Derecho presupuestario ppt clase 12.pptx
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TEMA 6 DERECHO PRESUPUESTARIO (LEY NO.550) OBJETIVOS Definir el concepto de presupuesto, base legal y su importancia en el contexto del Estado. Indicar los tipos de presupuestos de forma general y de forma particular en el Estado. Analizar las características y los principios del der...
TEMA 6 DERECHO PRESUPUESTARIO (LEY NO.550) OBJETIVOS Definir el concepto de presupuesto, base legal y su importancia en el contexto del Estado. Indicar los tipos de presupuestos de forma general y de forma particular en el Estado. Analizar las características y los principios del derecho presupuestario Analizar la Distribución del gasto público en Nicaragua Analizar la transferencia presupuestaria del Estado a los municipios. INTRODUCCIÓN De acuerdo con la información divulgada por el Ministro de Hacienda, se estimaron ingresos en el 2024 por 138 mil 634 millones de córdobas (tres mil 792 millones de dólares) y egresos por 133 mil 804,7 millones (unos tres mil 660 millones de dólares). Según Acosta el programa de inversión pública de este año está por encima de los 51 mil millones de córdobas (139 millones 534 mil dólares), una cifra histórica para el país. “Un 61 por ciento del presupuesto está dirigido a la lucha contra la pobreza que equivale a 81 mil 758 millones de córdobas (223 millones 688 mil dólares), con recursos internos que corresponden a 61 mil millones (166 millones 894 mil dólares) y externos a 20 mil millones (54 millones 719 mil dólares)” El sector de educación tendrá una inversión anual de 26 mil millones de córdobas (unos 71 millones 135 mil dólares) mientras el de la salud es “En este presupuesto también se destinan recursos para la protección del empleo y se contempla un aumento salarial al sector público del cinco por ciento”, señaló. Aludió al acumulado de crecimiento entre 2020 y 2023, el cual indica que Nicaragua es el país con mayor recuperación y crecimiento sostenido de América Latina y el Caribe después de la pandemia de la Covid-19. LOS GASTOS PÚBLICOS: DERECHO PRESUPUESTARIO. Gasto Público: es la transformación de los ingresos del Estado en renta o en patrimonio de quienes producen los bienes materiales y brindan los servicios personales requeridos por la sociedad. Derecho Presupuestario: cuerpo normativo jurídico regulador del proceso de elaboración, aprobación, ejecución y control del presupuesto de ingresos y egresos de la nación. PRESUPUESTO TIPOS El Presupuesto: de presuponer, es decir, estimar lo que se podrá gastar en el período determinado. El presupuesto puede ser anual, quinquenal, mensual, semanal, etc; esto es de acuerdo al tiempo que cubre; pero de acuerdo a los plazos pueden ser a largo, mediano o corto plazo. Puede ser también por programa, por objetivo o por resultados. Sus pasos son: Elaboración, Discusión, aprobación, sanción, ejecución y evaluación o control. PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS a) Principio de Coherencia Macroeconómica. Según el cual, la formulación, aprobación y ejecución de los presupuestos ha de guardar concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Económico – Financiero, el Marco Presupuestario de Mediano Plazo, la Política de Endeudamiento y el Programa de Inversiones Públicas, entre otros. b) Principio del Equilibrio Presupuestario. Según el cual, el total de los ingresos estimados y de los egresos autorizados deberán ser concordantes entre si. c) Principio de Especialidad. Según el cual, los presupuestos no deben contener partidas globales sino que deben identificar todos los ingresos en forma pormenorizada. d) Principio de Periodicidad Presupuestaria. Según el cual, los presupuestos tiene una vigencia temporal determinada. La periodicidad de los presupuestos no impedirá sus modificaciones durante el ejercicio presupuestario correspondiente. e) Principio de Programación. Según el cual es necesario que en todas las etapas del proceso presupuestario se expresen los elementos de la programación, es decir los objetivos adoptados, las acciones necesarias para alcanzarlos y los recursos humanos, materiales y servicios que requieren dichas acciones. f) Principio de Publicidad. Según el cual, la promulgación y ejecución de los presupuestos deben ser objeto de divulgación pública, periódica y sistemática. g) Principio de Responsabilidad. Según el cual, el órgano rector del Subsistema Presupuestario, así como la máxima autoridad administrativa de cada organismo o entidad, son responsables, en sus respectivos niveles de actuación, por la correcta formulación, ejecución, control, evaluación y liquidación de sus presupuestos. h) Principio de Universalidad e Integridad. Según el cual, en los presupuestos debe detallarse la totalidad de los ingresos y egresos expresados por su valor bruto, de manera tal que no haya compensaciones de ingresos con egresos sino que unos y otros se identifiquen por separado y por su importe total. i) Principio de Claridad: El presupuesto debe de reflejar en forma clara y transparente los programas, conceptos y montos, con el objetivo de procurar su fácil comprensión para la opinión pública y para todos los administradores públicos. j) Principio de especialización cualitativa y cuantitativa: Según el cual, los recursos asignados a un determinado objetivo, se deben utilizar exclusivamente en dicho objetivo. Por la especialización cuantitativa los gastos se deben comprometer, devengar y pagar, en los montos o importes previstos en el presupuesto. Este principio de ninguna manera invalida la flexibilidad que debe tener el presupuesto. OTROS PRINCIPIOS DEL DERECHO PRESUPUESTARIO Principio de Unidad Principio de Especificación de Gastos Principio de Exclusividad Principio de Carácter Sustancial Principio de Anualidad BASE LEGAL DEL PRESUPUESTO Arto. 112 Cn: La Ley de Presupuesto General de la República tiene vigencia anual y su objetivo es regular los ingresos y egresos ordinarios y extraordinarios de la Administración Pública…….. La AN podrá modificar el proyecto de presupuesto enviado por el Presidente …. Arto. 113 Cn: Corresponde al Presidente de la República la formulación del proyecto de Ley Anual del Presupuesto….. Arto. 155 numeral 2 Cn: Corresponde a la CGR el control de la ejecución del Presupuesto General de la R. Ley 550: del Art. 11 al 91. TÍTULO II. SUBSISTEMA DE PRESUPUESTO Artículo 11.- Subsistema de Presupuesto. El Subsistema de Presupuesto comprende los principios, órganos, normas y procedimientos que rigen el proceso de formulación, aprobación, ejecución, control, evaluación y liquidación de los presupuestos. Artículo 12.- Ámbito de Aplicación. El Subsistema de Presupuesto regirá para todos los organismos y entidades del Sector Público con las limitaciones específicas ARTÍCULO 15.- TIPOS DE PRESUPUESTOS EN EL ESTADO 1) Presupuesto General de la República. Es el que está integrado por los presupuestos de las instituciones comprendidas en los incisos a), b) y c) del artículo 3 de la presente Ley. Asimismo, incluye las partidas, asignaciones y subvenciones otorgadas por el Presupuesto General de la República a favor de los presupuestos de otras instituciones públicas, tales como, las entidades descentralizadas por funciones y las descentralizadas territoriales; empresas del Estado, instituciones financieras del Estado y otros Órganos Autónomos del Estado dependientes del Presupuesto General de la República. De igual forma, incorpora las partidas, asignaciones y subvenciones a favor de particulares, sean personas naturales o jurídicas. 2) Presupuestos de los Órganos y Entidades Descentralizadas por Funciones. Son los presupuestos de los órganos y entidades descentralizadas comprendidas en la definición a) del artículo 4 de la presente Ley. 3) Presupuestos de las Entidades Descentralizadas Territoriales. Son los presupuestos de los Gobiernos Regionales, Consejos Regionales y Municipalidades comprendidas en la definición b) del artículo 4 de la presente Ley. 4) Presupuestos de las Empresas del Estado. Son los presupuestos de las empresas del dominio del Estado comprendidas en la definición c) del artículo 4 de la presente Ley. 5) Presupuestos de las Instituciones Financieras del Estado. Son los presupuestos de las instituciones financieras del dominio del Estado comprendidas en la definición k) del artículo 4 de la presente Ley. 6) Presupuesto de Órganos Autónomos del Estado dependientes del Presupuesto General de la República. Son los presupuestos de las instituciones comprendidas en el inciso i) del artículo 3 de la presente Ley. 7) Presupuesto Consolidado del Sector Público. Es el presupuesto consolidado de todos los anteriores tipos de presupuestos con el objeto de cuantificar la posición fiscal global de la economía. Artículo 16.- Vigencia del Ejercicio Presupuestario. Cada ejercicio presupuestario comenzará el primero de enero y expirará el treinta y uno de diciembre del año calendario. Artículo 17.- Contenido de los Presupuestos. Los presupuestos incluirán los objetivos y políticas presupuestarias, y los ingresos y egresos previstos para el ejercicio presupuestario. Los mismos deberán reflejar todas las fuentes de ingresos y la totalidad de los egresos con sus respectivas desagregaciones. ARTÍCULO 18.- PRESUPUESTOS DE INGRESOS. Los presupuestos de ingresos contendrán las estimaciones de todos los recursos a percibir durante el ejercicio presupuestario, distinguiendo según sus distintas fuentes: Ingresos tributarios, ingresos no tributarios, rentas con destino específico, ingresos propios y de gestión del patrimonio, ingresos financieros, ingresos de privatización, transferencias, préstamos y donaciones. Para 2024 será de C$138,634,000,000 ARTÍCULO 19.- PRESUPUESTOS DE EGRESOS. Los presupuestos de egresos contendrán todos los gastos a realizarse durante el ejercicio presupuestario, cualquiera que sea su fuente de financiamiento: Gastos corrientes, distinguiendo en estos la partida de salarios y remuneraciones, gastos de capital, gastos financieros, servicio de la deuda, transferencias, adquisiciones de activos no financieros, transacciones de activos y pasivos financieros. Para este año se tiene presupuestado gastos por 133 mil 804,7 millones. ARTÍCULO 30.- POLÍTICA PRESUPUESTARIA. La política presupuestaria anual que sirva de base para formular el Presupuesto General de la República, estará en concordancia con los objetivos, planes y programas económicos del Gobierno COHERENCIA MACROECONÓMICA CONCLUSIÓN El Presupuesto General de la República, busca como priorizar a los sectores sociales de la población, brindando preponderancia a los gastos de salud, educación e inversión pública. Un 61 por ciento del presupuesto está dirigido a la lucha contra la pobreza que equivale a 81 mil 758 millones de córdobas(recursos internos 61 mil millones y externos a 20 mil millones) El programa de inversión pública del año 2024 está por encima de los 51 mil millones de córdobas (139 millones 534 mil dólares), una cifra histórica para el país. Educación tendrá una inversión de 26 mil millones de córdobas (unos 71 millones 135 mil dólares) mientras el de la salud es de 24 mil millones (65 millones 663 mil dólares) y el 37,5 por ciento del gasto social está dirigido a ambos sectores