Tema 1: La Auditoría. Concepto y Evolución (PDF)

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These are lecture notes for a course on auditing, providing a general introduction to the concept and history of auditing, as well as types of auditing, and firms' services. The document focuses on accounting practices in Spain.

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08/09/2024 TEMA 1: LA AUDITORÍA. Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE CONCEPTO Y EVOLUCIÓN. 1) Introducción. 2) Concepto y utilidad. 3)...

08/09/2024 TEMA 1: LA AUDITORÍA. Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE CONCEPTO Y EVOLUCIÓN. 1) Introducción. 2) Concepto y utilidad. 3) Desarrollo histórico: situación en España. 4) Las NIA – ES. 5) Empresas o entidades obligadas, en España, a someterse a Auditoría de Cuentas. 6) Requisitos para el ejercicio de la Auditoría de cuentas. 7) Corporaciones representativas de auditores. 8) Servicios de las firmas de auditoría 1 v1 1 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 1. INTRODUCCIÓN Auditoria como necesidad social: Aportar transparencia e incrementar la fiabilidad de la documentación contable presentada por los responsables de las compañías. “AUDITAR” según RAE: Examinar la gestión económica de una entidad a fin de comprobar si se ajusta a lo establecido por ley o costumbre. Auditoría de estados financieros (auditoría financiera, auditoría externa, auditoría independiente, auditoría de cuentas). Los estados financieros de mayor importancia son los contenidos en las Cuentas Anuales, si el objeto de la auditoría son estas, se le denomina “Auditoría de Cuentas Anuales”, 2 2 1 08/09/2024 2 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 3 4 1. INTRODUCCIÓN. Cuentas anuales 1. INTRODUCCIÓN 3 4 08/09/2024 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 1. INTRODUCCIÓN. Cuentas anuales 5 5 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 1. INTRODUCCIÓN. Cuentas anuales 6 6 3 08/09/2024 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 1. INTRODUCCIÓN. Cuentas anuales 7 7 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 1. INTRODUCCIÓN. Cuentas anuales 8 8 4 08/09/2024 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 1. INTRODUCCIÓN – Tipos de auditoría En función del sujeto: 1. Auditoría interna 2. Auditoría externa 3. Auditorías públicas (Intervención General del Estado) 4. Auditorías privadas En función del objeto: 1. Auditorías financieras o contables 2. Auditorías administrativas (Control Interno) 3. Auditorías en función del sector económico 4. Auditoría de calidad 9 5. Auditoría medioambiental 9 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 1. INTRODUCCIÓN – Tipos de auditoría En función del alcance: 1. Auditorías totales o completas 2. Auditorías parciales o de alcance limitado En función del origen del mandato: 1. Obligatorias 2. Voluntarias 10 10 5 08/09/2024 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 1. INTRODUCCIÓN Características de las auditorías externas e internas: Auditoría externa Auditoría interna Vinculación con la Auditor externo Auditor pertenece a la empresa independiente (no empresa (dependiente) dependiente) ajeno a la empresa. Objetivo Emisión de informe Emisión de informe dirigido a personas dirigido a personas que vinculadas directa o pertenecen a la propia indirectamente con la empresa (staff directivo). empresa Cualificación del Reconocido por el ICAC No necesita cualificación auditor especifica. 11 11 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 2. CONCEPTO Y UTILIDAD Definición legal de Auditoría de cuentas en España: Artículo 1, Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas: Artículo 1.º Ámbito de aplicación y objeto. 2. Se entenderá́ por auditoría de cuentas la actividad consistente en la revisión y verificación de las cuentas anuales, así́ como de otros estados financieros o documentos contables, elaborados con arreglo al marco normativo de información financiera que resulte de aplicación, siempre que dicha actividad tenga por objeto la emisión de un informe sobre la fiabilidad de dichos documentos que pueda tener efectos frente a terceros. 3. La auditoría de cuentas tendrá́ necesariamente que ser realizada por un auditor de cuentas o una sociedad de auditoría, mediante la emisión del correspondiente informe y con sujeción a los requisitos y formalidades establecidos. 4. Lo dispuesto en esta Ley no resulta aplicable a las auditorías de cuentas que se realicen por los órganos del sector público estatal, autonómico o local en el ejercicio de sus competencias, que se regirán por su legislación específica. 12 12 6 08/09/2024 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 2. CONCEPTO Y UTILIDAD Artículo 3. Definiciones. A efectos de la Ley de Auditoría, se considera que el marco normativo de información financiera es el conjunto de normas, principios y criterios establecidos en: a) La normativa de la Unión Europea relativa a las cuentas consolidadas, en los supuestos previstos para su aplicación. b) El Código de Comercio y la restante legislación mercantil. c) La Ley de Sociedades de capital d) El Plan General de Contabilidad y sus adaptaciones sectoriales. e) Las normas de obligado cumplimiento que apruebe el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas en desarrollo del Plan General de Contabilidad y sus normas complementarias. f) El resto de la normativa contable española que resulte de aplicación. Notas: Resolución del ICAC de 18/10/2013 sobre el marco de información financiera cuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento. Consulta 1 del BOICAC 105 (marzo de 2016) sobre auditoría de estados financieros correspondientes a 13 determinadas entidades que carecen de marco normativo de información financiera establecido para su elaboración. 13 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 2. CONCEPTO Y UTILIDAD Por tanto, cuando hablamos de auditoria financiera ó de cuentas anuales se deberán distinguir los siguientes elementos:  Objeto a auditar: CCAA, otros estados financieros o documentos contables, etc. (cualquier información financiera que esté preparada mediante la aplicación de los principios y normas contables, de acuerdo con un marco de información financiera),  Examen o revisión realizada por un auditor de cuentas,  Mediante la aplicación de unas Normas Técnicas de Auditoria (NIAS-ES) que le obligan a aplicar ciertos procedimientos de auditoría, y  Cuyo resultado final, tras la obtención de la pertinente evidencia, será la emisión de un informe,  Pudiendo existir en ocasiones un subproducto: comunicación de las deficiencias en el control interno a los responsables (NIA-ES 265). Utilidad de la auditoría: dar una mayor garantía (que no una certeza absoluta) de la 14 veracidad de los estados financieros para la toma de decisiones de los distintos usuarios. 14 7 08/09/2024 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 2. CONCEPTO Y UTILIDAD Los distintos usuarios pueden ser:  Directivos y administradores,  Socios, accionistas y titulares de derechos en general,  Inversores,  Entidades de crédito,  Autoridades fiscales en particular y cualquier administración en general,  Analistas financieros,  Acreedores, proveedores y terceros en general,  Trabajadores,  Gobiernos (estatal, autonómico y administración local) y  Público en general. 15 15 3. DESARROLLO HISTÓRICO: Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE SITUACIÓN EN ESPAÑA INTERNACIONAL Práctica: Edad Media aumento de las relaciones comerciales. Profesión: Inglaterra siglo XIX 1862 en el Reino Unido: sistema contable ordenado y normalizado para sociedades mercantiles (marco normativo). 1890: Modelo británico se exporta e introduce en EE.UU. 1929: depresión económica sociedades que cotizan en bolsa deben adjuntar informe de auditoría independiente. II Guerra Mundial: desarrollo de la Auditoría en Sudamérica y Europa. Normativa CEE: 4ª y 7ª Directivas obligación de someter a control las cuentas anuales y el informe de gestión. 8ª Directiva TÍTULO: Directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006 , relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas 16 consolidadas, por la que se modifican las Directivas 78/660/CEE y 83/349/CEE del Consejo y se deroga la Directiva 84/253/CEE del Consejo 16 8 08/09/2024 3. DESARROLLO HISTÓRICO: Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE SITUACIÓN EN ESPAÑA ESPAÑA Escaso desarrollo hasta fecha recientes. 1964 y 1967: Ley y Reg. Bolsa de Valores → certificación de EEFF → escasa repercusión. 1986: Integración en la CEE transparencia informativa económico contable. Ley 18/1988 de Auditoría de cuentas. RD 1636/1990 que aprueba el Reglamento de la Ley de Auditoría de Cuentas. Reforma de legislación Mercantil (Ley 19/1989) obligatoriedad de auditar en algunos casos. Resolución de 19 de enero de 1991 del ICAC: Normas Técnicas de Auditoría. Ley 12/2010 por la que se modifica la Ley de Auditoría de Cuentas. RDL 1/2011 TRLAC y RD 1517/2011 Reglamento que desarrolla el TRLAC. 17 17 3. DESARROLLO HISTÓRICO: Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE SITUACIÓN EN ESPAÑA ESPAÑA Resolución de 15 de octubre de 2013 del ICAC: Normas Internacionales de Auditoría (NIAS-ES) Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas (trasposición Directiva 2014/56/UE), (LAC) Resolución de 23 de diciembre de 2016 del ICAC por la que se modifican determinadas NIA- ES. Ley 11/2018 modifica el Código de Comercio, TRLSC 1/2010 y LAC 22/2015, en materia de información no financiera y diversidad. RD 2/2021 aprueba el Reglamento de desarrolla la Ley 22/2015 de auditoría de cuentas (RAC) Resolución 11/04/2024 del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la actualización de las NIA-ES, las NIGC 1 y 2-ES, y el Glosario de Términos 18 18 9 08/09/2024 4. LAS NIA – ES Y SU ESTRUCTURA Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE Estructura actual de las NIA-ES existentes ✓ Introducción: alcance la NIA analizada. ✓ Objetivo: metas que se pretenden conseguir con su aplicación. ✓ Definiciones: significado de los términos o expresiones más relevantes. ✓ Requerimientos/Normativa: responsabilidades del auditor. ✓ Guía de aplicación y otro material explicativo: Información soporte de los asuntos tratados en la norma. Explicaciones sobre los requerimientos (qué pretende cubrir). Guías para realizar los requerimientos (ejemplos). ✓ Anexos: se incluyen ejemplos ilustrativos. 19 19 4. LAS NIA - ES Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 20 20 10 08/09/2024 5. EMPRESAS O ENTIDADES OBLIGADAS EN ESPAÑA A SOMETERSE A AUDITORÍA DE Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE CUENTAS o Caso general: LAC (disposición adicional 1ª). Empresas o entidades, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, en las que concurran alguna de las circunstancias siguientes: 1) Que emitan valores admitidos a negociación en mercados regulados o sistemas multilaterales de negociación. 2) Que emita obligaciones en oferta pública. 3) Que se dedique de forma habitual a intermediación financiera. 4) Que tenga por objeto social cualquier actividad sujeta a la Ordenación del Seguro Privado, dentro de los límites establecidos reglamentariamente, así como los Fondos de pensiones y sus entidades gestoras. 5) Que reciba bienes, subvenciones o ayudas, o realice obras, prestaciones, servicios o suministre bienes al Estado o demás organismos públicos, dentro de los límites establecidos reglamentariamente. 6) Las entidades que superen los límites reglamentarios fijados por el Gobierno (según lo permita la respectiva naturaleza jurídica de cada sociedad: cifra de 21 negocios, importe total del activo y/o número anual medio de empleados) (1) 21 5. EMPRESAS O ENTIDADES OBLIGADAS EN ESPAÑA A SOMETERSE A AUDITORÍA DE Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE CUENTAS (1): Las entidades, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, y siempre que deban formular cuentas anuales conforme al marco normativo de información financiera que le sea aplicable, estarán obligadas a someter a auditoría, las cuentas anuales de los ejercicios sociales en los que no concurran las condiciones previstas en el artículo 263.2 de la LSC. Art. 263.2, ·excepción: “sociedades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes: a) Que el total de las partidas del activo no supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros. b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los cinco millones setecientos mil euros. c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a cincuenta. Las sociedades perderán esta facultad si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias a que se refiere el párrafo anterior.” 22 22 11 08/09/2024 5. EMPRESAS O ENTIDADES OBLIGADAS EN Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE ESPAÑA A SOMETERSE A AUDITORÍA DE CUENTAS 23 23 5. EMPRESAS O ENTIDADES OBLIGADAS EN ESPAÑA A SOMETERSE A AUDITORÍA DE Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE CUENTAS o Lo previsto en la disposición adicional 1ª no es aplicable a las entidades del sector público estatal, autonómico o local (sin perjuicio de su normativa específica), aunque sí será́ aplicable a sus sociedades mercantiles. o Las sucursales en España de entidades de crédito extranjeras, cuando no tengan que presentar cuentas anuales de su actividad en España, deberán someter a auditoría la información económica financiera que con carácter anual deban hacer pública, y la que con carácter reservado remitan al Banco de España, de conformidad con el marco normativo contable que resulte de aplicación.. 24 24 12 08/09/2024 5. EMPRESAS O ENTIDADES OBLIGADAS EN ESPAÑA A SOMETERSE A AUDITORÍA DE Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE CUENTAS Otras causas que pueden llevar al sometimiento de las CCAA a auditoría de cuentas: 7.- Artículo 265 LSC. Nombramiento por el Registrador mercantil. 1. Cuando la junta general no hubiera nombrado al auditor antes de que finalice el ejercicio a auditar, debiendo hacerlo, o la persona nombrada no acepten el cargo o no pueda cumplir sus funciones, los administradores y cualquier socio podrán solicitar del Secretario judicial o Registrador mercantil del domicilio social la designación de la persona o personas que deban realizar la auditoria. 2. En las sociedades que no estén obligadas a someter las cuentas anuales a verificación por un auditor, los socios que representen, al menos, el 5 por 100 del capital social podrán solicitar del Secretario Judicial o Registrador mercantil del domicilio social que, con cargo a la sociedad, nombre un Auditor de Cuentas para que efectúe la revisión de las cuentas anuales de un determinado ejercicio, siempre que no hubieran transcurrido 25 tres meses a contar desde la fecha de cierre de dicho ejercicio. 25 5. EMPRESAS O ENTIDADES OBLIGADAS EN ESPAÑA A SOMETERSE A AUDITORÍA DE Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE CUENTAS Otras causas que pueden llevar al sometimiento de la CCAA a auditoría de cuentas: 8.- Artículo 266 LSC. Revocación del auditor. 1. Cuando concurra justa causa, los administradores de la sociedad y las personas legitimadas para solicitar el nombramiento de auditor podrán pedir al Secretario judicial o Registrador mercantil la revocación del que hubieran nombrado ellos o del designado por la junta general y el nombramiento de otro. 26 26 13 08/09/2024 5. EMPRESAS O ENTIDADES OBLIGADAS EN ESPAÑA A SOMETERSE A AUDITORÍA DE Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE CUENTAS Situaciones particulares: a) Ampliaciones o reducciones de capital. b) Fusión o escisión de sociedades. c) Emisión de obligaciones convertibles. 27 27 6. REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE LA Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE AUDITORÍA DE CUENTAS Para que personas físicas y jurídicas puedan ejercer la actividad de auditoría (art. 8 de la LAC). es obligatoria la inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (R.O.A.C.), del ICAC, y que presten una garantía financiera (arts. 26 y 27 LAC) oAutorización e inscripción en el ROAC: Personas físicas (Art. 9 de la LAC): a) Ser mayor de edad. b) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Comunidad Europea. c) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos. d) Haber obtenido la correspondiente autorización del ICAC. Para ello: 1. Haber obtenido una titulación universitaria. 2. Haber seguido programas de enseñanza teórica y adquirido una formación práctica por un periodo mínimo de 3 años, en los ámbitos financiero y contable, y al menos 2 años con persona habilitada para el ejercicio de la Auditoría de cuentas y en el ejercicio de dicha actividad en cualquier estado miembro de la UE. 28 3. Haber superado un examen de aptitud profesional organizado y reconocido por el Estado. 28 14 08/09/2024 Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE 6. REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE LA AUDITORÍA DE CUENTAS Personas jurídicas (Art. 11 de la LAC): 1. Podrán inscribirse en el ROAC las sociedades de auditoría de cuentas que cumplan los siguientes requisitos: a)Que las personas físicas que realicen los trabajos y firmen los informes de auditoría en nombre de una sociedad de auditoría estén autorizadas para ejercer la actividad de auditoría de cuentas en España. b)Que la mayoría de los derechos de voto correspondan a auditores de cuentas o sociedades de auditoría autorizados para realizar la actividad de auditoría de cuentas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea. c)Que una mayoría de los miembros del órgano de administración sean socios auditores de cuentas o sociedades de auditoría autorizados para realizar la actividad de auditoría de cuentas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea. En caso de que el órgano de administración no tenga más que dos miembros, al 29 menos uno de ellos deberá cumplir las condiciones establecidas. 29 7. CORPORACIONES REPRESENTATIVAS DE Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE AUDITORES o Se consideran Corporaciones representativas de auditores las Entidades de Derecho público de las que formen parte los auditores de cuentas y las Sociedades de auditoría que cumplan los requisitos del art. 139 del Reglamento de Auditoria (RAC), RD 2/2021. o Tendrán la consideración de representativas las Corporaciones siguientes (Disposición final tercera del Reglamento de Auditoria): ✓ Consejo General de Colegios de Economistas de España-Registro de Economistas Auditores (REA)(*) ✓ Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (I.C.J.C.E.). (*) EL antiguo Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulares Mercantiles de España (R.E.G.A.) queda integrado en éste. 30 30 15 08/09/2024 7. CORPORACIONES REPRESENTATIVAS DE Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE AUDITORES Corresponde a las Corporaciones representativas de auditores desarrollar las siguientes funciones (art. 140 del Reglamento de Auditoría (RAC)): a)Elaborar, adaptar y revisar las normas técnicas de auditoría, por propia iniciativa o a instancia del ICAC. b)Proponer y realizar de forma conjunta los exámenes de aptitud profesional. c)Organizar y en su caso impartir cursos de formación teórica, una vez que sean homologados por el ICAC. d)Organizar y en su caso impartir actividades de formación continuada, que deben realizar los auditores de cuentas, así como realizar verificaciones y comunicaciones de dichas actividades. e)Impulsar la colaboración de sus miembros en la formación práctica requerida para el examen de aptitud, vigilando su adecuado cumplimiento, de acuerdo con lo previsto en el 31 RAC, debiendo dar el visto bueno en los certificados que expidan sus miembros. 31 7. CORPORACIONES REPRESENTATIVAS DE Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE AUDITORES f)Elaborar las normas deontológicas y códigos de conducta que deben seguir sus miembros. g)Verificar la observancia de las prácticas y procedimientos internos de actuación de sus miembros en el ejercicio de la actividad de auditoría de cuentas. h)Proponer al ICAC la incoación del procedimiento sancionador, en su caso, comunicar aquellas cuestiones o asuntos detectados en el ejercicio de sus funciones que puedan suponer el incumplimiento de la normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas. i)Colaborar con el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas en todas aquellas cuestiones relacionadas con la actividad de auditoría de cuentas. j)Cualesquiera otras previstas en sus Estatutos que tengan por objeto el mejor cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Auditoría de Cuentas y su Reglamento. 32 32 16 08/09/2024 8. SERVICIOS DE LAS FIRMAS DE AUDITORÍA Curso 2024-2025 UPV - Facultad ADE SERVICIOS DE AUDITORÍA, DE ASEGURAMIENTO Y SERVICIOS RELACIONADOS: Auditoría: Auditoría de cuentas anuales, (individuales o consolidadas).; y Auditoría de otros estados financieros o documentos contables, p.e. balance de fusión, de escisión, balance a efectos de ampliación de capital con cargo a reservas, etc.. Les es de aplicación las Normas Internacionales de Auditoría (NIAs/ISAs) de la IFAC. Encargos de revisión aplicados a la información financiera histórica. Les es de aplicación las Normas Internacionales de Encargos de Revisión (NIERs/ISREs) de la IFAC. Encargos de aseguramiento (también conocido verificación) de información distinta a la información financiera no histórica, per ejemplo informes de sostenibilidad,. Les es de aplicación las Normas Internacionales de Encargos de Aseguramiento (NIEA/ISAE), IFAC Servicios relacionados: encargos de compilación, encargos para aplicar procedimientos acordados y otros encargos. Les es de aplicación las Normas Internacionales de Servicios Relacionados (NISRs/ISRSs) de la IFAC. SERVICIOS DISTINTOS A LA AUDITORÍA: Son servicios de consultoría/asesoría en 33 distintas áreas (financiera, valoración, fiscal, etc.). ¡¡¡¡SUJETO A REQUISITOS DE INDEPENDENCIA DEL AUDITOR!!! 33 17

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