🎧 New: AI-Generated Podcasts Turn your study notes into engaging audio conversations. Learn more

Guía de Derecho Romanoo.pdf

Loading...
Loading...
Loading...
Loading...
Loading...
Loading...
Loading...

Full Transcript

Guía de Derecho Romano, Primer Parcial 1. Definición de Derecho R= Conjunto de reglas que rigen las relaciones de los hombres dentro de la sociedad. 2. Definición de Derecho Romano R= Es el conjunto de principios de derecho que han regido la sociedad romana en las diversas épocas de...

Guía de Derecho Romano, Primer Parcial 1. Definición de Derecho R= Conjunto de reglas que rigen las relaciones de los hombres dentro de la sociedad. 2. Definición de Derecho Romano R= Es el conjunto de principios de derecho que han regido la sociedad romana en las diversas épocas de su existencia, desde su origen hasta la muerte del emperador Justiniano. 3. ¿A qué se refiere la palabra fas? R= Derecho sagrado o lex divina. 4. ¿Cuál es la definición de ius? R= Es la obra de la humanidad, es decir la lex humana. 5. ¿Qué es justicia? R= Es la voluntad firme y continuada de dar a cada uno lo suyo. 6. ¿A qué se refiere con jurisprudencia en el derecho romano? R= El conocimiento de las cosas divinas y humanas y ciencia de lo justo y de lo injusto. 7. ¿Cuál es la clasificación del derecho según Justiniano? R= Derecho Público y Derecho Privado. 8. ¿Cuál es la división del derecho privado? ¿De qué tratan cada uno de ellos? R= Jus naturale: Un conjunto de principios emanados de la voluntad divida. Jus Gentium: comprende las instituciones del derecho romano, de las que pueden participar los extranjeros lo mismo que los ciudadanos. Jus Civile: Reglas de derecho específicas de cada pueblo que imprimen características propias a cada legislación. 9. ¿Cuáles son y en qué consisten las fuentes del derecho romano? R= Leyes o decisiones: Votadas por el pueblo en los comicios, sobre la proposición de un magistrado senador Los Plebiscitos: Decisiones votadas por la plebe en los concilia plebis sobre la proposición de un tribuno. Senadoconsultos: Decisiones tomadas por el senado. Las constituciones imperiales: Decisiones que emanaban del emperador. Edictos de los magistrados: Reglas de derecho que los magistrados encargados de la justicia civil publicaban en sus edictos. Respuesta de los prudentes: O dictámenes de los jurisconsultos. 10. De las etapas de la historia del Derecho Romano, desarrollar lo siguiente: a. La Monarquía i. Periodo que comprende: Desde la fundación de Roma, hasta 243 de la era romana ii. División de su población: Tres pueblos: los latinos en el centro, los etruscos al norte y los sabinos iii. División del poder público: Rey: Bajo el periodo monarquico, Roma vivió bajo el gobierno de 7 reyes comicios: Asamblea político-legislativa del periodo. Proviene del domitium, es decir, el lugar determinado el foto donde acostumbran reunirse. Senado: Cuerpo consultivo y de apoyo al rey, cuyos consejos (senadoconsulta) cobraron cada vez mayor asendiente iv. Fuentes del derecho en la Monarquía: Costumbre y Ius Civile Papirianum b. La República i. Período que comprende: Etapa romana que comprende entre los años 510 y 27 a.C. ii. División de su población: Las plebes iii. División del poder público: Magistrados: Las magistraturas podrían ser patricias o plebeyas. Las patricias son las más antiguas y siguieron llamándose así aun después de que los plebeyos pudieran acceder a ellas. Pretores: Los pretores eran los encargados de administrar justicia. Censores: Realizaban el censo de la población ubicando a los ciudadanos en las clases establecidas mediante la Reforma Serviana Ediles curules: Los ediles curules desempeñaban funciones de policía urbana y además conocían de los litigios en los mercados. Cuestores: Los cuestores estaban encargados de la administración del erario público y también intervenían en el gobierno de las provincias. Dictador: Era un funcionario que ejercería entonces, un poder de forma universal. iv. Fuentes del derecho en la República: Ley: Disposición dictada por el pueblo, cuando éste se reunía en comicios La ley consta de 3 partes Praescriptio Es aquella parte de la ley donde se indica el nombre del magistrado que la propuso y el día en que fue votada. Rogatio. Es propiamente el texto de la ley y, por tanto, su parte más importante. Sanctio. En ella se señalan las disposiciones relativas a su observancia, así como la sanción aplicable en caso de que la ley sea infringida. Ley de las XII Tablas: Esta codificación de derecho se llevó a cabo con la finalidad de que rigiese de forma general para todos los ciudadanos romanos, patricios y plebeyos. Las Tablas I y II trataban sobre la organización y el procedimiento judicial Tabla III, acerca de los deudores insolventes Tabla IV, sobre la patria potestad Tabla V, la tutela y la curatela Tabla VI, sobre la propiedad Tabla VII, acerca de las servidumbres Tabla VIII, derecho penal Tabla IX, referida al derecho público y a las relaciones con enemigos Tabla X, derecho sagrado Las Tablas XI y XII constituyen el complemento de las anteriores c. El Principado i. Período que comprende: Inicia con el advenimiento de Augusto al poder y finaliza con la proclamación de Diocleciano como emperador. ii. División del poder Público: Durante este periodo, el poder supremo es compartido por el senado y el príncipe o emperador. Emperador o príncipe: obtiene gradualmente mayor poder hasta llegar a reunir en su persona todos los cargos públicos; Senado: mientras el senado va absorbiendo sus facultades iii. Fuentes del Derecho durante el Principado: Fuentes no escritas: La costumbre Fuentes escritas: Senadoconsultos: Cuando las asambleas del pueblo llegaron a ser cada día más raras, se contentaron de hecho con someter los proyectos de ley a la aprobación senatorial. Constituciones imperiales: Decisiones emanadas por el emperador. No todas las constituciones tienen este carácter Edictos: Disposiciones semejantes a los edictos de los magistrados, o sea comunicaciones efectuadas de forma directa al pueblo. Decreta: Decisiones judiciales tomadas por el emperador como magistrado supremo en un juicio. Rescripta: Respuestas del emperador a un funcionario o a un particular, acerca de una cuestión de derecho que se le presentase a consideración. Derecho honorario: Desde el principio del Imperio, el derecho honorario alcanzó todo su desarrollo; El emperador Adriano, quiere fijar y codificar los principios del derecho pretoriano. Dictámenes de los jurisconsultos: La consideración de que gozaban los jurisconsultos no hizo más que progresar con el Imperio. Sus respuestas adquieren fuerza de ley bajo el reinado de Adriano, y llegan a constituir una fuente importante del derecho escrito. d. El Imperio Absoluto i. División del poder: Imperio Absoluto en el cual todos los poderes se concentran en manos del emperador. Período del Bajo Imperio, que se extiende hasta el reinado de Justiniano 284 a 476 ii. Fuentes del Derecho antes de Justiniano: El Código Gregoriano: El Código Gregoriano es el más completo y contiene constituciones imperiales dictadas entre los años 196 y 295. El Código Hermogeniano: El Código Hermogeniano complementa al anterior e incluye constituciones de 291 a 324. Código Teodosiano: Se publicó una codificación (año 438) de carácter oficial, llamada Código Teodosiano. La obra consta de 16 libros y contiene, ordenadas y clasificadas, las constituciones emitidas desde la época de Constantino hasta ese momento. El Edicto de Teodorico: Probablemente data del año 503 y se debe a Teodorico, rey ostrogodo. Está dividido en 155 capítulos y contiene disposiciones tomadas básicamente de los Códigos Gregoriano, Hermogeniano y Teodosiano. Ley Romana de los Visigodos: Es el más importante de los documentos de este tipo. Está integrada primordialmente con constituciones imperiales de Teodosio, parte de las Instituciones de Gayo, de las Sentencias de Paulo y de las Respuestas de Papiniano. Ley Romana de los Borgoñones: Data del año 516 y fue elaborada por el rey Gundobado. Esta ley que es casi un extracto del Breviario de Alarico- tuvo una vigencia efímera, como efímero fue el reino de los borgoñones: aproximadamente medio siglo. iii. Fuentes del Derecho Romano según Justiniano: Codigo: En el año 528 se nombra una comisión para reunir a los Códigos Gregoriano, Hemogeniano y Teodosiano en una sola obra. Dicha comisión tenía zfacultades para efectuar las modificaciones y aclaraciones necesarias, así como para eliminar las repeticiones que existiesen. Digesto: Es una colección compuesta por citas de los escritos de los grandes jurisconsultos clásicos. La obra fue encargada a una comisión de juristas bajo la dirección de Triboniano y se compone de 50 libros. Las comisiones tuvieron plenos poderes para corregir y modificar los textos estudiados en las diversas compilaciones, así como la facultad de adaptar las obras clásicas a las necesidades del derecho vigente; estas adaptaciones y modificaciones se conocen con el nombre de interpolaciones o Emblemata Triboniani. Instituciones: Justiniano, ordenó redactar una obra elemental dirigida a la enseñanza del derecho; es decir, prácticamente un libro de texto en cuyo preámbulo el emperador da una serie de consejos "a la juventud que desea estudiar leyes". El primero trata de las personas, el segundo, tercero y parte del cuarto libro se refieren a las cosas, mientras que el final de éste se dedica a las acciones. iv. Fuentes del derecho Romano después de Justiniano: La legislación justinianea siguió rigiendo oficialmente en todo el Imperio de Oriente hasta su caída en poder de los turcos en 1453. En el siglo VIII vuelven a iniciarse las compilaciones oficiales. León 1II, el Isáuríco, publicó una conocida con el nombre de Ecloga Legum (selección de leyes) en la que encontramos nuevas disposiciones en materia matrimonial. 11. ¿Cuál es la definición de persona? R= En el lenguaje jurídico sirvió para nombrar al sujeto del derecho, al titular de derechos y obligaciones. 12. ¿En qué consiste la capacidad jurídica? R= Cambio de una situación a otra, que debe ser entendido como una modificación que sufre el individuo Dicha modificación ocurre si se pierde la calidad de hombre libre o bien la ciudadanía o si desaparece la situación familiar; es decir, la capitis deminutio puede ser máxima, media o mínima, según la circunstancia 13. ¿Cuál es la división de las personas? R= En el Derecho romano la persona puede ser de dos clases: persona física y persona moral o jurídica 14. ¿Quiénes son las personas físicas? R= Las personas libres podían ser ciudadanos romanos o peregrinos según poseyeran o no la ciudadanía romana. 15. ¿Cuáles son los elementos que debía tener una persona física? R= Status civitatis, libertatis y familiae 16. ¿Qué características tienen las personas libres? R= Toda persona libre podía ser ingenuo o libertino; situación que tenía en cuenta el hecho de que el individuo hubiera nacido libre ingenuo o la circunstancia de haber sido esclavo, libertino. 17. ¿Cuáles son y en qué consisten las formas de extinción de la esclavitud? R= Manumisión por censo: El amo otorgaba su consentimiento para que el esclavo se inscribiese en los registros de la totalidad de ciudadanos que el Estado llevaba a cabo cada 5 años. Manumisión por vindicta: El señor, acompañado del esclavo y de una tercera persona (adsertor libertatis) se presentaba ante el magistrado frente a quien prácticamente se desenvolvía un simulacro de proceso, en el cual el adsertor libertatis afirmaba que el esclavo era libre; el amo no contradecía tal afirmación y, en consecuencia, el magistrado declaraba la libertad de aquél. Manumisión por testamento: La voluntad de un paterfamilias -expresada en testamento- de conceder la libertad a determinado esclavo. 18. ¿Cuáles son las características de las personas no libres (esclavos)? R= El esclavo no tiene ningún derecho de carácter político. No puede contraer matrimonio, No puede tener propiedad alguna; No se obligaba civilmente por las relaciones de carácter contractual que llegase a celebrar. No puede obrar en justicia ni para si ni para ningún otro. 19. ¿Quiénes son los ciudadanos romanos y de qué derechos gozan? R= Son personas que habían nacido ciudadanos romanos (ius sanguinis). Conubium, Commercium, Ius suffragi, Ius honorum y tactio legis 20. ¿Quiénes son los latini y qué derechos gozan? R= Los latini eran peregrini con un trato más ventajoso que los propiamente extranjeros y en algunos aspectos se asimilaban a los ciudadanos. gozaban tanto del conubium como del commereium así como del ius suffragii en caso de encontrarse en Roma en el momento de la votación. 21. ¿A qué se le atribuye el status familiae? R= Ser jefe de familia y no estar bajo ninguna potestad. 22. ¿Quiénes son las personas morales? R= Las personas morales, que también reciben el nombre de personas jurídicas son, junto con las personas físicas, sujetos de derecho, esto es, entidades capaces de tener derechos y obligaciones. 23. ¿Cuáles son los tipos de personas morales? R= Asociaciones: Reunión de varias personas físicas para lograr un fin común. Fundaciones: Como un patrimonio afectado o destinado a un fin determinado. 24. ¿Qué es la capitis diminutio? R= Fenómeno de la disminución o pérdida de la capacidad.Cambio de una situación a otra, que debe ser entendido como una modificación que sufre el individuo 25. ¿En qué consisten la capitis deminutio mínima, media y máxima? R= Capitis deminutio máxima: se daba cuando el individuo perdía su calidad de tal; perdía la libertad y quedaba reducido a la condición de esclavo, situación que llevaba implícita la pérdida de la ciudadanía y de su situación familiar. Capitis deminutio media: se sufría en caso de pérdida de la ciudadanía romana, circunstancia que lógicamente implicaba también la pérdida del estado de familia, en tanto que tal situación sólo tenía razón de ser en relación con el ciudadano romano. Capitis deminutio mínima: nos encontramos ante esta figura en aquellos casos en que una persona pierde los derechos que poseía dentro de su familia conservando, sin embargo, la libertad y la ciudadanía. 26. Definición de familia R= La reunión de personas colocadas bajo la autoridad paternal o la manus 27. ¿Quiénes son las personas alieni juris y sui juris? R= Los alieni iuris son sujetos a la potestad de otra persona. Los sui iuris serán los que no dependan de nadie. 28. ¿Cuáles son las formas de formar el parentesco? R= Cognatio: Parentesco que une a las personas descendientes de una de otra línea recta o descendientes Agnatio: Parentesco civil fundado sobre la autoridad paternal o marital. 29. ¿En qué consiste la patria potestad? R= Pertenece al jefe de familia sobre los descendientes que forman parte de la familia civil. 30. ¿Cuáles son las fuentes de la patria potestad? R= Matrimonio, adopción y legitimación. 31. ¿En qué consisten cada una de ellas? R= Matrimonio: Unión conyugal monogámica llevada a cabo de conformidad con las reglas del derecho civil romano Adopción: Institución de derecho civil cuya finalidad es establecer determinadas relaciones de carácter agnaticó semejantes a las existentes entre el paterfamilias y el filiusfamilias. Legitimación: Es el procedimiento para establecer la patria potestad: sobre los hijos nacidos fuera de matrimonio. 32. ¿Qué es la adopción? R= Institución de derecho civil cuya finalidad es establecer determinadas relaciones de carácter agnaticó semejantes a las existentes entre el paterfamilias y el filiusfamilias. 33. ¿Cuáles son los tipos de adopción? R= Adrogación: Adopción de una persona sui iuris. Adopción: Adopción de una persona alieni iuris. 34. ¿Cuáles son las formas de legitimación? R= Matrimonio subsiguiente: Por el matrimonio subsiguiente de los padres Oblación a la curia: El padre que deseaba legitimar a un hijo nacido fuera del matrimonio, lo ofreciera en la curia de su pueblo natal para desempeñar el cargo de decurión; si se trataba de una hija, casándola con uno de ellos. Rescripto del emperador: El padre natural debía solicitar la legitimación al emperador, el cual podía concederla o no 35. ¿En qué consiste el concubinato? R= Es una unión marital de orden inferior al iustum matrimonium, pero al igual que éste es de carácter monogámico y duradero, de igual modo reconocido por la ley. 36. ¿Qué es el contubernio? R= Se llamaba así a aquella unión de carácter marital existente entre esclavos o entre un libre y un esclavo. 37. ¿Qué es y cuáles son las formas de la manus? R= Autoridad que se tiene sobre una mujer casada, la cual es normalmente ejercida por el marido, pero si éste es una persona alieni iuris, la ejercerá la persona que tiene la patria potestad sobre él; es decir, su padre. El usus, Confarreatio: Era llevada a cabo única y exclusivamente por los patricios. Coemptio: Era la forma más usual entre los romanos para establecer la manus y consistía en una venta ficticia hecha por el paterfamilias al futuro marido, siempre y cuando se tratase de una mujer sujeta a patria potestad; es decir, alieni iuris 38. Definición de mancipium R= El mancipium es también una figura del derecho civil que consiste en la autoridad que puede ejercer un hombre libre sobre otra persona también libre. 39. ¿Qué es la tutela? R= Poder dado y permitido por el derecho civil, sobre una cabeza libre a afecto de protegerlo en virtud de que a causa de su edad no puede defenderse por sí mismo. 40. ¿Cuáles son los tipos de tutela que existían? R= Tutela de los impúberes Tutela perpetua de las mujeres 41. ¿Qué es la curatela? R= Caían bajo el régimen de curatela los locos (furiosi) y los pródigos. 42. ¿Cuáles son los tipos de curatela que existen? R= Curatela de los furiosi Curatela de los pródigos Curatela de los menores de veinticinco años Curatela de los pupilos

Use Quizgecko on...
Browser
Browser