El acuerdo de ampliación de plazos: A) Puede ser objeto de recurso administrativo. B) Es un acuerdo que adolece de un vicio de anulabilidad. C) Solo será motivado cuando quien sea... El acuerdo de ampliación de plazos: A) Puede ser objeto de recurso administrativo. B) Es un acuerdo que adolece de un vicio de anulabilidad. C) Solo será motivado cuando quien sea interesado en ese procedimiento tenga su domicilio en el extranjero o cuando el órgano que lo tramita sea una embajada o consulado de España en el exterior. D) Será notificado a los interesados.
Understand the Problem
La pregunta se refiere a un 'acuerdo de ampliación de plazos' en el contexto del derecho administrativo español. Implica comprender si dicho acuerdo está sujeto a recursos administrativos, si tiene vicios que lo hacen anulable, en qué casos debe estar motivado y si debe ser notificado a los interesados. En resumen, busca evaluar el conocimiento sobre la naturaleza y los requisitos de validez de los acuerdos de ampliación de plazos en el ámbito administrativo.
Answer
La respuesta correcta es la D. Los acuerdos de ampliación de plazos deben ser notificados a los interesados.
La respuesta correcta es D) Será notificado a los interesados.
Answer for screen readers
La respuesta correcta es D) Será notificado a los interesados.
More Information
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece las regulaciones sobre la ampliación de plazos y la necesidad de notificación a los interesados.
Tips
Es importante recordar que, aunque un acuerdo de ampliación de plazos debe ser notificado, esto no significa que sea recurrible o que siempre requiera motivación, salvo en los casos específicos que la ley determine.
Sources
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