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This document is a lecture or study material on Spanish legal history. It covers topics concerning medieval law and legal systems in Spain, along with the influence of the Ius Commune and the development of laws in Spanish kingdoms.

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Lección 4. Los derechos de la Baja Edad Media Lección 4.1. El panorama jurídico de la época bajomedieval. Nacimiento, evolución y difusión del Ius Commune. 4.2 La influencia del ius commune y el desarrollo propio de los derechos en los reinos hispánicos. Lección 4 Historia del...

Lección 4. Los derechos de la Baja Edad Media Lección 4.1. El panorama jurídico de la época bajomedieval. Nacimiento, evolución y difusión del Ius Commune. 4.2 La influencia del ius commune y el desarrollo propio de los derechos en los reinos hispánicos. Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas Lección 4.1. El panorama jurídico de la época bajomedieval. Nacimiento, evolución y difusión del Ius Commune. Derecho local Ius Commune -Derecho Civil -Derecho Canónico -Derecho Feudal Derecho Real Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas IUS COMMUNE a) IDEA DE IMPERIO Unum imperium, unum ius b) GLOSADORES. Escuela de Bolonia: Trivium (gramática, retórica, dialéctica) y Quadrivium (Geometría, aritmética, astrología y música) Corpus Iuris Civilis: Codex Justinianus, Digesto, Instituciones, Novellae GLOSAS, Commenta, Lecturae, Summae/summa, Questiones S.XI Irnerio y sus discípulos S.XII. Placentino, funda escuela en Montpelier (Francia) S.XIII. Azzo: “Summa Codicis”, Accursio: “Glosa Ordinaria” Verdadera “ratio iuris” Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas Magna Glosa de Accursio IUS COMMUNE c) COMENTARISTAS “Mos Italicus” Commentaria S.XIV - Bártolo de Sassoferrato (discípulo en Perugia de Cino de Pistoia), Baldo de Ubaldi CONSILIA En el renacimiento; “MOS GALLICUS”. Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas DERECHO CANÓNICO S.XII a partir reformas Gregorianas (Papa Gregorio VII) Graciano → “Concordandia discordantium canonum” conocida como “Decretum” o “Decreto” Epistolae/lettera decretalis → compilaciones “Decretales de Gregorio IX/Libro de Extravagantes” (S. Raimundo de Peñafort) “Libro Sexto”,“Clementinas”... S.XVI “Corpus Iuris Canonici” “Utrumque Ius” DERECHO FEUDAL S.XII “Libri Feudorum” Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas DIFUSION DERECHO COMÚN EN EUROPA Universidades: Francia: Paris, Montpellier, Toulouse. Norte Centro: “pays de droit coutumier” Sur/Midi: “pays de droit écrit”: Portugal: Coimbra (1290; Rey Don Dionis) Influencia de las Partidas + Ordenanças Alfonsinas (1447; Alfonso V) Inglaterra Glosador Vacario, funda escuela Derecho Oxford, después enseñó en Cambridge Alemania: Heidelberg (1386) “Tribunal de la Cámara del Imperio” “Reichskammergericht” (1495) Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas Lección 4. Los derechos de la Baja Edad Media Lección 4.2. La influencia del ius commune y el desarrollo propio de los derechos en los reinos hispánicos. El aumento del poder del rey y su relevancia en la formación del Derecho. Especial estudio del derecho castellano bajomedieval: desde la obra jurídica del rey AlFonso X hasta las Leyes de Toro (1505) CREACIÓN DEL DERECHO BAJOMEDIEVAL AUMENTO DEL PODER DEL REY RECEPCIÓN IUS COMUNE EN CASTILLA: OBRA LEGISLATIVA DE FERNANDO III Y ALFONSO X RECEPCIÓN IUS COMUNE EN OTROS TERRITORIOS Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídica CREACIÓN DEL DERECHO BAJOMEDIEVAL Situación de partida León Castilla Otros territorios Caracteres generales Racional Técnico Territorial Subjetivo persisten “privilegios” Derecho legal Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas AUMENTO DEL PODER DEL REY Factores afianzamiento Evolución situación política en la Reconquista. ○ Fronteras y orden público ○ Ejército y diplomacia ○ Burocracia y hacienda ○ Presencia Poder Regio Reinos y Coronas Las Partidas y el Ius Comune Elemento ideológico Rey, nobleza/clero, pueblo llano Pactismo Vs. Decisionismo Las Cortes Medievales Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas RECEPCIÓN IUS COMUNE EN CASTILLA: OBRA LEGISLATIVA DE FERNANDO III Y ALFONSO X Fernando III el Santo (1217-1252) ○ Fuero Juzgo Alfonso X el Sabio(1252-1284) Planteamientos político-jurídicos Obra legislativa ○ Setenario ○ Fuero Real ○ Espéculo ○ Las Siete Partidas Pleitos Foreros Vs. Pleitos del Rey Ordenamiento de Alcalá (1348) Ordenamiento de Toro (1505) Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas Setenario.- tratado doctrinal iniciado por encargo de su padre Fernando III Fuero Real vigencia local Política de otorgar el mismo fuero a distintas poblaciones (método de unificación indirecta del derecho) Contenido: Derecho local + ius commune. 4 libros (72 títulos y 552 leyes): 1.- derecho eclesiástico y regio y justicia 2.- procedimiento judicial 3.- derecho civil 4.-derecho penal Redactado por “sabedores del derecho” (juristas); modelo Liber Iudiciorum y obras de D.Romano-Canónico Espéculo.- “Espejo” Texto con vigencia general o territorial. Finalidad de su creación (ser el derecho de los jueces de la corte del Rey para las sentencias de última instancia). Mayor presencia del ius commune. Ha llegado parcialmente. Consta de 5 libros. 3 primeros libros; contenido similar a las 3 primeras partidas (abundan coincidencias literales) Aparece como obra de Alfonso X pero carece de fecha; se desconoce si fue: aplicado una obra doctrinal o un proyector legislativo inacabado y nunca promulgado. Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas Las Partidas Estructura 1ª.- Fuentes del derecho y ordenamiento eclesiástico. 2ª.-Derecho Público: Familia Real, sucesión al trono, oficios palatinos. 3ª.-Organización judicial y proceso. Incluye un sumario de fórmulas notariales. 4ª.- Derecho Privado matrimonial 5ª.-Derecho Privado: contratos e instituciones civiles. Incluye 2 títulos de relaciones feudales. 6ª.-Derecho Privado: Sucesiones. 7ª.- Derecho penal. Manifestación cultural ó “Fecho de Imperio” Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas Pleitos Foreros Vs. Pleitos del Rey ¿Qué derecho es de aplicación? S.XIII problemas aplicación derecho en Castilla Conflicto con los Magnates Proliferación normativa Cortes de Zamora (1274) Alfonso X Nobleza se opone a la promulgación de las Partidas Compromiso: Pleitos foreros y Pleitos del Rey ○ Justicia local vs. justicia real (Pleitos de Corte) ○ Pleitos Foreros → asuntos comunes, menos graves ○ Pleitos del Rey → asuntos graves (Delitos contra las personas, de carácter sexual, traición, quema de casas…). Se resuelve definitivamente en las Cortes de Alcalá de 1348. Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas Ordenamiento de Alcalá (1348) Contenido: 131 leyes en 32 títulos para la reforma del procedimiento judicial (procedimiento civil y derecho civil, justicia, derecho penal y procedimiento,…) Ley 1ª del Título 28. Prelación de Fuentes: 1. Ordenamiento de Alcalá, el derecho regio 2. Fueros municipales, con restricciones (no ser contrarios a Dios, la razón ni las leyes) 3. Siete Partidas → introducción Ius Commune como derecho de Castilla. Alfonso XI (bisnieto Alfonso X) Gran trascendencia por: ○ su propio contenido ○ su dilatada vigencia hasta promulgación Código Civil (1889) ○ ratifica poder Rey para dar leyes e interpretar las vigentes -no sólo las reales- (Ius Interpretandi) Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas Ordenamiento de Toro (1505) Reproduce Ordenamiento de Alcalá (añade 82 leyes mayoritariamente D.Privado) Reyes Católicos; contexto de fortalecimiento del poder real, logran el sometimiento del ius comune y exclusiva aplicación del Derecho del Rey. PROVINCIAS VASCAS Pertenecen a Castilla con un régimen jurídico particular. Álava Fuero Vitoria Treviño, Salvatierra, Cofradía de Arriaga (1332; Privilegio de Contrato) y Tierra de Ayala (1487) Guipúzcoa Vizcaya (1379) Las Villas y la Tierra Llana Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas RECEPCIÓN IUS COMUNE EN OTROS TERRITORIOS a) ARAGÓN - Recopilado a mitad S. XIV → “Observancias” b) NAVARRA - Mitad S.XIII, compilación “Fuero General” c) CATALUÑA - S.XII - “Usatges” d) VALENCIA Incorporación por conquista primera mitad S.XIII → Fuero de Valencia (1210) se extendió a todo el reino como “Costum de Valencia” y fue revisado en varias ocasiones (1261 y 1271) de inspiración romano-canónica de los que resultan los “Furs de Valencia”. e) MALLORCA Primera mitad S.XIII: “privilegios y odinacions” Lección 4 Historia del Derecho y de las Instituciones Jurídicas

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