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Questions and Answers
¿Qué criterio general se usa para determinar la capacidad de obrar de una persona física ante las Administraciones Públicas?
¿Qué criterio general se usa para determinar la capacidad de obrar de una persona física ante las Administraciones Públicas?
Ser mayor de edad, conforme a las normas civiles.
¿En qué situación un menor de edad puede actuar ante las Administraciones Públicas sin la asistencia de sus representantes legales?
¿En qué situación un menor de edad puede actuar ante las Administraciones Públicas sin la asistencia de sus representantes legales?
Cuando la actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico para el ejercicio y defensa de sus derechos e intereses sin necesidad de asistencia.
Según el texto, ¿quiénes se consideran interesados en un procedimiento administrativo además de quienes lo inician?
Según el texto, ¿quiénes se consideran interesados en un procedimiento administrativo además de quienes lo inician?
Aquellos que, sin iniciar el procedimiento, tienen derechos que pueden resultar afectados por la decisión, y aquellos cuyos intereses legítimos puedan verse afectados por la resolución y se personen en el procedimiento antes de la resolución definitiva.
¿Cómo se determina quién representa a un grupo de interesados en un procedimiento administrativo cuando hay pluralidad de interesados?
¿Cómo se determina quién representa a un grupo de interesados en un procedimiento administrativo cuando hay pluralidad de interesados?
Si durante la instrucción de un procedimiento se identifica a personas con derechos legítimos que podrían ser afectadas, ¿qué debe hacerse?
Si durante la instrucción de un procedimiento se identifica a personas con derechos legítimos que podrían ser afectadas, ¿qué debe hacerse?
¿De qué manera pueden actuar los interesados con capacidad de obrar en un procedimiento administrativo?
¿De qué manera pueden actuar los interesados con capacidad de obrar en un procedimiento administrativo?
¿Cómo se puede acreditar la representación ante las Administraciones Públicas según el texto?
¿Cómo se puede acreditar la representación ante las Administraciones Públicas según el texto?
¿Qué ocurre si falta o es insuficiente la acreditación de la representación al inicio de un acto administrativo?
¿Qué ocurre si falta o es insuficiente la acreditación de la representación al inicio de un acto administrativo?
Enumera las dos formas en las que se puede otorgar el apoderamiento “apud acta”.
Enumera las dos formas en las que se puede otorgar el apoderamiento “apud acta”.
¿Qué es un registro electrónico general de apoderamientos y qué debe contener?
¿Qué es un registro electrónico general de apoderamientos y qué debe contener?
¿Cuál es la validez máxima de los poderes inscritos en el registro según el texto?
¿Cuál es la validez máxima de los poderes inscritos en el registro según el texto?
De acuerdo con el artículo 105 de la Constitución Española, ¿qué regulará la ley en relación con los archivos y registros administrativos?
De acuerdo con el artículo 105 de la Constitución Española, ¿qué regulará la ley en relación con los archivos y registros administrativos?
Según la Ley 39/2015, ¿qué derechos tienen las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas en cuanto al acceso a la información?
Según la Ley 39/2015, ¿qué derechos tienen las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas en cuanto al acceso a la información?
Según el texto, ¿cómo se computan los plazos expresados por horas en los procedimientos administrativos?
Según el texto, ¿cómo se computan los plazos expresados por horas en los procedimientos administrativos?
¿Qué días se excluyen del cómputo de plazos cuando estos se señalan por días?
¿Qué días se excluyen del cómputo de plazos cuando estos se señalan por días?
¿Qué ocurre si el último día de un plazo es inhábil según el texto?
¿Qué ocurre si el último día de un plazo es inhábil según el texto?
¿Cómo se considera la presentación de documentos en un registro electrónico en un día inhábil?
¿Cómo se considera la presentación de documentos en un registro electrónico en un día inhábil?
¿Cuál es el límite máximo de ampliación de los plazos establecidos en un procedimiento administrativo?
¿Cuál es el límite máximo de ampliación de los plazos establecidos en un procedimiento administrativo?
¿Bajo qué circunstancias se puede acordar la tramitación de urgencia de un procedimiento administrativo, y qué implica esta tramitación?
¿Bajo qué circunstancias se puede acordar la tramitación de urgencia de un procedimiento administrativo, y qué implica esta tramitación?
¿Qué plazo tiene el órgano instructor para remitir al órgano competente una propuesta de resolución en los procedimientos de responsabilidad patrimonial para solicitar dictamen?
¿Qué plazo tiene el órgano instructor para remitir al órgano competente una propuesta de resolución en los procedimientos de responsabilidad patrimonial para solicitar dictamen?
Flashcards
¿Quiénes tienen capacidad de obrar?
¿Quiénes tienen capacidad de obrar?
Son las personas físicas o jurídicas con la capacidad de actuar legalmente.
¿Quiénes son considerados interesados?
¿Quiénes son considerados interesados?
Son quienes inician el procedimiento como titulares de derechos o intereses legítimos, ya sean individuales o colectivos.
¿Qué es la pluralidad de interesados?
¿Qué es la pluralidad de interesados?
Es cuando varios interesados figuran en una solicitud, las actuaciones se realizan con el representante señalado o con el que figure en primer término.
¿Qué pasa con nuevos interesados?
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¿Puedo usar un representante?
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¿Cómo se acredita la representación?
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¿Qué actos necesitan acreditación de representación?
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Duración de poderes inscritos
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¿El acceso a archivos es un derecho?
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¿Qué ley regula el acceso a información?
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Términos y plazos en la administración
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¿Cómo se computan los plazos por días?
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¿Cómo se computan plazos por meses?
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Horario de registros electrónicos
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¿Se pueden ampliar los plazos?
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Tramitación de urgencia
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Tramitación simplificada
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Sobre los informes
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Informes fuera de plazo
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Responsabilidad patrimonial
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Study Notes
Interesados en el Procedimiento Administrativo
- Se exploran los derechos ciudadanos, el acceso a archivos y registros, términos y plazos, y los informes en el procedimiento administrativo.
- Se centra en la capacidad de obrar y el concepto de interesado en el procedimiento administrativo.
Capacidad de Obrar ante las Administraciones Públicas
- Personas físicas o jurídicas con capacidad de obrar según las normas civiles (mayores de edad o según sus estatutos).
- Menores de edad para defender sus derechos e intereses permitidos por el ordenamiento jurídico sin asistencia, excepto menores incapacitados.
- Grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica, y patrimonios independientes o autónomos, cuando la ley lo declare expresamente.
Concepto de Interesado en el Procedimiento Administrativo
- Quienes promueven el procedimiento como titulares de derechos o intereses legítimos, ya sean individuales o colectivos.
- Aquellos que tienen derechos que podrían ser afectados por la decisión, aunque no hayan iniciado el procedimiento.
- Individuos cuyos intereses legítimos podrían verse afectados por la resolución, y que se presentan en el procedimiento antes de que haya una resolución definitiva tomada.
- Asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales con intereses legítimos colectivos reconocidos por la ley.
- En casos de relaciones jurídicas transmisibles, el derecho-habiente sucederá en la condición de interesado, independientemente del estado del procedimiento.
Pluralidad de Interesados y Representación
- En solicitudes con varios interesados, las actuaciones se realizan con el representante o el interesado señalado, y si no, con el que figure primero.
- Si se detectan nuevos interesados durante la instrucción de un procedimiento sin publicidad, se les comunica el proceso si sus derechos o intereses legítimos y directos pueden verse afectados.
- Los interesados con capacidad de obrar pueden actuar a través de un representante, salvo manifestación expresa en contra.
Representación ante las Administraciones Públicas
- Pueden actuar como representantes las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, si está previsto en sus estatutos.
- La representación se acredita mediante cualquier medio válido en Derecho que lo demuestre fehacientemente.
- Se entiende acreditada por apoderamiento apud acta (comparecencia personal o electrónica) o inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública.
Acreditación y Habilitación de la Representación
- Para actos de mero trámite se presume la representación, pero se debe acreditar para formular solicitudes, presentar declaraciones, desistir de acciones, renunciar a derechos e interponer recursos.
- La falta de acreditación puede subsanarse en un plazo de diez días dado por la Administración.
- El órgano competente debe incluir en el expediente administrativo la acreditación del representante y sus poderes.
- Las Administraciones Públicas pueden habilitar a personas físicas o jurídicas autorizadas para transacciones electrónicas en representación de interesados.
Obligaciones y Acreditación Adicional
- Quienes adquieren la condición de representantes deben cumplir obligaciones, y se presume la validez de la representación salvo que la normativa indique lo contrario.
- Las Administraciones Públicas pueden solicitar la acreditación de la representación en cualquier momento, pero el interesado siempre puede comparecer por sí mismo.
Registros Electrónicos de Apoderamientos y Tipos
- El apoderamiento «apud acta» se otorga mediante comparecencia electrónica o personal en las oficinas de asistencia en materia de registros.
- La Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales deben tener un registro electrónico general de apoderamientos, incluyendo los de carácter general otorgados apud acta.
- Los registros generales no impiden la existencia de registros particulares en cada organismo.
Interoperabilidad y Contenido de los Asientos Registrales
- Los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos deben ser interoperables entre sí.
- Deben permitir la interconexión y compatibilidad informática, así como la transmisión telemática de documentos.
- Los registros deben permitir comprobar la representación válida ante las Administraciones Públicas.
- Los registros mercantiles, de la propiedad y los protocolos notariales deben ser interoperables con los registros electrónicos de apoderamientos.
- Los asientos deben contener información como el nombre y documento de identidad del poderdante y apoderado, la fecha de inscripción, el período de tiempo del poder y el tipo de poder según las facultades otorgadas.
Tipología y Vigencia de los Poderes
- Los poderes inscritos deben corresponder a un poder general, a un poder para actuar ante una Administración específica, o a un poder para trámites especificados.
- Cada Comunidad Autónoma aprueba los modelos de poderes inscribibles en su registro.
- Los poderes inscritos tienen una validez máxima de cinco años desde la inscripción.
- El poderdante puede revocar o prorrogar el poder con una validez máxima de cinco años desde la prórroga.
- Las solicitudes de inscripción, revocación, prórroga o denuncia pueden dirigirse a cualquier registro.
Derechos Ciudadanos: Acceso a Archivos y Registros
- El acceso a la información pública es un derecho constitucional.
- La Constitución Española de 1978 regula el acceso a archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad, defensa del Estado, averiguación de delitos y la intimidad personal.
- La ley regulará el procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando la audiencia del interesado.
Derechos de las Personas y Títulos
- Se garantiza el acceso a la información pública, archivos y registros, conforme a la Ley 19/2013 y el resto del Ordenamiento Jurídico.
- Se incluye el derecho a conocer el estado de los procedimientos, el sentido del silencio administrativo, el órgano competente y los actos de trámite.
- Se puede acceder y obtener copias de los documentos contenidos en los procedimientos.
Acceso Electrónico y Conservación de Documentos
- Quienes se relacionen electrónicamente con las Administraciones Públicas tienen derecho a consultar la información en el Punto de Acceso General electrónico.
- Esto cumple la obligación de facilitar copias de los documentos.
- Los documentos electrónicos deben conservarse garantizando la autenticidad, integridad y conservación.
- Se asegura la posibilidad de trasladar los datos a otros formatos y soportes garantizando el acceso. La eliminación debe ser autorizada según la normativa.
Términos y Plazos en la Actividad Administrativa
- La actividad administrativa está sujeta a condicionantes temporales que obligan tanto a la Administración como a los interesados.
- La Ley 39/2015 regula estos términos y plazos en su Título II.
Obligatoriedad y Cómputo de Plazos
- Los términos y plazos establecidos en las leyes obligan a las autoridades, al personal al servicio de las Administraciones Públicas y a los interesados.
- Cuando los plazos se señalen por horas, se entienden que éstas son hábiles, salvo que se disponga otro cómputo por ley o en el Derecho de la Unión Europea.
- Son hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil.
- Los plazos expresados por horas se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la notificación o publicación del acto, y no pueden superar las veinticuatro horas.
Plazos por Días y Exclusiones
- Si los plazos se señalan por días, se entienden que éstos son hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos, a menos que la ley o el Derecho de la Unión Europea disponga lo contrario.
- Si los plazos son por días naturales, debe indicarse en las notificaciones. Los plazos en días se cuentan a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto, o desde el día siguiente a la estimación o desestimación por silencio administrativo.
Plazos por Meses o Años y Reglas Generales
- Los plazos en meses o años se computan desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto.
- El plazo concluye el mismo día en que se produjo la notificación.
- Si en el mes de vencimiento no hay un día equivalente, el plazo expira el último día del mes.
- Si el último día del plazo es inhábil, se prorroga al primer día hábil siguiente.
- Si un día es hábil en el municipio del interesado pero inhábil en la sede del órgano administrativo, o viceversa, se considera inhábil en todo caso.
- Las Administraciones fijan un calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, que debe publicarse anualmente. La declaración de un día como hábil o inhábil no determina el funcionamiento de los centros de trabajo.
Cómputo de Plazos en Registros Electrónicos
- El registro electrónico permite la presentación de documentos todos los días del año, las 24 horas.
- La presentación en un día inhábil se entiende realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente.
- El inicio del cómputo de plazos se determina por la fecha y hora de presentación en el registro electrónico.
- Se deben publicar los días y horarios de asistencia para la presentación electrónica de documentos.
- El registro electrónico se rige por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso.
Calendario de Días Inhábiles y Ampliación de Plazos
- La sede electrónica determina los días inhábiles según el ámbito territorial y el calendario del artículo 30.7.
- Este es el único calendario aplicable en los registros electrónicos, sin considerar el lugar de residencia o la sede.
- La Administración puede ampliar los plazos establecidos de oficio o a petición de los interesados, siempre que no exceda de la mitad de los mismos y no perjudique a terceros.
- El acuerdo de ampliación debe ser notificado.
- La ampliación se aplica a procedimientos tramitados por misiones diplomáticas, aquellos que exijan trámites en el extranjero o en los que intervengan residentes fuera de España.
Ampliación y Recursos
- La petición y la decisión sobre la ampliación deben producirse antes del vencimiento del plazo.
- No se puede ampliar un plazo ya vencido.
- Las decisiones sobre la ampliación no son susceptibles de recurso.
- Si una incidencia técnica imposibilita el funcionamiento del sistema, la Administración puede ampliar los plazos no vencidos, publicando la incidencia y la ampliación en la sede electrónica.
Tramitación de Urgencia y Reducción de Plazos
- Cuando razones de interés público lo aconsejen, el procedimiento puede tramitarse de urgencia, reduciendo a la mitad los plazos del procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
- No cabe recurso contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia.
Tramitación Simplificada y Ampliación del Plazo Máximo
- Si razones de interés público o la falta de complejidad lo aconsejan, se tramita de forma simplificada, y los procedimientos deben resolverse en treinta días.
- Si el número de solicitudes o personas afectadas pudiera suponer un incumplimiento del plazo máximo, se pueden habilitar más medios personales y materiales.
Ampliación Excepcional y Recursos
- Excepcionalmente, se puede ampliar el plazo máximo de resolución y notificación si se agotan los medios personales y materiales disponibles, pero este no puede ser superior al establecido para la tramitación del procedimiento.
- No cabe recurso contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos.
Informes en el Procedimiento
- Se solicitarán los informes preceptivos y los necesarios para resolver, citando el precepto que los exija o fundamentando la conveniencia de reclamarlos.
- En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.
- Los informes serán facultativos y no vinculantes salvo disposición expresa.
Emisión y Validez de Informes
- Los informes se emiten electrónicamente en un plazo de diez días, salvo que una disposición permita otro plazo.
- Si no se emite el informe en el plazo, se pueden proseguir las actuaciones, salvo si es preceptivo, en cuyo caso se suspende el plazo máximo legal para resolver el procedimiento.
- Si el informe debe ser emitido por otra Administración Pública, y transcurre el plazo sin emitirse, se pueden proseguir las actuaciones.
- Un informe emitido fuera de plazo no podrá ser tenido en cuenta al adoptar la resolución.
Informes en Procedimientos de Responsabilidad Patrimonial
- En procedimientos de responsabilidad patrimonial, es obligatorio solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, con un plazo máximo de diez días
- Si las indemnizaciones reclamadas son iguales o superiores a 50.000 euros, o lo que establezca la legislación autonómica, es obligatorio solicitar dictamen del Consejo de Estado. El órgano instructor remitirá al órgano competente una propuesta de resolución en el plazo de diez días. El dictamen se emitirá en el plazo de dos meses, pronunciándose sobre la relación de causalidad entre el servicio público y la lesión.
- En reclamaciones de responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, es preceptivo el informe del Consejo General del Poder Judicial, que será evacuado en un plazo máximo de dos meses.
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