Procedimiento Operativo de Prevención N° 02 (P.O.P. 02) PDF
Document Details
Uploaded by Deleted User
2015
Miguel Molina Campaña
Tags
Summary
This document is a procedure for risk management and prevention (P.O.P. 02). It details the information and management of risks in the workplace. The procedure complies with the Law on Prevention of Labor Risks (LPRL).
Full Transcript
ÍNDICE 1.- INTRODUCCIÓN...................................................................3 2.- OBJETO............................................................................3 3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCE....................................
ÍNDICE 1.- INTRODUCCIÓN...................................................................3 2.- OBJETO............................................................................3 3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCE............................................3 4.- DEFINICIONES....................................................................4 5.- DESCRIPCIÓN DEL PROCESO.....................................................4 6.- DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA..............................................6 7.- REGISTROS........................................................................6 8.- ANEXOS...........................................................................7 ANEXO I.- PARTE DE INFORMACIÓN DE RIESGOS (PIR)...........................7 ANEXO II.- PARTE DE GESTIÓN DE RIESGOS (PGR)................................7 ANEXO III.- RELACIÓN MENSUAL DE PIR-PGR.....................................7 9.- CONTROL DE MODIFICACIONES..................................................7 DIRECCIÓN GENERAL DE RR.HH. Y SECRETARÍA GENERAL Y DEL CONSEJO INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS Dirección de Recursos Humanos Subdirección de Prevención de Riesgos Laborales P.O.P. 02 Rev. 2. Diciembre 2015 Pág. 2 de 7 1.- INTRODUCCIÓN En cumplimiento del artículo 18.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), el empresario deberá consultar a los trabajadores, y permitir su participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en el trabajo. Asimismo, según establece el artículo 29.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular: (...) 4. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y (...) al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. Compete al empresario, por tanto, establecer las instrucciones que permitan al trabajador cumplir con su obligación de informar acerca de las situaciones de riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. 2.- OBJETO El presente Procedimiento "Información y gestión de riesgos" tiene por objeto establecer las instrucciones que deberán seguir los trabajadores para comunicar posibles situaciones de peligro y/o riesgo -en cumplimiento de la obligación legal señalada en el apartado anterior y para fomentar la participación y responsabilidad de todos los miembros de la organización- con el fin último de adoptar, en su caso, las medidas necesarias para la eliminación de los peligros y/o riesgos o reducción de los mismos a niveles aceptables. 3.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ALCANCE Este Procedimiento resulta de aplicación a todo Adif. DIRECCIÓN GENERAL DE RR.HH. Y SECRETARÍA GENERAL Y DEL CONSEJO INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS Dirección de Recursos Humanos Subdirección de Prevención de Riesgos Laborales P.O.P. 02 Rev. 2. Diciembre 2015 Pág. 3 de 7 4.- DEFINICIONES PIR (Parte de Información de Riesgos): registro por medio del cual el trabajador informa sobre cualquier situación que, a su juicio y por motivos razonables, entrañe un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. PGR (Parte de Gestión de Riesgos): registro por medio del cual se da respuesta al PIR, especificando, en su caso, las medidas preventivas y/o correctivas precisas para la eliminación de los riesgos o reducción de los mismos a niveles aceptables. Peligro: fuente, situación o acto con potencial para causar daño en términos de daño humano, de deterioro de la salud o una combinación de éstos. Riesgo laboral: posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Jefe de centro de trabajo: persona designada por la organización que asume y cumple las obligaciones, funciones y responsabilidades descritas en este procedimiento y que tiene la capacidad de poner a disposición y gestionar el centro de trabajo. Mando directo: superior jerárquico inmediato del trabajador o aquél que ordena la actividad diaria de éste. Delegado de Prevención: representante de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales cuyas competencias y facultades vienen determinadas en el artículo 36 de la LPRL. Técnico de Prevención: profesional perteneciente al Servicio de Prevención cuyas funciones y competencias vienen establecidas en el capítulo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención. 5.- DESCRIPCIÓN DEL PROCESO El proceso se inicia cuando un trabajador detecta una situación que, a su juicio y por motivos razonables, entraña un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores. Dicho trabajador deberá comunicar la situación de riesgo detectada a su Mando directo, utilizando para ello un Parte de Información de Riesgos (PIR, Anexo I), y pudiendo proponer en el mismo las medidas que, a su juicio, deberían adoptarse. El trabajador recibirá una copia de dicho PIR, fechado y firmado por su Mando directo. Una vez recibido el PIR por el Mando directo, éste deberá cumplimentar un Parte de Gestión de Riesgos (PGR, Anexo II) y valorar si, a su juicio y con el asesoramiento del Técnico de Prevención si fuera preciso, el PIR es o no procedente; pudiendo darse los siguientes casos: DIRECCIÓN GENERAL DE RR.HH. Y SECRETARÍA GENERAL Y DEL CONSEJO INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS Dirección de Recursos Humanos Subdirección de Prevención de Riesgos Laborales P.O.P. 02 Rev. 2. Diciembre 2015 Pág. 4 de 7 CASO A: EL PIR ES IMPROCEDENTE, A JUCIO DEL MANDO DIRECTO. El Mando directo cumplimentará el PGR exponiendo las razones de la improcedencia y lo remitirá al Jefe del centro de trabajo. Éste último valorará asimismo la improcedencia del PIR y ordenará, en su caso, las acciones que estime oportunas; rellenará el apartado del PGR "Tramitado por" y lo enviará al Mando directo para su entrega al trabajador emisor del PIR. CASO B: EL PIR ES PROCEDENTE, A JUCIO DEL MANDO DIRECTO. Si, a juicio del Mando directo, el PIR es procedente, pueden darse dos situaciones: El PIR puede ser resuelto por el Mando directo: el Mando directo adoptará las medidas preventivas y/o correctoras necesarias para eliminar o reducir el riesgo; rellenará el apartado del PGR "Tramitado por" y lo remitirá al Jefe del centro de trabajo. Éste último comprobará si las medidas adoptadas son suficientes, expondrá los comentarios que estime oportunos, lo firmará y enviará una copia al Mando directo para su entrega al trabajador emisor del PIR. El PIR no puede ser resuelto por el Mando directo: el Mando directo remitirá el PGR al Jefe del centro de trabajo sin rellenar el apartado "Tramitado por". El Jefe de centro de trabajo valorará la procedencia del PIR y ordenará, en su caso, las medidas preventivas y/o correctoras necesarias para eliminar o reducir el riesgo; si esto último no estuviera dentro de sus competencias lo elevará/trasladará a su superior jerárquico o al gestor de las instalaciones para su estudio y resolución; rellenará el apartado del PGR "Tramitado por" y lo enviará al Mando directo para su entrega al trabajador emisor del PIR. De todos los PIR y PGR el Jefe de centro de trabajo remitirá una copia al Técnico de Prevención de su ámbito, con el fin de que éste, además de prestarle el asesoramiento y apoyo necesarios, pueda llevar el oportuno seguimiento y proceder a actualizar, si fuera necesario, la correspondiente Evaluación de Riesgos Laborales. El Técnico de Prevención enviará mensualmente una relación de los PIR y PGR que haya recibido al Coordinador de Prevención de su ámbito (Dirección General o nivel centralizado del Servicio de Prevención, según corresponda) utilizando el modelo del Anexo III. Dicha información será a su vez remitida anualmente por los Coordinadores de Prevención a la Subdirección de Prevención de Riesgos Laborales y se analizará en la primera reunión del año de la Comisión Técnica de Seguridad y Salud. En cada reunión de los comités provinciales de seguridad y salud se incluirá como punto fijo del orden del día el análisis de los PIR-PGR del ámbito correspondiente; en ella el Presidente del Comité Provincial facilitará la información -que a su vez le trasladen las áreas de actividad- sobre los PIR y PGR; y asimismo en la primera reunión del año de cada Comité Provincial facilitará la información referida en el párrafo anterior utilizando el modelo del Anexo III. DIRECCIÓN GENERAL DE RR.HH. Y SECRETARÍA GENERAL Y DEL CONSEJO INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS Dirección de Recursos Humanos Subdirección de Prevención de Riesgos Laborales P.O.P. 02 Rev. 2. Diciembre 2015 Pág. 5 de 7 De conformidad con lo establecido por el POP nº 18 "Seguimiento y Control de la Acción Preventiva y/o Correctora", el seguimiento y control de las acciones derivadas de los PIR y PGR que requieran planificación se realizará por el Jefe de centro de trabajo correspondiente; la valoración de la eficacia de estas acciones por el Técnico de Prevención de su ámbito; y el traslado de esta información a los Delegados de Prevención por el Presidente del Comité Provincial de Seguridad y Salud, segun la sistemática establecida en el propio Procedimiento. En todo caso, cualquier trabajador que haya tramitado correctamente un PIR a través de su Mando directo, deberá disponer de una copia del correspondiente PGR en un plazo máximo de 25 días naturales en 2015 y de 20 a partir del 1 de enero de 2016, contados a partir del día siguiente a la entrega del PIR al Mando directo. 6.- DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Plan de Prevención de Riesgos Laborales. Normativa interna de aplicación. 7.- REGISTROS NOMBRE DEL LUGAR DE TIEMPO DE FORMATO CODIFICADO RESPONSABLE CUSTODIA REGISTRO ARCHIVO ARCHIVO Parte de Información Jefatura del centro POP02-F01 POP02-R01 Jefe del centro de trabajo 5 años de Riesgos (PIR) de trabajo Parte de Gestión de Jefatura del centro POP02-F02 POP02-R02 Jefe del centro de trabajo 5 años Riesgos (PGR) de trabajo Relación mensual Jefatura del centro POP02-F03 POP02-R03 Técnico de Prevención 5 años PIR-PGR de trabajo DIRECCIÓN GENERAL DE RR.HH. Y SECRETARÍA GENERAL Y DEL CONSEJO INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS Dirección de Recursos Humanos Subdirección de Prevención de Riesgos Laborales P.O.P. 02 Rev. 2. Diciembre 2015 Pág. 6 de 7 8.- ANEXOS Los anexos, siempre que se precise, serán revisados de oficio para las actualizaciones formales oportunas. ANEXO I.- PARTE DE INFORMACIÓN DE RIESGOS (PIR) ANEXO II.- PARTE DE GESTIÓN DE RIESGOS (PGR) ANEXO III.- RELACIÓN MENSUAL DE PIR-PGR 9.- CONTROL DE MODIFICACIONES REVISIÓN HOJAS MODIFICACIONES Nº FECHA REVISADAS 0 Febrero 1999 Edición inicial. 1 Julio 2005 Cambios organizativos y cumplimientos legales. Todas 2 Diciembre 2015 Cambios organizativos y de formato. Todas Hojas DIRECCIÓN GENERAL DE RR.HH. Y SECRETARÍA GENERAL Y DEL CONSEJO INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS Dirección de Recursos Humanos Subdirección de Prevención de Riesgos Laborales P.O.P. 02 Rev. 2. Diciembre 2015 Pág. 7 de 7 Información y gestión de riesgos PROCEDIMIENTO OPERATIVO DE PREVENCIÓN Nº 02 (P.O.P. 02) ANEXO I.- PARTE DE INFORMACIÓN DE RIESGOS DIRECCIÓN GENERAL DE RR.HH. Y SECRETARÍA GENERAL Y DEL CONSEJO INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS Dirección de Recursos Humanos P.O.P. 02 Subdirección de Prevención de Riesgos Laborales Rev. 2. Anexo I Rev. 2 Diciembre 2015 PARTE DE INFORMACIÓN DE RIESGOS PARTE DE INFORMACIÓN DE RIESGOS (PIR) DIRECCIÓN GENERAL / DIRECCIÓN: SUBDIRECCIÓN / GERENCIA: JEFATURA: CENTRO / LUGAR DE TRABAJO / LOCALIZACIÓN DEL RIESGO: RIESGO QUE HE DETECTADO: MEDIDAS QUE PROPONGO: EMISOR DEL PIR MANDO DIRECTO DEL EMISOR DEL PIR Fdo. D.: Fdo. D.: Fecha de emisión del PIR: Fecha de recepción del PIR: ANEXO I POP 02 POP02-F01 Rev. 2 Diciembre 2015 Pág. 1 de 1 Información y gestión de riesgos PROCEDIMIENTO OPERATIVO DE PREVENCIÓN Nº 02 (P.O.P. 02) ANEXO II.- PARTE DE GESTIÓN DE RIESGOS DIRECCIÓN GENERAL DE RR.HH. Y SECRETARÍA GENERAL Y DEL CONSEJO INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS Dirección de Recursos Humanos P.O.P. 2 Subdirección de Prevención de Riesgos Laborales Rev. 2. Anexo II Rev. 2 Diciembre 2015 PARTE DE GESTIÓN DE RIESGOS PARTE DE GESTIÓN DE RIESGOS (PGR) Nº ___ / 20___ INFORME DEL MANDO DIRECTO DIRECCIÓN GENERAL / DIRECCIÓN: SUBDIRECCIÓN / GERENCIA: JEFATURA: CENTRO DE TRABAJO: LOCALIDAD: PROVINCIA: Nº TRABAJADORES: PGR ORIGINADO POR EL PIR RECIBIDO DE D.: Fecha de emisión del PIR: DESCRIPCIÓN DEL RIESGO: MEDIDAS PREVENTIVAS Y/O CORRECTORAS: IMPROCEDENTE POR: OBSERVACIONES: ENTREGADO AL JEFE DEL CENTRO DE TRABAJO D.: MANDO DIRECTO Fdo. D.: Fecha: INFORME DEL JEFE DEL CENTRO DE TRABAJO MEDIDAS PREVENTIVAS Y/O CORRECTORAS 1: EJECÚTESE POR: IMPROCEDENTE POR: ELEVADO A (NOMBRE Y CARGO) / TRASLADADO A (ÁREA): OBSERVACIONES: JEFE DEL CENTRO DE TRABAJO: Fdo. D.: Fecha: TRAMITADO POR (MANDO DIRECTO O JEFE DEL CENTRO DE RECIBIDO POR TRABAJADOR (EMISOR DEL PIR) TRABAJO) Fdo. D.: Fdo. D.: Fecha: Fecha: 1 El seguimiento y control de las acciones derivadas de los PIR y PGR que requieran planificación se realizará por el Jefe de centro de trabajo correspondiente a través del POP nº18 "Seguimiento y Control de la Acción Preventiva y/o Correctora"; y la valoración de la eficacia de estas acciones se realizará por el Técnico de Prevención de su ámbito. ANEXO II POP 02 POP02-F02 Rev. 2 Diciembre 2015 Pág. 1 de 1 Información y gestión de riesgos PROCEDIMIENTO OPERATIVO DE PREVENCIÓN Nº 02 (P.O.P. 02) ANEXO III.- RELACIÓN MENSUAL P.I.R. - P.G.R. DIRECCIÓN GENERAL DE RR.HH. Y SECRETARÍA GENERAL Y DEL CONSEJO INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS Dirección de Recursos Humanos P.O.P. 2 Subdirección de Prevención de Riesgos Laborales Rev. 2. Anexo III Rev. 2 Diciembre 2015 RELACIÓN MENSUAL P.I.R. - P.G.R. ANEXO III POP 02 POP02-F03 Rev. 2 Diciembre 2015 DIRECCIÓN GENERAL / DIRECCIÓN: SUBDIRECCIÓN / GERENCIA: MES / AÑO: / CENTRO FECHA DESCRIPCION FECHA EXTRACTO ESTADO DE TRABAJO PIR DEL RIESGO PGR PGR CUMPLIMIENTO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 POP02-F03 Rev. 2 Diciembre 2015 Página 1 de 1