Tema 2 - Derecho Internacional PDF
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This document provides a historical overview of the transformation of international society and international law, focusing on the European state system and the Westphalian system. It explores the evolution of international law, highlighting key historical periods and concepts like the Treaty of Westphalia. The document also touches on the concept of sovereignty.
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LA TRANSFORMACIÓN DE LA SOCIEDAD INTERNACIONAL Y DEL DERECHO INTERNACIONAL EL SISTEMA EUROPEO DE ESTADOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL CLÁSICO. EL SISTEMA DE WESTFALIA Y LA Si en las ciencias jurídicas la referencia a la historia es un dato insoslayable, refiriéndose al DIP, Aguil...
LA TRANSFORMACIÓN DE LA SOCIEDAD INTERNACIONAL Y DEL DERECHO INTERNACIONAL EL SISTEMA EUROPEO DE ESTADOS Y EL DERECHO INTERNACIONAL CLÁSICO. EL SISTEMA DE WESTFALIA Y LA Si en las ciencias jurídicas la referencia a la historia es un dato insoslayable, refiriéndose al DIP, Aguilar Navarro: “El DIP es el más histórico de todos los derechos: su dependencia de las circunstancias sociales es extremada; peca acaso de una auténtica servidumbre en que se encuentra con relación a los acontecimientos históricos. La sociedad internacional es una sociedad en formación; el Derecho Internacional es un Derecho en proceso de gestación: de una se dice que es primitiva; de otra se afirma que es rudimentario. Faltos de contemplación histórica, el DIP resulta incomprensible; ya su mismo concepto es el resultado de una lenta elaboración científica”. El DIP necesita ser explicado con una referencia continua a la historia. DIP EUROCÉNTRICO: El DIP como lo conocemos hoy día, solo fue posible tras la proclamación de la igualdad soberana de las entidades políticas existentes, proclamada en el Tratado de Westfalia de 1648 → concepción eurocéntrica del DIP y de la sociedad internacional (existían otras civilizaciones, pero eran más simples). Las civilizaciones distintas a la europea de 1648 tenían una visión hegemónica de sí mismas y consideraban que las necesarias relaciones con sus vecinos no estaban fundamentadas en ideas de igualdad, sino en la de supremacía absoluta, lo que impedía el surgimiento de un sistema jurídico de relaciones entre los distintos pueblos. La historia sirve como método para explicar el presente, o las tensiones existentes o exposición de las contradicciones del mundo actual. LA SOCIEDAD INTERNACIONAL DE LOS ESTADOS CRISTIANOS: →La Edad Media ostentaba una universalidad a través de la extensión de la cristiandad con el binomio Imperio-Papado (conflicto poder secular del emperador – poder espiritual del Papa, buscando la supremacía sobre el otro). →En la Edad Moderna tardía surgen los estados dinásticos, estados-ciudades, nuevas iglesias…, aunque momentáneamente alcanzan uniformidad para unirse contra los turcos. Hay un cambio fundamental en la obligatoriedad organizativa → se pasa de la ratio theologica, a la ratio naturalis con el humanismo renacentista, centrado en el derecho de gentes (en la importancia de la persona). Comienza la defensa de la razón de Estado, por encima del Derecho → el cinismo en las Relaciones Internacionales de Maquiavelo. *Cinismo → ser no complaciente con las supuestas relaciones que tengo que cuadrar mientras mis intereses estén en juego. En esta época surge la Escuela Española de Derecho Internacional → aplica los derechos de la moral cristiana y el derecho natural a la nueva realidad internacional y las nuevas relaciones entre los nuevos entes autónomos (Francisco de Vitoria). *El jurista y teórico político alemán Samuel von Pufendorf desarrolla la noción de soberanía y autonomía de los Estados en un contexto jurídico internacional. En “de iure naturae et gentium” defendió la idea de que las relaciones entre Estados debían regirse por el derecho natural, y que ningún Estado debía interferir en los asuntos internos de otro. Carlos V intenta volver a la universalidad medieval, pero no es posible por la división de la fe. Tras Concilio de Trento (1545-1552) vinieron las Guerras de Religión, y que terminaron con la firma de los tratados de Westfalia (1648) y de los Pirineos (1659). La paz de Westfalia marca el comienzo de la hegemonía francesa. Con la guerra de sucesión de la corona española (1702-1713) que termina con los Tratados de Utrecht, comienza la hegemonía inglesa y se instaura un sistema de equilibrio con Inglaterra como árbitro. Más tarde (1706) comienzan las revoluciones europeas, y en especial la revolución industrial (que activaría todas las demás) y el nacimiento de una nueva clase empresarial: la burguesía, impulsora del comercio internacional. Con las revoluciones, surge la Ilustración política. Esta erige al individualismo a la razón de ser del Estado: un conjunto de individuos libres. Montesquie y Rosseau → el gobierno se convierte en agente de esa voluntad general. En este punto surge la idea de Nación, último y esencial componente del Estado. El Estado dinástico pierde su hegemonía y surge el Estado nacional → fin del Antiguo Régimen. Las naciones ya son independientes y cada una tiene distintos intereses, sin dependencia a otros imperios o a otras religiones. Tras las guerras napoleónicas, surge la siguiente tentativa de reorganización europea → el Concierto Europeo del Congreso de Viena (1814-1815) → mantiene un Secretariado, que le da permanencia. El Concierto Europeo aspira a la paz y al progreso de las relaciones pacíficas (hay una idea contrarrevolucionaria de estabilidad). Paralelamente al Concierto Europeo, surge un nuevo país en el otro continente → los Estados Unidos de América, que aplican la doctrina Monroe (aislacionismo de las contiendas europeas). En este momento, ya existían las bases del actual DIP (Paz de Westfalia) y surge el debate entre iusnaturalistas y positivistas del DIP. Desde finales del siglo XVIII se registra una proliferación del sistema europeo de Estados: ➔ EEUU – 1776 ➔ Haití – 1804 ➔ Colonias españolas – 1808-1825 Debido a circunstancias históricas y culturales (el Nuevo Mundo sale del Viejo Mundo) el DIP es el DIP de Europa, y las nuevas naciones juegan con las reglas del DIP europeo. La visión eurocéntrica incluso atrae al Imperio Otomano tras el fin de la guerra de Crimea en 1856 (Turquía, Austria, Cerdeña, Francia, Gran Bretaña, Prusia): “[…] declaran a la Sublime Puerta, admitida a participar en las ventajas del derecho público y del concierto europeo. SS MM se comprometen a respetar la integridad territorial e independencia del Imperio Otomano”. Se hace partícipe al turco del derecho público europeo → sus problemas pasan a ser cuestiones de interés para los estados europeos. Establecen el régimen de capitulaciones, por el cual los estados cristianos protegerán sus intereses (y su población afín) en el Imperio Otomano. La imposición del DIP eurocéntrico se produce también en Asia-Pacífico. Mediante el Tratado de Kanawaga en 1854, Japón se ve obligada a abrir sus puertos a Occidente, comenzando una era de tratados desiguales en Oriente. Al fin y al cabo, se unen muchos estados no cristianos y no europeos al concierto internacional, bajo las reglas del DIP eurocéntrico. *En el Congreso de Berlín de 1885 comienza un fenómeno que definirá durante la segunda mitad del siglo XX al DIP → la colonización. Los estados europeos deciden repartirse los territorios de los pueblos bárbaros o no civilizados. Concluyen que, dentro de las colonias, aplicará el ordenamiento jurídico interno de las potencias coloniales. Antony Anghie: el colonialismo moldeó el DIP moderno de manera que privilegia los intereses de los Estados poderosos → “el encuentro colonial produjo un Derecho Internacional que institucionalizó la subordinación de los pueblos no europeos”. Ciertamente, durante el siglo XIX y principios del siglo XX, la naturaleza de las relaciones internacionales y los marcos legales cambiaron drásticamente, influenciados por la expansión imperial, la revolución industrial y dos devastadoras guerras mundiales. Estado Libre del Congo, propiedad personal del rey Leopoldo II de Bélgica, reconocido como tal durante la Conferencia de Berlín. A pesar de ser reconocido por un Tratado, se convirtió en un sitio de explotación extrema y abusos a los derechos humanos, con aproximadamente 10 millones de muertes debido al trabajo forzado y la violencia. LA PRIMERA GUERRA MUNDIAL Y EL COLAPSO DEL ORDEN INTERNACIONAL: La Primera Guerra Mundial (1914-1918) marcó un fracaso catastrófico del sistema internacional existente. La guerra fue alimentada por el militarismo, las alianzas, el imperialismo y el nacionalismo (factores que el Derecho Internacional no logró abordar adecuadamente). La magnitud del conflicto, con más de 10 millones de muertos, destacó la necesidad de nuevos mecanismos internacionales para mantener la paz y evitar futuras guerras. Antes de la guerra, varios esfuerzos por establecer marcos legales para resolver disputas internacionales (Convenciones de La Haya de 1899 y 1907) habían sido en gran parte ineficaces para prevenir conflictos. Los mecanismos legales para regular la guerra (incluidos los derechos de los prisioneros y civiles), también fueron en gran medida ignorados durante el conflicto. TRATADO DE VERSALLES: Firmado el 28 de junio de 1919, marcó el fin formal de la Primera Guerra Mundial. Redactado principalmente por las potencias aliadas (Francia, Reino Unido y Estados Unidos), el tratado impuso fuertes reparaciones y pérdidas territoriales a Alemania y las potencias centrales. Su objetivo era crear un nuevo equilibrio de poder en Europa, pero también sembró las semillas de futuras inestabilidades. ➔ Cláusula de Culpabilidad de la Guerra (Artículo 231): colocaba la responsabilidad total de la guerra en Alemania ➔ Imposición de reparaciones a Alemania → importantes dificultades económicas ➔ Cambios territoriales: - Pérdida de Alsacia-Lorena a favor de Francia - Creación de nuevas naciones como Checoslovaquia y Yugoslavia, bajo el principio de autodeterminación Aunque el Tratado de Versalles pretendía evitar futuras guerras, muchos académicos argumentan que fracasó en establecer una paz duradera. John Maynard Keynes en Las Consecuencias Económicas de la Paz (1919) advirtió que los duros términos del tratado, especialmente las reparaciones, desestabilizarían a Alemania y conducirían a futuros conflictos → “El Tratado no incluye ninguna disposición para la rehabilitación económica de Europa: nada que convierta a los derrotados imperios centrales en buenos vecinos, nada que estabilice los nuevos Estados de Europa”. El carácter punitivo del tratado, especialmente la Cláusula de Culpabilidad de la Guerra, fomentó el resentimiento en Alemania → ascenso del nacionalismo y el estallido de la Segunda Guerra Mundial en 1939. LA SOCIEDAD DE NACIONES: Uno de los proyectos más ambiciosos que surgió del Tratado de Versalles → primera organización internacional destinada a mantener la paz y la seguridad global. Su misión era prevenir futuros conflictos a través de la seguridad colectiva, el desarme y la resolución pacífica de disputas. El presidente estadounidense Woodrow Wilson fue uno de los principales defensores de la Sociedad, viéndola como un medio para asegurar una paz duradera. Los Catorce Puntos de Wilson (1918): abogaban por Diplomacia abierta Reducción de armamentos Autodeterminación de los pueblos Estos principios fueron incorporados en el Pacto de la Sociedad de Naciones. ÓRGANOS: 1. Asamblea: representantes de todos los Estados miembros. La Asamblea se reunía al menos una vez al año en Ginebra (Suiza). Funciones: - Discutir asuntos internacionales de paz, seguridad y cooperación - Admisión de nuevos miembros - Revisión de tratados 2. Consejo: cuerpo más pequeño con miembros permanentes, incluidas las principales potencias aliadas. Encargado de las decisiones más importantes: resolución de disputas entre Estados e implementación de sanciones contra países agresores. Originalmente, estaba compuesto por 9 miembros: - 4 miembros permanentes - 5 miembros no permanentes, elegidos por la Asamblea para servir por periodos de tiempo determinados /Desde su fundación en 1920, el Consejo tenía 4 miembros permanentes: Francia, Reino Unido, Italia y Japón. Más tarde, Alemania se unió como miembro permanente en 1926, pero dejó de ser miembros tras la llegada al poder del régimen nazi en 1933. La Unión Soviética también fue admitida como miembro en 1934 y se convirtió en miembro permanente, pero fue expulsada en 1939 tras su invasión de Finlandia durante la Segunda Guerra Mundial. /Los miembros no permanentes eran elegidos por la Asamblea por un periodo de 3 años, y su número fue aumentando con el tiempo. Originalmente, había 5 miembros no permanentes, pero este número creció a 11 miembros para hacer que el Consejo fuera más representativo a medida que más países se unían a la Sociedad. 3. Corte Permanente de Justicia Internacional: resolver disputas legales entre los Estados *La ONU, formada tras la Segunda Guerra Mundial, sigue una estructura similar En sus inicios (1920), la Sociedad de Naciones contaba con 42 Estados miembros. En su máximo apogeo (década de 1930), la Sociedad llegó a tener 58 Estados miembros. A pesar de sus nobles objetivos, la Sociedad de Naciones enfrentó importantes obstáculos desde el principio. Debilidades: 1. Falta de universalidad: las principales potencias (incluido Estados Unidos) nunca se unieron a la Sociedad, lo que socavó su legitimidad y eficacia. *El Senado de los EE.UU se negó a ratificar el Tratado de Versalles → EE.UU. permaneció fuera de la sociedad (era ya un Estado muy importante y, quedando fuera, restó credibilidad a la Sociedad) 2. Mecanismos de cumplimiento débiles: la Sociedad no tenía fuerza militar y dependía de la seguridad colectiva (un ataque a un miembro sería considerado un ataque a todos). *Cuando Italia invadió Etiopía en 1935, la Sociedad condenó la acción, pero no pudo evitarla ya que miembros clave (Reino Unido y Francia) no estaban dispuestos a tomar medidas enérgicas contra Italia. 3. Incapacidad para prevenir la agresión: *de Japón en Manchuria (1931) *de Italia en Etiopía (1935) *prevenir la expansión de Alemania en la década de 1930 Estos fracasos evidenciaron los límites del derecho y la diplomacia internacionales cuando los Estados poderosos optaban por actuar unilateralmente. La Sociedad de Naciones se disolvió oficialmente en 1946, después de que el estallido de la Segunda Guerra Mundial demostrara su incapacidad para prevenir el conflicto. Sin embargo, su legado influyó en la creación de la ONU en 1945 → corregir muchas deficiencias de la Sociedad mediante mecanismos más sólidos de cumplimiento y una base de membresía más inclusiva. El período comprendido entre Conferencia de Berlín – Tratado de Versalles – fracaso de la Sociedad de Naciones refleja el progreso y las limitaciones del DIP. Si bien se hicieron esfuerzos para regular las relaciones internacionales y prevenir la guerra, las dinámicas desiguales de poder de la época y la falta de mecanismos de cumplimiento limitaron la efectividad de estos marcos jurídicos. LA SOCIEDAD INTERNACIONAL TRAS LA SEGUNDA GUERRA MUNDIAL Y EL NACIMIENTO DEL DERECHO INTERNACIONAL Tras la Segunda Guerra Mundial, las potencias vencedoras vieron la necesidad de crear un organismo que garantizara la paz y la seguridad internacionales → Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1945 para evitar una nueva guerra global. La Carta de las Naciones Unidas sentó las bases del Derecho Internacional contemporáneo, abogando por la resolución pacífica de conflictos, la cooperación internacional y el respeto a la soberanía de los Estados. La creación de la ONU, el sistema económico de Bretton Woods, la implementación del Plan Marshall y la formación de alianzas (OTAN y Pacto de Varsovia) fueron productos directos del orden mundial emergente en el contexto de un sistema bipolar. EL FIN DE LA SEGUNDA GUERRA MUNDIAL Y EL NUEVO ORDEN La Carta de las Naciones Unidas (1945) establece la prohibición del uso de la fuerza (art. 2.4) salvo en caso de defensa propia o cuando esté autorizado por el Consejo de Seguridad. Sin embargo, el funcionamiento de la ONU se vio rápidamente obstaculizado por la rivalidad entre Estados Unidos y la Unión Soviética, especialmente en el Consejo de Seguridad, donde ambos ejercieron frecuentemente su poder de veto. En su primera prueba “de fuego” el Consejo funcionó (Guerra de Corea en 1950), pero porque la China que ocupaba el Consejo de Seguridad era Taiwán (hasta 1971) y la URSS se ausentó de la votación (en solidaridad por la ausencia de la China comunista). La ONU fue concebida como un foro global para resolver pacíficamente controversias internacionales y promover los derechos humanos. A diferencia de la Liga de las Naciones (fracasó en prevenir la Segunda Guerra Mundial), la ONU contaba con una estructura más robusta y un consejo de seguridad capaz de imponer sanciones a los Estados que violaran el Derecho Internacional. Hans Kelsen: destacó el papel de la ONU en la creación de un orden jurídico internacional basado en principios de justicia y paz. Subrayó la importancia de la Carta de las Naciones Unidas como un documento legal que promovía el respeto a la soberanía de los Estado, pero también imponía limitaciones cuando la seguridad internacional estaba en riesgo. EL SISTEMA DE BRETTON WOODS Y LA COOPERACIÓN ECONÓMICA GLOBAL: En 1944 se celebró la Conferencia de Bretton Woods para establecer un nuevo sistema financiero y económico global que evitaría el colapso económico experimentado tras la Primera Guerra Mundial. De la conferencia surgieron 3 instituciones clave del sistema económico internacional: - Fondo Monetario Internacional (FMI): proporcionar estabilidad financiera internacional y facilitar la cooperación monetaria. - Banco Mundial: ayudar en la reconstrucción de Europa y promover el desarrollo económico global a través de préstamos. - Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) → Organización Mundial del Comercio (OMC): promover el libre comercio. Estos acuerdos cimentaron el liderazgo económico de Estados Unidos en el bloque occidental. La economía se convirtió en un campo de batalla ideológico en el contexto de la Guerra Fría (capitalismo promovido por EE.UU. y sus aliados vs comunismo de planificación centralizada liderado por la Unión Soviética). Uno de los pilares fundamentales de la estrategia de Estados Unidos para consolidar su influencia en Europa tras la Segunda Guerra Mundial → programa de ayuda económica destinado a la reconstrucción de Europa occidental. El objetivo era prevenir la expansión del comunismo, que aprovechaba el descontento económico en países devastados por la guerra. Proporcionó +12.000 millones de dólares en ayuda económica y fue clave para la reconstrucción de países como Francia, Alemania Occidental e Italia. ➔ Fortaleció la economía de Europa occidental ➔ Creó un bloque de países alineados políticamente con Estados Unidos George Marshall (secretario de Estado de Estados Unidos): “nuestra política no va dirigida contra ningún país ni doctrina, sino contra el hambre, la pobreza, la desesperación y el caos”. Sin embargo, la Unión Soviética interpretó el plan como una amenaza y bloqueó la participación de los países bajo su influencia. NUEVO ORDEN OCCIDENTAL: El nuevo orden internacional vuelve a ser “eurocéntrico” u occidental (las naciones occidentales diseñan este orden multilateral, a imagen y semejanza de organizaciones políticas occidentales). Los países no occidentales se unen paulatinamente a este sistema internacional de normas, instituciones y costumbres, y participan en él. *La ONU fue fundada en 1945 con 51 Estados miembros. Hoy tiene 193 miembros. También hay algunos territorios y entidades que no son miembros plenos (Santa Sede y Palestina), que tienen estatus de observador. LA FORMACIÓN DE ALIANZAS: OTAN Y PACTO DE VARSOVIA ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE (OTAN): En 1949 (en respuesta a la creciente influencia soviética en Europa del Este) Estados Unidos y varias democracias fundaron la OTAN → alianza militar defensiva, basada en el principio de la seguridad colectiva (un ataque a uno de sus miembros sería considerado un ataque a todos). Art. 5 del Tratado de Washington estableció el principio de defensa mutua, lo que convirtió a la OTAN en una pieza central del sistema de seguridad occidental durante la Guerra Fría. Este fue un mecanismo clave en la estrategia de contención de Estados Unidos para evitar la expansión del comunismo en Europa occidental. Ex: la OTAN fue fundamental para la protección de Europa Occidental durante la crisis de Berlín de 1948-1949, cuando la Unión Soviética bloqueó el acceso terrestre a Berlín Occidental. El puente aéreo organizado por las potencias occidentales fue una demostración temprana de la resistencia al avance soviético. EL PACTO DE VARSOVIA (1955): En respuesta a la creación de la OTAN, la Unión Soviética fundó el Pacto de Varsovia en 1955 → alianza militar que incluía a los países satélites del bloque oriental. Este pacto formalizó la estructura de poder de la Unión Soviética sobre Europa del Este y se basaba en la doctrina de la soberanía limitada (los países socialistas debían subordinar su política exterior e interior a los intereses del bloque comunista). Ex: la invasión de Hungría en 1956 y la invasión de Checoslovaquia en 1968 por las fuerzas del Pacto de Varsovia mostraron cómo la URSS empleaba este pacto para mantener el control sobre sus aliados cuando amenazaban con desviarse del modelo comunista. Estos eventos desataron amplios debates en la comunidad internacional sobre los límites de la soberanía y el uso legítimo de la fuerza. Leonid Brézhnev (líder soviético) en 1968: justificación de estas intervenciones al declarar que la soberanía de los países socialistas debía ser limitada cuando el socialismo en un Estado estaba en peligro. El periodo que siguió al final de la Segunda Guerra Mundial estuvo marcado por la creación de nuevas instituciones internacionales y alianzas, todas ellas influenciadas por la rivalidad entre Estados Unidos y la Unión Soviética → ONU, sistema económico de Bretton Woods, OTAN y Pacto de Varsovia representaron los cimientos del orden internacional en la era de la Guerra Fría. Aunque estas instituciones ayudaron a evitar una guerra directa entre las superpotencias, también reflejaron las tensiones del sistema bipolar y la influencia que las ideologías enfrentadas tenían sobre el Derecho Internacional. El Derecho Internacional en este periodo se vio influido por la disuasión nuclear, las intervenciones indirectas en terceros países y la división entre 2 visiones opuestas sobre la gobernanza global. Los avances en la cooperación económica y la creación de organizaciones multilaterales (FMI, Banco Mundial) ayudaron a estructurar un sistema que ha sobrevivido más allá del fin de la Guerra Fría, pero las huellas del conflicto ideológico global continúan siendo visibles en muchos de los desafíos internacionales contemporáneos. INTERNACIONAL CONTEMPORÁNEO: Otro cambio significativo tras la Segunda Guerra Mundial fue la inclusión de los derechos humanos como una categoría fundamental del Derecho Internacional. La adopción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) marcó un cambio paradigmático en el que el bienestar de los individuos pasó a ser una preocupación del Derecho Internacional, junto con la soberanía de los Estados. Este nuevo enfoque se manifestó también en la creación de tribunales internacionales → Corte Internacional de Justicia (1945) y Tribunal Penal Internacional (1998). Antonio Cassese: la segunda mitad del siglo XX estuvo marcada por un creciente reconocimiento de que ciertos derechos no podían ser violados, independientemente de las acciones de los Estados. Esto supuso una tensión entre el principio de soberanía estatal y el régimen internacional de derechos humanos. EL MUNDO DESPUÉS DE LA GUERRA FRÍA: CARACTERES DE LA SOCIEDAD INTERNACIONAL GLOBAL El fin de la Guerra Fría en 1991 marcó una transformación profunda en el sistema internacional. Tras la disolución de la Unión Soviética y el colapso del bloque comunista, el mundo dejó de estar estructurado en un sistema bipolar dominados por las dos superpotencias (Estados Unidos y la URSS). En su lugar, emergió un nuevo orden internacional caracterizado por la unipolaridad (Estados Unidos como la principal potencia global) y un creciente multilateralismo a través de instituciones internacionales. LA GLOBALIZACIÓN Y LA INTERDEPENDENCIA ECONÓMICA: Uno de los fenómenos más importantes que emergió tras el fin de la Guerra Fría fue la globalización. Este proceso (impulsado por avances tecnológicos, liberalización del comercio y expansión de mercados) tuvo profundas implicaciones en la estructura de la sociedad internacional. EXPANSIÓN DEL LIBRE COMERCIO Y LAS INSTITUCIONES ECONÓMICAS GLOBALES: El colapso de la URSS y la apertura de los antiguos países del bloque oriental al mercado global marcaron el ascenso de un consenso económico neoliberal. Bajo este modelo, el libre comercio, la desregulación y el libre flujo de capitales fueron vistos como claves para el crecimiento económico global. Instituciones (Fondo Monetario Internacional, Banco Mundial y Organización Mundial del Comercio) jugaron un papel crucial en consolidar este nuevo orden económico. El ingreso de China a la OMC (17 septiembre 2001) es un hito en la globalización económica → transformó a China en una potencia manufacturera mundial, y consolidó la interdependencia económica entre Oriente y Occidente. Sin embargo, también trajo desafíos relacionados con el proteccionismo y las dispuestas comerciales (guerra comercial entre Estados Unidos y China) IMPACTOS DE LA GLOBALIZACIÓN EN EL DERECHO INTERNACIONAL: El Derecho Internacional tuvo que adaptarse rápidamente a las nuevas realidades impuestas por la globalización. Ex: creación de tratados económicos multilaterales y acuerdos de libre comercio (Tratado de Libre Comercio de América del Norte – TLCAN en 1994; acuerdos de la OMC) → cómo las reglas del comercio internacional se consolidaron para garantizar la estabilidad y la previsibilidad en las transacciones globales. La globalización tuvo y tiene una gran oposición → desde los movimientos antiglobalización de principios del siglo XXI hasta el actual resurgir del nacionalismo. *EL TRILEMA DE LA GLOBALIZACIÓN (tratado por D. Rodrik y A. Bosch): o La expansión de la globalización ha entrado en tensión con la autodeterminación nacional y la democracia. Las democracias occidentales y los países que quieren formar parte del primer mundo, abogan por el desarrollo económico, pero ven amenazadas su soberanía y su organización político-social. o Las bondades de la globalización entran así en colisión con sus efectos adversos, especialmente en el plano social y político. o Rodrik: reforzar las democracias no es renunciar a la globalización, sino hacerla más justa (hacer un tablero de juego más equilibrado) EL MULTILATERALISMO Y LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES: El fin de la Guerra Fría reforzó el multilateralismo como principio fundamental del sistema internacional. Mientras que durante la Guerra Fría la rivalidad entre las superpotencias había limitado la efectividad de las organizaciones internacionales, la posguerra fría vio un renovado interés en las instituciones multilaterales como foros para la resolución de conflictos y la cooperación global. LA ONU Y EL RETO DEL MULTILATERALISMO EN LA NUEVA ERA: Tras la caída del bloque soviético, la ONU adquirió un papel más activo en la resolución de conflictos y en la promoción del desarrollo internacional. Se llevaron a cabo una serie de operaciones de mantenimiento de la paz en países como Bosnia, Ruanda y Somalia, con resultados dispares. La intervención de la ONU en la Guerra de los Balcanes (1992-1995) mostró el potencial y las limitaciones del multilateralismo en la nueva era. Si bien la intervención contribuyó a la pacificación de la región, las atrocidades como la masacre de Srebrenica en 1995 revelaron los problemas estructurales de las misiones de paz de la ONU, especialmente en su capacidad para proteger a civiles en zonas de conflicto. *Asimismo, todos los escándalos en los que los cascos azules están implicados. La posguerra fría también vio una mayor importancia de las organizaciones regionales en la gobernanza global. La Unión Europea y la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ASEAN) desempeñaron un papel crucial en la estabilidad y el desarrollo de sus respectivas regiones. La OTAN también experimentó una expansión hacia Europa del Este, lo que generó tensiones con Rusia. Robert Keohane: el multilateralismo y la cooperación institucional son esenciales en un mundo interdependiente, donde los problemas globales (cambio climático o proliferación nuclear) no pueden ser abordados de manera efectiva por un solo Estado. ACTORES NO ESTATALES: La caída del sistema bipolar también trajo consigo una reconfiguración de los actores en la sociedad internacional. Mientras que durante la Guerra Fría los Estados eran los actores principales, la posguerra fría vio el ascenso de actores no estatales como protagonistas del escenario global. ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONGs): Entidades privadas sin fines de lucro que operan de manera independiente de los Estados y que suelen centrarse en la promoción de causas sociales, derechos humanos, medioambiente y desarrollo. Estas organizaciones han ganado relevancia en la elaboración de tratados internacionales y en la presión política para que los Estados adopten estándares más altos de responsabilidad. Las ONGs comenzaron a tener un papel más visible en áreas como los derechos humanos, el medio ambiente y el desarrollo. Diversas ONGs se convirtieron en actores clave en la defensa de los derechos humanos a nivel internacional, presionando a los Estados y organizaciones internacionales para que adopten políticas más responsables. La participación de ONGs como Greenpeace y Amnistía Internacional en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en 1992 (Cumbre de la Tierra de Río) fue clave para la adopción de acuerdos como la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. Thomas Risse: las ONGs actúan como intermediarios entre las demandas locales y el sistema internacional, moldeando la agenda global e influyendo en la implementación de normas internacionales. CORPORACIONES MULTINACIONALES: Actores no estatales de gran influencia en el ámbito económico. Con operaciones en múltiples países, estas empresas impactan las economías locales, además de influir en la formulación de políticas públicas y en la creación de normas internacionales. *Las multinacionales juegan un papel clave en la gobernanza económica global, aunque también son objeto de críticas por su participación en violaciones de derechos humanos y daños medioambientales. Debates más importantes en el Derecho Internacional contemporáneo → si las corporaciones multinacionales pueden ser consideradas responsables por violaciones a los derechos humanos y al medio ambiente. A medida que las empresas han expandido sus operaciones a nivel global, las demandas por abusos cometidos por estas entidades han aumentado. Ex: en 2011, los Principios Rectores de la ONU sobre las Empresas y los Derechos Humanos (Principios Ruggie) establecieron un marco para que las empresas respeten los derechos humanos en sus operaciones internacionales. Aunque estos principios no son vinculantes, han influido en la elaboración de políticas corporativas y en la adopción de mecanismos de responsabilidad social empresarial. GRUPOS ARMADOS NO ESTATALES: (movimientos insurgentes, milicias, organizaciones terroristas) Estos actores, que a menudo operan fuera del marco legal internacional, han sido responsables de conflictos armados prolongados y de la violación sistemática de derechos humanos. Sin embargo, algunos de estos grupos han sido legitimados en procesos de paz y han pasado a ser actores políticos legítimos. Ex: Acuerdo de Paz de Colombia de 2016 con las FARC → cómo un grupo armado no estatal fue transformado en un actor político legítimo mediante la mediación internacional y los acuerdos de paz. El DIP (regula relaciones entre Estados y otros actores del sistema internacional) enfrenta una serie de desafíos sin precedentes en el siglo XXI. A medida que el mundo se vuelve más interconectado y complejo, las normas tradicionales del derecho internacional se ven tensionadas por distintos fenómenos (globalización, cambio climático, tecnologías emergentes, conflictos asimétricos, creciente influencia de actores no estatales). LA PROLIFERACIÓN DE CONFLICTOS NO CONVENCIONALES: La naturaleza de los conflictos internacionales está cambiando. Los conflictos asimétricos y las guerras híbridas (en las que actores estatales y no estatales combinan tácticas militares, cibernéticas y propagandísticas) están desafiando los principios tradicionales del uso de la fuerza y la soberanía en DIP. CONFLICTOS ASIMÉTRICOS Y GRUPOS ARMADOS NO ESTATALES: En las últimas décadas ha habido una proliferación de grupos armados no estatales que operan fuera de las leyes internacionales y que desafían a los Estados. Estos grupos (organizaciones terroristas como HAMAS, ISIS, las FARC) se han beneficiado de la globalización y del acceso a tecnologías avanzadas para perpetrar ataques. La lucha contra el terrorismo global (intervención militar en Siria e Irak contra ISIS) ha suscitado intensos debates sobre la legalidad de la intervención y sobre el uso de la fuerza sin la aprobación del Consejo de Seguridad de la ONU. GUERRAS HÍBRIDAS Y EL RETO DE LA SOBERANÍA: Las guerras híbridas (combinación de tácticas convencionales con la guerra cibernética, la desinformación y la infiltración de actores no estatales) están planteando serios desafíos para el concepto tradicional de soberanía. Ex: anexión de Crimea por Rusia en 2014 y el conflicto en el Donbás → cómo los actores estatales utilizan estas tácticas para expandir su influencia sin recurrir a una guerra tradicional. CIBERSEGURIDAD Y CIBERCONFLICTO: UN NUEVO CAMPO DE BATALLA El ciberespacio se ha convertido en un nuevo campo de batalla donde los Estados, actores no estatales y grupos criminales operan para realizar ataques y sabotajes a infraestructuras críticas, obtener información confidencial y desestabilizar gobiernos. El DIP enfrenta el reto de regular esta nueva forma de conflicto. LA AMBIGÜEDAD DEL DERECHO INTERNACIONAL EN EL CIBERESPACIO: No existe un consenso claro sobre cómo aplicar el Derecho Internacional en el ciberespacio. Los ciberataques pueden provenir de múltiples fuentes y ser difíciles de atribuir, lo que complica la respuesta de los Estados y las organizaciones internacionales. Ex: ciberataque de 2017 (WannaCry) → ataque de ransomware que afectó a más de 150 países → cómo actores estatales y no estatales pueden aprovechar las vulnerabilidades en el ciberespacio para causar caos global. *El ataque fue vinculado a Corea del Norte, generando debate sobre las medidas de represalia y la capacidad del DIP para gestionar incidentes cibernéticos. NECESIDAD DE UN MARCO INTERNACIONAL DE CIBERSEGURIDAD: A pesar de los esfuerzos de instituciones (ONU y OTAN), no se ha desarrollado un tratado internacional vinculante que regule las actividades en el ciberespacio. Las principales potencias mundiales (EE.UU, Rusia, China) tienen enfoques divergentes sobre cómo regular el ciberespacio → dificulta la cooperación global. Michael Schmitt: el ciberespacio es un nuevo dominio donde las normas tradicionales del derecho internacional deben ser adaptadas para enfrentar desafíos emergentes. Los Estados deberán trabajar en la creación de normas y mecanismo de atribución efectivos para evitar que los ciberataques generen conflictos armados. LAS TECNOLOGÍAS EMERGENTES Y EL DERECHO INTERNACIONAL: El avance de las tecnologías emergentes (inteligencia artificial, biotecnología y armas autónomas) presenta un desafío fundamental para el Derecho Internacional → estas tecnologías impactan las relaciones entre Estados, los derechos humanos y la seguridad internacional. EL IMPACTO DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LOS DERECHOS HUMANOS: La IA está transformando diversos sectores, desde la economía hasta la defensa. Sin embargo, su uso plantea preocupaciones sobre la privacidad, el control de datos y la discriminación algorítmica. A nivel global, no existen marcos jurídicos sólidos que regulen adecuadamente el desarrollo y uso de la IA → vacío legal peligroso. A medida que la IA se integre en la gobernanza y la seguridad, la comunidad internacional deberá establecer normas claras sobre sus usos. Ex: en 2018, China implementó un sistema de vigilancia masiva basado en IA que emplea reconocimiento facial y análisis de datos para monitorizar a su población → preocupaciones sobre la violación de derechos humanos. ARMAS AUTÓNOMAS Y EL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO: Las armas autónomas pueden tomar decisiones letales sin intervención humana. Estas armas (drones autónomos, robots de combate) plantean interrogantes sobre la responsabilidad en el uso de la fuerza y sobre el cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario (DIH). Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR): las armas autónomas podrían socavar los principios fundamentales del DIH (distinción, proporcionalidad y precaución). Este vacío legal subraya la necesidad de desarrollar marcos internacionales que regulen las armas autónomas antes de que se conviertan en una amenaza global. GOBERNANZA GLOBAL Y NUEVAS FORMAS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL: El multilateralismo está bajo presión en la actualidad. El aumento del nacionalismo y las tendencias unilaterales de algunas potencias están debilitando las instituciones internacionales que tradicionalmente han sido fundamentales para la resolución de conflictos y la cooperación global. REFORMAS A LA ONU Y EL MULTILATERALISMO EN CRISIS: La ONU y otras organizaciones internacionales están siendo desafiadas por falta de representación equitativa y por la ineficacia en la resolución de conflictos. La reforma del Consejo de Seguridad sigue siendo un tema pendiente, mientras que la proliferación de alianzas ad hoc ha planteado preguntas sobre la viabilidad del multilateralismo tradicional. La formación de alianzas (G-20) y la creciente influencia de organismos regionales (Unión Africana y Asociación de Naciones de Asia Sudoriental - ASEAN) sugieren que la gobernanza global está descentralizándose → efectos positivos y negativos en el sistema internacional. CRIMEN ORGANIZADO TRANSNACIONAL: Se ha convertido en uno de los mayores desafíos para la seguridad internacional y el DIP en el siglo XXI. La globalización, el libre flujo de bienes y personas, y el avance de las tecnologías de la información → expansión de redes criminales que operan más allá de las fronteras estatales. Estas organizaciones delictivas (cárteles de drogas, redes de tráfico de personas, grupos dedicados a la falsificación y al tráfico de armas) desafían la capacidad de los Estados y las instituciones internacionales para hacer cumplir la ley y garantizar la seguridad. Supone una amenaza para la gobernanza global y el Derecho Internacional. Crimen organizado transnacional: actividades delictivas planificadas y ejecutadas por grupos organizados que operan en más de un país y que están motivadas principalmente por el beneficio económico. Estas organizaciones delictivas tienen una estructura jerárquica compleja y utilizan métodos sofisticados para evadir la justicia. 1. Definición legal: el Protocolo de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo, 2000) → grupo delictivo organizado: grupo estructurado de 3 o más personas, que existe durante cierto tiempo y actúa con el propósito de cometer 1 o más delitos graves para obtener un beneficio financiero o material (de manera directa o indirecta) 2. Características del crimen organizado transnacional: o Dimensión transnacional: las actividades delictivas trascienden fronteras → difícil coordinación entre las agencias nacionales de aplicación de la ley o Estructura jerárquica: estas organizaciones tienen una estructura de mando bien definida y cuentan con métodos de reclutamiento, entrenamiento y disciplina interna o Diversificación de actividades: no se limitan a una actividad delictiva, sino que suelen estar involucradas en múltiples mercados ilícitos (tráfico de drogas, tráfico de armas, trata de personas, delitos cibernéticos) o Capacidad de corrupción: utilizan la corrupción como herramienta clave para influir en funcionarios públicos y evadir la justicia.