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Unidad 1 juicio de amparo.docx

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**Unidad 1. El Juicio de Amparo, Mecanismo Para Hacer Efectivos los Derechos Humanos y sus Garantías** **1.1 Marco Epistémico del Amparo** El juicio de amparo es un mecanismo jurídico que permite a los individuos proteger sus derechos humanos frente a actos de autoridad que los vulneren. Este proc...

**Unidad 1. El Juicio de Amparo, Mecanismo Para Hacer Efectivos los Derechos Humanos y sus Garantías** **1.1 Marco Epistémico del Amparo** El juicio de amparo es un mecanismo jurídico que permite a los individuos proteger sus derechos humanos frente a actos de autoridad que los vulneren. Este proceso se fundamenta en la necesidad de garantizar la supremacía de la Constitución y el respeto a los derechos humanos, estableciendo un sistema de control de la constitucionalidad de las normas y actos de autoridad. **1.1.1 Concepto, Objeto y Fundamentos Constitucionales: Artículos 103 y 107** El juicio de amparo se define como un medio de defensa que permite a las personas impugnar actos de autoridad que consideren violatorios de sus derechos. Los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establecen el marco normativo del juicio de amparo, definiendo su objeto, procedimientos y las condiciones bajo las cuales puede ser promovido. El artículo 103 establece que el juicio de amparo tiene por objeto proteger los derechos humanos y las garantías individuales, mientras que el artículo 107 regula el procedimiento y las instancias en las que se puede llevar a cabo. **1.1.2 El Juicio de Amparo como Control de Constitucionalidad de Normas Generales y Actos de Autoridad** El juicio de amparo actúa como un control de constitucionalidad, permitiendo a los ciudadanos impugnar tanto normas generales (como leyes y reglamentos) como actos de autoridad que sean positivos, negativos u omisivos. Esto incluye actos de particulares que tengan efectos equivalentes a los de autoridad. El amparo se convierte así en una herramienta fundamental para la defensa de los derechos humanos, ya que permite cuestionar la legalidad de las acciones de las autoridades que puedan afectar a los individuos. **1.1.3 Tipos de Amparo** Existen dos tipos principales de amparo: **1.1.3.1 Amparo Indirecto o Biinstancial** El amparo indirecto, también conocido como biinstancial, es aquel que se tramita ante un juez de distrito y, en caso de ser impugnado, ante un tribunal colegiado de circuito. Su naturaleza jurídica se basa en la protección de derechos humanos frente a actos de autoridad que no son sentencias definitivas. La competencia para conocer de este tipo de amparo recae en los jueces de distrito, y su fundamento constitucional se encuentra en los artículos 103 y 107 de la Constitución. **1.1.3.2 Amparo Directo o Uniinstancial** El amparo directo, por otro lado, se tramita ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación o ante un tribunal superior de justicia, dependiendo del caso. Este tipo de amparo se utiliza para impugnar sentencias definitivas, la naturaleza jurídica del amparo directo es la de un recurso extraordinario. La competencia para conocer de este tipo de amparo está claramente definida en la Constitución y en la ley de amparo. **1.1.4 Las Partes en el Juicio de Amparo** En el juicio de amparo, se identifican principalmente dos partes: **1.1.4.1 Quejoso** El quejoso es la persona que promueve el juicio de amparo, es decir, quien considera que sus derechos han sido vulnerados por un acto de autoridad. El quejoso puede ser cualquier persona física o jurídica que se sienta agraviada. **1.1.4.2 Autoridad Responsable** La autoridad responsable es aquella que emite el acto que se impugna en el juicio de amparo. Esta puede ser una autoridad administrativa, judicial o legislativa. **1.1.4.2.1 Autoridades para Efectos de Amparo: Criterios Doctrinales, Legal y Jurisprudencial** Las autoridades responsables pueden ser determinadas a partir de criterios doctrinales, legales y jurisprudenciales. La doctrina establece que cualquier acto que afecte derechos humanos puede ser objeto de amparo, mientras que la ley y la jurisprudencia proporcionan un marco más específico sobre qué autoridades pueden ser consideradas responsables en un juicio de amparo. **1.1.4.2.1 Autoridades para efectos de amparo: criterios doctrinales, legal y jurisprudencial** En el contexto del juicio de amparo, las autoridades responsables son aquellas que emiten actos que pueden ser impugnados por los quejosos. Los criterios para determinar quiénes son estas autoridades se dividen en tres categorías: - **Criterios doctrinales**: La doctrina jurídica establece que las autoridades responsables son aquellas que ejercen funciones públicas y que, por lo tanto, están sujetas al control de la constitucionalidad. Esto incluye tanto a autoridades administrativas como judiciales. - **Criterios legales**: La Ley de Amparo y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos especifican que las autoridades responsables son aquellas que dictan actos que afectan derechos humanos. Esto incluye a cualquier entidad que actúe en el ejercicio de sus funciones, ya sean federales, estatales o municipales. - **Criterios jurisprudenciales**: La jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha ido definiendo y ampliando el concepto de autoridad responsable, estableciendo que también pueden ser considerados responsables aquellos que, aunque no sean autoridades en sentido estricto, actúan en funciones que afectan derechos fundamentales. **1.1.4.3 Tercero interesado** El tercero interesado en un juicio de amparo es aquella persona que, aunque no sea el quejoso, tiene un interés legítimo en el resultado del juicio. Este interés puede surgir de la afectación de derechos que se derivan del acto reclamado. La figura del tercero interesado permite que personas que podrían verse afectadas por la resolución del juicio puedan intervenir y presentar sus argumentos, garantizando así un proceso más justo y equitativo. **1.1.4.4 Ministerio Público Federal** El Ministerio Público Federal tiene un papel fundamental en el juicio de amparo, actuando como un garante de los derechos humanos y del orden jurídico. Su intervención es obligatoria en ciertos casos, especialmente cuando se trata de actos que afectan a grupos vulnerables o cuando se cuestiona la constitucionalidad de normas generales. El Ministerio Público puede presentar alegatos y defender el interés público, asegurando que se respeten los derechos de todas las partes involucradas. **1.2 Antecedentes históricos del juicio de amparo** El juicio de amparo tiene raíces profundas en diversas tradiciones jurídicas, tanto extranjeras como nacionales. A continuación, se presentan algunos de los antecedentes más relevantes: **1.2.1 Extranjeros** - **1.2.1.1 Roma**: En la antigua Roma, existía el interdicto pretoriano \"homine libero exhibendo\", que permitía a un ciudadano reclamar su libertad ante un magistrado. Este mecanismo es considerado un precursor del amparo moderno. - **1.2.1.2 Inglaterra**: El \"habeas corpus\" es un recurso legal que protege contra detenciones arbitrarias. Este principio ha influido en la creación de mecanismos de protección de derechos en otros sistemas jurídicos, incluido el mexicano. - **1.2.1.3 Aragón**: En el Reino de Aragón, el Justicia Mayor actuaba como un defensor de los derechos de los ciudadanos, similar a la figura del amparo. - **1.2.1.4 España**: En las \"Siete Partidas\", se menciona el \"amparamiento\", que permitía a los ciudadanos buscar protección contra actos arbitrarios de la autoridad. - **1.2.1.5 Francia**: La tradición francesa también influyó en el desarrollo del amparo, especialmente a través de mecanismos de protección de derechos individuales. - **1.2.1.6 Estados Unidos**: Diversos recursos como el \"writ of certiorari\", \"writ of error\", \"writ of mandamus\", \"writ of prohibitio\", \"writ of quo warranto\" y \"writ of injunction\" han sido fundamentales en la protección de derechos y han servido de modelo para el sistema de amparo en México. - **1.2.2 Nacionales** - **1.2.2.1 Proyecto de Manuel Cresencio Rejón para la Constitución Yucateca de 1840** - Manuel Cresencio Rejón, un destacado jurista y político mexicano, propuso en 1840 un proyecto para la Constitución de Yucatán que incluía la protección de los derechos individuales a través de un mecanismo similar al juicio de amparo. Este proyecto es significativo porque sentó las bases para la idea de que los ciudadanos debían tener un recurso legal para protegerse contra actos de autoridad que pudieran violar sus derechos. Aunque no se implementó de manera formal, la propuesta de Rejón fue un precursor importante en la conceptualización del amparo en México. - **1.2.2.2 Acta de reformas de 1847** - El Acta de reformas de 1847 introdujo cambios significativos en la estructura política y jurídica de México, incluyendo la protección de derechos individuales. Este documento fue fundamental para sentar las bases del juicio de amparo, ya que promovió la idea de que los derechos humanos debían ser garantizados por el Estado. Aunque no estableció el juicio de amparo de manera formal, contribuyó a la evolución del pensamiento jurídico en México hacia la protección de los derechos individuales. - **1.2.2.3 Constitución de 1857** - La Constitución de 1857 marcó un hito en la historia del derecho mexicano al establecer formalmente el juicio de amparo como un medio de protección de los derechos humanos. En su artículo 103, se definió el juicio de amparo como un recurso para proteger a los individuos contra actos de autoridad que violaran sus derechos. Este artículo fue fundamental para el desarrollo del amparo, ya que proporcionó un marco legal claro para su aplicación. - **1.2.2.3.1 Ley de 1861** - La Ley de 1861 reguló el procedimiento del juicio de amparo, ampliando su alcance y estableciendo normas específicas para su tramitación. Esta ley fue crucial para formalizar el proceso de amparo, permitiendo que más ciudadanos pudieran acceder a este recurso legal. - **1.2.2.3.2 Ley de 1869** - La Ley de 1869 introdujo modificaciones que fortalecieron el juicio de amparo, mejorando los procedimientos y garantizando una mayor protección de los derechos humanos. Esta ley reflejó la evolución del pensamiento jurídico en México y la necesidad de adaptar el amparo a las realidades sociales y políticas de la época. - **1.2.2.3.3 Ley de 1882** - La Ley de 1882 continuó con la evolución del juicio de amparo, adaptándolo a las necesidades de la época. Esta ley introdujo cambios que facilitaron el acceso al amparo y mejoraron la protección de los derechos individuales, consolidando el papel del amparo como un recurso fundamental en el sistema jurídico mexicano. - **1.2.2.3.4 Código de Procedimientos Federales de 1897** - El Código de Procedimientos Federales de 1897 estableció un marco más claro para la tramitación de los juicios de amparo. Este código unificó y sistematizó las normas relacionadas con el amparo, facilitando su aplicación y garantizando una mayor protección de los derechos humanos. - **1.2.2.3.5 Código Federal de Procedimientos Civiles de 1909** - El Código Federal de Procedimientos Civiles de 1909 incluyó disposiciones sobre el amparo en el contexto de los procedimientos civiles. Esto permitió que el amparo se integrara de manera más efectiva en el sistema judicial, asegurando que los derechos de los ciudadanos fueran protegidos en diversas áreas del derecho. - **1.2.2.4 Constitución de 1917** - La Constitución de 1917 reforzó el juicio de amparo, estableciendo un marco más robusto para la protección de derechos. En su artículo 103, se reafirmó el juicio de amparo como un recurso fundamental para la defensa de los derechos humanos, y se introdujeron nuevas disposiciones que ampliaron su alcance. - **1.2.2.4.1 Ley de 1919** - La Ley de 1919 reguló el juicio de amparo en el contexto de la nueva Constitución, estableciendo procedimientos claros y garantizando el acceso a este recurso. Esta ley fue fundamental para consolidar el amparo como un mecanismo efectivo de protección de derechos. - **1.2.2.4.2 Ley de 1936** - La Ley de 1936 introdujo cambios significativos en el procedimiento de amparo, mejorando la eficiencia y la efectividad del proceso. Esta ley reflejó la necesidad de adaptar el amparo a las realidades sociales y políticas de la época, asegurando que los derechos de los ciudadanos fueran protegidos de manera efectiva. - **1.2.2.4.3 Ley de Amparo de 2 de abril de 2013** - La Ley de Amparo de 2013 actualizó y modernizó el procedimiento de amparo, adaptándolo a las realidades contemporáneas. Esta ley introdujo importantes reformas, como la posibilidad de interponer amparos en línea y la ampliación de los derechos protegidos por el amparo, reflejando un compromiso con la protección de los derechos humanos en el contexto actual. - **Conclusión** - A lo largo de la historia de México, el juicio de amparo ha evolucionado significativamente, desde sus primeras conceptualizaciones hasta su formalización en la Constitución de 1857 y su posterior desarrollo a través de diversas leyes y reformas. Este proceso ha sido fundamental para garantizar la protección de los derechos humanos en el país, convirtiendo al amparo en un recurso esencial para los ciudadanos en la defensa de sus derechos frente a actos de autoridad. - **1.3 Principios constitucionales rectores del juicio de amparo** - Los principios constitucionales que rigen el juicio de amparo son esenciales para garantizar su efectividad y justicia. A continuación, se desarrollan estos principios, incluyendo artículos relevantes y ejemplos ilustrativos. - **1.3.1 Principios que rigen la acción de amparo** - **1.3.1.1 Instancia de parte agraviada** - El juicio de amparo debe ser promovido por la persona que se considere agraviada por un acto de autoridad. Este principio asegura que solo aquellos con un interés legítimo puedan acceder a este recurso. - **Artículo relevante:** Artículo 103 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que el juicio de amparo es un medio de control constitucional que puede ser promovido por cualquier persona que se considere agraviada. - **Ejemplo:** Si una persona recibe una multa administrativa que considera injusta, puede promover un juicio de amparo argumentando que el acto de la autoridad le causa un agravio. - **1.3.1.2 Existencia de agravio personal y directo e interés jurídico** - Para que proceda el juicio de amparo, es necesario que el quejoso demuestre que ha sufrido un agravio personal y directo, así como que tiene un interés jurídico en la resolución del caso. - **Artículo relevante:** Artículo 107 de la Constitución, que menciona que el juicio de amparo se concede a quien acredite un agravio personal y directo. - **Ejemplo:** Un ciudadano que es desalojado de su vivienda sin un debido proceso puede interponer un juicio de amparo, ya que el desalojo le afecta directamente. - **1.3.1.3 El interés legítimo y los derechos colectivos o difusos** - El interés legítimo permite a personas o grupos impugnar actos de autoridad que afectan sus derechos, aunque no sean derechos subjetivos individuales. Esto es crucial para la defensa de derechos colectivos o difusos, como el derecho a un medio ambiente sano. - **Ejemplo:** Una organización ambiental puede interponer un juicio de amparo contra un proyecto de construcción que afecte un área natural, argumentando que el proyecto vulnera el derecho colectivo a un medio ambiente sano. - **1.3.1.4 Definitividad** - El principio de definitividad establece que antes de acudir al juicio de amparo, el agraviado debe agotar todos los recursos y medios de defensa disponibles en la vía ordinaria. - **Artículo relevante:** Artículo 107, fracción I, de la Constitución, que establece que el juicio de amparo es procedente solo después de haber agotado los recursos ordinarios. - **Ejemplo:** Si un ciudadano impugna una resolución administrativa, debe primero agotar el recurso de revisión ante la misma autoridad antes de acudir al juicio de amparo. - **1.3.2 Principio que rige el procedimiento del amparo** - Este principio se refiere a la forma en que se debe llevar a cabo el procedimiento de amparo, asegurando que se respeten los derechos de las partes y que el proceso sea justo y equitativo. - **1.3.2.1 Principio de prosecución judicial** - El principio de prosecución judicial implica que el juicio de amparo debe seguir su curso hasta su conclusión, garantizando que todas las partes tengan la oportunidad de presentar sus argumentos y pruebas. - **Ejemplo:** Durante el juicio de amparo, ambas partes (el quejoso y la autoridad) deben tener la oportunidad de presentar pruebas y alegatos, asegurando un proceso equitativo. - **1.3.3 Principios que rigen las sentencias** - Los principios que rigen las sentencias de amparo son fundamentales para entender cómo se aplican y se interpretan las decisiones judiciales en este ámbito. - **1.3.3.1 Relatividad de las sentencias** - La relatividad de las sentencias de amparo significa que los efectos de la sentencia solo benefician a las partes involucradas en el juicio. - **Artículo relevante:** Artículo 107, fracción II, de la Constitución, que establece que las sentencias de amparo solo tienen efectos en relación con las partes que interpusieron el juicio. - **Ejemplo:** Si un tribunal declara inconstitucional un acto administrativo que afecta a un quejoso, esta declaración solo beneficiará a ese quejoso y no tendrá efectos generales sobre otros casos similares. - **Conclusión** - Los principios constitucionales rectores del juicio de amparo son fundamentales para garantizar la protección de los derechos humanos y el acceso a la justicia. Estos principios aseguran que solo aquellos con un interés legítimo puedan acceder al amparo, que se respeten los derechos de las partes durante el procedimiento, y que las sentencias se apliquen de manera justa y equitativa. - **1.3.3.2 Desaparición del principio de relatividad** - En ciertos casos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que la declaración de inconstitucionalidad puede tener efectos generales, lo que implica una modificación en la aplicación del principio de relatividad. Esto se da especialmente en casos que afectan derechos fundamentales o que tienen un impacto significativo en la sociedad. - **1.3.3.3 Permanencia de la relatividad en el amparo directo** - A pesar de las excepciones, el principio de relatividad sigue siendo predominante en el amparo directo, donde las sentencias continúan teniendo efectos limitados a las partes involucradas. - **1.3.3.4 Permanencia total y absoluta de la relatividad de las sentencias** - Este principio refuerza la idea de que las sentencias de amparo, en su mayoría, no tienen efectos erga omnes (hacia todos), sino que se limitan a los quejosos y a los casos específicos que se han planteado. - **1.3.4 Declaración general de inconstitucionalidad** - La declaración general de inconstitucionalidad es un mecanismo que permite a la Suprema Corte de Justicia de la Nación declarar que una norma es inconstitucional y, por lo tanto, no debe aplicarse. Esta declaración tiene efectos generales y puede ser solicitada por diversas autoridades o por un número determinado de ciudadanos. - **1.3.5 Estricto derecho** - El principio de estricto derecho implica que las resoluciones deben basarse en la ley y en los hechos probados, sin que se admitan interpretaciones amplias o extensivas que puedan afectar los derechos de las partes. - **1.3.6 Suplencia de la queja deficiente** - Este principio permite que el juez, en caso de que la queja presentada por el quejoso no cumpla con todos los requisitos formales, pueda subsanar las deficiencias y continuar con el proceso. Esto busca garantizar el acceso a la justicia, evitando que errores formales impidan la protección de derechos. - **1.3.7 La suplencia del error** - Similar a la suplencia de la queja deficiente, este principio permite que el juez corrija errores materiales o de procedimiento en la demanda de amparo, asegurando que el fondo del asunto sea analizado y no se desestime por cuestiones formales. - **1.4 Responsabilidades en el juicio de amparo** - Las responsabilidades en el juicio de amparo abarcan diversas áreas, desde las medidas disciplinarias que pueden aplicarse a los funcionarios que intervienen en el proceso, hasta las responsabilidades penales y administrativas que pueden derivarse de su actuación. - **1.4.1 Medidas disciplinarias y de apremio** - Estas medidas pueden incluir sanciones a los funcionarios que no cumplan con sus deberes en el proceso de amparo, así como la posibilidad de imponer medidas de apremio para garantizar el cumplimiento de las resoluciones. - **1.4.2 Responsabilidades y sanciones** - Los funcionarios que intervienen en el juicio de amparo pueden ser sujetos a responsabilidades y sanciones si se determina que han actuado de manera negligente o en contra de la ley. Según el artículo 263 de la Ley de Amparo, los jueces y autoridades que actúan en el juicio de amparo son responsables por los delitos y faltas que cometan en el ejercicio de sus funciones. Por ejemplo, si un juez de amparo no notifica debidamente a las partes sobre una resolución, podría ser sancionado por negligencia. - **1.4.3 Delitos** - En casos graves, la actuación de los funcionarios puede constituir un delito, lo que puede llevar a procesos penales en su contra. El artículo 271 de la Ley de Amparo establece que si el acto reclamado en el juicio de amparo, además de violar derechos humanos, constituye un delito, se deberá poner el hecho en conocimiento del Ministerio Público. Por ejemplo, si un funcionario judicial acepta un soborno para influir en una resolución de amparo, podría ser procesado penalmente por corrupción. - **1.4.4 Responsabilidad penal de los funcionarios que conozcan del amparo** - Los funcionarios que conocen de los juicios de amparo tienen la obligación de actuar conforme a la ley, y su incumplimiento puede acarrear responsabilidades penales. Según el artículo 269 de la Ley de Amparo, la pérdida de la calidad de autoridad no extingue la responsabilidad penal por actos u omisiones que eludieron el cumplimiento de una sentencia de amparo. Por ejemplo, si un juez de amparo no acata una sentencia que ordena la restitución de un derecho, podría enfrentar cargos penales. - **1.4.5 Responsabilidad de las autoridades responsables** - Las autoridades que emiten actos reclamados en el juicio de amparo también pueden ser responsables si se determina que sus acciones son inconstitucionales o ilegales. El artículo 61 de la Ley de Amparo menciona que las autoridades deben actuar conforme a la Constitución y las leyes. Si, por ejemplo, una autoridad administrativa emite un acto que viola derechos fundamentales sin justificación, puede ser demandada y sancionada. - **1.4.6 Responsabilidad de las partes (quejoso y tercero interesado)** - Tanto el quejoso como los terceros interesados tienen responsabilidades en el proceso, incluyendo la obligación de presentar pruebas y argumentos de manera veraz y oportuna. El artículo 107 de la Ley de Amparo establece que las partes deben actuar de buena fe y no presentar pruebas falsas. Por ejemplo, si un quejoso presenta documentos falsificados para sustentar su demanda de amparo, podría ser sancionado por perjurio. - **1.4.7 La responsabilidad en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación** - Esta ley establece las bases para la responsabilidad de los funcionarios judiciales y las consecuencias de su actuación en el ámbito del juicio de amparo. El artículo 1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación menciona que los jueces deben actuar con imparcialidad y objetividad. Si un juez actúa de manera parcial, podría enfrentar sanciones administrativas o incluso penales. - **1.4.8 Responsabilidad penal y administrativa** - Finalmente, se debe considerar que las responsabilidades pueden ser tanto penales como administrativas, dependiendo de la naturaleza de la falta cometida por los funcionarios o las partes involucradas en el juicio de amparo. Por ejemplo, un juez que retrasa injustificadamente la resolución de un juicio de amparo podría ser sancionado administrativamente, mientras que si comete un delito, como la falsificación de documentos, podría enfrentar cargos penales. - Estos temas reflejan la importancia de la responsabilidad en el juicio de amparo, asegurando que tanto funcionarios como partes actúen conforme a la ley y respeten los derechos fundamentales. Este desarrollo proporciona un marco comprensivo sobre los temas solicitados, abordando tanto los principios fundamentales del juicio de amparo como las responsabilidades que surgen en este contexto. **2.1 Improcedencias en el juicio de amparo** La improcedencia en el juicio de amparo se refiere a situaciones en las que no se cumplen los requisitos necesarios para que el juicio proceda. Esto puede deberse a causas de carácter constitucional, legal o jurisprudencial. **2.1.1 Causas de improcedencia de carácter constitucional** Las causas de improcedencia de carácter constitucional están establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por ejemplo, el artículo 103 establece que el juicio de amparo no procederá contra actos que no sean definitivos, firmes o que no causen un agravio personal al quejoso. Esto significa que si un acto administrativo es solo un trámite y no afecta directamente al quejoso, el juicio de amparo no será procedente. **Ejemplo:** Si una persona impugna un simple aviso de una autoridad que no tiene efectos definitivos, el juicio de amparo será improcedente. **2.1.2 Causas de improcedencia de carácter legal** Las causas de improcedencia de carácter legal están especificadas en la Ley de Amparo. Por ejemplo, el artículo 107 establece que no procederá el juicio de amparo si el quejoso no ha agotado los recursos administrativos previos. Esto implica que antes de acudir al juicio de amparo, el quejoso debe haber utilizado todos los recursos disponibles para impugnar el acto. **Ejemplo:** Si un ciudadano recibe una multa y no presenta el recurso de revisión correspondiente ante la autoridad que impuso la multa, no podrá interponer un juicio de amparo. **2.1.3 Causas de improcedencia de carácter jurisprudencial** Las causas de improcedencia de carácter jurisprudencial son aquellas que han sido establecidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a través de sus resoluciones. Por ejemplo, la jurisprudencia ha determinado que no procederá el juicio de amparo si el acto reclamado es de carácter legislativo y no se ha demostrado que afecta de manera directa al quejoso. **Ejemplo:** Si un ciudadano impugna una ley que no le afecta directamente, el juicio de amparo será considerado improcedente. **2.2 Causas y efectos del sobreseimiento del amparo** El sobreseimiento se refiere a la decisión del tribunal de dar por terminado un juicio de amparo sin resolver el fondo del asunto. **2.2.1 Concepto** El sobreseimiento implica que el tribunal considera que existen razones suficientes para no continuar con el juicio. Esto puede deberse a la falta de interés jurídico del quejoso o a la existencia de un obstáculo procesal. **2.2.2 Hipótesis de procedencia del sobreseimiento** Las hipótesis de procedencia del sobreseimiento están establecidas en el artículo 107 de la Ley de Amparo. Por ejemplo, el sobreseimiento puede proceder si el quejoso desiste de su demanda o si el acto reclamado ha sido modificado o revocado. **Ejemplo:** Si un ciudadano presenta un juicio de amparo contra una multa y luego la autoridad revoca la multa, el tribunal puede sobreseer el juicio. **2.3 Figuras procesales del amparo** Las figuras procesales son aspectos fundamentales que regulan la actuación de las partes en el juicio de amparo. **2.3.1 Legitimación** La legitimación se refiere a la capacidad de una persona para interponer un juicio de amparo. Según el artículo 103 de la Constitución, cualquier persona que considere que sus derechos han sido violados puede promover un juicio de amparo. **2.3.2 Personalidad** La personalidad se refiere a la calidad jurídica de las partes en el juicio. El quejoso debe demostrar que tiene un interés legítimo en el asunto que se impugna. **2.3.3 Representación** La representación se refiere a la capacidad de una persona para actuar en nombre de otra en el juicio de amparo. Esto puede ser a través de un abogado o un apoderado legal. **2.3.4 Términos** Los términos son los plazos establecidos por la ley para realizar actos procesales. El artículo 14 de la Ley de Amparo establece que los plazos son perentorios y deben ser cumplidos estrictamente. **2.3.5 Notificaciones** Las notificaciones son los actos mediante los cuales se informa a las partes sobre las resoluciones del tribunal. El artículo 15 de la Ley de Amparo establece que las notificaciones deben realizarse de manera personal o por medios electrónicos. **2.3.6 Incidentes** Los incidentes son cuestiones que surgen durante el juicio y que requieren una resolución específica. Por ejemplo, un incidente de suspensión puede ser promovido para que se detenga la ejecución del acto reclamado mientras se resuelve el juicio. **2.3.7 Impedimentos, excusas y recusaciones** Estos son mecanismos que permiten a las partes cuestionar la imparcialidad de los jueces. El artículo 16 de la Ley de Amparo establece las causas por las cuales un juez puede ser recusado. **2.4 Etapas procesales** El juicio de amparo se desarrolla en varias etapas, cada una con características específicas. **2.4.1 Expositivo** En esta etapa, las partes presentan sus argumentos y fundamentos. El quejoso expone las razones por las cuales considera que el acto reclamado es violatorio de sus derechos. **2.4.2 Probatoria** Durante la etapa probatoria, se presentan las pruebas que sustentan las alegaciones de las partes. Esto puede incluir documentos, testimonios y otros elementos de prueba. **2.4.3 Concluyente** En la etapa concluyente, las partes presentan sus alegatos finales. Aquí se resumen los argumentos y se solicita al tribunal que emita su resolución. **2.4.4 Resolutiva** La etapa resolutiva es cuando el tribunal emite su fallo sobre el juicio de amparo. El artículo 170 de la Ley de Amparo establece que el tribunal debe resolver de manera fundada y motivada. **2.4.5 Impugnativa** La etapa impugnativa se refiere a la posibilidad de que las partes impugnen la resolución del tribunal. Esto puede incluir la presentación de recursos de revisión o aclaración. **2.4.6 Ejecutiva en el amparo** Finalmente, la etapa ejecutiva se refiere a la ejecución de la sentencia de amparo. El artículo 270 de la Ley de Amparo establece que las autoridades deben acatar las resoluciones del tribunal de manera inmediata. Estos temas son fundamentales para entender el funcionamiento del juicio de amparo en México, así como las garantías que ofrece a los ciudadanos para proteger sus derechos. **Unidad 3. Procedencia y Justificación del Amparo Indirecto** **3.1 Amparo Indirecto contra Normas Generales** El amparo indirecto es un recurso legal que permite a los ciudadanos impugnar normas generales que consideran violatorias de sus derechos. Esto incluye tratados internacionales, leyes federales, leyes de los estados, reglamentos, decretos, y resoluciones de observancia general. **Ejemplo:** Si una ley estatal establece un impuesto que se considera inconstitucional, un ciudadano afectado puede presentar un amparo indirecto para impugnar dicha ley. **3.1.1 Sistemas de Vigencia de las Leyes** Las leyes pueden tener diferentes sistemas de vigencia, que determinan cuándo y cómo entran en vigor. Generalmente, las leyes entran en vigor al día siguiente de su publicación, salvo que se disponga lo contrario. **Ejemplo:** Una ley que se publica el 1 de enero de 2023, entrará en vigor el 2 de enero de 2023, a menos que la ley establezca una fecha específica de entrada en vigor. **3.1.2 La Irretroactividad de las Leyes** La irretroactividad es el principio que establece que las leyes no pueden aplicarse a situaciones anteriores a su entrada en vigor. Esto protege los derechos adquiridos y la seguridad jurídica. **Ejemplo:** Si una ley que aumenta las penas por un delito se promulga el 1 de enero de 2023, no puede aplicarse a delitos cometidos antes de esa fecha. **3.1.2.1 La Teoría de los Derechos Adquiridos** Esta teoría sostiene que los derechos que ya han sido adquiridos por una persona no pueden ser afectados por una nueva ley. **Ejemplo:** Si una persona ha obtenido un permiso de construcción bajo una ley anterior, no puede ser revocado por una nueva ley que imponga restricciones más severas. **3.1.2.2 La Tesis de Baudry-Lacantinerie y Houques Fourcade** Esta tesis argumenta que la irretroactividad de las leyes es un principio fundamental del derecho, que protege la estabilidad de las relaciones jurídicas. **Ejemplo:** Un contrato firmado bajo una ley que permitía ciertas condiciones no puede ser invalidado por una nueva ley que prohíbe esas condiciones. **3.1.2.3 La Tesis de Paul Roubier** Roubier sostiene que la irretroactividad es esencial para la seguridad jurídica y la confianza en el derecho, permitiendo que las personas actúen con certeza sobre sus derechos. **Ejemplo:** Si una persona realiza una inversión basada en una ley vigente, no puede ser perjudicada por una nueva ley que cambie las reglas del juego. **3.1.2.4 La Tesis de Bonnecase** Bonnecase también defiende la irretroactividad, argumentando que la aplicación retroactiva de las leyes puede llevar a injusticias y a la desconfianza en el sistema legal. **Ejemplo:** Un empresario que ha cumplido con todas las regulaciones bajo una ley anterior no puede ser sancionado por una nueva ley que cambie esas regulaciones. **3.1.3 Control a Priori de Normas** El control a priori se refiere a la revisión de la constitucionalidad de las normas antes de que entren en vigor. Este control puede ser realizado por el Poder Judicial o por órganos especializados. **Ejemplo:** Un grupo de legisladores puede solicitar al Tribunal Constitucional que revise una nueva ley antes de su promulgación para asegurarse de que no infringe la Constitución. **3.1.4 La Ley de Amparo y la Posibilidad de su Inconstitucionalidad** La Ley de Amparo misma puede ser objeto de impugnación si se considera que alguna de sus disposiciones es inconstitucional. Esto permite que los ciudadanos puedan defender sus derechos no solo contra actos de autoridad, sino también contra la propia legislación. **Ejemplo:** Si una disposición de la Ley de Amparo limita el acceso a la justicia de manera desproporcionada, un ciudadano puede presentar un amparo indirecto para cuestionar la constitucionalidad de esa disposición. **Conclusión** El amparo indirecto es una herramienta fundamental para la protección de los derechos humanos en México, permitiendo a los ciudadanos impugnar normas que consideran injustas o inconstitucionales. A través de los principios de irretroactividad, derechos adquiridos, y el control de normas, se busca garantizar un sistema legal justo y equitativo. **3.1.5 Procedencia del amparo contra el procedimiento de reformas y adiciones a la Constitución** El juicio de amparo no es procedente para impugnar reformas a la Constitución, ya que estas son actos de poder constituyente. Sin embargo, se puede cuestionar la regularidad del procedimiento de reforma. Esto se encuentra regulado en el artículo 107 de la Constitución y en el artículo 61 de la Ley de Amparo, que establece que no se puede promover amparo contra actos que emanen de la Constitución. **Ejemplo:** Si se aprueba una reforma constitucional sin seguir el procedimiento legislativo adecuado, un ciudadano podría impugnar el proceso, pero no la reforma en sí. **3.1.6 Sustanciación del amparo contra normas generales** El amparo contra normas generales se sustancia de manera específica, siguiendo los lineamientos establecidos en la Ley de Amparo. **3.1.6.1 Plazos para promover el amparo contra normas generales** El plazo para promover el amparo es de 30 días a partir de la publicación de la norma impugnada, según el artículo 107 de la Constitución y el artículo 103 de la Ley de Amparo. **Ejemplo:** Si una nueva ley se publica el 1 de enero, el plazo para presentar el amparo vencería el 31 de enero. **3.1.6.2 Demanda** La demanda debe contener la identificación del acto reclamado, la norma impugnada y los conceptos de violación. Esto se establece en el artículo 107 de la Constitución y el artículo 170 de la Ley de Amparo. **Ejemplo:** Un ciudadano presenta una demanda contra una ley que considera inconstitucional, especificando el artículo de la ley y los motivos de su impugnación. **3.1.6.3 Autoridades responsables** Las autoridades responsables son aquellas que emitieron la norma o que tienen la obligación de aplicarla. Esto se menciona en el artículo 107 de la Constitución. **Ejemplo:** Si se impugna una ley emitida por el Congreso, las autoridades responsables serían los legisladores que votaron a favor de la ley. **3.1.6.4 Norma reclamada (acto reclamado)** La norma reclamada debe ser descrita de manera objetiva, sin calificativos. Esto se menciona en el artículo 170 de la Ley de Amparo. **Ejemplo:** En lugar de decir \"la injusta ley\", se debe mencionar \"la Ley de Protección al Medio Ambiente\". **3.1.6.5 Protesta legal** El promovente debe realizar una protesta legal en la que manifieste que la norma impugnada viola sus derechos. Esto se encuentra en el artículo 107 de la Constitución. **Ejemplo:** El demandante debe declarar que la norma afecta su derecho a un medio ambiente sano. **3.1.6.6 Conceptos de violación** Los conceptos de violación son los argumentos que sustentan la impugnación de la norma. Deben ser claros y precisos, según el artículo 170 de la Ley de Amparo. **Ejemplo:** Un concepto de violación podría ser que la norma impugnada viola el derecho a la igualdad ante la ley. **3.1.6.7 Suspensión de los actos reclamados en el amparo contra normas** El juez puede suspender la aplicación de la norma impugnada mientras se resuelve el juicio de amparo, conforme al artículo 107 de la Constitución. **Ejemplo:** Si se presenta un amparo contra una ley que aumenta impuestos, el juez puede suspender su aplicación hasta que se resuelva el caso. **3.1.6.8 Improcedencias en el amparo contra normas** Existen causales de improcedencia que pueden desestimar el juicio de amparo, como la falta de interés jurídico o la existencia de un recurso administrativo previo, según el artículo 61 de la Ley de Amparo. **Ejemplo:** Si un ciudadano no demuestra que la norma le afecta directamente, el amparo podría ser declarado improcedente. **3.1.6.9 Efectos y alcances de las sentencias en el amparo contra normas de carácter general** Las sentencias pueden declarar la inconstitucionalidad de la norma y sus efectos pueden ser generales o particulares, según el artículo 107 de la Constitución. **Ejemplo:** Si se declara inconstitucional una ley, esta dejará de aplicarse a todos, no solo al promovente. **3.1.6.10 Declaración general de inconstitucionalidad** La declaración de inconstitucionalidad puede ser general, afectando a todos los ciudadanos, y se regula en el artículo 107 de la Constitución. **Ejemplo:** Una ley que discrimina a un grupo específico puede ser declarada inconstitucional, afectando a todos los ciudadanos. **3.1.6.11 Interpretación estativa** La interpretación estativa permite que el juez interprete la norma de manera que no afecte derechos fundamentales, según el artículo 1 de la Constitución. **Ejemplo:** Si una norma es ambigua, el juez puede interpretarla de manera que proteja los derechos humanos. **3.1.6.12 Suplencia de la queja en el amparo contra normas** La suplencia de la queja permite al juez suplir la deficiencia de la demanda en favor del promovente, según el principio pro persona. **Ejemplo:** Si un demandante no presenta adecuadamente sus conceptos de violación, el juez puede ayudar a formularlos correctamente. **3.2 Amparo indirecto contra actos y omisiones que provienen de autoridades distintos de los tribunales judiciales, administrativos o del trabajo** El amparo indirecto se puede promover contra actos de autoridades administrativas o de particulares que actúan como autoridades y que violan derechos humanos. **3.2.1 Contra actos de autoridad administrativa y de particulares** El amparo indirecto es procedente cuando un acto de autoridad administrativa o de un particular equivale a un acto de autoridad y afecta derechos humanos, conforme al artículo 103 de la Constitución. **Ejemplo:** Si una autoridad administrativa emite una multa sin el debido proceso, el afectado puede promover un amparo indirecto. Estos temas son fundamentales para entender el juicio de amparo en el contexto del sistema jurídico mexicano y su aplicación en la protección de derechos humanos. A continuación, se explican los temas solicitados, mencionando los artículos relevantes y los plazos o días hábiles cuando corresponda: **3.2.2 Sin agotar principio de definitividad** Este principio establece que, en general, antes de interponer un juicio de amparo, el quejoso debe agotar todos los recursos o medios de defensa disponibles ante la autoridad responsable. Sin embargo, hay excepciones donde se puede interponer el amparo sin haber agotado estos recursos. **3.2.2.1 Cuando la autoridad administrativa emite un acto carente de fundamentación** - **Artículo relevante**: Artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece el derecho a la legalidad y a la debida fundamentación de los actos de autoridad. - **Plazo**: No se especifica un plazo particular, pero el amparo debe interponerse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación del acto. **3.2.2.2 Cuando solo se aleguen violaciones directas a la Constitución** - **Artículo relevante**: Artículo 103 de la Constitución, que permite el amparo por violaciones directas a derechos fundamentales. - **Plazo**: Similarmente, el amparo debe interponerse dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación del acto. **3.2.2.3 Cuando el recurso o medio de defensa se encuentre previsto en un reglamento sin que la ley aplicable contemple su existencia** - **Artículo relevante**: Artículo 107 de la Constitución y la Ley de Amparo, que regulan los recursos y medios de defensa. - **Plazo**: El amparo debe interponerse dentro de los 15 días hábiles después de la notificación del acto. **3.2.2.4 Que conforme a las leyes que rijan al acto no se suspenden los efectos del acto reclamado** - **Artículo relevante**: Artículo 128 de la Ley de Amparo, que establece las condiciones para la suspensión de actos reclamados. - **Plazo**: La suspensión provisional puede solicitarse en cualquier momento, pero la suspensión definitiva debe resolverse en un plazo no mayor a 5 días hábiles. **3.3 Amparo indirecto contra actos, omisiones o resoluciones provenientes de un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio** - **Artículo relevante**: Artículo 107 de la Constitución y el artículo 170 de la Ley de Amparo, que regulan el amparo indirecto. - **Plazo**: El amparo debe interponerse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación del acto. **3.4 Amparo indirecto contra actos de tribunales judiciales, administrativos, agrarios o del trabajo realizados fuera de juicio o después de la conclusión** - **Artículo relevante**: Artículo 107 de la Constitución y el artículo 170 de la Ley de Amparo. - **Plazo**: El amparo debe interponerse dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación del acto. **3.5 Amparo indirecto contra actos en juicio cuyos efectos sean de imposible reparación** - **Artículo relevante**: Artículo 107 de la Constitución y el artículo 170 de la Ley de Amparo, que permiten el amparo en casos donde los actos tengan efectos irreparables. - **Plazo**: El amparo debe interponerse dentro de los 15 días hábiles después de la notificación del acto. **Resumen de Plazos** En general, para la interposición de un juicio de amparo indirecto, el plazo es de **15 días hábiles** a partir de la notificación del acto reclamado, salvo en casos específicos donde se establezcan otros plazos o condiciones. **3.6 Amparo indirecto contra actos dentro o fuera de juicio que afecten a personas extrañas** **Artículo relevante**: Artículo 107 de la Constitución y el artículo 170 de la Ley de Amparo. **Explicación**: Este tipo de amparo se interpone cuando un acto de autoridad afecta a personas que no son parte del juicio en el que se dictó dicho acto. Por ejemplo, si una resolución administrativa afecta a un grupo de ciudadanos que no participaron en el procedimiento administrativo, estos pueden solicitar el amparo. **Ejemplo**: Un acto administrativo que impone una multa a una empresa que afecta a los trabajadores de esa empresa, quienes no fueron parte del procedimiento administrativo. **Plazo**: El amparo debe interponerse dentro de los **15 días hábiles** siguientes a la notificación del acto. **3.7 Amparo indirecto contra las omisiones del Ministerio Público en la investigación de los delitos** **Artículo relevante**: Artículo 21 de la Constitución y el artículo 107 de la Ley de Amparo. **Explicación**: Este amparo se interpone cuando el Ministerio Público no actúa en la investigación de un delito, lo que puede afectar los derechos de las víctimas. También se puede solicitar por resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal o suspensión del procedimiento cuando no se ha satisfecho la reparación del daño. **Ejemplo**: Si una víctima de un delito denuncia y el Ministerio Público no inicia la investigación, la víctima puede interponer un amparo para obligar al Ministerio a actuar. **Plazo**: El amparo debe interponerse dentro de los **15 días hábiles** a partir de la omisión o resolución impugnada. **3.8 Amparo indirecto contra actos de autoridad que determinen inhibir o declinar la competencia** **Artículo relevante**: Artículo 107 de la Constitución y el artículo 170 de la Ley de Amparo. **Explicación**: Este amparo se interpone cuando una autoridad se declara incompetente para conocer de un asunto, lo que puede afectar los derechos de las partes involucradas. **Ejemplo**: Si un juez se declara incompetente para conocer un caso y lo remite a otro tribunal, las partes pueden solicitar un amparo si consideran que el juez debió conocer del caso. **Plazo**: El amparo debe interponerse dentro de los **15 días hábiles** siguientes a la notificación del acto. **3.9 Intromisión competencial de la Federación hacia los Estados o de éstos a la Federación** **Artículo relevante**: Artículo 117 de la Constitución y el artículo 107 de la Ley de Amparo. **Explicación**: Este amparo se interpone cuando hay una invasión de competencias entre la Federación y los Estados, es decir, cuando una autoridad federal actúa en un ámbito que corresponde a una autoridad estatal, o viceversa. **Ejemplo**: Si una ley federal impone regulaciones que afectan exclusivamente a un estado sin su consentimiento, el estado puede interponer un amparo. **Plazo**: El amparo debe interponerse dentro de los **15 días hábiles** a partir de la notificación del acto. **3.10 Contra normas generales, actos u omisiones de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones** **Artículo relevante**: Artículo 28 de la Constitución y el artículo 107 de la Ley de Amparo. **Explicación**: Este amparo se interpone contra actos, omisiones o normas generales emitidas por la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que afecten derechos de los particulares. **Ejemplo**: Si la COFECE emite una resolución que afecta a una empresa sin el debido proceso, esta puede solicitar un amparo. **Plazo**: El amparo debe interponerse dentro de los **15 días hábiles** a partir de la notificación del acto. **3.11 Substanciación del amparo indirecto** **Explicación**: La substanciación del amparo indirecto implica el proceso que se sigue una vez que se ha interpuesto la demanda. Incluye la admisión de la demanda, la notificación a la autoridad responsable y la resolución del juicio. **3.11.1 Demanda de amparo** **Requisitos que no señala el artículo 108 de la Ley de Amparo**: Aunque el artículo 108 establece ciertos requisitos, hay otros que son importantes para la correcta formulación de la demanda. **Rubro**: Debe incluir un rubro que identifique el tipo de juicio y las partes involucradas. **Tribunal al que se dirige la demanda**: La demanda debe dirigirse al tribunal competente, que puede ser un tribunal colegiado o un juzgado de distrito, dependiendo del caso. **Proemio de la demanda**: Debe incluir una introducción que explique brevemente el acto reclamado y la razón por la cual se solicita el amparo. **Capítulo de suspensión de los actos reclamados**: Se debe incluir un capítulo que solicite la suspensión de los actos reclamados, si es procedente. **Puntos petitorios**: La demanda debe contener los puntos específicos que se solicitan al tribunal, como la declaración de inconstitucionalidad de un acto o la suspensión de su efecto. **Firma de la demanda**: Finalmente, la demanda debe estar firmada por el quejoso o su representante legal. **Plazo**: La demanda de amparo debe interponerse dentro de los **15 días hábiles** a partir de la notificación del acto reclamado. Estos temas abarcan diversas situaciones en las que se puede interponer un juicio de amparo indirecto, así como los requisitos y plazos que deben observarse para su correcta presentación. **3.11.1.2 Rubro** El rubro es la parte de la demanda donde se identifica el tipo de juicio y las partes involucradas. Debe ser claro y conciso, indicando que se trata de un juicio de amparo y mencionando a la parte quejosa y a las autoridades responsables. **Ejemplo:** \"Juicio de Amparo Indirecto promovido por \[Nombre del quejoso\] en contra de \[Nombre de la autoridad responsable\]\". **3.11.1.3 Tribunal al que se dirige la demanda** La demanda debe dirigirse al tribunal competente para conocer del juicio de amparo. Dependiendo de la naturaleza del acto reclamado, puede ser un Juzgado de Distrito o un Tribunal Colegiado de Circuito. **Nota importante:** Es fundamental verificar la competencia del tribunal para evitar el desechamiento de la demanda. **3.11.1.4 Proemio de la demanda** El proemio es la introducción de la demanda donde se expone brevemente el contexto del caso y se presenta la solicitud de amparo. Debe incluir la identificación del quejoso y la autoridad responsable. **Ejemplo:** \"Por medio del presente escrito, \[Nombre del quejoso\], con domicilio en \[dirección\], comparezco ante este Honorable Tribunal para solicitar el amparo y protección de la justicia en contra de \[acto reclamado\]\". **3.11.1.5 Capítulo de suspensión de los actos reclamados** En este capítulo se solicita la suspensión de los actos reclamados, argumentando la urgencia y la posible irreparabilidad del daño que podría causar la continuación de dichos actos. **Plazo:** La solicitud de suspensión debe presentarse de manera inmediata al interponer la demanda. **3.11.1.6 Puntos petitorios** Los puntos petitorios son las solicitudes específicas que se hacen al tribunal. Deben ser claros y precisos, indicando qué se solicita en términos de amparo. **Ejemplo:** \"Se solicita que se declare la inconstitucionalidad del acto reclamado y se ordene su suspensión\". **3.11.1.7 Firma de la demanda** La demanda debe ser firmada por el quejoso o su representante legal. En caso de que se utilice firma electrónica, esta debe ser válida y estar registrada. **Nota importante:** La falta de firma electrónica puede llevar al desechamiento de la demanda, salvo en los supuestos previstos en la Ley de Amparo 31. **3.11.1.8 Documentos que deben acompañarse a la demanda** La demanda debe ir acompañada de los documentos que acrediten la personalidad del quejoso, así como de aquellos que sustenten los hechos y derechos que se reclaman. **Ejemplo:** Copia de la resolución impugnada, documentos que acrediten el interés jurídico, etc. **3.11.1.9 Requisitos del artículo 108 de la Ley de Amparo** El artículo 108 de la Ley de Amparo establece los requisitos que debe cumplir la demanda de amparo: **3.11.1.9.1 Nombre y domicilio del quejoso** Se debe incluir el nombre completo y el domicilio del quejoso, así como su identificación oficial. **3.11.1.9.2 Nombre y domicilio del tercero interesado** Si hay terceros interesados, se debe incluir su nombre y domicilio. **3.11.1.9.3 Autoridades responsables** Se deben identificar claramente las autoridades responsables del acto reclamado. **3.11.1.9.4 Ley, acto u omisión que de cada autoridad se reclame** Es necesario describir de manera objetiva el acto, norma u omisión que se impugna, sin calificativos 20. **3.11.1.9.5 Protesta legal** La demanda debe incluir una protesta de decir verdad sobre los hechos expuestos, así como la referencia a los preceptos constitucionales que se consideran violados. **Nota importante:** La falta de alguno de estos requisitos puede dar lugar a una prevención o al desechamiento de la demanda 41. **Conclusión** Es fundamental que la demanda de amparo cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley de Amparo para garantizar su admisión y el correcto desarrollo del juicio. La precisión en la redacción y la presentación de los documentos necesarios son clave para evitar contratiempos en el proceso. **3.11.1.9.6 Conceptos de violación** Los conceptos de violación son los argumentos que el quejoso presenta para demostrar que el acto, norma u omisión reclamados violan sus derechos. Deben ser claros, precisos y estar fundamentados en la Constitución, tratados internacionales o leyes aplicables. **Ejemplo:** \"Se viola el artículo 14 de la Constitución al no respetar el debido proceso en la resolución del acto reclamado\". **Nota importante:** Los conceptos de violación deben ser formulados de manera que se relacionen directamente con los hechos expuestos en la demanda y deben ser suficientes para que el tribunal pueda analizar la legalidad del acto reclamado 41. **3.11.2 Acuerdos que pueden recaer a la demanda de amparo** Una vez presentada la demanda, el tribunal puede emitir diferentes tipos de acuerdos: **3.11.2.1 Auto de desechamiento de la demanda** Este auto se emite cuando la demanda no cumple con los requisitos establecidos por la Ley de Amparo. Puede ser por falta de legitimidad, por no presentar los documentos necesarios o por no especificar adecuadamente el acto reclamado. **Ejemplo:** \"Se desecha la demanda por no cumplir con el requisito de la protesta de decir verdad\". **3.11.2.2 Auto de aclaración de la demanda** Este auto se emite cuando el tribunal considera que la demanda presenta ambigüedades o falta de claridad. Se solicita al quejoso que aclare o complemente la información presentada. **Ejemplo:** \"Se requiere al quejoso que aclare los hechos relacionados con el acto reclamado en un plazo de cinco días\". **3.11.2.3 Auto de admisión de la demanda** Este auto se emite cuando la demanda cumple con todos los requisitos y se admite a trámite. Se ordena a las autoridades responsables que rindan su informe justificado. **Ejemplo:** \"Se admite a trámite la demanda y se ordena a la autoridad responsable que rinda su informe en un plazo de 15 días\". **3.11.3 Notificación a las autoridades responsables ordenadoras y ejecutoras para que rindan informe con justificación** Una vez admitida la demanda, el tribunal notifica a las autoridades responsables para que presenten un informe justificado sobre el acto reclamado. Este informe debe ser presentado en un plazo de 15 días, prorrogables. **Nota importante:** La falta de respuesta por parte de la autoridad puede llevar a la presunción de veracidad de los hechos expuestos por el quejoso 64. **3.11.4 Ampliación y desistimiento de la demanda** El quejoso puede solicitar la ampliación de la demanda para incluir nuevos hechos o conceptos de violación. Esta solicitud debe hacerse antes de que se emita la sentencia. **Desistimiento:** El quejoso también puede desistirse de la demanda en cualquier momento antes de que se dicte sentencia. El desistimiento debe ser expreso y se debe notificar al tribunal. **3.11.5 Réplica del demandante al informe con justificación** Una vez que la autoridad responsable presenta su informe, el quejoso tiene derecho a presentar una réplica. Esta réplica debe hacerse en un plazo de cinco días y debe responder a los argumentos y hechos expuestos en el informe. **Nota importante:** La réplica es una oportunidad para que el quejoso refute los argumentos de la autoridad y fortalezca su posición 59. **3.11.6 Otorgar intervención al Ministerio Público** El tribunal puede otorgar intervención al Ministerio Público en el juicio de amparo, especialmente en casos que involucren derechos fundamentales o interés público. El Ministerio Público puede presentar su opinión sobre el caso y contribuir al análisis de la legalidad del acto reclamado. **Nota importante:** La intervención del Ministerio Público es obligatoria en ciertos casos, como en aquellos que afectan derechos humanos o en los que se cuestiona la constitucionalidad de normas 63. **Conclusión** Es fundamental que el quejoso conozca cada uno de estos aspectos para garantizar un adecuado desarrollo del juicio de amparo. La precisión en la presentación de la demanda, así como en las respuestas y réplicas, son clave para la protección de los derechos que se reclaman. **3.11.7 Notificar al tercero interesado la demanda de amparo** Una vez que se admite la demanda de amparo, el tribunal debe notificar a los terceros interesados que puedan verse afectados por la resolución del juicio. Esto incluye a cualquier persona o entidad que tenga un interés legítimo en el resultado del caso. **Ejemplo:** Si un particular impugna un acto administrativo que afecta a una empresa, esta última debe ser notificada para que pueda ejercer su derecho a defensa. **Nota importante:** La falta de notificación a un tercero interesado puede llevar a la nulidad del procedimiento si se demuestra que su derecho a ser oído fue vulnerado 64. **3.11.8 Audiencia constitucional** La audiencia constitucional es una etapa clave en el juicio de amparo donde se presentan y discuten los argumentos de las partes. Se lleva a cabo con la presencia del juez y las partes involucradas. **3.11.8.1 Periodo probatorio** Durante este periodo, las partes pueden presentar pruebas que sustenten sus argumentos. **3.11.8.1.1 Carga de la prueba** La carga de la prueba recae sobre la parte que afirma un hecho. Es decir, quien alega la violación de un derecho debe demostrarlo con pruebas suficientes. **Ejemplo:** Si el quejoso alega que se le violó el derecho al debido proceso, debe presentar pruebas que respalden su afirmación. **3.11.8.1.2 Medios de prueba y forma de ofrecer las pruebas mediante su relación con los conceptos de violación** Los medios de prueba pueden incluir documentos, testimonios, peritajes, entre otros. Las pruebas deben ser ofrecidas de manera que se relacionen directamente con los conceptos de violación expuestos en la demanda. **Nota importante:** Las pruebas deben ser presentadas en el momento adecuado y conforme a las reglas establecidas en la Ley de Amparo 85. **3.11.8.1.3 Desahogo de pruebas** El desahogo de pruebas se refiere a la etapa en la que se presentan y valoran las pruebas ofrecidas. El juez debe asegurarse de que todas las pruebas sean admitidas y desahogadas conforme a la ley. **Ejemplo:** Si se presenta un testimonio, el juez debe permitir que el testigo declare y se le realicen preguntas por las partes. **3.11.8.2 Periodo de alegatos** Después del desahogo de pruebas, se abre un periodo para que las partes presenten sus alegatos finales. En esta fase, cada parte expone sus argumentos de manera resumida y concluyente. **Nota importante:** Los alegatos deben centrarse en los hechos y pruebas presentadas durante el juicio, así como en los conceptos de violación 85. **3.11.8.3 Cuando se difiere o suspende la audiencia constitucional** La audiencia constitucional puede diferirse o suspenderse en diversas circunstancias, como la falta de pruebas o la necesidad de que alguna de las partes presente información adicional. **Ejemplo:** Si una de las partes no se presenta a la audiencia, el juez puede decidir suspenderla y reprogramarla. **3.11.8.4 Diferimiento de la audiencia constitucional** El diferimiento se refiere a la reprogramación de la audiencia para una fecha posterior. Esto puede ocurrir por razones justificadas, como la falta de comparecencia de alguna de las partes o la necesidad de más tiempo para presentar pruebas. **Nota importante:** El diferimiento debe ser notificado a todas las partes involucradas para garantizar su derecho a la defensa. **3.11.8.5 Suspensión de la audiencia** La suspensión de la audiencia puede ocurrir por razones de fuerza mayor o por la necesidad de que el juez se pronuncie sobre algún incidente que afecte el desarrollo del juicio. **Ejemplo:** Si se presenta un incidente de incompetencia, el juez puede suspender la audiencia hasta que se resuelva dicho incidente. **3.11.9 Fase de sentencia, improcedencia de costas procesales** Una vez concluida la audiencia y presentados los alegatos, el tribunal emite su sentencia. En esta fase, se determina si el juicio de amparo es procedente o improcedente. **Improcedencia de costas procesales:** En el juicio de amparo, generalmente no se imponen costas procesales, es decir, no se condena a la parte perdedora a pagar los gastos del juicio. Esto se debe a la naturaleza protectora del amparo, que busca salvaguardar los derechos humanos. **Nota importante:** La improcedencia de costas procesales se fundamenta en el principio de que el amparo es un medio de defensa de derechos fundamentales y no debe ser un obstáculo económico para el acceso a la justicia 59. **Conclusión** Cada una de estas etapas y procedimientos es crucial para garantizar un juicio de amparo justo y equitativo. La correcta notificación, la presentación de pruebas y alegatos, así como la emisión de la sentencia, son elementos esenciales para la protección de los derechos humanos en el marco del juicio de amparo. La Unidad 4 del manual aborda la **Procedencia y Substanciación del Amparo Directo**, que es un recurso fundamental en el sistema jurídico mexicano para impugnar sentencias definitivas, laudos y resoluciones que ponen fin a un juicio. A continuación, se presentan los temas solicitados, incluyendo artículos relevantes, ejemplos y notas importantes. **4.1 Amparo Directo contra Sentencias Definitivas, Laudos y Resoluciones** El amparo directo se interpone contra sentencias definitivas, laudos y resoluciones que ponen fin al juicio, dictados por tribunales judiciales, administrativos o del trabajo. Este recurso es procedente cuando no existe otro recurso ordinario que pueda modificar o revocar la decisión impugnada, salvo en los casos en que la ley permita renunciar a los recursos. **4.1.1 Por Violaciones Cometidas Durante el Procedimiento (En Procedencia)** El amparo directo puede ser procedente si se demuestra que durante el procedimiento se cometieron violaciones a derechos fundamentales o garantías procesales. Esto incluye, por ejemplo, la falta de notificación adecuada a las partes, la omisión de pruebas relevantes, o la falta de imparcialidad del juez. **Ejemplo**: Si un tribunal administrativo no notifica a una de las partes sobre una audiencia crucial, esta parte puede alegar que su derecho a la defensa fue vulnerado, lo que justificaría la procedencia del amparo. **4.1.2 Por Violaciones de Fondo Cometidas en las Propias Sentencias, Laudos o Resoluciones (En Juicio)** El amparo directo también es procedente por violaciones de fondo en las sentencias, laudos o resoluciones. Esto se refiere a errores en la interpretación o aplicación de la ley que afectan el resultado del juicio. **4.1.2.1 Sentencias Definitivas** Las sentencias definitivas son aquellas que resuelven de manera final un litigio. El amparo puede interponerse si se considera que la sentencia es contraria a la Constitución o a los derechos humanos. **Artículo relevante**: Artículo 103 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece el derecho al amparo. **4.1.2.2 Oraciones Equiparables a Definitivas** Se refiere a resoluciones que, aunque no sean sentencias definitivas, tienen efectos similares y ponen fin al juicio. Por ejemplo, un laudo en materia laboral que resuelve sobre la existencia de una relación laboral. **4.1.2.3 Resoluciones que Pongan Fin al Juicio** Cualquier resolución que cierre el procedimiento, como un auto que declare la improcedencia de la demanda, puede ser impugnada a través del amparo directo. **4.1.2.4 Sentencias en Materia Penal Absolutorias y Autos de Libertad** Las sentencias absolutorias en materia penal y los autos de libertad también son susceptibles de amparo directo, especialmente si se alega que se han violado derechos fundamentales durante el proceso penal. **Notas Importantes** - **Plazos**: El amparo directo debe interponerse dentro de los plazos establecidos por la ley, generalmente dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la sentencia o resolución impugnada. - **Contenido de la Demanda**: La demanda de amparo debe contener los conceptos de violación, que son las razones por las cuales se considera que la resolución impugnada es inconstitucional o viola derechos humanos. - **Efectos del Amparo**: Si se concede el amparo, la autoridad responsable deberá dejar sin efecto la resolución impugnada y, en su caso, reponer el procedimiento conforme a lo ordenado por el tribunal de amparo. Este marco normativo y procedimental es esencial para garantizar el acceso a la justicia y la protección de los derechos humanos en el sistema jurídico mexicano. **4.1.2.5 Oraciones Definitivas y Resoluciones que Pongan Fin al Juicio Favorables al Quejoso en Materia Contencioso-Administrativa** Las oraciones definitivas y resoluciones que ponen fin al juicio en materia contencioso-administrativa pueden ser impugnadas a través del amparo directo si son favorables al quejoso. Esto se refiere a aquellas decisiones que, aunque resuelven a favor de una de las partes, pueden haber violado derechos fundamentales o garantías procesales. **Ejemplo**: Si un tribunal administrativo emite una resolución que otorga un permiso a un particular, pero lo hace sin seguir el procedimiento legal adecuado, la parte afectada puede interponer un amparo directo argumentando que su derecho a un debido proceso fue vulnerado. **4.2 Amparo Directo Contra Normas Generales** El amparo directo también puede interponerse contra normas generales, que son disposiciones de carácter general que regulan situaciones o conductas. **4.2.1 Contra Normas Generales Autoaplicativas** Las normas generales autoaplicativas son aquellas que se aplican directamente a un caso concreto sin necesidad de un acto administrativo adicional. El amparo es procedente si se demuestra que la norma afecta directamente los derechos del quejoso. **Condición**: Debe ser motivo de su aplicación, es decir, la norma debe tener efectos inmediatos sobre la situación del quejoso. **Artículo relevante**: Artículo 103 de la Constitución, que establece el derecho al amparo contra actos de autoridad. **4.2.2 Contra Normas Generales Heteroaplicativas** Las normas generales heteroaplicativas son aquellas que requieren de un acto administrativo para su aplicación. El amparo es procedente si se demuestra que la norma, al ser aplicada, vulnera derechos fundamentales. **Condición**: Debe ser motivo de su aplicación, lo que implica que el acto administrativo que aplica la norma debe ser impugnado. **4.3 Amparo Directo Adhesivo** El amparo directo adhesivo es un recurso que puede interponer una parte que no fue la quejosa original, pero que se ve afectada por la resolución impugnada. **4.3.1 Concepto** El amparo directo adhesivo permite a una parte que no fue la quejosa principal presentar sus propios argumentos en contra de la resolución impugnada, buscando que se modifique o revoque en su perjuicio. **4.3.2 Causas de Procedencia** Las causas de procedencia del amparo directo adhesivo incluyen la existencia de un interés jurídico en la resolución impugnada y la necesidad de proteger derechos que podrían verse afectados por la decisión del tribunal. **4.3.3 Conceptos de Violación que Pueden Hacerse Valer** Los conceptos de violación en el amparo directo adhesivo deben estar relacionados con los derechos que se consideran vulnerados por la resolución impugnada. Esto puede incluir violaciones a derechos humanos o garantías procesales. **4.3.4 Traslado a la Parte Contraria** Una vez interpuesto el amparo directo adhesivo, se debe dar traslado a la parte contraria para que pueda responder a los argumentos presentados por el adherente. **4.3.5 Preclusión de Derechos** La preclusión de derechos se refiere a la pérdida de la oportunidad de hacer valer ciertos derechos o argumentos si no se presentan en el momento adecuado. En el contexto del amparo directo adhesivo, es importante que la parte adherente actúe dentro de los plazos establecidos. **4.3.6 Oración** La oración en el amparo directo adhesivo debe ser clara y precisa, indicando lo que se solicita al tribunal y los fundamentos en los que se basa la solicitud. Esto incluye la exposición de los conceptos de violación y la argumentación jurídica correspondiente. **Notas Importantes** - **Plazos**: Es fundamental respetar los plazos establecidos para la interposición del amparo directo y del amparo directo adhesivo, ya que el incumplimiento puede llevar a la inadmisibilidad del recurso. - **Contenido de la Demanda**: La demanda de amparo debe ser elaborada con cuidado, incluyendo todos los elementos necesarios para su procedencia, como los conceptos de violación y la fundamentación jurídica. - **Efectos del Amparo**: Si se concede el amparo, el tribunal deberá dejar sin efecto la resolución impugnada y, en su caso, reponer el procedimiento conforme a lo ordenado. Este marco normativo y procedimental es esencial para garantizar el acceso a la justicia y la protección de los derechos humanos en el sistema jurídico mexicano. **4.4 Sustanciación del Amparo Directo** La sustanciación del amparo directo se refiere al procedimiento que se sigue una vez que se ha interpuesto la demanda de amparo. Este proceso es fundamental para garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso. **4.4.1 Requisitos de la Demanda de Amparo Directo** Los requisitos de la demanda de amparo directo son esenciales para su admisión. Debe contener: - **Identificación del acto reclamado**: Debe describirse de manera objetiva. - **Datos del quejoso**: Nombre, domicilio y, en su caso, representación legal. - **Conceptos de violación**: Argumentos que fundamenten la impugnación. - **Petición clara**: Lo que se solicita al tribunal. **Artículo relevante**: Artículo 107 de la Constitución y artículos 103 y 170 de la Ley de Amparo. **4.4.2 No es Legal Protestar** En el amparo directo, no es legal exigir la protesta de decir verdad, ya que la demanda debe basarse en hechos y derechos que se consideran vulnerados, no en la veracidad de las afirmaciones del quejoso. **4.4.3 No Suspensión de los Actos Reclamados** En el amparo directo, no se concede la suspensión de los actos reclamados, a diferencia del amparo indirecto, donde se puede solicitar la suspensión de los efectos del acto impugnado mientras se resuelve el juicio. **4.4.4 No Constituye Acto Reclamado la Norma, Ni Son Autoridades Responsables las que la Crean** Las normas generales no pueden ser objeto de reclamación en el amparo directo, ya que este se centra en actos concretos. Las autoridades que crean normas no son responsables en el contexto del amparo directo. **4.4.5 Autos que Pueden Recaer a la Demanda** Los autos que pueden recaer a la demanda de amparo directo incluyen: - **Auto de admisión**: Acepta la demanda y da inicio al procedimiento. - **Auto de desechamiento**: Declara improcedente la demanda. - **Auto de sobreseimiento**: Da por terminado el juicio sin resolver el fondo. **4.4.6 Conceptos de Violación** Los conceptos de violación son los argumentos que el quejoso presenta para fundamentar su demanda. Deben ser claros y específicos, señalando cómo el acto reclamado vulnera derechos humanos o garantías constitucionales. **Ejemplo**: \"El acto reclamado vulnera el derecho a la defensa al no permitirme presentar pruebas en mi favor.\" **4.4.7 Documentos que Deben Acompañarse a la Demanda, Plazo de Presentación y Autoridad Ante Quien Debe Presentarse** Los documentos que deben acompañarse a la demanda incluyen: - **Copia de la resolución impugnada**. - **Pruebas documentales** que sustenten los conceptos de violación. - **Identificación del quejoso** y su representante legal. **Plazo de presentación**: La demanda debe presentarse dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la resolución impugnada. **Autoridad ante quien debe presentarse**: La demanda se presenta ante el tribunal que dictó la resolución impugnada. **4.4.8 Admisión de la Demanda y Recurso de Reclamación en Contra del Auto Admisorio por Parte de la Responsable** Una vez presentada la demanda, el tribunal debe admitirla o desecharla. Si se admite, la parte responsable puede interponer un recurso de reclamación en contra del auto admisorio si considera que la demanda no cumple con los requisitos legales. **4.4.9 Recurso de Queja Contra Irregularidades del Responsable en la Tramitación de la Demanda** El recurso de queja puede interponerse si se advierten irregularidades en la tramitación de la demanda por parte de la autoridad responsable. Este recurso busca corregir cualquier error o abuso en el procedimiento. **Notas Importantes** - **Derechos Humanos**: El amparo directo es un mecanismo fundamental para la protección de los derechos humanos en México, permitiendo a los ciudadanos impugnar actos que vulneren sus derechos. - **Debido Proceso**: Es esencial que se respeten los principios del debido proceso en todas las etapas del amparo directo, garantizando así la justicia y la equidad en el sistema judicial. - **Efectos del Amparo**: Si se concede el amparo, el tribunal deberá dejar sin efecto la resolución impugnada y, en su caso, reponer el procedimiento conforme a lo ordenado. Este marco normativo y procedimental es crucial para asegurar el acceso a la justicia y la protección de los derechos fundamentales en el sistema jurídico mexicano. **4.4.10 Momento Procesal Oportuno para el Amparo Adhesivo** El amparo adhesivo es una figura que permite a una persona que ha obtenido una sentencia favorable en un juicio ordinario presentar una demanda de amparo directo en contra de un amparo promovido por la parte contraria. **Momento Procesal**: El amparo adhesivo debe promoverse dentro del plazo de 15 días contados a partir de la notificación del auto de admisión del amparo principal. Esto asegura que el adherente pueda defender sus intereses en el mismo proceso. **Artículo relevante**: Artículo 107 de la Ley de Amparo. **4.4.11 Ampliación y Desistimiento de la Demanda** - **Ampliación de la Demanda**: El quejoso puede ampliar su demanda de amparo para incluir nuevos conceptos de violación o hechos que considere relevantes. Esta ampliación debe hacerse dentro del plazo establecido y debe ser notificada a las partes involucradas. - **Desistimiento de la Demanda**: El quejoso tiene el derecho de desistirse de su demanda de amparo en cualquier momento antes de que se dicte la sentencia. Este desistimiento debe ser expreso y puede ser total o parcial. **Artículo relevante**: Artículo 107 de la Ley de Amparo. **4.4.12 Informe Justificado** El informe justificado es la respuesta que debe presentar la autoridad responsable ante la demanda de amparo. Este informe debe contener: - **Exposición de los hechos**: Relato de los hechos que dieron origen al acto reclamado. - **Fundamentos legales**: Normas y disposiciones que justifican la actuación de la autoridad. - **Pruebas**: Documentación que respalde la actuación de la autoridad. **Plazo**: La autoridad tiene un plazo de 15 días para presentar este informe, prorrogable en casos excepcionales. **Artículo relevante**: Artículo 107 de la Ley de Amparo. **4.4.13 Inexistencia de Réplica** En el procedimiento de amparo directo, no se prevé la posibilidad de réplica por parte del quejoso tras la presentación del informe justificado por la autoridad responsable. Esto significa que el quejoso no puede responder a los argumentos presentados por la autoridad, lo que limita su capacidad de defensa en esta etapa. **4.4.14 Inexistencia de Costas Procesales** En el juicio de amparo, no se imponen costas procesales a las partes. Esto significa que cada parte asume sus propios gastos y no se generan sanciones económicas por la presentación de la demanda o por la defensa de los derechos. **Nota Importante**: Esta disposición busca garantizar el acceso a la justicia y evitar que los costos económicos sean un obstáculo para la defensa de los derechos humanos. **4.4.15 Los Autos Originales del Juicio donde Emana el Acto Reclamado como Único Medio de Prueba** Los autos originales del juicio en el que se dictó el acto reclamado son considerados el único medio de prueba en el juicio de amparo. Esto implica que el tribunal de amparo debe basar su decisión en los documentos y actuaciones que obran en el expediente del juicio original. **Artículo relevante**: Artículo 107 de la Ley de Amparo. **4.4.16 Alegatos** Los alegatos son las manifestaciones finales que presentan las partes en el juicio de amparo. En esta etapa, el quejoso y la autoridad responsable pueden exponer sus argumentos y conclusiones sobre el caso. **Plazo**: Los alegatos deben presentarse dentro del plazo que el tribunal determine, generalmente al finalizar la etapa de presentación del informe justificado. **Importancia**: Los alegatos son cruciales para que el tribunal tenga una visión clara de las posiciones de ambas partes antes de emitir su resolución. **Notas Importantes** - **Derechos Humanos**: El procedimiento de amparo está diseñado para proteger los derechos humanos y garantizar que las personas puedan impugnar actos que consideren violatorios de sus derechos. - **Debido Proceso**: Es fundamental que se respeten los principios del debido proceso en todas las etapas del juicio de amparo, asegurando así la justicia y la equidad en el sistema judicial. - **Efectos del Amparo**: Si se concede el amparo, el tribunal deberá dejar sin efecto la resolución impugnada y, en su caso, reponer el procedimiento conforme a lo ordenado. Este marco normativo y procedimental es esencial para asegurar el acceso a la justicia y la protección de los derechos fundamentales en el sistema jurídico mexicano. **5.1 Requisitos que deben contener las sentencias de amparo** Las sentencias de amparo deben cumplir con ciertos requisitos para garantizar su validez y efectividad. Estos requisitos son fundamentales para asegurar que se respeten los derechos humanos y se garantice el debido proceso. **5.1.1 Fijación del acto reclamado** La sentencia debe identificar de manera clara y precisa el acto reclamado. Esto implica que el tribunal debe especificar cuál es la acción u omisión de la autoridad que se impugna, así como el contexto en el que se produjo. - **Importancia**: La fijación del acto reclamado es esencial para que las partes comprendan el alcance de la decisión y para que se garantice el derecho de defensa. **5.1.2 Análisis sistémico de todos los conceptos de violación y agravios** El tribunal debe realizar un análisis exhaustivo de todos los conceptos de violación y agravios que el quejoso haya planteado en su demanda. Esto incluye: - **Revisión de argumentos**: Evaluar cada uno de los argumentos presentados por el quejoso y la autoridad responsable. - **Contexto normativo**: Considerar el marco legal aplicable y cómo se relaciona con los hechos del caso. - **Importancia**: Este análisis garantiza que se tomen en cuenta todas las alegaciones y se emita una resolución justa y fundamentada. **5.1.3 Valoración de las pruebas y su desahogo** La sentencia debe incluir una valoración de las pruebas presentadas por las partes. Esto implica: - **Desahogo de pruebas**: El tribunal debe llevar a cabo el desahogo de las pruebas, es decir, permitir que se presenten y se analicen las pruebas ofrecidas por el quejoso y la autoridad. - **Criterios de valoración**: La sentencia debe explicar los criterios utilizados para valorar las pruebas y cómo estos influyeron en la decisión final. - **Importancia**: La valoración adecuada de las pruebas es fundamental para garantizar la justicia y la equidad en el proceso. **5.1.4 Consideraciones y fundamentos para conceder, negar o sobreseer** La sentencia debe contener las consideraciones y fundamentos que justifiquen la decisión del tribunal, ya sea para conceder, negar o sobreseer el amparo. Esto incluye: - **Motivación**: La resolución debe estar debidamente motivada, explicando las razones por las cuales se toma una determinada decisión. - **Referencia a normas**: Citar las normas y principios legales que sustentan la decisión. - **Importancia**: La motivación de la sentencia es esencial para la transparencia del proceso y para que las partes comprendan las razones de la decisión. **5.1.5 Efectos o medidas en que se traduce la concesión de amparo** Cuando se concede el amparo, la sentencia debe especificar los efectos o medidas que se derivan de esta concesión. Esto incluye: - **Restitución de derechos**: Indicar cómo se restituirán los derechos del quejoso. - **Pronunciamiento sobre violaciones procesales**: En el caso de amparos directos, el tribunal debe pronunciarse sobre todas las violaciones procesales que se hayan alegado. - **Suplencia de la queja**: El tribunal puede suplir la queja en caso de que el quejoso no haya planteado adecuadamente sus argumentos. - **Términos para nueva resolución**: Establecer los términos en que debe emitirse una nueva resolución por parte de la autoridad responsable. - **Importancia**: Estos efectos son cruciales para garantizar que la resolución del tribunal tenga un impacto real en la protección de los derechos del quejoso. **Notas Importantes** - **Derechos Humanos**: La correcta aplicación de estos requisitos en las sentencias de amparo es fundamental para la protección de los derechos humanos y el acceso a la justicia. - **Debido Proceso**: Asegurar que las sentencias cumplan con estos requisitos es parte del respeto al debido proceso, garantizando que todas las partes tengan la oportunidad de ser escuchadas y de presentar sus argumentos. Estos requisitos son esenciales para que las sentencias de amparo sean efectivas y cumplan con su propósito de proteger los derechos fundamentales de las personas en el sistema jurídico mexicano. **5.1.6 Puntos Resolutivos** Los puntos resolutivos son la parte de la sentencia donde el tribunal expresa de manera clara y concisa las decisiones que ha tomado respecto a los planteamientos del quejoso. Estos deben incluir: - **Decisión sobre el amparo**: Indicar si se concede o se niega el amparo solicitado. - **Efectos de la resolución**: Especificar los efectos que tendrá la resolución, como la restitución de derechos o la nulidad de actos administrativos. - **Instrucciones a la autoridad responsable**: En caso de que se conceda el amparo, se deben dar instrucciones claras a la autoridad responsable sobre cómo debe proceder. - **Importancia**: Los puntos resolutivos son fundamentales para que las partes comprendan las consecuencias de la sentencia y para que se garantice la ejecución de la misma. **5.2 Principios Constitucionales que Rigen las Sentencias de Amparo** Los principios constitucionales son fundamentales para asegurar que las sentencias de amparo se emitan de manera justa y equitativa. A continuación, se describen algunos de estos principios: **5.2.1 Congruencia** La congruencia se refiere a la necesidad de que la sentencia sea coherente con los argumentos y pretensiones planteadas por las partes. Esto implica que: - **Relación entre alegaciones y resolución**: La decisión del tribunal debe estar alineada con los conceptos de violación y agravios presentados por el quejoso. - **Evitar sorpresas**: Las partes no deben ser sorprendidas con decisiones que no hayan sido discutidas durante el proceso. - **Importancia**: La congruencia es esencial para garantizar el derecho de defensa y la seguridad jurídica. **5.2.2 Relatividad de sus Efectos o Fórmula Otero** La relatividad de los efectos de la sentencia de amparo implica que la resolución solo beneficia a las partes involucradas en el juicio. Esto se traduce en: - **Fórmula Otero**: La sentencia de amparo tiene efectos únicamente en relación con el quejoso y no se extiende a terceros, salvo en casos excepcionales. - **Excepción en la Declaratoria de Inconstitucionalidad**: En el caso de normas generales, la declaración de inconstitucionalidad puede tener efectos más amplios, afectando a todos. - **Importancia**: Este principio asegura que las sentencias de amparo no generen efectos indeseados en situaciones que no han sido objeto de litigio. **5.2.3 Suplemento en la Deficiencia de la Queja** Este principio permite que el tribunal complete o subsane deficiencias en la queja presentada por el quejoso. Esto incluye: - **Suplencia de la queja**: El tribunal puede suplir la deficiencia en la argumentación del quejoso, siempre que se trate de cuestiones de fondo que afecten sus derechos. - **Protección de derechos**: Este principio busca garantizar que los derechos del quejoso sean protegidos, incluso si su demanda no está perfectamente formulada. - **Importancia**: La suplencia en la deficiencia de la queja es crucial para asegurar el acceso a la justicia y la protección efectiva de los derechos humanos. **5.2.4 Apreciación del Acto Reclamado** La apreciación del acto reclamado debe realizarse tal y como aparece probado ante la autoridad responsable. Esto implica: - **Análisis de pruebas**: El tribunal debe considerar las pruebas presentadas y la forma en que el acto fue ejecutado por la autoridad. - **Contexto del acto**: La valoración del acto debe hacerse en el contexto en que se produjo, considerando las circunstancias y el marco legal aplicable. - **Importancia**: Una adecuada apreciación del acto reclamado es fundamental para emitir una resolución justa y fundamentada, garantizando así el respeto a los derechos del quejoso. **Conclusión** Estos requisitos y principios son esenciales para asegurar que las sentencias de amparo sean efectivas, justas y respeten los derechos humanos. La correcta aplicación de estos elementos contribuye a la legitimidad del sistema de justicia y a la protección de los derechos fundamentales en el marco del juicio de amparo. **5.3 Aclaración de Sentencia** La aclaración de sentencia es un mecanismo que permite corregir o aclarar aspectos de la resolución emitida por el tribunal de amparo. Esta aclaración puede realizarse de las siguientes maneras: **5.3.1 De Oficio** El tribunal puede aclarar de oficio cualquier aspecto de la sentencia que considere necesario para su correcta interpretación o ejecución. Esto incluye: - **Ejemplo**: Si en la sentencia se presenta una ambigüedad en los puntos resolutivos, el tribunal puede aclarar el sentido de la resolución sin necesidad de que las partes lo soliciten. **5.3.2 A propuesta de las Partes** Las partes pueden solicitar la aclaración de la sentencia si consideran que hay aspectos que requieren precisión. Esto se formaliza mediante un escrito dirigido al tribunal, donde se expongan las razones de la solicitud. - **Ejemplo**: Un quejoso puede solicitar la aclaración de una sentencia si considera que no se ha abordado adecuadamente un agravio específico. **5.3.3 Mediante Recurso de Revisión en Amparo Indirecto** En el caso de que se interponga un recurso de revisión en amparo indirecto, se puede solicitar la aclaración de la sentencia como parte de los argumentos presentados. - **Ejemplo**: Al impugnar una resolución de amparo indirecto, el recurrente puede señalar que la sentencia original no abordó ciertos puntos relevantes, solicitando su aclaración. **5.3.4 Mediante Señalización a la Autoridad de Amparo Directo** Las partes pueden señalar a la autoridad de amparo directo la necesidad de aclarar ciertos aspectos de la sentencia, lo que puede llevar a que el tribunal emita una resolución aclaratoria. - **Ejemplo**: Si la autoridad responsable no entiende claramente los efectos de la sentencia, puede solicitar al tribunal que aclare su contenido. **5.4 Cumplimiento e Incumplimiento de las Sentencias de Amparo** El cumplimiento de las sentencias de amparo es fundamental para garantizar la efectividad de la protección de los derechos humanos. A continuación, se describen los aspectos relevantes en este contexto. **5.4.1 Supuestos del Artículo 107, Fracción XVI de la CPEUM** El artículo 107, fracción XVI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece los supuestos en los que se puede considerar el incumplimiento de una sentencia de amparo. Estos incluyen: - **Ejemplo**: Si la autoridad responsable no ejecuta la sentencia en el plazo establecido, se puede considerar que hay incumplimiento. **5.4.2 Incidente de Inejecución** El incidente de inejecución es el procedimiento que se sigue cuando se alega que una sentencia de amparo no ha sido cumplida. Este incidente permite al tribunal evaluar la situación y tomar las medidas necesarias. - **Ejemplo**: Un quejoso puede presentar un incidente de inejecución si la autoridad no ha restituido sus derechos conforme a la sentencia. **5.4.3 Facultad del Tribunal de Amparo de Ejecutar la Sentencia** El tribunal de amparo tiene la facultad de ejecutar la sentencia en caso de incumplimiento. Esto incluye la posibilidad de ordenar a la autoridad responsable que cumpla con lo dispuesto en la resolución. - **Ejemplo**: Si una autoridad no restituye un derecho, el tribunal puede ordenar su cumplimiento inmediato. **5.4.4 Recurso de Inconformidad del Cumplimiento de la Sentencia** Las partes pueden interponer un recurso de inconformidad si consideran que el cumplimiento de la sentencia no se ha realizado de manera adecuada. Este recurso permite revisar la forma en que se ha ejecutado la resolución. - **Ejemplo**: Si el quejoso considera que la autoridad ha cumplido parcialmente la sentencia, puede presentar un recurso de inconformidad. **5.4.5 Suplencia de la Vía y de la Queja** El tribunal puede suplir la vía y la queja en caso de que las partes no hayan planteado adecuadamente sus argumentos. Esto asegura que se protejan los derechos del quejoso, incluso si su demanda no está perfectamente formulada. - **Ejemplo**: Si un quejoso presenta un incidente de inejecución sin especificar adecuadamente los motivos, el tribunal puede suplir la deficiencia y analizar el fondo del asunto. **5.4.6 Retardo en el Cumplimiento de la Ejecutoria de Amparo** El retardo en el cumplimiento de la ejecutoria de amparo se refiere a la demora en la ejecución de la sentencia por parte de la autoridad responsable. Este retardo puede dar lugar a la presentación de incidentes o recursos por parte del quejoso. - **Ejemplo**: Si la autoridad tarda más de lo razonable en cumplir con la sentencia, el quejoso puede presentar un incidente de inejecución por retardo. **Conclusión** Los requisitos y principios mencionados son esenciales para garantizar la efectividad y la justicia en el proceso de amparo. La correcta aplicación de estos elementos contribuye a la protección de los derechos humanos y a la legitimidad del sistema judicial en México. **5.4.7 Cumplimiento aparente** El cumplimiento aparente se refiere a situaciones en las que una autoridad parece haber cumplido con una sentencia de amparo, pero en realidad no ha realizado un cumplimiento efectivo y sustantivo de la misma. Este concepto es crucial para garantizar que las resoluciones judiciales se ejecuten de manera efectiva y no se conviertan en meras formalidades. **5.4.7.1 Acto nuevo** Un acto nuevo se refiere a una acción que la autoridad realiza después de la sentencia de amparo, que no es el cumplimiento de la misma, sino que puede ser un intento de eludirla. Por ejemplo, si un tribunal ordena la restitución de un derecho y la autoridad, en lugar de cumplir con la orden, emite un nuevo acto que contradice la sentencia, esto se consideraría un acto nuevo. **Artículo de referencia:** Ley de Amparo, Artículo 107, que establece que las sentencias de amparo deben ser cumplidas de manera efectiva. **5.4.7.2 Repetición del acto reclamado** La repetición del acto reclamado ocurre cuando la autoridad vuelve a realizar el mismo acto que fue objeto de la impugnación en el juicio de amparo, a pesar de que este acto ya había sido declarado inconstitucional. Esto puede suceder, por ejemplo, si una autoridad emite una resolución que ya había sido anulada por un amparo anterior. **5.4.7.2.1 Recurso Delaware** El recurso Delaware se refiere a la inconformidad que surge cuando la autoridad repite el acto que fue objeto de la sentencia de amparo. Este recurso permite al quejoso impugnar nuevamente el acto, argumentando que la autoridad no ha cumplido con la sentencia. **Nota importante:** La repetición del acto reclamado puede dar lugar a nuevas acciones legales y a la posibilidad de que la autoridad enfrente sanciones por desacato. **5.4.7.3 Exceso de efecto en el cumplimiento de la sentencia** El exceso de efecto se refiere a situaciones en las que la autoridad, al intentar cumplir con una sentencia de amparo, va más allá de lo que se ordenó en la misma. Por ejemplo, si un tribunal ordena la restitución de un derecho específico y la autoridad, en lugar de eso, realiza acciones que afectan otros derechos del quejoso, esto se consideraría un exceso de efecto. **Artículo de referencia:** Ley de Amparo, Artículo 107, que establece los límites del cumplimiento de las sentencias. **5.4.8 Cumplimiento sustituto en las sentencias** El cumplimiento sustituto se refiere a la posibilidad de que, en lugar de cumplir con la sentencia de amparo de manera directa, la autoridad realice un acto que sustituya el cumplimiento. Esto puede ser aceptable en ciertos casos, siempre que el acto sustituto cumpla con el objetivo de la sentencia. **Ejemplo:** Si un tribunal ordena la restitución de un inmueble y la autoridad no puede cumplir con la entrega del mismo, podría ofrecer una compensación económica como cumplimiento sustituto. **5.4.9 Denuncia de incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad** La denuncia de incumplimiento se refiere a la posibilidad de que cualquier persona o autoridad pueda señalar que una norma declarada inconstitucional no está siendo desechada o no se está cumpliendo. Esto es fundamental para asegurar que las declaraciones de inconstitucionalidad tengan efectos reales en el ordenamiento jurídico. **Artículo de referencia:** Ley de Amparo, Artículo 107, que establece las consecuencias de la declaración de inconstitucionalidad. **5.4.10 Ejecución de sentencias de amparo cuando la autoridad goza de fuero constitucional** Cuando una autoridad goza de fuero constitucional, la ejecución de las sentencias de amparo puede ser más compleja. Esto se debe a que el fuero puede limitar la capacidad de los tribunales para hacer cumplir sus resoluciones. Sin embargo, la Ley de Amparo establece mecanismos para garantizar que las sentencias sean efectivas, incluso en estos casos. **Ejemplo:** Si un funcionario público con fuero es condenado a restituir un derecho, la ejecución de la sentencia puede requerir la intervención de otras autoridades o mecanismos especiales. **5.4.11 Propuestas para el eficaz cumplimiento de las sentencias de amparo** Para garantizar el cumplimiento efectivo de las sentencias de amparo, se pueden considerar las siguientes propuestas: 1. **Fortalecimiento de la supervisión judicial:** Establecer mecanismos de seguimiento para asegurar que las autoridades cumplan con las sentencias. 2. **Sanciones efectivas:** Implementar sanciones más severas para las autoridades que incumpl

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