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Questions and Answers
¿Qué se entiende por 'representación' en el contexto administrativo?
¿Qué se entiende por 'representación' en el contexto administrativo?
- La capacidad de obrar de una persona física o jurídica para actuar ante la administración.
- Un proceso administrativo que solo puede realizar una persona física.
- Actuación de una persona en nombre de otra sin necesidad de autorización.
- La actuación realizada por un representante autorizado que actúa en nombre de un interesado. (correct)
¿Qué tipo de documentos pueden utilizarse para acreditar la representación?
¿Qué tipo de documentos pueden utilizarse para acreditar la representación?
- Certificados de nacimiento del representante.
- Cualquier medio válido que deje constancia de la representación. (correct)
- Sólo documentos notariales.
- Documentos que contengan fechas específicas.
¿Cuál es el plazo para subsanar la falta de acreditación de la representación?
¿Cuál es el plazo para subsanar la falta de acreditación de la representación?
- Cinco días.
- Quince días.
- Diez días. (correct)
- No hay plazo establecido.
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta sobre la representación en el ámbito administrativo?
¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta sobre la representación en el ámbito administrativo?
¿Qué deben hacer las Administraciones Públicas al habilitar a personas para actuar en representación?
¿Qué deben hacer las Administraciones Públicas al habilitar a personas para actuar en representación?
Las personas con capacidad de obrar pueden actuar por medio de representante, excepto en los casos en que:
Las personas con capacidad de obrar pueden actuar por medio de representante, excepto en los casos en que:
Para qué tipos de actos se requiere una acreditación de representación?
Para qué tipos de actos se requiere una acreditación de representación?
¿Qué se necesita para que las acciones de un representante sean válidas?
¿Qué se necesita para que las acciones de un representante sean válidas?
Study Notes
Representación en la Administración Pública
- Los interesados con capacidad de obrar pueden actuar a través de un representante.
- Las actuaciones administrativas se entienden con el representante, a menos que el interesado manifieste lo contrario.
- Las personas físicas aptas para actuar por sí mismas y las personas jurídicas, según sus estatutos, pueden representar a otros ante la Administración Pública.
- Para realizar solicitudes, declaraciones responsables, comunicaciones, recursos, desistencias y renuncias en nombre de otro, se debe acreditar la representación.
- La representación se presume para trámites simples.
- Se puede acreditar la representación mediante cualquier medio legal que la demuestre.
- La representación también se considera acreditada mediante un poder apud acta, ya sea en persona o electrónicamente, o a través del registro electrónico de apoderamientos de la Administración.
- La Administración debe incorporar al expediente la acreditación de la representación y los poderes del representante.
- La falta o insuficiencia de acreditación de la representación no impide que se realice el acto, pero se debe aportar la documentación necesaria dentro de los siguientes 10 días, o un plazo mayor si las circunstancias lo requieren.
- Las Administraciones pueden habilitar a personas o entidades para realizar transacciones digitales en nombre de los interesados.
- La habilitación debe especificar las condiciones y obligaciones de los representantes, y se presume la validez de la representación salvo que la normativa indique lo contrario.
- La Administración puede requerir la acreditación de la representación en cualquier momento.
- El interesado siempre puede participar por sí mismo en el procedimiento.
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Description
Este cuestionario aborda los aspectos clave de la representación en la administración pública. Se examinan los derechos y obligaciones de los interesados y sus representantes, así como los procedimientos necesarios para acreditar la representación. Conocer estos aspectos es fundamental para el correcto funcionamiento de las actuaciones administrativas.