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Policía Nacional: Retiro de Patrulleros

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26 Questions

¿Quién dispone el retiro del Patrullero de Policía?

El Director General de la Policía Nacional

¿Cuál es la causal de retiro temporal con pase a la reserva por solicitud propia?

Por solicitud propia

¿Cuál es una de las causales de retiro absoluto?

Por no superar la escala de medición de la norma de Evaluación del Desempeño

¿Quién puede solicitar su retiro del servicio activo de la Policía Nacional?

El Patrullero de Policía

¿Cuál es la condición para que un Patrullero de Policía sea retirado por llamamiento a calificar servicios?

Que cumpla los requisitos para hacerse acreedor a una asignación de retiro

¿Qué es el retiro del Patrullero de Policía?

La situación en la que el Patrullero de Policía cesa en la obligación de prestar el servicio de policía

¿Cuál es una de las causales de retiro temporal con pase a la reserva?

Por disminución de la capacidad psicofísica para la actividad policial

¿Qué puede hacer el Director General de la Policía Nacional con respecto a la solicitud de retiro del Patrullero de Policía?

Puede aceptar o no la solicitud de retiro

¿Cuál es la razón para retirar a un Patrullero de Policía que ha sido declarado no apto por la Junta Médico Laboral?

Por esta causal, siempre que se haya emitido un dictamen médico

¿Qué sucede si un Patrullero de Policía ha sido declarado no apto con sugerencia de reubicación laboral?

Se le mantiene en servicio activo en actividades administrativas

¿Cuál es la razón para retirar a un Patrullero de Policía que ha sido sancionado disciplinariamente?

Por destitución disciplinaria

¿Qué pasa con las sumas retenidas al uniformado durante el período de suspensión?

Pasan a formar parte de los recursos propios de la entidad encargada del reconocimiento y pago de las asignaciones de retiro del personal uniformado de la Policía Nacional

¿Quién puede disponer el retiro de un Patrullero de Policía por razones del servicio?

El Director General de la Policía Nacional

¿Qué sucede si un Patrullero de Policía no supera la escala de medición de la norma de evaluación del desempeño?

Se le retira del servicio activo

¿Cuántas veces debe ser sancionado disciplinariamente un Patrullero de Policía en los últimos cinco años para ser retirado del servicio activo?

Tres veces o más

¿Qué sucede con el Patrullero de Policía que se acoja al principio de oportunidad dentro del proceso penal?

Es retirado del servicio activo de la Policía Nacional

¿Qué sucede si un Patrullero de Policía desaparece sin que se vuelva a tener noticia de él?

Se le declara provisionalmente desaparecido

¿Qué pasa con el tiempo de la suspensión en el ejercicio de sus funciones y atribuciones?

No se tiene en cuenta para efectos laborales

¿Qué sucede si un Patrullero de Policía es condenado por la justicia ordinaria?

Se le separa en forma absoluta del servicio

¿Cuál es la razón para retirar a un Patrullero de Policía que ha fallecido?

Por muerte

¿Cuántas oportunidades consecutivas tiene el personal de Patrulleros de Policía para superar la validación de competencias?

Dos oportunidades consecutivas

¿Qué sucede con las sumas liquidadas con posterioridad a la fecha de ejecutoria de la respectiva providencia?

Son devueltas al Presupuesto General de la Nación

¿Qué sucede si un Patrullero de Policía es declarado provisionalmente desaparecido?

Se le retira del servicio activo después de dos años

¿Quién firma el acto administrativo de retiro del servicio activo del personal de Patrulleros de Policía que no supera la validación de competencias?

El Director General de la Policía Nacional

¿Qué es la Junta de Evaluación y Clasificación para Patrulleros de Policía?

Una instancia que recomienda el retiro de Patrulleros

¿Cuál es el resultado de la decisión de autoridad judicial que impone la pérdida del empleo o cargo público?

El Patrullero de Policía es retirado del servicio activo de la Policía Nacional

Study Notes

Definición y Causales de Retiro

  • El retiro del Patrullero de Policía es la situación en la que, sin perder el grado, cesa en la obligación de prestar el servicio de policía.
  • El retiro se dispone por acto administrativo suscrito por el Director General de la Policía Nacional.

Causales de Retiro

  • Retiro temporal con pase a la reserva:
    • Por solicitud propia
    • Por llamamiento a calificar servicios
    • Por disminución de la capacidad psicofísica para la actividad policial
  • Retiro absoluto:
    • Por incapacidad absoluta o permanente
    • Por destitución
    • Por voluntad del Director General de la Policía Nacional
    • Por no superar la escala de medición de la norma de Evaluación del Desempeño
    • Por desaparecimiento
    • Por muerte
    • Por separación absoluta
    • Por decisión judicial o administrativa
    • Por inhabilidad
    • Por no superar la validación de competencias

Retiro por Solicitud Propia

  • El Patrullero de Policía puede solicitar su retiro del servicio activo en cualquier tiempo.
  • El Director General de la Policía Nacional puede acceder o no a la solicitud de retiro teniendo en consideración razones de seguridad o necesidades especiales del servicio.

Retiro por Llamamiento a Calificar Servicios

  • El Patrullero de Policía puede ser retirado por esta causal cuando cumpla los requisitos para hacerse acreedor a una asignación de retiro.
  • El Director General de la Policía Nacional dispone el retiro por esta causal.

Retiro por Disminución de la Capacidad Psicofísica

  • El Patrullero de Policía declarado no apto por la Junta Médico Laboral o Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía será retirado por esta causal.
  • Sin embargo, puede mantenerse en servicio activo si se declara no apto con sugerencia de reubicación laboral y sus capacidades puedan ser aprovechadas en actividades administrativas, docentes o de instrucción.

Retiro por Incapacidad Absoluta o Permanente

  • El Patrullero de Policía será retirado por esta causal, de conformidad con las disposiciones vigentes en materia de incapacidad absoluta o permanente.

Retiro por Destitución

  • El Patrullero de Policía que sea sancionado disciplinariamente con fallo de destitución ejecutoriada, será retirado del servicio activo de la Policía Nacional.

Retiro por Voluntad del Director General de la Policía Nacional

  • El Director General de la Policía Nacional puede disponer el retiro de los Patrulleros de Policía con cualquier tiempo de servicio, previa recomendación de la Junta de Evaluación y Clasificación para Patrulleros de Policía.

Retiro por No Superar la Escala de Medición de la Norma de Evaluación del Desempeño

  • El Patrullero de la Policía será retirado cuando no supere la escala de medición, de conformidad con lo dispuesto en la norma para la evaluación del desempeño del personal uniformado de la Policía Nacional.

Retiro por Desaparecimiento

  • Al Patrullero de Policía en servicio activo que desapareciere sin que se vuelva a tener noticia de él durante treinta (30) días, se le declarará provisionalmente desaparecido.
  • Después de dos (02) años, se procederá a la retirada por desaparecimiento.

Retiro por Muerte

  • El Patrullero de Policía será retirado por muerte una vez se acredite este hecho con el registro civil de defunción.

Separación Absoluta

  • El personal de Patrulleros de Policía que sea condenado por la justicia ordinaria o penal militar y policial, mediante sentencia ejecutoriada, a la pena principal de prisión o arresto por la comisión de delitos dolosos, será separado en forma absoluta del servicio activo de la Policía Nacional.

Retiro por Decisión Judicial o Administrativa

  • Cuando mediante decisión de autoridad judicial, se imponga la pérdida del empleo o cargo público, o la inhabilidad por autoridad administrativa para ejercer y desempeñar cargos públicos, el Patrullero de Policía será retirado del servicio activo de la Policía Nacional.

Retiro por Inhabilidad

  • El Patrullero de Policía que haya sido sancionado disciplinariamente tres (03) o más veces en los últimos cinco (05) años, por faltas graves o leves dolosas o por ambas, las cuales se encuentren ejecutoriadas, será retirado del servicio activo y no podrá volver a pertenecer a la Policía Nacional.

Retiro por No Superar la Validación de Competencias

  • El personal de Patrulleros de Policía que sea objeto del proceso de validación de competencias dispuesto por la Policía Nacional y lo pierda en dos (02) oportunidades consecutivas, será retirado del servicio activo mediante acto administrativo suscrito por el Director General de la Policía Nacional.

Aprende sobre la definición y causales del retiro de patrulleros de policía, según el artículo 57 y 58, incluyendo la forma y causales del retiro.

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