Interesados en el Procedimiento Administrativo

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Questions and Answers

¿Cómo influye la extensión de la incapacitación de un menor en su capacidad para el ejercicio y defensa de sus derechos e intereses en un procedimiento administrativo?

Si la extensión de la incapacitación afecta al ejercicio y defensa de los derechos o intereses en cuestión, el menor incapacitado no podrá actuar sin asistencia.

En el contexto de la pluralidad de interesados en un procedimiento administrativo, ¿qué criterio se aplica para determinar con quién se efectuarán las actuaciones si no hay un representante designado?

En ausencia de un representante designado, las actuaciones se efectuarán con el interesado que figure en primer término en la solicitud, escrito o comunicación.

Si durante la instrucción de un procedimiento administrativo sin publicidad inicial se identifica a terceros con derechos o intereses legítimos y directos que podrían ser afectados por la resolución, ¿cuál es la obligación de la administración?

La administración está obligada a comunicar a dichos terceros la tramitación del procedimiento para que puedan ejercer sus derechos.

¿Bajo qué condiciones puede la Administración Pública habilitar a personas físicas o jurídicas para realizar transacciones electrónicas en representación de terceros?

<p>La Administración Pública puede habilitar a personas físicas o jurídicas con carácter general o específico, siempre que dicha habilitación especifique las condiciones y obligaciones que asumen los representantes.</p> Signup and view all the answers

En el contexto de los registros electrónicos de apoderamientos, ¿cómo se formaliza un apoderamiento "apud acta", y qué validez tiene?

<p>El apoderamiento «apud acta» se otorgará mediante comparecencia electrónica en la sede correspondiente o comparecencia personal en oficinas de asistencia. Tiene validez para actuar ante las Administraciones Públicas.</p> Signup and view all the answers

¿Cómo se coordina la interconexión de los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos entre las diferentes Administraciones Públicas?

<p>Deben ser plenamente interoperables entre sí, garantizando la interconexión, compatibilidad informática y la transmisión telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones.</p> Signup and view all the answers

¿Qué información mínima deben contener los asientos en los registros electrónicos de apoderamientos para garantizar la validez de la representación?

<p>Debe contener, al menos, el nombre y apellidos o denominación social, documento nacional de identidad o equivalente, el período de tiempo del poder y el tipo de poder según las facultades otorgadas.</p> Signup and view all the answers

Si un poder inscrito en el registro tiene una validez determinada, ¿qué opciones tiene el poderdante antes de la finalización de dicho plazo?

<p>El poderdante puede revocar o prorrogar el poder antes de la finalización del plazo.</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es el plazo máximo de validez de un poder inscrito en el registro, y cómo afecta la prórroga a este plazo?

<p>El plazo máximo de validez es de cinco años, y las prórrogas también tienen una validez determinada máxima de cinco años a contar desde la fecha de inscripción.</p> Signup and view all the answers

¿Cómo se garantiza el derecho de acceso a la información pública en el contexto de los medios electrónicos y las Administraciones Públicas?

<p>A través del Punto de Acceso General electrónico de la Administración, que funciona como un portal de acceso, facilitando copias de documentos y permitiendo la consulta de información relevante.</p> Signup and view all the answers

¿Cómo se computan los plazos expresados por horas en el ámbito administrativo, y cuál es la principal limitación en cuanto a su duración?

<p>Se computan de hora en hora y de minuto en minuto desde la notificación o publicación, pero no pueden superar las veinticuatro horas; en tal caso, se expresan en días.</p> Signup and view all the answers

En el cómputo de plazos por días, ¿qué días se consideran hábiles, y cómo afecta esto al cómputo?

<p>Se consideran hábiles todos los días, excluyendo sábados, domingos y los declarados festivos, a menos que una ley o el Derecho de la Unión Europea dispongan lo contrario.</p> Signup and view all the answers

¿Qué ocurre si el último día de un plazo administrativo es inhábil, y cómo se procede en tales casos?

<p>El plazo se prorroga al primer día hábil siguiente.</p> Signup and view all the answers

¿Cómo afecta la declaración de un día como hábil o inhábil a efectos del cómputo de plazos al funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas?

<p>La declaración no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo ni la organización del tiempo de trabajo.</p> Signup and view all the answers

¿Cómo se gestiona la presentación de documentos en un registro electrónico durante un día inhábil en relación con el cómputo de plazos?

<p>Se entiende realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil.</p> Signup and view all the answers

¿Cuál es la extensión máxima de la ampliación de plazos que la Administración puede conceder, ya sea de oficio o a petición de los interesados, en un procedimiento administrativo?

<p>No puede exceder de la mitad de los plazos originales.</p> Signup and view all the answers

¿En qué casos se aplicará la ampliación de los plazos por el tiempo máximo permitido en un procedimiento administrativo?

<p>Se aplicará en todo caso a los procedimientos tramitados por las misiones diplomáticas y oficinas consulares, a aquellos que exijan cumplimentar algún trámite en el extranjero, y a los que intervengan interesados residentes fuera de España.</p> Signup and view all the answers

¿Qué implicaciones tiene la declaración de tramitación de urgencia en un procedimiento administrativo en relación con los plazos establecidos?

<p>Los plazos establecidos para el procedimiento ordinario se reducen a la mitad, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.</p> Signup and view all the answers

En el contexto de la emisión de informes en un procedimiento administrativo, ¿qué ocurre si el informe no se emite en el plazo señalado?

<p>Se podrán proseguir las actuaciones, salvo cuando se trate de un informe preceptivo, en cuyo caso se podrá suspender el transcurso del plazo máximo legal para resolver el procedimiento.</p> Signup and view all the answers

En los procedimientos de responsabilidad patrimonial, ¿cuándo es preceptivo solicitar dictamen del Consejo de Estado y cuál es el plazo para su emisión?

<p>Es preceptivo cuando las indemnizaciones reclamadas sean de cuantía igual o superior a 50.000 euros, o a la que se establezca en la legislación autonómica, y el plazo para su emisión es de dos meses.</p> Signup and view all the answers

Flashcards

¿Quiénes tienen capacidad de obrar?

Personas físicas o jurídicas con capacidad legal para actuar según las normas civiles y sus estatutos.

¿Qué derechos promueven los interesados?

Derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos.

¿Cómo se acredita la representación?

Cualquier medio válido en Derecho que confirme la existencia de la misma.

¿Qué permite el registro electrónico?

Permite presentar documentos todos los días del año, a cualquier hora.

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¿Qué pasa si se presenta en día inhábil?

La presentación se considera realizada en la primera hora del siguiente día hábil.

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¿Cuál es el límite de ampliación de plazos?

No puede exceder la mitad del plazo original.

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¿Qué implica la tramitación de urgencia?

Se reducen a la mitad los plazos del procedimiento ordinario.

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¿Qué pueden habilitar si peligran los plazos máximos?

Excepcionalmente, habilitar medios personales y materiales para cumplir los plazos.

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¿Cómo son los informes?

Son facultativos y no vinculantes, salvo disposición expresa en contrario.

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¿En cuánto tiempo se emiten los informes?

En diez días, salvo que otra disposición permita más tiempo.

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¿Qué pasa si el informe se emite fuera de plazo?

No podrá ser tenido en cuenta al adoptar la correspondiente resolución.

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¿Qué informe se solicitará en responsabilidad patrimonial?

Será preceptivo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento causó la lesión.

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¿Qué son los términos y plazos?

Plazos para cumplimentar actos administrativos o responder requerimientos.

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¿Qué horas son hábiles?

Son hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil.

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¿Cuándo se computan los plazos en días?

Se cuentan a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación.

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¿Cuándo empiezan a correr en meses o años?

Se computan a partir del día siguiente a la notificación o publicación.

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¿Qué pasa si el último día del plazo es inhábil?

Se prorroga al primer día hábil siguiente.

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¿Qué determina la sede electrónica del registro?

Determina el único calendario de días inhábiles aplicable.

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Study Notes

Interesados en el Procedimiento Administrativo

  • La capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas la tienen personas físicas o jurídicas con arreglo a las normas civiles.
  • Esto incluye mayores de edad para personas físicas y lo establecido en sus estatutos para las jurídicas.
  • Los menores de edad pueden ejercer y defender sus derechos e intereses permitidos por el ordenamiento jurídico sin asistencia, excepto si están incapacitados.
  • Los grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica, y patrimonios independientes o autónomos pueden ser declarados interesados por la Ley.
  • Se consideran interesados en un procedimiento administrativo quienes lo promueven como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos.
  • También se consideran interesados los que tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión, incluso sin haber iniciado el procedimiento.
  • Aquellos cuyos intereses legítimos puedan resultar afectados por la resolución y se personen antes de la resolución definitiva también son considerados interesados.
  • Las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales son titulares de intereses legítimos colectivos en los términos que la Ley reconozca.
  • Si la condición de interesado se deriva de una relación jurídica transmisible, el derecho-habiente sucederá en esa condición.

Pluralidad de Interesados

  • Si varios interesados figuran en una solicitud, las actuaciones se efectuarán:
    • Con el representante o el interesado que hayan señalado expresamente.
    • En su defecto, con el que figure en primer término.

Nuevos Interesados

  • Si durante la instrucción de un procedimiento no público se identifican personas con derechos o intereses legítimos y directos que puedan ser afectados por la resolución, se les comunicará la tramitación.

Representación

  • Los interesados con capacidad de obrar pueden actuar mediante representante, salvo manifestación expresa en contra.
  • Pueden actuar como representantes ante las Administraciones Públicas:
    • Personas físicas con capacidad de obrar.
    • Personas jurídicas, si está previsto en sus Estatutos.
  • La representación se acredita por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna.
  • Se considera acreditada la representación mediante:
    • Apoderamiento apud acta por comparecencia personal o electrónica.
    • Acreditación de inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública.

Acreditación de la Representación

  • La representación se presume para actos y gestiones de mero trámite.
  • Se debe acreditar la representación para:
    • Formular solicitudes.
    • Presentar declaraciones responsables o comunicaciones.
    • Desistir de acciones.
    • Renunciar a derechos.
    • Interponer recursos.
  • La falta o insuficiente acreditación no impide el acto si se subsana en 10 días o en un plazo superior si las circunstancias lo requieren.
  • El órgano competente debe incorporar acreditación de la condición de representante al expediente administrativo, y el documento electrónico de consulta al registro de apoderamientos servirá como acreditación.
  • Las Administraciones Públicas pueden habilitar a personas físicas o jurídicas autorizadas para transacciones electrónicas en representación de interesados, especificando las condiciones y obligaciones.
  • Los habilitados que adquieran condición de representantes se comprometerán al cumplimiento de obligaciones, y se determinará la presunción de validez de la representación, salvo que la normativa disponga otra cosa.
  • Las Administraciones Públicas pueden requerir acreditación de la representación en cualquier momento, pero el interesado siempre podrá comparecer por sí mismo.

Registros Electrónicos de Apoderamientos

  • El apoderamiento apud acta se otorgará mediante:
    • Comparecencia electrónica en la sede electrónica correspondiente.
    • Comparecencia personal en las oficinas de asistencia en materia de registros.
  • La Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales dispondrán de un registro electrónico general de apoderamientos, en el que deberán inscribirse, al menos, los de carácter general otorgados apud acta, presencial o electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor de representante, para actuar en su nombre ante las Administraciones Públicas. También deberá constar el bastanteo realizado del poder.
  • En el ámbito estatal, este registro será el Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado.
  • Los registros generales de apoderamientos no impedirán la existencia de registros particulares en cada Organismo donde se inscriban los poderes otorgados para la realización de trámites específicos en el mismo.
  • Cada Organismo podrá disponer de su propio registro electrónico de apoderamientos.
  • Los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos pertenecientes a todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables entre sí para garantizar la interconexión y la compatibilidad informática.
  • Los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos permitirán comprobar válidamente la representación de quienes actúen ante las Administraciones Públicas en nombre de un tercero mediante consulta a otros registros administrativos similares, al registro mercantil, de la propiedad, y a los protocolos notariales.
  • Los registros mercantiles, de la propiedad, y de los protocolos notariales serán interoperables con los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos.

Contenido Asientos

  • Los asientos en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos deben contener:
    • Nombre y apellidos o denominación o razón social, documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o documento equivalente del poderdante.
    • Nombre y apellidos o denominación o razón social, documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o documento equivalente del apoderado.
    • Fecha de inscripción.
    • Período de tiempo por el cual se otorga el poder.
    • Tipo de poder según las facultades que otorgue.

Tipología de poderes

  • Los poderes que se inscriban en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos deberán corresponder a alguna de las siguientes tipologías:
    • Un poder general para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier Administración.
    • Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración u Organismo concreto.
    • Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante únicamente para la realización de determinados trámites especificados en el poder.
  • Cada Comunidad Autónoma aprobará los modelos de poderes inscribibles en el registro cuando se circunscriba a actuaciones ante su respectiva Administración.

Plazos y Prórrogas de los Poderes

  • Los poderes inscritos en el registro tendrán una validez determinada máxima de cinco años a contar desde la fecha de inscripción.
  • El poderdante podrá revocar o prorrogar el poder en cualquier momento antes de la finalización del plazo.
  • Las prórrogas otorgadas al registro tendrán una validez determinada máxima de cinco años a contar desde la fecha de inscripción.
  • Las solicitudes de inscripción del poder, revocación, prórroga o denuncia podrán dirigirse a cualquier registro, debiendo quedar inscrita esta circunstancia en el registro de la Administración u Organismo ante la que tenga efectos el poder, surtiendo efectos desde la fecha de su producción.

El Acceso a Archivos y Registros

  • El acceso a la información pública es un derecho contemplado en la Constitución y las leyes.
  • El artículo 105.b) de la Constitución Española de 1978 establece que una ley regulará el acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo relativo a la defensa, seguridad del Estado, averiguación de delitos e intimidad de las personas.
  • La Ley 39/2015, en su artículo 13, establece los "Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas" en cuanto al acceso a la información pública, archivos y registros, en consonancia con la Ley 19/2013 y el resto del ordenamiento jurídico.
  • Incluye el derecho a conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sean interesados, el sentido del silencio administrativo, el órgano competente para la instrucción y los actos de trámite.

Ley 39/2015 y el Acceso a la Información

  • Quienes se relacionen con las Administraciones Públicas por medios electrónicos tienen derecho a consultar la información en el Punto de Acceso General electrónico de la Administración.
  • La obligación de facilitar copias se cumple mediante la puesta a disposición en el Punto de Acceso General electrónico de la Administración competente o en las sedes electrónicas correspondientes.
  • La Ley 39/2015 incluye referencias al acceso a la información en su artículo 17, "Archivo de documentos".
  • Los documentos electrónicos deben conservarse en un formato que garantice autenticidad, integridad, conservación y consulta a largo plazo, así como asegurar la posibilidad de trasladar los datos a otros formatos.
  • La eliminación de documentos debe ser autorizada según la normativa aplicable.

Términos y Plazos

  • La actividad administrativa está sujeta al cumplimiento de condicionantes temporales que obligan tanto al personal de la Administración como a los propios interesados.
  • La Ley 39/2015 regula esto en su Título II.
  • Los términos y plazos establecidos obligan a las autoridades, al personal al servicio de las Administraciones Públicas competentes y a los interesados.
  • Cuando los plazos se señalan por horas, se entienden que estas son hábiles, salvo que una Ley o el Derecho de la Unión Europea diga lo contrario.
  • Los plazos expresados por horas se contarán de hora en hora y de minuto en minuto, desde la hora y minuto en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate.
  • No podrán tener una duración superior a veinticuatro horas, y en tal caso se expresarán en días.

Plazos y Cómputo

  • Siempre que no se exprese otro cómputo por Ley o Derecho de la Unión Europea, los plazos por días se entienden hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos.
  • Si los plazos se señalan por días naturales por una ley o por el Derecho de la Unión Europea, se hará constar en las notificaciones.
  • Los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo.
  • En plazos por meses o años, éstos se computarán a partir del día siguiente a la notificación o publicación, y el plazo concluirá el mismo día del mes o año de vencimiento.
  • Si el último día del plazo es inhábil, se prorroga al primer día hábil siguiente.
  • Si un día es hábil en el municipio del interesado pero inhábil en la sede del órgano administrativo, o viceversa, se considera inhábil en todo caso.
  • La Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas fijarán anualmente el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos, que deberá publicarse.
  • La declaración de un día como hábil o inhábil no determina el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas.

Cómputo en Registros Electrónicos

  • Permitirá la presentación de documentos todos los días del año durante las veinticuatro horas.
  • La presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente, salvo norma que permita la recepción en día inhábil.
  • Los documentos presentados en día inhábil se reputarán anteriores según el orden efectivo al primer día hábil posterior.
  • El cómputo de plazos para las Administraciones Públicas vendrá determinado por la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de cada Administración, que deberá ser comunicada.
  • Cada Administración Pública publicará los días y el horario en el que deban permanecer abiertas las oficinas que prestarán asistencia para la presentación electrónica de documentos.
  • El registro electrónico se regirá por la fecha y hora oficial de la sede electrónica de acceso, que deberá contar con medidas de seguridad y ser accesible.
  • La sede determinará los días inhábiles, atendiendo al ámbito territorial y al calendario del artículo 30.7, aplicándose el calendario a efectos del cómputo.

Modificación de los Plazos

  • La Administración podrá conceder una ampliación de los plazos establecidos, de oficio o a petición de los interesados, que no exceda de la mitad de los mismos.
  • Esto requiere que las circunstancias lo aconsejen y que no se perjudiquen derechos de tercero.
  • El acuerdo de ampliación deberá ser notificado.
  • La ampliación máxima se aplicará en todo caso a procedimientos tramitados por: -Misiones diplomáticas y oficinas consulares. -Trámites que exijan ser cumplimentados en el extranjero. -Procedimientos en los que intervengan interesados residentes fuera de España.
  • Tanto la petición como la decisión sobre la ampliación deben ocurrir antes del vencimiento del plazo original.
  • Un plazo ya vencido no podrá ser objeto de ampliación en ningún caso.
  • Los acuerdos sobre ampliación o su denegación no serán susceptibles de recurso, sin perjuicio del recurso contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
  • Si una incidencia técnica imposibilita el funcionamiento ordinario del sistema, la Administración podrá ampliar los plazos no vencidos, publicando la incidencia y la ampliación en la sede electrónica.

Tramitación de Urgencia

  • Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la tramitación de urgencia, que reducirá a la mitad los plazos del procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.
  • No cabrá recurso contra el acuerdo que declare la tramitación de urgencia, sin perjuicio del recurso contra la resolución final.

Ampliación del Plazo Máximo

Fase

  • Si el número de solicitudes o personas afectadas pudiera suponer un incumplimiento del plazo máximo de resolución, el órgano competente podrá habilitar más medios personales y materiales.

Fase

  • Excepcionalmente, se podrá acordar de manera motivada la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, no pudiendo ser éste superior al establecido para la tramitación del procedimiento.
  • Contra el acuerdo que resuelva sobre la ampliación de plazos, que deberá ser notificado a los interesados, no cabrá recurso alguno.

Informes

  • Se solicitarán los informes preceptivos por las disposiciones legales y los necesarios para resolver, citando el precepto que los exija o fundamentando la conveniencia.
  • En la petición de informe se concretará el extremo o extremos acerca de los que se solicita.

Emisión

  • Los informes serán facultativos y no vinculantes, salvo disposición expresa en contrario.
  • Los informes se emitirán por medios electrónicos, cumpliendo con el artículo 26, en el plazo de diez días, salvo que se permita o exija otro plazo.
  • Si no se emite el informe en el plazo señalado, se podrán proseguir las actuaciones, salvo si es preceptivo, en cuyo caso se podrá suspender el plazo máximo legal.
  • Si el informe debe ser emitido por otra Administración Pública, se podrá proseguir el procedimiento si transcurre el plazo sin que aquél se hubiera emitido.
  • El informe emitido fuera de plazo podrá no ser tenido en cuenta al adoptar la resolución.

Responsabilidad Patrimonial

  • En los procedimientos de responsabilidad patrimonial, será preceptivo solicitar informe al servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable, que no podrá exceder de diez días.
  • Si las indemnizaciones reclamadas son iguales o superiores a 50.000 euros, será preceptivo solicitar dictamen del Consejo de Estado o del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma.
  • El órgano instructor remitirá al órgano competente una propuesta de resolución en el plazo de diez días desde la finalización del trámite de audiencia.
  • El dictamen se emitirá en el plazo de dos meses y deberá pronunciarse sobre la causalidad entre el funcionamiento del servicio público y la lesión, la valoración del daño y la indemnización.
  • En reclamaciones por responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, será preceptivo el informe del Consejo General del Poder Judicial, que se evacuará en dos meses.

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