazadodeBottegaVeneta),las marcas de posición (como la suela de Louboutin),los hologramas, etc. (RMa art.2 redacc RD 306/2019). - La reforma operadapor el RD 306/2019 en el RMa, en vigor desde el 1-5-2019,introduceuna regulaciónespecífica delosdistintostiposdemarcasestableciendosusrequisitos.Secontemplan: lasmarcasdenominativasestándar,lasmarcasfigurativas-queenglobanlasmarcasgráficas,mixtas ydenominativasnoestándar-,lasmarcastridimensionales,deposición,depatrón,decolor,sonoras, demovimiento,multimediayholográficas(RMaart.2.3redaccRD306/2019) - Podránconstituir marcas todos los signos, especialmentelas palabras,incluidos los nombresde personas,losdibujos,lasletras,lascifras, loscolores,laformadelproductoodesuembalaje,olos sonidos,acondicióndequetalessignosseanapropiadospara: a)distinguirlosproductosolosserviciosdeunaempresadelosdeotrasempresasy b)ser representadosen elRegistrodeMarcasdemaneratalquepermitaalasautoridades competentes y al público en generaldeterminarel objetoclaroy precisode la protección otorgadaasutitular - Artículo5 Prohibiciones Absolutas Nopodránregistrarsecomomarcalossignossiguientes: a)Losquenopuedanconstituirmarcapornoserconformesalartículo4.1delapresenteLey. b)Losquecarezcandecarácterdistintivo. c)Losquesecomponganexclusivamentedesignosoindicacionesquepuedanservirenelcomercio para designarla especie, la calidad,la cantidad,el destino,el valor,la procedenciageográfica,la épocadeobtencióndelproductoodelaprestacióndelserviciouotrascaracterísticasdelproductoo delservicio. d) Los que se componganexclusivamente de signos o indicacionesque se hayanconvertidoen habitualespara designarlos productoso los servicios en el lenguajecomúno en las costumbres lealesyconstantesdelcomercio e)Losconstituidosexclusivamenteporlaformaimpuestaporlanaturalezadelpropioproductoopor la formadel productonecesariapara obtenerun resultadotécnico, o por la formaquedaunvalor sustancialalproducto. f)LosqueseancontrariosalaLey,alordenpúblicooalasbuenascostumbres. g) Los que puedan inducir al público a error, por ejemplo sobre la naturaleza, la calidad o la procedenciageográficadelproductooservicio. h)Losqueaplicadosaidentificarvinosobebidasespirituosascontenganoconsistanenindicaciones de procedencia geográfica que identifiquen vinos o bebidas espirituosas que no tengan esa procedencia,incluso cuandose indiqueel verdaderoorigendel productoo se utilice la indicación geográficatraducidaoacompañadadeexpresionestalescomo«clase»,«tipo»,«estilo»,«imitación»u otrasanálogas. i) Los que reproduzcano imiten el escudo,la bandera,las condecoracionesy otros emblemasde España,susComunidadesAutónomas,susmunicipios,provinciasuotrasentidadeslocales,amenos quemedieladebidaautorización. j) Los que no hayansido autorizadospor las autoridadescompetentesydebanserdenegadosen virtuddelartículo6terdelConveniodeParís. 15 -ProhibicionesRelativas 1) Marcasanteriores(art.6)quedesigneproductosserviciosidénticosoconriesgodeconfusión.(Por esoantesderegistrarunamarcahayquehacerunestudio) 2) Nombrescomercialesanteriores(art.7): a) Quesean idénticos a un nombrecomercialanteriorquedesigneactividadesidénticasalos productososerviciosparalosquesesolicitalamarca. b) Que por ser idénticos o semejantesa un nombrecomercialanteriory por ser idénticas o similares lasactividadesquedesignaalosproductososerviciosparalosquesesolicitala marca,existaunriesgodeconfusiónenelpúblico;elriesgodeconfusiónincluyeelriesgode asociaciónconelnombrecomercialanterior. 3) Marcasynombrescomercialesnotoriosyrenombradosregistrados(art.8) 4) Otrosderechos(art.9). 5) Marcadelagente(art.10). -Procedimiento: - SolicitudalaoficinaespañoladepatentesymarcasOEPM(enoficinadelaCC.AA). - Contenido:instancia,datosdelsolicitante,descripcióndelamarcayrelacióndeproductososervicios aidentificaryacreditaciónpagotasas. - Lapresentacióndalugaralderechodeprioridad(díayhora). - Unavezinscrita:concesiónpor10añosrenovablesindefinidamente. - Paramantenerloesademásnecesario: - Uso. - Pagodetasas. - Registronomodificable(inmutabilidaddelamarca). ontenidodelDerechodeMarcas: C Marca:derechoautilizarlaenexclusivaeneltráficoeconómico. Aspectos: + Positivo:designarsusproductososervicios,introducirlosenelmercadoyhacerpublicidad. - Negativo:impedirqueterceroslohagan. 16 L4. SOCIEDADESMERCANTILESDECAPITAL .CONCEPTODESOCIEDAD 1 La sociedades, antetodo,uncontratoporelcualdosomáspersonassecomprometenaponerencomún dinero,bienesoindustria,paraobtenerlucro. Setratadeuncontratodecolaboracióncaracterizadoporelfinperseguido(ánimodelucro)yporlacreación deunaorganización(lasociedadcomoinstitución)conpersonalidadjurídicapropia. El contrato de sociedad tiene por objeto las aportacionesde los contratantes,que son el mediopara la consecucióndelfincomúnquelasociedadpersigue:eldesarrollodeunaactividadeconómicaylaobtención deunbeneficio. aPersonalidadComoPersonaJurídica L La figura de la sociedad se puede analizar desde dos perspectivas diferentes: como contrato y como instituciónuorganizaciónautónoma. - Desdelaconcepcióninstitucionalista,lasociedadaparecenocomounsimplecontrato,sinocomoun ente jurídico nuevo y distinto de los socios que la integran,dotadode vida propiay de órganos especialmenteadecuadosparasuactuaciónenelmundoexterior. acimientoDeLaPersonalidadJurídica N Estas asociacionesse rigenpor las disposicionesrelativasalcontratodesociedad,segúnlanaturalezade éste. Porotrolado,elCComestableceque,unavezconstituida,lasociedadmercantiltienepersonalidadjurídica entodossusactosycontratos.ConrespectoalaSA, SComAyalaSRL,laleyestablecequelasociedad adquieresupersonalidadjurídicaconlainscripción. La doctrinamayoritaria,entiendeque la personalidadjurídica se adquierecon el otorgamientode escritura públicaysuinscripciónenelRM. ontenidoDeLaPersonalidadJurídica C Las personas jurídicas puedenadquiriry poseerbienes de todas clases, así comocontraerobligacionesy ejercitaraccionescivilesocriminales,conformealasleyesyreglasdesuconstitución. apersonalidadjurídicaconsisteenlaatribuciónparalacolectividaddesociosdeundeterminado régimen L jurídico,conlassiguientescaracterísticas: 1. Individualidad, que permite calificar a la sociedad de empresario mercantil colectivo, al cual se atribuyeunnombrecomercial,unanacionalidadyundomicilio. 2. Capacidadyautonomíajurídicas,paraactuarycontratarensupropionombrecon3ros.einclusocon suspropiossocios. a. Lacapacidadjurídicadelasociedadtieneciertoslímites: i. Uno general,según el cual la sociedad está sometida en su actuación a límites legales(p.e.,finalidadlucrativa). ii. Unoespecial,derivadodelosestatutos,quedeterminanquépersonasrepresentana lasociedad,quéactividaddesarrollaésta,etc. 3. Patrimonioautónomo,constituidoporlasaportacionesdelossocios,cuyatitularidadcorrespondeala sociedady no a aquellos,de tal formaque norespondendelasdeudassocialesorespondensólo cuandoseagoteelpatrimoniosocial. 17 iposdeSociedades T Sepuededistinguirentrediversostiposdesociedad,enfuncióndedistintoscriterios )SociedadesPersonalistasYCapitalistas A Sociedades personalistas son aquellas en las que todos los socios o partede ellos respondenpersonal, ilimitaday solidariamentede las deudassociales,aunquedicharesponsabilidadessiempresubsidiariacon respectoaladelasociedad.Lasprincipalessonlacolectivaylacomanditariasimple. Sociedades capitalistas (tambiéndenominadascorporativas),los socios respondende las deudassociales únicamentehasta el límite de las aportacionesrealizadas.Las típicas son la sociedadanónimaSA, la de responsabilidadlimitadaSLylasociedadcomanditariaporaccionesSCA. )Sociedades Externas EInternas B Ladistinciónserealizaenfuncióndequelasociedadestéonoestructuradaparaparticipareneltráficocomo unenteseparadodelospropiossocios. Sonsociedadesinternasaquellascuyospactossemantienenensecretoentrelossociosyenquecadauno contrataen su propionombreconterceros.Conrespectoaellasseestablecequecarecendepersonalidad jurídicayqueserigenporlasdisposicionesdelacomunidaddebienesydelasociedadcivil. Lassociedadesexternasseríannormales. )SociedadesAbiertasYCerradas C Segúnquienrealicelagestiónycontroldelasociedad. Las sociedades abiertas son aquellas en las que los socios no se encargande la administraciónde la sociedad,sinoqueéstaseencomiendaaprofesionalesnosocios. Elfenómenoesfrecuenteenlasgrandessociedades,sobretodoenlasociedadanónima.Enlassociedades cerradas (familiares comúnmente) son los propios socios quienes llevan directamente la gestión de la sociedad. )Sociedadescivilesymercantiles D Sedistinguenestosdostiposgeneralesdesociedadessegúnlanaturalezadesuobjeto. - Sociedadesdecapital/mercantiles - SociedadesanónimasSA - SociedadesderesponsabilidadlimitadaSL - SociedadescomanditariasporaccionesSCA SociedadAnónimaSA - Eselprototipodesociedadcapitalista. - Tiene su capital mínimo: 60.000€, representado en acciones y sus socios no responden personalmentedelasdeudassociales. - Caráctermarcadamentecapitalista. - Comosubtiposestán: - ociedadAnónimaEuropea S - SociedadAnónimaCotizada - SociedadAnónimaDeportiva - SociedadAnónimaCotizadadeInversiónenelMercadoInmobiliario SociedadDeResponsabilidadLimitadaSl - Tambiénde caráctercapitalista, tiene sucapital(mínimo3.000/1€)divididoenparticipaciones,que nopuedenincorporarseatítulosnegociablesnidenominarseacciones. - Comoenlasociedadanónima,lossociosnorespondenpersonalmentedelasdeudassociales. - EslamásempleadaenEspaña(másdel97%). - Tipopropiodelaspymes.