PPT Tema 01. La Constitución Española de 1978 (I PARTE) PDF
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Carmen Fontalba
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This document covers the Spanish Constitution of 1978, specifically focusing on its characteristics, structure, content, and types of constitutions. It details the elements of a state including population, territory, and power/sovereignty. It also discusses different types of states such as unitary, composed, and regional.
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TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO 2. La Constitución Española de 1978: Características, Estructura y Contenido. 3. El Preámbulo 4. El Título Prel...
TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO 2. La Constitución Española de 1978: Características, Estructura y Contenido. 3. El Preámbulo 4. El Título Preliminar 5. El Título I. Derechos y Deberes fundamentales. Garantias y suspensión 6. El Defensor de Pueblo. 7. El Título II. La Corona Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO 1. El estado. Concepto. Elementos. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Una Constitución, se puede definir como: “LA ORGANIZACIÓN FUNDAMENTAL DE LAS RELACIONES DE PODER DEL ESTADO” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO PERO… ¿QUÉ ENTENDEMOS POR ESTADO? Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Podemos definir al ESTADO como una organización política constituida por INSTITUCIONES A través de la instituciones, se ejerce la SOBERANÍA Dicha soberanía se aplica a: Una determinada POBLACIÓN y Dentro de unos LÍMITES TERRITORIALES establecidos Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO ¿Qué es SOBERANÍA? El titular de la soberanía cambia según las épocas históricas y los lugares: Puede ser un monarca absoluto, como ocurría en los estados absolutistas, o su equivalente contemporáneo, es decir, el dictador o jefe supremo de los estados totalitarios. Puede ser también un grupo Y, finalmente, EL PUEBLO, en los estados constitucionales y democracias, en general. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO En definitiva, los elementos básicos en la definición de ESTADO son: El ámbito humano al que se dirigen (POBLACIÓN) El ámbito físico en que desarrolla su actividad (TERRITORIO) La potestad de que está investido (el PODER que, como ya hemos visto, va a incluir el monopolio del uso legítimo de la fuerza). Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La población. Hoy pueblo es el conjunto de individuos que pertenecen al Estado a través de un vínculo común: la nacionalidad (Se considera incluidos en su definición a los extranjeros (no nacionales) que ostenten la condición legal de residentes en ese Estado) *Por ello podemos decir que la NACIONALIDAD es el vínculo jurídico que une la población con un estado determinado. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO El territorio. Podemos definir el territorio, en este ámbito, como la extensión de tierra que pertenece a un Estado y en el que ejerce su jurisdicción o autoridad. *Sólo se puede ejercer sobre él una SOBERANÍA y, por ello, aún en un sistema autonómico sólo cabe una Soberanía: la del Estado. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO El poder (soberanía y uso exclusivo de la fuerza). El poder faculta al Estado para: o Tomar decisiones o Autoorganizarse o Ejercer dicha soberanía Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La doctrina política más asentada ha fijado tres grandes tipos de Estado: El unitario El compuesto El descentralizado o regional. En España el tipo elegido es el Estado Autonómico que como veremos a continuación aúna elementos de varios. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Fundamentalmente encontramos: Estado unitario Estado compuesto Estado regional Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Estado unitario Es centralizado. Existe un único centro de poder o impulso político (las partes del Estado no son relevantes) Hay un solo ejecutivo con todas las funciones y atribuciones (un único gobierno, un único ordenamiento jurídico y un único poder legislativo) Ejemplo, la antigua URSS Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Estado compuesto El Estado compuesto es el constituido por una agrupación de Estados, cada uno de ellos con personalidad propia. Dos tipos: o Estado Federal. (Alemania, EEUU..) o Estado Confederal. (Suecia y Noruega estuvieron unidas durante casi todo el siglo XIX, Serbia y Montenegro permanecieron unidas entre 2002 y 2006. Se puede decir que la Unión Europea es en la práctica una confederación de Estados.) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO EL ESTADO. CONCEPTO. ELEMENTOS. LA DIVISIÓN DE PODERES Estado compuesto o Estado Federal. El Estado Federal surge como consecuencia de la unión de varios Estados Se crea un ente distinto a los estados miembros Los estados federados subsisten con independencia de la federación. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO EL ESTADO. CONCEPTO. ELEMENTOS. LA DIVISIÓN DE PODERES Estado compuesto o Estado Confederal. El Estado Confederal es similar al Estado Federal, pero con una diferencia clave consistente en que cualquier Estado conserva su soberanía y puede separarse de la unión cuando lo estime procedente. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO EL ESTADO. CONCEPTO. ELEMENTOS. LA DIVISIÓN DE PODERES Estado regional Tiene como rasgo esencial la descentralización territorial en entes denominados REGIONES, a las que se concede un alto grado de autonomía. Se puede decir que es una forma intermedia entre el Estado Unitario y el Estado Compuesto. Una forma típica del Estado regional es el autonómico. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO 2. La La parte de imagen con el identificador de relación rId8 no se encontró en el archiv o. Constitución Española de 1978: Características, Estructura y Contenido Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Una Constitución, se puede definir desde dos puntos de vista: Formal Material Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Una Constitución, se puede definir desde dos puntos de vista: formal y material Formal: Es la norma suprema del ordenamiento jurídico elaborada por el poder constituyente, el pueblo, en el ejercicio de su soberanía. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Una Constitución, se puede definir desde dos puntos de vista: formal y material Material: Es la norma que contiene las reglas de funcionamiento básicas de una sociedad, bajo la que se articula toda la estructura política, social y económica. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La Constitución Española es la LEY FUNDAMENTAL DEL ESTADO. Es la norma que garantiza: Los derechos fundamentales de los ciudadanos La separación de los tres poderes (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) La elección por el pueblo de sus representantes Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO ¿Qué clases de Constituciones nos hemos encontrado a lo largo de la historia? Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO CLASES DE CONSTITUCIONES - Constituciones según su origen: o Pactadas: resultado de un pacto entre Monarca y Pueblo. o Otorgadas: concesión graciosa del Monarca al Pueblo. o Impuestas: imposición del Rey al Pueblo. o Populares: aprobadas por una Asamblea representativa popular. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO CLASES DE CONSTITUCIONES - Constituciones según su procedimiento de reforma: o Rígidas o Flexibles Según cuenten o no con procedimientos especiales de reforma. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO CLASES DE CONSTITUCIONES - Constituciones según su forma externa: o Codificadas o Abiertas: según el Texto constitucional se encuentre unificado o disperso. o Escritas o no Escritas o Extensas o Breves Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO CLASES DE CONSTITUCIONES - Constituciones por la forma de gobierno: o Monárquicas o Republicanas Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO CLASES DE CONSTITUCIONES - Constituciones por la estructura territorial del poder: o Federales o Unitarias o Autonómicas Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO NUESTRA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 se va a configurar como: o Popular o Rígida o Codificada, escrita y extensa o Monárquica o Autonómica (Lo veremos más adelante) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Los ANTECEDENTES CONSTITUCIONALES DEL VIGENTE TEXTO DE 1.978 los encontramos en varios textos constitucionales que vienen a constituir las primeras manifestaciones de la implantación en nuestro país de sistemas democráticos, aunque no tan avanzados como el actual. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Necesitamos mencionar: El Estatuto de Bayona, considerado históricamente como la primera Constitución (aunque en realidad fue una carta otorgada al ser de 1808). Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La Constitución de 1812. Arrancaría en el año 1810 con la reunión de las Cortes de Cádiz. Culminaría su aprobación el 19 de marzo de 1812. Primera norma constitucional y democrática española y también, texto constitucional más extenso de todos los aprobados en nuestro país. Por primera vez empiezan a existir en este texto constitucional unas instituciones democráticas donde ya se instaura la separación de poderes en España Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Le siguieron: - Estatuto Real de 1834 - Constitución 1837 - Constitución 1845 - Constitución 1869 - Constitución 1876 - Constitución 1931 (la mas progresista) (Sobresale el efecto “péndulo” predicable de las mismas, de modo que a una Constitución liberal le sucedía una Constitución conservadora y viceversa.) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO El Estatuto Real de 1.834, aprobado por la Reina María Cristina, no tratándose propiamente de una Constitución Supuso un retroceso en cuanto a la Constitución de 1.812. No proclama la Soberanía Nacional. No consagra la división de Poderes. Establece el bicameralismo de nuestra CE, presente hasta 1931. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La Constitución de 1.837, donde se establecen unas Cortes bicamerales, pero no la independencia del poder ejecutivo frente al Rey que es quién lo ostentaba. Afirma la Soberanía Nacional. División de poderes. Se mantiene el culto católico, pero sin proclamar el mismo como oficial. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La Constitución de 1.845 donde se establece la soberanía compartida entre el Rey y las Cortes. Un nuevo giro conservador, aún en el reinado de ISABEL II Soberanía compartida entre el Rey y las Cortes. Se declara oficial la religión católica. Se mantienen las 2 Cámaras, pero el Senado pierde su carácter electivo. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La Constitución de 1.869, de corte liberal, surge tras la denominada “Revolución Gloriosa”, inspirándose en los siguientes principios: Soberanía Nacional Sufragio Universal, frente al censitario que había regido anteriormente. Si bien el sufragio femenino no se reconoció hasta la II República. Se articula nuevamente la separación de poderes con preeminencia de las Cortes. En el ejecutivo se empieza a diferenciar el Consejo de Ministros del Rey. Se proclama la libertad de cultos y se amplían en general, los Derechos y libertades Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La Constitución federal de 1.873 o Nunca entró en vigor Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La Constitución de 1.876, bajo el reinado de Alfonso XII, siendo esta Constitución la norma que va a regir las instituciones y al país durante su reinado (Esta norma rige hasta 1931, salvo en el período 1923-1930, donde se produce la Dictadura de Primo de Rivera). Consigue cierta paz y estabilidad, volviendo a principios moderadores tales como: Soberanía compartida entre las Cortes y el Rey. División de Poderes. Religión Católica como oficial del Estado Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La Constitución de 1.931, texto que nace como consecuencia de la II República Española y donde se establece el sistema de sufragio universal, libre, directo y secreto sin restricción alguna. Nota: Vigente esta última, la más progresista de todas ellas, sufrió España la Guerra Civil, y a la conclusión de la misma, la Dictadura del general Franco. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La Constitución de 1.931 Es una Constitución con cierto carácter social y donde comienza a resolverse el problema de las Comunidades Autónomas. Otra de sus características es la creación del llamado Tribunal de Garantías Constitucionales, verdadero antecedente del actual Tribunal Constitucional. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La Constitución de 1.931 La CE 1931 perderá su vigencia práctica con el comienzo de la GC de 1936 a 1939 hasta que sea definitivamente suprimida en 1939 con la instauración del RÉGIMEN FRANQUISTA. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Del 1936 – 1975: En esta época, no podemos establecer la existencia de una verdadera Constitución sino de normas estatales, denominadas “Leyes Fundamentales”, que establecían las bases de ordenación del Estado. Nota: Fueron el conjunto de ocho leyes españolas que organizaban los poderes del Estado durante la dictadura franquista, que concentraba todos los poderes en el jefe de Estado. Siete de ellas fueron promulgadas entre 1936 y 1967, completando el conjunto una octava Ley Fundamental, la Ley para la Reforma Política, aprobada durante la Transición, en 1977, ya muerto Franco, que con el mismo rango, modificó el marco legislativo y permitió llevar a cabo la reforma política y las primeras elecciones libres en 1977 Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO El Fuero del Trabajo. La Ley Constitutiva de las Cortes. El Fuero de los Españoles. La Ley de Referéndum Nacional. La Ley de Sucesión a la Jefatura del Estado. La Ley de Principios del Movimiento Nacional. La Ley Orgánica del Estado. La Ley para la Reforma política Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO El 22 de Noviembre de 1975 Don Juan Carlos I de Borbón es proclamado Rey de España. La Ley para la Reforma Política, de 4 de Enero de 1977, sienta las bases de la actual democracia, garantizando el principio de soberanía popular y la elección por sufragio universal de los representantes del pueblo. *Las fuerzas políticas de entonces, comienzan a negociar una Constitución que recoja los deseos de cambio de la sociedad española Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La Constitución de 1.978, la actual Constitución Española, no fue producto del ingenio de sus legisladores Vino precedida de una serie de influencias europeas y de hechos que marcaron positivamente su realización Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Cabe destacar las principales influencias Constitución italiana de 1947. o La configuración del Poder Judicial o La concepción del Estado regional o la posibilidad de aprobar leyes en comisión parlamentaria. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Cabe destacar las principales influencias La ley fundamental de Bonn 1949 (texto constitucional de la República Federal Alemana) o El catálogo de Derechos y Libertades o La calificación del estado español como Estado Social y Democrático de Derecho o Forma de Gobierno o Moción de censura Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Cabe destacar las principales influencias Constitución francesa de 1958 o La organización estatal. Constitución portuguesa de 1976 o Buena parte de los derechos y libertades fundamentales. Las Constituciones de las Monarquías históricas europeas. o El Título II de la Constitución Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Se celebran las primeras elecciones generales el 15 de junio de 1977 por las que se constituye unas Cortes bicamerales Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Seguidamente se forma la Comisión de Asuntos Constitucionales y Libertades Públicas, la cual nombró una Ponencia encargada de elaborar el Anteproyecto. Una vez aprobado el texto por la Comisión pasó a debate del Congreso y del Senado, Finalmente las Cortes aprueban el Texto Constitucional el 31 de octubre de 1978. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Posteriormente, se somete a referéndum por el pueblo español el 6 de diciembre de 1978 Se procede a la sanción y promulgación por S.M. el Rey el día 27 de diciembre de 1978, publicándose en el Boletín Oficial del Estado el día 29 de diciembre de 1978, donde se determinó su entrada en vigor el mismo día de su publicación. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Sanción, promulgación y publicación de las normas. La sanción de la norma es una atribución exclusiva del Jefe del Estado. Históricamente la misma coexiste con el veto como doble alternativa de la que dispone el Monarca a la hora de dar su conformidad o manifestar su disconformidad (respectivamente) con una Ley. Nuestra Constitución quiebra esta disyuntiva imponiendo al Rey el deber de sancionar las leyes en el plazo de quince días (art. 91 C.E.). La promulgación debe reputarse como el mandato en cuya virtud se obliga a todos a cumplir la ley que ha sido aprobada por el Legislativo (orden de publicación). Es una atribución que comparten el Jefe del Estado y los presidentes de los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas como representantes ordinarios del Estado. En el caso del primero sanción y promulgación quedan indisolublemente unidas en el acto de la firma. La aplicación de las normas pende de su publicación. Sienta el art. 2.1 del C.C. que las leyes entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado si en ellas no se dispone otra cosa. Este dilatado plazo de tiempo es explicable si tenemos en cuenta la lentitud de las comunicaciones al tiempo en que se publica el Código Civil (finales del XIX) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Por lo tanto, en el estudio de la Constitución Española hay que tener cuenta cuatro fechas claves como son: Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO 31 de octubre de 1978 día en que se aprobó el Texto Constitucional por las Cortes generales. 6 de diciembre de 1978, fecha en que fue ratificado el Texto Constitucional por el pueblo español en referéndum. 27 de diciembre de 1978, día en que fue sancionada la Constitución por S.M. el Rey. 29 de diciembre de 1978, fecha de publicación de la Constitución en el BOE y entrada en vigor. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Sus características principales son: Es una Constitución escrita de acuerdo con la tradición constitucional europea. Es una Constitución extensa y codificada, sólo superada por la de 1812, con más de 17.000 palabras y 169 artículos agrupados en Títulos divididos a su vez en Capítulos y Secciones. Es una Constitución rígida en cuanto a su dificultad en el procedimiento de reforma (hasta el momento, sólo ha sido necesaria modificarla en dos ocasiones, art.13 y art.135) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Sus características principales son: Es jurídica (también se la suele denominar “normativa” o “pragmática” ya que regula de forma concreta las cuestiones más importantes del estado y los derechos de los ciudadanos) Es fruto de la conciliación y el compromiso ideológico en un pacto político (Consensuada) Es una Constitución derivada (por las influencias recibidas en su redacción) Es una Constitución inacabada y ambigua que se remite en demasiadas ocasiones a normas de desarrollo y, a veces, no es precisa en su términos. Posee aplicabilidad directa e inmediata. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: Contiene un total de 169 Artículos Los Títulos se dividen en Capítulos, y los Capítulos en Secciones Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: La estructura de la Constitución podemos dividirla en dos partes: Parte Dogmática (Título Preliminar y Título I) Parte Orgánica (Resto de Títulos) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: Preámbulo (sin fuerza jurídica) Título Preliminar (Art. 1 al 9) 10 Títulos (Art. 10 al 169) 4 Disposiciones Adicionales 9 Disposiciones Transitorias 1 Disposición Derogatoria 1 Disposición Final Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: 10 Títulos o Título I - De los derechos y deberes fundamentales. (Art. 10 a 55) o Título II - De la Corona. (Art. 56 a 65) o Título III - De las Cortes Generales. (Art. 66 a 96) o Título IV - Del Gobierno y de la Administración. (Art. 97 a 107) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: 10 Títulos o Título V - De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Art. 108 a 116. o Título VI - Del Poder Judicial. Art. 117 a 127 o Título VII - Economía y Hacienda. Art. 128 a 136 o Título VIII - De la Organización Territorial del Estado. Art. 137 a 158 Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: 10 Títulos o Título IX - Del Tribunal Constitucional. Art. 159 a 165 o Título X - De la Reforma Constitucional. Art. 166 a 169 Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: Consta de 169 artículos 4 Disposiciones Adicionales o Primera “La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales” Este precepto fue inicialmente pensado para el País Vasco y Navarra, pero a lo largo del tiempo se ha ido extendiendo a otras Comunidades Autónomas que en el pasado habían sido territorios forales como Aragón, Cataluña y Valencia. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: Consta de 169 artículos 4 Disposiciones Adicionales o Segunda Habla de los derechos forales en el ámbito del Derecho privado. Se trata de permitir, en el ámbito del Derecho privado foral, excepciones a la fijación de la mayoría de edad de los 18 años por parte del artículo 12 de la Constitución. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: Consta de 169 artículos 4 Disposiciones Adicionales o Segunda En este sentido, se exige que las excepciones estén reconocidas por los derechos civiles forales y tengan un sentido más favorable para el ciudadano, es decir, que supongan reconocimiento de capacidades en edades inferiores a los 18 años, nunca limitaciones de capacidad en edades superiores. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: Consta de 169 artículos 4 Disposiciones Adicionales o Tercera Establece que la modificación del régimen económico y fiscal del archipiélago canario requerirá informe previo de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del órgano provisional autonómico” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: Consta de 169 artículos 4 Disposiciones Adicionales o Cuarta “En las Comunidades Autónomas donde tengan su sede más de una Audiencia Territorial*, los Estatutos de Autonomía respectivos podrán mantener las ya existentes…” (* actualmente equivalen a Tribunales Superiores de Justicia) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: Consta de 169 artículos 9 Disposiciones Transitorias Son preceptos que tienen como finalidad determinar los ritmos de aplicación definitiva de partes de la norma. Tales disposiciones versan, ante todo, sobre el tránsito de los entes preautonómicos hacia las autonomías. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: Consta de 169 artículos 1 Disposición Derogatoria Entendiendo por derogación como la acción y el efecto de la cesación de la vigencia de una norma. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: Consta de 169 artículos 1 Disposición Final “Esta Constitución entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el Boletín Oficial del Estado. Se publicará también en las demás lenguas de España.” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO 3. El Preámbulo Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO EL PREÁMBULO NO ES UN PARTE COMO TAL DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA En él se exponen las circunstancias que llevaron al texto constitucional y los fines perseguidos, pero NO ES LA NORMA. Es la única parte de la Constitución que NO tiene fuerza jurídica o valor normativo. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Preámbulo “La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de: o Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Preámbulo “La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de: o Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Preámbulo “La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de: o Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Preámbulo “La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de: o Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Preámbulo “La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de: o Establecer una sociedad democrática avanzada o y colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO 4. El Título Preliminar Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Contenido y estructura: Título Preliminar Establece los Principios y Valores constitucionales. Art. 1 al 9 Junto al Título I integran la parte Dogmática de nuestra Constitución Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 1. La soberanía Art. 1.1 o “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico: o la libertad, o la justicia, o la igualdad o y el pluralismo político.” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 1. La soberanía Art. 1.1 Nuestra Constitución toma el concepto de Estado social de la Ley Fundamental de Bonn y lo describe con mayor detalle en el art. 9.2: o "Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social". Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 1. La soberanía Art. 1.1 Nuestra Constitución consagra como derecho fundamental el principio democrático (Estado democrático) Dicho principio está basado en la igualdad ante la ley y el derecho que tienen todos los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 1. La soberanía Art. 1.1 España se constituye como un Estado de Derecho, con la progresiva ampliación de los ámbitos de sumisión al Derecho y la eliminación de los espacios inmunes al mismo. o “Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico” Art. 9.1 CE. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 1. La soberanía Art. 1.2 o “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.” (principio de legitimidad democrática) Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo momento el inalienable derecho de alterar o modificar la forma del gobierno. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 1. La soberanía Art. 1.3 o “La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.” Es una de las formas de gobierno democráticas en la que el rey ejerce la función de jefe de Estado bajo el control del poder legislativo (parlamento) y del poder ejecutivo (gobierno), es decir, el rey reina pero no gobierna Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 2. La unidad y derecho a la autonomía o “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 2. La unidad y derecho a la autonomía Se quiso reforzar la Unidad nacional con calificativos que no admitieran dudas: unidad "indisoluble" y "patria común e indivisible". El constituyente optó también por un Estado dotado de una amplia descentralización política mediante el conocimiento del derecho a la autonomía de sus nacionalidades y regiones, lo que doctrinalmente se ha denominado "Estado autonómico“. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 2. La unidad y derecho a la autonomía La autonomía hace referencia a un poder limitado. Autonomía no es soberanía -y aún este poder tiene sus límites-, y dado que cada organización territorial dotada de autonomía es una parte del todo, en ningún caso el principio de autonomía puede oponerse al de unidad. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 2. La unidad y derecho a la autonomía La solidaridad es un "deber de auxilio recíproco" , de recíproco apoyo y mutua lealtad. En el Título VIII, los arts. 138 y 139 concretan este principio, y el art. 158.2 prevé, para hacerlo efectivo el Fondo de Compensación Interterritorial. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 2. La unidad y derecho a la autonomía Artículo 138 El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridad, consagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo, entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. Artículo 139 1.Todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado. 2. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio español. Artículo 158.2 Con el fin de corregir desequilibrios económicos interterritoriales y hacer efectivo el principio de solidaridad, se constituirá un Fondo de Compensación con destino a gastos de inversión, cuyos recursos serán distribuidos por las Cortes Generales entre las Comunidades Autónomas y provincias, en su caso. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 3. La lengua Art. 3.1 o “El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 3. La lengua Art. 3.2 o “Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 3. La lengua Art. 3.3 o “La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 3. La lengua Los Estatutos de Autonomía han establecido las siguientes lenguas oficiales en sus respectivos territorios: – El euskera o vascuence, en el País Vasco y en las zonas vascoparlantes de Navarra – El catalán en Cataluña – La lengua catalana propia de las Islas Baleares en éstas – El gallego en Galicia – El valenciano en la Comunidad Valenciana Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 4. La bandera Art. 4.1 o “La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 4. La bandera Art. 4.2 o “Los Estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas. Estas se utilizarán junto a la bandera de España en sus edificios públicos y en sus actos oficiales” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 5. La capital o “La capital del Estado es la villa de Madrid” (Es el artículo más corto de todo nuestro Texto Constitucional) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 5. La capital La idea de capitalidad hace referencia a la población donde se localizan las sedes de las instituciones supremas de la comunidad política. Madrid es la capital del Reino de España desde que Felipe II fija la Corte en esta ciudad en 1561, si bien, desde entonces, en algunos pequeños períodos, ha dejado de serlo. Así, Valladolid fue la capital entre 1601 y 1606, Cádiz durante la Guerra de la Independencia y Valencia y Barcelona durante parte de la Guerra Civil. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 6. Partidos políticos o “Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. o Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 7. Organizaciones empresariales y sindicatos o “Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. o Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. o Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 7. Organizaciones empresariales y sindicatos Se califica a los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales como importantes pilares dentro del Estado Social y Democrático de Derecho al ocupar un papel de "organismos básicos" en el sistema político. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 7. Organizaciones empresariales y sindicatos El art. 7 CE no sólo consagra el derecho de libertad sindical, sino que se ocupa de declarar que tanto su creación como el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 8. Las Fuerzas Armadas Art. 8.1 o “Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire. Tienen como misión: garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y defender el Ordenamiento Constitucional” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 8. Las Fuerzas Armadas Art. 8.2 o “Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 9. Principios garantizados en la CE Art.9.1. Principio de legalidad o “Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.” La Constitución ocupa un lugar preferente en el ordenamiento jurídico. Es nuestra norma suprema. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 9. Principios garantizados en la CE Art.9.2. Principio de Igualdad material o “Corresponde a los poderes públicos: ‒ Promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas ‒ Remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud ‒ Facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 9. Otros Principios jurídicos Art.9.3. Principios del Ordenamiento jurídico o Principio de jerarquía normativa o Principio de publicidad de las normas o Principio de irretroactividad o Principio de seguridad jurídica o Principio de responsabilidad de los poderes públicos o Principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 9. Otros Principios Principio de jerarquía normativa Las normas de rango inferior no pueden vulnerar lo establecido en una norma de carácter superior so pena de nulidad Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 9. Otros Principios Principio de publicidad de las normas Las normas deben ser publicadas en un Diario Oficial para que puedan ser exigibles Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 9. Otros Principios Principio de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales Solamente pueden ser retroactivas las normas favorables Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 9. Otros Principios Principio de seguridad jurídica Se traduce en las garantías que posee el ciudadano frente al ordenamiento jurídico e implica que el legislador debe perseguir la claridad y no la confusión normativa para que los operadores jurídicos y los ciudadanos sepan a qué atenerse Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 9. Otros Principios Principio de responsabilidad de los poderes públicos Los poderes públicos son responsables por los daños causados en el ejercicio de su actuación. Se establece en el artículo 106 CE el derecho de los particulares a ser indemnizados por toda lesión que sufran en sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor y siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 9. Otros Principios Principio de responsabilidad de los poderes públicos Esta responsabilidad se extiende a la Administración de Justicia de modo que, de acuerdo con el artículo 121 CE "los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la Ley" Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 9. Otros Principios Principio de responsabilidad de los poderes públicos La ÚNICA EXCEPCIÓN a este principio es la referida al Jefe del Estado pues, de acuerdo con el artículo 56.3 CE "la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad", responsabilidad que se traslada al sujeto refrendante. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Artículo 9. Otros Principios El principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Este principio significa que las autoridades no pueden tomar decisiones arbitrarias entendiéndose por tales, fundamentalmente, aquellas que supongan una infracción del principio de igualdad de trato de los administrados ante la aplicación de la ley y las reglas objetivamente determinadas. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO 5. El Título Primero Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Título I. De los derechos y deberes fundamentales Art. 10: Derechos de la persona ◙ Cap. I: De los españoles y extranjeros (art. 11 al 13) ◙ Cap. II: Derechos y libertades (art. 14) ◘ Sección 1ª. De los derechos fundamentales y de las libertades públicas (art. 15 al 29) ◘ Sección 2ª. De los derechos y deberes de los ciudadanos (art. 30 al 38) ◙ Cap. III: De los principios rectores de la política social y económica (art. 39 al 52) ◙ Cap. IV: De las garantías de las libertades y derechos fundamentales (art. 53 y 54) ◙ Cap. V: De la suspensión de los derechos y libertades (art. 55) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Título I. De los derechos y deberes fundamentales Artículo 10. Derechos de la persona Actúa a modo de pórtico de todo el Título, ya que contiene: ‒ Los fundamentos del orden y paz social ‒ Las normas de interpretación de los derechos contenidos en el Título I Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Título I. De los derechos y deberes fundamentales Artículo 10. Derechos de la persona 1. Son fundamento del orden político y de la paz social: Derecho a la dignidad de la persona Los derechos inviolables que le son inherentes El libre desarrollo de la personalidad y El respeto a la ley y a los derechos de los demás Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Título I. De los derechos y deberes fundamentales Artículo 10. Derechos de la persona 2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Título I. De los derechos y deberes fundamentales ◙ Cap. I: De los españoles y extranjeros (art. 11 al 13) Artículo 11. Nacionalidad 1. La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley. 2. Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Título I. De los derechos y deberes fundamentales ◙ Cap. I: De los españoles y extranjeros (art. 11 al 13) Artículo 11. Nacionalidad 3. El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Título I. De los derechos y deberes fundamentales ◙ Cap. I: De los españoles y extranjeros (art. 11 al 13) Artículo 12. Mayoría de edad o Los españoles son mayores de edad a los 18 años. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Título I. De los derechos y deberes fundamentales ◙ Cap. I: De los españoles y extranjeros (art. 11 al 13) Artículo 13. Derechos de los extranjeros 1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados y la ley. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Título I. De los derechos y deberes fundamentales ◙ Cap. I: De los españoles y extranjeros (art. 11 al 13) Artículo 13. Derechos de los extranjeros 2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23*, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Título I. De los derechos y deberes fundamentales ◙ Cap. I: De los españoles y extranjeros (art. 11 al 13) Artículo 13. Derechos de los extranjeros *Artículo 23 de la Constitución Española: 1. Los ciudadanos tiene el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. 2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Título I. De los derechos y deberes fundamentales ◙ Cap. I: De los españoles y extranjeros (art. 11 al 13) Artículo 13. Derechos de los extranjeros 3. La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de la ley, atendiendo al principio de reciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los actos de terrorismo. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Título I. De los derechos y deberes fundamentales ◙ Cap. I: De los españoles y extranjeros (art. 11 al 13) Artículo 13. Derechos de los extranjeros 4. La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apátridas (sin nacionalidad legal) podrán gozar del derecho de asilo en España. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Título I. De los derechos y deberes fundamentales ◙ Cap. II. Derechos y libertades (art. 14 al 38) Artículo 14. Igualdad o Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Los DERECHOS FUNDAMENTALES Y LAS LIBERTADES PÚBLICAS vienen recogidos en la Sección 1ª del Capítulo II del Título I en sus artículos 15 a 29 Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Derecho a la vida e integridad Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA VIDA E INTEGRIDAD Artículo 15 CE o “Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA VIDA E INTEGRIDAD Artículo 15 CE Comienza el texto constitucional invocando el derecho básico a la vida, reconociendo el derecho de “todos” “a la vida y a la integridad física y moral”, y prohíbe la tortura, así como la aplicación de penas o tratos “inhumanos o degradantes”. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA VIDA E INTEGRIDAD Artículo 15 CE ¿Pero quienes son TODOS en nuestra C.E? ¿Qué es la VIDA JURÍDICAMENTE para la Constitución? (para el Tribunal Constitucional) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA VIDA E INTEGRIDAD Artículo 15 CE Sólo a efectos civiles, se considera que la personalidad se concede al nacido que ha vivido 24 horas separado del seno materno. Nota: No obstante, el carácter de máxima protección constitucional no incluye al concebido no nacido, pues no se le otorga un derecho absoluto. De ahí que el Tribunal Constitucional no apreció inconstitucionalidad en las despenalizaciones conforme a los tres casos considerados ya legales: o Aborto terapéutico, grave riesgo para la madre, o Aborto eugenésico, por violación, o Y aborto ético, graves taras física o psíquicas del feto. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA VIDA E INTEGRIDAD Artículo 15 CE Este artículo también recoge el derecho a la integridad física, como complemento lógico de la protección del derecho a la vida. El contenido mínimo de este derecho viene fijado por el propio Artículo 15 CE en FORMA NEGATIVA: “… en ningún caso puede una persona ser sometida a torturas o tratos inhumanos o degradantes” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA VIDA E INTEGRIDAD Artículo 15 CE Hoy en día, por medio de la Ley Orgánica 11/1995, de 27 de noviembre, la pena de muerte en España está abolida incluso en tiempo de guerra. Nota: No hay una prohibición absoluta en el texto constitucional, podría ser viable una modificación de la referida Ley Orgánica,) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Libertad ideológica, religiosa y de culto Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LIBERTAD IDEOLÓGICA, RELIGIOSA Y DE CULTO Artículo 16 CE 1. “Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.” 2. “Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias”. Nota: el único límite a este derecho es que se mantenga el orden público. Se prohíbe que se haga discriminación alguna por causa de la religión. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LIBERTAD IDEOLÓGICA, RELIGIOSA Y DE CULTO Artículo 16 CE 3. “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.” España se define como un Estado aconfesional Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO 3. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD Artículo 17 CE 1. “Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con la observancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en la forma previstos en la ley.” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD Artículo 17 CE La libertad es un derecho inherente a la persona humana y, por ello, corresponde por igual a todo ser humano (y por ende, a españoles y extranjeros), en resumen: la tienen todas las personas. Afirmando, además de que tal derecho no puede ser privado a ninguna persona «nadie». La seguridad implica la protección contra medidas tales como, por ejemplo, la detención u otras similares que, adoptadas arbitraria o ilegalmente, restringen o amenazan la libertad de la persona. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD Artículo 17 CE No debe confundirse el derecho a la seguridad con la “seguridad jurídica”. Nota: La seguridad jurídica se refiere a la certeza que tienen los gobernados, es decir, los individuos, de que su persona, su familia, sus pertenecías y derechos estén protegidos por las diferentes leyes y sus autoridades, y en caso de que se tenga que llevar a cabo un procedimiento legal, éste sea realizado según lo establecido en el marco jurídico. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD Artículo 17 CE Nuestra Constitución en su Artículo 17 garantiza el derecho a la libertad por los siguientes medios: o Reserva de ley. o Procedimiento de “habeas corpus”. o Cumplimiento de los requisitos legales para cualquier detención. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD Artículo 17 CE Nuestra Constitución en su Artículo 17 garantiza el derecho a la libertad por los siguientes medios: o Reserva de ley Se exige pues, de manera expresa, que toda limitación al derecho a la libertad se regule por Ley. Supone pues una reserva específica y estricta por mandato constitucional Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD Artículo 17 CE Nuestra Constitución en su Artículo 17 garantiza el derecho a la libertad por los siguientes medios: o Habeas corpus Es un derecho recogido en la Constitución que protege a cualquier ciudadano ante arrestos y detenciones arbitrarias. Proporciona la garantía de poder comparecer de forma inmediata y pública ante un Juez para que este determine si el arresto fue o no conforme a la legalidad y si debe mantenerse o interrumpirse. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD Artículo 17 CE Nuestra Constitución en su Artículo 17 garantiza el derecho a la libertad por los siguientes medios: o Habeas corpus Asimismo, por ley se determinará el plazo máximo de duración de la prisión provisional (acordada judicialmente) (La Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, regula el procedimiento de «Habeas Corpus) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD Artículo 17 CE Nuestra Constitución en su Artículo 17 garantiza el derecho a la libertad por los siguientes medios: o Requisitos legales para cualquier detención 1. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de 72 horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD Artículo 17 CE Nuestra Constitución en su Artículo 17 garantiza el derecho a la libertad por los siguientes medios: o Requisitos legales para cualquier detención 2. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA LIBERTAD Y SEGURIDAD Artículo 17 CE Nuestra Constitución en su Artículo 17 garantiza el derecho a la libertad por los siguientes medios: o Requisitos legales para cualquier detención 3. Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales, en los términos que la ley establezca. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO AL HONOR, A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN Artículo 18 CE 1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. 2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO AL HONOR, A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN Artículo 18 CE 3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial. 4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO AL HONOR, A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN Derecho al honor, intimidad y propia imagen: La Ley Orgánica 1/1982 de protección civil del derecho al honor, la intimidad y la propia imagen se encargar de perfilar el contenido del Artículo 18 CE. En esta Ley Orgánica estos derechos quedan limitados por las Leyes y usos sociales Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO AL HONOR, A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN Derecho al honor, intimidad y propia imagen: Uno de los aspectos más complicados del contenido de este derecho es su límite y, en concreto, en relación a la colisión que se produce entre este derecho y el derecho a la libertad de expresión y a la difusión de la información del artículo 20 CE. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO AL HONOR, A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN Derecho al honor, intimidad y propia imagen: En líneas generales, el Tribunal Constitucional se ha referido a la necesaria ponderación de intereses, dando especial relevancia a: la libertad de expresión y al criterio de la veracidad en el supuesto de divulgación de informaciones. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO AL HONOR, A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN Inviolabilidad del domicilio: Consiste en el DERECHO a que nadie entre en un domicilio o sea registrado contra la voluntad de su titular y sin previa autorización judicial motivada (fijará con concreción momento y modo), SALVO en caso de flagrante delito (el que se está cometiendo o se acaba de cometer) Nota: Solo podrá autorizar la entrada en domicilio propio un mayor de edad sin restricción en su capacidad de obrar, es decir, con plena capacidad de obrar. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO AL HONOR, A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN Garantía del secreto de las comunicaciones: El Tribunal Constitucional en Sentencia 132/2002 fija que o "En una sociedad tecnológicamente avanzada como la actual, el secreto de las comunicaciones constituye no sólo garantía de libertad individual, sino instrumento de desarrollo cultural, científico y tecnológico colectivo" Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO AL HONOR, A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA PROPIA IMAGEN Garantía del secreto de las comunicaciones: Nota: Aunque en el Artículo 18 CE.3 CE se mencionan sólo las comunicaciones postales, telegráficas o telefónicas, dado el carácter abierto de su enunciado, cabe entender comprendidas otro tipo de comunicaciones (el correo electrónico, chats, …), siempre que se efectúen mediante algún artificio instrumental o técnico. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA LIBERTAD DE RESIDENCIA Y DE CIRCULACIÓN Artículo 19 CE o “Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional. o Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. o Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA LIBERTAD DE RESIDENCIA Y DE CIRCULACIÓN Artículo 19 CE Estas libertades se vinculan con lo establecido en el art. 139.2 CE que señala que ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de personas en todo el territorio español. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA LIBERTAD DE RESIDENCIA Y DE CIRCULACIÓN Artículo 19 CE Finalmente, la libertad de residencia y circulación podrá ser suspendida con motivo de la declaración del estado de excepción o sitio y limitada con el estado de alarma. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN RECONOCIDO EN EL ARTÍCULO 20 DE LA CONSTITUCIÓN Artículo 20 CE Se reconocen y protegen los siguientes derechos: o La libertad de expresión o La libertad de creación o La libertad de cátedra o La libertad de información o Derecho a la cláusula de conciencia o Derecho al secreto profesional Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN RECONOCIDO EN EL ARTÍCULO 20 DE LA CONSTITUCIÓN Artículo 20 CE o La libertad de expresión Es el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN RECONOCIDO EN EL ARTÍCULO 20 DE LA CONSTITUCIÓN Artículo 20 CE o La libertad de creación Es el derecho a la producción literaria, artística, científica y técnica, y que es una concreción de la más amplia libertad de expresión Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN RECONOCIDO EN EL ARTÍCULO 20 DE LA CONSTITUCIÓN Artículo 20 CE o La libertad de cátedra Consiste en la posibilidad de expresar las ideas o convicciones que cada profesor asume como propias en relación con la materia objeto de su enseñanza. Son titulares del derecho de libertad de cátedra todos los docentes, sea cual sea su nivel de enseñanza. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN RECONOCIDO EN EL ARTÍCULO 20 DE LA CONSTITUCIÓN Artículo 20 CE o La libertad de información Es el derecho a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión, y relativa a hechos noticiables, es decir, que pueden encerrar trascendencia pública. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN RECONOCIDO EN EL ARTÍCULO 20 DE LA CONSTITUCIÓN Artículo 20 CE o La cláusula de conciencia Es la facultad que asiste al profesional de la información de no realizar trabajos que se opongan a su código deontológico. Supone una garantía de su independencia profesional frente a la empresa donde trabaja. Nota: La tutela de este derecho de los periodistas consiste en impedir que del ejercicio de la cláusula de conciencia pueda derivarse perjuicio o sanción alguna. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO EL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN RECONOCIDO EN EL ARTÍCULO 20 DE LA CONSTITUCIÓN Artículo 20 CE o El secreto profesional Es el derecho que ostentan los periodistas a no revelar la identidad de sus fuentes ni el material de trabajo en que se basan para publicar una determinada información. Nota: queda a la ponderación jurisprudencial la determinación de los casos en los que, estando en juego lesiones irreparables de derechos fundamentales y cuando no hubiera otro medio de averiguar la verdad, el derecho al secreto profesional debería ceder ante estos otros bienes constitucionales, aplicando siempre el principio de proporcionalidad. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Derecho de reunión Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO DE REUNIÓN Artículo 21 CE 1. Se reconoce el derecho de REUNIÓN PACÍFICA Y SIN ARMAS. El ejercicio de este derecho no necesitará de autorización previa. 2. En los casos de reuniones en LUGARES DE TRÁNSITO PÚBLICO y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO DE REUNIÓN Artículo 21 CE La LIBERTAD DE REUNIÓN se reconoció en España tras el triunfo de la revolución de 1868, regulándose en la Ley de 1880. Desapareció como tal libertad durante el Régimen del General Franco. Hoy regulado en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, que desarrolla el artículo 21 CE. Según esta Ley Orgánica reguladora del derecho de reunión, este derecho no está nunca sujeto a autorización previa. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO DE REUNIÓN Ley Orgánica 9/1983 En cuanto al término “Reunión pacífica” del nuestro art. 21 CE: La L.O la define en sentido negativo, es decir, se considera reunión no pacífica cuando al menos una mayoría de los asistentes pongan, por medio de sus actos, en peligro a las personas o los bienes ajenos. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO DE REUNIÓN Ley Orgánica 9/1983 En relación al término 'sin armas’, del art. 21 CE se entiende que hay que comprender en él no sólo las armas en sentido estricto sino también cualquier instrumento que pueda ser utilizado como tal (bates de béisbol o paraguas cuando no tengan como finalidad la que les es propia, esto es proteger de la lluvia).” Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO DE REUNIÓN Ley Orgánica 9/1983 Reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones o La autoridad gubernativa puede, si existen razones fundadas de que pueden producirse alteraciones del orden: o Prohibir la reunión o manifestación, o Proponer la modificación de la fecha, lugar, duración o itinerario, Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Derecho de asociación Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO DE ASOCIACIÓN Artículo 22 CE 1. Se reconoce el DERECHO DE ASOCIACIÓN. 2. Las ASOCIACIONES que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ILEGALES. 3. Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo DEBERÁN INSCRIBIRSE EN UN REGISTRO a los solos efectos de publicidad. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO DE ASOCIACIÓN Artículo 22 CE 4. Las asociaciones sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades en virtud de resolución judicial motivada. 5. Se prohíben las ASOCIACIONES SECRETAS y las de CARÁCTER PARAMILITAR. Nota: Una asociación de carácter paramilitar es una organización civil dotada de estructura o disciplina de tipo militar Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO DE ASOCIACIÓN La Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo regula el Derecho de asociación. El derecho de asociación comprende: o La libertad de asociarse o crear asociaciones, sin necesidad de autorización previa. o Que nadie puede ser obligado a : ‾ constituir una asociación ‾ a integrarse en ella ‾ a permanecer en su seno, ‾ ni a declarar su pertenencia a una asociación legalmente constituida. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO DE ASOCIACIÓN Ley Orgánica 1/2002 El derecho de asociación comprende: o La organización interna y el funcionamiento de las asociaciones deben ser democráticos, con pleno respeto al pluralismo. o Serán nulos de pleno derecho los pactos, disposiciones estatutarias y acuerdos que desconozcan cualquiera de los aspectos del derecho fundamental de asociación. o Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y cargos públicos Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EN LOS ASUNTOS PÚBLICOS Y AL ACCESO A FUNCIONES Y CARGOS PÚBLICOS Artículo 23 CE 1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. 2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EN LOS ASUNTOS PÚBLICOS Y AL ACCESO A FUNCIONES Y CARGOS PÚBLICOS Artículo 23 CE El derecho de participación en los asuntos públicos se reconoce a todos los ciudadanos (Como una manifestación del principio de representación política en el sistema democrático del Estado social y democrático de Derecho) En las elecciones generales podrán ser elegibles los españoles que cumplan determinados requisitos fijados por la Ley. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EN LOS ASUNTOS PÚBLICOS Y AL ACCESO A FUNCIONES Y CARGOS PÚBLICOS Artículo 23 CE En su núm. 2, el precepto constitucional garantiza no sólo el acceso igualitario a las funciones y cargos públicos (no necesariamente representativos), sino también que los que hayan accedido a los mismos se mantengan en ellos sin perturbaciones ilegítimas y los desempeñen de conformidad con lo que la ley disponga. Este derecho se reconoce sólo a las personas físicas. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO DERECHO A LA PARTICIPACIÓN EN LOS ASUNTOS PÚBLICOS Y AL ACCESO A FUNCIONES Y CARGOS PÚBLICOS Artículo 23 CE En este sentido, el precepto ha de vincularse también al artículo 103.3 CE que regula el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad e incluye el derecho a permanecer en el cargo y no ser removido por causas que violen un derecho fundamental. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y LA PROHIBICIÓN DE INDEFENSIÓN Artículo 24 CE 1. Todas las personas tienen derecho a obtener TUTELA EFECTIVA DE LOS JUECES Y TRIBUNALES en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y LA PROHIBICIÓN DE INDEFENSIÓN Artículo 24 CE 2. Asimismo, TODOS TIENEN DERECHO al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia al letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia. … Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y LA PROHIBICIÓN DE INDEFENSIÓN Artículo 24 CE 2. … La ley regulará los CASOS en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, NO SE ESTARÁ OBLIGADO A DECLARAR sobre hechos presuntamente delictivos. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y LA PROHIBICIÓN DE INDEFENSIÓN Artículo 24 CE El punto 1 reconoce el derecho a un procedimiento judicial que les ampare En ningún caso se podría dar la indefensión Indefensión Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y LA PROHIBICIÓN DE INDEFENSIÓN Artículo 24 CE Se daría INDEFENSIÓN cuando: Se infringe una norma procesal, Se priva a una parte o se la limita en sus medios de defensa Por la falta de imputabilidad al justiciable. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y LA PROHIBICIÓN DE INDEFENSIÓN Artículo 24 CE En su núm. 2, se reconocen a toda persona los siguientes DERECHOS: o El derecho al Juez natural, esto es, al Juez ordinario predeterminado por la ley (Se exige para ello determinar por Ley, con carácter previo, el turno o la composición del órgano) o Se garantiza así la independencia e imparcialidad (denominadas usualmente normas de reparto). Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y LA PROHIBICIÓN DE INDEFENSIÓN Artículo 24 CE En su núm. 2, se reconocen a toda persona los siguientes derechos: o El derecho a ser informada de la acusación que contra la misma se formule, a no declarar contra sí misma y a no confesarse culpable. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y LA PROHIBICIÓN DE INDEFENSIÓN Artículo 24 CE En su núm. 2, se reconocen a toda persona los siguientes derechos: o El derecho a la defensa por medio de abogado libremente elegido o nombrado de oficio, y, bajo determinados supuestos el derecho a la autodefensa. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y LA PROHIBICIÓN DE INDEFENSIÓN Artículo 24 CE En su núm. 2, se reconocen a toda persona los siguientes derechos: o El derecho a un proceso judicial público sin dilaciones indebidas, con todas las garantías y en el que podrá utilizar todos los medios de prueba pertinentes y lícitos para su defensa. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y LA PROHIBICIÓN DE INDEFENSIÓN Artículo 24 CE En su núm. 2, se reconocen a toda persona los siguientes derechos: o El derecho de presunción de inocencia hasta resolución judicial firme. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y LA PROHIBICIÓN DE INDEFENSIÓN Artículo 24 CE En su núm. 2, se reconocen a toda persona los siguientes derechos: o El derecho, por último, en su calidad de testigo de un hecho presuntamente delictivo a no ser obligada a declarar sobre el mismo, por razón de parentesco o de secreto profesional respecto del presunto autor, en los términos que establezca la ley. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO Principio de legalidad penal. Derechos del condenado. Sentido de las penas y medidas de seguridad. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA IMPOSICIÓN DE CONDENA O SANCIÓN DEL ARTÍCULO 25 DE LA CONSTITUCIÓN, SENTIDO DE LAS PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Artículo 25 CE 1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento. (Principio de legalidad) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA IMPOSICIÓN DE CONDENA O SANCIÓN DEL ARTÍCULO 25 DE LA CONSTITUCIÓN, SENTIDO DE LAS PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Artículo 25 CE 2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. … (Se refiere al derecho penal) Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA IMPOSICIÓN DE CONDENA O SANCIÓN DEL ARTÍCULO 25 DE LA CONSTITUCIÓN, SENTIDO DE LAS PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Artículo 25 CE 2. … El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. … Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA IMPOSICIÓN DE CONDENA O SANCIÓN DEL ARTÍCULO 25 DE LA CONSTITUCIÓN, SENTIDO DE LAS PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Artículo 25 CE 2. … En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad. Docente: Carmen Fontalba TEMA 1 OPOSICIONES TÉCNICO AUXILIAR INFORMÁTICO LA IMPOSICIÓN DE CONDENA O SANCIÓN DEL ARTÍCULO 25 DE LA CONSTITUCIÓN, SENTIDO DE LAS PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Artículo 25 CE 3. La Administración civil no podrá im