Sesión 6: Discapacidad y Educación en Salud (PDF)
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Esta sesión se centra en las normas legales nacionales e internacionales relacionadas con la discapacidad, así como sus objetivos y alcance. Incluye preguntas sobre la ley 29973 y el acceso a la educación para personas con discapacidad.
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Programa de Medicina Humana DISCAPACIDAD Y EDUCACIÓN EN SALUD Sesión 6 Tema: Normas Legales Nacionales e Internacionales. Objetivos y alcance. Resultado de aprendizaje Evidencia de aprendizaje...
Programa de Medicina Humana DISCAPACIDAD Y EDUCACIÓN EN SALUD Sesión 6 Tema: Normas Legales Nacionales e Internacionales. Objetivos y alcance. Resultado de aprendizaje Evidencia de aprendizaje Analisis de Caso Identifica las normas legales nacionales e internacionales y las reconoce en un caso. Contenido Normas Legales Nacionales e Internacionales Normas Legales Nacionales Normas Legales Internacionales. Plan Andino para las Personas con Discapacidad Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 4 y ODS 10) Promoción de los derechos fundamentales Revisa el siguiente video: https://www.youtube.com/watch?v=Z7LztxoJARY Después de haber visualizado el video, reflexionamos y respondemos las siguientes interrogantes: 01 ¿A quienes se les considera Personas con Discapacidad ? 02 ¿Que busca la Ley 29973? 03 ¿Que significa el acceso a la Educacion desde un enfoque inclusivo? Tema Normas Nacionales Normas Legales Nacionales Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 El CONADIS – Consejo Nacional para la Integración a la Persona con Discapacidad es el ente rector del Perú, que busca promover los derechos de la persona con discapacidad y que se generen mejoras en su entorno para que ejerzan sus derechos en igualdad de condiciones que las demás personas. Con el apoyo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ha elaborado el Compendio de Normas Legales en Discapacidad Ley 299973 – 12-12-2012 Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Art 1: Finalidad de la Ley. Establecer el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica. Art 2: Definición de persona con discapacidad Es aquella que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su inclusión plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las demás. Ley 299973 – 12-12-2012 Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Art 3: Derechos de la persona con discapacidad 3.1 La PCD tiene los mismos derechos que el resto de la población, sin perjuicio de las medidas específicas establecidas en las normas nacionales e internacionales para que alcance la igualdad de hecho. El Estado garantiza un entorno propicio, accesible y equitativo para su pleno disfrute sin discriminación. 3.2 Los derechos de la PCD son interpretados de conformidad con los principios y derechos contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y con los demás instrumentos internacionales sobre derechos humanos ratificados por el Perú. Ley 299973 – 12-12-2012 Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Art 15: Derecho a la accesibilidad La PCD tiene derecho a acceder, en igualdad de condiciones que las demás, al entorno físico, los medios de transporte, los servicios, la información y las comunicaciones, de la manera más autónoma y segura posible. El Estado, a través de los distintos niveles de gobierno, establece las condiciones necesarias para garantizar este derecho sobre la base del principio de diseño universal. Asimismo tiene derecho a gozar de ambientes sin ruidos y de entornos adecuados Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Ley 299973 – 12-12-2012 Art 17: Condiciones de las edificaciones públicas y privadas Las edificaciones públicas y privadas que brinden u ofrezcan servicios al público deben contar con ambientes y rutas accesibles para permitir el libre desplazamiento y atención de la PCD en igualdad de condiciones que las demás, de conformidad con las normas técnicas de accesibilidad para personas con discapacidad. Ley 299973 – 12-12-2012 Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Art 26: Derecho a la salud La PCD tiene derecho a gozar del más alto nivel posible de salud, sin discriminación. El Estado le garantiza el acceso a prestaciones de salud integrales de calidad e implementados con infraestructura, equipamiento y recursos humanos capacitados, incluidas la rehabilitación y la salud sexual y reproductiva. Art 27. Aseguramiento. El Ministerio de Salud garantiza y promueve el ingreso de la PCD a un sistema de aseguramiento universal que garantice prestaciones de salud, de rehabilitación y de apoyo de calidad. Las condiciones de discapacidad poco frecuentes y de alto costo serán atendidas de acuerdo a lo que dispone el artículo 10 de la Ley 29761. Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Ley 299973 – 12-12-2012 Art 32:. Medidas de prevención Los Ministerios de Salud, de Educación, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y los gobiernos regionales formulan, planifican y ejecutan, en coordinación con el Seguro Social de Salud (EsSalud) y los establecimientos de salud de los ministerios de Defensa y del Interior, acciones dirigidas a prevenir y reducir a su mínima expresión la aparición de nuevas deficiencias físicas, mentales, sensoriales e intelectuales y el agravamiento de las ya existentes entre las personas con discapacidad, incluidos los niños y las personas adultas mayores. Asimismo, promueven investigaciones, estudios científicos y tecnológicos dirigidos a prevenir y reducir las discapacidades Ley 299973 – 12-12-2012 Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Art 35: Derecho a la educación. La PCD tiene derecho a recibir una educación de calidad, con enfoque inclusivo, que responda a sus necesidades y potencialidades, en el marco de una efectiva igualdad de oportunidades. El Ministerio de Educación regula, promueve, supervisa, controla y garantiza su matrícula en las instituciones educativas públicas y privadas de las diferentes etapas, modalidades y niveles del sistema educativo nacional. Ley 299973 – 12-12-2012 Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Art 45: Derecho al trabajo. La PCD tiene derecho a trabajar, en igualdad de condiciones que las demás, en un trabajo libremente elegido o aceptado, con igualdad de oportunidades y de remuneración por trabajo de igual valor, y con condiciones de trabajo justas, seguras y saludables. Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 OTRAS NORMAS IMPORTANTES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - PCD Ley N° 30412 - Modifica el Art 20 de la Ley 29973, Ley General de la PCD, disponiendo el Pase Libre en el Servicio de Transporte Público Terrestre para las Personas con Discapacidad Severa. Ley N° 30603 - Ley que garantiza el Derecho al Juego y la Accesibilidad Urbana para Niños, Niñas y Adolescentes con Discapacidad Ley Nº 30669 - Ley que promueve el acceso y cobertura de las personas con discapacidad a las tecnologías de apoyo, dispositivos y ayudas compensatorias Ley N° 27408 - Ley que establece la Atención Preferente a las mujeres embarazadas, las niñas, niños, los adultos mayores en lugares de atención al público, modificada por la Ley N° 28683 OTRAS NORMAS IMPORTANTES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - PCD Ley N° 27861 - Ley que exceptúa el pago de Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Derechos de Autor por la Reproducción de obras para Invidentes Ley N° 28084 - Ley que regula el Parqueo Especial para Vehículos Ocupados por Personas con Discapacidad, modificada por el Decreto Legislativo N° 1310 Ley N° 28530 - Ley de Promoción de Acceso a Internet para Personas con Discapacidad y de Adecuación del Espacio Físico en Cabinas Públicas de Internet Ley Nº 28735 - Ley que regula la atención de las personas con discapacidad, mujeres embarazadas y adultos mayores en los aeropuertos, aeródromos, terminales terrestres, ferroviarios, marítimos y fluviales y medios de transporte Ley Nº 30150 - Ley de Protección de las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) OTRAS NORMAS IMPORTANTES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD -PCD Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Ley N° 29478 - Ley que establece facilidades para la emisión del voto de las Personas con Discapacidad Ley N° 29487 - Ley Que otorga prestaciones de salud gratuitas al personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas y a sus familiares directos. Ley N° 29524 - Ley que reconoce la Sordoceguera como discapacidad única y establece disposiciones para la Atención de Personas Sordociegas Ley N° 29535 - Ley que otorga Reconocimiento Oficial a la Lengua de Señas Peruana Ley N° 29685 - Ley que establece Medidas Especiales en casos de desaparición de niños, niñas, adolescentes con discapacidad mental, física o sensorial OTRAS NORMAS IMPORTANTES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD -PCD Ley N° 29698 - Ley que declara de Interés Nacional y Preferente Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Atención el tratamiento de personas que padecen enfermedades raras o huérfanas Ley N° 30061 - Ley que declara de Prioritario Interés Nacional la Atención Integral de la Salud de los Estudiantes de Educación Básica Regular y Especial de las Instituciones Educativas Públicas del Ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma y los incorpora como Asegurados del Seguro Integral de Salud (SIS) Ley N° 29830 - Ley que Promueve y Regula el Uso de Perros Guía por Personas con Discapacidad Visual, modificada por la Ley N° 30433 Ley N° 29889 - Ley que modifica el artículo 11 de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, y garantiza los Derechos de las Personas con Problemas de Salud Mental Ley Nº 30687 - Ley de promoción de los derechos de las personas de talla baja DS 007-2021-MIMP – Política Multisectorial en Discapacidad para el desarrollo al 2030 OBJETIVOS PRIORITARIOS Y LINEAMIENTOS: Se desarrollaron en base al problema público que afecta a las personas con discapacidad, para la construcción de una situación futura deseada DS 007-2021-MIMP – Política Multisectorial en Discapacidad para el desarrollo al 2030 Tema Normas Internacionales CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD NACIONES UNIDAS - ONU Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Artículo 3 Principios Generales a. El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas; b. La no discriminación; c. La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad; d. El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas; e. La igualdad de oportunidades; f. La accesibilidad; g. La igualdad entre el hombre y la mujer; h. El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad. CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD NACIONES UNIDAS - ONU Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Artículo 4 Obligaciones generales. Los Estados Partes se comprometen a: a. Adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la presente Convención. b. Tomar todas las medidas pertinentes, incluidas medidas legislativas, para modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad. c. Tener en cuenta, en todas las políticas y todos los programas, la protección y promoción de los derechos humanos de las personas con discapacidad. d. Abstenerse de actos o prácticas que sean incompatibles con la presente Convención y velar por que las autoridades e instituciones públicas actúen conforme a lo dispuesto en ella. CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD NACIONES UNIDAS - ONU Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Artículo 24 Educación. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida, con miras a: a. Desarrollar plenamente el potencial humano y el sentido de la dignidad y la autoestima y reforzar el respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales y la diversidad humana; b. Desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la creatividad de las personas con discapacidad, así como sus aptitudes mentales y físicas; c. Hacer posible que las personas con discapacidad participen de manera efectiva en una sociedad libre. CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 DISCAPACIDAD - OEA ARTÍCULO III Para lograr los objetivos de esta Convención, los Estados parte se comprometen a adoptar las medidas de carácter legislativo, social, educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad, incluidas las que se enumeran a continuación, sin que la lista sea taxativa: a. Medidas para eliminar progresivamente la discriminación y promover la integración por parte de las autoridades gubernamentales y/o entidades privadas en la prestación o suministro de bienes, servicios, instalaciones, programas y actividades, tales como el empleo, el transporte, las comunicaciones, la vivienda, la recreación, la educación, el deporte, el acceso a la justicia y los servicios policiales, y las actividades políticas y de administración; b. Medidas para que los edificios, vehículos e instalaciones que se construyan o fabriquen en sus territorios respectivos faciliten el transporte, la comunicación y el acceso para las personas con discapacidad; c. Medidas para eliminar, en la medida de lo posible, los obstáculos arquitectónicos, de transporte y comunicaciones que existan, con la finalidad de facilitar el acceso y uso para las personas con discapacidad; y d. Medidas para asegurar que las personas encargadas de aplicar la presente Convención y la legislación internas obre esta materia, estén capacitados para hacerlo. POLÍTICA ANDINA EN SALUD PARA LA PREVENCIÓN DE LA DISCAPACIDAD Y PARA LA ATENCIÓN, HABILITACIÓN/ REHABILITACIÓN INTEGRAL DE LAS Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 PERSONAS CON DISCAPACIDAD Proposito: Esta política tiene como propósito, orientar y fortalecer la gestión sanitaria de los países de la Subregión Andina hacia el mejoramiento de las acciones de salud y protección, relacionadas con la prevención, atención, habilitación y rehabilitación de las personas con discapacidad, en el marco de la promoción, protección y garantía del derecho a la salud, en condiciones de equidad, propiciando el respeto a la dignidad y la posibilidad de inserción o reinserción social de las personas con discapacidad Objetivo: Lograr que la población de la Subregión Andina, cuente con información y acciones oportunas y eficaces que permitan prevenir discapacidades y avanzar hacia la construcción de una Subregión sin barreras para las personas con discapacidad, fortaleciendo la capacidad de respuesta sanitaria de los países para la prevención de la discapacidad y atención en salud, habilitación/rehabilitación integral de la personas con discapacidad. POLÍTICA ANDINA EN SALUD PARA LA PREVENCIÓN DE LA DISCAPACIDAD Y PARA LA ATENCIÓN, HABILITACIÓN/ REHABILITACIÓN INTEGRAL DE LAS Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 PERSONAS CON DISCAPACIDAD LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE LA POLÍTICA ANDINA DE DISCAPACIDAD 9.1 PROMOCIÓN DE LA SALUD Y FUNCIONAMIENTO HUMANO 9.2 PREVENCIÓN DE LA DISCAPACIDAD 9.3 ATENCIÓN INTEGRAL Y RECUPERACIÓN DE LA SALUD 9.4 HABILITACIÓN /REHABILITACIÓN INTEGRAL 9.5 PARTICIPACIÓN COMUNITARIA 9.6 EQUIPARACIÓN DE OPORTUNIDADES 9.7 ABOGACÍA 9.8 GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN/VIGILANCIA 9.9 MONITOREO Y EVALUACIÓN 9.10 INVESTIGACIÓN 9.11 FORTALECIMIENTO DEL RECURSO HUMANO 9.13 DESARROLLO DE TECNOLOGÍAS OBJETIVOS DE LA AGENDA 2030 PARA EL Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 DESARROLLO SOSTENIBLE Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Objetivo 4: Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos Discapacidad y Educación en Salud – Sesión 6 Promover la igualdad salarial de género. Favorecer el acceso laboral a jóvenes. Apoyar los derechos de las personas con discapacidad. Desarrollar una cultura inclusiva a la comunidad LGBTIQ+. Combatir la pobreza laboral y apoyar el salario digno. Favorecer el trabajo decente en toda la cadena de suministro. Autoevaluación Sesión 6 El CONADIS ES: Convencion Nacional de Discapacidad Pregunta 1 Consejo Nacional para la Integración a la Persona con Discapacidad Corporacion Natural de Discapacitados Convenio Nacional Discapacitados ¿Que significa persona con discapacidad? Es aquella que tiene una o más deficiencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente Pregunta 2 Aquella persona que usa silla de ruedas Personas invidentes Es aquella que tiene solo una de las deficiencias físicas o mentales Los Objetivos de Desarrollo Sostenible que abordan de manera especial los derechos a las Personas con Discapacidad (PCD) son: ODS 5 Y ODS 6 Pregunta 3 ODS 5 y ODS 8 ODS 4 y ODS 10 ODS 1 y ODS 2 Autoevaluación ¡Vamos por más logros! ¡Felicitaciones! Ha concluido la autoevaluación El Peru cuenta con una amplia legislacion para hacer respetar los derechos de las personas con discapacidad. Como futuros Conclusiones profesionales de la salud debemos conocerlos para hacer que se respeten en nuestros usuarios que tengan alguna discapacidad. El ente rector es el CONADIS - Consejo Nacional para la Integración a la Persona con Discapacidad, cuyo propósito es promover los derechos de las PCD Como futuros profesionales de la salud, es nuestro deber participar activamente en el respeto de los derechos y las acciones de inclusion a las personas con discapacidad de nuestro país Aplicando lo aprendido: Te encuentras realizando tus practices como estudiante de Ciencias de la Salud en el Servicio de Cirugia General y tienes que atender a una persona: - Invidente - Talla Corta - Sordomuda - Paraplejico (usa silla de ruedas) ¿Que cuidados adiconales tendrias con estas personas con discapacidad? Referencias - Compendio de Normas en Discapacidad – MIMP/CONADIS 2018 - Intrumento Técnico: Familia como apoyo para la inclusion laboral.MINTRA - 2023 - Politica Andina para la Prevencion de la Discapacidad - Convenio 159 OIT