11 Reglamento de Talleres Complementarios de Formación Integral (TACFI) en las ESFM UA.docx

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Reglamento de Talleres Complementarios ====================================== ### en las a. Normas generales para el desarrollo y funcio- namiento de los talleres Complementarios de Formación Integral Artística y Tecnológica de la y el Estudiante de Educación Superior a nivel de pregr...

Reglamento de Talleres Complementarios ====================================== ### en las a. Normas generales para el desarrollo y funcio- namiento de los talleres Complementarios de Formación Integral Artística y Tecnológica de la y el Estudiante de Educación Superior a nivel de pregrado en las Escuelas Superiores de Forma- ción de Maestras y Maestros. b. Condiciones bajo las cuales las ESFM, UA, do- centes y estudiantes deberán conducirse en la efectivización de los talleres de formación artís- tica y tecnológica. - Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, de 7 de febrero de 2009. - Ley Nº 070 de la Educación Avelino Siñani -- Eli- zardo Pérez, de 20 de diciembre de 2010. - Ley Nº 04 de Lucha contra la corrupción, enrique- cimiento ilícito e investigación de fortunas Marce- lo Quiroga Santa Cruz, de 31 de marzo de 2010. - Ley Nº 045 Contra el racismo y toda forma de dis- criminación de 08 de octubre de 2010. - Decreto Supremo Nº 0156 de Creación del Siste- ma Plurinacional de Formación de Maestros, de 06 de junio de 2009. - Decreto Supremo Nº 328 de Reconocimiento de la Lengua de Señas Boliviana, de 14 de octubre de 2009. - Decreto Supremo Nº 29272 de Plan Nacional de Desarrollo, de 12 de septiembre de 2007. - Decreto Supremo Nº 25255 de Administración de Personal del Servicio de Educación Pública de 18 de diciembre de 1998. - Decreto Supremo Nº 25745 de Modificación Ad- ministración de Personal de Servicio de Educa- ción Pública, de 20 de Abril de 2000. ### Artículo 5. (Objetivos de la Formación Complemen- taria) a. Talleres de formación artística, cuyo objetivo es desarrollar en los futuros maestros habilidades artísticas y capacidades expresivas que apo- yen, complementen y fortalezcan el proceso pedagógico. b. Talleres de formación técnica tecnológica, cuyo objetivo es fortalecer la adquisición de destrezas prácticas en el manejo tecnológico de los futuros maestros, que apoyen, complementen y fortalezcan al proceso pedagógico de su especialidad, fortaleciendo los conocimientos y avances de la tecnología. a. Las ESFM y UA, que se encuentren en ciudades capitales y áreas intermedias y de acuerdo a su ubicación, deberán buscar cooperación y firmar acuerdos con instituciones públicas dependien- tes del Estado. b. Las ESFM y UA que se encuentran en áreas alejadas o zonas no concentradas, en los que no existan instituciones públicas con las que realice acuerdo de servicios, estas ESFM/UA con apoyo de personal de la misma institución llevará adelante los talleres con cumplimiento -- -- -- -- ### Artículo 9. (Horarios de Trabajo del TACFI - Carga Horaria) I. Las Unidades de Formación, Materias o Áreas que oferta el Centro o Escuela de Formación Artística o Instituto Técnico Tecnológico debe estar enmarcadas dentro de la estructura del Modelo Educativo Socio-comunitario Producti- vo y responder a los objetivos, misión y visión de la formación de las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros. II. La carga horaria del TACFI es complementaria a las 5.280 horas académicas y se desarrolla en horario alterno a la Formación Inicial de Maes- tros y al Taller Complementario de Lengua Ori- ginaria. III. La carga horaria es de 16 horas mensuales, (4 horas por semana) con un lapso mínimo de du- ración de tres meses. IV. En caso de desarrollarse los Talleres Comple- mentaros de Formación Integral en las ESFM/ UA deben contar con ambientes necesarios y adecuados. V. Brindar la posibilidad de volver a tomar el taller respectivo en caso de reprobación, en los cur- sos existentes. ### Artículo 10. (Facultad). I. Se faculta a las siguientes instituciones de ca- rácter fiscal y de convenio, con Resolución Mi- nisterial, para desarrollar los Talleres Comple- mentarios de Formación Integral: - Institutos Técnicos e Institutos Tecnológicos. - Escuelas Superiores Tecnológicas. - Centros de Capacitación Artística. - Institutos de Formación Artística. - Escuelas Bolivianas Interculturales. - Centros de Educación Alternativa. - Escuelas de Danza, Arte, Música, Teatro, de- porte y otros de los Gobiernos Municipales. - Otras instituciones públicas legalmente cons- tituidas. II. Las instituciones habilitadas para desarrollar los Talleres Complementarios de Formación Inte- gral señaladas precedentemente, deberán con- tar con la disposición normativa que autorice su apertura y legal funcionamiento. a. Gestión y firma de acuerdos. b. Emisión de planillas de estudiantes legalmente matriculados. c. Seguimiento y evaluación compartida entre las partes a la ejecución del TACFI. d. Apertura de libro/s para el registro de certificados del TACFI. e. Base de datos. f. Incorporación de certificados legalizados en el folder de cada estudiante. g. Registro de estudiantes aprobados en el TACFI por gestión académica. h. Reporte de informes, estadística, nómina del desarrollo del TACFI a la Dirección General de Formación de Maestros por gestión académica. 1. Antecedentes. 2. Objetivo u objeto del acuerdo. 3. Compromisos. 4. Coordinación y ejecución. 5. Condiciones financieras. 6. Ámbito de aplicación. 7. Evaluación académica y acreditación del TACFI. 8. Modificaciones del acuerdo. 9. Confidencialidad y reserva de información. 10. Térmico de duración del acuerdo. 11. Evaluación académica e institucional entre las partes que convienen el desarrollo del TACFI. 12. Solución de controversias. 13. Disposiciones finales. a. Ser informados de los acuerdos a los que se hayan llegado entre la ESFM/UA con los diferentes Institutos Técnico Tecnológico y Escuelas, Centros o Institutos Artísticos. Esto incluye: - Información sobre la diversidad de Institutos Técnico Tecnológico y Artísticos. - Fechas de inscripciones. - Ofertas académicas. - Planes o pensum. - Reglamentos de evaluación. - Reglamento de la gestión institucional. - Todo con una semana como mínimo de antela- ción a las inscripciones. b. Elegir las actividades de su preferencia tomando en cuenta lo ofertado por el instituto de formación artística o técnica tecnológica con el que la ESFM/ UA haya realizado los acuerdos respectivos c. Asistir, participar, registrarse y solicitar información acerca de su desempeño académico en TACFI. d. Obtener el certificado del TACFI una vez aprobado los mismos y en tiempos correspondientes. e. Presentar apelaciones en el caso que sus notas no hayan sido transparentemente realizadas. a. Inscribirse en el TACFI. b. c. d. e. f.

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