Tema 7: Tenencia y Titularidad de Bienes
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Questions and Answers

¿Cuál de los siguientes documentos no es inscribible en el registro?

  • Contratos privados (correct)
  • Resoluciones judiciales
  • Documentos administrativos
  • Escrituras públicas
  • El principio de tracto sucesivo establece que:

  • El primero en presentar el documento tiene preferencia
  • El registro debe contener solo documentos administrativos.
  • Cualquier tipo de documento es inscribible si es firmado
  • El transmitente debe ser el mismo en el registro como titular registrado. (correct)
  • El principio de prioridad determina que:

  • Los derechos de propiedad se pueden transferir sin necesidad de un registro previo.
  • Un documento puede ser inscribible si se cumple un requisito administrativo.
  • El primero en el tiempo tiene siempre derecho irrevocable. (correct)
  • El registro solo considera la fecha del último documento presentado.
  • La certificación registral tiene el valor de:

    <p>Documento público suscrito por el propietario</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué tipo de notas se pueden pedir en las notarías para tener información actualizada sobre una propiedad?

    <p>Notas continuas</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál de los siguientes tipos de bienes puede ser embargado?

    <p>Bienes privados</p> Signup and view all the answers

    Los bienes consumibles se caracterizan por...

    <p>Extinguirse con su uso</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál es la característica principal de los bienes fungibles?

    <p>Sustitución entre ellos</p> Signup and view all the answers

    Los frutos industriales se refieren a...

    <p>Producciones derivadas del trabajo humano</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué tipo de bien es inalienable?

    <p>Bienes públicos</p> Signup and view all the answers

    Los bienes no fungibles se caracterizan por...

    <p>No poder ser sustituidos por otros</p> Signup and view all the answers

    Los bienes inmuebles son aquellos que...

    <p>No se pueden desplazar sin sufrir detrimento</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál de los siguientes describe a los bienes privados?

    <p>Son propiedad de personas físicas o jurídicas privadas</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué derecho se le concede a cada copropietario sobre su piso o local?

    <p>Derecho singular y exclusivo</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el usufructo es correcta?

    <p>El usufructo se extingue si la cosa se pierde o destruye.</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué se entiende por servidumbre?

    <p>Un derecho que limita el uso de una finca a favor de otra.</p> Signup and view all the answers

    ¿Cómo se llama la finca que tiene derecho a usar limitadamente otra finca en una servidumbre?

    <p>Predio dominante</p> Signup and view all the answers

    ¿Cuál de las siguientes servidumbres se obtiene por prescripción?

    <p>Las servidumbres de paso</p> Signup and view all the answers

    El droit de superficie otorga al superficiario el derecho a:

    <p>Construir y edificar sobre un terreno ajeno.</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué ocurre cuando se extingue el derecho de superficie?

    <p>El propietario del terreno adquiere la construcción edificada.</p> Signup and view all the answers

    ¿Qué exención tienen los cónyuges en usufructo respecto a las obligaciones?

    <p>Están dispensados de prestar fianza.</p> Signup and view all the answers

    Study Notes

    Tema 7: Tenencia y Titularidad de Bienes

    • Concepto de Derecho Real: Derechos que recaen directamente sobre una cosa. Caracterizados por inmediatez y exclusividad.
    • Bienes:
      • Muebles: Se transportan sin detrimento.
      • Inmuebles: No se transportan sin detrimento.
      • Públicos: Pertenecen a administraciones, no embargables, inalienables, imprescriptibles.
      • Privados: De personas físicas o jurídicas, sujetas a diferentes reglas que los públicos.
      • Fungibles: Sustituibles por otros similares ("dinero")
      • No fungibles: No sustituibles ("cosas únicas")
      • Consumibles: Se extinguen con el uso ("alimentos").
      • No consumibles: No se destruyen con el uso ("muebles").
    • Frutos, Gastos y Mejoras:
      • Frutos: Rendimiento económico de una cosa (naturales, civiles, industriales).
      • Gastos: Para conservar, mejorar o decorar una cosa (de conservación, útiles, voluntarios).
      • Mejoras: Mejoras en bienes, pueden ser necesarios o voluntarios.
    • Clases de Patrimonio:
      • Personal: Conjunto de bienes de una persona.
      • Separado: No forma parte del patrimonio personal (ejemplo: herencia).
      • Colectivo: Propiedad compartida por varias personas (ej. sociedad ganancial).
      • De Destino: Para una finalidad específica (ej. discapacitados).
    • Derechos Reales:
      • Propiedad: Dominio pleno, usar, gozar y disponer de una cosa.
        • Copropiedad: Propiedad compartida por dos o más personas.
        • Horizontal: Propiedad por pisos y locales dentro de un edificio.
      • Derechos Reales sobre Cosa Ajena: Derechos que recaen sobre una cosa que no pertenece al titular del derecho.
        • Uso: Uso limitado de una cosa ajena.
        • Habitación: Derecho de ocupar un espacio en una propiedad ajena.
        • Usufructo: Derecho de usar y disfrutar una cosa ajena (obligaciones como inventario y fianza).
        • Servidumbre: Derecho sobre la cosa de otra persona (predio dominante y sirviente).
          • Voluntaria: Por acuerdos de los propietarios.
          • Legal: Por un requisito legal.
          • Por prescripción: Derecho por uso contínuo.
      • Derecho de Superficie: Derecho a construir y edificar en un terreno ajeno.
    • Adquisición de Derechos Reales:
      • Originaria: La persona adquiere el derecho real sin recibirlo de otro titular (ocupación, usucapión o prescripción, accesión).
      • Derivativa: La persona adquiere el derecho real de otro titular (donación, sucesión hereditaria, transmisión).
    • Extinción de Derechos Reales:
      • Absoluta: El derecho desaparece total y absolutamente (destrucción o pérdida de la cosa).
      • Relativa: El derecho desaparece para un titular y pasa a ser de otro (renuncia, transmisión o consolidación).
    • Publicidad de Derechos Reales:
      • Registro de la Propiedad: Registro público para bienes inmuebles, garantizando la seguridad jurídica en las transacciones.
      • Principios Hipotecarios: Principios como rogación, legalidad, especialidad, tracto sucesivo, prioridad y legitimación, que rigen el funcionamiento del registro y protegen a los terceros.

    Publicidad de los Derechos Reales (continuación)

    - **Fe pública registral:**  Confianza en la veracidad de los datos registrados.
    - **Inoponibilidad:** Derechos no registrados no afectan a terceros de buena fe.
    - **Publicidad Formal:** Datos relevantes sobre el bien, para un registro completo y transparente.
    

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    Este cuestionario abarca el concepto de derecho real y clasifica los diferentes tipos de bienes, incluyendo muebles, inmuebles, públicos y privados. Además, se exploran los aspectos de frutos, gastos y mejoras en relación con los bienes. Pon a prueba tus conocimientos sobre la tenencia y titularidad de bienes.

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