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LEY Nº 1680 =========== **CÓDIGO** ### \... de la Niñez y la Adolescencia #### ARTÍCULO 1 ##### DEL OBJETO DE ESTE CÓDIGO #### ARTÍCULO 2 ##### DE LA PRESUNCIÓN DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA O ADULTEZ a. entre niño o adolescente, la condi- ción de niño; y b. entre adolescente y adulto, la con-...

LEY Nº 1680 =========== **CÓDIGO** ### \... de la Niñez y la Adolescencia #### ARTÍCULO 1 ##### DEL OBJETO DE ESTE CÓDIGO #### ARTÍCULO 2 ##### DE LA PRESUNCIÓN DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA O ADULTEZ a. entre niño o adolescente, la condi- ción de niño; y b. entre adolescente y adulto, la con- dición de adolescente. #### ARTÍCULO 3 ##### DEL PRINCIPIO DEL INTERÉS SUPERIOR #### ARTÍCULO 4 ##### DE LA RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA #### ARTÍCULO 5 ##### DE LA OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR #### ARTÍCULO 6 ##### DE LA PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO **O ADOLESCENTE** #### ARTÍCULO 7 ##### DEL EJERCICIO DE LOS DERECHOS #### ARTÍCULO 8 ##### DEL DERECHO A LA FAMILIA ![](media/image2.png)TÍTULO ÚNICO CAPÍTULO 1 -------------------------------------------- #### ARTÍCULO 9 ##### DE LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS POR NACER #### ARTÍCULO 10 ##### DE LA RESPONSABILIDAD **DEL ESTADO** a. atender a la mujer embarazada in- solvente, a la que se proveerá de alojamiento, alimentación y medi- camentos necesarios; b. atender a la embarazada indígena, en el marco del más amplio respeto a su cultura; c. elaborar planes de atención espe- cializada para la protección de la adolescente embarazada; y, d. #### ARTÍCULO 11 ##### DE LA OBLIGACIÓN DE LA ATENCIÓN MÉDICA #### ARTÍCULO 12 ##### DE LA PROHIBICIÓN DE RETENER AL RECIÉN NACIDO ##### DEL DERECHO A LA SALUD #### ARTÍCULO 14 ##### DEL DERECHO A LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA #### ARTÍCULO 15 ##### DE LOS PROGRAMAS DE **SALUD PÚBLICA** #### ARTÍCULO 16 ##### DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN CONTRA SUSTANCIAS DAÑINAS, TABACO Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS #### ARTÍCULO 17 ##### DE LA INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA ANTE EL PELIGRO DE MUERTE #### ARTÍCULO 18 ##### DEL DERECHO A LA IDENTIDAD #### ARTÍCULO 19 ##### DE LA OBLIGATORIEDAD DEL REGISTRO DE NACIMIENTO #### ARTÍCULO 20 ##### DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN #### ARTÍCULO 21 ##### DEL SISTEMA EDUCATIVO a. el derecho a ser respetado por sus edu- cadores; b. el derecho de organización y parti- cipación en entidades estudiantiles; c. la promoción y difusión de sus de- rechos; d. el acceso a escuelas públicas gra- tuitas cercanas a su residencia; y, e. #### ARTÍCULO 22 ##### DE LAS NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES #### ARTÍCULO 23 ##### DE LA ATENCIÓN Y REHABILITACIÓN OBLIGATORIA #### ARTÍCULO 24 ##### DEL DERECHO A LA CULTURA Y AL DEPORTE #### ARTÍCULO 25 ##### DEL DERECHO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE A SER PROTEGIDOS #### ARTÍCULO 26 ##### DEL DERECHO DE PETICIÓN #### ARTÍCULO 27 ##### DEL SECRETO DE LAS **ACTUACIONES** #### ARTÍCULO 28 ##### DE LAS EXCEPCIONES DEL SECRETO #### ARTÍCULO 29 ##### DE LA PROHIBICIÓN DE LA PUBLICACIÓN #### ARTÍCULO 30 ##### DE LOS DEBERES DEL NIÑO **O ADOLESCENTE** CAPÍTULO 2 ---------- #### ARTÍCULO 31 ##### DE LA PROHIBICIÓN DE UTILI- ZAR AL NIÑO O ADOLESCENTE EN EL COMERCIO SEXUAL #### ARTÍCULO 32 ##### DE LOS ARTÍCULOS DE VENTA PROHIBIDA a. b. c. d. e. f. #### ARTÍCULO 33 ##### DE LAS RESTRICCIONES PARA LAS CASAS DE JUEGO Y LOCALES HABILITADOS PARA NIÑOS O ADOLESCENTES #### ARTÍCULO 34 ##### DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y APOYO a. la advertencia al padre, a la madre, al tutor o responsable; b. la orientación al niño o adolescen- te y a su grupo familiar; c. el acompañamiento temporario al niño o adolescente y a su grupo familiar; d. la incorporación del niño en un es- tablecimiento de educación esco- lar básica y la obligación de asis- tencia; e. f. g. h. i. #### ARTÍCULO 35 ##### DEL ABRIGO #### ARTÍCULO 36 ##### DE LAS INSTITUCIONES DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN TÍTULO PRIMERO -------------- CAPÍTULO 1 ---------- #### ARTÍCULO 37 ##### DEL SISTEMA DE PROTECCIÓN **INTEGRAL** #### ARTÍCULO 38 ##### DE LOS RECURSOS #### ARTÍCULO 39 ##### DE LA CREACIÓN DE LA SECRE- TARÍA NACIONAL DE LA NIÑEZ Y **LA ADOLESCENCIA** #### ARTÍCULO 40 ##### DE LAS ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO EJECUTIVO a. presidir el Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia; b. contratar, previa autorización del Presidente de la República y, en su caso, con aprobación de ambas Cá- maras del Congreso, préstamos con entidades nacionales o extranjeras, con las formalidades y limitaciones esta- blecidas en la legislación vigente; c. administrar los bienes y recursos de la Secretaría, así como los pro- venientes de los convenios que ce- lebre la Secretaría, aplicándolos al cumplimiento de los programas es- pecíficos de dichos convenios; d. e. f. g. #### ARTÍCULO 41 ##### DE LAS FUNCIONES DE **LA SECRETARÍA** a. cumplir con las políticas elabora- das por el Sistema; b. poner en ejecución los planes y pro- gramas preparados por la Secretaría; c. conformar el Consejo Nacional e im- pulsar la de los consejos departa- mentales y municipales de la niñez y la adolescencia; d. facilitar el relacionamiento y la co- ordinación entre los distintos con- sejos que integrarán el Sistema; e. gestionar asistencia técnica y finan- ciera de instituciones nacionales, extranjeras e internacionales; f. autorizar, registrar y fiscalizar el fun- cionamiento de las entidades de abrigo; y, g. registrar los organismos no guberna- mentales dedicados a la problemáti- ca de la niñez y la adolescencia.![](media/image4.png) CAPÍTULO 2 ---------- #### ARTÍCULO 42 ##### DE SU CONSTITUCIÓN E INTEGRACIÓN a. la Secretaría Nacional de la Niñez y Adolescencia; b. el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; c. d. los organismos no gubernamenta- les de bien público y sin fines de lucro de cobertura nacional; e. f. g. h. #### ARTÍCULO 43 ##### DE SUS FUNCIONES a. formular políticas para la promoción, atención y protección de los dere- chos del Niño y Adolescente; b. aprobar y supervisar los planes y programas específicos elaborados por la Secretaría; y, c. CAPÍTULO 3 ---------- #### ARTÍCULO 44 ##### DE SU CONSTITUCIÓN E INTEGRACIÓN a. el Gobernador; b. c. d. e. f. #### ARTÍCULO 45 ##### DE SUS FUNCIONES a. aprobar los planes y programas para el departamento y apoyar la ejecu- ción de los mismos; b. apoyar a las municipalidades del De- partamento para la ejecución de los programas respectivos; y, c. CAPÍTULO 4 ---------- #### ARTÍCULO 46 ##### DE SU CONSTITUCIÓN E **INTEGRACIÓN** a. el Intendente; b. c. d. e. #### ARTÍCULO 47 ##### DE SUS FUNCIONES a. orientar prioritariamente sus gestio- nes al desarrollo de programas de b. c. d. CAPÍTULO 5 ---------- #### ARTÍCULO 48 ##### DE SUS FINES #### ARTÍCULO 49 ##### DE SU INTEGRACIÓN #### ARTÍCULO 50 ##### DE SUS ATRIBUCIONES a. intervenir preventivamente en caso de amenaza a transgresión de los derechos del niño o adolescente, siempre que no exista intervención jurisdiccional, brindando una alter- nativa de resolución de conflictos; b. brindar orientación especializada a la familia para prevenir situaciones críticas; c. habilitar a entidades públicas y pri- vadas dedicadas a desarrollar pro- gramas de abrigo, y clausurarlas en casos justificados; d. derivar a la autoridad judicial los casos de su competencia; e. llevar un registro del niño y el ado- lescente que realizan actividades económicas, a fin de impulsar pro- gramas de protección y apoyo a las familias; f. g. coordinar con las entidades de for- mación profesional programas de capacitación de los adolescentes trabajadores; y, h. proveer servicios de salas materna- les, guarderías y jardines de infantes para la atención del niño cuyo padre o madre trabaje fuera del hogar. #### ARTÍCULO 51 ##### DE LA REVISIÓN DE LAS DECISIONES TÍTULO SEGUNDO -------------- CAPÍTULO 1 ---------- #### ARTÍCULO 52 ##### DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN a. al adolescente que trabaja por cuen- ta propia; b. al adolescente que trabaja por cuen- ta ajena; y, c. al niño que se ocupa del trabajo fa- miliar no remunerado. #### ARTÍCULO 53 ##### DE LAS GARANTÍAS EN EL TRABAJO a. de derechos laborales de preven- ción de la salud; b. de derechos individuales de liber- tad, respeto y dignidad; c. de ser sometido periódicamente a examen médico; d. de acceso y asistencia a la escuela en turnos compatibles con sus in- tereses y atendiendo a sus particu- laridades locales; e. f. g. h. #### ARTÍCULO 54 ##### DE LOS TRABAJOS PROHIBIDOS a. en cualquier lugar subterráneo o bajo agua; b. en otras actividades peligrosas o nocivas para su salud física, men- tal o moral #### ARTÍCULO 55 ##### DEL REGISTRO DEL TRABAJADOR #### ARTÍCULO 56 ##### DE LOS DATOS DEL REGISTRO a. b. c. fecha y lugar de nacimiento; d. e. f. g. h. #### ARTÍCULO 57 ##### DE LA COMUNICACIÓN DEL TRABAJO DE ADOLESCENTES CAPÍTULO 2 ---------- #### ARTÍCULO 58 ##### DEL HORARIO DE TRABAJO #### ARTÍCULO 59 ##### DEL LUGAR DEL TRABAJO ##### DEL REGISTRO A CARGO **DEL EMPLEADOR** a. su nombre y apellido, lugar y fecha de nacimiento, dirección y lugar de residencia del adolescente trabajador; b. nombres y apellidos del padre, madre, tutor o responsables y el domicilio de éstos; c. su fecha de ingreso, labor que des- empeña, remuneración que percibe, horario de trabajo y número de ins- cripción del seguro social; d. centro educativo al que asiste, ho- rario de clases; y, e. otros datos que consideren perti- nente. #### ARTÍCULO 61 ##### DE LA OBLIGACIÓN DE INFOR- MAR SOBRE EL TRABAJO DEL **ADOLESCENTE** #### ARTÍCULO 62 ##### DEL EMPLEO DE ADOLESCENTES CON NECESIDADES ESPECIALES CAPÍTULO 3 ---------- #### ARTÍCULO 63 ##### DE LAS OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR #### ARTÍCULO 64 ##### DE LA JORNADA DE TRABAJO DOMÉSTICO #### ARTÍCULO 65 ##### DE LA ESCOLARIDAD OBLIGATORIA DEL ADOLESCENTE TRABAJADOR DOMÉSTICO #### ARTÍCULO 66 ##### DE LA AUTORIZACIÓN DE LOS PADRES PARA EL TRABAJO DOMÉSTICO Y DEL TRASLADO #### ARTÍCULO 67 ##### DE LA PROHIBICIÓN DE **SALIR DEL PAÍS** #### ARTÍCULO 68 CAPÍTULO 4 ---------- #### ARTÍCULO 69 ##### DEL CONCEPTO TÍTULO PRIMERO -------------- CAPÍTULO 1 ---------- #### ARTÍCULO 70 ##### DEL EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD #### ARTÍCULO 71 ##### DE LOS DERECHOS Y DEBERES DEL PADRE Y DE LA MADRE a. velar por su desarrollo integral; b. c. d. e. f. #### ARTÍCULO 72 ##### DE LA SUSPENSIÓN DEL EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD a. por la interdicción del padre o de la madre, dictada por autoridad judi- cial competente; b. por ausencia del padre o de la madre, o de ambos declarada judicialmente; c. por hallarse el padre o la madre cum- pliendo pena de prisión; d. e. f. #### ARTÍCULO 73 ##### DE LA PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD a. por haber sido condenado por la comisión de un hecho punible en perjuicio de su hijo; b. por haber fracasado el proceso de adaptación a la convivencia, en los casos en que se trate de hijos adoptivos; c. por acciones que causen grave daño físico, psíquico o mental a su hijo; y, d. por omisiones que, por su grave- dad, pongan a su hijo en estado de abandono y peligro. #### ARTÍCULO 74 ##### DE LA LEGITIMACIÓN PARA ACCIONAR #### ARTÍCULO 75 ##### DE LA EXTINCIÓN DE LA PATRIA POTESTAD a. por la muerte de los padres o de los hijos; b. por llegar éstos a la mayoría de edad; y, c. #### ARTÍCULO 76 ##### DE LA PATRIA POTESTAD EJERCIDA POR EL PADRE **O LA MADRE** #### ARTÍCULO 77 ##### DE LA OBLIGACIÓN DEL PADRE Y DE LA MADRE #### ARTÍCULO 78 ##### DE LA DECLARACIÓN JUDI- CIAL DE PÉRDIDA DE LA PATRIA POTESTAD #### ARTÍCULO 79 ##### DE LA RESTITUCIÓN DE LA PATRIA POTESTAD #### ARTÍCULO 80 ##### DE LA PATRIA POTESTAD Y LA NULIDAD DE MATRIMONIO #### ARTÍCULO 81 ##### DE LA EXCEPCIÓN A LA REPRESENTACIÓN LEGAL DEL PADRE Y LA MADRE CAPÍTULO 2 ---------- #### ARTÍCULO 82 ##### DEL DERECHO DE ADMINISTRACIÓN #### ARTÍCULO 83 ##### DE LAS EXCEPCIONES A LA **ADMINISTRACIÓN** a. b. c. #### ARTÍCULO 84 ##### DE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL #### ARTÍCULO 85 ##### DE LA PROHIBICIÓN AL PADRE Y LA MADRE #### ARTÍCULO 86 ##### DE LA ENAJENACIÓN DE LOS SEMOVIENTES #### ARTÍCULO 87 ##### DE LA NULIDAD DE LOS ACTOS PROHIBIDOS #### ARTÍCULO 88 ##### DE LOS ACREEDORES DEL PADRE Y DE LA MADRE #### ARTÍCULO 89 ##### DE LA PÉRDIDA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES b. se hallen en estado de cesación de pagos; c. se pruebe la ineptitud del padre o de la madre para administrarlos ade- cuadamente; d. sean privados de la patria potes- tad. Si lo fuesen por demencia, no perderán el derecho al usufructo de esos bienes; y, e. no rindan cuenta documentada ante el Juez de la Niñez y Adolescencia competente, de la administración o gestión realizada respecto de los bienes administrados. #### ARTÍCULO 90 ##### DE LA REMOCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES a. ella sea perjudicial para el patrimonio del mismo; #### ARTÍCULO 91 ##### DE LA ENTREGA DE LOS BIENES AL HIJO EMANCI- PADO O MAYOR DE EDAD CAPÍTULO 3 ---------- #### ARTÍCULO 92 ##### DE LA CONVIVENCIA FAMILIAR #### ARTÍCULO 93 ##### DE LA CONTROVERSIA ENTRE EL PADRE Y LA MADRE #### ARTÍCULO 94 ##### DE LA RESTITUCIÓN #### ARTÍCULO 96 ##### DEL INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE RELACIONAMIENTO #### ARTÍCULO 95 ##### DE LA REGULACIÓN JUDICIAL DEL RÉGIMEN DE RELACIONAMIENTO CAPÍTULO 4 ---------- #### ARTÍCULO 97 ##### DE LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONAR ASISTENCIA ALIMENTICIA #### ARTÍCULO 98 ##### DE LA PRESTACIÓN OBLIGATORIA DE ASISTENCIA ALIMENTICIA A CARGO DE PARIENTES #### ARTÍCULO 99 ##### DE LA PROHIBICIÓN DE ELUDIR EL PAGO CAPÍTULO 5 ---------- #### ARTÍCULO 100 ##### DE LA AUTORIZACIÓN PARA VIAJAR AL EXTERIOR a. cuando uno de los padres se opon- ga al viaje; y, b. cuando el padre, la madre o ambos se encuentren ausentes, justificado con la presencia de dos testigos. #### ARTÍCULO 101 ##### DEL TRÁMITE DEL DISENSO #### ARTÍCULO 102 ##### DE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA CONTRAER **MATRIMONIO** TÍTULO SEGUNDO -------------- CAPÍTULO 1 ---------- #### ARTÍCULO 103 ##### DE LA ACOGIDA EN FAMILIA SUSTITUTA #### ARTÍCULO 104 ##### DE LAS CONDICIONES PARA LA FAMILIA SUSTITUTA #### ARTÍCULO 105 ##### DE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL NECESARIA CAPÍTULO 2 ---------- #### ARTÍCULO 106 ##### DEL CONCEPTO a. la obligación de prestar asistencia material, afectiva y educativa al niño o adolescente; y b. la obligación de ejercer la defensa de los derechos del niño o adoles- cente, incluso frente a sus padres. #### ARTÍCULO 108 ##### DE LA EVALUACIÓN #### ARTÍCULO 109 ##### DE LA PROHIBICIÓN A LOS GUARDADORES #### ARTÍCULO 107 ##### DE LA OBLIGACIÓN DE COMUNICAR TÍTULO TERCERO -------------- CAPÍTULO 1 ---------- #### ARTÍCULO 110 ##### DEL CONCEPTO #### ARTÍCULO 111 ##### DE LA OBLIGACIÓN DE DENUNCIAR #### ARTÍCULO 112 ##### DEL EJERCICIO DE LA TUTELA #### ARTÍCULO 113 ##### DE LAS FORMAS DE OTORGAR LA TUTELA a. el padre o la madre que ejerza la patria potestad; b. c. #### ARTÍCULO 114 ##### DE LAS OBLIGACIONES DEL TUTOR #### ARTÍCULO 115 ##### DE LA INHABILITACIÓN PARA EJERCER LA TUTELA a. los que no hayan alcanzado la ma- yoría de edad; b. los mudos y sordomudos que no puedan darse a entender por escri- to u otros medios; c. d. los que no tienen domicilio en la República; e. los fallidos mientras no hayan sido rehabilitados; f. g. los que deban ejercer por tiempo indefinido un cargo fuera de la Re- pública. Cuando la ausencia sea por tiempo determinado, el Juez resol- verá de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 143 de este Código; h. los que no tengan oficio, profesión o actividad económica conocida; i. j. los acreedores o deudores del niño o adolescente; k. los que tengan litigio pendiente con el niño o adolescente, el padre o la madre de éste; l. m. CAPÍTULO 2 ---------- #### ARTÍCULO 116 ##### DEL NOMBRAMIENTO DEL TUTOR #### ARTÍCULO 117 ##### DEL NOMBRAMIENTO DE DOS O MÁS TUTORES #### ARTÍCULO 119 ##### DE LAS CLÁUSULAS PROHIBIDAS #### ARTÍCULO 118 ##### DE LA CONFIRMACIÓN JUDICIAL DE LA TUTELA CAPÍTULO 3 ---------- CAPÍTULO 4 ---------- #### ARTÍCULO 120 ##### DEL EJERCICIO DE LA TUTELA POR PARIENTES #### ARTÍCULO 121 ##### DEL ORDEN PARA EL EJERCICIO DE LA TUTELA a. b. c. #### ARTÍCULO 122 ##### DE LA IDONEIDAD DEL TUTOR #### ARTÍCULO 123 ##### DEL TUTOR NOMBRADO **POR EL JUEZ** #### ARTÍCULO 124 ##### DEL TUTOR PROVISIONAL #### ARTÍCULO 125 ##### DE LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA EL NOMBRA- MIENTO DE TUTOR ESPECIAL a. los intereses del niño o adolescente estén en oposición con los de su padre o madre, bajo cuya patria po- testad se encuentre; b. el padre o la madre perdiere la ad- ministración de los bienes del hijo; c. el hijo adquiriese bienes cuya admi- nistración no corresponda a los pa- dres; d. los intereses del niño o adolescen- te estuviesen en oposición con los de su tutor; e. sus intereses estuviesen en oposi- ción con los de otro niño o adoles- cente, que se hallase con ellos bajo un tutor común, o con los de un incapaz del que el tutor sea curador; f. el niño o adolescente adquiera bie- nes con la cláusula de ser adminis- trados por otra persona o de no ser administrados por su tutor; g. tuviese bienes fuera de la jurisdic- ción del Juez de la Tutela, que no h. #### ARTÍCULO 126 ##### DE LAS FUNCIONES DEL TUTOR ESPECIAL CAPÍTULO 6 ---------- #### ARTÍCULO 127 ##### DEL DISCERNIMIENTO JUDICIAL DE LA TUTELA #### ARTÍCULO 128 ##### DEL JUZGADO COMPETENTE PARA DISCERNIR LA TUTELA #### ARTÍCULO 129 ##### DEL CAMBIO DE RESIDENCIA #### ARTÍCULO 130 ##### DEL INVENTARIO Y AVALUACIÓN DE LOS BIENES #### ARTÍCULO 131 ##### DE LOS ACTOS ANTERIORES AL DISCERNIMIENTO DE LA TUTELA CAPÍTULO 7 ---------- #### ARTÍCULO 132 ##### DEL AMBITO DE APLICACIÓN **DE LA NORMA** #### ARTÍCULO 133 ##### DE LA SUSPENSIÓN O REMOCIÓN DEL TUTOR #### ARTÍCULO 134 ##### DE LA REPRESENTACIÓN EJERCIDA POR EL TUTOR #### ARTÍCULO 135 ##### DE LOS BIENES EXCLUIDOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL TUTOR a. los bienes que corresponda admi- nistrar a tutores especiales; y, b. los que adquiriese el niño o adoles- cente por su trabajo u oficio. #### ARTÍCULO 136 ##### DEL INVENTARIO OBLIGATORIO #### ARTÍCULO 137 ##### DE LOS CRÉDITOS DEL TUTOR #### ARTÍCULO 138 ##### DE LOS BIENES ADQUIRIDOS DURANTE LA TUTELA #### ARTÍCULO 139 ##### DE LA RENDICIÓN JUDICIAL DE LAS CUENTAS DE LA TUTELA #### ARTÍCULO 141 ##### DE LOS DEPÓSITOS DE DINERO Y LA ADQUISICIÓN DE TÍTULOS Y VALORES #### ARTÍCULO 140 ##### DE LA DISPOSICIÓN DE LAS RENTAS EN LA TUTELA #### ARTÍCULO 142 ##### DE LA OBLIGACIÓN DE LOS PARIENTES #### ARTÍCULO 143 ##### DEL TRASLADO DEL TUTOR O DEL NIÑO FUERA DEL PAÍS #### ARTÍCULO 144 ##### DE LOS ACTOS QUE REQUIEREN AUTORIZACIÓN JUDICIAL a. enajenar el ganado de propiedad del niño o adolescente, incluyen- do la producción anual del rebaño; b. c. d. e. f. g. h. i. j. k. l. #### ARTÍCULO 145 ##### DE LA PROHIBICIÓN DE ENAJENAR O DE HIPOTECAR LOS BIENES DE LA TUTELA #### ARTÍCULO 146 ##### DE LA PARTICIÓN DE LA HERENCIA EN LA TUTELA #### ARTÍCULO 147 ##### DE LA VENTA DE LOS BIENES EN REMATE PÚBLICO #### ARTÍCULO 148 ##### DE LA EXCEPCIÓN A LA OBLIGACIÓN DE REMATAR CAPÍTULO 8 ---------- #### ARTÍCULO 149 ##### DE LAS FORMAS DE CONCLUSIÓN DE LA TUTELA a. b. c. d. e. f. #### ARTÍCULO 150 ##### DE LA CONCLUSIÓN DE LA TUTELA ESPECIAL #### ARTÍCULO 151 ##### DE LA DECLARACIÓN JUDICIAL DE CONCLUSIÓN DE LA TUTELA **ESPECIAL** #### ARTÍCULO 152 ##### DE LA DOCUMENTACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA TUTELA #### ARTÍCULO 153 ##### DE LA EXHIBICIÓN DE LAS CUENTAS DE LA TUTELA #### ARTÍCULO 154 ##### DE LA ENTREGA DE LOS BIENES DE LA TUTELA #### ARTÍCULO 157 ##### DE LA REMUNERACIÓN AL TUTOR #### ARTÍCULO 155 ##### DEL RESARCIMIENTO DEL PERJUICIO EN LA TUTELA #### ARTÍCULO 156 ##### DE LOS GASTOS DE LA TUTELA TÍTULO PRIMERO -------------- CAPÍTULO 1 ---------- #### ARTÍCULO 158 ##### DE LA COMPOSICIÓN DE LA JUSTICIA DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA #### ARTÍCULO 159 ##### DE LOS REQUISITOS #### ARTÍCULO 160 ##### DE LA COMPETENCIA DEL TRIBUNAL a. los recursos concedidos contra las resoluciones de los Jueces de Pri- mera Instancia de la Niñez y la Ado- lescencia; b. las quejas por retardo o denegación de justicia; c. las recusaciones o inhibiciones de los Jueces de la Niñez y la Adoles- cencia; y, d. las contiendas de competencia en- tre jueces de la Niñez y la Adoles- cencia. #### ARTÍCULO 161 ##### DE LA COMPETENCIA DEL JUZGADO a. lo relacionado a las acciones de fi- liación; b. el ejercicio, suspensión o pérdida de la patria potestad sobre los hijos; c. la designación o remoción de los tutores; d. las reclamaciones de ayuda prena- tal y protección a la maternidad; e. los pedidos de fijación de cuota alimentaria; f. g. h. i. j. k. l. m. CAPÍTULO 2 ---------- #### ARTÍCULO 162 ##### DE LA DEFENSORÍA DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA #### ARTÍCULO 163 ##### DE LAS FUNCIONES DEL DEFENSOR DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA a. recibir denuncias de transgresiones a los derechos del niño o adoles- cente y promover las acciones co- rrespondientes; b. representar al niño o adolescente en juicio, a pedido de éste, sus pa- dres, tutores o responsables; c. velar por los derechos del niño o ado- lescente, de oficio o a petición de par- d. #### ARTÍCULO 164 ##### DE LAS ATRIBUCIONES a. solicitar informes, peritajes y docu- mentos a las autoridades naciona- les, departamentales y municipales, así como requerir inspecciones y otras diligencias necesarias a sus investigaciones; b. requerir, por vía del Juzgado, in- formes y documentos a institucio- nes privadas o a particulares; c. requerir el concurso de los auxilia- res especializados; y, d. acceder en cualquier momento a lo- cales donde se encuentren niños o adolescentes que requieran su asis- tencia. Cuando se trate de residen- cias u oficinas particulares, el ac- ceso requerirá autorización judicial previa. CAPÍTULO 3 ---------- #### ARTÍCULO 165 ##### DEL EQUIPO ASESOR DE LA JUSTICIA #### ARTÍCULO 166 ##### DE SUS ATRIBUCIONES a. emitir los informes escritos o ver- bales que le requiera el tribunal, el Juez o el defensor; b. realizar el seguimiento de las medi- das ordenadas por el Juez, emitien- do el dictamen técnico para la eva- luación correspondiente, así como las recomendaciones para la toma de las medidas pertinentes; y, c. TÍTULO SEGUNDO -------------- CAPÍTULO 1 ---------- #### ARTÍCULO 168 ##### DE LAS PARTES EN EL PROCEDIMIENTO #### ARTÍCULO 167 ##### DEL CARÁCTER DEL PROCEDIMIENTO #### ARTÍCULO 169 ##### DE LA COMPETENCIA TERRITORIAL #### ARTÍCULO 170 ##### DE LAS CUESTIONES SOMETIDAS AL PROCEDIMIENTO GENERAL #### ARTÍCULO 171 ##### DE LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA Y DE LOS DOCUMENTOS #### ARTÍCULO 172 ##### DE LA IMPROCEDENCIA DE LA RECUSACIÓN SIN CAUSA #### ARTÍCULO 173 ##### DE LAS NOTIFICACIONES #### ARTÍCULO 174 ##### DE LA AUDIENCIA DE SUSTANCIACIÓN a. declarar la cuestión de puro derecho; b. c. d. ordenar medidas cautelares de pro- tección. #### ARTÍCULO 175 ##### DE LAS MEDIDAS CAUTELARES DE PROTECCIÓN a. la guarda o el abrigo; b. c. d. e. f. #### ARTÍCULO 176 ##### DEL NÚMERO DE TESTIGOS #### ARTÍCULO 177 ##### DEL DILIGENCIAMIENTO DE LAS PRUEBAS #### ARTÍCULO 178 ##### DE LA AUDIENCIA DE PRUEBAS #### ARTÍCULO 179 ##### DE LA SENTENCIA #### ARTÍCULO 180 ##### DE LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN #### ARTÍCULO 181 ##### DEL PROCEDIMIENTO EN SEGUNDA INSTANCIA #### ARTÍCULO 182 ##### DE LAS ACTUACIONES QUE COMPROMETEN INTERESES DEL NIÑO CAPÍTULO 2 ---------- CAPÍTULO 3 ---------- #### ARTÍCULO 183 ##### DEL CARÁCTER SUMARIO DEL PROCEDIMIENTO #### ARTÍCULO 184 ##### DE LA PRUEBA PERICIAL DE SANGRE #### ARTÍCULO 185 ##### DE LOS QUE PUEDEN RECLAMAR ALIMENTOS #### ARTÍCULO 186 ##### DEL PROCEDIMIENTO #### ARTÍCULO 187 ##### DE LOS MEDIOS DE PRUEBA #### ARTÍCULO 188 ##### DE LA INTERVENCIÓN DEL ALIMENTANTE #### ARTÍCULO 189 ##### DE LA FIJACIÓN DEL MONTO Y VIGENCIA DE LA PRESTACIÓN #### ARTÍCULO 190 ##### DE LA IMPOSIBILIDAD DE DETERMINAR MONTO CAPÍTULO 4 ---------- #### ARTÍCULO 191 ##### DEL PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DEL MALTRATO ![](media/image7.png)TÍTULO PRIMERO ----------------------------------- #### ARTÍCULO 192 ##### DE LOS INFRACTORES DE LA LEY PENAL #### ARTÍCULO 193 ##### DE LA APLICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES GENERALES #### ARTÍCULO 194 ##### DE LA RESPONSABILIDAD PENAL #### ARTÍCULO 195 ##### DE LA CLASIFICACIÓN DE LOS HECHOS ANTIJURÍDICOS TÍTULO SEGUNDO -------------- CAPÍTULO 1 ---------- #### ARTÍCULO 196 ##### DE LAS MEDIDAS #### ARTÍCULO 197 ##### DE LAS PENAS ADICIONALES #### ARTÍCULO 198 ##### DE LAS MEDIDAS DE VIGILANCIA, DE MEJORAMIENTO Y DE SEGURIDAD 1. la internación en un hospital psi- quiátrico, de conformidad a lo dis- puesto en el Artículo 72, inciso 3°, numeral 1 del Código Penal; 2. la internación en un establecimien- to de desintoxicación, conforme a lo establecido en el Artículo 72, inciso 3°, numeral 2 del Código Pe- nal; y, 3. la cancelación de la licencia de con- ducir, conforme a lo dispuesto en el Artículo 72, inciso 4°, numeral 3 del Código Penal. #### ARTÍCULO 199 CAPÍTULO 2 ---------- #### ARTÍCULO 200 ##### DE LA NATURALEZA DE LAS MEDIDAS SOCIOEDUCATIVAS a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. k. l. #### ARTÍCULO 201 ##### DE LA DURACIÓN DE LAS MEDIDAS Y DE SU APLICACIÓN #### ARTÍCULO 202 ##### DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y APOYO CAPÍTULO 3 ---------- #### ARTÍCULO 203 ##### DE LA NATURALEZA DE LAS MEDIDAS CORRECCIONALES a. la amonestación; y, b. #### ARTÍCULO 204 ##### DE LA AMONESTACIÓN b. se pretende privar al adolescente del beneficio obtenido por el he- cho punible. #### ARTÍCULO 205 ##### DE LA IMPOSICIÓN DE OBLIGACIONES a. reparar, dentro de un plazo deter- minado y de acuerdo con sus posi- bilidades, los daños causados por el hecho punible; b. pedir personalmente disculpas a la víctima; c. d. e. pagar una cantidad de dinero a una entidad de beneficencia. a. el adolescente haya realizado una infracción leve y se pueda esperar que el pago se efectúe con medios a su propia disposición; o, CAPÍTULO 4 ---------- #### ARTÍCULO 206 ##### DE LA NATURALEZA DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD a. las medidas socioeducativas y las me- didas correccionales no sean suficien- tes para la educación del condenado; b. la internación sea recomendable por el grado de reprochabilidad de su conducta; c. el adolescente haya reiterada y gra- vemente incumplido en forma re- prochable medidas socioeducativas o las imposiciones ordenadas; d. anteriormente se haya intentado responder a las dificultades de adap- tación social del adolescente me- diante una modificación de las me- didas no privativas de libertad; o, e. el adolescente haya sido apercibi- do judicialmente de la posibilidad de la aplicación de una medida pri- vativa de libertad en caso de que no desistiese de su actitud. #### ARTÍCULO 207 ##### DE LA DURACIÓN DE LA MEDIDA PRIVATIVA **DE LIBERTAD** #### ARTÍCULO 208 ##### DE LA SUSPENSIÓN A PRUEBA DE LA EJECUCIÓN DE LA MEDIDA #### ARTÍCULO 209 ##### DE LAS REGLAS DE CONDUCTA **Y LAS IMPOSICIONES** #### ARTÍCULO 210 ##### DE LA ASESORÍA DE PRUEBA #### ARTÍCULO 211 ##### DE LA REVOCACIÓN a. durante el período de prueba o el lapso comprendido entre el momen- to en que haya quedado firme la sentencia y el de la decisión sobre la suspensión y, haya realizado un hecho punible, demostrando con ello que no ha cumplido la expec- tativa que fundaba la suspensión; b. infringiera grave o repetidamente re- glas de conducta o se apartara del apoyo y cuidado de su asesor de prueba, dando con ello lugar a la probabilidad de que vuelva a reali- zar un hecho punible; o, c. incumpliera grave o repetidamente las obligaciones. a. ordenar otras reglas de conducta o imponer otras obligaciones; b. prolongar el período de prueba hasta el máximo de la condena; o, c. volver a ordenar, antes del fin del período, la sujeción a un asesor de prueba. #### ARTÍCULO 212 ##### DE LA EXTINCIÓN DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD #### ARTÍCULO 213 ##### DE LA SUSPENSIÓN DE LA CONDENA A LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD #### ARTÍCULO 214 ##### DE LA APLICACIÓN Y DE LA EXTINCIÓN DE LA MEDIDA #### ARTÍCULO 215 ##### DE LA EJECUCIÓN DE LA MEDIDA PRIVATIVA **DE LIBERTAD** CAPÍTULO 5 ---------- #### ARTÍCULO 216 ##### DE LA PLURALIDAD DE HECHOS PUNIBLES a. haya sido emitido un veredicto de reprochabilidad; o, b. se haya decretado una medida soecioeducativa, la imposición de una obligación o una medida pri- vativa de libertad todavía no ple- namente ejecutada o de otra mane- ra terminada, el Juez, incorporan- do la sentencia anterior, también de- terminará las medidas aplicables en forma unitaria. #### ARTÍCULO 217 ##### DE LA PLURALIDAD DE HECHOS REALIZADOS COMO ADOLESCENTE Y COMO MAYOR DE EDAD CAPÍTULO 6 ---------- #### ARTÍCULO 218 ##### DE LA VIGILANCIA DE LAS MEDIDAS #### ARTÍCULO 219 ##### DE LA PERSISTENCIA DE LAS MEDIDAS a. una medida socioeducativa vigen- te será revocada, cuando no exista necesidad de su continuación por razones del cumplimiento de sus objetivos. En todos los casos, la medida socioeducativa terminará, cuando el adolescente cumpla vein- te años de edad; y, b. una medida de imposición de obli- gaciones continuará hasta su cum- plimiento total, cuando el Juez Pe- nal de Ejecución de Medidas no la revoque por el mayor interés del adolescente. #### ARTÍCULO 220 ##### DE LA EXTINCIÓN a. b. c. d. e. #### ARTÍCULO 221 ##### DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN TÍTULO TERCERO -------------- CAPÍTULO 1 ---------- #### ARTÍCULO 222 ##### DE LA COMPETENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EN LOS PROCESOS DE LA **ADOLESCENCIA** a. conocer y resolver del recurso de casación, de conformidad a lo es- tablecido en el artículo pertinente; b. entender en las contiendas de com- petencia surgidas entre los órganos jurisdiccionales establecidos en este Código; y, c. los demás deberes y atribuciones que ésta u otras leyes le asignen. #### ARTÍCULO 223 ##### DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN PENAL DE LA ADOLESCENCIA a. conocer en segunda instancia de los recursos que se interpusiesen, con- b. c. #### ARTÍCULO 224 ##### DEL JUZGADO PENAL DE LA ADOLESCENCIA a. conocer en primera instancia de los hechos tipificados como delitos por la legislación penal ordinaria, atri- buidas al adolescente; b. conocer en primera instancia, en forma de tribunal colegiado, de los hechos tipificados como crímenes por la legislación penal ordinaria, atribuidas al adolescente; c. procurar y sustanciar, en su caso, la conciliación; y, d. conocer de otros aspectos que este Código u otras leyes le fijen. #### ARTÍCULO 225 ##### DE LOS REQUISITOS ESPECIALES PARA JUECES, FISCALES Y DEFENSORES PÚBLICOS #### ARTÍCULO 226 ##### DEL JUEZ DE EJECUCIÓN **DE MEDIDAS** #### ARTÍCULO 227 ##### DE LAS FUNCIONES DEL JUZGADO DE PAZ #### ARTÍCULO 228 ##### DEL FISCAL PENAL EN LOS PROCESOS DE LA ADOLESCENCIA #### ARTÍCULO 229 ##### DEL DEFENSOR PÚBLICO EN LOS PROCESOS DE LA ADOLESCENCIA #### ARTÍCULO 230 ##### DE LAS FUNCIONES DE LA POLICÍA EN LOS PROCESOS DE LA ADOLESCENCIA CAPÍTULO 2 ---------- #### ARTÍCULO 231 ##### DE LAS NORMAS APLICABLES #### ARTÍCULO 232 ##### DE LAS MEDIDAS PROVISORIAS #### ARTÍCULO 233 ##### DE LA PRISIÓN PREVENTIVA a. en el mismo procedimiento ya se haya fugado con anterioridad o cuando realice preparativos concre- tos para fugarse; o, b. #### ARTÍCULO 234 ##### DE LA REMISIÓN #### ARTÍCULO 235 ##### DE LA RESERVA #### ARTÍCULO 236 ##### DE LA COMPROBACIÓN DE LA EDAD #### ARTÍCULO 237 ##### DE LA PRÓRROGA ESPECIAL DE COMPETENCIA #### ARTÍCULO 238 ##### DE LA REMISIÓN DE ANTECE- DENTES A LA DEFENSORÍA #### ARTÍCULO 239 ##### DE LA RESOLUCIÓN a. declarar absuelto al adolescente, dejar sin efecto las medidas impues- tas y ordenar el archivo definitivo del expediente; o, b. condenar al adolescente e imponer las sanciones procedentes. #### ARTÍCULO 240 ##### DE LA NOTIFICACIÓN DE **LA RESOLUCIÓN** #### ARTÍCULO 241 ##### DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PROCESO a. por las formas establecidas en el Có- digo Procesal Penal; y, b. #### ARTÍCULO 242 ##### DE LA REMISIÓN #### ARTÍCULO 244 ##### DEL RECURSO DE CASACIÓN a. cuando en la sentencia de condena se imponga una medida privativa de libertad mayor a tres años, y se ale- gue la inobservancia o errónea apli- cación de un precepto constitucio- nal; y, b. en las demás condiciones expresa- das en el Código Procesal Penal. #### ARTÍCULO 243 ##### DE LA PROCEDENCIA DEL RECURSO DE APELACIÓN CAPÍTULO 3 ---------- #### ARTÍCULO 245 ##### DE LOS DERECHOS EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS a. 1. Sus derechos y obligaciones en relación a las personas o funcio- narios que lo tuvieren bajo su responsabilidad; 2. Las medidas y las etapas previs- tas para su reinserción social; y, 3. El régimen interno de la institu- ción que le resguarde, especial- mente las medidas disciplinarias que puedan serle aplicadas; b. c. d. e. f. g. h. i. #### ARTÍCULO 246 ##### DE LOS CENTROS DE RECLUSIÓN #### ARTÍCULO 247 ##### DEL FUNCIONAMIENTO #### ARTÍCULO 248 ##### DEL REGLAMENTO INTERNO TÍTULO CUARTO ------------- CAPÍTULO ÚNICO -------------- #### ARTÍCULO 249 ##### DE LAS REGLAS PARA LOS TRIBUNALES SUPERIORES a. Los procesos instruidos o resueltos, de menores en estado de abandono material o moral, peligro o riesgo y demás actuaciones relacionados con dichos estados o cualquier otro he- cho no regulado como delito o cri- men, deberán ser remitidos dentro de un plazo que no exceda de trein- ta días a la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia; b. Los procesos en trámite, con base en hechos regulados como delito o cri- men, contra adolescentes que al momento de la comisión del hecho, su edad estuviere comprendida en- tre los catorce y dieciocho años, continuarán tramitándose conforme a lo dispuesto en la presente ley y se resolverán de acuerdo a la mis- ma; y si fuere el caso, se solicitará la investigación o la ampliación de c. #### ARTÍCULO 250 ##### DEL CENTRO DE ADOPCIONES #### ARTÍCULO 251 ##### DE LA COMPETENCIA ESPECIAL PARA EL PROCEDIMIENTO #### ARTÍCULO 252 ##### DE LA VALIDEZ DE LOS ACTOS CUMPLIDOS #### ARTÍCULO 253 ##### DE LOS JUZGADOS, TRIBUNALES Y FISCALÍAS DEL MENOR #### ARTÍCULO 254 ##### DE LA INTERVENCIÓN TRANSITO- RIA DE LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS ELECTORALES #### ARTÍCULO 255 ##### DE LA INTERVENCIÓN TRAN- SITORIA DE LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS PENALES #### ARTÍCULO 256 ##### DE LOS ORGANISMOS EXISTENTES #### ARTÍCULO 257 ##### DE LA DEROGATORIA #### ARTÍCULO 258 ##### DE LA VIGENCIA #### ARTÍCULO 259 LEY Nº 1136 =========== ### \... de adopciones CAPÍTULO 1 ---------- #### ARTÍCULO 1 #### ARTÍCULO 2 #### ARTÍCULO 3 #### ARTÍCULO 4 #### ARTÍCULO 5 1. conocer su origen, de acuerdo con el procedimiento establecido en esta ley; y, 2. ser inscripto con el o los apellidos de los padres adoptantes y mantener por lo menos uno de sus nombres de pila, pudiendo los adoptantes agregar nom- bres nuevos. #### ARTÍCULO 6 CAPÍTULO 2 ---------- #### ARTÍCULO 7 a. huérfanos de padre y madre; b. c. d. e. #### ARTÍCULO 9 #### ARTÍCULO 10 #### ARTÍCULO 8 #### ARTÍCULO 11 a. veinticinco años de edad como mí- nimo; b. no deberán superar los cincuenta años de edad, salvo convivencia previa con el adoptable de por lo menos un año de duración, y c. una diferencia de edad con la per- sona que pretendan adoptar no #### ARTÍCULO 12 #### ARTÍCULO 13 #### ARTÍCULO 14 #### ARTÍCULO 15 #### ARTÍCULO 16 CAPÍTULO 3 ---------- #### ARTÍCULO 17 #### ARTÍCULO 20 #### ARTÍCULO 18 a. los padres biológicos cuando el adoptable es hijo del cónyuge o conviviente del adoptante; b. los padres biológicos del niño que lleva más de dos años acogido bajo tutela o guarda del adoptante; c. d. #### ARTÍCULO 19 CAPÍTULO 4 ---------- #### ARTÍCULO 21 #### ARTÍCULO 22 #### ARTÍCULO 23 #### ARTÍCULO 24 CAPÍTULO 5 ---------- CAPÍTULO 6 ---------- #### ARTÍCULO 25 #### ARTÍCULO 26 #### ARTÍCULO 27 #### ARTÍCULO 28 #### ARTÍCULO 29 1. apoyar al juzgado competente, a través del Departamento Técnico, durante el período de manteni- miento del vínculo familiar; cola- borar en las investigaciones para la identificación de los niños y sus familias biológicas así como en la localización de familias de hijos de padres desconocidos; 2. asesorar e informar debidamente sobre las consecuencias y requeri- mientos legales de la adopción a las personas, instituciones y auto- ridades cuyo consentimiento se re- quiera para la adopción; 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. #### ARTÍCULO 30 a. b. c. a. b. c. d. e. - - - - #### ARTÍCULO 31 #### ARTÍCULO 32 CAPÍTULO 7 ---------- #### ARTÍCULO 33 #### ARTÍCULO 34 #### ARTÍCULO 35 #### ARTÍCULO 36 a. condiciones y requisitos para el acompañamiento en el período de mantenimiento del vínculo familiar; b. la verificación de la identidad del niño y su historia de vida; c. la localización de sus padres bioló- gicos y familiares; d. documentos e informes que deberán integrar el legajo de los adoptantes y el legajo de los niños declarados en estado de adopción; y, e. las condiciones en que debe reali- zarse el procedimiento a utilizarse en relación a los niños y a los pa- dres adoptantes, previo a la pre- sentación de la propuesta de adop- ción al juez. #### ARTÍCULO 37 #### ARTÍCULO 38 #### ARTÍCULO 39 a. b. c. d. e. #### ARTÍCULO 40 a. b. c. d. e. #### ARTÍCULO 41 a. de la identidad del niño, pudiendo ordenar nuevas pruebas o testimo- nios cuando hubiera alguna duda; b. que el mismo haya pasado por el período de mantenimiento del vín- culo familiar; c. que las informaciones sobre su iden- tidad, origen e historia personal y de sus antecesores estén correcta- mente descriptos y detallados, se- gún las posibilidades, en sus as- pectos físicos, médicos y psíquicos; d. e. #### ARTÍCULO 42 #### ARTÍCULO 43 #### ARTÍCULO 45 #### ARTÍCULO 44 #### ARTÍCULO 46 #### ARTÍCULO 47 #### ARTÍCULO 48 #### ARTÍCULO 49 #### ARTÍCULO 50 #### ARTÍCULO 51 #### ARTÍCULO 52 #### ARTÍCULO 53 #### ARTÍCULO 54 #### ARTÍCULO 55 DISPOSICIONES TRANSITORIAS -------------------------- #### ARTÍCULO 1 #### ARTÍCULO 2 #### ARTÍCULO 3 #### ARTÍCULO 56 LEY Nº 2169 =========== ### \... que establece la mayoría de edad #### ARTÍCULO 1 #### ARTÍCULO 2 b. **Adolescente:** toda persona huma- na desde los catorce años hasta los diecisiete años de edad; y, c. **Mayor de edad:** toda persona hu- mana desde los dieciocho años de edad". #### ARTÍCULO 4 a. entre niño y adolescente, la condi- ción de niño; y, b. entre adolescente y mayor de edad la condición de adolescente". #### ARTÍCULO 3 a. **Niño**: toda persona humana des- de la concepción hasta los trece años de edad; #### ARTÍCULO 5 #### ARTÍCULO 6

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