Constitución Española de 1978 (PDF)

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1978

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Spanish Constitution Political Science Constitutional Law Spanish Government

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This document details the Spanish Constitution of 1978. It covers general principles, structure, content, and fundamental rights. The text emphasizes its characteristics, such as being a written and codified, extensive, rigid, consensual, monarchical, and popularly-derived constitution.

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LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. PRINCIPIOS GENERALES, ESTRUCTURA Y CONTENIDO. LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. PRINCIPIOS GENERALES, ESTRUCTURA Y CONTENIDO 1. ELABORACION Y APROBACION. La Constitución, elaborada por una ponencia de 7 miembros designad...

LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. PRINCIPIOS GENERALES, ESTRUCTURA Y CONTENIDO. LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. PRINCIPIOS GENERALES, ESTRUCTURA Y CONTENIDO 1. ELABORACION Y APROBACION. La Constitución, elaborada por una ponencia de 7 miembros designados por las Cortes Generales, se aprueba por las Cortes el 31 de octubre de 1978. El 6 de diciembre se ratificó en referéndum. Fue sancionada y promulgada por el Rey el 27 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre de ese año. 2. CARACTERISTICAS DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA: La Constitución Española (CE) se caracteriza por ser escrita y codificada, extensa, rígida, consensuada, monárquica y de origen popular. 3. ESTRUCTURA Y CONTENIDO. La CE consta de 169 artículos y se estructura en: Preámbulo Título Preliminar: Principios Generales (arts. 1 al 9) Titulo I se dedica a los derechos y deberes fundamentales (arts. 10 al 55) Titulo II se dedica a la Corona. (arts. 56 al 65) Titulo III regula Las Cortes Generales (arts. 66 al 96) o Capítulo I: De las Cámaras o Capítulo II: De la elaboración de las leyes o Capítulo III: De los Tratados Internacionales Titulo IV trata sobre el Gobierno y la Administración. (arts. 97 al 107) Titulo V regula las relaciones del Gobierno con las Cortes. (arts. 108 al 116) Titulo VI trata del Poder Judicial (arts. 117 al 127) Titulo VII regula el sistema de Economía y Hacienda. (arts. 128 al 136) Titulo VIII se dedica a la Organización Territorial del Estado (arts. 137 al 158) o Capítulo I: Principios generales o Capítulo II: de la Administración Local o Capítulo III: de las Comunidades Autónomas Titulo IX regula el Tribunal Constitucional (arts. 159 al 165) Titulo X establece el procedimiento para la reforma de la propia Constitución. (arts. 166 al 169) 4 Disposiciones Adicionales, 9 Transitorias, 1 Derogatoria y 1 Final 4. PRINCIPIOS GENERALES. Son los recogidos en el Título preliminar (arts 1 al 9), que son 1. Concepción de España: Define a España como un Estado Social y democrático de Derecho, cuyos valores son la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. La soberanía nacional reside en el pueblo, y la forma política del Estado español es la monarquía parlamentaria. -1- 2. Unidad de la Nación española: patria común e indivisible de todos los españoles. Se reconoce el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas. 3. Las lenguas españolas: El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos debemos conocerla y tenemos el derecho a usarla. Las demás lenguas serán oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas (CC.AA). 4. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas. 5. Capital del Estado es la villa de Madrid. 6. Los partidos políticos expresan el pluralismo político y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio son libres y su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos. 7. Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio son libres y su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos. 8. Las Fuerzas Armadas tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional. 9. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. Se reconocen los principios de Legalidad, Jerarquía normativa, Publicidad de normas, Irretroactividad, Seguridad jurídica, Responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES 1. Regulación Legal: Titulo I de la Constitución Española de 1978 (artículos 10 al 55) 2. Introducción: Establece como fundamento del orden político y la paz social el respeto a la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley y a los derechos de los demás. 3. Capitulo I: “de los españoles y los extranjeros”. Regula la perdida y adquisición de la nacionalidad española, establece la mayoría de edad en 18 años, y establece que los derechos y deberes de los extranjeros son los mismos que los de los españoles (salvo participar en cargos públicos) 4. Capitulo II: derechos y libertades. Comienza con el art. 14 que establece el principio de igualdad ante la ley para dividirse a continuación en dos secciones: Sección I derechos fundamentales y libertades públicas (Arts. 15 al 29): Derecho a la vida y a la integridad física y moral (art. 15) Libertad ideológica, religiosa y de culto. (art. 16) Derecho a la libertad y a la seguridad. Procedimiento Habeas Corpus: o Nadie puede ser privado de libertad sino con lo establecido en este artículo y en los casos y forma previstos en la ley -2- o La detención no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario con un máximo de 72 horas. o El detenido debe ser informado de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligado a declarar. o Se garantiza la asistencia de abogado al detenido en las diligencias policiales y judiciales. o Una ley regulará el procedimiento Habeas Corpus y por ley se determinará el plazo máximo de la prisión provisional (art. 17) Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Garantiza el secreto de las comunicaciones (salvo resolución judicial) y la inviolabilidad del domicilio. (art. 18) Libertad de residencia y de circulación por el territorio nacional (art. 19) Libertad de expresión, información y cátedra (art. 20) Derecho de reunión pacífica y sin armas. (art. 21) Derecho Asociación (salvo las criminales, secretas o paramilitares) (art. 22) Derecho a participar en asuntos públicos y de acceso a funciones y cargos públicos (art. 23) Derecho a la tutela judicial efectiva. (art. 24) Principio de legalidad penal (art. 25) Prohibición de los Tribunales de Honor en Administración civil y organizaciones profesionales (art. 26) Libertad de enseñanza y derecho a la educación. (art. 27) Libertad de sindicación y derecho a la huelga. (art. 28) Derecho de petición (art. 29) o Sección II de los Derechos y Deberes de los Ciudadanos (art.30 a 38 CE) Derecho y deber de defender a España. (art. 30) Sostenimiento de los gastos públicos. (art. 31) Derecho a contraer matrimonio. (art. 32) Derecho a la propiedad privada y la herencia. (art. 33) Derecho de fundación. (art. 34) Derecho al trabajo y deber de trabajar. (art. 35) Derecho a la colegiación profesional. (art. 36) Derecho a la negociación colectiva laboral entre representante de los trabajadores y empresario (art. 37) Libertad de empresa (art. 38) 5. Capitulo III. Principios rectores de la política social y económica (art.39 al 52 CE) Recoge derechos como: Protección de la familia Distribución equitativa de la renta Formación y readaptación profesionales Seguridad e higiene en el trabajo Al descanso mediante limitación jornada laboral, etc Seguridad social Salvaguarda de los derechos trabajadores españoles en el extranjero -3- Protección a la salud Acceso a la cultura, promoción ciencia e investigación Medio ambiente adecuado Patrimonio histórico, cultural y artístico Vivienda digna y adecuada Participación de la juventud en desarrollo político, social, económico y cultural Autonomía e inclusión de personas con discapacidad Pensiones adecuadas y servicios sociales Defensa consumidores y usuarios Organizaciones profesionales 6. Capitulo IV: Garantías de los Derechos y Deberes Fundamentales (art.53 y 54 CE) Establece los mecanismos que establece la constitución para garantizar los anteriores derechos y libertades, la tutela de dichos derechos y libertades por los tribunales de justicia y la vinculación a ellos de los particulares y de los poderes públicos. Se regula la figura del Defensor del Pueblo como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos del Título I de la CE. 7. Capitulo V. Suspensión de Derechos y Libertades. (art.55) Establece los casos en los que pueden ser suspendidos determinados derechos y libertades anteriores. (Estados de excepción, sitio y actuaciones contra bandas armadas y elementos terroristas) Este documento es un resumen de un tema más amplio disponible en la web -4- Esquema (para ayudar al repaso del tema) 1. Constitución. Principios Generales. Estructura y contenido 1.1 Elaboración y aprobación 1.2 Características 1.3 Estructura y contenido 1.4 Principios generales: arts. 1 al 9 2. Derechos y Deberes fundamentales 2.1 Regulación legal: Título I CE, arts. 10 al 55 CE 2.2 Introducción: fundamento del orden político y paz social 2.3 Capítulo I: españoles y extranjeros 2.4 Capítulo II: derechos y libertades (arts. 14 al 38) 2.4.1 Sección 1ª: derechos fundamentales y libertades públicas (ars. 15 al 29) 2.4.2 Sección 2ª: derechos y deberes de los ciudadanos (arts. 30 al 38) 2.5 Capítulo III: Principios rectores de la política social y económica (art.39 al 52 CE) 2.6 Capítulo IV: garantías de los derechos y deberes fundamentales (arts. 53 y 54) 2.7 Capítulo V: Suspensión de Derechos y Libertades. (art.55) -5-

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