Plan Municipal de Protección Civil de Oviedo PDF
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Este documento es un plan municipal de protección civil para el Ayuntamiento de Oviedo. Describe la organización de la protección civil municipal, el conocimiento del riesgo y del territorio, las actuaciones de prevención y la organización y actuaciones para la respuesta ante emergencias. Incluye información sobre la clasificación de riesgos y las medidas preventivas para diferentes tipos de emergencias. El documento se estructura en cuatro grandes áreas.
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Plan municipal DE PROTECCIÓN CIVIL DEL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO ÍNDICE PÁGINAS INTRODUCCIÓN...
Plan municipal DE PROTECCIÓN CIVIL DEL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO ÍNDICE PÁGINAS INTRODUCCIÓN 4-7 CAPITULO I: ORGANIZACIÓN DE LA PROTECCIÓN CIVIL MUNICIPAL 1.1. Objetivo 7-10 1.2. Alcance 10 1.3. Marco Legal 11-16 1.4. La Comisión Local de Protección Civil 16-19 1.5. El Servicio de Protección Civil 19-22 1.6. Agrupación de Voluntarios de Protección Civil 22-23 1.7. Centro de Coordinación Operativa Local (CECOPAL) 23-24 1.8. Sistema de autoprotección corporativa y ciudadana 24-56 CAPITULO II: CONOCIMIENTO DEL RIESGO Y DEL TERRITORIO Introducción 2.1. Situación geográfica 58-60 2.2. Organización territorial 61-62 2.3. Demografía 62-64 2.4. Climatología 64-65 2.5. Medios de Comunicación 65 2.6. Redes de Comunicación, Infraestructuras y Servicios Básicos 65-70 2.7. Análisis de Riesgos 70-72 2.8. Clasificación de Riesgos 72-106 2.9. Interconexión de Riesgos 106-108 2.10. Mapas de Riesgos 108 2.11. Medidas preventivas para evitar o reducir riesgos 109-110 2.11.1 Emergencias Nucleares 111 2.11.2. Incendios Forestales 111-115 2.11.3. Inundaciones 115-116 2.11.4. Químicos 116-117 2.11.5. Transporte Mercancías Peligrosas 117-118 2.11.6. Accidentes en el Transporte Civil 118-119 2.11.7. Actividades Deportivas en Medio Acuático 119-120 2.11.8. Incendios, Explosiones y Otros 120-124 2.11.9. Riesgos derivados de la Meteorología 124-128 2.11.10. Riesgo por Fallo en el Abastecimiento de los Serv. Elementales 128-129 2.11.11. Riesgos Sanitarios 129-130 2.11.12. Riesgos derivados de Grandes Concentraciones Humanas 130-137 2 CAPITULO III: ACTUACIONES EN MATERIA DE PREVENCIÓN 3.1. Información a la población 139-142 3.2. Control de accesos 142 3.3. Confinamiento 142-143 3.4. Evacuación Preventiva y Espontánea 143-146 3.5. Rehabilitación de Servicios 146-147 3.6. Finalización de la Emergencia 147 CAPITULO IV: ORGANIZACIÓN Y ACTUACIONES PARA LA RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS 4.1. Estructura ante Emergencias 149-151 4.2. Estructura Orgánica: Organigrama 151-173 4.3. Centro de Coordinación Operativa Local (CECOPAL) 174-177 4.4. Puesto de mando Avanzado (PMA) 177-178 4.5. Operatividad. Activación del Plan 178-180 4.6. Zonificación 180-182 4.7. Notificación y puesta en marcha del Plan 182-184 4.8. Sistemas de Alerta y Alarma. Notificaciones 184-189 4.9. Activación de Recursos 189-190 4.10. Medios Ordinarios y Extraordinarios 190 4.11. Desactivación del Plan y vuelta a la normalidad 190-191 4.12. Características del Catálogo de Medios y Recursos 191-193 4.13. Declaración de Reserva en la Recopilación y Mantenimiento de Datos 193-196 4.14. Definiciones 196-264 4.15. Implantación. 265-269 4.16. Mantenimiento. 269-270 4.17. Ficha de integración del P.E.M.O en el PLATERPA 271 ANEXO I: PLANOS DE INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS BÁSICOS ANEXO II: MAPA DE RIESGOS ANEXO III: FICHAS DE RECOPILACIÓN DE DATOS 3 INTRODUCCIÓN La Norma Básica de Protección Civil, aprobada por Real Decreto 407/1992, que desarrolla en parte la Ley 2/85, de 21 de enero, sobre Protección Civil, contiene las directrices esenciales para la elaboración de planes locales para la actuación en casos de emergencia, fija el modelo de protección civil para el ejercicio de las diferentes responsabilidades y competencias de las Administraciones Públicas en las funciones de planificación e intervención en situaciones de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública. Por otra parte, la citada Ley 2/85 sobre Protección Civil, recoge una serie de actuaciones preventivas en materia de protección civil que pueden ser asumidas, por las Administraciones Locales (fomentar y controlar la autoprotección corporativa y ciudadana, asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos, etc.). A efectos de esta Norma Básica, se entiende por Plan de Protección Civil la previsión del marco Orgánico-Funcional y de los mecanismos que permiten la movilización de los recursos humanos y materiales necesarios para la protección de personas y bienes en caso de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública, así como el esquema de coordinación entre las distintas Administraciones Publicas llamadas a intervenir. La Norma Básica determina que los Planes Locales se elaborarán para hacer frente a las emergencias generales que se puedan presentar en cada ámbito territorial, y establecerán la organización de los Servicios y recursos que procedan. La prevención es esencialmente una función atribuida a las Administraciones locales y autonómicas, cuyo ejercicio se lleva a cabo a través de diferentes técnicas: ordenación del territorio, ordenanzas sobre construcción, aprovechamiento del uso del suelo, aplicación de reglamentos sobre seguridad en edificios públicos, normas de circulación, etc. La autoprotección, por su parte, es un instrumento para articular la participación ciudadana y de las empresas en el sistema de Protección Civil, que tiene en el Ayuntamiento, como Administración más cercana al ciudadano, su principal apoyo y representa el vínculo perfecto de conexión con el sistema. En consecuencia, se considera necesario definir un modelo de Plan de Protección Civil Municipal que permita una aproximación coordinada y eficaz de cada una de las funciones básicas que orientan las actividades de la Protección Civil. Además, este Modelo debe integrar el conjunto de actividades para promover la autoprotección, y asignar un peso importante a las actuaciones de prevención. El Plan Territorial Municipal de Protección Civil, que establece el marco organizativo de las actuaciones de Protección Civil en el Municipio, debe estructurarse en cuatro grandes áreas: 4 Organización de la Protección Civil Municipal. Conocimiento del riesgo y del territorio. Actuaciones en materia de prevención. Organización y actuaciones para la respuesta ante emergencias. En consecuencia, el Ayuntamiento de Oviedo, en virtud de sus competencias ha elaborado el presente Plan Municipal de Protección Civil, teniendo en cuenta los criterios y directrices establecidos en la Norma Básica a fin de que sea homologable y puede integrarse, en caso necesario, en otros planes de ámbito superior. El Plan Local de Protección Civil del Ayuntamiento de Oviedo tiene el carácter de Plan Director, en el que se establece el marco organizativo general, en relación con su correspondiente ámbito territorial, en el sentido de: Definir los elementos esenciales y permanentes del proceso de planificación. Permitir la integración en los Planes Territoriales de ámbito superior. Garantizar la actuación de todos aquellos Servicios Públicos, que tienen encomendada la prestación de los Servicios de Extinción de Incendios, Protección Civil y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el territorio del Concejo de Oviedo. Fijar los objetivos globales en orden al estudio y prevención de las situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, y a la protección y socorro de personas y bienes en los casos en que dichas situaciones se produzcan. Determinar el programa de implantación del Plan Local y mantenimiento de su eficacia. Establecer programas generales de actuación y aplicación de medios necesarios para alcanzar los objetivos globales a corto, medio y largo plazo, debido a que la planificación no es un producto, sino un proceso continuo de adaptación y mejora. Por otra parte, el Plan Territorial Municipal de Protección Civil como marco organizativo general, presenta un grado de flexibilidad que permite el ajuste del modelo de planificación establecido con el marco real de la situación presentada. 5 Ante las múltiples situaciones de emergencia que puedan surgir en el Concejo de Oviedo y la necesidad de recurrir a los distintos medios humanos y materiales que han de ser movilizados para hacerles frente, se hace necesario el establecimiento de un Plan de Emergencia Municipal, que articule y gestione la Organización, Planificación, Coordinación y Dirección de todos los servicios públicos y privados relacionados con la emergencia. El Plan de Emergencia Municipal del Ayuntamiento de Oviedo (P.E.M.O) es el mecanismo que determina la estructura jerárquica y funcional de las Autoridades y Organismos llamados a intervenir, estableciendo el sistema de coordinación de los recursos y medios, tanto públicos como privados. Todos ello, adecuadamente integrado, para la realización de tareas de previsión, prevención, coordinación y actuación, ante situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública. El objetivo del P.E.M.O esta dirigido a la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente, a través del establecimiento de una estructura orgánica-funcional y de unos procedimientos operativos que aseguran la respuesta ante las emergencias generales que se produzcan en el ámbito territorial del Concejo de Oviedo y siempre que estas no sean declaradas de interés nacional. La elaboración del Plan de Emergencia Municipal (P.E.M.O) corresponde al Ayuntamiento de Oviedo y su homologación a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. En la elaboración del presente Plan se han tenido en cuenta, entre otros, la Norma Básica de Protección civil aprobada por Real Decreto 407/1992 de 24 de abril y el Plan Territorial de Protección Civil del Principado de Asturias (PLATERPA). En los siguientes capítulos se describirá las pautas de trabajo una vez declarada una emergencia, es decir: Planificación de las líneas de actuación. Intervención para el socorro de personas y bienes. Rehabilitación de servicios afectados a su estado inicial. La operatividad de los Planes de Emergencia y todo el conjunto de previsiones que implican, dependen del tipo de riesgo considerado o, al menos, de un escenario aproximadamente similar al adoptado como hipótesis de referencia. 6 El alcance del Plan viene definido por los riesgos identificados en el Concejo de Oviedo, tanto aquellos que pueden generar situaciones graves de emergencia y exigir una respuesta extraordinaria por parte de los Servicios de Protección Civil, como aquellos que puedan ocasionar emergencias de carácter ordinario o no calamitosas. Por ello se elabora el correspondiente Inventario de Riesgos identificados en el Concejo de Oviedo, para configurar este alcance. (Plan Municipal de Protección Civil) Por otra parte, la operatividad y los recursos empleados en una actuación dependerán tanto del riesgo identificado, como de la evaluación de sus consecuencias, por lo tanto los riesgos, sus consecuencias y la correspondiente zonificación definen las medidas de intervención y protección. Se tendrán en cuenta los datos existentes sobre los riesgos estudiados con anterioridad, así como los recursos humanos y materiales disponibles contenidos en el Catálogo de Medios y Recursos, con objeto de resolver eficazmente las emergencias que se produzcan. (Anexo I del Plan Municipal de Protección Civil y Catálogo de fichas) Estos datos provendrán, además de otros que se puedan considerar, de: Planos de infraestructuras y servicios de la ciudad de Oviedo. Mapas de Riesgos elaborados. Catálogo de Medios y Recursos, debidamente actualizado. Planes Especiales elaborados para cada Riesgo, que permitirán detallar mucho más los Planes de Actuación. Estos Planes Especiales irán completando, a medida que se elaboren, los detalles de prevención, autoprotección y actuación reflejadas en este documento. 7 Protección Civil -Oviedo- CAPITULO I ORGANIZACIÓN DE LA PROTECCIÓN CIVIL MUNICIPAL 8 1.1 OBJETIVO La evolución que el Concejo de Oviedo ha experimentado en los últimos tiempos, así como los retos futuros de la Ciudad, como centro administrativo del Principado de Asturias, hacen necesaria una actualización y adecuación del Plan Municipal de Protección Civil. La actualización del Plan Municipal de Protección Civil tiene como objetivo prioritario la creación de un catálogo de medios y recursos susceptibles de utilización en situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, así como aquellas consideradas emergencias menores o no calamitosas, que puedan presentarse en el ámbito geográfico del Concejo de Oviedo. Por tanto, el catálogo recoge los medios y recursos disponibles por el Centro de Coordinación de Emergencias, con los teléfonos de contacto hábiles para su función. Dicho catálogo pretende ser una guía instructiva y de fácil uso que permita realizar un despliegue rápido de los medios y recursos del Municipio y que su activación sea eficiente ante una emergencia municipal o de nivel superior. Así mismo el Plan pretende: Definir el marco orgánico y funcional de respuesta a las emergencias que supongan un grave riesgo para la población, los bienes o el medio ambiente. Fijar los mecanismos que permitan la gestión de los medios y recursos intervinientes. Establecer el procedimiento de coordinación e integración del Plan Municipal de Protección Civil (P.E.M.O) con el Plan Territorial de Protección Civil del Principado de Asturias (PLATERPA). El estudio y propuesta de un sistema de autoprotección corporativa y ciudadana en el Municipio: Autoprotección corporativa, diseñando un modelo de estructura que permita a las Industrias, Centros Escolares y otros establecimientos públicos, un sistema de seguridad y protección para las acciones de prevención de riesgos, alarma, evacuación y socorro, dotado con recursos propios, en coordinación con el sistema Municipal de Protección Civil, y en cooperación con otros establecimientos cercanos. 9 Autoprotección ciudadana, basada en promover en las Asociaciones y Comunidades vecinales, una cultura de compresión sobre los riesgos y las medidas de protección a adoptar, así como la participación en las tareas propias de la Protección Civil. Para ello el Plan establecerá un conjunto de acciones preventivas e informativas especialmente dirigidas a movilizar permanentemente la conciencia ciudadana y la solidaridad social. Por último, el Plan Municipal de Protección Civil incide en la creación de un Centro de Coordinación Operativo Local (CECOPAL) que asuma este Plan y, que prevenga, vigile, active y coordine las situaciones de emergencia en el concejo de Oviedo. La ubicación de dicho Centro de Coordinación, será determinada por el Director del Plan, pudiendo ser fija en su implantación, o donde se decida por las circunstancias del evento. Los objetivos señalados están en relación directa con la necesidad de que el P.E.M.O tenga capacidad para coordinar todas las operaciones, dirigir todos los medios y recursos propios y aquellos procedentes de otras Administraciones o entidades, y transferir las funciones de dirección a la Administración Autonómica en el caso de que así se decretase. Si esto último sucediera, los medios asignados al P.E.M.O seguirán siendo responsabilidad de la Dirección del mismo, de acuerdo con las directrices que reciba de la dirección del Plan Autonómico. 1.2. ALCANCE El alcance del P.E.M.O viene definido por los riesgos que se identifican el en territorio de Oviedo y limitado por la demarcación geográfica del Concejo, así como por: Las circunstancias que, de acuerdo con la Norma Básica establezcan situaciones de interés Autonómico o Nacional. Las que requieran para la protección de las personas la aplicación de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio reguladora de los estados de alarma, excepción y sitio. Las que por sus dimensiones efectivas o previsibles requieran una dirección supra-municipal. El P.E.M.O, como Plan director, constituye el marco regulador de toda la planificación ante emergencias que, a distintos niveles o sectores, se elabore en el territorio del Municipio de Oviedo al objeto de garantizar la respuesta de la Administración Pública en su conjunto. 10 1.3. MARCO LEGAL La Normativa Legal más significativa, en materia de Protección Civil, es la siguiente: UNIÓN EUROPEA Directiva 96/82/CE, del Consejo de 9 de diciembre de 1996, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves, en los que intervengan sustancias peligrosas. Directiva 84/467/EURATOM, de 3 de Septiembre de 1984, Radiaciones Ionizantes. Directiva 88/642/CEE, de 16 de diciembre de 1988, Protección frente a agentes químicos, físicos y biológicos. Directiva 89/656/CEE, de 30 de noviembre de 1989, Equipos de Protección Individual. Directiva 89/654/CEE, de 30 de noviembre de 1989 Lugares de trabajo. Directiva 89/391/CEE, Directiva Marco de 12 de junio de 1989 Medidas para promover la mejora de la salud y seguridad de los trabajadores. Transposición en Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Directiva 90/270/CEE, de 29 de mayo de 1990, Pantallas de visualización. Directiva 92/58/CEE, de 24 de junio de 1992, Señalización de los lugares de trabajo. Directiva 92/29/CEE, de 31 de marzo de 1992, Clasificación, embalaje y etiquetado de sustancias peligrosas. Reglamento 2158/92/CEE, del Consejo relativo a la Protección de los Bosques Comunitarios contra los incendios. Directivas 94/9/CE, Directiva 1999/92/CE, ATEX-100, ATEX-137, sobre riesgos de explosivos. Decisión del Consejo 1999/847/CE, de 09 de diciembre de 1999, por la que se crea un programa de acción comunitaria a favor de la protección civil. Decisión del Consejo 2000/354/PESC, de 22 de mayo de 2000, por la que se establece un Comité para los aspectos civiles de la gestión de crisis. 11 Resolución del Consejo de los Representantes de los Gobiernos de los Estados Miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 26 de febrero de 2001, relativa al fortalecimiento de las capacidades de la Unión Europea en materia de protección civil. (2001/C 82/01). Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de diciembre de 2001, relativa a la seguridad general de los productos. Decisión 2001/792/CE del Consejo de 23 de octubre de 2001, por la que se establece un mecanismo comunitario para facilitar una cooperación reforzada en las intervenciones de ayuda en el ámbito de la Protección Civil (DOCE n° L 297, de 15 de noviembre de 2001). Directiva 2003/10/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de febrero de 2003, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y de salud, relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados de los agentes físicos (ruido), (decimoséptima Directiva específica con arreglo al apartado 1, del artículo 16, de la Directiva 89/391/CEE). Directiva 2007/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación. Decisión de la Comisión de 2 de diciembre de 2008, por la que se establece, conforme a lo dispuesto en la Directiva 96/82/CE del Consejo relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, el formulario de declaración de accidente grave. Directiva 2012/18/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de julio de 2012, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y por la que se modifica y ulteriormente deroga la Directiva 96/82/CE. NORMATIVA ESTATAL Ley Orgánica 6/1980, reformada por la Ley Orgánica 1/1984, de Criterios Básicos de Defensa Nacional, donde se determina que las Fuerzas Armadas, a requerimiento de la autoridad civil, podrán colaborar con ella para casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad u otra necesidad pública de naturaleza análoga. (BOE n° 6, de 7 de enero de 1984).Corrección de errores (BOE n° 40, de 16 de febrero de 1984). Real Decreto 1547/1980, de 24 de julio, sobre reestructuración de la Protección Civil. Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil (BOE n° 22, de 25 de enero de 1985). 12 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. (BOE. n° 80, de 3 de abril de 1985; corrección de errores el 11 de junio), modificada por Ley 30/1994 y Ley 11/1999, de 21 de Abril. Real Decreto 1378/1985, de 1 de agosto, sobre Medidas Provisionales para la Actuación en Situaciones de Emergencia en los Casos de Grave Riesgo, Catástrofe o Calamidad Pública Real Decreto 888/1986, de 21 de marzo de 1986, sobre composición, organización y régimen de funcionamiento de la Comisión Nacional de Protección Civil (BOE n° 110, de 8 de mayo de 1996), modificado por el Real Decreto 573/1997, de 18 de abril (BOE n° 115, de 14 de mayo de 1997). Orden de 29 de marzo de 1989, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 3 de marzo, que aprueba el Plan Básico de Emergencia Nuclear. Resolución de 30 de enero de 1991, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros por la que se aprueba la Directriz Básica para la elaboración y homologación de los Planes Especiales del Sector Químico. Real Decreto 407/1992, de 24 de abril de 1992, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil (BOE n° 105, de 1 de mayo de 1 992). Orden de 2 de abril de 1993 del Ministerio del Interior, por la que se publica el acuerdo de Consejo de Ministros que aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales (BOE n° 90, de 15 de abril de 1993). Resolución de 4 de julio de 1994, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros sobre criterios de asignación de medios y recursos de titularidad estatal a los planes territoriales de Protección Civil (BOE n° 170, de 18 de julio de 1994). Resolución de 31 de enero de 1995, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones (BOE n° 38, de 14 de febrero de 1995). Real Decreto 1254/99, de 16 de julio de 1999, por el que se aprueban Medidas de Control de los Riesgos Inherentes a los Accidentes Graves en los que Intervengan Sustancias Peligrosas. 13 Resolución de 5 de mayo de 1995, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico. (BOE n° 24, de 25 mayo de 1995) y su posterior modificación, Resolución de 17 de septiembre de 2004 (BOE n° 238, de 2 de octubre de 2004). Resolución de 21 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, disponiendo la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo volcánico. Real Decreto 387/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de accidentes en el transporte de mercancías peligrosas (BOE n° 71, de 22 de marzo d e 1996). Orden de 12 de marzo de 1996, de aprobación del Reglamento técnico sobre seguridad de presas y embalses Ministerio Obras Publicas, Transportes y Medio Ambiente. Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. BOE de 20 de julio de 1999. Modificado por REAL DECRETO 119/2005, de 4 de febrero. Incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 96/82/CE, del Consejo, de 9 de diciembre, relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (Seveso II). Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizante. Real Decreto 967/2002, de 20 de septiembre, por el que se regula la composición y régimen de funcionamiento de la Comisión Nacional de Protección Civil. Real Decreto 1196/2003 de 19 de septiembre de 2003, por el que se aprueba la Directriz básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas (BOE n° 242, de 9 octubre de 2003). Acuerdo de la Permanente de la Comisión Nacional de Protección Civil sobre criterios generales para facilitar la implantación material efectiva de los Planes de Emergencia de Presa. Aprobado en la XXXVIII Sesión de la Permanente de la CNPC 30/01/2003. Acuerdo que establece criterios para facilitar la implantación material efectiva de los Planes de Emergencia de Presa (PEP) que atañe a aquellas acciones en las que resulta imprescindible la colaboración y coordinación entre el titular de la presa y las Administraciones Públicas, Central, Autonómica y Local. Ley 57/2003, de Medidas para la modernización del Gobierno Local. 14 Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (BOE n° 303, de 17 de diciembre de 2004). Orden INT/3716/2004, de 28 de octubre, por la que se publican las fichas de intervención para la actuación de los servicios operativos en situaciones de emergencia provocadas por accidentes en el transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril. Real Decreto 948/2005, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. Real Decreto 285/2006, de 10 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1123/2000, de 16 de junio, por el que se regula la creación e implantación de unidades de apoyo ante desastres. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación y modificaciones posteriores. Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que pueden dar origen a situaciones de emergencia. Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación (BOE de 15 de julio de 2010, núm. 171). Este Real Decreto transpone a la legislación española la Directiva 2007/60 y, fundamentalmente, supone una ayuda a la coordinación de todas las administraciones, estableciendo una serie de elementos y estudios necesarios para una efectiva prevención y protección frente a los efectos adversos de las inundaciones. NORMATIVA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL P. DE ASTURIAS Por otra, parte el P.E.M.O se sitúa en el marco reglamentario definido por: Ley Orgánica 7/81, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias y posteriores reformas: Ley Orgánica 3/1991, Ley Orgánica 1/1994 y Ley Orgánica 1/1999. Real Decreto 1357/1984, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado al Principado de Asturias en materia de conservación de la naturaleza. Decreto 18/1997, de 20 de marzo, de la Consejería de Cooperación, por el que se regula la Comisión de Protección Civil del Principado de Asturias, modificado por Decreto 87/2002, de 27 de junio, y por el Decreto 8/2006, de 18 de enero. 15 Decreto 18/97, de la Consejería de Cooperación, por el que se regula la Comisión de Protección Civil del Principado de Asturias. Ley del Principado de Asturias 8/2001, de 15 de octubre, de regulación del servicio público de atención de llamadas de urgencia y de creación de la entidad pública "112 Asturias". Ley del Principado de Asturias 9/2001, de 15 de octubre, de creación de la entidad pública "Bomberos del Principado de Asturias" Decreto 87/2002, de 27 de junio, por el que se modifica el Decreto 18/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la Comisión de Protección Civil del Principado de Asturias. Decreto 8/2006, de 18 de enero, de segunda modificación del Decreto 18/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la Comisión de Protección Civil del Principado de Asturias. Decreto 71/2012, de 14 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia. NORMATIVA DEL AYUNTAMIENTO DE OVIEDO Reglamento Orgánico del Cuerpo de Bomberos de 17 de abril de 1941. Reglamento de la Agrupación Municipal de Voluntarios de Protección civil del Ayuntamiento de Oviedo, aprobado por acuerdo del Pleno el 25 de agosto de 1.983. 1.4 LA COMISIÓN LOCAL DE PROTECCIÓN CIVIL Para dotar al Concejo de Oviedo de un adecuado sistema de dirección y coordinación es necesario configurar, en primer lugar, una organización que permita el desarrollo de las actividades y de los Planes propios de la Protección Civil. El presente Plan define las bases para una eficaz organización de la Protección Civil en Oviedo fundada en los siguientes elementos: Comisión Local de Protección Civil. Servicios y recursos municipales y supramunicipales. Es un órgano de asesoramiento y colaboración que facilita la coordinación de todos los medios y recursos de los que se dispone en el ámbito de la planificación. La responsabilidad decisoria recae en el Alcalde que es la autoridad única en esta materia (Ley 7/1985 de 2 de abril, art. 21.1.). 16 1.4.1 Composición Presidente: El Alcalde de la Ciudad. Vicepresidente: Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana. Vocales: Jefe de Servicio de Protección Civil. Jefe de Servicio Contra Incendios. Jefe de Policía Local. Jefe de Servicio de Proyectos, Obras y Transporte. Secretario: Secretario General del Ayuntamiento de Oviedo. El Alcalde podrá designar otras personas representativas de entidades vinculadas a Protección Civil, Delegación de Gobierno y/o Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, como miembros permanentes o como consultores para actuaciones o temas concretos. COMISION LOCAL DE PROTECCION CIVIL PRESIDENTE: ALCALDE DE LA CIUDAD DE OVIEDO SECRETARIO: SECRETARIO GENERAL VICEPRESIDENTE: AYUNTAMIENTO CONCEJAL DELEGADO SEGURIDAD CIUDADANA JEFE DE SERVICIO JEFE DE SERVICIO JEFE DE SERVICIO JEFE DESERVICIO BOMBEROS PROY. OBRAS, PROTECCION CIVIL POLICIA LOCAL TTES. 17 1.4.2 Funciones Las funciones de la Comisión Local de Protección Civil serán las siguientes: Informar acerca de las normas que se elaboren, en el ámbito municipal, sobre Protección Civil. Elaboración, desarrollo e implantación del Plan Municipal de Protección Civil y de los correspondientes Planes Especiales y Sectoriales. Informar las propuestas de resolución de los expedientes sancionadores por supuesta infracción a la normativa vigente sobre la presente materia, cuya competencia corresponde a los órganos de gobierno municipal. Solicitar la colaboración de entidades y organismos relacionados con Protección Civil. Dirigir y coordinar las comisiones que se creen para el desarrollo de programas relacionados con la Protección Civil. Asesorar a la Presidencia en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública. Proponer los modos operativos concretos de los distintos Grupos de Acción que se definirán en este Plan. Informar los planes sectoriales que se realicen en desarrollo del presente Plan y las modificaciones precisas para la permanente actualización, con propuesta a los órganos decisorios del Ayuntamiento. Conocer y proponer los planes operativos redactados, sobre los acontecimientos ciudadanos que implican riesgos por gran concentración de personas u otros motivos objetivos. Estudiar aquellas propuestas que se planteen, bien a iniciativa individual de alguno de sus miembros o de forma colectiva a los fines de mejora, desarrollo e implantación del presente Plan, con su acuerdo si procede, para su aprobación por los órganos decisorios del Ayuntamiento. Proponer la incorporación en el Registro de Entidades Colaboradoras de Protección Civil de aquellos colectivos privados que lo soliciten, a los efectos de su autorización y participación en las tareas que se les encomienden. 18 1.4.3 Convocatoria La convocatoria se hará siempre por parte del Presidente, es decir, el Alcalde de la Ciudad, o Concejal en quien delegue. Puede ser en dos circunstancias concretas: en situación de normalidad, y en situación de emergencia, prevista o producida. En situación de normalidad, la Comisión Local de Protección Civil se reunirá una vez al año, como mínimo, previa convocatoria a todos sus miembros, con quince días de antelación, al menos. El Orden del Día lo fijará el órgano convocante, si bien los miembros podrán presentar propuestas relacionadas con las funciones que tiene encomendadas la Comisión. En situación de emergencia, prevista o producida, la Comisión se reunirá con carácter inmediato, con el fin de valorar la situación y proponer y adoptar las medidas a tomar para resolver la situación presente. Si la situación es de emergencia prevista se definirá como emergencia- alerta. Si la situación es de emergencia producida se definirá como emergencia- alarma-acción. Esta convocatoria se mantendrá abierta en tanto dure la situación declarada. 1.5 EL SERVICIO DE PROTECCIÓN CIVIL Le corresponde a este Servicio la ejecución de las funciones que por Ley tienen encomendadas los municipios y está a su cargo la Protección Civil Municipal, el funcionamiento del Centro de Coordinación Operativa Local y la Agrupación de Voluntarios. Las funciones que se desempeñan son: Actualización permanente del Plan Municipal de Protección Civil, incluidos los mapas de Riesgos y catálogo de Recursos. Promoción y control de la Autoprotección corporativa y ciudadana a todos los niveles, en particular la población escolar y la juventud. Creación de una conciencia de colaboración y coordinación entre todos los servicios llamados en caso de emergencia a participar, a efectos de que el Plan Municipal de Protección Civil se implante en todo su programa y contenido. 19 Realización de pruebas o simulacros de prevención de riesgos, catástrofes y calamidades públicas. Mantenimiento de permanente contacto con los diversos niveles administrativos de Protección Civil: Delegación de Gobierno y Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, a fin de intercambiar información y coordinar, en su caso, las acciones que se emprendan. Organización y mantenimiento del Centro de Coordinación Operativa Local (CECOPAL) definiendo los medios humanos, materiales y de funcionamiento, a los fines que les son propios. Conocimiento y control sobre los Planes de Autoprotección de los establecimientos ciudadanos que reciben gran cantidad de público, así como los industriales afectados por el Real Decreto sobre accidentes mayores. Redacción de los planes operativos en eventos ciudadanos que reúnen gran número de personas en recintos cerrados o espacios abiertos, con la finalidad de prever víctimas o daños y actuar de forma coordinada en caso de emergencia. Fomento del voluntariado y coordinación entre los distintos grupos existentes y que se formen bajo mando único. A este fin se creará un Registro de entidades colaboradoras de Protección Civil municipal, en el cual se incluirán aquellas entidades legalmente creadas que puedan ser homologadas para su presencia y participación en operaciones de prevención o emergencias. Redacción de propuestas acerca de Reglamento de la Agrupación de Voluntarios, y revisiones en su caso, así como, instrucciones internas en orden al cumplimiento de las misiones encomendadas. Gestión de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil municipal, en orden a su formación, alta de nuevos miembros y bajas, en su caso, propuestas de nombramientos, dotación de recursos y asignación de funciones, conforme al Reglamento vigente. Promoción y organización de la formación de personal de los servicios relacionados con la Protección Civil. En caso de que exista, asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos, mediante el ejercicio de las correspondientes facultades de inspección y propuesta de servicios. Solicitar la colaboración y asesoramiento de los distintos Servicios Operativos relacionados con esta materia. Para cumplir el deber de resolver catástrofes, calamidades o emergencias de todo tipo en Oviedo, se pondrán a disposición de la Protección Civil todos los recursos humanos y materiales disponibles en el municipio de Oviedo, sean de titularidad municipal o de titularidad privada. 20 21 Se consideran los servicios de titularidad municipal y de titularidad no municipal, tanto del ámbito público como privado. La actuación operativa en el ámbito de la Protección Civil se asienta como fuerza principal en los servicios y recursos profesionales. Los servicios y recursos municipales son los llamados a actuar en un primer escalón. A ellos se suman los demás recursos humanos y materiales, de titularidad pública o privada que sean necesarios. 1.6 LA AGRUPACIÓN DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL El Servicio de Protección Civil procederá a actualizar el Reglamento de la Agrupación Municipal de Voluntarios del Ayuntamiento de Oviedo (Aprobado por acuerdo del Ayuntamiento, en pleno de 25 de agosto 1.983). Este Reglamento deberá recoger la experiencia acumulada durante estos años, así como los nuevos retos que la ciudad plantea, se redactará y se implantará este Reglamento, que pretende ser un instrumento nacido para encuadrar voluntades de servicio y capacidades técnicas y hacerlas eficaces en las misiones que la Agrupación de Voluntarios asuma, en el ámbito de este Ayuntamiento, cuando sea requerida para ello. El Voluntariado de Protección Civil se constituye como una doble necesidad: Presencia y participación de la sociedad en su propia seguridad haciendo oferta de solidaridad y espíritu altruista. Actuación de una fuerza operativa cuantificable y cualificada, colaboradora y polifacética en numerosas situaciones de emergencia. En situaciones de catástrofe masiva es muy importante y necesaria la colaboración ciudadana no sólo en forma pasiva cumpliendo las normas que se dicten, sino de forma activa, incorporada a las tareas de salvamento o atención a personas y bienes, en las formas que se establezcan. No obstante esta colaboración ciudadana no debe ser de forma masiva e indiscriminada, ya que, la presencia de personas, simplemente voluntariosas, y no encuadradas en unidades operativas, además de no ser útiles, pueden generar problemas añadidos a los presentes. En este sentido no se admitirá la presencia en el escenario ni la colaboración de personas que no sean previamente llamadas o admitidas en función de una tarea específica. En todos los casos actuarán bajo instrucciones de persona responsable o bajo el mando operativo. 22 Por todo ello la captación de voluntariado se hará preferentemente con carácter previo, a fin de contar con personas preparadas, en función de tres grupos básicos: Agrupación municipal de Voluntarios de Protección Civil integrado por aquellas personas que manifiesten una identificación con los objetivos y adquieran la capacitación necesaria. Asociaciones Civiles legalmente constituidas para la prestación no lucrativa de servicios colaboradoras en actuaciones propias de Protección Civil. Personas cualificadas en determinadas materias o colectivos especializados que se incorporan a tareas relacionadas con Protección Civil. Otras Agrupaciones de Voluntarios relacionadas con la Emergencia se mencionarán en el Catálogo de Medios y Recursos, mencionando expresamente su alcance, finalidad, capacidad y objetivos. Asimismo constará en dicho Catálogo, el responsable con el respectivo teléfono de contacto. 1.7 CENTRO DE COORDINACIÓN OPERATIVA LOCAL (CECOPAL) El Centro de Dirección de la Emergencias es el lugar donde ordinariamente se concentran los órganos decisorios y, en todo caso, se reciben todas las informaciones del escenario de la emergencia; es el lugar donde se toman las decisiones o se reciben de la autoridad competente y se transmiten a los Grupos de Acción. Ante la presencia de siniestro ordinario, de magnitud controlada, cada Servicio municipal (Bomberos, Protección Civil, Policía Local, Servicios de Emergencias Sanitarias, Infraestructuras varias, etc.) actúa, en el ámbito de sus competencias, con sus propios recursos o en colaboración con otros Servicios, sin que sea preciso activar al Plan. Por consiguiente los Centros de Actuación que se citarán, en los próximos apartados, son medios o recursos extraordinarios adscritos de forma específica, en caso de emergencia, y condicionados a la activación del Plan. Siguiendo esta definición, se denomina emergencia, en un sentido amplio tanto el desencadenamiento de un siniestro, como cualquier evento que por su magnitud, cualitativa o cuantitativa, sea capaz de generar un siniestro. 23 En definitiva cualquier previsión contemplada en el P.E.M.O, referente a "Identificación de riesgos", puede ser objeto de declaración de emergencia por parte del Director del Plan. Por último, el CECOPAL integra al conjunto de recursos humanos y materiales que se organizan para llevar a cabo la gestión de una emergencia desde que se ordena la activación del Plan hasta que se declara su finalización. 1.8 SISTEMA DE AUTOPROTECCIÓN CORPORATIVA Y CIUDADANA Se debe fomentar la autoprotección ciudadana, como medida de protección de la población con sus propios medios ante una situación de emergencia que requiera la actuación de la protección civil. Para ello hay que establecer como primera fórmula de actuación un complejo sistemas de acciones preventivas e informativas. En consecuencia, la población debe adquirir conciencia de los riesgos que pueden sufrir y familiarizarse con las medidas de protección que en su caso, debe utilizar. Se debe garantizar un sistema de formación, divulgación y práctica continuada de las medidas de autoprotección a utilizar por la población ante una emergencia determinada. 1.8.1 MEDIDAS DE AUTOPROTECCIÓN A continuación se señalan las medidas de autoprotección a seguir por parte de la población expuesta y las medidas a adoptar por parte de las autoridades municipales para difundir dichas medidas entre los ciudadanos. Se proponen desarrollar las siguientes medidas: Por parte de los servicios técnicos municipales competentes se establecerán los controles y Medidas Preventivas oportunas en las siguientes redes: Agua. Alcantarillado y depuración. Alumbrado público. 24 Por parte de los servicios técnicos de la administración autonómica y estatal se establecerán los controles y Medidas Preventivas necesarios en las siguientes redes o infraestructuras: Carreteras y autopistas. Por parte de las empresas privadas, propietarias o concesionarias de redes de suministro se establecerán controles y Medidas Preventivas en las siguientes redes: Alumbrado privado y estaciones transformadoras. Gas Teléfono Ferrocarriles. Estaciones/ túnel bajo la ciudad de Oviedo Transporte colectivo interurbano Transporte colectivo urbano Por parte de la Administración Municipal se exigirá el cumplimiento de la obligación de disponer todos los edificios, locales o actividades que entrañen pública concurrencia de un Plan de Autoprotección contra incendios y otros siniestros según se establece en el R.D. 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección, de los Centros, Establecimientos y Dependencias dedicadas a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. Edificios municipales Edificios de la administración, autonómica y del Estado Edificios de titularidad privada A continuación se detallan las medidas a adaptar ante las siguientes emergencias: 1.8.1.1 EMERGENCIAS NUCLEARES Medidas de Autoprotección El Consejo de Seguridad Nuclear propondrá las medidas de protección que deban adoptarse en cada caso. Al director del plan de Emergencia Nuclear y este a su vez al director del Plan de Actuación Municipal en Emergencia Nuclear (PAMEN). 25 Se entiende por autoprotección personal el conjunto de actuaciones y medidas realizadas con el fin de evitar o disminuir sensiblemente la contaminación superficial o la inhalación de partículas dispersas en el aire. Estas actuaciones incluyen desde métodos y técnicas sencillas, generalmente al alcance de la población afectada, como el uso de prendas alrededor del cuerpo o colocadas en los orificios nasales, el taponamiento de rendijas en los accesos de dependencias, o la parada de los sistemas de ventilación, hasta otras más sofisticadas que exigen para su utilización de unos requerimientos especiales y, normalmente, están destinados a la protección del personal que interviene en la emergencia, como el uso de equipos de respiración, de vestimenta especial o de equipos de medida de la radiación. En cualquier caso la medida principal de autoprotección en este caso es la máxima atención a los medios de comunicación locales que se encargarán de difundir las medidas a tomar en cada caso según el tipo de incidente. Las medidas urgentes típicas son: confinamiento, profilaxis radiológica y evacuación. Confinamiento: permanencia en los edificios Profilaxis básica: Ingestión de yodo Evacuación: albergue en lugares apropiados no expuestos Si bien el Plan de actuación es responsabilidad del Estado, hablaremos a grandes rasgos de este tipo de riesgo particularizado en el Concejo de Oviedo. Dentro de los objetivos de este Plan figuran dos aspectos, uno la solución del accidente como tal, y otro el referido a los aspectos radiactivos implicados en el mismo. Las acciones a emprender, caso de una emisión incontrolada de radiactividad, son: Avisar al personal adecuado para la intervención Medir niveles de radiactividad en el lugar del accidente Señalar con balizas el área peligrosa Evacuar a las personas fuera del área señalada. Realizar intervenciones específicas en condiciones de seguridad Todas aquellas propias de la emergencia que no estén relacionadas con la radioactividad. Detener el tráfico de materias y personas por el área peligrosa. 26 Fijar la contaminación si es posible Mantener un control de la situación e impedir su evolución a mayor gravedad. La labor de los cuerpos municipales estaría encaminada a definir el accidente, delimitarlo, aislarlo, impedir su evolución a mayor gravedad, comunicarlo por vía oportuna a las instancias especificas, seguir su evolución controlada y preparar el camino para la actuación en unas mejores condiciones, de otros cuerpos del Estado especializados en este tipo de intervenciones. Por lo que respecta a transporte de material radiactivo que pudiera haber tenido algún tipo de accidente, habrá que proceder a un acordonamiento de la zona, y habría que tener en cuenta la posible liberación o no de sustancias radiactivas y su diseminación. Habría que notificar este hecho a la mayor brevedad tanto al Consejo de Seguridad Nuclear como a la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (ENRESA), Delegación de Gobierno y a la Dirección General de Protección Civil indicando entre otros datos: Nombre del comunicante Tipo de accidente Lugar y hora del suceso Tipo de vehículo y de contenedor implicado Actividad de las fuentes Medida de la radiactividad presente Anotar distancias a edificios Anotar cursos de agua cercanos, pozos o manantiales Determinar la presencia de viento, intensidad y dirección Anotar proximidad de campos de cultivo y depósitos de alimentos Si quedase cortada al tráfico una vía de comunicación de importancia nacional, se comunicaría a la Dirección general de Tráfico, y si se tratase de transporte por vía férrea a la Dirección General de RENFE o FEVE. En el caso de que hubiera personas afectadas desde el punto de vista radiactivo se procederá a la evacuación al centro asistencias adecuado y se procederá a una vigilancia higiénica para no agravar las posibles 27 contaminaciones a más personas. Los posibles destinos de las personas afectadas serían los servicios hospitalarios: Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA), Hospital Monte Naranco, y Centro Médico. 1.8.1.2 INCENDIOS FORESTALES Los incendios forestales suelen estar presentes en el Concejo de Oviedo con carácter estacional. De las estadísticas se deduce la existencia de dos épocas al año en el que se produce el mayor número de incendios. Esto se debe a que las condiciones meteorológicas reinantes en esas épocas resultan favorables para la propagación de los mismos. Estas dos épocas de peligro meteorológicos suelen ser: De riesgo alto: desde primeros de enero a mediados de abril. Este periodo se caracteriza por la escasez de lluvias y predominios de vientos de componente sur, que desecan la vegetación y favorecen la propagación del fuego. De riesgo medio: desde primeros de julio hasta finales de octubre. Meses con altas temperaturas que se prolongan durante el verano y consiguiente estado de sequía del combustible vegetal después del periodo estival. El inicio de los incendios suele estar asociado en la mayoría de los casos a la actividad humana. Predominan el incendiario y la negligencia en el uso del fuego como herramienta agrícola, practica muy arraigada en la cultura rural asturiana. NOTA: cabe reseñar la redacción de un plan específico en materia de Incendios Forestales (INFOMO) Medidas de Autoprotección Conviene recordar que las medidas de prevención ayudan a reducir el daño que puede derivarse de los desastres. En caso de emergencia, conocer algunas pautas de autoprotección, ayuda a tomar decisiones que pueden favorecer tanto su seguridad como la de los demás. Los incendios forestales son uno de los fenómenos de carácter natural que pueden ocasionar situaciones de riesgo para las personas. Además constituyen un problema medioambiental muy grave. Un comportamiento responsable, procurando no encender fuego en el campo cuando exista riesgo de incendio, es la mejor medida para evitar los incendios forestales. 28 Conocer el entorno y los riesgos con los que puede encontrarse, ayuda a tomar medidas para evitar que éstos se produzcan. Por eso, en épocas de riesgo de incendio, para adentrarse en el monte es necesario conocer bien el terreno, las vías de comunicación y caminos alternativos y procurar caminar siempre por zonas de gran visibilidad. Si se encuentra en las proximidades de un incendio Trate de alejarse por las zonas laterales del mismo y más desprovistas de vegetación. Recuerde que un cambio en la dirección del viento puede hacer que el fuego le rodee. Por tanto, vaya siempre en sentido contrario a la dirección del Viento. Procure no dirigirse hacia barrancos y hondonadas, ni intente escapar ladera arriba cuando el fuego ascienda por ella. 1.8.1.3 INUNDACIONES Consideramos sólo las inundaciones por crecidas de los ríos y no tendremos en cuenta las debidas a roturas de presas. NOTA: cabe reseñar la redacción de un plan específico en materia de Inundaciones. Medidas de Autoprotección Ante el riesgo de inundaciones: Revise su tejado y bajantes de agua, así como la cuneta o acequia próxima a su vivienda, evitando toda acumulación de escombros, hojas, tierra, etc. Almacene agua y alimentos para unos días. Provéase de un equipo de emergencia para cocinar. Tenga preparados una linterna con pilas de repuesto, una radio de pilas, un pequeño botiquín de primeros auxilios y aquellos medicamentos que se usen habitualmente. Retire del exterior de su casa muebles y objetos que puedan ser arrastrados por las aguas. Coloque todos los productos tóxicos (herbicidas, insecticidas, etc.) fuera del alcance del agua. 29 Ponga documentos, bienes y objetos de valor en los puntos más altos de la vivienda. Si dispone de tiempo lleve muebles y objetos al piso superior. Desconecte los aparatos o equipos eléctricos, pero no los toque si está mojado o pisando agua. Guarde el coche en el garaje o lugar cerrado, siempre que no sea susceptible de inundación. No estacione vehículos ni en cauces secos, ni en orillas de ríos, para evitar ser sorprendido por una súbita crecida de agua o por una riada. Manténgase permanentemente informado a través de la radio y de otros medios de comunicación de las predicciones meteorológicas y estado de la situación para estar informado sobre la posibilidad de lluvias intensas o avenidas, estado de las carreteras y, en su caso, medidas de precaución y consejos de actuación. Siga las normas sanitarias y de higiene, dictadas por las autoridades, en la limpieza y en la alimentación. No beba agua de la red si se encuentra contaminada a consecuencia de las inundaciones. Preste atención a los corrimientos de tierra, socavones, sumideros, cables de conducción eléctrica flojos o derribados y, en general, a todos los objetos caídos. Si ve alguna posibilidad de inundación repentina en su zona, múdese inmediatamente a un lugar más seguro, corte las llaves de gas, agua y desconecte la energía eléctrica utilizando, preferentemente, linternas para el alumbrado no espere instrucciones y notifique a las autoridades el peligro. Localice los puntos más altos de la zona donde se encuentre, súbase a ellos en caso de posible riada e invite a los demás a hacerlo. Dentro de la unidad familiar, todos deben conocer las vías y lugares de evacuación, enseres que deberá transportar cada miembro de la unidad familiar, incluyendo tarjetas identificativas cosidas a las prendas exteriores con el nombre, dirección del domicilio habitual, teléfono y lugar al que se dirigen. Evite utilizar el teléfono inútilmente para no sobrecargar la red. Si tiene que abandonar su vivienda Cosa la tarjeta identificativa a los integrantes del grupo familiar. Coja sus documentos, botiquín, alimentos, ropa de abrigo, objetos valiosos poco voluminosos, linterna y una radio de pilas. Desconecte la electricidad, el gas y el agua. No toque los aparatos eléctricos si están mojados. 30 Cerrar y asegurar sus ventanas y puertas para que no puedan ser destruidas por vientos fuertes, el agua, objetos volantes o escombros. Cerrar la puerta o puertas de acceso a la vivienda. Al llegar a su destino: Notifique su llegada a la autoridad local y sus datos personales, si el municipio así lo requiere. Si se aloja en domicilio particular, no olvide ser cuidadoso en el respeto a la intimidad y costumbres de la familia que le alberga. Esmérese en el trato de todo aquello que pongan a su disposición. Si se aloja en albergue colectivo, respete al máximo las normas sociales de convivencia y las instrucciones que reciba. Sea siempre, en todo caso, solidario con los demás y cuidadoso con los que estén a su cargo. No propague rumores o informes exagerados de los daños. Si se encuentra en el campo No estacionar ni acampar en cauces secos ni a la orilla de los ríos, para evitar ser sorprendido por una súbita crecida de agua o riada. Aléjese de la base de las colinas para no verse alcanzado por el agua que discurre por las laderas y que a menudo arrastra barro y restos de árboles y piedras. Evite atravesar vados inundados. Diríjase siempre a los puntos más altos de la zona. Si ha de emprender un viaje en su automóvil Atienda las informaciones de las emisoras de radio locales, o infórmese de la situación meteorológica en las zonas a que se va a desplazar. Evite viajar de noche y procure circular, preferentemente por carreteras principales y autopistas, moderando la velocidad. Conduzca con prudencia y compruebe el funcionamiento de los frenos periódicamente. No debe cruzar en automóvil vados que salvan barrancos u otros tramos de carreteras si están inundados. La fuerza del agua lo puede arrastrar. 31 Preste atención a corrimientos de tierra, socavones, sumideros, cables de conducción eléctrica flojos o derribados y, en general, a todos los objetos caídos. Si la lluvia es muy intensa, detener el vehículo junto al primer bar, hostal, casa o cualquier construcción firme próxima a la carretera hasta que disminuya la intensidad de la lluvia. Abandone el vehículo y diríjase a zonas altas cuando: El vehículo quede inmovilizado por el agua. El nivel de agua suba demasiado en la calzada. El agua llegue por encima del eje del vehículo. Encuentre dificultades para abrir la puerta del vehículo. Si esto le ocurre salga por la ventanilla sin perdida de tiempo. Una vez que ha pasado el peligro, tras la inundación Mantener la calma, es decir, luchar contra el pánico. Verificar si hay heridos en los alrededores y si es posible, socorrerlos. Escuchar la radio pero no llamar por teléfono inútilmente. Colaborar con los órganos oficiales del rescate y los servicios de asistencia previstos para las personas damnificadas. Colaborar en la identificación de los cadáveres. Ofrecerse a cooperar en los trabajos de rehabilitación. Efectúe una inspección previa por si existiera riesgo de derrumbamiento, grietas, deformaciones en los muros, etc. Colabore en las tareas de desescombro y limpieza. 1.8.1.4 QUÍMICOS: Accidente mayor en la industria Química o asimilable Medidas de Autoprotección Recomendaciones en caso de intoxicación por Productos Químicos. 32 Si manipula materiales peligrosos, no sólo en el trabajo, ya que sustancias potencialmente peligrosas se utilizan en tareas domésticas, jardinería y entretenimientos, siga los procedimientos de seguridad recomendados para cada producto. Evite el contacto con productos químicos que podrían provocar reacciones peligrosas. Estudie las propiedades de las sustancias que manipula o transporta y las medidas para hacer frente a los accidentes. En los accidentes de carretera o ferroviarios en los que se ve involucrada alguna cisterna, o cualquier otro vehículo utilizado para el transporte de mercancías peligrosas. Manténgase alejado y siga las instrucciones que se dan en el caso de "Accidentes en el transporte de mercancías peligrosas". Si se divulga por las autoridades competentes una alarma ante una posible contaminación aérea por escape de producto tóxico, adopte las siguientes precauciones: Permanezca en el interior de sus casas hasta que se les avise que el peligro ya ha pasado. No vaya a buscar a los niños al colegio, allí estarán más seguros. Cierre lo más herméticamente posible puertas, ventanas, orificios de ventilación, chimeneas, etc. Si es necesario obtúrelos con trapos mojados con agua. No haga uso de aparatos de aire acondicionado u otro tipo de ventilación exterior, apague los sistemas de calefacción. Rehúya los puntos bajos de edificaciones (sótanos, garajes, etc.) Si es posible, suba a los pisos más altos. En caso de que el gas que se dispersa sea más ligero que el aire (ácido cianhídrico, monóxido de carbono, etc.) debe aplicarse el criterio inverso. En caso de encontrarse al aire libre y sin refugio posible corra siempre en dirección transversal al viento, evitando las hondonadas del terreno. Protéjase boca y nariz con un pañuelo mojado. No coma, ni fume, ni encienda fuego, evite cualquier punto de ignición. Escuche las emisoras de radio locales y siga las instrucciones y recomendaciones que irán dando las autoridades. 33 Para evitar una intoxicación por productos tóxicos hay que: Seguir cuidadosamente las instrucciones de empleo indicadas por el fabricante en las etiquetas de los envases. Mantener los productos tóxicos en sus envases originales y sin quitar las etiquetas. Si no fuera posible, se deben recoger en otros recipientes que no se presten a confusión, nunca guardarlos en botellas o recipientes que puedan confundirse con productos alimenticios, también hay que etiquetarlos claramente. No almacenar conjuntamente distintos tipos de productos, sobre todo los de limpieza, especialmente en el caso de la lejía y el salfumán (se produce un fuerte desprendimiento de cloro que es un gas tóxico). Los productos tóxicos deben estar en lugar cerrado y alejado de productos alimenticios. No utilizar los productos tóxicos, especialmente los destinados a limpieza, de una forma indiscriminada y con abundante dosis. No permanecer en habitáculos en los que se haya trabajado con productos tóxicos tales como barnices, pinturas, pegamentos, etc. No pulverizar insecticidas y productos de jardinería sobre alimentos, personas o animales domésticos; no permanecer en habitaciones tratadas con insecticidas hasta transcurrido un tiempo prudencial. Cuando manipule pinturas, disolventes y adhesivos, hágalo en locales bien ventilados. No se lave las manos con disolventes. No permanezca en las habitaciones recién pintadas hasta que desaparezca el olor de disolvente. Para evitar una intoxicación por gases tóxicos: No sitúe calentadores de gas, estufas y braseros en locales mal ventilados. Controle la buena combustión de braseros. No emplee estufas de gas y braseros en dormitorios. Cierre la llave de paso al finalizar la utilización del gas y siempre por la noche. Evite las corrientes de aire sobre la llama que puedan apagarla y vigile los recipientes con líquidos sobre el fuego que, al hervir, rebosen y apaguen la llama. Vigile que los calentadores queman bien el gas y que no existen escapes. Mantener en buenas condiciones los conductos de ventilación de humos y residuos de combustiones a través de chimeneas, extractores o rejillas de ventilación. 34 Si percibe olor a gas no accione interruptores ni encienda cerillas. Ventile los recintos en los que se prevea una acumulación de gas toxico, y ante ella, salga a respirar aire puro lo antes posible, y elimine las sustancias químicas con mucho agua, pero hay que tener mucho cuidado porque añadir agua a algunos productos químicos puede provocar reacciones aún más peligrosas. Aprenda las propiedades de las sustancias que manipula o transporta y las medidas para hacer frente a los accidentes. No mantenga el coche con el motor en marcha en garajes pequeños o en locales mal ventilados. Todos los medicamentos son potencialmente tóxicos si no se utilizan en las dosis y para las patologías indicadas médicamente, por ello: No tome medicamentos no prescritos por el medico ni los aconseje a los otros posibles pacientes. Debe seguir estrictamente las normas de todos los productos tóxicos medicamentosos en cuanto a su envasado y ubicación. Los medicamentos no deben estar al alcance de los niños. Deben guardarse bajo llave. Cerciórese de que los medicamentos que se van a ingerir no hayan superado la fecha de caducidad. Adopte precauciones con los medicamentos cuando posteriormente tenga que conducir, especialmente si producen somnolencia. 1.8.1.5 TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS 1.8.1.5.1 Por carretera NOTA: cabe reseñar la redacción de un plan específico en materia de Transporte de Mercancías Peligrosas. Medidas de Autoprotección Debe saber que los vehículos con etiquetas de peligro y paneles de identificación sobre fondo naranja pueden llevar alguna de las siguientes mercancías: materias explosivas, materias líquidas o gaseosas a presión, materias líquidas o sólidas inflamables, materias comburentes, materias tóxicas, materias radiactivas o materias corrosivas. 35 Circulando detrás de un vehículo, camión o cisterna de mercancías peligrosas es muy importante: Guardar rigurosamente un espacio suficiente de separación, procurando no circular nunca pegado a ellos. La distancia de seguridad dependerá de las características del producto transportado, terreno, velocidad, etc. Si conduciendo detrás de un vehículo que lleve placas de transporte de mercancías peligrosas, observa alguna anomalía en su cisterna (emanación de gases, fugas o derrame de su contenido), comuníquelo urgentemente al conductor y notifíquelo al teléfono de emergencia 112. Es conveniente evitar el estacionamiento en las proximidades de los aparcamientos de este tipo de vehículos. Si presencia un accidente de un vehículo que transporta mercancías peligrosas siga las siguientes recomendaciones: Si ignora qué sustancias son las implicadas en el accidente o qué debe hacer, NO INTERVENGA, manténgase alejado e informe inmediatamente llamando al Teléfono 112, facilitando los siguientes datos: Tipo y lugar del accidente. Los números superior e inferior del Panel Naranja. Etiquetas de peligro. Estado del conductor. Número de heridos. Si hay otros vehículos implicados. Si tiene conocimientos de mercancías peligrosas: Debe detener su vehículo en sentido contrario a la dirección del viento. La aproximación al lugar del siniestro debe efectuarse, siempre que sea posible, por la parte lateral del vehículo, y en sentido a la dirección del viento. Observe en primer lugar las Etiquetas de Peligro en forma de rombo colocados en los laterales del vehículo. Si hay dibujado en ellas una llama, ésta indica productos inflamables ¡CUIDADO! 36 Compruebe el tipo de accidente: sin fuga, con fuga, derrame, incendio o explosión. Trate de auxiliar al conductor o ayudante y siga sus instrucciones. Ellos tienen la formación adecuada para saber cómo actuar. No tome iniciativas por su cuenta. Tome nota de los números de la Placa Naranja (rectángulo colocado en la parte delantera, trasera o lateral del vehículo) La letra X delante de los números indica la prohibición absoluta de echar agua sobre el producto. 33 1088 1.8.1.5.2 Por ferrocarril Medidas de Autoprotección Cumplimiento de los Planes de Autoprotección del Sistema Ferroviario. 1.8.1.5.3 Por transporte aéreo Medidas de Autoprotección Cumplimiento de los Planes de Autoprotección del transporte aéreo. 1.8.1.6 ACCIDENTES EN EL TRANSPORTE CIVIL 1.8.1.6.1 Carretera Medidas de Autoprotección Recomendaciones ante los accidentes de tráfico. Ante todo y sobre todo, cumpla escrupulosamente el Reglamento de Circulación, aunque vea que otros dejan de cumplirlo. 37 La prisa es el mayor enemigo del automovilista. Tenga en cuenta que "siempre es preferible perder un minuto en la vida que la vida en un minuto". Tenga su coche siempre a punto y dótelo del extintor adecuado. En un accidente de carretera, la secuencia de actuaciones es: Proteger el lugar de los hechos. Alertar a los servicios de socorro llamando al Teléfono 112 Socorrer a las víctimas. Si se encuentra con un accidente en la carretera, antes de examinar la situación de las víctimas, es preciso mantener la seguridad de la circulación en el lugar del accidente para lo que debe: Colocar triángulos de señalización de peligro (a 50 m. o 100 m. en autopista o autovía) y poner en funcionamiento la señalización de avería y las luces que en cada circunstancia sean obligatorias. Desconectar el motor del vehículo accidentado. Si no se puede acceder a la llave de contacto, desconectar los cables que llegan a la batería e inmovilizar el vehículo (freno de mano, calzos). Estacionar su vehículo en lugar seguro, donde no perjudique la circulación y fuera de la calzada. Si el coche se ha incendiado use agua, extintor o arena. (No eche agua sobre el combustible vertido, use arena o agente extintor). Pida auxilio por el medio más rápido llamando al Teléfono 112, o por medio de los Postes de Auxilio SOS si existiesen. Facilite a estos organismos la mayor información posible, datos tales como: lugar exacto del accidente, qué ha sucedido, número y estado de gravedad de las víctimas, etc. Si se teme riesgo de incendio, evacuar a cada herido de la siguiente manera: Colóquese detrás del herido. Introduzca las manos por debajo de las axilas. Coja su mentón con una de las dos manos y apriételo contra el pecho. Con la otra mano, tomar el antebrazo y tirar hacia arriba. 38 Actuación con los heridos: Si el herido sangra abundantemente, tapar la herida con mano o puño y presionar con un pañuelo. Si el herido está inconsciente, hay que recostarlo de lado para evitar que se asfixie con su propia lengua. Si el herido es un motorista, no le quite el casco y trate de mantener en el mismo plano cabeza y torso. Preste los primeros auxilios a las víctimas según sus conocimientos, pero procure mover al accidentado lo menos posible. Si la víctima no respira, o si la respiración es irregular, hay que practicarle inmediatamente la respiración artificial. En caso de "shock" es primordial poner los pies de la víctima en alto o protegerla del frío poniéndola una manta, incluso en verano, hasta que sea trasladado a un centro hospitalario o se lleve a cabo su evacuación. El traslado de los heridos debe hacerse en vehículos especiales y por personal competente especializado. Nunca se debe intentar meter a un herido en el asiento trasero de un coche, deberá ir tumbado sobre una superficie dura. En la mayoría de los casos es preferible dejarlo tumbado en la carretera, bien abrigado, en espera del transporte sanitario. Sólo en casos excepcionales como puede ser un lugar incomunicado o alejado, etc., se justifica el traslado en un vehículo particular (mejor furgoneta o camión) y por personal no especializado, siempre que se haga a una velocidad moderada, sin brusquedades, acompañado por alguien que observe la evolución de su estado y tranquilice al herido, y el accidentado vaya en una posición adecuada. Todo herido o lesionado en accidente de tráfico debe ser visto por un médico, aún cuando su estado en apariencia no haya presentado complicaciones, y de manera muy expresa aquellos sujetos que hayan padecido traumatismos craneales o faciales. Impida que el público rodee a los accidentados o que permanezca en la calzada. Compruebe que los calzos, si se han utilizado, han sido retirados de la carretera. Si en el lugar del accidente ya se encuentra algún servicio de rescate, salvo indicación expresa de los agentes que controlan la circulación, no se detenga a curiosear porque puede provocar retenciones u otros accidentes. 39 1.8.1.6.2 Ferrocarril Medidas de Autoprotección Las medidas en caso de accidente por Ferrocarril son genéricamente las mismas que en un accidente por carretera. Si se produce un accidente el problema se centra en: Rescate de las personas atrapadas y politraumatizadas, con riesgo añadido de quemaduras. Tratamiento médico "in situ" y, previo triaje, traslado a los Centros Hospitalarios. Reagrupamiento de personas, identificación y traslado al lugar de acogida que se haya determinado. Estudio de la repercusión del accidente en otros trenes, estando en vías próximas o en circulación. Afectación a personas situadas en los andenes. Estudio del impacto en las estructuras afectadas. Posibles incendios de edificios y trenes. Si el accidente es en túneles urbanos, estudio del posible incendio con intoxicación por gases de combustión y asfixia por falta de aire. Pérdida de orientación, angustia y pánico. 1.8.1.6.3 Aéreo Medidas de Autoprotección Las medidas de autoprotección ante un accidente aéreo son las específicas si Vd. se encuentra en el avión. En la zona afectada por la caída son las mismas que incendio. 1.8.1.7 ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN MEDIO ACUÁTICO Medidas de Autoprotección Cumplimiento de la Normativa vigente y utilización de embarcaciones y material homologado. De forma genérica habrá que tener en cuenta los siguientes puntos: 40 Seguridad en la navegación Compruebe el buen estado de la embarcación y revise el buen funcionamiento y estado de Equipos. Tenga al día su titulación náutica y la documentación reglamentaria, de acuerdo con su embarcación y navegación a realizar. NUNCA embarque más tripulantes de los permitidos. Supervivencia en aguas frías El cuerpo humano pierde temperatura por radiación, conducción, evaporación y convección, factores todos que se reúnen de forma notable en la mar y que se acentúan si estamos inmersos en ella; siendo en este caso, mayor la pérdida de calor que la capacidad del cuerpo para generarlo, lo cual conduce a una hipotermia y sucesivamente a la pérdida de consciencia y muerte. El tiempo de supervivencia de una persona en el agua varía en función de la ropa o traje que use, de la temperatura del agua, de su constitución, fatiga, etc. pudiéndose estimar que sin protección y en agua de temperatura entre 15 y 20 grados, el tiempo de supervivencia estaría en torno a 12 horas, bajando a las 6 horas si la temperatura del agua estuviera entre los 10 y 15 grados. Actividades subacuáticas Verifique el perfecto estado de sus equipos y realícelas acompañado, o con una persona en superficie que pueda ayudarle en caso de peligro. Incluya un cuchillo en su equipo de buceo por obstáculo. El frío es uno de sus peores enemigos. Protéjase con trajes isotérmicos adecuados y no sobrestime sus fuerzas. Deberá balizar su posición para advertir de su presencia a otros usuarios. 1.8.1.8 INCENDIOS, EXPLOSIONES Y OTROS 1.8.1.8.1 Incendio Industrial Medidas de Autoprotección Cumplimiento de las medidas de protección específicas en cada una de las actividades, así como cualquier otra Normativa vigente. Norma Básica de la 41 Edificación, R.D. 314/2006, de 17 de marzo, Ordenanza Municipal, Código Técnico de la Edificación y modificaciones posteriores. Medidas de Autoprotección En caso de incendio: Avise al 112 y/o al 080 y notifique de forma clara y concisa lo que sucede. En lugares públicos, hoteles o centros de trabajo de la alarma y respete las instrucciones establecidas. Proceda a la evacuación siguiendo las vías y salidas de emergencia indicadas. Camine deprisa pero sin correr. Protéjase del humo caminando a gatas, al lado de las paredes y tapando nariz y boca con un trapo húmedo. No utilice el ascensor. Evite las corrientes de aire. Cierre la puerta de la habitación donde se produjo el fuego. Corte la corriente eléctrica si el fuego afecta a una instalación eléctrica. Si tiene cerca un extintor, ataque la base de las llamas después de haber alejado los objetos que puedan propagar el fuego. Si es un producto líquido lo que arde, sofóquelo con trapos mojados. Si el fuego está dentro de un recipiente, tápelo. Si se le prende la ropa a una persona hágale rodar por el suelo. Si dispone de agua, mójele. Si hay fuego o humo detrás de la puerta de una habitación, manténgala cerrada, rocíela a menudo y tape las posibles entradas de humo con trapos mojados. Hágase ver por la ventana. Uso de sartenes y freidoras: Nunca mueva una sartén que esté en llamas ya que puede quemarse y volcar todo el aceite. Tampoco intente apagar el aceite hirviendo echándole agua porque puede producirse una explosión de humo que reavivaría el fuego y en una freidora puede ser mortal; el agua es conductora de la electricidad. Tape la sartén con una tapa más grande que la propia sartén y déjela así hasta que se apague. 42 Electrodomésticos: Quite la corriente desconectando el interruptor general del suministro eléctrico de la casa y después, desenchufe el aparato. Utilice una manta para cubrir las llamas. Aléjese de una televisión en llamas ya que la pantalla puede explosionar hacia dentro. No utilice nunca agua. 1.8.1.9 RIESGOS DERIVADOS DE LA METEREOLOGÍA 1.8.1.9.1 Lluvias torrenciales y tormentas Medidas de Autoprotección: Si la tormenta nos sorprende en la ciudad: En la calle, tenga en cuenta que el abrigo de los edificios protege del riesgo de las descargas. Dentro de casa, cuide que no se produzcan corrientes de aire, en las tormentas eléctricas suelen formarse fuertes turbonadas; por lo tanto, cierre puertas y ventanas. No olvide desconectar los aparatos eléctricos, la antena de Televisión, CTV, cables de teléfono, antenas de telefonía o radiotransmisores, etc. Por estos medios pueden descargar los rayos que caigan en los cables de distribución aérea. Informarse mediante receptor de radio a pilas. Si la tormenta nos sorprende en el campo, fuera del entorno Urbano del Término Municipal de Oviedo. Busque zonas bajas evitando lomas, cimas de los montes, árboles altos y piedras grandes y aisladas. No colocarse nunca debajo de árboles, sobre todo, si están solitarios. No conviene tumbarse en el suelo. No camine por valles profundos, son más seguras las laderas de los montes. Evite zonas de canaletas o drenajes, así como lugares bajos, sobre todo en grandes lluvias, en esos espacios suele escurrir mucha agua y se corre grave peligro. 43 No se siente sobre nada mojado, los zapatos con suelas de goma no son una total garantía para su seguridad. No lleve objetos metálicos cuando haya una tormenta eléctrica, y aléjese de las estructuras metálicas y de las vallas. Siempre que pueda, cobíjese en: Viviendas protegidas con pararrayos. Calles protegidas por edificios cercanos. Automóviles (si va conduciendo y se ve sorprendido por una tormenta, disminuya la velocidad, extreme las precauciones y no se detenga en zonas por donde pueda discurrir gran cantidad de agua). Deben evitarse: Pequeños edificios, graneros, hangares, cobertizos. Tiendas de campaña, carpas, sobre todo si su estructura o armazón son metálicos. Automóviles descapotables. Son muy peligrosos: Campos de golf, terrenos deportivos y campo abierto. Pistas de tenis y estacionamientos. Piscinas, lagos y costas marítimas. Cercanías de cables aéreos, alambradas y vías de ferrocarril. Maquinaria agrícola. Asegúrese una radio y linterna con pilas de repuesto, así como herramientas y el equipo necesario para apagar un incendio. Las emisoras de radio y televisión le facilitan información del Instituto Meteorológico y de Protección Civil. Présteles atención. No propague rumores o informaciones exageradas sobre la situación. 44 1.8.1.9.2 Sequía y Olas de Calor Medidas de Autoprotección La existencia de temperaturas demasiado elevadas (superiores a 40°C), puede producir graves problemas en la salud de las personas aunque no estén expuestas directamente al sol. Tome medidas protectoras. El calor ambiental puede ser muy peligroso, especialmente para niños, ancianos y personas con problemas en las vías respiratorias. No permanezca prolongadamente en un ambiente de alta temperatura. En verano: Evite largas exposiciones al sol, tanto si se encuentra en reposo como andando o trabajando, sobre todo cuando existan olas de calor agobiantes. Evite el fuerte sol de mediodía. No realice grandes esfuerzos físicos bajo el sol. Utilice cremas protectoras y procure ponerse a la sombra. Debe protegerse especialmente la piel de los niños, ya que es muy sensible al sol, por lo que deben utilizar sombrero, camiseta y lociones protectoras. En caso de enrojecimiento de la piel beba abundante líquido y aplique compresas de agua fría sobre la cabeza. Los ungüentos de calamina o de zinc enfrían y suavizan las quemaduras solares. Tras una larga exposición al sol no se introduzca repentinamente en agua fría vaya aclimatando su organismo poco a poco a la nueva temperatura. Un proceso de deshidratación puede suceder como consecuencia de una permanencia prolongada en un ambiente de alta temperatura. En estos casos ingiera líquidos con sales y no realice esfuerzos físicos. Ante una víctima que presente manifestaciones de insolación: Manténgala en sitio fresco. Cúbrale la cabeza y las axilas con compresas mojadas y frías. Dele de beber suero alcalino (Para dos litros: agua hervida, zumo de dos limones, una cucharadita de bicarbonato, una pizca de sal y azúcar o sacarina (en caso de ser diabético). 45 Si la intensidad o la persistencia de los síntomas lo aconsejan debe procurarle asistencia médica. Ante una Ola de Calor, y de modo general: Ahorre agua. No la malgaste lavando el coche o regando el jardín. Ahorre consumo en las labores de limpieza del hogar. Revise cañerías y grifos para evitar pérdidas de agua. Cierre ligeramente las llaves de paso de su vivienda para disminuir el caudal que sale por las canillas. Las labores de higiene y aseo personal deben cuidarse especialmente procurando no tener las canillas abiertas constantemente; las piletas o bañaderas se pueden utilizar taponando el desagüe, siendo suficiente con una tercera parte de su capacidad. Racionalice el uso del agua en el aseo personal: Es preferible ducharse a bañarse, y dúchese abriendo el grifo sólo cuando se proceda a eliminar el jabonado. Utilice lavadoras y lavavajillas con carga máxima. Procure recuperar el agua de las mismas y empléela en usos que no sean de posible contagio. Ej.: patios, veredas. La cisterna del inodoro debe utilizarse únicamente cuando sea imprescindible y disminuya su capacidad mediante la introducción de botellas cerradas o dispositivos de descarga parcial. En el caso de olas de calor no exponerse a altas temperaturas, usar sistemas de refrigeración y beber mucha agua. Evite los ejercicios físicos que causen gran fatiga y sudación. Almacene agua y haga acopio de líquidos sustituibles: aguas minerales, refrescos, etc. Protéjalos de la luz solar. Cuide sus ojos, para que no se vean afectados por una atmósfera seca. Si el agua que consume no es de suministro controlado, ni envasada, hiérvala durante quince minutos antes de beberla. Agregue dos gotas de cloro por vaso, deje reposar unos minutos antes de beber. Vigile el perfecto estado de conservación e higiene de sus alimentos. El agua de la canilla de la pileta donde lava la vajilla y otros utensilios de cocina, debe ser tan segura como la bebida. 46 La sequía afecta a todos los sectores en general (población, agricultura, ganadería, industria, servicios sanitarios, turísticos y sociales) de una forma negativa. Debe intensificarse la cloración del agua en piscinas y lugares proclives a sufrir contaminación. No se bañe en lugares donde el agua pueda estar contaminada. Las autoridades velarán en todo momento por la salubridad pública estableciendo, en cada caso, las correspondientes ayudas y controles epidemiológicos. Riesgos: Falta de agua potable y de riego. Propagación de enfermedades. Desecación de tierras y zonas húmedas. Alteración de flora y fauna con reducción de la producción agrícola. Poca disponibilidad de agua para usos industriales. Distintas situaciones de sequía, según grados de alerta y alarma: Situación normal, con previsión de pasar a situación de alerta en un plazo comprendido entre 10 y 20 días. Situación en la que se requieren medidas de reducción de suministro de agua a la población sobre el consumo normal y se establecen controles sanitarios. Situación en la que se establecen inmediatamente restricciones de abastecimiento de agua del 50% sobre el consumo normal, como mínimo, y controles sanitarios de prevención de epidemias, tanto para la población como para la ganadería. Situación que obliga al suministro de agua mediante recursos ajenos a las localidades afectadas, adoptando medidas sanitarias sobre la población y ganadería. Hay que recordar que: Las emisoras de radio y televisión le facilitan información del Instituto Nacional de Meteorología y de Protección Civil. Présteles atención. No propague rumores o informaciones exageradas sobre la situación. 47 1.8.1.9.3 Viento Medidas de Autoprotección Recomendaciones ante viento fuerte. El viento fuerte con rachas superiores a 90 Km/h produce accidentes que aconsejan la adopción de medidas de precaución, especialmente entre conductores y viandantes. Permanezca atento a la evolución meteorológica a través de los medios de comunicación, sobre todo en caso de tener previstos desplazamientos. En las viviendas: Cierre y asegure puertas, ventanas, balcones y toldos. Retire las macetas, jaulas y otros objetos para evitar su rotura y caída a la calle. Vigile que no haya en las fachadas elementos sin suficiente fijación: canalones, antenas, tejas, etc. Intente retirarlos o asegurarlos antes de la aparición del fuerte viento. Prevenga un sistema de iluminación alternativo ante los posibles cortes de energía eléctrica. Disponga de una radio de pilas para mantenerse informado de la situación. En zonas urbanas: Debe tener mucho cuidado con la caída de cornisas, antenas, paneles publicitarios, andamios y en general con todas las instalaciones provisionales, evitando caminar por las proximidades de aquellos que presenten mal estado o que amenacen peligro de desprendimiento. También debe tomar precauciones delante de edificaciones en construcción o en mal estado. No se proteja del viento en zonas próximas a muros, tapias o árboles. Si el viento arrecia, busque refugio en un portal o establecimiento público. No suba a andamios, sin las adecuadas medidas de protección. Avise al teléfono 112 y/o al 080 si observa algún tipo de peligro a causa del viento: luminosos con mala sujeción, cornisas en mal estado, árboles con ramas quebradas, etc. Es recomendable no utilizar el automóvil, salvo en caso de extrema urgencia. Ante la necesidad forzosa de coger el vehículo las medidas de protección a seguir son: 48 Conduzca con la máxima precaución. Son frecuentes los cortes de carreteras por caídas de árboles, cables de tendido eléctrico o la formación de nubes de arena o polvo que impiden la visibilidad, independientemente de la dificultad para el control del vehículo ante las fuertes rachas de viento. Disminuya la velocidad, y circule con las luces de cruce u ordinarias encendidas si la visibilidad es escasa. Tenga especial cuidado al entrar o salir de los túneles o puentes y cuando adelante a un vehículo pesado. Especial atención a los cambios de rasantes. En zonas no urbanas del Término Municipal de Oviedo: Busque zonas bajas y evite colinas, cimas de los montes, árboles altos y piedras grandes y aisladas. No se cobije nunca bajo un árbol solitario. Evite refugiarse en pequeños edificios de escasa consistencia (graneros, hangares, cobertizos, tiendas de campañas, etc.). En el caso de advertir la presencia de cables de tendidos eléctricos caídos, no los toque y aléjese de ellos. No se aproxime tampoco a cables aéreos, alambradas y vías de ferrocarril. 1.8.1.9.4 Nevadas y Olas de frío Medidas de Autoprotección Recomendaciones ante Olas de Frío, Hielos y Nevadas Si pasa mucho tiempo en el exterior: Lleve ropa y calzado adecuado para el mal tiempo. Lleve varias prendas ligeras y cálidas superpuestas, antes que una sola prenda de tejido grueso. Las manoplas proporcionan más calor que los guantes. Evite la entrada de aire extremadamente frío en los pulmones, protéjase rostro y cabeza. Evite prendas ajustadas para que el aire circule y actúe como aislante. Evite salir cuando hay ventisca ya que la visibilidad es mínima. 49 Procure evitar ejercicios físicos excesivos, puesto que el frío no es bueno para la circulación sanguínea. Ante una ola de frío intenso es aconsejable no viajar con automóvil propio. Optar, si es posible, por transporte público. Si no le queda más remedio que utilizar su vehículo debe: Informarse antes de los riesgos de inclemencias en las zonas por las que va a desplazarse. Procurar no viajar sólo, hacer el viaje de día usando las carreteras principales si es posible, y evitar conducir cuando hay ventisca, ya que se reduce la visibilidad. Antes de emprender un viaje: Revise los frenos, neumáticos y sistemas de alumbrado, asegurándose de que se encuentran en perfecto estado. Reponga el líquido anticongelante, siendo aconsejable llevar envases con más líquido anticongelante de repuesto. Verificar las bujías. Llene él depósito de combustible. Lleve cadenas, pala, cuerda, radio, linterna, ropa de abrigo y algún alimento rico en calorías. También es conveniente llevar un teléfono móvil así como dispositivo de alimentación de energía para el mismo. Asegúrese de que alguien sepa a dónde se dirige, su horario previsto y el tiempo aproximado de llegada a su destino. Si entra en una zona de hielo o nieve dura: Conduzca a baja velocidad y con suavidad. Utilice marchas cortas, evitando en todo momento frenar bruscamente, (hágalo con leves y sucesivas pisadas al pedal), es mejor que el vehículo cruce la zona por propia inercia. No circule nunca en punto muerto. No de giros bruscos. Acelere poco a poco y con suavidad. Mantenga considerables distancias de seguridad con otros vehículos. 50 No utilice las marcas dejadas por otros vehículos, es mejor conducir por nieve "virgen". Debe tener especial precaución con las zonas de umbría, donde da poco o nada el sol, ya que suelen mantener placas de hielo durante todos los meses invernales. Si el temporal le sorprende dentro del coche y lejos de un pueblo debe: Permanecer dentro del vehículo. Mantener el motor del vehículo en funcionamiento. Tener la calefacción del vehículo encendida, renovando el aire del interior del mismo cada cierto tiempo. Es muy importante evitar no quedarse dormido. Comprobar que se mantiene libre la salida del tubo de escape para que el humo no penetre en el coche. Si tuviera que abandonar el coche, colocar un pañuelo, preferiblemente de color llamativo, en la antena para facilitar su localización en caso de que quedara tapado por la nieve. Si carece de experiencia en la conducción de vehículos en estas condiciones climatológicas, deténgase con las luces de cruce encendidas, a ser posible en travesía y siempre fuera de calzada, para no obligar a frenar o detener la marcha de