Curso de Preparación Integral para la Academia Diplomática del Perú - PDF

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Derecho internacional público solución de controversias relaciones internacionales diplomacia

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Este documento presenta un curso de preparación integral para la Academia Diplomática del Perú, enfocándose en el Derecho Internacional Público y la solución de controversias internacionales. Se analizan conceptos fundamentales como la noción de controversia, principios de arreglo pacífico y la libre elección de medios. Además, se exploran mecanismos no jurisdiccionales y jurisdiccionales dentro del tema.

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CURSO DE PREPARACIÓN INTEGRAL PARA LA ACADEMIA DIPLOMÁTICA DEL PERÚ Derecho Internacional Público Arreglo pacífico de las Controversias Internacionales Profesores: Grismi Bravo Arana/Roberto Claros Abarca CURSO DE PREPARACIÓN INTEGRAL PARA LA ACADEMIA DIPLOMÁTICA DEL PERÚ Sol...

CURSO DE PREPARACIÓN INTEGRAL PARA LA ACADEMIA DIPLOMÁTICA DEL PERÚ Derecho Internacional Público Arreglo pacífico de las Controversias Internacionales Profesores: Grismi Bravo Arana/Roberto Claros Abarca CURSO DE PREPARACIÓN INTEGRAL PARA LA ACADEMIA DIPLOMÁTICA DEL PERÚ Solución de Controversias Noción "Una controversia internacional es un desacuerdo sobre un punto de derecho o de hecho, una oposición de tesis jurídicas o de intereses". Esta caracterización fija dos de los elementos necesarios en la noción de controversia: 1) Elemento objetivo 2) Elemento Subjetivo La existencia de un conflicto de intereses, La presencia de partes identificadas, es una oposición de tesis jurídicas sobre un decir, de sujetos de derecho internacional punto de hecho o de derecho El desacuerdo, la contradicción, la oposición de puntos de vista e intereses, el conflicto, ha de exteriorizarse, manifestarse, evidenciarse en la conducta de las partes, dando así cuerpo a un tercer elemento. 3) Elemento formal 3 Solución de Controversias Principios que inspiran la solución pacífica de controversias 1) la obligación de arreglo pacífico Los Estados deben solucionar sus controversias por medios Dos principios generales exclusivamente pacíficos. Se trata de una norma de DI general que hace inspiran la solución de las de esta obligación el envés de la norma que prohíbe la amenaza y el controversias en el DI uso de la fuerza. contemporáneo: 2) la libre elección de medios. Las normas de DI general no imponen una obligación de resultado. Según el art. 33 de la Carta las partes en una controversia tratarán de buscarle solución por medios pacíficos de su elección. 4 Solución de Controversias La obligación de arreglo pacífico Hoy es imperativo para todos los Estados solucionar sus controversias por medios exclusivamente pacíficos. La triste experiencia acumulada durante las dos contiendas mundiales de la primera mitad del siglo pasado avivó el sentimiento que todo intento de construcción de las relaciones interestatales, basado en la afirmación de la paz, debía tener como piedra angular la proclamación universal de la obligación de arreglar las controversias internacionales por medios exclusivamente pacíficos. 5 Responsabilidad Internacional La libre elección de medios “Está perfectamente establecido que ningún Estado puede ser obligado a someter sus diferencias con otros Estados a la mediación, al arbitraje o a cualquier otro procedimiento de solución pacífica, sin su consentimiento" (CPJI, Estatuto de la Carelia Oriental, 1923). La libre elección de medios entraña para las partes en una controversia la posibilidad de optar, entre: la negociación, los buenos oficios, la investigación, la mediación, la conciliación o el arreglo judicial y el arbitraje. 6 Solución de Controversias Carta de Naciones Unidas – Arreglo Pacífico de Controversias “Capítulo VI. Arreglo Pacífico de Controversias Artículo 33 1. Las partes en una controversia cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales tratarán de buscarle solución, ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección.” 7 Solución de Controversias Mecanismos de Solución de Controversias Mecanismos no Mecanismos jurisdiccionales jurisdiccionales Negociación Arbitraje Buenos oficios Arreglo judicial Mediación Investigación Conciliación 8 Solución de Controversias Mecanismos no jurisdiccionales Negociación Las negociaciones diplomáticas son el principal medio de solución pacífica de controversias internacionales. En ese sentido la CIJ advirtió “el carácter fundamental de este método de arreglo" (Plataforma continental del mar del Norte, 1969).  Contacto directo entre los Estados (método más antiguo)  Por lo general es el primer paso en todo proceso de arreglo diplomático 9 Solución de Controversias Mecanismos no jurisdiccionales Buenos Oficios Los buenos oficios y la mediación de un tercero han sido concebidos para hacer viables las negociaciones de las partes en la controversia cuando sus relaciones son tensas o, incluso, se han roto. Los buenos oficios representan el grado de intervención más modesto. El tercero que los presta se limita a ejercer su influencia moral o política para restablecer las relaciones entre las partes en litigio o facilitar la organización de las negociaciones directas entre ellas, pudiendo considerar concluida su misión cuando tal se consigue. 10 Solución de Controversias Mecanismos no jurisdiccionales Mediación La mediación supone dar un paso más en las funciones asignadas al tercero. Como en los buenos oficios, su primera misión consiste en aproximar a las partes, pero el mediador, además, esta autorizado para participar activamente en el desarrollo de las negociaciones para hacer viable la comunicación entre las partes, plantear sugerencia y acomodar de posiciones, hasta que, o bien se alcanza el arreglo por acuerdo de las partes, o se conviene en acudir a otro medio o, sencillamente, se constata el fracaso de la mediación. 11 Solución de Controversias Mecanismos no jurisdiccionales Investigación Este medio de arreglo está encaminado a obtener un conocimiento imparcial y detallado de los hechos que dieron origen a la controversia a través normalmente de un órgano colegiado, denominado comisión de encuesta, investigación o determinación de los hechos (lo que no excluye la posibilidad de que tales funciones sean confiadas a una sola persona). En ese sentido, se elabora a tal fin un informe imparcial para las partes, que —a menos que hayan convenido otra cosa— conservan total libertad de acción con respecto a la solución de la controversia. 12 Solución de Controversias Mecanismos no jurisdiccionales Conciliación Consiste en someter la controversia a una Comisión de Conciliación con el fin no solo de esclarecer los hechos, sino también de ofrecer a las partes en conflicto una solución amistosa. Este procedimiento se inicia con el nombramiento por las Partes de los miembros de la Comisión de Conciliación; esta podrá fijar el procedimiento y escuchadas las pretensiones y objeciones de las Parte, les formularan las propuestas para que lleguen a un acuerdo. La Comisión termina cuando se ha llegado a una solución aceptada por las partes o se hayan rechazado las recomendaciones del informe el cual no es obligatorio para las Partes. 13 Solución de Controversias Mecanismos jurisdiccionales Arbitraje La controversia se somete al fallo de un tercero imparcial que adopta una decisión obligatoria para las partes. Interviene un tercero independiente (órgano unipersonal o colegiado) al que las partes de mutuo acuerdo han investido de la facultad de adoptar, después de un procedimiento contradictorio, una decisión basada en derecho y jurídicamente obligatoria. Ejemplo: CIADI 14 Solución de Controversias Mecanismos jurisdiccionales Arreglo Judicial – Corte Internacional de Justicia La Corte Internacional de Justicia es el principal órgano judicial de la Organización de las Naciones Unidas. Tiene su sede en el Palacio de la Paz en la Haya (Países Bajos) y está encargada de decidir las controversias jurídicas entre Estados. También emite opiniones consultivas sobre cuestiones que pueden someterle órganos o instituciones especializadas de Naciones Unidas. Su Estatuto forma parte integral de la Carta de las Naciones Unidas Los idiomas oficiales son el inglés y el francés. 15 Solución de Controversias Mecanismos jurisdiccionales Corte Internacional de Justicia Respecto de los magistrados Los magistrados son elegidos por la Asamblea General y por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Ambos órganos votan simultáneamente pero por separado. Los candidatos deben ser personas que gocen de alta consideración moral y que reúnan las condiciones requeridas para el ejercicio de las más altas funciones judiciales en sus respectivos países, o que sean jurisconsultos de reconocida competencia en materia de Derecho internacional. 16 Solución de Controversias Mecanismos jurisdiccionales Corte Internacional de Justicia Equilibrio geográfico en la composición de los miembros Los magistrados deben representar los principales sistemas jurídicos de mundo y a sus principales regiones. Por ello se tiene a siguiente distribución: -Tres miembros de África -Dos de América Latina -Tres de Asia -Cinco de Europa Occidental y otros Estados -Dos de Europa Oriental 17 Solución de Controversias Mecanismos jurisdiccionales Corte Internacional de Justicia ¿Quién puede presentar asuntos? De conformidad con el Artículo 32 del Estatuto, solo los Estados podrán ser partes en casos contenciosos ante la Corte y, por lo tanto, presentarles casos. En consecuencia, la Corte no podrá considerar controversias entre un Estado y una Organización Internacional, ni entre dos organizaciones internacionales, ni podrá ocuparse de solicitudes de entidades privadas o de particulares. 18 Solución de Controversias Mecanismos jurisdiccionales Corte Internacional de Justicia Competencia de la Corte La Corte puede conocer de un asunto solo si los Estados implicados han consentido de alguna manera su competencia. En virtud a ello, los Estados pueden manifestar su consentimiento de tres maneras: mediante un acuerdo especial, en el que dos o más en una controversia acceden a presentarla conjuntamente a la Corte y concertar un acuerdo especial con tal objeto; mediante una clausula en un tratado, se trata de tratados que contienen una clausula jurisdiccional, en la que un Estado parte se compromete por adelantado a aceptar la jurisdicción de la Corte en caso de que surja en el futuro una controversia y por ultimo mediante una declaración unilateral, conocida también como cláusula opcional, en la que en virtud del artículo 36- 2 del Estatuto de la Corte, los Estados Parte reconocen la jurisdicción de la Corte 19 Solución de Controversias Mecanismos jurisdiccionales Corte Internacional de Justicia Fuentes que aplica la Corte Las fuentes de derecho que aplica a Corte se definen en el Artículo 38 de su Estatuto. -Las convenciones internacionales. -Costumbre internacional -Principios generales -Decisiones judiciales y las doctrinas de los publicistas de mayor competencia. 20 Solución de Controversias Mecanismos jurisdiccionales Corte Internacional de Justicia Obligatoriedad del fallo Un fallo de la Corte es obligatorio para los Estados interesados. Todos los fallos son definitivos y no son susceptibles de apelación. Artículo 94 1. Cada Miembro de las Naciones Unidas compromete a cumplir la decisión de la Corte Internacional de Justicia en todo litigio en que sea parte. 2. Si una de las partes en un litigio dejare de cumplir las obligaciones que le imponga un fallo de la Corte, la otra parte podrá recurrir al Consejo de Seguridad, el cual podrá, si lo cree necesario, hacer recomendaciones o dictar medidas con el objeto de que se lleve a efecto la ejecución del fallo. 21

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