Diapositivas Elaboración de Informes y Comunicación Multidisciplinar (2) PDF
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These slides cover the preparation of clinical reports and multidisciplinary communication in the postgraduate Master's program at Universidad Europea. They include information concerning introduction, ethics, report structure, guidelines, and case studies.
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Elaboración de informes clínicos y comunicación multidisciplinar. Máster en Psicología General Sanitaria INDICE: 1.Introducción 2. Consideraciones éticas previas 1. COP...
Elaboración de informes clínicos y comunicación multidisciplinar. Máster en Psicología General Sanitaria INDICE: 1.Introducción 2. Consideraciones éticas previas 1. COP 2. APA 3.Estructura del informe 1. Informe de evaluación 2. Informe de tratamiento 4.Guías para su elaboración 5.Casos prácticos. 6.Comunicación multidisciplinar. 7.Bibliografía. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 2 01 INTRODUCCIÓN ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 3 OBJETIVO Comunicar a: Cliente/Paciente (o familiares, pareja,… ) Profesionales: Médicos, psicológos, docentes, TS,… Instituciones: Tribunales, centros educativos, servicios sociales,... Alguna actividad clínica: A. Evaluación psicológica (con/sin conclusión diagnóstica) B. Terapia psicológica De forma: 1. Confidencial 2. Científica: Metodología adecuada, descrita, conclusiones basadas en evidencia 3. Objetiva 4. Útil: Evitar descripciones vagas, aplicables a cualquiera, sin responder a demanda; orientado a la acción (Weiss, 1981) ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 4 El Informe Psicológico Clínico (IPC): Comunicación (escrita u oral) confidencial y científica, realizada por un/a psicólogo/a a su cliente, representante legal o autoridad legal competente, de los resultados de un proceso de evaluación/intervención psicológica. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 5 Importancia de abordar el IPC desde la Deontología Múltiples quejas y denuncias presentadas ante las Comisiones Deontológicas. Creciente número de consultas de colegiadas/os sobre la redacción y uso del informe. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 6 En la elaboración de un informe hay que considerar aspectos: Técnicos Éticos Redacción Legales Código Deontológico, Estándares de la APA, la publicación de las GAP, Código Ético de la APA, Leyes (Real decreto de Protección de Datos y Psicólogo Especialista en Psicología Clínica, Ley de Autonomía del Paciente y derechos y obligaciones). ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 7 1. POSEER LA CUALIFICACIÓN ADECUADA Licenciados/as /Graduados/as en Psicología con formación adecuada y colegiados/as. Mantener una formación continuada. Competencia profesional. Considerar principios éticos y requisitos legales. 2. RESPETAR LA DIGNIDAD, AUTONOMÍA E INTIMIDAD DEL/LA CLIENTE Considerar qué información solicitar y cuál revelar en el informe. Sólo recabará información necesaria para el objetivo requerido. El informe sólo recogerá información pertinente. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 8 3. RESPETAR Y CUMPLIR EL DERECHO Y EL DEBER DE INFORMAR AL/LA CLIENTE Obligatoriedad de informar al/la cliente para que autorice. Adecuándolo a su comprensión, y en caso de incapacidad, déficit cognitivo o ausencia de conciencia de enfermedad también a su representante legal. 4. LEY AUTONOMÍA DEL PACIENTE (2002) Obligación legal de hacer informes que recojan intervenciones clínicas. El cliente tiene acceso a la historia clínica, a un informe de alta y a los certificados acreditativos de su estado de salud. Devolver la información al cliente de forma verbal. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 9 5. ORGANIZAR LOS CONTENIDOS DEL INFORME Aunque no existen disposiciones legales específicas a este respecto, númerosos autores/as han sugerido diferentes organizaciones de los contenidos de un informe, que han servido de base para la elaboración de los mismos desde hace años. Puntos básicos: Nombre autor (nº colegiado), cliente y sujeto a quien se presenta. Fuentes de información. Instrumentos. Procedimientos. Resumen resultados con conclusiones. Recomendaciones apropiadas. Firmado. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 10 6. DESCRIBIR LOS INSTRUMENTOS EMPLEADOS Y FACILITAR LA COMPRENSIÓN DE LOS DATOS Utilizar instrumentos suficientemente contrastados, con validez y fiabilidad elevadas. No interpretar los test de forma aislada (con otras pruebas y datos colaterales). Interpretar los resultados con fundamentación normativa, empírica y teórica. 7. INCLUIR PROCESO EVALUACIÓN, HIPÓTESIS Y JUSTIFICAR CONCLUSIONES Correcta descripción de los distintos pasos del proceso de evaluación. Documento científico para poder ser reproducido y valorado. Las conclusiones responderán las hipótesis planteadas de antemano (basadas en la información recogida). Recogerá limitaciones. Valoración clínica del paciente. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 11 8. CUIDAR EL ESTILO Utilizar lenguaje comprensible. Ser claro, racional y preciso. Emplear oraciones breves. Evitar el empleo de jerga, palabrería y redundancia. Evitar malas interpretaciones, etiquetas, ambigüedades en cuanto a identidad sexual y étnica. Evitar términos negativos o estigmatizantes para referirse al/la cliente. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 12 9. MANTENER LA CONFIDENCIALIDAD Y EL SECRETO PROFESIONAL. Confidencialidad de los datos del/la cliente. Toda la información que obtenga el/la psicólogo/a está sujeto a secreto profesional. Informar previamente al/la cliente y aclarar todos los puntos relativos a la confidencialidad (ejemplo: en qué casos se rompería, a quién informará el/la psicólogo/a en caso de necesidad, etc) Dcho. del/la Psicóloga/o a negar la comunicación escrita u oral de información de su cliente si le perjudica a éste/a. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 13 10. SOLICITAR EL CONSENTIMIENTO INFORMADO Toda actuación requiere el previo consentimiento de los/as clientes y este consentimiento generalmente es verbal (Ley del paciente). Informado: el consentimiento se produce después de una información veraz al/la cliente respecto a los procedimientos y riesgos. El/la cliente debe aprobar la redacción del informe y la información incluida en él. **Excepciones: cuando se encuentra incapacitado, es menor o ha nombrado unos representantes legales que ejercen sus funciones, en aquellos casos que profesional psicólogo/a estime que existe un riesgo real para la salud pública o para la integridad física o psíquica del/la cliente, y no se pueda conseguir su autorización por causas suficientemente justificadas o pq el cliente no la facilite). Ver anexo “Consentimiento informado Menores” ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 14 11. PROTEGER LOS DOCUMENTOS Psicólogo/a responsable de la seguridad de la información del/la cliente. Los centros sanitarios están obligados a conservar documentación clínica mínimo 5 años desde la fecha de alta. Ley de protección de datos (LOPD). ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 15 12. NO EXPRESAR INFORMACIÓN DESCRIPTIVA O DIAGNÓSTICA DE PERSONAS QUE NO HEMOS EVALUADO Pronunciarse de una tercera persona que no es objeto de exploración, y atribuirle estados o conductas o alteraciones que requieren una evaluación precisa. Informes de parte en procedimientos contenciosos. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 16 13. NO PRONUNCIARSE ACERCA DE UNA TERCERA PERSONA QUE NO ES OBJETO DE LA EXPLORACIÓN. No formular conclusiones diagnósticas sobre ella. No aceptar que los hechos han sucedido sin información legítima para sostenerlo. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 17 02 CONSIDERACIONES ÉTICAS PREVIAS. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 18 Cuestiones éticas Código deontológico COP Artículo 12: Especialmente en sus informes escritos, el/la Psicólogo/a será sumamente cauto, prudente y crítico, frente a nociones que fácilmente degeneran en etiquetas devaluadoras y discriminatorias, del género de normal/anormal, adaptado/inadaptado, o inteligente/deficiente. Artículo 41: Cuando la evaluación o intervención psicológica se produce a petición del propio sujeto de quien el/la Psicólogo/a obtiene información, ésta sólo puede comunicarse a terceras personas, con expresa autorización previa del interesado y dentro de los límites de esta autorización. Artículo 42: Cuando dicha evaluación o intervención ha sido solicitada por otra persona - jueces, profesionales de la enseñanza, padres, empleadores, o cualquier otro solicitante diferente del sujeto evaluado-, éste último o sus padres o tutores tendrán derecho a ser informados del hecho de la evaluación o intervención y del destinatario del Informe Psicológico consiguiente. El sujeto de un Informe Psicológico tiene derecho a conocer el contenido del mismo, siempre que de ello no se derive un grave perjuicio para el sujeto o para el/la Psicólogo/a, y aunque la solicitud de su realización haya sido hecha por otras personas. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 19 Cuestiones éticas Código deontológico COP Artículo 43: Los informes psicológicos realizados a petición de instituciones u organizaciones en general, aparte de lo indicado en el artículo anterior, estarán sometidos al mismo deber y derecho general de confidencialidad antes establecido, quedando tanto el/la Psicólogo/a como la correspondiente instancia solicitante obligados a no darles difusión fuera del estricto marco para el que fueron recabados. Artículo 46: Los registros escritos y electrónicos de datos psicológicos, entrevistas y resultados de pruebas, si son conservados durante cierto tiempo, lo serán bajo la responsabilidad personal del Psicólogo en condiciones de seguridad y secreto que impidan que personas ajenas puedan tener acceso a ellos. Artículo 48: Los informes psicológicos habrán de ser claros, precisos, rigurosos e inteligibles para su destinatario. Deberán expresar su alcance y limitaciones, el grado de certidumbre que acerca de sus varios contenidos posea el informante, su carácter actual o temporal, las técnicas utilizadas para su elaboración, haciendo constar en todo caso los datos del profesional que lo emite. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 20 Cuestiones éticas Código principios éticos y código de conducta de l@s psicólog@s (APA) 9.01 Bases para la Evaluación: (a) (a) Los/as psicólogos/as basan las opiniones contenidas en sus recomendaciones, informes y diagnósticos o evaluaciones, inclusive los testimonios forenses, en información y técnicas adecuadas para sustentar sus conclusiones. 9.02 Uso de las evaluaciones: (a) Los/as psicólogos/as administran, adaptan, califican, interpretan o utilizan técnicas de evaluación, entrevistas, tests o instrumentos, de manera y con propósitos apropiados a la luz de la investigación o de la manifiesta utilidad y aplicación apropiada de las técnicas. (b) Los/as psicólogos/as utilizan instrumentos de evaluación cuya validez y confiabilidad hayan sido establecidas para su aplicación en la población objeto de los tests. Cuando tal validez o confiabilidad no haya sido establecida, los psicólogos describen la efectividad y limitaciones de los resultados y la interpretación de los tests. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 21 Cuestiones éticas Código principios éticos y código de conducta de l@s psicólog@s (APA) 9.03 Consentimiento informado en evaluaciones: (a) Los/as psicólogos/as obtienen el consentimiento informado para evaluaciones o diagnósticos, tal como se describe en la Norma 3.10, Consentimiento informado, excepto cuando: (1) la evaluación sea indicada por ley o por las regulaciones gubernamentales; (2) el consentimiento informado esté implícito ya que la evaluación se realiza como parte de las actividades de la rutina educativa, institucional u organizacional (por ejemplo, cuando los participantes voluntariamente aceptan la evaluación al presentarse a un empleo); o (3) uno de los propósitos de la actividad es evaluar la capacidad de decisión. El consentimiento informado incluye una explicación de la naturaleza y propósito de la evaluación, los honorarios, la participación de terceras partes y los límites de la confidencialidad, así como la correspondiente oportunidad para que el cliente/paciente formule preguntas y reciba respuestas. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 22 03 ESTRUCTURA DEL INFORME. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 23 Estructura del informe Propuesta para un INFORME ABREVIADO de una EVALUACIÓN psicológica Identificación del/la profesional. Identificación del/la paciente/cliente. Motivo de consulta. Antecedentes (clínicos, personales, sociales, laborales, judiciales…). Evaluación (Metodología). Diagnóstico. Propuesta Intervención psicológica. Conclusiones. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 24 Estructura del informe Otra propuesta para un informe extenso de una EVALUACIÓN psicológica: 1. Introducción 1. Datos personales del/la cliente. 2. Datos personales del/la profesional. 3. Fecha-entidad que emite el informe. 2. Metodología empleada: instrumentos de evaluación, breve ficha técnica,… 3. Resultados: información obtenida mediante los instrumentos, presentada de forma organizada (ilustrada con gráficos, tablas,…). 4. Discusión-conclusiones: 1. Formulación del caso. 2. Discusión de los resultados, explicación de los mismos. 3. Conclusiones diagnósticas. 4. Propuesta de tratamiento. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 25 Estructura del informe Propuesta para un INFORME ABREVIADO de una TERAPIA psicológica: Identificación del/la profesional. Identificación del/la paciente/cliente. Motivo de consulta. Antecedentes (clínicos, personales, sociales, laborales, judiciales…). Evaluación (Metodología). Diagnóstico. Intervención psicológica. Evolución. Conclusiones. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 26 Estructura del informe Otra Propuesta para un informe extenso de una TERAPIA psicológica: 1. Introducción 1. Motivo de consulta 2. Datos personales del/la cliente. 3. Datos personales del/la profesional. 4. Fecha-entidad que emite el informe. 2. Metodología empleada: 1. Instrumentos de evaluación utilizados, breve ficha técnica,… 2. Línea base. 3. Formulación del caso. 4. Tratamiento utilizado: técnicas aplicadas, justificación de las mismas, orden, número de sesiones,… 3. Resultados: 1. Medición post en las medidas objetivas y otros instrumentos. 2. Adherencia al tratamiento. 3. Dificultades encontradas. 4. Discusión-conclusiones: 1. Impresión clínica. 2. Pronóstico. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 27 04 GUÍAS PARA LA ELABORACIÓN. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 28 Guías para su elaboración Guías para el proceso de evaluación psicológica (GAP): El informe escrito (Fernández-Ballesteros, 2009) 7. El proceso de evaluación debe ser lo suficientemente explícito como para que pueda ser reproducido y valorado, así como para que pueda quedar constancia del mismo. 40. El evaluador debe especificar el nivel de confianza que deposita en cada una de las conclusiones. 46. El informe incluirá un resumen con las conclusiones más importantes. 47. El informe señalará quién es el autor, el cliente y el sujeto, así como a quién se presentará o enviará. 48. Los datos se presentan de acuerdo con las fuentes de información, instrumentos y procedimientos utilizados. 49.Los asuntos que sobrepasan las demandas iniciales no se ignorarán, aunque sí serán considerados aparte. 50. El informe responderá a las demandas del cliente con recomendaciones apropiadas. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 29 Guías para su elaboración Guías de los GAP: El informe escrito (Fernández-Ballesteros, 2009) 51. Las demandas del cliente nunca deberán quedar sin abordarse. 52.Las fuentes de información, los instrumentos y tests utilizados quedarán reflejados con el suficiente detalle. 53.El informe detallará los pasos y procedimientos utilizados para responder a las demandas del cliente. 55.En la sección del informe sobre los resultados, cada afirmación psicológica será expresamente basada en los datos recogidos y valorada en función de su importancia con respecto a las demandas del cliente. 56. Las inconsistencias encontradas entre los datos se discutirán en la sección sobre resultados. 57. Cada una de las frases empleadas será clara y comprensible para el cliente. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 30 Guías para su elaboración Guías de los GAP: El informe escrito (Fernández-Ballesteros, 2009) 58.El apoyo científico de un enunciado se explicitará siempre que exista la posibilidad de que se malinterprete. 59. La terminología técnica utilizada debe clarificarse de la forma apropiada. 60. Los elementos descriptivos, comparativos e interpretativos se distinguirán entre sí. 61. La interpretación de los datos no se dejará en manos del lector. 62.Las conclusiones se expondrán con claridad, y las inferencias tentativas se señalan como tales. 64. El evaluador tratará con el cliente, sujeto u otras personas implicadas en la evaluación las posibles recomendaciones, asegurándose de que las entienden. 66. Si se requiere intervención y el evaluador no está cualificado para llevarla a cabo, el sujeto será remitido al profesional más adecuado. 67. Si es pertinente, el evaluador deberá enviar un informe a los profesionales oportunos. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 31 Guías para su elaboración Manual de estilo de la APA Requerimiento estilístico 2.01. Presentación ordenada de las ideas. Las unidades de pensamiento – ya sea una sola palabra, una oración o un párrafo, o una secuencia mayor deben organizarse. La continuidad se puede obtener de varias maneras: utilizando signos de puntua- ción, empleando palabras de transición o nexos (conjunciones, preposiciones, adverbios temporales, etc). Requerimiento estilístico 2.02. Fluidez de la expresión. La prosa científica y la creación literaria sirven a diferentes propósitos. En una escritura poética constantemente se encuentran artificios – por ejemplo, crear ambigüedad, incluir lo inesperado, omitir lo esperado y súbitamente desplazar el tema, el tiempo o la persona – que tal vez desconcierten o molesten a los lectores de documentos científicos. Se deben eludir estos artificios y tender hacia una comunicación clara y racional. Requerimiento estilístico 2.03. Economía de la expresión. Diga únicamente lo que necesita ser dicho. Las palabras y las oraciones breves se comprenden con mayor facilidad que las extensas. No obstante, un término técnico largo puede precisar más que varios vocablos cortos, y los tecnicismos son insoslayables en el informe científico. Evitar la jerga (recurrente empleo de tecnicismos vinculados a una profesión, aun donde no es pertinente), la palabrería (la verborrea incurre en embellecimientos y florituras obviamente inapropiados en el estilo científico), redundancia (no recurra a más palabras de las necesarias al sentido que quiera dar). ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 32 Guías para su elaboración Manual de estilo de la APA Requerimiento estilístico 2.04. Precisión y claridad. Elección de las palabras: Asegúrese de que todas las palabras signifiquen lo que usted quiere decir. Expresiones coloquiales: Evite las expresiones coloquiales (por ejemplo, poner por escrito en vez de redactar un informe), las cuales diluyen el significado. Evite los cuantificadores indefinidos (por ejemplo, una parte bastante grande, prácticamente todo o muy poco) se interpretan de manera distinta por los diferentes lectores o en diversos contextos. Las aproximaciones debilitan los informes, en particular aquellos que describen observaciones empíricas. Pronombres: Los pronombres confunden al lector a menos que el sustantivo al que aluda cada pronombre sea obvio; los lectores no deben tener que buscar en el texto previo para determinar el sentido de un término. Los pronombres demostrativos son los que más problemas implican, especialmente éste, ése, aquél y aquello cuando remiten a una oración anterior. Elimine la ambiguedad al determinar su referente, por ejemplo, esta prueba, ese ensayo, estos participantes y aquellos informes, es decir, tórnelos adjetivos, sin acento ortográfico. Requerimiento estilístico 2.05. Estrategias para mejorar el estilo. Desarrollar el tema a partir de un esquema ayuda a conservar la lógica propia de un informe. Este esquema identifica y organiza las ideas principales, define las ideas subordinadas y sirve para disciplinar su escritura y tomar nota de las omisiones. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 33 Guías para su elaboración Manual de estilo de la APA Requerimiento estilístico 2.14. Orientación sexual. Orientación sexual no es lo mismo que preferencia sexual. De acuerdo con el Principio 2, orientación sexual es el término predilecto en la actualidad y se utiliza a menos que la implicación en la elección sea intencional. Se prefieren los términos lesbianas y varones gays al de homosexual cuando se indican grupos específicos. La conducta sexual debe diferenciarse de la orientación sexual. Requerimiento estilístico 2.15. Identidad étnica y racial. Las preferencias acerca de los sustantivos referentes a grupos étnicos y raciales cambian con frecuencia. Se debe preguntar a los participantes sobre las designaciones que prefieren y se deben evitar términos que puedan percibirse como negativos. Los grupos étnico, al contrario del idioma inglés, en castellano lo correcto es escribirlo con minúscula inicial. Evitar el empleo de un lenguaje que haga aparecer a las personas como incapacitadas. Requerimiento estilístico 2.16. Discapacidades. El principio de no utilizar un lenguaje que haga aparecer a las personas como “incapacitadas” sirve para mantener la integridad de los individuos como seres humanos. Emplee discapacidad para referirse al atributo de una persona e impedimento para indicar la fuente de las limitaciones, la cual puede incluir tanto barreras de actitudes, legales y arquitectónicas, como la discapacidad misma. Requerimiento estilístico 2.17. Edad. Sea específico al proporcionar los rangos de edad; evite las definiciones abiertas como “menores de 18 años” o “mayores de 65”. El joven y la joven y adolescente varón y adolescente mujer pueden emplearse como apropiados. Para personas de 18 años y mayores utilice varones y mujeres. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 34 05 EJEMPLOS DE **Ver Anexo Ejemplos de informes INFORMES. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 35 06 COMUNICACIÓN MULTIDISCIPLINAR. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 36 Comunicación Multidisciplinar El objetivo de mantener una comunicación multidisciplinar con otros/as profesionales que estén trabajando en el mismo caso es poder tener una coordinación que permita unificar criterios de intervención y complementar las actuaciones a realizar y el trabajo en red. A) En el caso de las adicciones, por ejemplo: La estrategia de adicciones 2017-2024, nos habla de la importancia de la coordinación de la red de tratamiento a las adicciones con el resto del sistema sociosanitario y de diseñar protocolos de actuación con otras instituciones, organizaciones, recursos, que desarrollen actuaciones dirigidas a población vulnerable para realizar una atención integral y facilitar el acceso a los recursos. En los centros de atención a las adicciones, se llevan a cabo dos tipos de coordinaciones: 1. Internas: Reuniones establecidas con el resto de los miembros del equipo interdisciplinar de valoración y seguimiento de los/as pacientes, para diseñar e implementar el P.T.I de los casos nuevos, así como para realizar un seguimiento y evaluación continua de aquellos/as pacientes que están en tratamiento. 2. Externas: Son aquellas coordinaciones que se mantienen con profesionales de otros recursos que resultan necesarios en el proceso de atención de los drogodependientes, ya sean propios de la Red de Adicciones o se trate de recursos comunitarios, imprescindibles para aquellos casos que requieran un abordaje más global. La implicación de otras redes resulta, por lo tanto, necesaria en los que coexisten otras problemáticas asociadas a la drogodependencia. Este sería el caso de redes la de Salud Mental, de Servicios Sociales, Vivienda o Educación. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 37 Comunicación Multidisciplinar Las coordinaciones pueden realizarse de forma presencial en el propio centro o en la sede del recurso objeto de la coordinación, o bien de forma telefónica o a través de correo electrónico, que resulta especialmente útil para el envío de informes u otros datos necesarios. A través de las diferentes formas de coordinación es posible exponer el trabajo que cada servicio está llevando o puede llevar a cabo con el/la paciente, valorar su evolución y hacer propuestas de trabajo conjunto. Los servicios con los que se suele establecerse una coordinación más estrecha son: - El Servicio de Orientación Laboral. - Técnicos de prevención y educadores, en especial para casos de adolescentes o jóvenes. - Servicio de asesoramiento a jueces y atención al detenido drogodependiente (SAJIAD). - Programa de intervención con población inmigrante (ISTMO), en especial en relación a las personas migrantes sin la documentación en regla. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 38 Comunicación Multidisciplinar Cuando se trata de coordinaciones con las Comunidades Terapéuticas, en las que son ingresados temporalmente los/as pacientes y dado que no todas se encuentran en la misma comunidad autónoma, la coordinación telefónica, por correo electrónico y mediante informes de seguimiento que las comunidades envían, resulta muy práctico y ágil. Se debe realizar un seguimiento de dichas derivaciones para complementar y potenciar el trabajo realizado desde todos recursos implicados: - Servicios Sociales: Comisiones de Apoyo Familiar, Equipos de Trabajo de Menores y Familia, seguimiento RMI, etc. - Recursos específicos de la red de personas sin hogar, mujer, menores, jóvenes, etc. - Centros de Atención Primaria de Salud. - Juzgados, Centros de Inserción Social (CIS), Centros Penitenciarios. - Hospitales, Centros Madrid Salud (CMS). - Organizaciones sociales (Asociaciones y Organizaciones no Gubernamentales) ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 39 Comunicación Multidisciplinar Murcia: Se nombra un/a profesional responsable en ambas redes, quienes mantienen una mayor relación asistencial con el/la usuario/a y diseña: el Plan Terapéutico Individualizado, pudiendo ser un psiquiatra, médico especialista en adicciones o psicólogo/a. Estos se encargarán de tomar decisiones sobre personas con dificultades para continuar en los circuitos normalizados, presentando en las coordinaciones/interconsultas o en las comisiones de casos, la solicitud de entrada en programas de segundo o tercer nivel asistencial. B) En el caso de Violencia de Género: la violencia de género constituye un importante problema social que requiere para su abordaje la implementación de actuaciones multidisciplinares e interinstitucionales. La ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de Género, en su artículo 32, establece la necesidad de articular protocolos de actuación que determinen los procedimientos que aseguren una actuación global e integral de las distintas administraciones y servicios implicados: Fuerzas y cuerpos de seguridad, órganos judiciales, forenses, ministerio fiscal, colegios profesionales de abogados, profesionales de servicios sociales y de servicios especializados en violencia, personas sanitario y otros, que intervienen en la atención de las víctimas de violencia. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 40 Comunicación Multidisciplinar C) Ejecución de medidas judiciales juveniles de internamiento: Ley Orgánica 5/2000, de 12 de Enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, aprobado por real decreto 1774/2004. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 41 07 BIBLIOGRAFIA ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 42 BIBLIOGRAFÍA: American Psychological Association. (2002). Ethical Principles of Psychologist and Code of Conduct from the American Psychological Association. Washington, DC: APA. Colegio Oficial de Psicólogos. (1987). Código Deontológico del Psicólogo. Madrid: COP. Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid. (2009). Guía de buenas prácticas para la elaboración de informes psicológicos periciales sobre custodia y régimen de visitas de menores. Fernández-Ballesteros, R., De Bruyn, E.E.J., Godoy, A., Ter Laak, J., Vizcarro, C., Westhoff, K., Westmeyer, H., y Zaccagnini, J.L. (2001). Guidelines for the Assessment process (GAP): A proposal for discussion. European Journal of Psychological Assessment, 17, 187-200. Jiménez, F. (1997). El Informe Psicológico. En G. Buela-Casal y J.C. Sierra (Eds.), Manual de Evaluación Psicológica. Fundamentos, técnicas y aplicaciones (pp. 221-238). Madrid: Siglo XXI. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación. Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana, así como el Código Deontológico del Psicólogo del Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (2017). Estrategia Nacional sobre adicciones 2017-2024. Secretaría General Técnica. Centro de Publicaciones Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas. Madrid. Tallent, N. (1998). Psychological Report Writing. Upper Saddle River, NJ: Prentice-Hall. ©Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados 43 Gracias por vuestra atención y participación [email protected] Ve más allá © Copyright Universidad Europea. Todos los derechos reservados