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Questions and Answers
La competencia es:
La competencia es:
- renunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación
- renunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, incluso los casos de delegación o avocación
- irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, incluso los casos de delegación o avocación
- irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación (correct)
La delegación de competencias, las encomiendas de gestión, la delegación de firma y la suplencia:
La delegación de competencias, las encomiendas de gestión, la delegación de firma y la suplencia:
- suponen alteración de la titularidad de la competencia y de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén
- no suponen alteración de la titularidad de la competencia, aunque sí de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén (correct)
- no suponen alteración de la titularidad de la competencia ni de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén
- suponen alteración de la titularidad de la competencia, pero no de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén
La titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos:
La titularidad y el ejercicio de las competencias atribuidas a los órganos administrativos:
- podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes de aquéllos (correct)
- podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente independientes de aquéllos
- podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes o independientesde aquéllos
- no podrán ser desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes de aquéllos
Si alguna disposición atribuye la competencia a una Administración, sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a:
Si alguna disposición atribuye la competencia a una Administración, sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a:
Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en:
Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en:
La delegación de competencias:
La delegación de competencias:
Respecto a la delegación de competencias cuando se trate de órganos no relacionados jerárquicamente:
Respecto a la delegación de competencias cuando se trate de órganos no relacionados jerárquicamente:
Cuando resulte conveniente para alcanzar los fines que tengan asignados y mejorar la eficacia de su gestión, los órganos de la Administración General del Estado podrán delegar el ejercicio de sus competencias propias en:
Cuando resulte conveniente para alcanzar los fines que tengan asignados y mejorar la eficacia de su gestión, los órganos de la Administración General del Estado podrán delegar el ejercicio de sus competencias propias en:
En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a (señala la incorrecta):
En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a (señala la incorrecta):
Respecto a la delegación de competencias, señala la correcta:
Respecto a la delegación de competencias, señala la correcta:
Respecto a la delegación de competencias, señala la correcta:
Respecto a la delegación de competencias, señala la correcta:
Respecto a la delegación de competencias:
Respecto a la delegación de competencias:
Si alguna disposición atribuye la competencia a una Administración, sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a los órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio. Si existiera más de un órgano inferior competente por razón de materia y territorio, la facultad para instruir y resolver los expedientes corresponderá a:
Si alguna disposición atribuye la competencia a una Administración, sin especificar el órgano que debe ejercerla, se entenderá que la facultad de instruir y resolver los expedientes corresponde a los órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio. Si existiera más de un órgano inferior competente por razón de materia y territorio, la facultad para instruir y resolver los expedientes corresponderá a:
No suponen alteración de la titularidad de la competencia, aunque sí de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén:
No suponen alteración de la titularidad de la competencia, aunque sí de los elementos determinantes de su ejercicio que en cada caso se prevén:
¿A cuál de los siguientes órganos NO se podría realizar el proceso de delegación de una competencia?
¿A cuál de los siguientes órganos NO se podría realizar el proceso de delegación de una competencia?
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