Apuntes de Derecho Laboral y Seguridad Social

Summary

Estos apuntes presentan una introducción al Derecho Laboral y a la Seguridad Social. El texto profundiza en las relaciones entre empleadores y trabajadores, las fuentes del derecho, la evolución histórica y diferentes ejemplos de relaciones laborales y obligaciones.

Full Transcript

http://elblogdeadepi.blogspot.com/p/formacion-y-orientacion-laboral.html (resumen FOL) http://www.santillanafp.com/fol/legislacion-fol/ http://unblogsobrefol.blogspot.com/2017/12/derechos-y-deberes-de-los-trabajadores.html http://lolesfol.blogspot.com/2015/12/unidad-1-la-relacion-laboral.html...

http://elblogdeadepi.blogspot.com/p/formacion-y-orientacion-laboral.html (resumen FOL) http://www.santillanafp.com/fol/legislacion-fol/ http://unblogsobrefol.blogspot.com/2017/12/derechos-y-deberes-de-los-trabajadores.html http://lolesfol.blogspot.com/2015/12/unidad-1-la-relacion-laboral.html http://elblogdeadepi.blogspot.com/p/formacion-y-orientacion-laboral.html http://www.tiemposmodernos.eu/jornada-vacaciones-permisos/ http://www.tiemposmodernos.eu/grados-de-parentesco-infografia/ https://fpfol.jimdo.com/f-o-l/ut-5-el-derecho-laboral/ http://guiraofol.blogspot.com/ http://www.tiemposmodernos.eu/ii-fuentes-del-derecho-normativa-laboral/ http://elblogdeadepi.blogspot.com/p/formacion-y-orientacion-laboral.html (para dar apuntes)?? Derecho Laboral El marco jurídico de las relaciones laborales: Estatuto de los trabajadores. Prestaciones de la S.S. y desempleo DERECHO Y DERECHO DEL TRABAJO DERECHO: Conjunto de normas que hacen posible la convivencia entre los seres humanos (Ej.: derecho civil, derecho mercantil, derecho penal…) DERECHO LABORAL: conjunto de normas jurídicas que se establecen en la relación entre los trabajadores y los empleadores. Es una serie de preceptos de orden público y legal, que se basa en la premisa de asegurarle a quien trabaja un pleno desarrollo como persona, y una integración real a la sociedad, asegurando el cumplimiento de las obligaciones de ambas partes. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL TRABAJO entrega total de la fuerza trabajo como una actividad la riqueza no se obtendría de trabajo y también de su social solamente de la tierra, y por lo libertad. tanto, el trabajo debía ser Primeros gremios retribuido adecuadamente Revolución industrial y problemas sociales Aparición del Derecho Laboral RELACIÓN LABORAL Se le aplica el ESTATUTO de los TRABAJADORES. Características según Art.1 ET: Personal Voluntario Retribuido Dependiente Cuenta ajena RELACIONES NO LABORALES (EXCLUIDAS) Por no cumplir alguna de las características de las relaciones laborales o por regularse por otras normas TRABAJO POR QUÉ SE EXCLUYE Funcionarios Regulado por el Derecho administrativo Prestaciones obligatorias (mesa electoral) No es voluntario Amistad, vecindad o benevolencia No hay retribución ni dependencia Trabajos familiares (hasta 2º grado) no retribuidos No hay retribución ni cuenta ajena Consejero o miembro de órganos de admón de sociedades No hay dependencia Comisionistas No hay cuenta ajena Autónomos No hay cuenta ajena Transportistas con vehículos propios No hay dependencia ni cuenta ajena Relaciones laborales especiales Se le aplica su propia norma y el ET en los aspectos no contemplados. Personal de alta dirección Empleados hogar familiar Penados Deportistas profesionales Artistas en espectáculos públicos Discapacitados en centros especiales Estibadores Médicos residentes (MIR) y abogados en despachos profesionales Otro trabajo que sea expresamente declarado por la ley GRADOS DE CONSANGUINIDAD O AFINIDAD Ejercicio. Relaciones Laborales Analiza las siguientes relaciones e indica si se encuentran reguladas por el Derecho Laboral: - Pilar es voluntaria de Cáritas y trabaja en un ropero parroquial tres días a la semana. Ejercicio. Relaciones Laborales Analiza las siguientes relaciones e indica si se encuentran reguladas por el Derecho Laboral: - Pilar es voluntaria de Cáritas y trabaja en un ropero parroquial tres días a la semana. No, se trata de un trabajo voluntario Ejercicio. Relaciones Laborales Analiza las siguientes relaciones e indica si se encuentran reguladas por el Derecho Laboral: - José es dependiente de unos grandes almacenes a jornada completa. Ejercicio. Relaciones Laborales Analiza las siguientes relaciones e indica si se encuentran reguladas por el Derecho Laboral: - José es dependiente de unos grandes almacenes a jornada completa. Sí, cumple todas las características (Personal, Voluntario, Por cuenta ajena, Retribuido, Dependiente) Ejercicio. Relaciones Laborales Analiza las siguientes relaciones e indica si se encuentran reguladas por el Derecho Laboral: - María es jugadora de fútbol en un club de 2ª división. Ejercicio. Relaciones Laborales Analiza las siguientes relaciones e indica si se encuentran reguladas por el Derecho Laboral: - María es jugadora de fútbol en un club de 2ª división. Sí, es una relación de carácter especial de deportistas profesionales. Vídeo El derecho laboral: la relación laboral según el Estatuto de los Trabajadores https://www.youtube.com/watch?v=aNQBMyL3Oic Ejercicio 1. Relación Laboral ¿Cuáles son las 5 características que debe reunir una actividad para que se le aplique el derecho laboral? Explícalas brevemente. Ejercicio 2. Trabajo decente La OIT (Organización Internacional del Trabajo) es una agencia de la ONU que reúne a Gobiernos, empleadores y trabajadores de 187 Estados miembros a fin de promover los derechos laborales, fomentar oportunidades de trabajo decente y mejorar la protección social. Actualmente, desarrolla el Programa de Trabajo Decente, cuya finalidad es mejorar la situación económica y las condiciones de trabajo. Explica qué es para ti un trabajo decente. Ejercicio 2. Trabajo decente Explica qué es para ti un trabajo decente. Tras ver el vídeo, añade todos aquellos aspectos que no has contemplado en tu definición. https://www.youtube.com/watch?v=_DOFzwnOQu0 Legislación: Fuentes del Derecho Son el origen de las normas jurídicas e indican cómo aplicarlas. El Derecho del Trabajo tiene fuentes comunes con el resto de las ramas del Derecho y otras específicas: Convenios colectivos, Contratos de trabajo y los usos y costumbres locales y profesionales. Fuentes específicas Convenios Colectivos: Acuerdos entre los representantes de los trabajadores y los empresarios para fijar las condiciones de trabajo en un determinado sector profesional Contrato de trabajo: Acuerdo entre empresario y trabajador. Debe respetar todas las normas anteriores. Usos y costumbres locales y profesionales: Sólo se aplican si no hay otra norma. Locales. Profesionales. https://www.youtube.com/watch?time_continue=11&v=SlN5SdW3Bsg&feature=emb_logo Legislación En España, entre 1919 y 1931, se promulgaron los primeros códigos del Derecho del Trabajo. La primera norma que fomentó la protección de los trabajadores fue un Real Decreto en 1939. 1978: En la Constitución se establecieron los derechos y deberes básicos. Es la referencia para desarrollar el resto de normas laborales. 1980: Ley del Estatuto de los Trabajadores. Es la que regula actualmente las relaciones laborales y sirve de marco para crear otras normas. https://www.youtube.com/watch?time_continue=2&v=Y9vbEFbeSvA&feature=emb_logo Ejercicio 2. La Constitución Española 3. Estatuto de los Trabajadores 4. Fuentes del Derecho Principios de aplicación e interpretación de las normas laborales Principio de jerarquía normativa Norma más favorable Condición más beneficiosa Irrenunciabilidad de derechos In dubio pro-operario Principio de jerarquía normativa El principio de jerarquía no se vulnera si se aplica una norma de rango inferior siempre que establezca condiciones más favorables para el trabajador que la norma de rango superior Principios Norma más favorable Si en un caso concreto pueden aplicarse dos o más normas, se aplicará la que, en su conjunto, favorezca más al trabajador Ejemplo: Si el Estatuto de los Trabajadores fija en 30 días las vacaciones anuales y, el convenio colectivo aplicable a un trabajador las fija en 35 días, se aplicará la el convenio , por ser más favorable para el trabajador Condición más beneficiosa Si una nueva norma establece peores condiciones que las que tiene el trabajador en su contrato, se mantienen las del contrato. Ejemplo: Si un nuevo convenio colectivo establece 32 días de vacaciones anuales, pero un trabajador ya tenía 35 reconocidos en su contrato de trabajo, se mantendrá esta última opción Principios Irrenunciabilidad de derechos Los trabajadores no pueden renunciar a los derechos que tienen reconocidos. Ejemplo: Un trabajador no puede renunciar a sus vacaciones o a su salario mensual, aunque le ofrezcan alguna mejora a cambio In dubio pro-operario En caso de duda en la interpretación de una norma se interpreta de la forma más favorable para el trabajador Ejemplo: El Estatuto de los Trabajadores establece una indemnización por despido improcedente de 33 días de salario por año de servicio, pero no especifica qué se entiende por salario, ¿sólo el salario base, complementos, pagas extraordinarias?. Al interpretarlo de la forma más favorable para el trabajador se determina que el salario abarca todos los conceptos, siendo la indemnización mayor Caso práctico Jorge, que trabaja como mecánico en un taller, va a ser padre por primera vez y disfrutará del permiso de paternidad. Además de la prestación de la Seguridad social de 28 días, en el convenio colectivo de su empresa se conceden otros 5 días de permiso retribuido en lugar de los dos que establece el ET cuando el nacimiento se produce en la misma localidad. ¿Es legal que su convenio establezca más días de permiso que los que señala la ley? Caso práctico Jorge, que trabaja como mecánico en un taller, va a cambiar de domicilio y necesita hacer todo el traslado. Además del día que establece el ET (Art. 37 ET), en el convenio colectivo de su empresa se conceden otros 2 días de permiso retribuido cuando el traslado es a otra localidad. ¿Es legal que su convenio establezca más días de permiso que los que señala la ley? Sí, ya que aunque el ET tiene mayor rango, el convenio puede mejorar los mínimos establecidos por la ley, y será la norma que se aplique al ser la más favorable para el trabajador Ejercicio 5. Incumplimiento de principios Derechos y deberes de los trabajadores DERECHOS DEBERES Buena fe Diligencia Contribuir a la mejora de la productividad y los que se deriven del contrato No competir Medidas de seguridad e higiene Cumplir órdenes empresario https://www.youtube.com/watch?time_continue=27&v=Ymlp7OCD4_E&feature=emb_logo Ejercicio Derechos y deberes de los trabajadores Antonia trabaja desde hace algunos años como conductora de autobuses de rutas interurbanas y quiere cambiar de empleo con el fin de evitar los desplazamientos y así disponer de más tiempo para dedicar a su familia. El otro día vio una oferta en la que solicitan conductores, pero pedían que se abstuvieran mujeres entre 25 y 40 años. ¿Qué derecho se podría estar vulnerando? Ejercicio Derechos y deberes de los trabajadores Antonia trabaja desde hace algunos años como conductora de autobuses de rutas interurbanas y quiere cambiar de empleo con el fin de evitar los desplazamientos y así disponer de más tiempo para dedicar a su familia. El otro día vio una oferta en la que solicitan conductores, pero pedían que se abstuvieran mujeres entre 25 y 40 años. ¿Qué derecho se podría estar vulnerando? Se estaría vulnerando el derecho a la no discriminación por razón de sexo (ya que se pide que no se presenten mujeres) y de edad (de entre 25 y 40 años) Ejercicio 7. Derechos y deberes de los trabajadores El poder de dirección y disciplinario de la empresa REGISTROS ○ Sospecha de robo. ○ Respetando al máximo su dignidad e intimidad. ○ Presencia de un representante u otro trabajador CÁMARAS (https://protecciondatos-lopd.com/empresas/me-pueden-grabar-en-el-trabajo/ ) ○ Sólo lugares de trabajo ○ Sin audio ○ Los representantes deben estar informados CORREO ELECTRÓNICO DE EMPRESA ○ Advertir previamente que puede ser revisado ○ Presencia de un representante u otro trabajador SITUACIÓN SANITARIA ○ Reconocimientos por personal sanitario de la empresa en caso de baja. Poder disciplinario Convenio Colectivo indica tipo de falta (leve, grave y muy grave) y tipo de sanción que corresponde No puede sancionarse con: ○ Suprimir sueldo ○ Suprimir descansos ○ Sí suspensión de empleo y sueldo Trabajador que no esté conforme puede reclamar ante juzgado (20 días hábiles) Prescripción: plazos se inician a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido (apdo. 2, Art. 60 ,ET) Ejercicio 6. Convenios Organismos que protegen al trabajador Los principales organismos públicos intervienen en la aplicación de la normativa y en la resolución de los conflictos derivados Inspección de Trabajo: ○ su finalidad es la vigilancia y el control del cumplimiento de la legislación laboral ○ los inspectores pueden entrar libremente, investigar, revisar documentación y suspender los trabajos y levantar actas de infracción ○ los trabajadores que tengan conocimiento de infracciones en materias de seguridad y salud laboral, empleo, Seguridad Social, etc) pueden reclamar su intervención Tribunales laborales ○ su finalidad es resolver los conflictos que surgen en materia laboral y de Seguridad Social ○ previamente, en ciertos casos, se debe realizar una conciliación ante un organismo administrativo ○ Aragón: SAMA (Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje) http://www.fundacionsama.com/ Organismos que protegen al trabajador Tribunales laborales Juzgados de lo social: Conocen de los conflictos laborales (despidos, reclamación de salarios, descansos, etc.) ocurridos dentro de su provincia. Ver vídeo sobre cómo denunciar en el Juzgado de lo Social «Aquí Hay Trabajo« Salas de lo social de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas: Con competencia en todo el ámbito territorial de éstas. Resuelven los recursos interpuestos contra las sentencias de los Juzgados de lo social (recursos de suplicación), así como los conflictos colectivos y sindicales de ámbito superior al de la provincia, pero no superior al de la comunidad autónoma. Sala de lo social de la Audiencia Nacional: Tiene competencia en todo el territorio nacional en los procesos sobre libertad sindical y conflictos e impugnación de convenios colectivos de ámbito territorial superior al de una comunidad autónoma. Su sede está en Madrid. Ejemplo de Conflicto colectivo el surgido entre la Liga de Fútbol Profesional y Asociación de Futbolistas Españoles (LFP y AFE) Auto de la AN. Sala de lo Social del Tribunal Supremo: Es el órgano judicial de mayor rango, con sede en Madrid y jurisdicción en toda España. Resuelve los recursos de casación contra las sentencias dictadas por las salas de lo social de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia. STS 4351/2014. http://www.tiemposmodernos.eu/normativa-laboral-la-jurisdiccion-laboral/ Organismos que protegen al trabajador https://es.slideshare.net/supervegallevi s/16-tribunales-laborales Organismos que protegen al trabajador Organismos que protegen al trabajador Situación laboral en China https://www.youtube.com/watch?time_continue=2&v=vTSlF0PZi1U&feature=emb_ logo Ejercicio 25 DE NOVIEMBRE. DÍA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER http://www.educaragon.org/noticias/noticias.asp?idNoticia=14913 https://www.youtube.com/watch?v=j7f_c5XhX4s&feature=youtu.be https://www.youtube.com/watch?v=bSzz506-8AU&feature=youtu.be https://www.youtube.com/watch?v=Tg2zvuktw_k&feature=youtu.be https://www.youtube.com/watch?v=jePK_eBGY2k&feature=youtu.be Haz el ejercicio https://www.youtube.com/watch?v=DtEexHiUAxw Prestaciones de la S.S. y desempleo CONTENIDOS 1.La Seguridad social 2. Prestaciones de Seguridad Social 3. Desempleo 1.La Seguridad Social Constitución Española, artículo 41 "Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo" 1.La Seguridad Social El principio de bienestar y de - Pilar del Estado de Bienestar: permite que los ciudadanos, ante solidaridad situaciones de necesidad, les ayuden a superarla - Derecho de seguridad social viene en la Constitución art. 41 Los poderes públicos deben mantener un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos que garantice la asistencia y las prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. - Implica solidaridad entre los ciudadanos en función de su renta de manera que se presta ayuda a los que se encuentran en situación de Ejemplos del principio de solidaridad de la seguridad social necesidad - Entre los que más dinero aportan y los que menos - Entre los que no suelen estar enfermos y los que sí lo están - Entre generaciones presentes y las que ya han dejado de trabajar por la edad - Entre los que tienen trabajo y quienes lo han perdido 1. La Seguridad Social Campo de aplicación de la seguridad social http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/12778 1. La Seguridad Social Modalidad Contributiva http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/44539/45073 1. La Seguridad Social: Organismos de gestión Entidades gestoras 🡪 INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social): reconocer derecho de prestación económica y ordenar su pago 🡪 TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social): gestiona pagos y recursos económicos, y tramitación de afiliación, altas y bajas 🡪 SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal): gestión prestación por desempleo 🡪 INSSBT (Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo): principal órgano de prevención de riesgos laborales Entidades colaboradoras Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales Entidades Asociaciones colaboradoras: de empresarios queMutuas y empresas se agrupan para gestionar una serie de servicios relacionados con los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales Servicios que ofrecen - Gestionar los accidentes de trabajo y las - Colaborar en los accidentes no laborales y enfermedades profesionales enfermedades comunes de los mismos trabajadores 1. La Seguridad Social Obligaciones de la empresa con la Seguridad Social ¿Cuánto debe pagar la empresa por seguridad social? Contingencias Comunes 🡪 23,6 % de la BCCC Cntg. Profesionales 🡪 Tarifa de primas aplicada a la BCCP (% que varía en función de la peligrosidad) Desempleo 🡪Tipo general (indefinidos, formativos, relevo e interinos) : 5,5 % BCCP , resto contratos: 6,7% BCCP FOGASA (Fondo de Garantía Salarial)🡪 0,2 % de la BCCP FP 🡪 0,6 % de la BCCP Horas Extras 🡪 Ordinarias: 23,6 % de la base horas extras, Fuerza mayor: 12% de la base de horas extras http://www.mitramiss.gob.es/fogasa/faqs.html Ejercicios 8-9 8. Seguridad Social. Organismos gestores. 9. Seguridad Social. Obligaciones empresario. http://www.tiemposmodernos.eu/fol-nomina-bases-cotizacion-recaudacion-conjunta/ Explicación detallada más ejemplo+ejercicio https://drive.google.com/file/d/0B-7i_zRVLJ7gUkJEM0RvUjV0Mjg/view Para completar estas diapos 2. Prestaciones de la seguridad social Las prestaciones son las medidas con las que cuenta la Seguridad Social para ayudar a las personas a superar determinadas situaciones o estados de necesidad concretos (enfermedades, accidentes, maternidad o paternidad, desempleo, jubilación, etc). Estas situaciones suelen originar una serie de pérdidas de ingresos o un exceso de gastos. La acción protectora de la SS garantiza las prestaciones económicas o en especias: Prestaciones en especie: Para conservar y recuperar la salud. ○ Asistencia sanitaria ○ Prestación farmacéutica ○ Servicios sociales Prestaciones económicas: ○ Subsidios: Prestaciones de pago periódico y duración temporal (IT, Riesgos durante el embarazo y la lactancia, Paternidad, Maternidad, Cuidado de menores afectados por enfermedades graves) ○ Pensiones: Prestaciones económicas de pago periódico y de duración vitalicia o hasta alcanzar una edad determinada (Jubilación, Incapacidad permanente, Viudedad y orfandad) ○ Indemnizaciones: Prestaciones económicas que se abonan una sola vez ○ Otras prestaciones: Prestaciones por desempleo, Protección familiar de carácter no económico 2. Prestaciones de la seguridad social Prestaciones Contributivas: ○ Asistencia sanitaria ○ Incapacidad temporal ○ Maternidad, paternidad, adopción o acogimiento de menores ○ Riesgo durante el embarazo y la lactancia ○ Incapacidad permanente ○ Lesiones permanentes no invalidantes ○ Jubilación ○ Muerte y supervivencia ○ Por hijo a cargo ○ Desempleo Prestaciones No Contributivas: ○ Pensión de jubilación ○ Pensión por incapacidad permanente ○ Asistencia sanitaria http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/PortalEducat ○ Subsidio de desempleo ivo/Profesores/Unidad3/PESS303 2. Prestaciones de la seguridad Incapacidad social temporal Baja laboral que impide temporalmente asistir al trabajo y precisan de asistencia sanitaria - Estar afiliado y de alta Requisitos - Haber cotizado 180 días en 5 años anteriores a baja en enfermedades comunes (EP o AT, no exigen periodo mínimo de cotización) - Máx. 12 meses. Prórroga del INSS hasta otros 6 meses Duración - Transcurridos 18 meses hay que valorar su paso o no a incapacidad permanente - Por CC la da el médico seguridad social, médico mutua solo propuesta de alta Partes - Por CP médico de la mutua o de la seguridad social baja-alta - Bajas de 1 a 4 días, el médico puede dar a la vez parte de baja y de alta https://loentiendo.com/el-nuevo-sistema-de-bajas-medicas/ 2. Prestación de la seguridad social Incapacidad temporal Enfermedad Común: Haber cotizado como mínimo 180 días dentro de los 5 años anteriores a la baja médica (Periodo de carencia) Enfermedad Profesional: No se exige periodo mínimo de cotización Comunes: Profesionales 1º, 2º y 3º día No se cobra Día del accidente Se cobra como día cualquiera 60% de BR, lo paga la empresa Día posterior hasta el 75% de BR, lo paga la mutua o la 4º al 15º día a su cargo día del alta INSS 60 % de BR, lo paga la mutua o 16º al 20º Convenio suele mejorarlo hasta la INSS Mejoras del convenio el 100% a partir 4º-5º día de la 21º en 75% de BR, lo paga la mutua o en profesionales baja adelante la INSS 2. Prestación de la seguridad social Incapacidad temporal Base de Cotización BC: es la remuneración mensual que recibimos como trabajadores en cantidad bruta, en la cual también se reflejan las pagas extra prorrateadas (12 bases de cotización). Cada año, la ley establece unos topes que considera oportunos ordenados por categorías profesionales y otorgando una cantidad mínima y máxima a cada una de ellas. Base Reguladora BR: cantidad que se toma como referencia para calcular cuánto va a cobrar el trabajador de baja, vinculada a la base de cotización del mes anterior a la baja. Es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere. ○ Conting. Comunes: BCCC del mes anterior y se divide por el número de días (30 si es salario mensual o días del mes si es salario día) ○ Conting. Profesionales: BCCP del mes anterior y se le restan las horas extras y se divide igualmente por el nº de días; sumando la media de horas extras realizadas durante el año anterior. Ejercicio 10 10. Seguridad Social. Prestaciones. Ejercicio 10 10. Seguridad Social. Prestaciones. 2. Prestación de la seguridad social Incapacidad Permanente Situación en la que el trabajador después de haber sido dado de alta médica presenta reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen su capacidad laboral - Incapacidad que produce una disminución de al menos el 33% de sus tareas Parcial fundamentales - Indemnización equivalente a 24 bases reguladoras del trabajador - Incapacidad que produce que no pueda realizar las tareas fundamentales de su puesto de trabajo habitual pero si otro trabajo Total - Cobra pensión vitalicia del 55% de la base reguladora - Es compatible con otro trabajo - En > 55 años se cobrará el 75% de la base si tiene dificultades encontrar empleo - Incapacidad que no permite realizar ningún tipo de trabajo Absoluta - Pensión vitalicia del 100% Gran - Incapacidad absoluta que además requiere de la asistencia de una tercera persona invalidez - 100% + hasta un 45% Caso de accidente de trabajo por falta de medidas seguridad: la pensión se incrementa 30-50% a cargo de la empresa Caso práctico José, que trabaja como auxiliar en un laboratorio, a causa de un accidente de tráfico padece una lesión en la médula espinal que le ha dejado tretapléjico. Indica qué grado de incapacidad tiene, qué prestación puede cobrar y cuál es el procedimiento para solicitar esta prestación. Puedes consultar: https://goo.gl/5W6NKk Caso práctico José, que trabaja como auxiliar en un laboratorio, a causa de un accidente de tráfico padece una lesión en la médula espinal que le ha dejado tretapléjico. Indica qué grado de incapacidad tiene, qué prestación puede cobrar y cuál es el procedimiento para solicitar esta prestación. Puedes consultar: https://goo.gl/5W6NKk Solución: Al necesitar ayuda de otra persona para los actos esenciales de la vida, se trata de una gran invalidez. Cobrará el 100% de la BR, que puede ser incrementada hasta un 45%. Para tramitar la solicitud hay que solicitar la prestación al INSS. 2. Prestación de la Seguridad social Prestaciones por muerte y Prestaciones supervivencia a favor de las personas que dependen económicamente de un trabajador o pensionista que fallece - Pensión vitalicia para el cónyuge de un trabajador o pensionista que ha fallecido, es Pensión de compatible con las rentas del trabajo viudedad - Se pierde si se vuelve a contraer matrimonio (salvo excepciones de escasas rentas) - Se cobra un 52% de la base reguladora pudiendo llegar al 70% - Derecho de los hijos del fallecido menores de 21 años Pensión de - Se amplía a 25 años en el caso de que el huérfano no trabaja o sus ingresos sean inferiores orfandad al SMI - Se cobra una pensión del 20% de la base reguladora Pensión en - Para otros familiares hasta segundo grado que conviviesen y estuvieran a sus expensas favor de - Cobra misma pensión que en el caso de orfandad = 20% familiares Auxilio de - Cantidad en pago único para auxiliar en los gastos del sepelio defunción - Actualmente son 46,50 € - http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/44539/45659/45676 2. Prestaciones SS: Jubilación La jubilación es el cese voluntario en el trabajo (por cuenta propia o ajena) a causa de la edad, lo que da derecho a una pensión vitalicia que se reconoce al trabajador. Regla general: A partir de 1-1-2013, la edad de acceso a la pensión de jubilación depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral, requiriendo haber cumplido la edad de: ○ 67 años o ○ 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización. Las edades de jubilación y el período de cotización a que se refieren los párrafos anteriores, se aplicarán de forma gradual, en los términos que resultan del siguiente cuadro: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Prest 3. Desempleo Prestación que protege a aquellos trabajadores que, pudiendo y queriendo trabajar han perdido su trabajo o ven reducida su jornada laboral, entre un mínimo de un 10% y un máximo de 70% Requisitos Haber cotizado un mín. de 360 días en los últimos 6 años Estar en situación legal de desempleo Suscribir un compromiso de actividad Solicitar la prestación en los 15 días hábiles (sino descuento) Situación legal de desempleo Por despido de la empresa Por muerte, jubilación o invalidez del empresario Por fin de duración del contrato Por voluntad del trabajador con causa justa Por resolución por el empresario durante el periodo de prueba (anterior contrato causas anteriores) Por acreditar condición de víctima de violencia de género Por reducción de jornada entre 10-70% así como fijos discontinuos No se consideran cuando el trabajador cesa voluntariamente, o cuando opta por 3. Desempleo Días cotizados Días de paro en base a lo Cálculo de la prestación de cotizado desempleo Base reguladora Lo cotizado de media en los últimos 6 meses Porcentaje Primeros 180 días cobran 70% Resto hasta final 50% Topes máx. y mín. En función del nº de hijos hay un tope máx. y mín. en función del IPREM Descuento de seguridad 4,7 % por CC social Duración de la prestación de Días cotizados desempleo 360- 539 540- 719 720- 899 900- 1079 1080- 1259 1260- 1439 1440- 1619 1620- 1799 1800- 1979 1980- 2159 Desde 2160 Días de paro 120 180 240 300 360 420 480 540 600 660 720 3. Desempleo Cuantía de la prestación de desempleo https://www.areadepymes.com/?tit=prestacion-por-desempleo-duracion-cuantia-y-tramites&name=Manuales&fid=epdesaf#m19 3. Desempleo Simulador de cálculo de la prestación: https://sede.sepe.g ob.es/dgsimulador/i ntroSimulador.do Subsidio por desempleo - Es una prestación asistencial que se puede percibir cuando no se reúnen los requisitos para la prestación por desempleo, o bien ésta ya se ha agotado y se tienen responsabilidades familiares. - Carecer de rentas superiores al 75 % del SMI - Cuantía corresponde al 80% del IPREM sin incluir las pagas extraordinarias - https://www.youtube.com/watch?list=PLmc476H34W2voHmdOf4PaYt0qEDy-OOQv&v=xJ4DHwTrZjo&feature=emb_logo Duración alrededor de 6 meses Días de cotización - Jornada completa Cuando se trabaja a jornada completa, se cotiza por cada día trabajado. Ejemplo: Imaginemos que nos contrataron el 1 de agosto de 2016 para trabajar a jornada completa (40 horas semanales), y terminamos el contrato el 31 de octubre de ese mismo año. En total habríamos cotizado 92 días, que es la suma de días de esos tres meses. - Jornada parcial: El cómputo puede variar dependiendo de si el contrato es superior o inferior a 5 días semanales. ○ Jornada parcial de 5 o más días semanales En este caso, el cómputo se hace igual que si se trabajara a jornada completa. Es decir, el período de cotización es igual a la duración del contrato. ○ Jornada parcial inferior a 5 días semanales Cuando tenemos un contrato inferior a 5 días semanales, a jornada parcial, el número de días cotizados es igual al de días trabajados, pero multiplicados por 1,4. https://cursosinemweb.es/como-saber-cuantos-dias-cotizados-tengo/ Ejemplo: Somos contratados el 1 de agosto de 2016, y trabajamos 3 días a Vídeo "PECERA", el corto más reivindicativo del año. https://www.youtube.com/watch?v=V-LtlnBFRxA Hasta ahora en clase de FOL, utilizaba entre otros recursos visuales películas como «GERMINAL» para mostrar el origen del Derecho del Trabajo y cómo la lucha de los trabajadores a lo largo de la historia había llevado a conseguir derechos básicos que equilibrasen la relación laboral. El premiado cortometraje «Pecera» que se muestra a continuación, precisamente manifiesta la tendencia contraria. Con la excusa de «la crisis» estamos asistiendo a una pérdida progresiva de esos derechos que tanto costaron conseguir. Ejercicio 11 11. Seguridad Social. Prestaciones mejoradas en tu convenio Busca en el Convenio Colectivo del ejercicio 6 si establece alguna mejora en cuanto a las prestaciones por Incapacidad Temporal (comunes y/o laborales) http://www.tiemposmodernos.eu/fol/fol-seguridad-social/ https://fpfol.jimdo.com/f-o-l/ut-10-seguridad-social/ https://sites.google.com/site/flippedfol/home/unidad-11-prestaciones-de-la-seguridad-social http://mestreacasa.gva.es/c/document_library/get_file?folderId=500012812278&na me=DLFE-898018.ppt https://docs.google.com/presentation/d/1MDwdt2FS2DkWZYmxzLHXhzDaDbcMXsR89-OuYALMKkc/edit#slide=id.g260d36b9f1_0_90 https://es.slideshare.net/jossansan1/fol-11-seguridad-social-y-desempleo-2016 http://descargas.educalab.es/cedec/proyectoedia/FP/FOL/bloque02_legislacion/contenido/leg_laboral_07/desempleo.html https://belenfol.blogspot.com/p/portada.html https://belenfol.blogspot.com/p/zona-juegos.html https://sites.google.com/site/flippedfol/home/unidad-11-prestaciones-de-la-seguridad-social https://www.slideshare.net/antonioguirao/unidad-11-flipped-fol-seguridad-social-y-desempleo A practicar!!! https://www.cuadernalia.net/test-on-line-introduccion-al http://economia.ieshnosmachado.org/testfolcadtema3_ord.htm https://es.educaplay.com/es/recursoseducativos/3067259/html5/pasapalabra_fol_i ntroduccion_al_derecho.htm

Use Quizgecko on...
Browser
Browser