TEMA9 PLATERGA Y PEMU FERROL PDF
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This document details the structure and procedures of the PLATERGA and PEMU systems for emergency response. It outlines the roles of different administrative bodies in emergency situations and provides details of various interfacing systems to support cooperation.
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Temario Jurídico OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL 4.2.7 INTERFASES Se entiende por interfase al conjunto de procedimientos y medios que garanticen la transferencia y continuidad en la aplicación de actuaciones entre distintas fases o planes de aplicación consecutiva. 4.2.7.1 Interfase con Planes Esta...
Temario Jurídico OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL 4.2.7 INTERFASES Se entiende por interfase al conjunto de procedimientos y medios que garanticen la transferencia y continuidad en la aplicación de actuaciones entre distintas fases o planes de aplicación consecutiva. 4.2.7.1 Interfase con Planes Estatales El PLATERGA se atendrá a lo que indiquen los planes estatales aprobados por el Gobierno, integrándose en los mismos. El Comité de Dirección en el que se integran la Administración Central y Autonómica, asegura la coordinación precisa para el caso de actuación conjunta de las dos Administraciones llegue al nivel 3. 4.2.7.2 Planes especiales Cuando la emergencia producida implique la activación de un plan especial o específico de la Comunidad Autónoma, se aplicarán los procedimientos específicos de los mismos, actuando el PLATERGA como marco integrador y apoyo complementario, si procede. 4.2.7.3 Interfase con los Planes de Emergencia Municipales y de Actuación Municipal. La integración de los planes de emergencia municipales en el PLATERGA, se realizará de acuerdo con la legislación vigente, y según los niveles y criterios de activación establecidos en el Plan. En cualquier caso, el alcalde, deberá comunicar a través del CAE112, la DIRPC y la AXEGA, cualquier activación del Plan de Emergencia Municipal o PAM que se produzca. 4.2.7.4 Determinación de interfases entre niveles A/ Interfase entre niveles distintos al nivel 3 La interfase entre estos niveles de activación del PLATERGA, se produce en razón a: i. Ámbito Territorial. ii. Gravedad de la situación. iii. La solicitud de la Dirección de ámbito inferior y/o a iniciativa de la Dirección de ámbito superior, en base a la información y análisis de riesgos realizado por la AXEGA. B/ Interfase entre niveles distintos al nivel 3 y al nivel de Interés Nacional (Nivel 3). PÁGINA 6 Temario Jurídico OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL La interfase entre estos niveles de activación se produce en razón a: i. Los criterios establecidos en la Norma Básica de Protección Civil. ii. Declaración de interés nacional por el titular delMinisterio de Interior por propia iniciativa o a instancia del Presidente de la Xunta de Galicia o del Delegado del Gobierno en la Comunidad. 4.3. Comité Asesor. Con objeto de asistir al Director/a del Plan, en las situaciones de emergencia que así lo requieran, se constituye el Comité asesor que reunirá a todos sus miembros o a parte de ellos, con arreglo a la convocatoria hecha por el Director/a del Plan en función de la situación y de las circunstancias del hecho, disponiendo del CECOP/CECOPI/CECOPAL como apoyo instrumental. La composición para cada nivel se establece en el capítulo VI. Funciones básicas: Asesorar al Director/a del Plan sobre las consecuencias del siniestro, medidas a adoptar y medios necesarios en cada momento de la emergencia. Estudiar y proponer las modificaciones necesarias para una mayor eficacia del Plan. Proponer y evaluar los simulacros que deban realizarse, así como las acciones encaminadas al mantenimiento de la operatividad del Plan. 4.4. Gabinete de Información. El gabinete de información depende directamente de la Dirección del Plan, formará parte del CECOP/CECOPI/CECOPAL, siendo el único autorizado para emitir información oficial, siendo sus funciones las siguientes: - Recoger información sobre el riesgo y su evolución. Difundir declaraciones de activación, alerta, emergencias y su finalización. - Difundir las órdenes, consignas y recomendaciones dictadas por el Director/a a través de los medios de comunicación. - Centralizar, coordinar y preparar la información general sobre la emergencia y facilitarla a los medios de comunicación social. - Orientar la búsqueda de información y corregir informaciones erróneas. Suministrar información personal a los familiares de los ciudadanos personalmente afectados. La jefatura del gabinete de información para el nivel 0 será la establecida en el PEMU. PÁGINA 7 Temario Jurídico OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL La jefatura del gabinete de información para los niveles 0E, 1 y 2 del PLATERGA será la persona responsable del gabinete de prensa de la consellería competente en materia de protección civil. La jefatura del gabinete de información para el nivel 3 será establecida por el director/a del plan. La jefatura del gabinete de información será la responsable de comunicación a efectos de lo dispuesto en la Ley 5/2007, de Emergencias de Galicia. 4.5. Grupos operativos. Son las unidades organizativas con la preparación, la experiencia y los medios materiales y personales pertinentes para hacer frente a la emergencia de forma coordinada y de acuerdo con las funciones que tienen encomendadas. sistema integrado proteccion civil- son los profesionales operativos Están formados por el personal del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia, según se recoge en el artículo 44 de la Ley 5/2007, del 7 de mayo, de emergencias de Galicia. Actúan sobre el terreo siempre bajo la supervisión del Director/a del PMA que será designado según el nivel de activación del PLATERGA que se establezca en cada caso, como se muestra en el cuadro siguiente: NIVEL DE ACTIVACIÓN DIRECTOR/A DEL PMA NIVEL 0 Quien designe el PEMU El técnico de guardia del sistema integrado de Protección Civil de Galicia. En cuanto éste no se incorpore al PMA, será el jefe del grupo de intervención. NIVEL OE (DE ACTIVACIÓN ESPECIAL) NIVEL 1 El técnico de guardia del sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia. En el caso de que existan varios PMA, existirá la figura del director de operaciones, que asumirá DIRAGE. director ag gallega emerg DIRAGE. Además, existirá la figura del director de operaciones que asumirá XERAGE. NIVEL 2 NIVEL 3 (INTERÉS NACIONAL) NIVEL IG (INTERÉS GALLEGO) xerencia ag gallega emerg DIRAGE. Además, existirá la figura del director de operaciones que asumirá XERAGE. director plan Quien designe el Director/a del Plan. dirage y director op. xerage El Director/a del PMA designado, coordinará a los mandos de cada unidad operativa perteneciente a cada Grupo. Los componentes de los diferentes Grupos Operativos que se encuentren actuando en el lugar del siniestro, lo harán bajo las órdenes de su superior jerárquico inmediato. Estas PÁGINA 8 Temario Jurídico OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL órdenes proceden de los coordinadores correspondientes situados en el Puesto de Mando Avanzado (PMA), garantizando, como se refleja en el artículo 44.3 de la ley 5/2007, un mando operativo único profesional en las intervenciones que así lo requieran. Su estructura se establece en los siguientes Grupos Operativos: 4 - Grupo de Intervención. - Grupo Sanitario y de Acción Social. - Grupo de Apoyo Logístico y Seguridad. - Grupo de Apoyo Técnico y Rehabilitación de Servicios esenciales. Las funciones de los responsables de los diferentes grupos operativos, los responsables de los grupos, los integrantes del grupo, así como los medios materiales y especiales que se movilizan, pueden ser modificados y ampliados, con objeto de encontrar una mayor operatividad y eficacia del plan, o cuando hayan tenido cambios en las estructuras organizativas que intervengan en él. Las modificaciones y ampliaciones precisas en cada momento serán establecidas por el Director/a del Plan. En función del riesgo se podrán incorporar otros grupos especializados en el seguimiento, evaluación e intervención de ese riesgo en concreto. 4.5.1 Grupo de Intervención Este grupo ejecutará las medidas de intervención necesarias para reducir y controlar los efectos de la emergencia, actuando en aquellos puntos en los que se den circunstancias que requieran una acción inmediata. Sus funciones son: - Valorar e informar sobre el estado, a tiempo real, de la situación de la emergencia al Director/a del plan. - Controlar, reducir o neutralizar los efectos del siniestro. - Busca, rescate y salvamento de personas y bienes. - Determinar el área de intervención. - Socorro de personas sepultadas bajo ruinas, aisladas o desaparecidas. - Impedir el colapso de las estructuras. - Colaborar con otros Grupos en la adopción de medidas de protección a la población. - Vigilancia sobre riesgos latentes una vez controlada la emergencia. - Intervención en primeros auxilios. - Todas aquellas no enumeradas anteriormente que puedan asignárseles. PÁGINA 9 Temario Jurídico OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL Mando: El coordinador de cada entidad integrante del Grupo de Intervención será el mando natural dentro de la estructura de mando de cada unidad; siendo coordinados cuando estén trabajando diferentes grupos operativos por el Director/a del PMA. La jefatura del grupo será ejercida de la siguiente forma: - En municipios con mas de 20.000 habitantes, el mando de mayor rango del servicio de extinción de incendios y salvamento al que corresponda la emergencia por su ámbito territorial que esté presente en la zona de intervención. - En municipios con menos de 20.000 habitantes y que tengan PEMU, según se indique en el mismo. - En municipios con menos de 20.000 habitantes y que no tengan PEMU homologado, será designado por el Director/a del PMA. En cualquier caso, el Director/a del Plan podrá designar a cualquier otro técnico como jefe del grupo de intervención en función de la tipología y magnitud de la emergencia. En los primeros momentos y hasta la incorporación de las personas aludidas en el párrafo anterior, la jefatura del grupo será asumida por el mando del servicio de intervención de mayor rango que llegue al lugar de la emergencia. Integrantes: La composición del Grupo de Intervención está basada en aquellos servicios de carácter permanente cuyas funciones tengan relación directa con las tareas de intervención frente a los focos de peligro y actividades de socorro propias de este grupo operativo. Fundamentalmente, los integrantes dependerán de la situación de riesgo que se establezca en cada momento, entre los integrantes podrán estar, entre otros, las siguientes personas o servicios: - Bomberos. - Servicios municipales de protección civil. - Servicios competentes en materia de incendios forestales de la Comunidad Autónoma. - Otro personal profesional de atención a las emergencias al servicio de las administraciones públicas. - Y todo el personal que se considere necesario en función de la naturaleza de la emergencia. PÁGINA 10 Temario Jurídico OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL Medios materiales que movilizan: Todos los medios propios de los servicios que intervengan en la emergencia, como integrantes del grupo. Medios especiales: - Equipos privados de intervención general, tales como maquinaria pesada y de obras. - Equipos privados específicos de rescate y salvamento en montaña y en zonas de difícil acceso en zonas marítimas. - Otros. 4.5.2 Grupo Sanitario y de Acción Social El objeto de este grupo es garantizar la actuación coordinada y eficaz de todos los recursos sanitarios existentes en la Comunidad Autónoma de Galicia. Este grupo ejecutará las medidas de protección a la población en lo referente a primeros auxilios, asistencia, evacuación sanitaria y, si es el caso, las medidas de protección y prevención de salud pública y de acción social. Cuando el Director/a del Plan considere necesario prestar atención de carácter social a la población afectada por la emergencia, se constituirá una unidad operativa con los medios y recursos de los servicios con competencias en servicios sociales de la Comunidad Autónoma y entidades locales, de la misma forma, se prestará ayuda psicológica a los familiares de las víctimas y afectados por la emergencia. La ayuda psicológica será prestada, de la misma forma, a todos los integrantes de los Grupos Operativos que participen en la emergencia en el momento que se requiera. Llevará a cabo las siguientes acciones para la consecución de su objetivo: - Asistencia sanitaria in situ. - Traslado y evacuación sanitaria. Asistencia sanitaria primaria. - Identificación de cadáveres, por parte de los servicios correspondientes de medicina legal. - Control de brotes epidemiológicos (contaminación de la agua, alimentos, vacunación masiva). - Cobertura de necesidades farmacéuticas. - Vigilancia y control de la potabilidad del agua e higiene de los alimentos. - Colaborar con el grupo de intervención, prestando los primeros auxilios a las personas sepultadas bajo ruinas o aisladas. PÁGINA 11 Temario Jurídico OPOSICIÓN BOMBEROS FERROL - Asistencia psicológica a las víctimas. - Prestar atención médica y psicológica a los integrantes de los demás Grupos Operativos que trabajen en la emergencia. - Prestar atención material, social y psicológica a los familiares de víctimas, afectados y otras necesidades derivadas de la emergencia. - Obtener y facilitar toda la información relativa a posibles afectados, facilitando los contactos familiares y la localización de personas. - Facilitar la atención adecuada a las personas con necesidades especiales. - Informar de la situación real al Director/a del plan. - Gestión interna de albergue, proporcionado a los posibles damnificados por el Grupo de Apoyo Logístico. Mando La coordinación del Grupo corresponderá al mando natural de la unidad sanitaria que por ámbito territorial tenga asignadas las competencias sanitarias en la zona afectada. Integrantes. - Servicios de urgencias médicas dependientes del Sergas y de la Fundación 061. - Servicios asistenciales dependientes del Sergas. - Servicios hospitalarios dependientes del Sergas. - Medios dependientes de la Consellería con competencias en materia de Sanidad y Servicios Sociales. - Servicios sanitarios de la Cruz Roja. - Servicio con competencias en medicina legal de la Comunidad Autónoma. - Servicio con competencias en psicología de la Comunidad Autónoma. - Servicio con competencias en Trabajo Social de la Comunidad Autónoma. - Medios sanitarios y de servicios sociales de las administraciones locales. - Voluntarios de protección civil. Y todo el personal que se considere necesario en función de la naturaleza de la emergencia. PÁGINA 12