Derecho Tributario Capítulo I
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Questions and Answers

¿Qué entidades tienen competencia para revisar controles, libros y archivos de personas individuales o jurídicas en materia tributaria?

Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y Contraloría General de Cuentas (CGC)

¿Qué preceptúa el artículo 3 de la Ley Orgánica de la SAT?

Ejercer la administración del régimen tributario y aplicar la legislación tributaria

La obligación tributaria surge de la ley (ex lege).

True

¿Qué ramas del Derecho están vinculadas estrechamente con el Derecho Tributario?

<p>Derecho Procesal Civil</p> Signup and view all the answers

Study Notes

Relación del Derecho Tributario con otras ramas jurídicas

  • El Derecho Tributario tiene vínculos con otras ramas jurídicas, como el Derecho Constitucional.
  • Algunos autores consideran que el Derecho Tributario es una rama del Derecho que se relaciona con disciplinas jurídicas como el Derecho Constitucional.

Relación con el Derecho Constitucional

  • Hans Kelsen estableció que la norma constitucional es la base del orden jurídico positivo.
  • La Constitución es la norma fundamental que regula la creación de otras normas jurídicas.
  • El análisis de la ciencia jurídica positiva pone en relieve la función de la norma fundamental.

Poder Tributario

  • El poder tributario es el poder del Estado de crear unilateralmente tributos y establecer deberes formales.
  • El poder tributario comprende también el poder de eximir y conferir beneficios tributarios, y el poder de tipificar ilícitos tributarios y regular las sanciones respectivas.

Características del Poder Tributario

  • a) Abstracción: El poder tributario es abstracto porque la norma fundamental no depende de otro poder.
  • b) Permanencia: El poder tributario es permanente mientras exista el Estado.
  • c) Irrenunciabilidad: El Estado no puede renunciar a su poder de crear y cobrar tributos.
  • d) Indelegabilidad: El Estado no puede delegar en otro ente el ejercicio del poder tributario.

Principios Constitucionales del Derecho Tributario

  • Principio de Legalidad: establece que los tributos deben estar regulados por una ley.
  • Principio de Reserva de Ley: establece que solo el órgano legislativo es competente para crear leyes.

Principio de Legalidad y Principio de Reserva de Ley

  • El Principio de Legalidad establece que no hay tributo que no esté contemplado en una ley.

  • El Principio de Reserva de Ley establece que solo el órgano legislativo es competente para crear leyes.

  • Ambos principios están relacionados y se aplican en el caso de los tributos.### La Jerarquía Normativa

  • La Constitución Política de Guatemala es la base de la jerarquía normativa, seguida de las normas legales y luego de las normas reglamentarias y normas individuales.

  • El artículo 239 de la Constitución Política establece que las disposiciones jerárquicamente inferiores a la ley no pueden modificar las bases de regulación del tributo.

Principio de Capacidad de Pago

  • Este principio hace referencia a que los sujetos pasivos del tributo deben tener capacidad económica para pagar los tributos.
  • La Constitución Política de Guatemala recoge este principio en el artículo 243, estableciendo que el sistema tributario debe ser justo y equitativo.
  • La capacidad de pago se considera un principio capital para la efectividad del tributo, y se debe garantizar mediante la creación de impuestos que respondan a la capacidad contributiva de cada sujeto.

Principio de Justicia y Equidad Tributaria

  • La justicia y equidad tributaria se consideran valores fundamentales en el sistema tributario.
  • El principio de justicia y equidad tributaria se basa en la idea de igualdad, proporcionalidad y armonía en las relaciones interhumanas.
  • La Corte de Constitucionalidad ha establecido que el principio de capacidad de pago debe garantizar la igualdad de tratamiento impositivo a los contribuyentes que se encuentran en condiciones similares.

Antecedentes y Autores

  • Aristóteles se refiere a la justicia como una regla de armonía y proporcionalidad en las relaciones interhumanas.
  • El profesor René Arturo Villegas Lara destaca que la igualdad es la médula de la justicia y que esta es un valor absoluto.
  • Radbruch (1951) establece que la igualdad es la médula de la justicia y que esta es un valor absoluto que descansa en sí mismo y deriva de una superior.
  • La Corte de Constitucionalidad ha establecido que el principio de capacidad de pago debe garantizar la igualdad de tratamiento impositivo a los contribuyentes que se encuentran en condiciones similares.### Principio de Justicia Tributaria
  • La justicia tributaria se refiere a la distribución de cargas o impuestos de manera justa y equitativa.
  • El principio de justicia tributaria se basa en la igualdad y el respecto a la dignidad humana.
  • La justicia tributaria implica la idea de armonía entre la norma de derecho positivo y la realidad social.

Equidad y Justicia

  • La equidad es la idea de igualdad y garantiza que las leyes traten de igual manera a los iguales en iguales circunstancias.
  • La equidad es compatible con la justicia y atenúa el rigor de la ley cuando ésta es concebida como contraria a los principios de justicia.
  • La Constitución Política de Guatemala recoge el principio de equidad en el artículo 4, que establece que todos los seres humanos son iguales en dignidad y derechos.

Principio de Igualdad

  • El principio de igualdad establece que situaciones iguales deben ser tratadas de igual manera y situaciones diferentes deben ser tratadas de manera diferente.
  • La Corte de Constitucionalidad interpreta que el principio de igualdad hace una referencia a la universalidad de la ley, pero no prohíbe la clasificación de situaciones diferentes y el tratamiento diverso.
  • El principio de igualdad se relaciona con el principio de justicia y equidad.

Principio de Proporcionalidad

  • El principio de proporcionalidad establece que el monto de los gravámenes debe estar en relación directa con la capacidad de pago de los sujetos pasivos.
  • La Constitución Política no trata concretamente el principio de proporcionalidad, pero el artículo 243 establece que el sistema tributario debe ser justo y equitativo.
  • El principio de proporcionalidad garantiza que las cargas se adapten a la capacidad económica de los ciudadanos.

Principio de Generalidad

  • El principio de generalidad establece que todas las personas con capacidad de pago deben contribuir a los gastos del Estado en la proporción que a cada uno corresponde.
  • El principio de generalidad hace referencia a la tributación de todas las personas, sin excepciones, salvo en las exenciones tributarias y minimis vitales.
  • La Constitución Política de Guatemala establece que el imperio de la ley se extiende a todas las personas que se encuentran en el territorio de la República.

Principio de Irretroactividad

  • El principio de irretroactividad establece que la ley no tiene efectos retroactivos, salvo en materia penal cuando favorezca al reo.
  • La Constitución Política y el Código Tributario establecen que la ley no tiene efectos retroactivos, salvo en materia penal.
  • La irretroactividad de la ley garantiza que las consecuencias nuevas son las que rigen para el futuro y no se aplican al pasado.

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Este cuestionario trata sobre el capítulo I del derecho tributario y su relación con otras ramas jurídicas.

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