Semana No.07 Introduccion PDF
Document Details
Uploaded by HarmoniousArlington
Universidad Central del Ecuador
Tags
Related
- Compendio de Botánica PDF
- Instructivo de Proyectos Escolares (Ecuador) PDF
- Modelo Nacional de Gestión y Atención para el Servicio de Nivelación y Aceleración Pedagógica - NAP (Ecuador) 2020-2021 PDF
- Políticas y procesos de Inclusión Educativa PDF
- Letter to Director of Education in Otavalo, Ecuador PDF
- Matemática 1 BGU PDF
Summary
This document provides an overview of Ecuadorian legal frameworks related to special education. It discusses the hierarchy of regulations, highlighting key principles and laws concerning inclusive education. The document emphasizes the importance of ensuring access to quality education, respecting diverse needs, and aligning with international human rights instruments. It outlines specific laws, such as the Organic Law of Disabilities and the Organic Law of Intercultural Education, and their related regulations, to support diverse learning styles in the Ecuadorian educational system.
Full Transcript
Universidad Central del Ecuador Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación GENERALIDADES SOBRE LA BASE LEGAL ECUATORIANA Y LA EDUCACIÓN ESPECIAL Tema 7 Jerarquía normativa en Ecuador Principios...
Universidad Central del Ecuador Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación GENERALIDADES SOBRE LA BASE LEGAL ECUATORIANA Y LA EDUCACIÓN ESPECIAL Tema 7 Jerarquía normativa en Ecuador Principios y regulaciones Introducción ¿Qué es una base legal? Normativas Leyes Reglamentos Introducción En Ecuador derecho a una educación Leyes y normativas inclusiva principios fundamentales de igualdad y accesibilidad necesidades sean atendidas de manera adecuada y equitativa. Base legal Objetivo Garantizar el derecho a una educación inclusiva y de principal calidad para las personas con discapacidad. 1 2 3 4 5 Constitución de la Ley Orgánica de Reglamento a la Ley Código de la niñez República del Ecuador discapacidades LOEI Orgánica de Educación y la adolescencia Intercultural (LOEI) Constitución de la República del Ecuador Constitución de la República del Ecuador La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco La educación es un derecho de las del respeto a los derechos humanos, al medio personas a lo largo de su vida y un deber ambiente sustentable y a la democracia; será ineludible e inexcusable del Estado. participativa, obligatoria, intercultural, Constituye un área prioritaria de la democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la política pública y de la inversión estatal, justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el garantía de la igualdad e inclusión social sentido crítico, el arte y la cultura física, la y condición indispensable para el buen iniciativa individual y comunitaria, y el vivir. Las personas, las familias y la desarrollo de competencias y capacidades sociedad tienen el derecho y la para crear y trabajar. La educación es responsabilidad de participar en el indispensable para el conocimiento, el ejercicio proceso educativo de los derechos y la construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo nacional. Art. 26.- Art. 27.- 1. Una educación que desarrolle sus potencialidades y habilidades para su integración y participación en igualdad de condiciones. Se garantizará su educación dentro de la educación regular. Los planteles regulares incorporarán trato diferenciado y los de atención especial la educación especializada. Los establecimientos educativos cumplirán normas de accesibilidad para personas con discapacidad e implementarán un sistema de becas que responda a las condiciones económicas de este grupo. 11. El acceso a mecanismos, medios y formas alternativas de comunicación, entre ellos el lenguaje de señas para personas sordas, el oralismo y el sistema braille. Articulo 47 Ley Orgánica de Discapacidades Ley Orgánica de Discapacidades Establecer los derechos y Se fundamenta en principios de deberes de las personas con igualdad de oportunidades, discapacidad accesibilidad universal, no discriminación Objetivos Principios Ley Orgánica de Discapacidades Sección Tercera: De la educación Ley Orgánica de Educación Intercultural Ley Orgánica de Educación Intercultural Promueve la educación Establecer los principios, políticas intercultural como un derecho y normas que rigen el sistema fundamental, reconociendo la educativo ecuatoriano. diversidad cultural y lingüística del país. Objetivos Principios Ley Orgánica de Educación Intercultural Art 2.- Principios a. Universalidad v. Equidad e inclusión m an o e in cl u si ón as eg u ra n a to da s La edu ca ci ó n es u n de re ch o hu La equidad e el ac ce so , p er m an en ci a y fundamenta l y es de be r in elu di bl e las personas ce so , en el Si st em a Ed u ca ti vo. inexcusable de l Es ta do g aran tiza r el ac culminación ció n par a za la ig u al da d de o p o rtu n id ad es a perman en cia y ca lida d de la ed u ca Garanti ti p o de ad es , p ueb lo s, n ac io n al id ad es y toda la p o bl ac ió n sin n in g ún comunid a lo s co n nec es id ad es ed u ca ti va s discriminac ió n. Es tá ar ti cu la da grupos re ch o s y de sa rr o lla u n a ét ic a de la instrumento s in te rnac io n ales de de especiales m ed id as de ac ció n af irm at iv a humanos. inclusión con a cu ltu ra es co la r in cl u y en te en la y un y la p ráct ic a en ba se a la eq uid ad , teoría do to da fo rm a de disc rim in ac ió n. erradican Ley Orgánica de Educación Intercultural Art. 47 Educación para las personas con discapacidad.- Tanto la educación formal como la no formal tomarán en cuenta las necesidades educativas especiales de las personas en lo afectivo, cognitivo y psicomotriz. La Autoridad Educativa Nacional velará porque esas necesidades educativas especiales no se conviertan en impedimento para el acceso a la educación. El Estado ecuatoriano garantizará la inclusión e integración de estas personas en los establecimientos educativos, eliminando las barreras de su aprendizaje. Todos los alumnos deberán ser evaluados, si requiere el caso, para establecer sus necesidades educativas y las características de la educación que necesita. El sistema educativo promoverá la detección y atención temprana a problemas de aprendizaje especial y factores asociados al aprendizaje que pongan en riesgo a estos niños, niñas y jóvenes, y tomarán medidas para promover su recuperación y evitar su rezago o exclusión escolar. Los establecimientos educativos están obligados a recibir a todas las personas con discapacidad a crear los apoyos y adaptaciones físicas, curriculares y de promoción adecuadas a sus necesidades; y a procurar la capacitación del personal docente en las áreas de metodología y evaluación específicas para la enseñanza de niños con capacidades para el proceso con interaprendizaje para una atención de calidad y calidez. Los establecimientos educativos destinados exclusivamente a personas con discapacidad, se justifican únicamente para casos excepcionales; es decir, para los casos en que después de haber realizado todo lo que se ha mencionado anteriormente sea imposible la inclusión. Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) Reglamento a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) Objetivos: ·Implementación de la LOEI ·Normativas específicas ·Promoción de la diversidad cultural ·Inclusión y equidad ·Mejora continua Art. 227.- Principios. La Autoridad Educativa Nacional, a través de sus niveles desconcentrados y de gestión central, promueve el acceso de personas con necesidades educativas especiales asociadas o no a la discapacidad al servicio educativo, ya sea mediante la asistencia a clases en un establecimiento educativo especializado o mediante su inclusión en un establecimiento de Reglamento a educación escolarizada ordinaria. la Ley Art. 229.- Atención. La atención a los estudiantes con necesidades educativas especiales puede darse en un Orgánica de establecimiento educativo especializado o mediante su inclusión Educación en un establecimiento de educación escolarizada ordinaria, de Intercultural conformidad con la normativa específica emitida por el Nivel (LOEI) Central de la Autoridad Educativa Nacional. Se cuenta con equipos de profesionales especializados en la detección de necesidades, quienes deben definir cuál es la modalidad más adecuada para cada estudiante y deben brindarles la atención complementaria, con servicio fijo e itinerante. Código de la niñez y la adolescencia Código de la niñez y la adolescencia Objetivos: 1.Protección integral 2.Promoción del desarrollo integral 3.Prevención de la violencia y la explotación 4.Acceso a servicios básicos 5.Participación y opinión Art. 37.- Derecho a la educación.Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Este derecho demanda de un sistema educativo que: 1. Garantice el acceso y permanencia de todo niño y niña a la educación básica, así como del adolescente hasta el bachillerato o su equivalente; 2. Respete las culturas y especificidades de cada región y lugar; 3. Contemple propuestas educacionales flexibles y alternativas para atender las necesidades de todos los niños, niñas y adolescentes, con prioridad de quienes tienen discapacidad, trabajan o viven una situación que requiera mayores oportunidades para aprender; 4. Garantice que los Código de la niños, niñas y adolescentes cuenten con docentes, materiales didácticos, laboratorios, locales, instalaciones y recursos adecuados y gocen de un ambiente niñez y la favorable para el aprendizaje. Este derecho incluye el acceso efectivo a la educación adolescencia inicial de cero a cinco años, y por lo tanto se desarrollarán programas y proyectos flexibles y abiertos, adecuados a las necesidades culturales de los educandos; y, 5. Que respete las convicciones éticas, morales y religiosas de los padres y de los mismos niños, niñas y adolescentes. La educación pública es laica en todos sus niveles, obligatoria hasta el décimo año de educación básica y gratuita hasta el bachillerato o su equivalencia. El Estado y los organismos pertinentes asegurarán que los planteles educativos ofrezcan servicios con equidad, calidad y oportunidad y que se garantice también el derecho de los progenitores a elegir la educación que más convenga a sus hijos y a sus hijas. ¡Gracias por la atención!