Participación económica en los servicios sociales

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Questions and Answers

¿Cuál es uno de los objetivos principales de este decreto según el Artículo 1?

  • Determinar los costes de referencia de todos los servicios sociales ofrecidos por la Consejería.
  • Regular la participación económica de las personas beneficiarias en todos los servicios sociales.
  • Excluir la participación económica de las personas beneficiarias en ciertos servicios especificados. (correct)
  • Regular la financiación de los servicios de teleasistencia.

Según el Artículo 2, ¿qué servicio queda explícitamente excluido del ámbito de aplicación de este decreto en cuanto a la determinación de la participación económica?

  • El servicio de ayuda a domicilio. (correct)
  • El servicio de atención residencial temporal.
  • El servicio de teleasistencia.
  • El servicio de centro de día para personas mayores.

De acuerdo con el Artículo 3, ¿cuál de los siguientes servicios implica la participación económica de la persona beneficiaria?

  • Servicio de centro de día de atención a personas con discapacidad (excepto centro ocupacional). (correct)
  • Servicio de teleasistencia básica.
  • Servicio de promoción de la autonomía personal (Sepap-MejóraT).
  • Servicio de ayudas técnicas y productos de apoyo.

Según el Artículo 4, ¿qué servicio está exento de participación económica por parte de la persona beneficiaria?

<p>Servicio de atención temprana. (B)</p> Signup and view all the answers

En caso de que una persona beneficiaria tenga medidas judiciales de apoyo, según el Artículo 5, ¿quién está obligado a abonar el coste del servicio?

<p>La persona que ejerza la representación con cargo a la capacidad económica de la persona beneficiaria. (B)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo con el Artículo 6, ¿cómo se determina la capacidad económica de la persona beneficiaria para participar en el coste de los servicios?

<p>Considerando tanto la renta como el patrimonio de la persona beneficiaria. (C)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 7, ¿a quiénes se aplican los costes de referencia determinados en el decreto?

<p>A los servicios financiados por la Consejería, gestionados directa o indirectamente. (C)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo con el Artículo 8, en el caso de servicios prestados en centros de titularidad privada, ¿qué condiciones deben cumplir las entidades respecto a la participación económica de la persona beneficiaria?

<p>Deben aplicar las mismas condiciones de participación establecidas en el decreto. (A)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 9, ¿a qué normativa deben sujetarse los tratamientos de datos personales de las personas físicas?

<p>A una estricta sujeción al RGPD, la Ley Orgánica 3/2018, y demás normativa sobre protección de datos personales. (A)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 10, ¿qué porcentaje máximo del coste de referencia del servicio puede alcanzar la participación de la persona beneficiaria, en función de su capacidad económica?

<p>Como máximo el 90% del coste de referencia, o el 100% si recibe prestaciones de análoga naturaleza. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué fórmula se utiliza, según el Artículo 11, para determinar la participación económica de la persona beneficiaria en los servicios de centro de día (excepto centro ocupacional) y centro de noche?

<p>PB = 0,25 × CEB/12 (D)</p> Signup and view all the answers

Si una persona es perceptora de una prestación de análoga naturaleza y finalidad al servicio de centro de día, ¿con qué porcentaje adicional participará en el coste del servicio, según el Artículo 11?

<p>El 25% del importe de dicha prestación. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Qué fórmula se utiliza, según el Artículo 12, para determinar la participación económica en el servicio de atención residencial para personas mayores y con discapacidad?

<p>PB = 0,75 x CEB/12 (D)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 12, ¿qué cantidad de referencia mínima se establece para gastos personales sobre los ingresos líquidos de la persona beneficiaria en el servicio de atención residencial para personas mayores?

<p>El 19% del Iprem mensual. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué fórmula se utiliza, según el Artículo 13, para determinar la participación económica en el servicio complementario de transporte adaptado?

<p>PB = 0,10 x CEB/12 (A)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 14, ¿quién lleva a cabo la gestión, liquidación y recaudación de la participación económica cuando los servicios se prestan en centros de titularidad de la Consejería?

<p>Las delegaciones provinciales o los centros de titularidad de la Consejería. (D)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo con el Artículo 14, ¿a quién corresponde la gestión y recaudación de la aportación económica cuando los servicios se prestan en centros que no son de titularidad de la Consejería?

<p>Al propio centro prestador del servicio. (A)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 15, en los casos de servicios prestados durante un período inferior al mes, ¿cómo se calcula la participación económica de la persona beneficiaria?

<p>La participación económica se calcula como el precio/día aplicado a los días de servicio recibidos. (B)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo con el Artículo 15, en caso de reserva de plaza, ¿qué porcentaje de la base de cálculo de las estancias ordinarias se debe abonar por plaza y día de reserva?

<p>El 40% (B)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 16, ¿cuál es el plazo para el pago de la participación económica en el coste del servicio de carácter periódico?

<p>En los siete primeros días naturales del mes siguiente a la prestación del servicio. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Qué ocurre si no se realiza el pago de los precios públicos en el período voluntario, según el Artículo 16?

<p>Se generarán recargos e intereses de demora previstos en la normativa aplicable. (C)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 17, ¿cómo se actualiza la participación de las personas beneficiarias en el coste de los servicios?

<p>Se actualiza de oficio anualmente aplicando la revalorización de las pensiones. (A)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo con el Artículo 17, ¿en qué plazo deben comunicar las personas beneficiarias cualquier variación en sus circunstancias económicas y personales que puedan tener incidencia en la participación económica?

<p>En un plazo máximo de 30 días. (B)</p> Signup and view all the answers

Según la Disposición Adicional Única, ¿cómo se consideran las cantidades abonadas por las personas usuarias de servicios gestionados por centros que no son de titularidad de la Consejería?

<p>Se consideran parte del pago del servicio prestado y se deducen de la cuantía a abonar por la Consejería a estas entidades. (B)</p> Signup and view all the answers

Según la Disposición Transitoria Primera, ¿qué ocurre con las personas beneficiarias de los servicios con anterioridad a la entrada en vigor del decreto?

<p>Mantienen el régimen que tenían, a menos que el nuevo decreto les resulte más favorable y lo soliciten. (D)</p> Signup and view all the answers

Según la Disposición Derogatoria Única, ¿qué decreto queda derogado explícitamente?

<p>El Decreto 73/1985, de 9 de julio, por el que se fija el procedimiento para la aplicación de la tarifa de precios en los centros dependientes de la Consejería de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo. (B)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 5.1, ¿desde qué momento está obligada la persona beneficiaria a participar en el coste de los servicios del artículo 3?

<p>Desde el momento en el que se inicie la prestación del servicio. (C)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo al Artículo 10.1, ¿qué ocurre con las personas que carecen de recursos económicos y necesitan los servicios del sistema para la autonomía y atención a la dependencia?

<p>No podrán quedar fuera de la cobertura de los servicios. (A)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 15.5, ¿qué ocurre con las personas que son simultáneamente beneficiarias de dos servicios de atención a personas con discapacidad?

<p>Participan únicamente en el coste del servicio de mayor importe. (D)</p> Signup and view all the answers

En función de lo establecido en el Artículo 8.4, ¿qué ley regula los recursos y reclamaciones contra la exacción de precios públicos?

<p>Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué se entiende como días de servicio recibidos según lo estipulado en el Artículo 15.2?

<p>Todos aquellos en que el servicio esté activo y en los que las personas beneficiarias se encuentren en situación de alta en el mismo. (C)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 16.5, ¿en qué situaciones tiene derecho la persona obligada al pago a la devolución del importe de la participación económica?

<p>Cuando, por causas no imputables a la misma, no se hubiera prestado el servicio o bien cuando una resolución administrativa o sentencia judicial firme así lo disponga. (D)</p> Signup and view all the answers

Según el Artículo 6.2, ¿cómo se determina la capacidad económica para el cálculo de la participación en el coste de los servicios?

<p>Se determina en cómputo anual, pero se calcula en términos mensuales como la doceava parte de su capacidad económica anual. (C)</p> Signup and view all the answers

En caso de suspensión total de la prestación de los servicios por circunstancias extraordinarias, ¿qué establece el Artículo 15.4 respecto a la aportación económica de la persona usuaria?

<p>La persona usuaria no tiene que efectuar aportación económica alguna durante el tiempo que dure la suspensión. (D)</p> Signup and view all the answers

De acuerdo con la Disposición Transitoria Segunda, en el caso de servicios prestados en centros titularidad de la Consejería gestionados por una entidad privada en virtud de un contrato administrativo, ¿cómo se lleva a cabo la gestión, liquidación y recaudación de la participación económica de las personas beneficiarias?

<p>Según lo establecido en el propio contrato hasta la pérdida de vigencia del mismo. (D)</p> Signup and view all the answers

Si una persona es perceptora de una prestación de análoga naturaleza y finalidad al servicio de atención residencial, ¿con qué porcentaje adicional participará en el coste del servicio, según el Artículo 12?

<p>El 75 % del importe de dicha prestación. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué factor, además de la capacidad económica, puede influir en la participación de la persona beneficiaria en el coste del servicio, hasta alcanzar el 100% del coste de referencia?

<p>La percepción de prestaciones de análoga naturaleza y finalidad. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Cómo afecta la existencia de un contrato administrativo con una entidad privada en la gestión de un centro de titularidad de la Consejería en relación con la participación económica?

<p>La gestión se rige por lo dispuesto en el contrato administrativo hasta su finalización. (C)</p> Signup and view all the answers

¿Qué ocurre si una persona beneficiaria no comunica un cambio en sus circunstancias económicas que afecta su participación económica?

<p>Se le exige el abono de la diferencia correspondiente, previa tramitación del procedimiento oportuno. (A)</p> Signup and view all the answers

¿Qué porcentaje de la base de cálculo de las estancias ordinarias se debe abonar por plaza y día de reserva?

<p>40% (A)</p> Signup and view all the answers

¿Cómo se actualiza la participación en el coste de los servicios para las personas beneficiarias?

<p>De oficio anualmente aplicando la revalorización de las pensiones fijada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. (B)</p> Signup and view all the answers

En los servicios prestados en centros no gestionados directamente por la Consejería, ¿quién es responsable de la recaudación de la aportación económica de las personas beneficiarias?

<p>El propio centro prestador del servicio. (C)</p> Signup and view all the answers

¿Qué se tiene en cuenta para determinar la capacidad económica de la persona beneficiaria según la Ley 39/2006?

<p>La renta y el patrimonio de la persona beneficiaria del servicio. (A)</p> Signup and view all the answers

¿Qué ocurre con el régimen de participación económica de una persona que ya era beneficiaria de un servicio antes de la entrada en vigor de este decreto?

<p>Mantiene el régimen que tenía, a menos que el nuevo decreto le resulte más favorable y lo solicite. (A)</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es el plazo máximo para comunicar cualquier variación en las circunstancias económicas que puedan incidir en la participación económica?

<p>30 días (A)</p> Signup and view all the answers

En caso de suspensión total de la prestación de servicios por circunstancias extraordinarias, ¿qué ocurre con la aportación económica de la persona usuaria?

<p>No tiene que efectuar aportación económica alguna durante el tiempo que dure la suspensión. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué se entiende por 'días de servicio recibidos' al calcular la participación económica en servicios prestados por periodos inferiores a un mes?

<p>Todos aquellos días en que el servicio esté activo y la persona beneficiaria se encuentre en situación de alta en el mismo. (C)</p> Signup and view all the answers

¿Qué Ley regula los recursos y reclamaciones contra la exacción de precios públicos en el contexto de este decreto?

<p>Ley 9/2012, de 29 de noviembre. (A)</p> Signup and view all the answers

¿Cuándo tiene derecho la persona obligada al pago a la devolución del importe de la participación económica que hubiera satisfecho?

<p>Cuando, por causas no imputables a la misma, no se hubiera prestado el servicio. (B)</p> Signup and view all the answers

Si una persona es simultáneamente beneficiaria de dos servicios de atención a personas con discapacidad, ¿cómo participa en el coste de los servicios?

<p>Participa únicamente en el coste del servicio de mayor importe. (B)</p> Signup and view all the answers

¿Qué ocurre si no se realiza el pago de la participación económica en el período voluntario?

<p>Se inicia un procedimiento de apremio para la recaudación en periodo ejecutivo. (C)</p> Signup and view all the answers

Flashcards

¿Objeto del decreto?

Regular la participación económica en el coste de los servicios y excluir dicha participación en otros.

¿A quién se aplica el decreto?

Personas beneficiarias de servicios sociales reconocidos por la Consejería competente.

¿Servicio excluido del decreto?

Servicio de ayuda a domicilio, determinado por las entidades locales.

¿Servicios con participación económica?

Centro de día (discapacidad/mayores), centro de noche, atención residencial (temporal/permanente) y transporte adaptado.

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¿Servicios sin participación económica?

Teleasistencia, promoción de autonomía personal (Sepap-MejóraT), atención temprana, centro ocupacional, ayudas técnicas, capacitación sociolaboral.

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¿Cuándo se paga la participación económica?

Desde el inicio de la prestación del servicio, según su capacidad económica personal.

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¿Qué determina la capacidad económica?

Renta y patrimonio de la persona beneficiaria.

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¿Cómo se determina la capacidad económica?

Anualmente, aunque se calcula mensualmente para el pago.

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¿Cuál es la función de los costes de referencia?

Determinan la participación económica de los beneficiarios.

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¿Qué consideración tiene la participación económica en centros públicos?

Precio público según la Ley de Tasas de CLM.

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¿Cómo se calcula la participación económica?

Aplicar un porcentaje de la capacidad económica, hasta el 90% del coste o 100% con prestaciones análogas.

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Fórmula para centro de día/noche

PB = 0,25 × CEB/12

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Preceptores de prestación análoga (centro día/noche)

Además, 25% del importe de prestaciones análogas.

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Fórmula para atención residencial

PB = 0,75 x CEB/12

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Preceptores de prestación análoga (residencial)

Además, 75% del importe de dicha prestación.

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Cantidad mínima para gastos personales (residencial)

19% del Iprem (mayores) o 28,5% (discapacidad).

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Fórmula transporte adaptado

PB = 0,10 x CEB/12

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¿Quién gestiona la participación económica en centros públicos?

Las delegaciones provinciales o los centros de titularidad de la Consejería.

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¿Quién gestiona la participación económica en centros no públicos?

El propio centro prestador del servicio.

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¿Cómo se abona la participación económica?

Mediante liquidación ordinaria mensual.

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¿Cálculo de la participación económica por días?

Precio/mes dividido entre treinta.

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¿Cuánto se abona por reserva de plaza?

40% de la base de cálculo de las estancias ordinarias.

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¿Qué ocurre en caso de suspensión total del servicio?

No se realiza aportación económica.

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¿Beneficiarios de dos servicios para personas con discapacidad?

Participa en el coste del servicio de mayor importe.

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¿Cuándo se paga la participación económica periódica?

En los siete primeros días naturales del mes siguiente.

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¿Cuándo se paga la participación económica no periódica?

Dentro de los veinte días naturales siguientes a la notificación.

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¿Cuándo se devuelve la participación económica?

Cuando no se ha prestado el servicio por causas no imputables al beneficiario.

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¿Cómo se actualiza la participación económica?

Anualmente, aplicando la revalorización de las pensiones.

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¿Obligación de los beneficiarios?

Comunicar cualquier variación económica o personal en 30 días.

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Study Notes

  • Este decreto regula la participación económica de los beneficiarios en el coste de ciertos servicios sociales y excluye dicha participación en otros, determinando los costes de referencia de los servicios con participación económica.

Objeto

  • Regular la participación económica de los beneficiarios en ciertos servicios.
  • Excluir la participación económica de los beneficiarios en otros servicios.
  • Determinar los costes de referencia de los servicios con participación económica.

Ámbito de Aplicación

  • Aplica a beneficiarios de servicios reconocidos por la Consejería competente en servicios sociales.
  • Incluye a personas sin reconocimiento de dependencia que utilicen los servicios del artículo 3.
  • Excluye el servicio de ayuda a domicilio, cuya participación económica se determina por las entidades locales.

Servicios con Participación Económica

  • Centro de día para personas con discapacidad (excepto el centro ocupacional).
  • Centro de día para personas mayores.
  • Centro de noche.
  • Atención residencial permanente y temporal para personas mayores y personas con discapacidad.
  • Transporte adaptado complementario al centro de día para personas mayores.

Servicios sin Participación Económica

  • Teleasistencia (básica y avanzada).
  • Programa de promoción de la autonomía personal Sepap-MejóraT.
  • Atención temprana.
  • Centro de día ocupacional para personas con discapacidad.
  • Ayudas técnicas y productos de apoyo.
  • Servicio de capacitación sociolaboral para personas con discapacidad.

Obligación de Pago

  • Los beneficiarios de los servicios del artículo 3 están obligados a participar en el coste desde el inicio de la prestación.
  • En casos de medidas judiciales de apoyo, la persona que ejerza la representación debe abonar el coste con cargo a la capacidad económica del beneficiario.

Capacidad Económica

  • Se determina por la renta y patrimonio del beneficiario, según la Ley 39/2006 y el Decreto 1/2019.
  • Se calcula anualmente, aunque se computa mensualmente para calcular la participación en el coste.
  • Aplica también a personas sin reconocimiento de dependencia que sean beneficiarias de los servicios del artículo 3.

Costes de Referencia

  • Se aplican a los servicios del artículo 3 financiados por la Consejería, gestionados directa o indirectamente.
  • Sirven para determinar la participación económica de los beneficiarios, que siempre será inferior al coste total del servicio.
  • Son iguales independientemente de si el servicio es permanente o temporal.

Determinación de la Participación Económica

  • Se basa en la capacidad económica del beneficiario, según la Ley 39/2006 y el Acuerdo del Consejo Territorial del SAAD.
  • Se considera un precio público según la Ley 9/2012 en centros de titularidad de la Consejería.
  • Las entidades privadas o locales colaboradoras no pueden establecer condiciones de participación diferentes.
  • La resolución de acceso al servicio establece la participación económica inicial.
  • Los recursos y reclamaciones contra la exacción de precios públicos se rigen por el artículo 6 de la Ley 9/2012.

Protección de Datos Personales

  • El tratamiento de datos personales se realizará conforme al Reglamento (UE) 2016/679, la Ley Orgánica 3/2018 y demás normativa de protección de datos.

Disposiciones Comunes sobre la Participación Económica

  • Ninguna persona sin recursos económicos puede quedar excluida de los servicios del sistema de dependencia del artículo 3.
  • La participación se establece mediante un porcentaje de la capacidad económica, hasta un máximo del 90% del coste del servicio o el 100% si se reciben prestaciones de análoga naturaleza.
  • Un porcentaje de las prestaciones de análoga naturaleza y finalidad se destinará también a la financiación del servicio, sin superar el 100% del coste de referencia.

Servicios de Centro de Día y Centro de Noche

  • La participación económica se calcula con la fórmula: PB = 0,25 × CEB/12, donde PB es la participación mensual y CEB es la capacidad económica del beneficiario.
  • Si el beneficiario recibe una prestación de análoga naturaleza, participará adicionalmente con el 25% del importe de dicha prestación.

Servicio de Atención Residencial

  • La participación económica se calcula con la fórmula: PB = 0,75 x CEB/12, donde PB es la participación mensual y CEB es la capacidad económica del beneficiario.
  • Si el beneficiario recibe una prestación de análoga naturaleza, participará adicionalmente con el 75% del importe de dicha prestación.
  • Se garantiza una cantidad mínima para gastos personales, equivalente al 19% del IPREM mensual para personas mayores y al 28,5% del IPREM mensual para personas con discapacidad.

Servicio de Transporte Adaptado

  • La participación económica se calcula con la fórmula: PB = 0,10 x CEB/12, donde PB es la participación mensual y CEB es la capacidad económica del beneficiario.

Órganos Competentes para la Gestión

  • Las delegaciones provinciales o los centros de la Consejería gestionan, liquidan y recaudan la participación económica en centros de titularidad de la Consejería.
  • Los centros no pertenecientes a la Consejería gestionan y recaudan la aportación económica directamente, aunque la Consejería determina la participación económica.

Liquidación de la Participación Económica

  • Se realiza mediante liquidación ordinaria mensual.
  • En servicios prestados por períodos inferiores al mes, se aplica un precio/día.
  • La reserva de plaza implica el abono del 40% de la base de cálculo de las estancias ordinarias.
  • No se requiere aportación económica durante la suspensión total del servicio por circunstancias extraordinarias justificadas.
  • Si una persona se beneficia simultáneamente de dos servicios para personas con discapacidad, solo participa en el coste del servicio de mayor importe.

Pago, Recaudación y Devolución

  • El pago de servicios periódicos se realiza en los primeros siete días naturales del mes siguiente a la prestación.
  • El pago de servicios no periódicos se realiza dentro de los veinte días naturales siguientes a la notificación de la liquidación.
  • El impago en período voluntario genera recargos e intereses de demora.
  • La recaudación en período ejecutivo se realiza mediante el procedimiento de apremio.
  • Se tiene derecho a la devolución si el servicio no se presta por causas no imputables al beneficiario o por resolución administrativa o judicial firme.

Revisión de la Participación Económica

  • Se actualiza anualmente de oficio según la revalorización de las pensiones fijada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  • Se revisa de oficio ante cambios en las circunstancias que se tuvieron en cuenta para el cálculo.
  • Los beneficiarios deben comunicar cualquier variación en sus circunstancias económicas y personales en un plazo máximo de treinta días. El incumplimiento de esta obligación puede resultar en la obligación de abonar la diferencia correspondiente.

Disposición Adicional Única

  • Las cantidades abonadas por los usuarios en centros privados o de entidades locales colaboradoras se consideran parte del pago del servicio prestado y se deducen de la cuantía a abonar por la Consejería a estas entidades.

Disposición Transitoria Primera

  • Las personas que ya sean beneficiarias de algún servicio antes de la entrada en vigor del decreto mantienen el régimen anterior, a menos que les resulte más favorable la aplicación de las nuevas normas y lo soliciten. Este régimen de participación está sujeto a la actualización anual.

Disposición Transitoria Segunda

  • En servicios prestados en centros de la Consejería gestionados por una entidad privada mediante contrato administrativo, la gestión, liquidación y recaudación de la participación económica de los beneficiarios se realiza según lo establecido en el propio contrato hasta su finalización.

Disposición Derogatoria Única

  • Se deroga el Decreto 73/1985 y cualquier otra disposición que se oponga a este decreto.

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