Conducción Guía de Conductores PDF

Summary

Documento sobre las normas de conducción, dividiéndolo en periodos de conducción ininterrumpida, diaria y semanal. Incluye los ciclos de conducción y las normas asociadas. Dispone de puntos importantes, como las pausas de descanso obligatorias.

Full Transcript

Conducción Conducción ininterrumpida Artículo 7 del Reglamento (CE) nº 561/2006: Tras un período de conducción de cuatro horas y media, el conductor hará una pausa ininterrumpida de al menos 45 minutos. Podrá sustituirse dicha pausa por una pausa de al menos 15 minutos seguida de una pausa de al...

Conducción Conducción ininterrumpida Artículo 7 del Reglamento (CE) nº 561/2006: Tras un período de conducción de cuatro horas y media, el conductor hará una pausa ininterrumpida de al menos 45 minutos. Podrá sustituirse dicha pausa por una pausa de al menos 15 minutos seguida de una pausa de al menos 30 minutos, ambas intercaladas en el período de conducción de 4 horas y media. En ese caso, se haría primero una pausa de 15 minutos dentro del periodo de conducción continua y después, antes de completar las 4 horas y media, otra de 30 minutos. En caso de pausa fraccionada, será muy importante que el orden de los descansos sea 15 y después 30, ya que sólo así será válido Puntos Clave sobre la Conducción Ininterrumpida ​ Duración Máxima de Conducción: ​ Se permite un máximo de 4 horas y media de conducción ininterrumpida. ​ Ciclos de Conducción: ​ 3 horas de conducción seguidas requieren una pausa de 30 minutos. ​ Después de 1 hora y media de conducción, se debe iniciar un ciclo con una pausa de 45 minutos. ​ Pausas Cortas: ​ Es posible tomar pausas de 15 minutos en intervalos específicos durante la conducción. Conducción diaria Artículo 6.1 del Reglamento (CE) nº 561/2006: El tiempo máximo de conducción diario no puede exceder de 9 horas, salvo dos veces a la semana que puede llegar a las 10 horas. Conducción semanal Artículo 6.2 del Reglamento (CE) nº 561/2006: El tiempo de conducción semanal no superará las 56 horas (se entenderá por semana el período de tiempo comprendido entre las 00.00 del lunes y las 24.00 del domingo). Conducción bisemanal Artículo 6.3 del Reglamento (CE) nº 561/2006: El tiempo de conducción en dos semanas consecutivas no puede exceder de 90 horas. Así, si en una semana se conduce durante 56 horas (máximo permitido), en la siguiente sólo podrá conducirse durante 34 horas, puesto ambas suman el máximo de 90 horas. EscENARIO 1: En la primera semana se trabajan 40 horas y en la segunda, 50 horas, sumando un total de 90 horas en las dos semanas. ESCENARIO 2: En la primera semana se trabajan 56 horas y en la segunda, 34 horas, también sumando un total de 90 horas en las dos semanas. Hechos sancionables El régimen sancionador en materia de tiempos de conducción viene recogido en los artículos 138 a 146 de la LOTT (modificada por el RDL 3/2022), y en los artículos 193 a 202 del ROTT (modificado por el RD 242/2022). De acuerdo con el artículo 143.4.b LOTT, la comisión de las infracciones de tiempos de conducción diaria conlleva la inmediata inmovilización del vehículo, salvo que la infracción deba reputarse como leve y la distancia que deba recorrer el vehículo para alcanzar su destino no sea superior a 30 kilómetros. Faltas muy graves ( Sanciones desde 3.301 a 4.600 € ): Faltas graves ( Sanciones desde 1.501 a 2.000 € ): Faltas leves ( Sanciones desde 301 a 400 € ): La honorabilidad en el transporte. Puede afectar tanto al gerente de la empresa como al gestor o capacitado y puede derivar en la suspensión de la autorización de transporte durante 365 días. Pasar un año sin trabajar puede suponer el cierre total de nuestra actividad económica De conformidad con lo dispuesto en la reglamentación de la Unión Europea …, a fin de cumplir el requisito de honorabilidad, ni la empresa ni su gestor de transporte podrán haber sido condenados por la comisión de delitos o faltas penales ni sancionados por la comisión de infracciones relacionadas con los ámbitos mercantil, social o laboral, de seguridad vial o de ordenación de los transportes terrestres que den lugar a la pérdida de este requisito, de conformidad con lo que se dispone en esta ley y en la reglamentación de la Unión Europea”. ¿Qué consecuencias tiene la pérdida de honorabilidad? Según recoge el ROTT las consecuencias de la pérdida de honorabilidad son dos: 1)​ Inhabilitación del gestor de transporte de la empresa transportista. 2)​ Suspensión temporal de las autorizaciones de transporte, que supone la paralización de la actividad de la empresa.

Use Quizgecko on...
Browser
Browser