Títulos de Crédito y sus Características

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Questions and Answers

¿Cuál de las siguientes opciones describe al librador en una letra de cambio?

  • Persona que cobra la letra
  • Persona con la obligación de pago
  • Persona que emite la letra (correct)
  • Persona que garantiza el pago

El pagaré se diferencia de la letra de cambio porque solo puede pagarse en una sola vez.

False (B)

¿Quién se convierte en tomador de la letra de cambio tras recibirla?

Endosante

El __________ es la persona que tiene la obligación de pago en una letra de cambio.

<p>librado</p> Signup and view all the answers

Relaciona los elementos de la letra de cambio con sus descripciones:

<p>Librador = Emisor de la letra Librado = Obligado a pagar Tenedor = Persona que cobra la letra Avalista = Garantiza el pago de la obligación</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es la función principal de un título de crédito?

<p>Es un comprobante de la existencia de un crédito o préstamo (C)</p> Signup and view all the answers

Los títulos de crédito deben ser emitidos únicamente por entidades públicas.

<p>False (B)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es la relación entre la existencia de un título de crédito y la obligación que representa?

<p>La existencia de la obligación está ligada e incorporada a que existe el título de crédito.</p> Signup and view all the answers

Un título de crédito __________ sólo puede ser cobrado por una persona específica.

<p>nominativo</p> Signup and view all the answers

Asocia cada tipo de título de crédito con su descripción correspondiente:

<p>Al portador = Cualquier persona puede ejercer el derecho. A la orden = Circula mediante la voluntad de la persona que lo recibe. Nominativo = Solo lo cobra una persona específica mediante transferencia. Privado = Emitido por entidades particulares.</p> Signup and view all the answers

¿Cuál de las siguientes afirmaciones describe correctamente la 'literalidad' de un título de crédito?

<p>Es el derecho que representa el documento por sí mismo. (D)</p> Signup and view all the answers

Los títulos de crédito son inflexibles y no pueden ser transferidos entre personas.

<p>False (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué clasificación recibe un título que se puede cobrar tanto en dinero como en mercancía?

<p>Mixto</p> Signup and view all the answers

Flashcards

Letra de Cambio

Documento de cobro que garantiza el pago de un préstamo o crédito.

Librador (Letra de Cambio)

Persona que emite la letra de cambio.

Librado (Letra de Cambio)

Persona obligada a pagar la letra de cambio.

Pagaré

Documento privado para un pago, pagadero en plazos.

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Endoso (Letra de Cambio)

Transferir los derechos de cobro de una letra.

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¿Qué es un título de crédito?

Documento que representa una promesa de pago o prestación a favor del tenedor.

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Finalidad de un título de crédito

Otorgar al poseedor el derecho a exigir un pago o prestación.

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Circulación de títulos de crédito

Su transmisión de una persona a otra a través del endoso o al portador.

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Incorporación (Títulos de crédito)

El derecho de cobro está unido al documento. Sin documento, sin derecho.

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Títulos de crédito al portador

Cualquier persona que tenga el documento puede cobrarlo.

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Títulos de crédito a la orden

Se transfieren mediante endoso (firma y entrega del documento).

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Títulos de crédito nominativos

Solo la persona nombrada puede cobrar el documento.

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Función jurídica de los títulos de crédito

Demuestran la existencia de un crédito o préstamo, y como garantía en otros tipos de contratos, ofreciendo seguridad jurídica.

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Study Notes

Títulos de Crédito

  • Son documentos que prometen una prestación a favor del poseedor. La transferencia implica el derecho y el documento.
  • Objetivo: otorgar derechos sobre un deber de pago.
  • Regulación: depende de la legislación de cada país (ej. Chile: Código de Comercio).
  • Tipos variados, adaptables a necesidades operativas.
  • Características:
    • Literalidad: el documento representa el derecho por sí mismo.
    • Autonomía: la obligación debe cumplirse sin condiciones.
    • Incorporación: la existencia de la obligación está unida al título; sin título, sin derecho.
    • Circulación: se transmite a través del endoso o al portador.
    • Legitimación: consecuencia de la incorporación.
    • Activo: derecho del poseedor a exigir el pago.
    • Pasivo: obligación del deudor de pagar.
  • Función:
    • Comprobar un crédito/préstamo.
    • Agilizar la transferencia de bienes.
  • Usos: medio de pago, garantía en otras obligaciones.
  • Función Jurídica: prueba de un crédito, provee seguridad al exigir el pago.

Clasificación de Títulos de Crédito

  • Por el régimen de transmisión:
    • Al portador: cualquier poseedor puede cobrar.
    • A la orden: se transmite por endoso (voluntad del que recibe).
    • Nominativo: solo el titular puede cobrar.
  • Por quien lo emite:
    • Privado: emitido por personas/entidades particulares.
    • Público: emitido por el Estado o gobiernos extranjeros.
  • Por contenido u objeto:
    • Representativos de dinero: cobranza solo en dinero.
    • Representativos de mercaderías: cobranza en bienes/mercancías.
    • Mixtos: cobranza en dinero y bienes.
  • Por la forma de creación:
    • Singulares/individuales: entre una sola persona deudora y acreedora.
    • Seriales/de masa: frente a una pluralidad de personas.

Letra de Cambio

  • Documento de cobro que garantiza el pago de un crédito/préstamo (ej. compraventa).
  • Es endosable, involucrando típicamente a tres personas.
  • Elementos:
    • Librador: emite la letra.
    • Librado: obligado a pagar.
    • Tenedor/Tomador: quien cobra (puede ser el librador).
    • Endosante: quien transmite la letra a otro.
    • Avalista: garante del pago.
  • Cláusulas importantes:
    • Devolución sin gastos (no hay costos adicionales por devolución).
    • De intereses (se acumulan intereses desde la emisión hasta el pago).
  • Al propio cargo / a la propia orden / al portador (relaciones entre librador, librado y tomador).

Pagaré

  • Documento privado entre dos personas.
  • Se diferencia de la letra de cambio porque puede pagarse en cuotas (con cláusulas de aceleración).
  • Elementos:
    • Lugar y fecha de emisión.
    • Entidad financiera y oficina.
    • Identificación de partes.
    • Importe (letras y cifras).
    • Fechas de vencimiento.
    • Número de cuenta del emisor.
    • Palabra "Pagaré".
    • Barra de truncabilidad.
    • Firma del emisor.

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