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Questions and Answers
¿Cuál es el principal objetivo de la relación electrónica con la administración según el texto?
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¿Quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente con la autoridad en el modelo español?
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¿Cuál es el título del libro mencionado en el texto que habla sobre la obligación de relacionarse electrónicamente con la administración?
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¿Qué es el derecho administrativo según el texto?
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¿Cuál es el nombre del autor que habla sobre la obligación de relacionarse electrónicamente con la administración?
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¿Qué es el término que se utiliza para describir la relación electrónica con la administración?
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¿Cuál es el nombre del congreso mencionado en el texto que habla sobre la justicia electrónica?
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¿Cuál es el argumento principal que se utiliza para justificar la obligación de relacionarse electrónicamente con la administración?
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¿Qué es el problema que se plantea con la obligación de relacionarse electrónicamente con la administración?
¿Qué es el problema que se plantea con la obligación de relacionarse electrónicamente con la administración?
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¿Cuál es el fin último que se busca con la relación electrónica con la administración?
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El modelo español impone la obligación de relacionarse electrónicamente con la autoridad a todas las personas físicas y jurídicas.
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La relación electrónica con la administración es un derecho garantizado a todos los ciudadanos.
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El Congreso Iberoamericano de Derecho e Informática se celebró en Madrid en 2016.
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La normativa española impone la obligación de relacionarse electrónicamente con la administración a todos los ciudadanos.
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El derecho administrativo se considera un derecho de garantías que no pueden reducirse por la modernización administrativa.
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La obligación de relacionarse electrónicamente con la administración se aplica únicamente a la administración pública.
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El autor Lorenzo Cotino Hueso afirma que la relación electrónica con la administración es un derecho de los ciudadanos.
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La normativa española establece que la relación electrónica con la administración es un derechooptional para todos los ciudadanos.
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El libro mencionado en el texto tiene un total de 475 páginas.
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El autor Eduardo Gamero Casado es el director del libro mencionado en el texto.
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Study Notes
Problemas con la notificación electrónica
- La notificación electrónica puede dejar a los ciudadanos en una situación de indefensión, ya que no recibirán una notificación en su domicilio y tendrán que acceder a la sede electrónica de la administración para enterarse de la notificación.
- La ausencia de un aviso complementario de notificación puede llevar a la eficacia del acto sin que el interesado haya tenido conocimiento de la notificación.
Opiniones de expertos
- Delgado, Isaac Martín, considera que estas regulaciones son ilegales y atentan contra el debido procedimiento y el derecho de defensa de los ciudadanos.
- Martínez Gutiérrez, Rubén, considera que esta regla es reprobable y un exceso del legislador, no ayuda a generar confianza en la notificación electrónica.
- Fernández, afirma que esta regulación es inaceptable y que la ausencia de un aviso complementario no debería tener consecuencias para el interesado.
Consecuencias para los ciudadanos
- Los ciudadanos tendrían que acceder diariamente a la sede electrónica de la administración para comprobar si tienen una notificación, lo que supone una carga exorbitante e injustificada.
- La falta de un aviso complementario de notificación puede llevar a la eficacia del acto sin que el interesado haya tenido conocimiento de la notificación, lo que puede ser perjudicial para los ciudadanos.
Notificaciones Electrónicas
- La Ley 39/2015 establece que las Administraciones Públicas deben enviar un aviso al dispositivo electrónico y/o a la dirección de correo electrónico del interesado cuando se realizan notificaciones electrónicas.
- Este aviso no es obligatorio para la validez de la notificación, pero se considera una medida de protección del ciudadano.
- El régimen de notificación electrónica español tiene diferencias con respecto a la protección del ciudadano comparado con otros países.
Probleática de las Notificaciones Electrónicas
- El Ministerio de la Producción utiliza la información consignada por el usuario en el formulario de registro para enviar mensajes de correo electrónico y/o mensajes de texto (SMS) para alertar al usuario sobre el envío de una notificación a su casilla electrónica.
- La omisión de esta comunicación no invalida la notificación electrónica.
Relevancia del Aviso Complementario
- El envío del aviso complementario se considera una "obligación natural" según la autorregulación de cada entidad.
- El Tribunal de Fiscalización Laboral considera que la perspectiva del principio de confianza legitima la correcta posición del aviso complementario.
Gobierno Digital
- El régimen de gobierno digital considera el aviso complementario como una medida de protección del ciudadano en la era digital.
- La implementación de un sistema de alertas para advertir al administrado sobre la recepción de una comunicación en su casilla electrónica es una medida de transparencia y responsabilidad.
El derecho a la relación electrónica con la administración
- El derecho a la relación electrónica con la administración implica compromisos concretos de acciones positivas para las administraciones, con el fin de posibilitar la relación electrónica en interés del ciudadano.
- Este derecho pretende proyectar y ampliar los derechos que ya tenía reconocido el administrado, garantizando posiciones jurídicas nuevas y propias a la naturaleza de contexto digital.
Funciones principales de los servicios del gobierno electrónico
- Servicios de información: recopilar información ordenada y clasificada que se solicite, como los sitios web y demás que aportan datos a los ciudadanos en general.
- Servicios de comunicación: interacción entre individuos o grupos de personas, como el correo electrónico o los foros de discusión.
- Servicios de transacción: adquirir productos o servicios en línea o presentar datos, como formularios públicos o escrutinios.
Obligaciones de las entidades públicas
- Dotarse de los medios y sistemas electrónicos necesarios.
- Preparar personal especializado en la relación electrónica.
- Poner a disposición de ciudadanos plataformas y programas amigables.
- Brindar asistencia técnica para el involucramiento del ciudadano.
- Proporcionar servicios omnicomprensivos de información, interacción y transacción.
- Respetar el derecho de quienes no quieran ejercer la interacción electrónica, proveyendo la opción física de relacionamiento.
- Imponer el relacionamiento electrónico obligado de manera excepcional y ponderada, cuando razonablemente no suponga una afectación al derecho de acceso a la autoridad y de igualdad con otros administrados.
Características del derecho a la relación electrónica
- Es un derecho de acción positiva que comporta una actividad o prestación positiva determinada y un resultado obligado.
- No establece las vías y medios para alcanzarlo, sino que se centra en el resultado.
- La nueva norma disgrega los derechos que antes se consagraban como un estatuto de derechos del cuidado frente a la administración.
Acogimiento Voluntario de la Notificación Electrónica
- La clave para el empleo de la notificación electrónica es su acogimiento voluntario.
- Este principio se encuentra en la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico y en ordenamientos de países como Colombia, México, Uruguay y Chile.
Derecho a la Notificación Electrónica
- Los ciudadanos tienen el derecho a relacionarse electrónicamente con los gobiernos y administraciones públicas.
- Esto incluye recibir notificaciones electrónicas cuando el medio sea aceptado por el ciudadano o si lo solicita.
Legislación en Diferentes Países
- En Colombia, la Ley 1437 de 2011 establece que las autoridades pueden notificar sus actos a través de medios electrónicos si el administrado ha aceptado este medio de notificación.
- En Uruguay, el Texto Ordenado de Gobierno Electrónico establece que los órganos de la Administración Central utilizarán medios electrónicos en sus comunicaciones con los interesados, siempre que éstos lo hayan solicitado o consentido expresamente.
- En México, la Ley Federal del Procedimiento Administrativo prevé que las notificaciones pueden realizarse mediante medios electrónicos cuando el promovente lo ha aceptado expresamente.
Acogimiento Voluntario de la Notificación Electrónica
- La clave para el empleo de la notificación electrónica es su acogimiento voluntario.
- Este principio se encuentra en la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico y en ordenamientos de países como Colombia, México, Uruguay y Chile.
Derecho a la Notificación Electrónica
- Los ciudadanos tienen el derecho a relacionarse electrónicamente con los gobiernos y administraciones públicas.
- Esto incluye recibir notificaciones electrónicas cuando el medio sea aceptado por el ciudadano o si lo solicita.
Legislación en Diferentes Países
- En Colombia, la Ley 1437 de 2011 establece que las autoridades pueden notificar sus actos a través de medios electrónicos si el administrado ha aceptado este medio de notificación.
- En Uruguay, el Texto Ordenado de Gobierno Electrónico establece que los órganos de la Administración Central utilizarán medios electrónicos en sus comunicaciones con los interesados, siempre que éstos lo hayan solicitado o consentido expresamente.
- En México, la Ley Federal del Procedimiento Administrativo prevé que las notificaciones pueden realizarse mediante medios electrónicos cuando el promovente lo ha aceptado expresamente.
Acogimiento Voluntario de la Notificación Electrónica
- La clave para el empleo de la notificación electrónica es su acogimiento voluntario.
- Este principio se encuentra en la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico y en ordenamientos de países como Colombia, México, Uruguay y Chile.
Derecho a la Notificación Electrónica
- Los ciudadanos tienen el derecho a relacionarse electrónicamente con los gobiernos y administraciones públicas.
- Esto incluye recibir notificaciones electrónicas cuando el medio sea aceptado por el ciudadano o si lo solicita.
Legislación en Diferentes Países
- En Colombia, la Ley 1437 de 2011 establece que las autoridades pueden notificar sus actos a través de medios electrónicos si el administrado ha aceptado este medio de notificación.
- En Uruguay, el Texto Ordenado de Gobierno Electrónico establece que los órganos de la Administración Central utilizarán medios electrónicos en sus comunicaciones con los interesados, siempre que éstos lo hayan solicitado o consentido expresamente.
- En México, la Ley Federal del Procedimiento Administrativo prevé que las notificaciones pueden realizarse mediante medios electrónicos cuando el promovente lo ha aceptado expresamente.
Antecedentes del derecho a la relación electrónica
- La Ley 30/1992 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establecía que la relación electrónica entre ciudadanos y administraciones dependía de la disponibilidad de medios técnicos por parte de las entidades públicas.
- La Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos cambió esta situación, otorgando a los ciudadanos el derecho subjetivo de relacionarse con las administraciones por medios electrónicos.
Características del derecho a la relación electrónica
- El centro de este derecho es que la relación electrónica con la administración es una facultad y no una imposición.
- El ciudadano tiene la opción de elegir entre la relación electrónica y la relación presencial con la administración.
- La naturaleza voluntaria del derecho se encuentra en la base de la construcción de derecho.
- El derecho a la relación electrónica implica la facultad de establecer o no establecer la relación electrónica con la administración.
Obligaciones correlativas de las administraciones
- Las administraciones deben obtener los medios y sistemas electrónicos necesarios para que el derecho pueda ejercerse.
- Deben poner a disposición de los ciudadanos plataformas y programas amigables para el ciudadano.
- Deben brindar asistencia técnica para el involucramiento del ciudadano.
- Deben respetar el derecho de quienes no quieran ejercer la interacción electrónica, proveyendo la opción física de relacionamiento.
Límites del derecho a la relación electrónica
- La administración no puede imponer la relación electrónica obligatoriamente sin el consentimiento del ciudadano.
- La relación electrónica no debe ser utilizada para excluir a ciudadanos que no tienen acceso a los medios tecnológicos necesarios.
- El derecho a la relación electrónica debe ser ejercido de buena fe, para evitar abusos y disfuncionalidades.
Importancia del derecho a la relación electrónica
- El derecho a la relación electrónica es un derecho de acción positiva que comporta una actividad o prestación positiva determinada.
- Su ejercicio debe ser garantizado por las administraciones, y su vulneración puede ser constatada cuando no sea posible para el ciudadano establecer la pretendida relación electrónica con la administración.
Características jurídicas del derecho a la interrelación electrónica
- El derecho a la interrelación electrónica tiene una configuración legal y no constitucional.
- Está estrechamente relacionado con el derecho a la igualdad de los ciudadanos que se relacionan con la autoridad.
- Es un derecho instrumental que permite a los ciudadanos ejercer sus derechos en el plano electrónico.
Configuración legal
- El derecho a la interrelación electrónica es otorgado por el ordenamiento legal ordinario y no está incluido en la Constitución.
- Puede ser limitado o restringido en su extensión por normativa de la misma jerarquía.
- El legislador puede habilitar a la autoridad reglamentaria a crearle excepciones o limites si así lo considere necesario.
Derecho a la igualdad
- El derecho a la interrelación electrónica está directamente conectado con el derecho fundamental a la igualdad entre los ciudadanos.
- La administración no puede ser ciega a las desigualdades sociales, económicas y culturales que impiden el acceso competitivo a la tecnología.
- La implantación de la interrelación electrónica se debe hacer de manera que no se excluyan a los ciudadanos que no tienen acceso a las tecnologías.
Característica instrumental
- El derecho a la interrelación electrónica es un instrumento para que los ciudadanos puedan ejercer otras facultades que antes solo se desarrollaban de manera presencial.
- Incrementa las posibilidades de ejercitar otras facultades o recibir determinados servicios de la autoridad.
- Permite a los ciudadanos desarrollar electrónicamente los derechos clásicos reconocidos por la LRJPAC.
La obligación de relacionarse electrónicamente
- La tendencia actual es convertir la notificación electrónica en una obligación que puede ser impuesta por la autoridad a los administrados.
- Esto se hace bajo el argumento de mejorar la eficacia y la celeridad de la acción administrativa y extender el uso de las nuevas tecnologías.
- La obligatoriedad de la notificación electrónica se puede establecer en función de determinadas entidades públicas o en función de las particularidades del administrado.
Críticas a la obligatoriedad
- La obligación de relacionarse electrónicamente puede llevar a la infoexclusión de grupos sociales y transfiera a la ciudadanía nuevos riesgos y cargas sin su consentimiento.
- La relacionación electrónica con la administración debe seguir siendo un derecho de los ciudadanos y no una carga que les imponga la administración.
Características jurídicas del derecho a la interrelación electrónica
- El derecho a la interrelación electrónica tiene una configuración legal y no constitucional.
- Está estrechamente relacionado con el derecho a la igualdad de los ciudadanos que se relacionan con la autoridad.
- Es un derecho instrumental que permite a los ciudadanos ejercer sus derechos en el plano electrónico.
Configuración legal
- El derecho a la interrelación electrónica es otorgado por el ordenamiento legal ordinario y no está incluido en la Constitución.
- Puede ser limitado o restringido en su extensión por normativa de la misma jerarquía.
- El legislador puede habilitar a la autoridad reglamentaria a crearle excepciones o limites si así lo considere necesario.
Derecho a la igualdad
- El derecho a la interrelación electrónica está directamente conectado con el derecho fundamental a la igualdad entre los ciudadanos.
- La administración no puede ser ciega a las desigualdades sociales, económicas y culturales que impiden el acceso competitivo a la tecnología.
- La implantación de la interrelación electrónica se debe hacer de manera que no se excluyan a los ciudadanos que no tienen acceso a las tecnologías.
Característica instrumental
- El derecho a la interrelación electrónica es un instrumento para que los ciudadanos puedan ejercer otras facultades que antes solo se desarrollaban de manera presencial.
- Incrementa las posibilidades de ejercitar otras facultades o recibir determinados servicios de la autoridad.
- Permite a los ciudadanos desarrollar electrónicamente los derechos clásicos reconocidos por la LRJPAC.
La obligación de relacionarse electrónicamente
- La tendencia actual es convertir la notificación electrónica en una obligación que puede ser impuesta por la autoridad a los administrados.
- Esto se hace bajo el argumento de mejorar la eficacia y la celeridad de la acción administrativa y extender el uso de las nuevas tecnologías.
- La obligatoriedad de la notificación electrónica se puede establecer en función de determinadas entidades públicas o en función de las particularidades del administrado.
Críticas a la obligatoriedad
- La obligación de relacionarse electrónicamente puede llevar a la infoexclusión de grupos sociales y transfiera a la ciudadanía nuevos riesgos y cargas sin su consentimiento.
- La relacionación electrónica con la administración debe seguir siendo un derecho de los ciudadanos y no una carga que les imponga la administración.
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