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**APLICACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL MARCO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CHILENA** **Alumnos:** **Ricardo Bravo Cornejo.** **María Meneses Trincado.** **Andrés Araya.** **Cristian Mella** **Docente: Juan Pablo Cortés.** **Universidad del Alba.** ![](media/null) **RESUMEN:**...
**APLICACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL MARCO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CHILENA** **Alumnos:** **Ricardo Bravo Cornejo.** **María Meneses Trincado.** **Andrés Araya.** **Cristian Mella** **Docente: Juan Pablo Cortés.** **Universidad del Alba.** ![](media/null) **RESUMEN:** La investigación abordará el problema de los derechos humanos en Chile, desde una mirada práctica, tratando de dejar de lado la visión política con la cual los distintos sectores los han vinculado a lo largo de la historia de nuestro país. Para ello haremos un análisis histórico, recorriendo los antecedentes a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, las grandes Revoluciones, así como la Segunda guerra mundial, hasta llegar a la Declaración. También se analizarán las realidades contemporáneas de diferentes Estados, desde aquellos que podrían llamarse modelos en cuanto a los derechos humanos, como también los de países latinoamericanos, revisando derecho comparado y diversos tratados internacionales suscritos por Chile. Una vez concluido con los antecedentes históricos se abordará de lleno el problema de la aplicación de los derechos humanos en la administración pública, y para ello contaremos con la visión de los propios funcionarios públicos que desde su perspectiva permitirán poder identificar los problemas del día a día en las distintas instituciones, el real grado de aplicación de los derechos humanos a nivel estatal, y los planteamientos que ellos sugieren para dar solución a esta problemática. **ÍNDICE O TABLA DE CONTENIDOS:** INTRODUCCIÓN......................................................................................Pág.6 CAPÍTULO I: Antecedentes Históricos previos a la Declaración Universal de los Derechos Humanos................................................................................................Pág. 8 CAPÍTULO II: La Organización de las Naciones Unidas.....................\............\......\...Pág. 10 A.- Comisión para la Declaración Universal de los Derechos Humanos.....................Pág. 15. B.- Declaración Universal de los Derechos Humanos..........................................Pág. 21 C.- Países que suscriben la Declaración Universal y como esta ha influido en ellos, y su propia Administración Pública...........................................................................Pág. 30 CAPÍTULO III: Chile y su Administración Pública............................\...\...\...\...\...\...\.....Pág. 56 A.- Concepto de administración pública...........................................................Pág. 62 B.- Antecedentes Históricos en Chile...........................\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\....Pág. 65 C.- Función Pública versus Administración Pública...............................................Pág. 70 CAPÍTULO IV: Funcionarios Públicos, su Rol ante la Problemática de los Derechos Humanos en Chile.................................................................................................Pág. 76 A.- Entrevistas a Funcionarios Públicos y su visión respecto de la aplicación y la promoción de los derechos humanos en la administración pública\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\...\.....Pág.90 II. Es importante destacar algunos de los Fenómenos Históricos y Culturales que anteceden a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas de 1949. Entre estos podemos encontrar las revoluciones de Estados Unidos y Francia, en el siglo XVIII y en las cuales se basan los modelos democráticos que hoy se conocen, con las evidentes diferencias de ambas revoluciones, en las cuales destaca la Revolución Americana, que se construye desde sus inicios como una democracia, en cambio, en Francia existió incluso una posibilidad de llegar a una dictadura totalitaria antes de la modernización social y económica. Durante la investigación se hará alusión a las distintas instituciones extraterritoriales, tratados internacionales, leyes que inciden en el contexto de los derechos humanos, su aplicación en Chile, en los distintos estamentos de la Administración Pública, haciendo un análisis detallado del tema a desarrollar. De esta manera se enfocará en el Derecho comparado respecto de los Derechos Humanos y Administración Pública, considerando como base países con larga historia respecto de los derechos humanos, como también países de Latinoamérica y cómo se ha desarrollado y protegido los derechos humanos en dichos territorios, específicamente en las distintas instituciones de la administración. La base principal de la investigación será el desarrollo de trabajo de campo a través de entrevistas a funcionarios públicos que se desempeñan en variadas entidades y áreas de la Administración Pública, respecto de su visión personal de los Derechos Humanos, cómo estos se implementan en las instituciones que ellos trabajan, y cuál es su propuesta para mejorar la aplicación de los mismos dentro de la función pública, considerando que éstos están inmersos en el sistema y que su visión es de suma importancia para conocer desde sus percepciones y experiencias en el desarrollo de la investigación propuesta, la hipótesis y conclusiones, para nuestro trabajo final.. **PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA** Chile es considerado unos de los países con mayor acceso y mayor cantidad de años de estudios en Latinoamérica, siendo considerado de los mejores países latinoamericanos en conjunto a Argentina, esto en base a un estudio el cual fue realizado por la unidad de inteligencia del semanario británico (cita del semanario al que aluden). A pesar de lo anterior, los chilenos hacen la autocrítica en mención de falta de calidad en la educación y también la necesidad de una reestructuración del sistema educativo en cuanto a la forma de evaluaciones y sobre todo a las materias que se enseñan tanto en el colegio como también en las universidades, incluyendo las diferencias de los privilegios que tiene la población de mayor poder adquisitivo en comparación a la población que tiene menor poder adquisitivo. Una de las materias las cuales hoy en día se encuentran en discusión, que se deberían enseñar dentro de la enseñanza básica o media, es el derecho civil, el cual debe incluir los derechos humanos, que corresponden a la base por donde se parte la creación de cualquier estamento o institución, por lo que esta debe ser requerida dentro de un currículum educacional para la población. Es debido a esto que existen vacíos investigativos respecto a cuál es el conocimiento que tiene la población chilena en base a cuáles son los derechos humanos, como se conforman los puntos los cuales se busca defender y hacia dónde se dirigen los derechos humanos. En base a lo señalado anteriormente, se buscará identificar en el segmento de población que tiene acceso al conocimiento de la materia y definiciones del tema la real implementación, observancia y aplicación de políticas que enfaticen la promoción y respeto de los derechos humanos tanto al interior de las instituciones públicas del país como en su contacto con los ciudadanos, con lo cual se buscará concretar y dar una ideología del conocimiento que tiene este segmento de personas. IV.- PREGUNTA PRINCIPAL: ======================== Preguntas específicas ===================== 1. 2. 3. 4. 5. 1. 2. 3. 4. 1. V. DEFINICIÓN DE LOS OBJETIVOS GENERAL Y ESPECÍFICOS DE INVESTIGACIÓN: =================================================================== 1. IV.2. Objetivos Específicos: ============================ V. JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN: ===================================== Se debe considerar que la poca información al respecto y la histórica politización de los mismos ha sembrado en la población nacional la incertidumbre en cuanto al ejercicio estos. Los funcionarios públicos, muchas veces han trabajado años en una institución y se han ido "instruyendo" en la práctica sin contar con mayor capacitación del Estado al respecto. Muchos han optado por estudiar por sus propios medios en un afán de obtener mejores conocimientos al respecto. Ante la situación descrita no solo se hace necesaria una investigación al respecto, sino que es preponderante en el momento actual del país, obtener respuestas y por qué no, tener una visión desde el interior de la organización pública a través de los ojos de los propios funcionarios, quienes deberán proponer soluciones concretas para poder llegar a lo que es el objetivo final: la Aplicación de los derechos humanos y su promoción en la administración pública. ESTADO DE LA SITUACIÓN (MARCO TEÓRICO, CONTEXTUAL JURÍDICO Y/O LEGAL): ====================================================================== La investigación dice relación con la aplicación de los Derechos Humanos en el país, en su protección y promoción, y como el Estado se hace partícipe de ello, considerando el proceso histórico hasta la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cómo éstos influyen en nuestra sociedad mediante las distintas Instituciones Públicas, para lo cual se basara en entrevistas, las cuales permitirá un análisis exhaustivo y un informe final desde la mirada de un grupo de funcionarios públicos de diferentes cargos y funciones, y de cómo se aplican estos derechos en la Función Pública enfocándose principalmente en el grupo humano a entrevistar y su propuesta para mejorar el trabajo y la atención en torno a los Derechos Humanos, despolitizando el concepto y enfocándonos en el día a día de funcionarios y usuarios. La lucha constante por la protección y el reconocimiento de los Derechos Humanos ha implicado desde movimientos sociales hasta modificaciones a las normatividades en los Estados hacia su interior (Ordenamiento Jurídico), como también en el marco del Derecho Internacional de los Derechos humanos. todo ello con el firme propósito de mejorar la calidad de vida de los individuos y el logro de la consecución de la dignidad humana, principio y fin de los Derechos Humanos. Existen diversos Derechos Humanos que han sido clasificados bajo diferentes ópticas. Cabe señalar que éstos no pueden ser observados cada uno de forma separada tal y como lo señala el principio de interdependencia, sino que, todos en conjunto forman una universalidad de derechos que, de manera solidaria aportan al individuo las condiciones necesarias para su desarrollo de manera íntegra. Por otro lado, podemos definir a la Administración Pública como la actividad exclusiva del Estado que tiene por objeto precisamente la satisfacción de las necesidades de los individuos y, la tutela, desarrollo y promoción de estos a través de la administración de recursos y la gestión pública. Ahora bien, hablar de Derechos Humanos puede resultar tan extenso como el derecho per sé y del mismo modo, hablar de Administración Pública puede resultar igual de extenso, por lo que se abordará la Administración Pública como derecho humano en el marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Para que el Estado pueda ejercer de manera eficaz y eficiente todas las actividades encomendadas a él, resulta necesaria la creación de diversas instituciones jurídicas y administrativas con la finalidad de que éstas se encarguen de cumplir con la satisfacción de las necesidades y de las nuevas encomiendas a considerar derivado del aumento de población, así como de la evolución de la sociedad en general. De esta forma, surge la Administración Pública, la cual es el conjunto de personas e instituciones que se encargan de administrar los recursos del Estado para lograr la satisfacción de los intereses de los gobernados. La administración pública es la parte del Estado que depende del poder Ejecutivo, su acción es continua y permanente, su finalidad es el interés público. Asimismo, la Administración Pública engloba por sí misma actividades de índole político y administrativo, tomando en su poder diversas atribuciones para la distribución de recursos y servicios públicos. Esta actividad acompaña al hombre desde su nacimiento hasta su desaparición de la vida terrestre. (Colmeiro, 2004, p. 1159). Dentro del marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la definición más aceptada de Derechos Humanos, es aquella que podemos encontrar en el documento emitido por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas en México, denominado "20 claves para conocer y comprender mejor los derechos humanos", en donde se observa que se puede definir a los derechos humanos como "el conjunto de derechos y libertades fundamentales para el disfrute de la vida humana en condiciones de plena dignidad y se definen como intrínsecos a toda persona por el mero hecho de pertenecer al género humano". Para Castillo del Valle, los derechos humanos son todas las prerrogativas o potestades que Dios (o la naturaleza para los agnósticos), ha otorgado a todo sujeto que tenga la condición de ser humano, a fin de que se desarrolle plenamente en sociedad en su desenvolvimiento vital **(**Del Valle, 2011, 19). En este sentido las diversas definiciones de los derechos humanos coinciden en que son todas aquellas prerrogativas de la cuales goza un individuo por el simple hecho de serlo, sin distinción de sexo, origen étnico, nacionalidad, religión, lugar de residencia, entre otras características propias de la diversidad, todo esto con el fin de que el propio individuo logre desarrollarse de forma plena en estricto apego a su dignidad. Por lo anterior, resulta necesario entonces definir es el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el cual, de acuerdo con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas se entiende como aquel que establece las obligaciones que los Estados deben respetar. Cabe señalar que los Derechos Humanos no son prerrogativas creadas por los Estados, sino que éstos son derechos y que el Estado reconoce a sus ciudadanos y se encuentra obligado a establecer mecanismos necesarios para asegurar su protección y debido cumplimiento. Históricamente estos derechos han sido reconocidos por diversas leyes, tratados internaciones, principios generales de derecho. Sin embargo, el primer reconocimiento jurídico internacional de los derechos humanos en un documento vinculante lo podemos observar en la Declaración Universal de Derechos Humanos adoptada el 10 de diciembre de 1948 en París, Francia, por la tercera Asamblea General de Naciones Unidas. A través de esta ratificación del documento, así como de los diversos tratados internacionales en materia de Derechos Humanos, los Estados se obligan a adoptar las medidas conducentes y la modificación o creación de normas hacia su interior que sean compatibles con los derechos y obligaciones que emanan de dichos tratados. En caso de que los procedimientos judiciales nacionales no aborden los abusos en contra los derechos humanos, existen mecanismos y procedimientos en el plano regional e internacional para presentar denuncias o comunicaciones individuales, que ayudan a garantizar que las normas internacionales de derechos humanos sean efectivamente respetadas, aplicadas y acatadas en el plano local. En el marco del Derecho Internacional de los Derechos humanos, se analizan 3 documentos que hablan sobre el Derecho Humano a una buena Administración Pública los cuales Los dos primeros documentos corresponden al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, firmados por los Estados miembros de la OEA. Por su parte, el tercer documento es suscrito exclusivamente por los Estados pertenecientes a la Carta de las Naciones Unidas. Presentar este punto - Esta carta además de ratificar y defender el derecho de los Estados de América a la democracia y la correlativa obligación para sus gobiernos de promoverla y defenderla sostiene en su Artículo 4 que, los gobiernos deben transparentar sus actividades, así como observar la probidad en la gestión pública y el respeto por los derechos sociales (CEJIL, 2009, p. 65). En este sentido y luego de un análisis expansivo, podemos afirmar que, si bien existe una diferencia entre lo que es gestión pública y lo que es Administración Pública, entendiendo a la primera como aquella que se ocupa de la utilización de los medios adecuados para alcanzar un fin colectivo, trata de los mecanismos de decisión para la asignación y distribución de los recursos públicos, y de la coordinación y estímulo de los agentes públicos para lograr objetivos colectivos, mientras que por Administración Pública, como se dicho anteriormente, podemos entender que ésta se refiere a la institución como tal, es decir, el conjunto de órganos y personas que se encargan de administrar y gestionar los recursos del Estado. En este sentido, la Administración Pública se sirve de la gestión pública y viceversa, en una simbiosis indivisible, para lograr sus respectivos fines que son, en ambos casos, la satisfacción de los intereses de los gobernados. Así, podemos afirmar que la Carta Democrática Interamericana resulta un instrumento de Derecho Internacional de los Derechos Humanos que protege y consagra de forma indirecta, el derecho de los individuos a tener una buena administración pública, la cual se lleve siempre de una forma eficaz y eficiente y en estricta observancia, respeto y promoción a los Derechos Humanos. - Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales Otro instrumento en materia de Derecho Internacional de los Derechos Humanos que versa de manera indirecta sobre el derecho a la Administración Pública, es el Protocolo de San Salvador, este protocolo, firmado y ratificado por México el 17 de noviembre de 1988 y 16 de abril de 1996, respectivamente y ratificado por Colombia en fecha 22 de octubre de 1997; fue suscrito luego de que los Estados partes del Pacto de San José de Costa Rica ratificaran dicho instrumento, con el propósito de fortalecer a su interior las instituciones democráticas, un régimen de libertad personal y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre (CEJIL, 2009, p.65). Este protocolo enviste de especial importancia a los derechos sociales, reconociendo su estrecho vínculo con los derechos, lo anterior en un marco de fortalecimiento de la democracia y libre autodeterminación de los Estados firmantes, todo ello con el propósito de establecer las bases sobre las cuales, dichos Estados deben llevar a cabo su actuación para con los gobernados y para con los otros Estados. - **Carta de las naciones unidas sobre los derechos humanos** "Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquiera índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición". Objetivo: Fomentar la cooperación internacional en materias de carácter económico, social, cultural, educativo y sanitario y ayudar a hacer efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión. De esta forma podemos tener una óptica general de lo que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos contempla específicamente en materia de Administración Pública. el Derecho Internacional de los Derechos Humanos nos brinda diversos documentos en los cuales nos podemos apoyar para impulsar y proteger el derecho a la Buena Administración Pública. En este orden de ideas es importante analizar la gran área de oportunidad que existe en el ordenamiento para transformar de manera interna ya que, la Administración Pública por sí misma impacta en el goce y protección de otros derechos humanos como la salud, el libre tránsito, entre otros; situación que por consecuencia influye de manera directa en la satisfacción de las necesidades de la sociedad y en consecuencia la dignidad humana, principio y fin de los derechos humanos. Respecto al fortalecimiento de la institucionalidad en derechos humanos, la Comisión toma nota de la creación del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) como resultado de las recomendaciones finales del Informe Rettig (1991). El Instituto es un organismo nacional autónomo e independiente presidido por un órgano colegiado, cuya función principal es la promoción y protección de los derechos humanos. La CIDH destaca su descentralización en las regiones, así como su labor de monitoreo y vigilancia, además de su función procesal en la participación de recursos de amparo requerimientos ante el Tribunal Constitucional e intervenciones como amicus curiae (Seminario 34 Internacional "Institucionalidad de Derechos Humanos: Desafíos para su creación e implementación", 2016). Adicionalmente, Chile cuenta con la Subsecretaria de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, respecto de la cual la Comisión subraya la gestión institucional en la coordinación del Plan Nacional de Derechos Humanos, así como el trabajo articulado para impulsar políticas con enfoque de derechos humanos e impacto social. En nuestra administración pública, en específico los funcionarios y personal a cargo existen programas en formación y capacitación en DDHH que busca promover una cultura de derechos humanos en el Estado, a través del desarrollo e implementación de procesos educativos participativos. Contribuye a la misión de la Subsecretaría al "prestar asesoría y colaboración directa al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en el diseño y elaboración de las políticas, planes y programas relativos a la promoción y protección de los derechos humanos" y "diseñar, fomentar y coordinar programas de capacitación y promoción de los derechos humanos para funcionarios de la administración del Estado, en particular, los integrantes de las fuerzas armadas, de orden y Seguridad Pública, y de Gendarmería de Chile (Art.8 Ley 20.885)". La educación en derechos humanos tiene por objetivo el cambio social; es decir, la realización de los derechos humanos a través de la disminución efectiva de la brecha entre el ideal planteado por el derecho internacional de los derechos humanos y la realidad que viven las personas. El cambio social estaría constituido entonces por las transformaciones necesarias para el goce efectivo de los derechos de las personas sin excepción. (EQUITAS, 2010). El cambio social se genera en base a la construcción de una cultura de derechos humanos sostenida por sujetos y sujetas de derechos (Magendzo, 2006) que no solamente actúan desde un plano ético, sino que participan de la organización de la sociedad (Carabantes, 2018). En consecuencia, el objetivo de la sensibilización, difusión, capacitación y formación al respecto es crear una cultura basada en los derechos humanos para todos y todas. "La educación en derechos humanos es en sí misma un derecho, por lo tanto, hay una obligación de los Estados de fomentarla, pues los derechos humanos y los principios democráticos solo pueden ejercerse y protegerse si se conocen" (Perez, 2022 según citado en Rodino, 2012). Para el análisis de la investigación de los derechos humanos en la administración pública, fue necesario consultar diferentes fuentes o trabajos relacionados al tema de estudio. **Jorge Martín Cordero Torres (enero- marzo 2011) Instituto Tecnológico de Santo Domingo Republica dominicana**. Presento su trabajo con título: LA ADMINISTRACION PUBLICA Y LOS DERECHOS HUMANOS EN MEXICO. Con un objetivo General: Administración Pública, Derechos Humanos, Organización administrativa. Como podemos observar La administración pública necesita organizarse para llevar a cabo una actividad. Por lo tanto, busca formas de organizarse que respondan lo mejor a las necesidades del país. Como Órgano del Estado se obliga a garantizar el ejercicio de las garantías individuales y sociales y de algunos derechos humanos. Los derechos humanos como derechos inherentes a la persona suponen un derecho respetuoso de la persona, protegen la igualdad y la libertad, procuran el acceso a satisfactores indispensables para el desarrollo del individuo. La administración pública Es el estado mexicano, a través de los poderes constituidos establecidos en nuestra constitución, quien se obliga a garantizar el ejercicio de las llamadas garantías individuales y sociales previstas. Es el estado quien asume la obligación jurídica de asegurar el ejercicio y disfrute de las garantías individuales y sociales y, consecuentemente de una buena parte de los derechos humanos que tenemos. Bajo la teoría de las funciones del Estado y el principio de división de poderes, expuesta como una teoría política necesaria para combatir el absolutismo y establecer un gobierno de garantías, se ha convertido en el principio básico de la organización de los Estados constitucionales modernos. La separación de poderes impone la distribución de funciones entre cada uno de los poderes. De manera que el poder legislativo tenga exclusivamente la función legislativa, el poder judicial, la función judicial, y el poder ejecutivo, la función administrativa (Fraga,1990:28). En el estado mexicano y en términos del artículo 89 constitucional, es al poder ejecutivo, es decir la administración pública, a quien corresponde proveer en la esfera administrativa a la exacta observancia de las leyes. Administración pública y derechos humanos De acuerdo con Arenas, el estado mexicano ha venido creando instituciones y mecanismos jurídicos para dar atención, promoción y solución a las diferentes necesidades derivadas del ejercicio y cumplimiento de los derechos humanos en nuestro país. Teniendo una idea de lo que es la administración pública, podemos agregar, que ha venido estableciendo instancias y mecanismos de atención a los derechos fundamentales de los gobernados. **Jessica Lagos Fregoso (diciembre 2018) Universidad autónoma de baja California**. Presento su trabajo con título: LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA COMO DERECHO HUMANO EN EL MARCO DEL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. Con un objetivo General: Administración Pública, Derechos Humanos, Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Para el desarrollo, tutela y observancia de los derechos humanos, se encuentra intrínsecamente ligado con la satisfacción de sus necesidades y el respeto de su dignidad humana. En este sentido, el Estado, a través de la Administración Pública debe adoptar las medidas y acciones necesarias para satisfacer las necesidades de los ciudadanos, ya que es, en muchas de las ocasiones, a través de ésta que se tutelan o violentan diversos derechos humanos. Es por ello que se afirma que los administrados tienen derecho de contar con una buena Administración Pública, la cual se viva a través de la óptica de los derechos humanos. Esto resulta de tal importancia para los Estados y los individuos, que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha elaborado instrumentos diversos que comprometen a los Estados a tomar hacia su interior las medidas necesarias para la protección de este derecho. **Leticia Cornelio Zamudio (noviembre 2017) Universidad Juárez autónoma de Tabasco**. Presento su trabajo con título: DERECHO HUMANO A LA BUENA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. Con un objetivo General: Derechos Humanos, Administración Pública, Gobierno. Este artículo explora la relevancia de los derechos humanos en la Administración Pública, la explicación de desarrollo como derecho humano, iniciando con las generaciones de los derechos humanos, y cómo ha cambiado a lo largo de la historia, para así lograr un mejor entendimiento debido a que los derechos humanos se han ido actualizando para acoplarse a las necesidades de la sociedad de hoy en día, es por ello que esta investigación se centra en la importancia del derecho fundamental a la buena administración para los ciudadanos, así como los derechos relacionados con la administración pública. De igual forma se referencia la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de diciembre de 2000, en el artículo 41, donde se hace mención del derecho referido anteriormente, y además cómo se centra en la obligación general del Estado de hacer un buen gobierno, ésta tiene como objetivo un interés general además de los asuntos de naturaleza pública sean tratados con equidad, justicia, objetividad, imparcialidad, siendo resueltos en plazo razonable al servicio de la dignidad humana, además que así se respeten y protejan los derechos humanos de los ciudadanos. **Juan Gutiérrez Colantuono (Corte Interamericana de Derechos Humanos)**. Presento su trabajo con título: ADMINISTRACION PUBLICA, JURIDICIDAD Y DERECHOS HUMANOS. Que señala que la Constitucionalización de los tratados de derechos humanos permite explorar la existencia de un nuevo procedimiento administrativo regido por principios que provienen del sistema del Pacto de San José de Costa Rica, recurriéndose para ello a un profundo estudio de las decisiones emitidas por los tribunales europeo e interamericano de derechos humanos en la materia. Las nuevas dimensiones del procedimiento se traducen, naturalmente, en cambios en el abordaje de su estructura: las vías recursivas, los plazos de caducidad, la legitimación, el marco probatorio y otros aspectos comunes a los regímenes iberoamericanos de derecho administrativo son elementos que se ven impactados por el nuevo orden y, consecuentemente, reconceptualizados desde una visión práctica orientada a la reflexión y labor estratégica del operador jurídico. Trascendiendo al derecho administrativo, la obra se presenta como de gran utilidad para las distintas ramas jurídicas, proponiendo desde la vertiente de los derechos humanos estándares aplicables a toda intervención administrativa o judicial que tenga por objeto resolver conflictos entre derechos, o entre éstos y el ejercicio de las potestades públicas. **OTRO.** **Antecedentes de la investigación** Las políticas públicas son la unión entre estado y sociedad, para que en esta haya una participación de ambos o podríamos decir que es el conjunto de actividades de las instituciones u órganos de gobierno, y que éstas tendrán son el conjunto de objetivos, decisiones y acciones que lleva a cabo un gobierno para solucionar los problemas que en un momento determinado los ciudadanos y el propio gobierno consideran prioritarios. Desde este punto de vista, las políticas públicas se pueden entender como un proceso que se inicia cuando un gobierno o un directivo público detecta la existencia de un problema que, por su importancia, merece su atención y termina con la evaluación de los resultados que han tenido las acciones emprendidas para eliminar, mitigar o variar ese problema. El profesor Roth menciona que las políticas públicas son: un conjunto conformado por uno o varios objetivos considerados necesarios o deseables y por medios y acciones que son tratados, por lo menos parcialmente, por una institución u organización gubernamental con el fin de orientar el comportamiento de actores individuales o colectivos para modificar una situación percibida como insatisfactoria o problemática. Una política pública es: un conjunto de acciones, estructuradas en modo intencional y causal, que se orientan a realizar objetivos considerados de valor para la sociedad o a resolver problemas cuya solución es considerada de interés o beneficio público, acciones cuya intencionalidad y causalidad han sido definidas por la interlocución que ha tenido lugar entre el gobierno y los sectores de la ciudadanía; acciones que han sido decididas por autoridades públicas legítimas; d) acciones que son ejecutadas por actores gubernamentales o por éstos en asociación con actores sociales y que dan origen o forman un patrón de comportamiento del gobierno y la sociedad. Tiene como objetivo construir soluciones, herramientas de comprensión de la acción pública y del estado, en si es un proceso de construcción a una sociedad. **Los Derechos Humanos y la Administración Pública** En la actualidad se habla mucho de los derechos humanos, pero no se escucha mucho de su importancia en la Administración Pública. Ésta es fundamental para que los servidores públicos, y el Estado conozcan cuáles son sus obligaciones con los ciudadanos, pues pese que se han creado instituciones para que los derechos humanos sean velados y respetados, así como organizaciones no gubernamentales para su protección, cabe destacar que éstas se han creado debido al incumplimiento de parte del Estado, es por ello que es significativo pues debido a los derechos humanos es que se puede mantener y establecer la paz en la sociedad siempre y cuando sean respetados para así podernos acercarnos a formas de vida más sanas, humanas y respetuosas con mayor tolerancia y armonía entre todos los ciudadanos y naciones. Su importancia recae en el hecho de que es un valor fundamental de la sociedad a nivel mundial, además de que es el pilar de todos los demás derechos por lo que si lo vemos desde el punto de vista administrativo esta tiene como objetivo la regulación racional de los intereses generales de los ciudadanos, y con esto construir una concepción más justa y humana del poder, que cumplan adecuadamente su tarea además de que las instituciones públicas se conviertan en instrumentos idóneos al servicio objetivo del interés general. **El derecho humano a la buena administración**. Este es el derecho del poder público para la libertad solidaria de los ciudadanos, la regulación adecuada de los intereses y necesidades de la sociedad, y que esta sea imparta de manera correcta de parte de las autoridades, este derecho proviene del artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de diciembre de 2000, se origina debido a las irregularidades que hay en la administración pública, donde la autoridad tiene el poder absoluto por así decirlo, pues este lo controla en su totalidad por lo que fue necesario construir una concepción más justa y humana para las protección de nuestros derechos. Otro instrumento es la Carta iberoamericana de los Derechos y Deberes del Ciudadano en Relación con la Administración Pública que expresa la existencia de este derecho humano a la buena administración que señala que "promueva la dignidad humana y el respeto a la pluralidad cultural". Jaime Rodríguez-Arana afirma que el derecho ciudadano a una buena administración pública es "la obligación de la administración pública de ajustar su actuación a una serie de parámetros y características concretas y determinadas que se expresen constitucionalmente en la idea de servicio objetivo al interés general" La Carta Iberoamericana de los Derechos y Deberes del ciudadano en relación con la Administración Pública define que "el derecho fundamental a la buena Administración Pública consiste en que los asuntos de naturaleza publica sean tratados con equidad, justicia, objetividad, imparcialidad, siendo resueltos en plazo razonable al servicio de la dignidad humana". **Derechos específicos relacionados con el derecho humano a la buena administración.** Para Jaime Rodríguez-Arana el derecho general fundamental de los ciudadanos a una buena Administración Pública finalmente se puede concretar, entre otros, en los siguientes derechos subjetivos de orden administrativo: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. **William Guillermo Jiménez Benítez (2007) Universidad Arboleda, Bogotá Colombia.** "EL ENFOQUE DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS POLITICAS PUBLICAS" Tiene el enfoque de los derechos humanos pretende ser una nueva mirada que concibe los derechos humanos de manera integral, interdependiente y complementaria, superando de este modo, la visión tradicional de generaciones de derechos y la asimilación de los derechos fundamentales únicamente con los derechos humanos de primera generación. Otra característica de este enfoque es su preocupación por la concreción o materialización real de los derechos y la atención a grupos marginados. Dicha materialización se realiza mediante la adopción de políticas públicas con perspectiva de derechos y con amplia participación de la sociedad civil; de esta manera, los derechos humanos se convierten en el referente y fin último para las políticas públicas y éstas a su vez, en el instrumento o medio idóneo para su realización. De este modo, el enfoque de los derechos puede ser una perspectiva para guiar la acción e intervención de las autoridades, a través de los diferentes planes y programas de desarrollo económico y social. **Dr. Jorge Fernández Ruiz (2015) Universidad Nacional Autónoma, Costa rica.** "ADMINISTRACION PUBLICA ANTE LOS DERECHOS DE LOS PARTICULARES" La norma jurídica, regula coercitivamente la conducta externa humana; sin ella es impensable el Estado y la sociedad misma, aun cuando el Estado es, a su vez, indispensable para la vigencia de la norma jurídica, o sea, del derecho; dicho de otra manera: Estado y derecho se necesitan indispensable y mutuamente. Mas la norma jurídica no puede abarcar toda la conducta externa humana, pues debe respetar un ámbito mínimo de irrestricta libertad del ser humano considerado como ente con su propio fin. El inextinguible e irrenunciable ámbito mínimo de libertad humana representa sus derechos subjetivos conocidos como derechos fundamentales. **Jorge Reyes Negrete (2016) Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, México.** "ADMINISTRACION PUBLICA Y DERECHOS HUMANOS: EL CASO DE LOS CONSUMIDORES DE LOS SERVICIOS PUBLICOS" El escrito procura, de manera genérica, dilucidar la importancia de la actuación, así como las obligaciones de la administración pública en lo concerniente a los Derechos Humanos de los consumidores de los servicios públicos. El análisis se sustenta en el acumulado de obligaciones que tiene el Estado mexicano derivado de lo dispuesto por el marco jurídico vigente en nuestro país, en particular en el primer precepto constitucional, ya que la difusión, respeto y protección de los Derechos Humanos vincula a todos los operadores que integran la administración pública. **Palabras Claves.** [Derechos humanos] Los derechos humanos son normas básicas las cuales reconocen y protegen la dignidad de los seres humano, si bien las leyes relativas a los derechos humanos exigen que estos tienen derechos, deberes y responsabilidades. La manera en que se desarrolla esta palabra clave dentro de la investigación se lleva a cabo desde la perspectiva de inclusión y participación. Es decir, que toda persona tiene derecho a participar y contribuir el desarrollo tanto en lo político, civil, social y cultural a través de los derechos humanos. [Administración publica] Esta se entiende como toda organización formada por personal, ya sea profesional o técnico, la cual maneja o gestiona medios económicos o materiales públicos con el fin de interés público mediante necesidades tanto de la ciudadanía como del gobierno. Esta vincula la ciudadanía propia con el poder político a través de los poderes del estado. [Información publica] Este consiste en la información de los actos y resoluciones de la organización del estado, estas se fundamentan a través de documentos y procedimientos que se utilicen. La elaboración de todo tipo de dictámenes es presupuestada con fondos públicos o mejor dicho con dinero del estado. Dentro de este tipo de información pública también se establecen ciertas excepciones dependiendo la ley que se excusa [Ley de transparencia] Esta ley promueve el derecho de acceso a la información pública, esta entro en vigor en el 2009 con el fin de permitir a cualquier persona acceder a la información pública, o sea, a la información que se entre en cualquier institución pública. Esta se desarrolla en 2 partes, la primera en transparencia active cual es la información que se encuentra activa en una página web y por otra parte se encuentra el derecho de acceso a la información, siendo esta ultima el deber de las instituciones recibir solicitudes de información y posteriormente entregarla. [Funcionarios públicos] Es la persona que desempeña un empleo en algún servicio fiscal o en algún puesto del gobierno de turno, por ende, este es remunerado con cargo al presupuesto del Estado. [Usuario] El usuario es aquella persona que utiliza un producto o un servicio, siendo este beneficiado con el uso de este. Siendo distinto del cliente. [ciudadanía] Es el estatus que se les da a los miembros del pleno derecho de una comunidad, la cual participa en la vida civil y política de cualquier Estado. CONCLUSIÓN: =========== VII) BIBLIOGRAFÍA: ==================