Prestación Económica por Renuncia Voluntaria
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Questions and Answers

¿Cuál es el propósito principal de la ley mencionada en el texto?

  • Regular las condiciones bajo las cuales los trabajadores permanentes del sector privado gozarán de una prestación económica por renuncia voluntaria. (correct)
  • Establecer las condiciones para que los trabajadores permanentes del sector público accedan a una jubilación anticipada.
  • Regular los despidos injustificados en el sector privado.
  • Fomentar la contratación de trabajadores especializados en instituciones autónomas.

¿Qué instituciones se incluyen dentro del alcance de esta ley, además del sector privado?

  • Todas las instituciones públicas, independientemente de su régimen laboral.
  • Instituciones autónomas que generen recursos propios y cuyas relaciones laborales se rijan por el Código de Trabajo. (correct)
  • Únicamente las instituciones gubernamentales centralizadas.
  • Instituciones autónomas solo si no generan recursos propios.

¿Qué ocurre si el empleador se niega a pagar la prestación económica por renuncia voluntaria?

  • El trabajador pierde el derecho a recibir la prestación.
  • El trabajador debe iniciar un proceso judicial para demandar el pago.
  • Se considera una falta administrativa que puede ser sancionada por el Ministerio de Trabajo.
  • Se presume legalmente que se trata de un despido injusto. (correct)

¿Qué requisito deben cumplir las hojas en las que consta la renuncia voluntaria según la ley?

<p>Deben ser proporcionadas por la Dirección General de Inspección de Trabajo o los juzgados de primera instancia en materia laboral, con fecha de expedición reciente. (C)</p> Signup and view all the answers

Si un trabajador fallece, ¿quién tiene derecho a recibir la prestación económica por renuncia voluntaria?

<p>Sus beneficiarios, bajo las mismas condiciones que si el trabajador hubiera renunciado voluntariamente. (D)</p> Signup and view all the answers

Un trabajador especializado que desea renunciar a su empleo, ¿con cuántos días de anticipación debe dar el preaviso?

<p>Treinta días. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Durante cuánto tiempo debe haber recibido capacitación especial a cargo del empleador un trabajador para ser considerado 'especializado' según esta ley?

<p>En los últimos doce meses. (D)</p> Signup and view all the answers

¿El preaviso de renuncia es equivalente a la renuncia en sí misma?

<p>No, el preaviso es un requisito previo, pero la renuncia debe presentarse por separado. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué debe hacer un trabajador si el empleador se niega a recibir su renuncia y entregar la constancia respectiva?

<p>Acudir a la sección respectiva del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es el período mínimo de servicio continuo y efectivo requerido para que un trabajador tenga derecho a la prestación económica por renuncia voluntaria?

<p>Dos años. (C)</p> Signup and view all the answers

¿Cómo afecta la suspensión del contrato de trabajo a la antigüedad del trabajador en relación con la prestación económica por renuncia voluntaria?

<p>No afecta la antigüedad del trabajador. (A)</p> Signup and view all the answers

En caso de contrataciones periódicas y continuas, ¿cómo se computa la antigüedad del trabajador para efectos de la prestación por renuncia?

<p>No se ve afectada, salvo que medie el pago de una prestación por finalización del contrato aceptada voluntariamente. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Qué implicación tiene la compensación económica recibida por el trabajador debido a la renuncia voluntaria en relación con el Impuesto Sobre la Renta?

<p>Está exenta del pago del Impuesto Sobre la Renta. (A)</p> Signup and view all the answers

¿Cómo se calcula la prestación económica que reciben los trabajadores permanentes que renuncian a su empleo después de dos años de servicio?

<p>Quince días de salario básico por cada año de servicio. (B)</p> Signup and view all the answers

Para el cálculo de la prestación económica por renuncia, ¿existe un límite máximo para el salario que se puede tomar en cuenta?

<p>Sí, el salario no puede ser superior a dos veces el salario mínimo diario legal vigente. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es el plazo máximo que tienen los empleadores para cancelar la prestación económica por renuncia a los trabajadores?

<p>Dentro de los quince días posteriores a la fecha en que se hace efectiva la renuncia. (A)</p> Signup and view all the answers

Además de la prestación económica por renuncia, ¿a qué otros beneficios tiene derecho el trabajador que renuncia a su empleo?

<p>Aguinaldo y vacación anual remunerada completa o proporcional, según corresponda. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué institución es la encargada de velar por el cumplimiento de la ley en relación con la prestación económica por renuncia voluntaria?

<p>El Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a través de la Dirección General de Inspección de Trabajo. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es el plazo de prescripción para que un trabajador reclame el pago de la prestación económica por renuncia voluntaria?

<p>Noventa días hábiles, contados a partir de la fecha en que debió efectuarse dicho pago. (C)</p> Signup and view all the answers

En empresas con prestaciones económicas por renuncia superiores a las de la ley, ¿qué prestación se aplica?

<p>Se aplica la prestación superior establecida en el reglamento interno, contrato colectivo o costumbre de la empresa. (A)</p> Signup and view all the answers

¿Qué ocurre con los derechos, beneficios y prestaciones que ya gozaban los trabajadores antes de la entrada en vigencia de esta ley?

<p>Se mantienen vigentes y consolidados en favor de los trabajadores. (C)</p> Signup and view all the answers

¿En qué casos puede el empleador diferir el pago de la compensación económica por multiplicidad de renuncias?

<p>Cuando se iguala o supera el tres por ciento de los trabajadores cotizantes del ISSS en un mes, previa resolución de la Dirección General de Trabajo. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué tipo de juicio se debe seguir para reclamar el pago de la prestación económica por renuncia voluntaria?

<p>Juicio ordinario. (D)</p> Signup and view all the answers

Flashcards

Objeto de la Ley

Regula la prestación económica por renuncia voluntaria para trabajadores permanentes del sector privado e instituciones autónomas regidas por el Código de Trabajo.

Monto de la prestación

Determinada por la antigüedad y el salario del trabajador, pagada por el empleador según lo estipulado en la ley.

Preaviso de renuncia

Aviso escrito dado al empleador antes de la renuncia efectiva (30 días para directores/gerentes, 15 días para otros).

Trabajadores especializados

Trabajadores que recibieron capacitación especial por parte del empleador en los últimos 12 meses.

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Formalización de la renuncia

Debe ser escrita, firmada por el trabajador, con copia de DUI, y presentada en formatos autorizados.

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Efectividad de la renuncia

La renuncia es efectiva sin necesidad de aceptación del empleador.

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Consecuencia del no pago

La negativa del empleador a pagar la prestación se presume como despido injusto.

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Incapacidad o fallecimiento

En caso de incapacidad o muerte, el trabajador o sus beneficiarios tienen derecho a la prestación.

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Recepción de renuncia

El empleador está obligado a recibir el preaviso o renuncia del trabajador y entregar constancia de la fecha de presentación.

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Negativa del empleador

Si el empleador se niega a recibir la renuncia, el trabajador puede acudir al Ministerio de Trabajo para notificar la renuncia.

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Años mínimos de servicio

Se requieren al menos dos años de servicio continuo con el mismo empleador para tener derecho a la prestación económica por renuncia.

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Inicio de la antigüedad

La antigüedad se cuenta desde el inicio efectivo de la prestación de servicios, independientemente de la fecha del contrato escrito.

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Suspensión del contrato

La suspensión del contrato no interrumpe la continuidad del trabajo para efectos de la antigüedad.

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Contratos periódicos

Contratos periódicos y continuos no afectan la antigüedad, a menos que haya un pago por finalización de contrato aceptado por el trabajador.

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Exención de impuestos

La compensación económica por renuncia está exenta del pago del Impuesto Sobre la Renta.

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Cálculo de la prestación

Se otorgan quince días de salario básico por cada año de servicio como prestación económica por renuncia.

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Límite salarial

Ningún salario puede ser superior a dos veces el salario mínimo diario legal vigente para el cálculo de la prestación.

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Plazo de pago

La prestación económica debe cancelarse dentro de los quince días posteriores a la fecha efectiva de la renuncia.

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Derechos adicionales

Además de la prestación, el trabajador tiene derecho a aguinaldo y vacación anual remunerada completa o proporcional.

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Cumplimiento de la Ley

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social vela por el cumplimiento de esta ley a través de la Dirección General de Inspección de Trabajo.

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Plazo de prescripción

La reclamación del pago de la prestación económica prescribe en noventa días hábiles.

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Prestación superior

Si hay una prestación económica superior por reglamento interno o contrato colectivo, se aplicará esta última.

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Multiplicidad de renuncias

En caso de multiplicidad de renuncias, el empleador puede diferir el pago hasta en doce meses con autorización de la Dirección General de Trabajo.

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Study Notes

  • Esta ley regula las condiciones para la prestación económica por renuncia voluntaria para trabajadores permanentes del sector privado e instituciones autónomas con relaciones laborales regidas por el Código de Trabajo.

Ámbito de Aplicación

  • Aplica a instituciones autónomas que generen recursos propios, aunque no se mencionen explícitamente, incluyendo el ISSS y CEL.

Monto y Pago

  • El monto de la prestación se basa en la antigüedad y salario del trabajador.
  • Los empleadores deben pagar la prestación según lo estipulado en esta ley.

Preaviso de Renuncia

  • Directores, gerentes, administradores, jefaturas y trabajadores especializados deben dar un preaviso escrito de 30 días.
  • Los demás trabajadores deben dar un preaviso de 15 días.
  • Trabajadores especializados son aquellos que recibieron capacitación especial del empleador en los últimos 12 meses.
  • El preaviso no es la renuncia en sí, y el trabajador puede presentar la renuncia junto con el preaviso.

Formalización de la Renuncia

  • La renuncia debe ser por escrito, firmada por el trabajador y con copia de su DUI.
  • Debe constar en hojas proporcionadas por el Ministerio de Trabajo, juzgados laborales o en documento privado autenticado.
  • La renuncia es efectiva sin necesidad de aceptación del empleador.
  • La negativa del empleador a pagar la prestación se presume como despido injusto.

Incapacidad o Fallecimiento

  • En caso de incapacidad total y permanente o muerte del trabajador, este o sus beneficiarios tienen derecho a la prestación por renuncia voluntaria.

Obligaciones del Empleador

  • El empleador debe recibir el preaviso y la renuncia, entregando una constancia de recepción con fecha y hora.
  • Si el empleador se niega a recibir la renuncia, el trabajador puede acudir al Ministerio de Trabajo para notificar la renuncia, y se levantará un acta. La renuncia se considera efectiva desde la fecha de comparecencia del trabajador.

Antigüedad Requerida

  • Para tener derecho a la prestación, se requiere un mínimo de dos años de servicio continuo y efectivo con el mismo empleador.
  • La antigüedad se cuenta desde el inicio efectivo de la prestación de servicios, independientemente de la fecha del contrato escrito.

Continuidad Laboral

  • La suspensión del contrato no interrumpe la continuidad del trabajo ni afecta la antigüedad para esta prestación.
  • La celebración periódica y continua de contratos no afecta la antigüedad, a menos que se haya pagado una prestación económica al finalizar cada contrato, cumpliendo con el artículo 402 del Código de Trabajo.

Exención de Impuestos

  • La compensación económica por renuncia está exenta del Impuesto Sobre la Renta.

Cálculo de la Prestación

  • Los trabajadores con más de dos años de servicio recibirán 15 días de salario básico por cada año trabajado.
  • Para el cálculo, ningún salario puede ser superior a dos veces el salario mínimo diario legal vigente del sector económico del empleador.
  • El empleador debe pagar esta prestación dentro de los 15 días posteriores a la fecha efectiva de la renuncia.

Otros Derechos

  • Además de la prestación por renuncia, los trabajadores tienen derecho a recibir aguinaldo y vacación anual remunerada completa o proporcional, según corresponda.

Cumplimiento y Supervisión

  • El Ministerio de Trabajo, a través de la Dirección General de Inspección de Trabajo, supervisará el cumplimiento de esta ley.

Prescripción

  • El derecho del trabajador a reclamar el pago de la prestación económica prescribe en 90 días hábiles desde la fecha en que debió efectuarse el pago.

Beneficios Existentes

  • Si existieran prestaciones económicas por renuncia voluntaria superiores en reglamentos internos, contratos colectivos o por costumbre de la empresa, se aplicarán estas condiciones más favorables.

No Menoscabo de Derechos

  • La entrada en vigencia de esta ley no afectará negativamente los derechos, beneficios o prerrogativas que ya posean los trabajadores.

Multiplicidad de Renuncias

  • En casos de multiplicidad de renuncias, el empleador puede diferir el pago hasta en doce meses, con pagos mensuales y previa resolución de la Dirección General de Trabajo.
  • Se considera multiplicidad de renuncias cuando iguala o supera el tres por ciento de los cotizantes al ISSS en un mismo mes, o el diez por ciento en un mismo año calendario.
  • Esta forma de pago aplica a empresas con diez o más trabajadores.

Aplicabilidad

  • La prestación se aplica solo a renuncias que ocurran después de la entrada en vigencia de esta ley.
  • La reclamación del pago de la prestación económica se tramitará en juicio ordinario, según el Código de Trabajo.

Supletoriedad

  • En lo no previsto en esta ley, se aplicarán las disposiciones del Código de Trabajo.

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Description

Esta lección aborda la regulación de la prestación económica por renuncia voluntaria, aplicable a trabajadores permanentes del sector privado e instituciones autónomas. Se explican los montos, los plazos de preaviso requeridos y el ámbito de aplicación de esta ley. El contenido destaca las obligaciones tanto del empleador como del empleado en el proceso de renuncia.

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