Señala cuál de los siguientes órganos no puede iniciar el procedimiento de reforma constitucional: A) El Gobierno B) El Senado C) Los Gobiernos de las Comunidades Autónomas D) Las... Señala cuál de los siguientes órganos no puede iniciar el procedimiento de reforma constitucional: A) El Gobierno B) El Senado C) Los Gobiernos de las Comunidades Autónomas D) Las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas
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La pregunta está pidiendo identificar cuál de los órganos listados no tiene la capacidad de iniciar el procedimiento de reforma constitucional. Esto implica entender el contexto de las instituciones gubernamentales y sus roles en el proceso de reforma en un marco constitucional.
Answer
Las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas.
Las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas no pueden iniciar el procedimiento de reforma constitucional.
Answer for screen readers
Las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas no pueden iniciar el procedimiento de reforma constitucional.
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Según el artículo 166 de la Constitución Española, la iniciativa de reforma constitucional está reservada al Gobierno, el Congreso, el Senado y las Comunidades Autónomas en su conjunto, pero no específicamente a las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas.
Tips
Un error común es confundir las Asambleas legislativas de las Comunidades Autónomas con las Comunidades Autónomas como entidad general. Solo estas últimas tienen la facultad de iniciar reformas.
Sources
- Sinopsis artículo 166 - Constitución Española - app.congreso.es
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