Relación y Diferencias de la Criminología con Otras Ciencias - PDF

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This document explores the relationship and differences between criminology and other sciences. It discusses various perspectives on crime and the multiple disciplines that study it, emphasizing the interdisciplinary nature of criminology. The text outlines the different fields included, such as biology, psychology, sociology, and the relation with other fields like penology. It also presents introductory information on the concept of criminal justice and how it relates to other systems.

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TEMA 2 RELACION Y DIFERENCIAS DE LA CRIMINOLOGÍA CON OTRAS CIENCIAS 1. INTRODUCCION Muchas disciplinas se ocupan de uno u otro modo del delito, del delincuente, de la victima y del control social, con sus específicos métodos y desde perspectivas y enfoques...

TEMA 2 RELACION Y DIFERENCIAS DE LA CRIMINOLOGÍA CON OTRAS CIENCIAS 1. INTRODUCCION Muchas disciplinas se ocupan de uno u otro modo del delito, del delincuente, de la victima y del control social, con sus específicos métodos y desde perspectivas y enfoques diferentes. Les une, el contar con un hecho u objeto común: el hecho criminal. La delimitación de la materia criminológica y la de las disciplinas que versan sobre la misma, sus relaciones recíprocas, etc., es, por tanto, inevitablemente problemática. A ello contribuye la propia génesis y vicisitudes históricas de la Criminología como ciencia, la naturaleza pluridimensional y fragmentaria de ésta y la interdisciplinariedad de su método. No cabe duda que interesa contar con una información totalizadora, multidimensional del problema del crimen, del delincuente, de la víctima y del control social; lo que exige una instancia coordinadora de las fuentes de conocimientos sectoriales, que además, elimine posibles contradicciones internas y supere lagunas o vacíos. 2. EL SISTEMA DE LA CRIMINOLOGIA No existe una opinión unánime sobre el sistema de la Criminología en torno a las disciplinas que la integran y las relaciones entre ellas. Hay dos concepciones, la escuela austriaca o concepción enciclopédica y la estricta. Para la concepción enciclopédica de la escuela austriaca, pertenecen a la Criminología todas las disciplinas que se ocupan del estudio de la realidad criminal en sus muy diversas fases o momentos, tanto en el estrictamente procesal como en el político- preventivo o el represivo. Para la concepción estricta, algunas disciplinas que la concepción enciclopédica incluye en las ciencias criminológicas quedan segregadas, excluidas. Así quedan en entredicho la victimología, la penología… 1 CONCEPCION ENCICLOPÉDICA A.- DISCIPLINAS RELACIONADAS CON LA REALIDAD CRIMINAL: Biología Criminal Trata de comprender el delito como producto de la personalidad de su autor, explicándolo en función de procesos causales vitales. En la Biología Criminal confluyen la: PSICOLOGIA CRIMINAL: indaga las motivaciones de la determinación criminal. ANTROPOLOGIA CRIMINAL: estudia al delincuente como especie viva, destacando la singularidad y evolución de sus rasgos, así como su relación con el medio ambiente (antropología) y la cultura (antropología cultural) Sociología Criminal Analiza el delito como hecho social, como magnitud colectiva. Entre las subespecialidades de la Sociología destacan: GEOGRAFIA CRIMINAL: estudia la distribución y reparto de la criminalidad ECOLOGIA CRIMINAL: estudia la fuerza atractiva o criminógena de ciertos espacios o lugares Fenomenología Criminal Se ocupa del análisis de las formas de aparición de la criminalidad elaborando al respecto las correspondientes tipologías de hechos y de autores. Destacan: § ETIOLOGIA CRIMINAL: investiga las causas o factores determinantes de la criminalidad § PROGNOSIS: basándose en el análisis de dichos factores, formula los oportunos diagnósticos sobre el futuro comportamiento y lleva a cabo una VALORACION DEL RIESGO del autor. B.- DISCIPLINAS RELACIONADAS CON EL PROCESO CRIMINAL: Criminalística o ciencia policial Se subdivide en dos ciencias básicas: § TACTICA CRIMINAL: versa sobre el “modus operandi” más adecuado (procedimientos técnicos, psicológicos y procesales) para el esclarecimiento de los hechos e identificación del autor. 2 § TECNICA CRIMINAL: se ocupa de las pruebas, analizando los métodos científicos existentes para demostrar fehacientemente una determinada hipótesis. Son subdisciplinas de la Criminalística: - Medicina Forense - Física y Química Forense - Toxicología - Fotografía - Dactiloscopia - Pericia Caligráfica - Psicología Forense - Técnicas de Interrogatorio C.- DISCIPLINAS RELACIONADAS CON LA REPRESIÓN Y PREVENCIÓN DEL DELITO Penología: Ciencia que examina el cumplimiento y ejecución de las penas y medidas de seguridad. Se subdivide en: § CIENCIA PENITENCIARIA: cómo se cumple la privación de libertad en Instituciones Penitenciarias. § PEDAGOGÍA CRIMINAL: para prevenir el delito. 2.2 RELACIONES DE LA CRIMINOLOGÍA CON OTRAS DISCIPLINAS CRIMINALES Y NO CRIMINALES Ha quedado expuesto que la Criminología es una ciencia interdisciplinar que recoge y da sentido a las aportaciones de una serie de disciplinas científicas. La criminología debe seleccionar, de entre las ciencias empíricas que resultan relevantes para ella, aquellos conocimientos que necesita como ciencia empírica del hombre en la sociedad con el especial punto de referencia del delito, e integrar esos conocimientos en una investigación y una metodología propias que es la que le da el carácter de disciplina autónoma frente a las ciencias de las que recibe aportaciones. La criminología, ahora lo veremos, se relaciona con la Psicología, con la Psiquiatría, con el Psicoanálisis, con la Sociología, etc., pero no debe confundirse con estas ciencias. Pero si la Criminología se limitara a aceptar teorías o hipótesis psicopatológicas, psicológicas o Sociológicas y el delito, que constituye su objeto, solamente fuera estudiado 3 con uno de esos criterios, el resultado sería una parte más o menos específica de la Psiquiatría, o de la Psicología o de la Sociología, pero no sería una Ciencia Criminológica. 2.2.1 NO ESPECIFICAMENTE CRIMINALES a) CRIMINOLOGIA Y PSIQUIATRIA Se ocupa de lo psíquicamente anormal, sus causas, sus manifestaciones y tratamiento. Delito y delincuente también interesan a la Psiquiatría, aunque de forma marginal; por una parte los delincuentes psíquicamente anormales constituyen sólo una pequeña fracción de los anormales mentales; por otra parte, la Psiquiatría abarca una gran variedad de campos (Psiquiatría infantil, gerontopsiquiatría,… Ha sido la Psiquiatría la ciencia que, a la búsqueda de anomalías psíquicas primero y de forma más intensa, se ha ocupado y aún sigue ocupándose desde el punto de vista empírico del delincuente en conexión con su imputabilidad. En ello reside lo común a la Psiquiatría y a la Criminología. Si quiere estudiar el campo de los sujetos en los que lo psicopatológico resulta relevante en el comportamiento delictivo, los conocimientos psiquiátricos son imprescindibles. Si en el ámbito de lo que resulta psíquicamente anormal se incluye también el estudio de los comportamientos delictivos, el saber criminológico es un presupuesto. En este sentido, este dominio pertenece tanto a la Psiquiatría (por lo que al psíquicamente anormal respecta) como a la Criminología (en lo que respecta al delincuente) Pero los problemas son diferentes en cada una de ambas ciencias. La coincidencia de objetos entre ambas disciplinas es sólo parcial y el enfoque respectivo del fenómeno criminal difiere. b) CRIMINOLOGÍA Y PSICOANALISIS El Psicoanálisis se ocupa también de alguno de los problemas y aspectos del hecho criminal, tal como del proceso de motivación en el autor de conductas delictivas, del valor simbólico de la conducta delictiva, funcionalidad de la pena… Pero el Psicoanálisis se ocupa fundamentalmente del inconsciente y de los conflictos intrapsiquicos del individuo que se consideran determinantes de su personalidad y del comportamiento. La contribución del Psicoanálisis a la criminología viene de la mano de las explicaciones al comportamiento delictivo: 1. Complejo de culpa por mala superación del complejo de Edipo 2. Debilidad o ausencia del “super yo” 3. Primacía del instinto de muerte 4 Por otra parte, el psicoanálisis aporta a la Criminología una terapia propia en el tratamiento de los delincuentes. Tal vez las últimas explicaciones del psicoanálisis sobre el comportamiento delincuente desde la óptica de los procesos de socialización sea la más prometedora de las aportaciones al campo de la criminología. c) CRIMINOLOGIA Y PSICOLOGIA: Tanto la Psicología como la Criminología operan como círculos concéntricos y con puntos de interés comunes. La psicología se ocupa sólo marginalmente del crimen. A la Psicología le ocurre lo que a la criminología. Se trata de una ciencia empírica vinculada tanto a las ciencias del espíritu como a las ciencias naturales, cuya definición no resulta fácil. Según la opinión dominante, la Psicología es una ciencia empírica que se interesa por todo lo que tenga que ver con la “conducta” y la “experiencia” de cada ser viviente o de sus grupos, sobre todo del hombre. En realidad, la Psicología empírica actual, como ciencia basada en hechos, pretende comprender el conjunto de todas las ciencias de lo viviente basadas en hechos. Por ello, los modernos investigadores en el campo de la Psicología no admiten ninguna delimitación de su campo científico frente a otras ciencias naturales, especialmente la Medicina, y, en particular, a la Fisiología. En la investigación Psicológica una pequeña parte se ocupa del delito. El campo de la llamada psicología forense comprende todas las cuestiones psicológicas relacionadas con la práctica de los Tribunales en su totalidad incluido el Derecho Civil, mientras que la Psicología Criminal se ocupa, sobre todo, del delincuente. Los puntos comunes entre la Psicología y la criminología están constituidos por el interés de ambas ciencias en la conducta y experiencia de individuos que se han hecho delincuentes. Pero los planteamientos, repito, de ambas ciencias, son distintos. A la Psicología interesa “la vida psíquica normal” y la conducta en que se traduce. A la criminología interesa el delincuente en sus interrelaciones sociales. Las posibles aportaciones de la Psicología a la Criminología pueden concretarse en: 1. Desde el punto de vista político-criminal en el proceso de formación de la legislación penal. a través de informes periciales de psicólogos en los comités de reforma del Derecho Penal. 2. En el procedimiento penal, mediante informes periciales que valoren rasgos como sinceridad, madurez, responsabilidad, etc. 3. En el cumplimiento de penas, en el estudio de la personalidad, el tratamiento de los delincuentes y en la elaboración de pronósticos. d) CRIMINOLOGIA Y SOCIOLOGIA 5 Por sociología se entiende el tratamiento científico sistemático de las reglas de la vida social, de sus normas de cambio, de desarrollo, de sus relaciones con el medio ambiente natural, con la cultura en general y con cada una de las esferas de la vida y, finalmente, con la persona socio-cultural del hombre. Lo mismo que ocurre con la Psiquiatría y la Psicología, los comportamientos delictivos representan sólo una pequeña parte de los numerosos campos de interés e investigación (Sociología industrial, Sociología de la religión, Sociología del Derecho, Sociología Criminal). La Sociología se ha ocupado siempre del delito y sin ella la historia y desarrollo de la criminología no resulta imaginable, sobre todo en EEUU donde, durante largo tiempo, solamente se ocupaban del delito los sociólogos. El punto de coincidencia con la Criminología reside en su interés por las circunstancias del campo social relacionadas con el delito. Analizando fenómenos sociales, investigando conexiones de efectos, intenta aproximarse al fenómeno del delito. En ello reside también lo que separa la Sociología de la Criminología. En una se estudian fenómenos sociales en general; en otra el delito, cuanto le rodea y la personalidad del autor en sus circunstancias sociales. De la Sociología surge, con la Sociología del Derecho, un campo en el que se ofrece una relación particularmente importante con la criminología y con el Derecho Penal. La Sociología del Derecho estudia el conjunto de normas en un grupo social de las que las normas jurídicas son sólo una parte; el proceso de formación de estas normas jurídicas a partir del desarrollo de los usos y costumbres normativas es también objeto de estudio de la Sociología del Derecho. La importancia que en la Criminología tienen los procesos de criminalización y descriminalización permite explicar las estrechas relaciones entre la Sociología del derecho y la Criminología. e) CRIMINOLOGIA Y ETOLOGIA: La Etiología viene definida como la biología del comportamiento. Compara y relaciona conductas humanas y animales y estudia además el problema del porcentaje de comportamiento instintivo y adquirido. Tanto en el hombre como en los restantes primates o mamíferos, una serie de procesos están dirigidos hereditariamente y, por otra parte, la fisiología de la agresión en los vertebrados superiores y en el hombre es tan semejante que es preciso aceptar la existencia de una base común. La Etiología humana proporciona al criminólogo conocimientos de las estructuras básicas de la conducta humana. Medio y agresión, luchas por el orden jerárquico, pretensiones territoriales, comportamiento sexual, la elección de la pareja y las ansias de posesión pueden facilitar desde el punto de vista etológico “nuevas perspectivas a la teoría del delito”. Sin embargo, prescindiendo de su contribución para un mejor entendimiento de la conducta humana, no es posible por ahora traducir a postulados penales los descubrimientos de la Etiología. 6 2.2.2. ESPECIFICAMENTE CRIMINALES Podemos decir que, en principio existen 4 enfoques diferentes al tratar esta materia: Un enfoque histórico, contemplando el Derecho punitivo en su evolución, en las diversas manifestaciones como se ha concretado a través del tiempo, y esto, a su vez, puede ser atendido tanto a su aspecto normativo como el doctrinal. Un enfoque filosófico, considerándolo en su más alto grado de abstracción, en lo que se tiene de universal y necesario, sin relativizarlo a ningún ordenamiento jurídico determinado, pretérito, presente ni futuro, mas en lo que, con arreglo a las distintas concepciones, debe ser como en efecto haya sido o sea. Un enfoque científico o dogmático, ciñendo su estudio a un ordenamiento vigente. Un enfoque crítico, señalando sus deficiencias y los medios de subsanarlas. De los tres primeros enfoques resulta la relación de la Criminología con el Derecho Penal, del enfoque crítico resulta la Política Criminal. a) CRIMINOLOGIA Y DERECHO PENAL: Derecho Penal y Criminología son dos ciencias distintas aunque estrechamente relacionadas, dado que siempre fueron los penalistas los que se ocuparon de la enseñanza de la Criminología. El derecho Penal es una “ciencia jurídica, normativa, del deber ser”. La criminología es una ciencia empírica, una ciencia del ser. En sentido amplio, el Derecho Penal se ocupa de la delimitación, interpretación y análisis del delito, así como de los presupuestos de su persecución y sus consecuencias. Su objeto son las normas legales y su método para analizar el hecho delictivo es el deductivo. El delito se concibe como un fenómeno jurídico. Desde el punto de vista histórico, la Ciencia Penal investiga las leyes vigentes en épocas pasadas y en la actualidad. Con un planteamiento de Filosofía del Derecho se ocupa de los fundamentos teóricos del Derecho Penal y, finalmente, estudia comparativamente el Derecho Penal interno con el los de los demás países. El derecho Penal debe regular la conducta humana externa en la esfera social, y protege sobre todo bienes particularmente importantes de la vida social y los intereses con ellos relacionados. De manera indirecta “combate” con ello determinadas formas de conducta, a las que denomina delito. 7 Con ello evita el que los particulares hagan “su” justicia, siendo ésta la más primitiva función del Derecho Penal, al propio tiempo que ejercita una función de garantía, al proteger al particular de intervenciones ilícitas por parte del Estado. La Ciencia del Derecho Penal, como dogmática tiene la tarea de desarrollar e interpretar las normas penales en sus conexiones internas, por tanto, de forma sistemática. Para ello, crea los oportunos métodos de interpretación. De este modo, se concibe cono ciencia jurídica y sirve a “una administración de justicia igualitaria y justa”. La Criminología, por el contrario, considera el delito como un fenómeno social y el método que utiliza para su estudio es el empírico. Su objeto no queda delimitado, como ya se ha dicho por las definiciones del Derecho Penal. La lucha de escuelas enfrentó académicamente a dos corrientes, clásicos y positivistas, por el método que cada una de ellas propugnaba. Por un lado, la Escuela clásica se limitó a estudiar el crimen como hecho individual y como abstracción jurídica. El delito era la infracción de la norma, y el delincuente, el sujeto activo de dicha infracción. Los clásicos se desentendieron del estudio de sus causas, de los factores individuales o sociales que intervienen en el hecho criminal, de sus variables. Predominaba en ellos un afán sistemático: elaborar un conjunto de categorías abstractas, a fin de asegurar la aplicación correcta de la Ley a la realidad y al caso. Acudieron para ello a un método formal, abstracto y deductivo, que permitía la construcción de impecables aparatos conceptuales, partiendo de dogmas extraídos del Derecho Natural; Por otro, la Escuela Positiva, que, propugnó un cambio radical del objeto y del método de la actividad científica. Delito y delincuente dejan de ser abstracciones jurídicas producto de la norma, desconectados de la realidad histórica concreta. El centro de gravedad se desplaza ahora de la norma jurídica a la realidad social; de los dogmas y principios apriorísticos (libertad humana, culpabilidad, justicia, igualdad, etc.), a los factores individuales y sociales que explican el fenómeno criminal. El examen de esta realidad exige un nuevo método de análisis: el método empírico, propio de las ciencias naturales. La Criminología, de hecho, nace enfrentada a la ciencia penal y como alternativa a la misma (GARCIA PAB LOS). En la actualidad parece superada la llamada “lucha de escuelas” y se acepta normalmente que la comprensión y el control de la criminalidad necesita tanto de la Criminología como del Derecho Penal. Este no puede distanciarse de la investigación criminológica si no quiere convertirse en simple especulación teórica. La Criminología, a su vez, no sería una ciencia práctica si sus conocimientos y sus proposiciones no encontraran un marco legal que sea el instrumento principal en la lucha contra el delito. Criminólogos y juristas viajan en la misma nave, su puerto el mismo: una sociedad mejor, menor criminalidad, etc., por eso deben de unir esfuerzos pues el alejamiento hacia la dogmática o criminología pura es la deshumanización de dos ciencias fundamentalmente humanistas (RODRIGUEZ MANZANERA). Criminología y Derecho son dos ciencias autónomas, no opuestas ni separadas sino asociadas (NUÑEZ BARBERO). La evolución de las Ciencias Penales y Criminológicas apunta hacia un modelo integrado, impuesto por la necesidad de un método interdisciplinario y por la unidad del 8 saber científico. Se está produciendo un proceso de recíproca aproximación del Derecho Penal y la Criminología. Cabe recordar que tradicionalmente el Derecho Penal se articula en dos grandes partes: - La General (Dogmática), donde se estudia lo concerniente a la ley penal en cuanto tal y los principios generales, aplicables a todos los delitos o a todas las penas. - La Especial, en la que se estudia pormenorizadamente cada delito, con su correspondiente penalidad, distinguiendo y fijando los diferentes bienes jurídicos afectados por las respectivas infracciones criminales. Ambas ciencias se ocupan del hombre en el orden social y de la justicia penal. Ambos tienen de común lo que se considera como punible, sin que con ello quede ya agotado el objeto de la Criminología, que es más amplio. Un análisis más profundo de las respectivas tareas de ambas ciencias pone de manifiesto las diferencias. Así, en la contemplación del hecho para la criminología es sólo una pequeña sección dentro de una sucesión de hechos que constituye, a su vez, un solo momento en la vida del autor. Por lo demás, Criminología y Derecho Penal, están próximos en el terreno de una consideración estrictamente criminológica del hecho, pero éste, como ya he dicho, representa sólo una pequeña parte del quehacer de la criminología. Finalmente, existen algunas conexiones entre la práctica penal y la Criminología aplicada, sobre todo en relación con investigaciones sobre pronóstico, credibilidad, personalidad del autor, valoración criminológica del hecho e imputabilidad. b) CRIMINOLOGIA Y POLITICA CRIMINAL: La discusión científica sobre la política criminal como disciplina científica independiente, desligada tanto de la criminología como del Derecho Penal, apenas se ha iniciado. El concepto de Política Criminal se utiliza por primera vez en 1800. Desde entonces ha tenido lugar muy diversas definiciones e intentos de descripción. Se afirmó que la Política Criminal era el punto de enlace entre la ciencia penal y la política, que era la “síntesis de las tomas en consideración según las cuales, con arreglo a las especiales relaciones y presupuestos que condicionan en un país la necesidad y eficacia de las leyes, deben ser dictadas las leyes penales de la manera más eficaz”. Hoy día, por el contrario, estamos observando como se legisla al dictado de lamentables sucesos puntuales, dictados por los medios de comunicación, quienes, a su vez, manipulan y se aprovechan del lógico dolor de las víctimas. 9 Mas tarde, se le atribuyó, también, la lucha contra el delito mediante la influencia individualizada sobre el delincuente. Para ello exige que la pena se ajuste en clase y medida a las particularidades del delincuente a quien se quiere apartar de la comisión futura de otros delitos. La confusión ha llegado hasta la afirmación de que la Política Criminal moderna quiere estudiar al delincuente como autor del delito, en sus peculiaridades, conocer partiendo de este conocimiento causal, la esencia del delincuente, y del delito, y determinar por medio de ello, el cambio de la “lucha contra el delito”. Por el contrario, aspectos claramente de índice político criminal son atribuidas a la criminología, como cuando se ha dicho que “el último paso de la Criminología se dirige a apreciar y valorar o que el objeto de la criminología son las causas de la criminalidad y las constantes de su modo de actuar, en el sentido de los fenómenos sociales cuya localización y paulatina supresión por medio de amplias medidas sociales y estatales es necesaria y posible en el marco de la regular transformación ulterior de la sociedad. Desde un punto de vista de una estricta delimitación frente a la criminología, se puede definir la Política criminal como “la ciencia que se ocupa de la Política de reforma del derecho Penal (en sentido amplio) y de la ejecución de la “lucha contra el delito” por medio del Derecho Penal. Por tanto, la Política Criminal debe ocuparse de la reforma de las leyes penales y de la eficaz organización y equipamiento del aparato estatal de persecución y ejecución penales. Tendrá, por tanto, que analizar si determinadas acciones deben ser amenazadas con una pena, si hechos que, en la actualidad, son punibles deberían dejar de serlo en el futuro, con qué sanción y en qué medida han de ser penadas las infracciones de las normas, cómo debe ser cumplimentada la ejecución de penas, etc. Una política lo más racional posible exige disponer de un extenso material empírico. Por principio, el material empírico (en relación con los hechos observados) no puede ser transformado directamente, de una forma científica, en normas del deber ser. Se trata, en primer lugar, de que cualquier decisión respecto a la valoración del material empírico es una decisión política. Este es el caso de la Política Criminal científica a la que corresponde el estudio de las posibilidades de solución para las distintas valoraciones de los hechos, y los medios necesarios para su obtención. Las ciencias empíricas, en particular, la Criminología, como ciencia de hechos, proporcionan a la Política criminal, el conocimiento del estado de la criminalidad, el saber acerca del delincuente y del delito en la sociedad. Tarea de la Política criminal práctica es, apreciando oportunamente el material presentado, procurar las soluciones necesarias mediante decisiones políticas. La Criminología guarda relación con otras ciencias jurídicas como lo es con el Derecho Penitenciario, fundamentalmente por la vinculación que tiene a nivel criminológico el tratamiento y asistencia con el delincuente condenado y los objetivos que se persiguen 10 con la ejecución de la pena privativa de libertad, como son la prevención y resocialización evitar la posible reincidencia y, cuyos programas tienen un rico contenido criminológico. La obtención de beneficios penitenciarios: permisos de salida, tercer grado deben de decidirse por expertos en Criminología y otras áreas, psicólogos, sociólogos, juristas, que integran las Juntas de tratamiento penitenciario en las prisiones. 11

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