Nombramiento de Instructor y Ley 5/2010

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Questions and Answers

¿Qué alternativa se podría considerar si no es posible nombrar un instructor para un expediente disciplinario dentro de la Policía Local?

  • Nombrar a un concejal del Ayuntamiento con conocimientos en derecho administrativo.
  • Designar a un miembro de la Policía Nacional con experiencia en asuntos internos.
  • Solicitar el nombramiento de personal funcionario de la administración central del estado.
  • Solicitar el nombramiento de personal funcionario de la correspondiente Diputación Provincial. (correct)

Según la Ley 5/2010, ¿qué tipo de asistencia presta obligatoriamente la provincia al municipio en relación con el personal funcionario?

  • Disciplina del personal funcionario y laboral. (correct)
  • Gestión de nóminas y seguridad social.
  • Formación continua y cursos de especialización.
  • Evaluación del desempeño y promoción interna.

¿Qué finalidad tiene la bolsa de integrantes de los cuerpos de la Policía Local fomentada por el órgano directivo central?

  • Inscribir a aquellos dispuestos a aceptar el nombramiento de instructor en expedientes disciplinarios. (correct)
  • Gestionar traslados entre diferentes cuerpos policiales a nivel nacional.
  • Promocionar a los agentes con mejor expediente académico.
  • Facilitar la movilidad geográfica de los agentes de policía.

En el contexto de un expediente disciplinario a un policía local por falta muy grave, ¿en qué caso es obligatorio solicitar un informe a la junta de personal?

<p>En todos los expedientes instruidos por falta muy grave. (A)</p> Signup and view all the answers

Si un policía local es expedientado y además es representante sindical, ¿en qué momento debe solicitarse el informe a la junta de personal?

<p>Siempre que se instruya un procedimiento disciplinario. (A)</p> Signup and view all the answers

¿Qué validez tiene el informe emitido por la junta de personal en un expediente disciplinario?

<p>No vinculante, siendo meramente informativo. (B)</p> Signup and view all the answers

Si no se encuentra a la persona expedientada en su domicilio, ¿cómo se debe realizar la notificación según la normativa?

<p>Mediante un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado. (D)</p> Signup and view all the answers

¿Qué otra forma de notificación complementaria se puede emplear en un expediente disciplinario, además de la publicación en boletines oficiales?

<p>Publicación en la orden general del cuerpo y tablón de órdenes del cuerpo. (B)</p> Signup and view all the answers

En relación con la solicitud de colaboración a otro ayuntamiento para el nombramiento de un instructor, ¿qué requisito debe cumplir el funcionario propuesto?

<p>Tener igual o superior categoría que el expedientado. (C)</p> Signup and view all the answers

Si se opta por nombrar a un funcionario del propio ayuntamiento que no pertenece a la Policía Local como instructor, ¿qué requisito debe cumplir este funcionario en cuanto a su subgrupo?

<p>Pertenecer a un subgrupo igual o superior al del expedientado. (C)</p> Signup and view all the answers

Flashcards

¿Alternativas al nombramiento de instructor?

Cuando no es posible nombrar un instructor, se puede solicitar colaboración a otro ayuntamiento, nombrar personal del ayuntamiento no policial, o solicitar personal de la Diputación Provincial.

¿Asistencia provincial obligatoria?

La provincia debe prestar asistencia obligatoria en la disciplina del personal funcionario y laboral a petición del municipio.

¿Cuándo solicitar informe sindical?

Se debe solicitar un informe a la junta de personal, delegados o sección sindical en expedientes disciplinarios por falta muy grave a policías locales o vigilantes municipales, y a representantes sindicales.

¿Carácter del informe sindical?

El informe de la junta de personal se incorpora al expediente pero no es vinculante.

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¿Notificación si no se halla al expedientado?

Si no se halla al expedientado, la notificación se publica en el BOE. Opcionalmente, puede publicarse en el BOJA, boletín provincial o el tablón de edictos del ayuntamiento

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Study Notes

  • Si no es posible nombrar un instructor, se puede optar por:
  • Nombrar a un funcionario de otro cuerpo de la Policía Local con igual o superior categoría, solicitando la colaboración a otro ayuntamiento de Andalucía con su autorización.
  • Designar a un funcionario del Ayuntamiento que no pertenezca a la Policía Local, siempre que su subgrupo sea igual o superior al del expedientado.
  • Solicitar el nombramiento de un funcionario de la Diputación Provincial correspondiente, según el artículo 14.2.c) de la Ley 5/2010.

Ley 5/2010, de Autonomía Local de Andalucía, Artículo 14

  • La provincia prestará obligatoriamente, a petición del municipio, servicios municipales como la disciplina del personal funcionario y laboral, según determine una norma provincial.

Fomento de la Bolsa de Instructores

  • El órgano directivo central con competencias sobre las policías locales fomentará una bolsa de integrantes de la Policía Local, con autorización de sus ayuntamientos, dispuestos a ser nombrados instructores.

Informe de la Junta de Personal

  • Se debe solicitar un informe de la junta de personal, delegados de personal o sección sindical del Ayuntamiento en los siguientes casos:
  • Expedientes disciplinarios por falta muy grave a integrantes de la Policía Local o personal vigilante municipal.
  • Procedimientos disciplinarios contra policías locales y personal vigilante municipal que sean representantes sindicales.
  • También se solicitará si el procedimiento se inicia dentro del año siguiente a la pérdida de la condición de representante sindical o si la persona es candidata durante el período electoral.
  • El informe se incorporará al expediente, pero no será vinculante.

Comunicaciones al Expedientado No Hallado

  • Las notificaciones se realizarán en el domicilio del interesado, según el artículo 42.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • Si no se puede practicar la notificación, se publicará un anuncio en el Boletín Oficial del Estado, según el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
  • Adicionalmente, se puede publicar un anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o de la provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
  • Como forma complementaria, se puede publicar en la orden general del cuerpo y tablón de órdenes del cuerpo, sin excluir la obligación de publicar en el BOE.

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